SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
CÁMARA DE COMPTOS
Normas generales Art. 18 bis LORAFNA:
• La Cámara de Comptos es el órgano fiscalizador
externo de la gestión económica y financiera del
sector público de la Comunidad Foral de Navarra,
de los entes locales y del resto del sector público
de Navarra.
• La Cámara de Comptos depende orgánicamente
del Parlamento de Navarra y ejerce sus funciones
de acuerdo con su Ley Foral reguladora.
• Corresponderá al Tribunal de Cuentas el
enjuiciamiento de la responsabilidad contable en
que pudieran incurrir quienes en Navarra tengan
a su cargo el manejo de caudales o efectos
públicos y, por acción u omisión contraria a la
ley, originen menoscabo de los mismos.
• Si, en el ejercicio de su función fiscalizadora, la
Cámara de Comptos advirtiera la existencia de
indicios de responsabilidad contable dará
traslado de las correspondientes actuaciones al
Tribunal de Cuentas
•ART. 18 BIS LORAFNA
•LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE
DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE
COMPTOS DE NAVARRA
CÁMARA DE COMPTOS
Ámbito de competencias
La Cámara de Comptos de Navarra es el órgano técnico
dependiente del Parlamento o Cortes de Navarra, fiscalizador
de la gestión económica y financiera del sector público de la
Comunidad Foral, así como de aquellos fondos que tengan la
consideración de públicos.
Puede fiscalizar:
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. Las Corporaciones Locales de Navarra.
3. Los Organismos Autónomos dependientes de las
Administraciones Públicas de Navarra.
4. Las empresas con participación mayoritaria de las
Administraciones Públicas de Navarra.
5. Aquellas Entidades y Organismos Públicos no
comprendidos en los apartados anteriores y que tengan a
su cargo la gestión o manejo de fondos públicos de
Navarra.
6. subvenciones, créditos, avales, exenciones, bonificaciones
fiscales y de cualquier otra ayuda del sector público que
beneficie al sector privado
La Cámara de Comptos tendrá como funciones propias:
1. Controlar las cuentas y la gestión económica del sector
público de Navarra.
2. Asesorar al Parlamento en materias económico-financieras
LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE
DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE
COMPTOS DE NAVARRA
CÁMARA DE COMPTOS
Funciones
La Cámara de Comptos tendrá como
funciones propias:
1. Controlar las cuentas y la gestión económica del sector
público de Navarra.
2. Asesorar al Parlamento en materias económico-financieras
La Cámara de Comptos elaborará su propio presupuesto, que
se
Integrará en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de
Navarra
La Cámara de Comptos tendrá competencias exclusivas en
todo
lo concerniente a su Gobierno, régimen interior y personal a su
servicio
Estará facultada para exigir datos, informes, documentos o
antecedentes necesarios para el desarrollo de sus funciones e
inspeccionar y comprobar toda la documentación de las
oficinas públicas, libros, metálico y valores, las dependencias,
depósitos y almacenes, y en general cualesquiera otros
establecimientos
LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE
DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE
COMPTOS DE NAVARRA
CÁMARA DE COMPTOS
Función fiscalizadora
Se realizará mediante:
1. La verificación de la contabilidad pública durante la fase de
ejecución de los Presupuestos, informando de su resultado
al Parlamento, cuando aquélla lo estimase pertinente o
éste lo solicitare.
2. El examen y censura de las Cuentas Generales de Navarra,
que se efectuará dentro de los tres meses siguientes a su
remisión, a la Cámara por el Parlamento.
3. La emisión de los informes de fiscalización que le sean
requeridos por el Parlamento. Estarán legitimados para
solicitar los citados informes de fiscalización los órganos
citados en el artículo 5 .
4. La emisión de los informes que la Cámara de Comptos, por
propia iniciativa y en base a su programa de fiscalización,
estime oportuno poner en conocimiento del Parlamento.
5. La realización de informes de fiscalización sobre la gestión
pública que por imperativo legal le sean solicitados por la
Diputación Foral o Gobierno de Navarra.
6. La realización de informes de fiscalización sobre la gestión
pública que, con carácter excepcional, le sean solicitados
por la Diputación Foral o Gobierno de Navarra, previo
acuerdo de la Mesa y Junta de Portavoces del Parlamento.
LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE
DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE
COMPTOS DE NAVARRA
CÁMARA DE COMPTOS
Tipos de control
• El control de la legalidad tendrá por
objeto analizar la adecuación de la
actividad financiera de los entes
controlados al ordenamiento jurídico
vigente.
• El control de eficacia tendrá como
finalidad determinar el grado en que se
hayan conseguido los objetivos
previstos, analizando las posibles
desviaciones que se hayan podido
producir y las causas que las originen.
• El control de la economía o eficiencia
tendrá por objeto analizar la forma en
que se han alcanzado los objetivos
previstos atendiendo al menor coste en
la realización del gasto.
•LEGALIDAD
•EFICACIA
•ECONOMÍA O EFICIENCIA
CÁMARA DE COMPTOS
Presidenta
• El Presidente de la Cámara será nombrado por el
Parlamento de Navarra en un período de 6 años
• Sólo podrán ser candidatos a Presidente de la Cámara de
Comptos las personas en posesión del Título de Licenciado
en Derecho, de Ciencias Económicas o Empresariales, o de
Profesor Mercantil.
• Se exigirá mayoría absoluta en la primera votación. Para el
caso de que ningún candidato alcanzara dicha mayoría, se
procederá a una segunda votación en la que serán
candidatos los dos que anteriormente hubieren obtenido
mayor número de votos. La elección se resolverá a favor
del candidato que obtuviere mayor número de votos. En el
supuesto de que sólo hubiese un único candidato, en
segunda votación se resolverá por mayoría simple.
• El Presidente de la Cámara de Comptos no podrá ser
removido de su cargo sino por expiración de su mandato,
renuncia aceptada por el Parlamento de Navarra,
incapacidad, incompatibilidad o incumplimiento grave de
sus deberes, siempre que en los tres últimos supuestos, así
lo apreciasen las dos terceras partes de los miembros del
Parlamento.
Son Órganos de la Cámara:
