2. Normas constitucionales que reglamentan
la profesión
Normas constitucionales:
Art: 121 C.N.: Artículo 121.- Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta
Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al
tiempo de su incorporación.
Artículo 42 C.P.:Las Universidades y Facultades científicas erigidas legalmente, expedirán los títulos y
grados de su competencia, sin más condición que la de exigir exámenes suficientes en el tiempo en
que el candidato lo solicite, de acuerdo con los reglamentos de las Facultades respectivas, quedando
a la Legislatura la facultad de determinar lo concerniente al ejercicio de las profesiones liberales.
3. Poder de policía
Concepto.
Es la limitación y reglamentación de los derechos, sea que se invoque o no como fundamento el
poder de policía, debiéndose respetar los principios de legalidad y razonabilidad que están
contenidos en los arts. 19 y 28 de la constitución, respectivamente.
Provincias delegan
expresamente y
conservan
implícitamente
Nación acepta lo
que se le delegó
expresamente
4. Ley nacional 20.488
● Reglamenta las profesiones en ciencias económicas
● Dispone las condiciones de los profesionales del extranjero
● Determina las competencias del contador público
● Obliga a la inscripción en las matrículas de acuerdo a cada jurisdicción local
● Establece las sanciones por hacer ostentación del título y por ejercer sin
matricularse
● Menciona obligaciones y derechos de los Consejos Profesionales provinciales
5. Ley provincial 10.620
● TÍTULO I: define el ejercicio profesional, las incumbencias y la matriculación
(art 1 a 37)
● TÍTULO II: caracterización; objeto, funciones y atribuciones; potestad
disciplinaria; órganos que lo componen y elección de sus integrantes, del
Consejo Profesional (38 a 109)
● TÍTULO III: aranceles de honorarios en materia extrajudicial (art 110 a 167)
● TÍTULO IV: aranceles de honorarios en materia judicial ( 168 a 239)
● TITULO V: disposiciones complementarias y transitorias ( 240 a 250)
6. Ley local 466
● Se sanciona luego de creada la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de su
Constitución local en el año 2000.
● Reglamenta la ley 20.488 a nivel local
● Establece atribuciones, órganos y autoridades y su elección y duración
● Determina la potestad disciplinaria y funcionamiento del tribunal de ética
● Reglamenta la matrícula profesional
● Dispone de la obtención de los recursos y patrimonio
7. Naturaleza jurídica de los Consejos
Profesionales - caracterización-
● Los Consejos Profesionales son entidades creadas por Ley, de las legislaturas
provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
● Son caracterizadas como entidades de derecho público no estatal, con
independencia funcional de los poderes del Estado.
● Es de asociación compulsiva para quienes quieran ejercer la matrícula
profesional
A diferencia de otras entidades de asociación voluntarias, a éstas la crean sus
propios miembros, y el ejercicio del poder de policía lo ejerce un órgano de
contralor
8. Antecedentes Legales (provinciales)
En 1946 se crea el Consejo profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Bs. As., ratificado
por Ley en 1948, para dar cumplimiento a lo que se había establecido por decreto-ley en 1945,
siempre en el ámbito provincial.
En 1950 se reglamenta por ley aspectos del ejercicio profesional como complemento, y en 1965 se
incorporan las profesiones de Licenciado en Administración y Licenciado en Economía.
En 1986 en Asamblea del CPCEPBA se aprueba un anteproyecto de Ley integral cuya aprobación final
tuvo efectos en 1987.
Luego la norma recibió modificaciones legales, vetos del poder ejecutivo, y derogaciones tácitas por
aprobación de nuevas normas que no implicaron derogación explícita
9. Entidades antecedentes
● 1891: Colegio de contadores de la Capital Federal
● 1917: Colegio de doctores en ciencias económicas de Capital Federal
● 1920: Fusión de ambos colegios
● de 1915 a 1925: Colegios de Córdoba, Santa Fe, Tucuman, Rosario, Mendoza y La
Plata.
● 1926: Federación Argentina de Colegios de Graduados en Ciencias Económicas
Todas ellas de libre asociación pero que dieron origen a los distintos consejos
provinciales, que no existían hasta que la Ley 20.488 impulsa su creación.
10. Preguntas de autoevaluación
¿Por qué se considera que las provincias ejercen el poder de policía en el ámbito de la profesión?
¿Qué buscan reglamentar las Leyes de ejercicio profesional locales en esencia?
¿Cuáles son los orígenes de la Ley de ejercicio profesional en PBA y en qué año se materializa finalmente
su pleno funcionamiento?
¿Cuál es la importancia de los Colegios de graduados en la creación de los Consejos Provinciales?
¿Cuál es la caracterización de los Consejos profesionales y que lo diferencian de los Colegios de
graduados?