a)El Presidente.
b)Los Auditores.
c)La Secretaría General.
CÁMARA DE COMPTOS
Funciones del Presidente
1. Representar a la Cámara.
2. Asignar a los Auditores el trabajo a desarrollar en el ámbito de sus
respectivas áreas de competencia.
3. Ejercer la jefatura superior del personal dirigiendo y coordinando sus
actuaciones, así como desempeñando las relativas y su nombramiento y
contratación.
4. Ejercer las facultades que le corresponden de organización y dirección de
todas las materias relacionadas con el régimen y gobierno interior, así
como autorizar los gastos y ordenar los pagos propios de la Cámara.
5. Elaborar el presupuesto anual de la Cámara.
6. Poner en conocimiento de la Diputación Foral cuantas incidencias graves
se planteen en el desarrollo de las funciones de la Cámara, así como
comunicar al Parlamento los obstáculos o faltas de colaboración que en
el ejercicio de aquéllas pudiesen observarse.
7. Presentar al Parlamento la memoria anual de las actividades de la
Cámara.
8. Remitir al Parlamento los informes de fiscalización con las observaciones
que, en su caso, estime procedentes.
9. Informar oralmente al Parlamento en relación con los Informes y
Memorias de la Cámara de Comptos, a requerimiento de aquél, o por
escrito cuando se trata de una iniciativa de ésta.
10. Resolver las demás cuestiones propias de la Cámara no asignadas a otros
órganos específicos de la misma.
11. Previa audiencia de los auditores, aprobar:
1. El programa anual de fiscalización a desarrollar por la Cámara de
Comptos.
2. Los criterios y políticas de control que han de presidir la
actuación de los Auditores en el ejercicio de su labor
fiscalizadora, al objeto de unificar al máximo dicha actuación.
3. Los informes de fiscalización.
4. El informe anual sobre las cuentas y la gestión económica del
sector público de la Comunidad Foral.
5. La rendición de las cuentas del Presupuesto de la Cámara para
su remisión al Parlamento.
Son Órganos de la Cámara:
a)El Presidente.
b)Los Auditores.
c)La Secretaría General.
CÁMARA DE COMPTOS
Auditores
Los Auditores de la Cámara de Comptos serán seleccionados por concurso-
oposición de entre personas en quienes concurran los requisitos siguientes:
• Estar en posesión de los títulos de Profesor Mercantil, Licenciado en
Derecho, Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, y de
aquellos otros que pudiesen considerarse adecuados para la función a
realizar
• Disponer de la experiencia y preparación técnica necesaria para
desarrollar la labor de Auditoría
El proceso selectivo de los Auditores incluirá también un período de formación
y prácticas, que tendrán una duración de un año, y que será necesario superar
para obtener el nombramiento definitivo como funcionario
Los Auditores con arreglo a principios de especialización y división de trabajo,
son los órganos de investigación e inspección.
Son funciones de los Auditores:
1. Realizar el control de las cuentas y la gestión económica del sector
público de la Comunidad Foral, disponiendo para ello de las facultades a
que hace mención el artículo 10, párrafo primero de esta Ley .
2. Proponer al Presidente de la Cámara para su estudio y aprobación, los
informes de fiscalización y las conclusiones a que llegarán en el ejercicio
de la función fiscalizadora.
3. Elevar al Presidente las propuestas que estimen necesarias para un mejor
desempeño de su trabajo.
4. Planificar la labor que les hubiese asignado el Presidente.
5. Todas aquellas que pudiesen serle encomendadas por el Presidente.
Son Órganos de la Cámara:
a)El Presidente.
b)Los Auditores.
c)La Secretaría General.
CÁMARA DE COMPTOS
Secretaría General
El Secretario General de la Cámara de Comptos será
nombrado y cesado libremente por el Presidente de
entre los Letrados.
La Secretaría General estará integrada por el
Secretario General y el personal necesario para que
aquél pueda desarrollar sus funciones.
Son funciones del Secretario General:
1. Prestar asesoramiento jurídico al Presidente.
2. Dirigir y coordinar la Asesoría Jurídica.
3. Elaborar el estado general que anualmente se
forme de los trabajos de la Cámara.
4. Ejercer directamente la jefatura del personal de
la Cámara de Comptos.
5. Redactar las cartas y notificar las resoluciones
del Presidente.
6. El archivo y conservación de documentos.
7. Todas aquellas que pudiesen serle
encomendadas o delegadas por el Presidente.
Son Órganos de la Cámara:
a)El Presidente.
b)Los Auditores.
c)La Secretaría General.
DEFENSOR DEL PUEBLO
Régimen
LORAFNA: Art. 18 ter:
Como órgano dependiente del Parlamento de Navarra actuará el
Defensor del Pueblo de Navarra, al que, sin perjuicio de la Competencia
del Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales,
corresponderá la función de defensa y protección de los derechos y
libertades amparados por la Constitución y la presente Ley Orgánica, en
el ámbito competencial de la Comunidad Foral, a cuyo efecto podrá
supervisar la actividad de las Administraciones Públicas de Navarra,
debiendo dar cuenta de sus actuaciones al Parlamento.
Por ley foral se regulará la elección, atribuciones, régimen
jurídico y funcionamiento del Defensor del Pueblo de Navarra.
LEY FORAL 4/2000, DE 3 DE JULIO, DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA: ART. 1:
El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra es el alto
comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la
defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades
amparados por la Constitución y la Ley Orgánica de Reintegración y
Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra , y cuenta como función
primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los
posibles abusos y negligencias de la Administración
Francisco Javier Enériz Olaechea
DEFENSOR DEL PUEBLO
Nombramiento
• Podrá ser elegido Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral
de Navarra cualquier persona que se encuentre en pleno
disfrute de sus derechos civiles y políticos y que, con arreglo al
artículo 5 de la LORAFNA, goce de la condición política navarra.
• El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra será
elegido por el Parlamento de Navarra para un periodo de 6
años
• La Comisión de Régimen Foral propondrá mediante el voto
favorable de las tres quintas partes de sus miembros al
candidato a Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de
Navarra.
• Propuesto el candidato se convocará, en término no inferior a
quince días, el Pleno del Parlamento de Navarra para proceder
a la elección del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de
Navarra. Será designado quien obtuviese el voto favorable de
las tres quintas partes de los miembros del Parlamento.
• Si no se alcanzara la mayoría indicada en el apartado anterior,
la Comisión de Régimen Foral se reunirá en el plazo máximo de
un mes para formular nueva propuesta.
• Conseguida la mayoría señalada en el apartado 4 de este
artículo, el candidato quedará designado Defensor del Pueblo
de la Comunidad Foral de Navarra. El Presidente del
Parlamento de Navarra acreditará con su firma el
nombramiento del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral
de Navarra, que se publicará en el “Boletín Oficial de Navarra”.
• El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra
tomará posesión de su cargo ante la Mesa del Parlamento,
prestando juramento o promesa
Francisco Javier Enériz Olaechea
DEFENSOR DEL PUEBLO
Estatuto
• El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra no estará
sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de
ninguna autoridad. Desempeñará sus funciones con autonomía y según
su criterio.
• Gozará del sistema de garantías de inviolabilidad e inmunidad y
dispondrá del aforamiento establecido con carácter general en la
legislación vigente para las instituciones autonómicas equivalentes al
Defensor del Pueblo y en concreto las correspondientes a los miembros
de las Cortes de Navarra
• Tiene un severo régimen de incompatibilidades
• El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra cesará por
alguna de las siguientes causas:
1. Por renuncia expresa que deberá comunicar a la Mesa del
Parlamento de Navarra.
2. Por expiración del plazo para el que fue designado.
3. Por fallecimiento o incapacidad sobrevenida.
4. Por destitución por el Parlamento de Navarra a consecuencia de
actuar con notoria negligencia en el desempeño de su cargo.
5. Por haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia
firme.
6. Por incompatibilidad sobrevenida.
7. Por pérdida de la condición política de navarro o del pleno disfrute
de los derechos civiles o políticos.
• La vacante en el cargo se declarará por el Presidente del Parlamento de
Navarra, en los casos de fallecimiento, renuncia y expiración del plazo de
mandato. En los demás casos, se decidirá por mayoría de tres quintas
partes de los Parlamentarios, mediante debate y previa audiencia del
interesado.
• Vacante el cargo, se iniciará el procedimiento para nombrar nuevo
Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra en plazo no
superior a un mes.
• En los casos de cese o incapacidad temporal del Defensor del Pueblo de
la Comunidad Foral de Navarra, y en tanto, en su caso, las Cortes de
Navarra no procedan a una nueva designación, desempeñará sus
Francisco Javier Enériz Olaechea
DEFENSOR DEL PUEBLO
Funciones
Podrá supervisar:
• La ACForal, sus organismos autónomos, sociedades públicas y demás entes
públicos que de ella dependan.
• Las Entidades locales de Navarra, sus organismos autónomos, sociedades
públicas y demás entes públicos que de ella dependan
• La Administración parlamentaria y la actividad administrativa de las
instituciones creadas por el Parlamento de Navarra.
• Los servicios gestionados por personas físicas o jurídicas mediante concesión
administrativa y, en general, a cualquier organismo o entidad, persona jurídica o
física, que actúe en un servicio público estando sometida, al tiempo, a algún
tipo de control o tutela administrativa
Cuando el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra reciba quejas
relativas al funcionamiento de la Administración de Justicia en la Comunidad
Foral deberá dirigirlas al Ministerio Fiscal o al Consejo General del Poder
Judicial
En los supuestos en que el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de
Navarra, en el ejercicio de su actividad, entendiere que procede la exigencia de
responsabilidad a cualquier autoridad, agente o personal, iniciará acción de
responsabilidad de oficio o se dirigirá al órgano o institución competente para
que exija en su caso la responsabilidad que corresponda
Los poderes del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra se
extienden tanto a los actos y resoluciones como a la omisión de los mismos
Para la interposición de recurso de amparo o de inconstitucionalidad el
Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra se dirigirá al Defensor
del Pueblo designado por las Cortes Generales solicitando de éste que se
ejercite la acción o acciones correspondientes
El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra dará cuenta anualmente al
Parlamento de Navarra de la gestión realizada en un Informe que presentará al mismo
en el periodo ordinario de sesiones. Cuando la gravedad, importancia o urgencia de
los
hechos lo aconsejen podrá presentar un informe extraordinario o monográfico,
Es el alto comisionado del Parlamento
de Navarra, designado por éste para la
defensa y mejora del nivel de
protección de los derechos y
libertades amparados por la
Constitución y la LORAFNA, y cuenta
como función primordial la de
salvaguardar a los ciudadanos y
ciudadanas frente a los posibles
abusos y negligencias de la
Administración
DEFENSOR DEL PUEBLO
Potestades
a) Iniciar y practicar una investigación para el establecimiento de actos o
conductas producidos por las entidades públicas, cuando afecten a una o
a un grupo de personas.
b) Dirigir recomendaciones o recordar los deberes legales a los órganos
competentes y al personal al servicio de las Administraciones públicas
para procurar corregir actos ilegales o injustos o lograr una mejora de los
servicios de la Administración.
c) Señalar las deficiencias de la legislación formulando recomendaciones a
fin de dotar a la actuación administrativa y a los servicios públicos de la
necesaria objetividad y eficacia en garantía de los derechos de los
administrados. Estas recomendaciones podrán dirigirse al Parlamento, y
a cualquiera de las entidades públicas
d) Emitir informes, en el área de su competencia, a solicitud del Parlamento
o de cualquiera de las entidades públicas
e) Divulgar, a través de todos los medios a su alcance y, en particular, a
través de los medios de comunicación pública, la naturaleza de su
trabajo, sus investigaciones y el informe anual.
f) Efectuar visitas de inspección a cualquier servicio o dependencia de los
organismos y entidades públicos, examinando o demandando
documentos, oyendo a órganos, personal al servicio de las
Administraciones públicas y solicitando las informaciones que estime
convenientes
g) Proceder a cuantas investigaciones estime convenientes, siempre que no
colisionen con los derechos o intereses legítimos de las personas y de las
entidades sujetas a control.
h) Procurar, en colaboración con los órganos y servicios competentes, las
soluciones más adecuadas en defensa de los intereses legítimos de las
personas y la adecuación de los órganos administrativos a los principios
que deben seguirse en la actuación pública
i) Solicitar mediante citación la comparecencia de cualquier persona que
ostente la condición de personal al servicio de las administraciones
objeto de supervisión por el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral
de Navarra que razonablemente pueda dar información relacionada con
el asunto a investigar
Es el alto comisionado del Parlamento
de Navarra, designado por éste para la
defensa y mejora del nivel de
protección de los derechos y
libertades amparados por la
Constitución y la LORAFNA, y cuenta
como función primordial la de
salvaguardar a los ciudadanos y
ciudadanas frente a los posibles
abusos y negligencias de la
Administración
DEFENSOR DEL PUEBLO
Investigaciones
1. Podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición de parte cualquier
investigación conducente al esclarecimiento de los actos, omisiones y
resoluciones de cualquiera de las Administraciones
2. Podrá dirigirse al Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra
toda persona, natural o jurídica, que invoque un interés legítimo, sin
restricción alguna. No podrá presentar queja ante el Defensor del Pueblo
de la Comunidad Foral de Navarra ninguna autoridad administrativa, en
asuntos de su competencia
3. Toda queja se presentará firmada por el interesado, con indicación de sus
datos de identidad, en escrito razonado, en papel común y en el plazo
máximo de 1 año contado a partir del momento en que tuviera
conocimiento de los hechos objeto de la misma. Todas las actuaciones
del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral Navarra son gratuitas
para el interesado y no será preceptiva la asistencia de Letrado ni de
Procurador. De toda queja se acusará recibo
4. El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra registrará las
quejas que se formulen, que tramitará o rechazará. En este último caso,
lo hará en escrito motivado.
5. Admitida la queja, el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de
Navarra promoverá la oportuna investigación sumaria e informal para el
esclarecimiento de los supuestos de la misma. En todo caso, dará cuenta
del contenido sustancial de la solicitud al organismo o a la dependencia
administrativa procedente, con el fin de que por su jefe o un superior, en
el plazo máximo de quince días hábiles, se remita informe escrito,
declaración o documentación. Tal plazo será ampliable. Todos los
poderes públicos y organismos de la Comunidad Foral están obligados a
auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Defensor del Pueblo de la
Comunidad Foral de Navarra en sus investigaciones e inspecciones.
6. Cuando el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, en
razón del ejercicio de las funciones propias de su cargo, tenga
conocimiento de una conducta o hechos presuntamente delictivos, lo
pondrá en inmediato conocimiento del Ministerio Fiscal.
Es el alto comisionado del Parlamento
de Navarra, designado por éste para la
defensa y mejora del nivel de
protección de los derechos y
libertades amparados por la
Constitución y la LORAFNA, y cuenta
como función primordial la de
salvaguardar a los ciudadanos y
ciudadanas frente a los posibles
abusos y negligencias de la
Administración
DEFENSOR DEL PUEBLO
Resoluciones
a) El Defensor del Pueblo de la CFN, aun no siendo competente para
modificar o anular los actos y resoluciones de la Administración, podrá,
sin embargo, sugerir la modificación de los criterios utilizados para la
producción de aquéllos
b) La intervención del Defensor del Pueblo de la CFN no suspenderá en
ningún caso el trascurso de los plazos
c) Si como consecuencia de sus investigaciones llegase al convencimiento
de que el cumplimiento riguroso de la norma puede provocar situaciones
injustas o perjudiciales para los administrados, podrá sugerir al órgano
legislativo competente o a la Administración la modificación de la misma
d) Si las actuaciones se hubiesen realizado con ocasión de los servicios
prestados por particulares en virtud de acto administrativo habilitante, el
Defensor del Pueblo podrá instar a las autoridades administrativas
competentes el ejercicio de sus potestades de inspección y sanción.
e) Podrá formular a las autoridades y personal al servicio de las
Administraciones públicas, advertencias, recomendaciones, recordatorios
de sus deberes legales y sugerencias para la adopción de nuevas
medidas.
f) Si formuladas las advertencias, etc, dentro de un plazo que no excederá
los 2 meses, no se produce una corrección adecuada o no se informa al
Defensor de las razones que estime para no adoptarla, podrá poner en
conocimiento de la máxima autoridad de la Administración afectada los
antecedentes del caso y las recomendaciones, advertencias,
recordatorios o sugerencias presentadas. Si tampoco obtuviera una
justificación adecuada, incluirá tal caso en su Informe anual.
g) El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra informará a
quien sea parte interesada del resultado de sus investigaciones y gestión,
así como de la respuesta que hubiese dado la Administración o el
personal a su servicio implicado
h) Contra las decisiones del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de
Navarra no cabrá interponer recurso alguno
Es el alto comisionado del Parlamento
de Navarra, designado por éste para la
defensa y mejora del nivel de
protección de los derechos y
libertades amparados por la
Constitución y la LORAFNA, y cuenta
como función primordial la de
salvaguardar a los ciudadanos y
ciudadanas frente a los posibles
abusos y negligencias de la
Administración

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

El Concejo Municipal y la Alcaldía
El Concejo Municipal y la AlcaldíaEl Concejo Municipal y la Alcaldía
El Concejo Municipal y la Alcaldíamunijm
 
Banco del estado legislacion monetaria y bancaria
Banco del estado legislacion monetaria y bancariaBanco del estado legislacion monetaria y bancaria
Banco del estado legislacion monetaria y bancariaVideoconferencias UTPL
 
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara Salazar
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara SalazarEl Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara Salazar
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara SalazarEduardo Lara Salazar
 
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayo
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayoProcedimiento administrativo actualizado a 24 de mayo
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayojamarformacionpamplona
 
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...Concejo Municipal Libertador
 
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma op
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma opJulie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma op
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma opThierry Debels
 
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnica
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnicaOrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnica
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnicaparticipacion
 
3, aspectos generales de las comisiones de personal
3, aspectos generales  de las comisiones  de personal3, aspectos generales  de las comisiones  de personal
3, aspectos generales de las comisiones de personalAsepcut
 
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...Jesús Rodolfo Andrade León
 
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesCGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesNelson Leiva®
 
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vasta
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vastaL’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vasta
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vastacittametro
 

La actualidad más candente (20)

El Concejo Municipal y la Alcaldía
El Concejo Municipal y la AlcaldíaEl Concejo Municipal y la Alcaldía
El Concejo Municipal y la Alcaldía
 
Tema 3 - La LORAFNA
Tema 3 - La LORAFNATema 3 - La LORAFNA
Tema 3 - La LORAFNA
 
Rama judicial
Rama judicialRama judicial
Rama judicial
 
Rama judicial
Rama judicialRama judicial
Rama judicial
 
Banco del estado legislacion monetaria y bancaria
Banco del estado legislacion monetaria y bancariaBanco del estado legislacion monetaria y bancaria
Banco del estado legislacion monetaria y bancaria
 
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara Salazar
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara SalazarEl Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara Salazar
El Municipio y sus funciones, por Abogado Eduardo Lara Salazar
 
Organi del comune
Organi del comuneOrgani del comune
Organi del comune
 
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayo
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayoProcedimiento administrativo actualizado a 24 de mayo
Procedimiento administrativo actualizado a 24 de mayo
 
Presentacion_Renta_3ra.ppt
Presentacion_Renta_3ra.pptPresentacion_Renta_3ra.ppt
Presentacion_Renta_3ra.ppt
 
Tema lorafna
Tema lorafnaTema lorafna
Tema lorafna
 
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...
Ordenanza de organizacion y funcionamineto de la rama legislativa del municpi...
 
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma op
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma opJulie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma op
Julie Van den Steen en Maarten Verhulst richten firma op
 
Exposición funciones
Exposición funcionesExposición funciones
Exposición funciones
 
Municipalidades.pptx
Municipalidades.pptxMunicipalidades.pptx
Municipalidades.pptx
 
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnica
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnicaOrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnica
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnica
 
3, aspectos generales de las comisiones de personal
3, aspectos generales  de las comisiones  de personal3, aspectos generales  de las comisiones  de personal
3, aspectos generales de las comisiones de personal
 
Sa mixto modelo sunarp peru
Sa mixto   modelo sunarp peruSa mixto   modelo sunarp peru
Sa mixto modelo sunarp peru
 
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...
Manual de Normas y Procedimientos para la Imposición de Multa de la Controlar...
 
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios MunicipalesCGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
CGR Ley N°18883 Estatuto de los Funcionarios Municipales
 
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vasta
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vastaL’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vasta
L’armonizzazione contabile e il pareggio di bilancio negli enti di area vasta
 

Similar a Camara de comptos y defensor del pueblo

Rom 11 plantilla-modif241111
Rom 11 plantilla-modif241111Rom 11 plantilla-modif241111
Rom 11 plantilla-modif241111Ana Muñoz
 
Tribunal de cuenta sfinal
Tribunal de cuenta sfinalTribunal de cuenta sfinal
Tribunal de cuenta sfinalaljumarang
 
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...El Estrecho Digital
 
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvador
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvadorley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvador
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El SalvadorEl Contador SV
 
La Junta Consultiva de Contratación administrativa de Extremadura
La Junta Consultiva de Contratación  administrativa de ExtremaduraLa Junta Consultiva de Contratación  administrativa de Extremadura
La Junta Consultiva de Contratación administrativa de ExtremaduraJose Manuel Rodriguez Muñoz
 
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de CuentasLey 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de CuentasEduardo Nelson German
 
Presentación cgr
Presentación cgrPresentación cgr
Presentación cgrmxoba
 
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publica
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publicaLey reguladora del ejercicio de la contaduria publica
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publicaJoe Rhodes
 
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentasGUILLERMO CALIX
 
Estatuto ccpc 2015
Estatuto ccpc 2015Estatuto ccpc 2015
Estatuto ccpc 2015ccpcallao
 
Aspecto legal de la contaduria pública en colombia
Aspecto legal de la contaduria pública en colombiaAspecto legal de la contaduria pública en colombia
Aspecto legal de la contaduria pública en colombiacalderonariza
 
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de CoahuilaLey de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuilasabmpio
 

Similar a Camara de comptos y defensor del pueblo (20)

Rom 11 plantilla-modif241111
Rom 11 plantilla-modif241111Rom 11 plantilla-modif241111
Rom 11 plantilla-modif241111
 
Tribunal de cuenta sfinal
Tribunal de cuenta sfinalTribunal de cuenta sfinal
Tribunal de cuenta sfinal
 
Ley28951.pdf dda por alan garcia
Ley28951.pdf dda por alan garciaLey28951.pdf dda por alan garcia
Ley28951.pdf dda por alan garcia
 
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...
EED - La Cámara de Comercio celebrará sus elecciones antes de final de marzo ...
 
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvador
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvadorley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvador
ley reguladora del ejercicio de la contaduria El Salvador
 
La Junta Consultiva de Contratación administrativa de Extremadura
La Junta Consultiva de Contratación  administrativa de ExtremaduraLa Junta Consultiva de Contratación  administrativa de Extremadura
La Junta Consultiva de Contratación administrativa de Extremadura
 
Ley28708
Ley28708Ley28708
Ley28708
 
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de CuentasLey 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
Ley 4828 - Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
 
Presentación cgr
Presentación cgrPresentación cgr
Presentación cgr
 
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publica
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publicaLey reguladora del ejercicio de la contaduria publica
Ley reguladora del ejercicio de la contaduria publica
 
Dercons 3.2.10
Dercons 3.2.10Dercons 3.2.10
Dercons 3.2.10
 
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas
2.1. aspectos leg y normativos aud guber ley de corte de cuentas
 
Estatuto ccpc 2015
Estatuto ccpc 2015Estatuto ccpc 2015
Estatuto ccpc 2015
 
Aspecto legal de la contaduria pública en colombia
Aspecto legal de la contaduria pública en colombiaAspecto legal de la contaduria pública en colombia
Aspecto legal de la contaduria pública en colombia
 
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de CoahuilaLey de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
Ley de fiscalización superior para el Estado de Coahuila
 
Sesison 4.pptx
Sesison 4.pptxSesison 4.pptx
Sesison 4.pptx
 
Reglamento Referéndum 2013
Reglamento Referéndum 2013Reglamento Referéndum 2013
Reglamento Referéndum 2013
 
Ley 43 de 1990.pdf
Ley 43 de 1990.pdfLey 43 de 1990.pdf
Ley 43 de 1990.pdf
 
5 ley transitoria_autonomias
5 ley transitoria_autonomias5 ley transitoria_autonomias
5 ley transitoria_autonomias
 
TALLER FPR DE LA CUENTA-1.pdf
TALLER FPR DE LA CUENTA-1.pdfTALLER FPR DE LA CUENTA-1.pdf
TALLER FPR DE LA CUENTA-1.pdf
 

Más de jamarformacionpamplona

Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentos
Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentosTema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentos
Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentosjamarformacionpamplona
 
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativa
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativaTema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativa
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativajamarformacionpamplona
 
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registros
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registrosTema 4 - Actividad administrativa: archivos y registros
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registrosjamarformacionpamplona
 
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronica
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronicaTema 3 - Actividad administrativa y administracion electronica
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronicajamarformacionpamplona
 
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacion
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacionTema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacion
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacionjamarformacionpamplona
 
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionTema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionjamarformacionpamplona
 
Tema 11 - La Hacienda pública de Navarra
Tema 11 - La Hacienda pública de NavarraTema 11 - La Hacienda pública de Navarra
Tema 11 - La Hacienda pública de Navarrajamarformacionpamplona
 
Tema 9 - El procedimiento administrativo
Tema 9 - El procedimiento administrativoTema 9 - El procedimiento administrativo
Tema 9 - El procedimiento administrativojamarformacionpamplona
 
Tema 8 disposiciones y actos administrativos
Tema 8 disposiciones y actos administrativosTema 8 disposiciones y actos administrativos
Tema 8 disposiciones y actos administrativosjamarformacionpamplona
 

Más de jamarformacionpamplona (20)

Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentos
Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentosTema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentos
Tema 6 - Las Fuentes del Derecho y reglamentos
 
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativa
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativaTema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativa
Tema 5 - Actividad administrativa: documentacion administrativa
 
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registros
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registrosTema 4 - Actividad administrativa: archivos y registros
Tema 4 - Actividad administrativa: archivos y registros
 
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronica
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronicaTema 3 - Actividad administrativa y administracion electronica
Tema 3 - Actividad administrativa y administracion electronica
 
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacion
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacionTema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacion
Tema 2 - Actividad administrativa, proteccion de datos y comunicacion
 
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionTema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
 
Tema 11 - La Hacienda pública de Navarra
Tema 11 - La Hacienda pública de NavarraTema 11 - La Hacienda pública de Navarra
Tema 11 - La Hacienda pública de Navarra
 
Tema 9 - El procedimiento administrativo
Tema 9 - El procedimiento administrativoTema 9 - El procedimiento administrativo
Tema 9 - El procedimiento administrativo
 
Tema 8 - Los actos administrativos
Tema 8 - Los actos administrativosTema 8 - Los actos administrativos
Tema 8 - Los actos administrativos
 
Tema 2 - Union Europea
Tema 2 - Union EuropeaTema 2 - Union Europea
Tema 2 - Union Europea
 
Tema 1 - Constitucion
Tema 1 - ConstitucionTema 1 - Constitucion
Tema 1 - Constitucion
 
Tema 7 administracion
Tema 7   administracionTema 7   administracion
Tema 7 administracion
 
Tema 6 gobierno de navarra
Tema 6   gobierno de navarraTema 6   gobierno de navarra
Tema 6 gobierno de navarra
 
Tema 1 constitucion
Tema 1 constitucionTema 1 constitucion
Tema 1 constitucion
 
Procesos impugnacion
Procesos impugnacionProcesos impugnacion
Procesos impugnacion
 
Procesos de impugnacion
Procesos de impugnacionProcesos de impugnacion
Procesos de impugnacion
 
El procedimiento administrativo
El procedimiento administrativoEl procedimiento administrativo
El procedimiento administrativo
 
Tema 8 disposiciones y actos administrativos
Tema 8 disposiciones y actos administrativosTema 8 disposiciones y actos administrativos
Tema 8 disposiciones y actos administrativos
 
Igualdad
IgualdadIgualdad
Igualdad
 
Ley foral transpariencia
Ley foral transparienciaLey foral transpariencia
Ley foral transpariencia
 

Último

Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 

Último (20)

Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 

Camara de comptos y defensor del pueblo

  • 1. CÁMARA DE COMPTOS Normas generales Art. 18 bis LORAFNA: • La Cámara de Comptos es el órgano fiscalizador externo de la gestión económica y financiera del sector público de la Comunidad Foral de Navarra, de los entes locales y del resto del sector público de Navarra. • La Cámara de Comptos depende orgánicamente del Parlamento de Navarra y ejerce sus funciones de acuerdo con su Ley Foral reguladora. • Corresponderá al Tribunal de Cuentas el enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que pudieran incurrir quienes en Navarra tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos y, por acción u omisión contraria a la ley, originen menoscabo de los mismos. • Si, en el ejercicio de su función fiscalizadora, la Cámara de Comptos advirtiera la existencia de indicios de responsabilidad contable dará traslado de las correspondientes actuaciones al Tribunal de Cuentas •ART. 18 BIS LORAFNA •LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA
  • 2. CÁMARA DE COMPTOS Ámbito de competencias La Cámara de Comptos de Navarra es el órgano técnico dependiente del Parlamento o Cortes de Navarra, fiscalizador de la gestión económica y financiera del sector público de la Comunidad Foral, así como de aquellos fondos que tengan la consideración de públicos. Puede fiscalizar: 1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 2. Las Corporaciones Locales de Navarra. 3. Los Organismos Autónomos dependientes de las Administraciones Públicas de Navarra. 4. Las empresas con participación mayoritaria de las Administraciones Públicas de Navarra. 5. Aquellas Entidades y Organismos Públicos no comprendidos en los apartados anteriores y que tengan a su cargo la gestión o manejo de fondos públicos de Navarra. 6. subvenciones, créditos, avales, exenciones, bonificaciones fiscales y de cualquier otra ayuda del sector público que beneficie al sector privado La Cámara de Comptos tendrá como funciones propias: 1. Controlar las cuentas y la gestión económica del sector público de Navarra. 2. Asesorar al Parlamento en materias económico-financieras LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA
  • 3. CÁMARA DE COMPTOS Funciones La Cámara de Comptos tendrá como funciones propias: 1. Controlar las cuentas y la gestión económica del sector público de Navarra. 2. Asesorar al Parlamento en materias económico-financieras La Cámara de Comptos elaborará su propio presupuesto, que se Integrará en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Navarra La Cámara de Comptos tendrá competencias exclusivas en todo lo concerniente a su Gobierno, régimen interior y personal a su servicio Estará facultada para exigir datos, informes, documentos o antecedentes necesarios para el desarrollo de sus funciones e inspeccionar y comprobar toda la documentación de las oficinas públicas, libros, metálico y valores, las dependencias, depósitos y almacenes, y en general cualesquiera otros establecimientos LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA
  • 4. CÁMARA DE COMPTOS Función fiscalizadora Se realizará mediante: 1. La verificación de la contabilidad pública durante la fase de ejecución de los Presupuestos, informando de su resultado al Parlamento, cuando aquélla lo estimase pertinente o éste lo solicitare. 2. El examen y censura de las Cuentas Generales de Navarra, que se efectuará dentro de los tres meses siguientes a su remisión, a la Cámara por el Parlamento. 3. La emisión de los informes de fiscalización que le sean requeridos por el Parlamento. Estarán legitimados para solicitar los citados informes de fiscalización los órganos citados en el artículo 5 . 4. La emisión de los informes que la Cámara de Comptos, por propia iniciativa y en base a su programa de fiscalización, estime oportuno poner en conocimiento del Parlamento. 5. La realización de informes de fiscalización sobre la gestión pública que por imperativo legal le sean solicitados por la Diputación Foral o Gobierno de Navarra. 6. La realización de informes de fiscalización sobre la gestión pública que, con carácter excepcional, le sean solicitados por la Diputación Foral o Gobierno de Navarra, previo acuerdo de la Mesa y Junta de Portavoces del Parlamento. LEY FORAL 19/1984, DE 20 DE DICIEMBRE, DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA
  • 5. CÁMARA DE COMPTOS Tipos de control • El control de la legalidad tendrá por objeto analizar la adecuación de la actividad financiera de los entes controlados al ordenamiento jurídico vigente. • El control de eficacia tendrá como finalidad determinar el grado en que se hayan conseguido los objetivos previstos, analizando las posibles desviaciones que se hayan podido producir y las causas que las originen. • El control de la economía o eficiencia tendrá por objeto analizar la forma en que se han alcanzado los objetivos previstos atendiendo al menor coste en la realización del gasto. •LEGALIDAD •EFICACIA •ECONOMÍA O EFICIENCIA
  • 6. CÁMARA DE COMPTOS Presidenta • El Presidente de la Cámara será nombrado por el Parlamento de Navarra en un período de 6 años • Sólo podrán ser candidatos a Presidente de la Cámara de Comptos las personas en posesión del Título de Licenciado en Derecho, de Ciencias Económicas o Empresariales, o de Profesor Mercantil. • Se exigirá mayoría absoluta en la primera votación. Para el caso de que ningún candidato alcanzara dicha mayoría, se procederá a una segunda votación en la que serán candidatos los dos que anteriormente hubieren obtenido mayor número de votos. La elección se resolverá a favor del candidato que obtuviere mayor número de votos. En el supuesto de que sólo hubiese un único candidato, en segunda votación se resolverá por mayoría simple. • El Presidente de la Cámara de Comptos no podrá ser removido de su cargo sino por expiración de su mandato, renuncia aceptada por el Parlamento de Navarra, incapacidad, incompatibilidad o incumplimiento grave de sus deberes, siempre que en los tres últimos supuestos, así lo apreciasen las dos terceras partes de los miembros del Parlamento. Son Órganos de la Cámara: a)El Presidente. b)Los Auditores. c)La Secretaría General.
  • 7. CÁMARA DE COMPTOS Funciones del Presidente 1. Representar a la Cámara. 2. Asignar a los Auditores el trabajo a desarrollar en el ámbito de sus respectivas áreas de competencia. 3. Ejercer la jefatura superior del personal dirigiendo y coordinando sus actuaciones, así como desempeñando las relativas y su nombramiento y contratación. 4. Ejercer las facultades que le corresponden de organización y dirección de todas las materias relacionadas con el régimen y gobierno interior, así como autorizar los gastos y ordenar los pagos propios de la Cámara. 5. Elaborar el presupuesto anual de la Cámara. 6. Poner en conocimiento de la Diputación Foral cuantas incidencias graves se planteen en el desarrollo de las funciones de la Cámara, así como comunicar al Parlamento los obstáculos o faltas de colaboración que en el ejercicio de aquéllas pudiesen observarse. 7. Presentar al Parlamento la memoria anual de las actividades de la Cámara. 8. Remitir al Parlamento los informes de fiscalización con las observaciones que, en su caso, estime procedentes. 9. Informar oralmente al Parlamento en relación con los Informes y Memorias de la Cámara de Comptos, a requerimiento de aquél, o por escrito cuando se trata de una iniciativa de ésta. 10. Resolver las demás cuestiones propias de la Cámara no asignadas a otros órganos específicos de la misma. 11. Previa audiencia de los auditores, aprobar: 1. El programa anual de fiscalización a desarrollar por la Cámara de Comptos. 2. Los criterios y políticas de control que han de presidir la actuación de los Auditores en el ejercicio de su labor fiscalizadora, al objeto de unificar al máximo dicha actuación. 3. Los informes de fiscalización. 4. El informe anual sobre las cuentas y la gestión económica del sector público de la Comunidad Foral. 5. La rendición de las cuentas del Presupuesto de la Cámara para su remisión al Parlamento. Son Órganos de la Cámara: a)El Presidente. b)Los Auditores. c)La Secretaría General.
  • 8. CÁMARA DE COMPTOS Auditores Los Auditores de la Cámara de Comptos serán seleccionados por concurso- oposición de entre personas en quienes concurran los requisitos siguientes: • Estar en posesión de los títulos de Profesor Mercantil, Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, y de aquellos otros que pudiesen considerarse adecuados para la función a realizar • Disponer de la experiencia y preparación técnica necesaria para desarrollar la labor de Auditoría El proceso selectivo de los Auditores incluirá también un período de formación y prácticas, que tendrán una duración de un año, y que será necesario superar para obtener el nombramiento definitivo como funcionario Los Auditores con arreglo a principios de especialización y división de trabajo, son los órganos de investigación e inspección. Son funciones de los Auditores: 1. Realizar el control de las cuentas y la gestión económica del sector público de la Comunidad Foral, disponiendo para ello de las facultades a que hace mención el artículo 10, párrafo primero de esta Ley . 2. Proponer al Presidente de la Cámara para su estudio y aprobación, los informes de fiscalización y las conclusiones a que llegarán en el ejercicio de la función fiscalizadora. 3. Elevar al Presidente las propuestas que estimen necesarias para un mejor desempeño de su trabajo. 4. Planificar la labor que les hubiese asignado el Presidente. 5. Todas aquellas que pudiesen serle encomendadas por el Presidente. Son Órganos de la Cámara: a)El Presidente. b)Los Auditores. c)La Secretaría General.
  • 9. CÁMARA DE COMPTOS Secretaría General El Secretario General de la Cámara de Comptos será nombrado y cesado libremente por el Presidente de entre los Letrados. La Secretaría General estará integrada por el Secretario General y el personal necesario para que aquél pueda desarrollar sus funciones. Son funciones del Secretario General: 1. Prestar asesoramiento jurídico al Presidente. 2. Dirigir y coordinar la Asesoría Jurídica. 3. Elaborar el estado general que anualmente se forme de los trabajos de la Cámara. 4. Ejercer directamente la jefatura del personal de la Cámara de Comptos. 5. Redactar las cartas y notificar las resoluciones del Presidente. 6. El archivo y conservación de documentos. 7. Todas aquellas que pudiesen serle encomendadas o delegadas por el Presidente. Son Órganos de la Cámara: a)El Presidente. b)Los Auditores. c)La Secretaría General.
  • 10. DEFENSOR DEL PUEBLO Régimen LORAFNA: Art. 18 ter: Como órgano dependiente del Parlamento de Navarra actuará el Defensor del Pueblo de Navarra, al que, sin perjuicio de la Competencia del Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales, corresponderá la función de defensa y protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la presente Ley Orgánica, en el ámbito competencial de la Comunidad Foral, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de las Administraciones Públicas de Navarra, debiendo dar cuenta de sus actuaciones al Parlamento. Por ley foral se regulará la elección, atribuciones, régimen jurídico y funcionamiento del Defensor del Pueblo de Navarra. LEY FORAL 4/2000, DE 3 DE JULIO, DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA: ART. 1: El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra , y cuenta como función primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración Francisco Javier Enériz Olaechea
  • 11. DEFENSOR DEL PUEBLO Nombramiento • Podrá ser elegido Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra cualquier persona que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos y que, con arreglo al artículo 5 de la LORAFNA, goce de la condición política navarra. • El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra será elegido por el Parlamento de Navarra para un periodo de 6 años • La Comisión de Régimen Foral propondrá mediante el voto favorable de las tres quintas partes de sus miembros al candidato a Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. • Propuesto el candidato se convocará, en término no inferior a quince días, el Pleno del Parlamento de Navarra para proceder a la elección del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. Será designado quien obtuviese el voto favorable de las tres quintas partes de los miembros del Parlamento. • Si no se alcanzara la mayoría indicada en el apartado anterior, la Comisión de Régimen Foral se reunirá en el plazo máximo de un mes para formular nueva propuesta. • Conseguida la mayoría señalada en el apartado 4 de este artículo, el candidato quedará designado Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. El Presidente del Parlamento de Navarra acreditará con su firma el nombramiento del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, que se publicará en el “Boletín Oficial de Navarra”. • El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra tomará posesión de su cargo ante la Mesa del Parlamento, prestando juramento o promesa Francisco Javier Enériz Olaechea
  • 12. DEFENSOR DEL PUEBLO Estatuto • El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad. Desempeñará sus funciones con autonomía y según su criterio. • Gozará del sistema de garantías de inviolabilidad e inmunidad y dispondrá del aforamiento establecido con carácter general en la legislación vigente para las instituciones autonómicas equivalentes al Defensor del Pueblo y en concreto las correspondientes a los miembros de las Cortes de Navarra • Tiene un severo régimen de incompatibilidades • El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra cesará por alguna de las siguientes causas: 1. Por renuncia expresa que deberá comunicar a la Mesa del Parlamento de Navarra. 2. Por expiración del plazo para el que fue designado. 3. Por fallecimiento o incapacidad sobrevenida. 4. Por destitución por el Parlamento de Navarra a consecuencia de actuar con notoria negligencia en el desempeño de su cargo. 5. Por haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia firme. 6. Por incompatibilidad sobrevenida. 7. Por pérdida de la condición política de navarro o del pleno disfrute de los derechos civiles o políticos. • La vacante en el cargo se declarará por el Presidente del Parlamento de Navarra, en los casos de fallecimiento, renuncia y expiración del plazo de mandato. En los demás casos, se decidirá por mayoría de tres quintas partes de los Parlamentarios, mediante debate y previa audiencia del interesado. • Vacante el cargo, se iniciará el procedimiento para nombrar nuevo Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra en plazo no superior a un mes. • En los casos de cese o incapacidad temporal del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, y en tanto, en su caso, las Cortes de Navarra no procedan a una nueva designación, desempeñará sus Francisco Javier Enériz Olaechea
  • 13. DEFENSOR DEL PUEBLO Funciones Podrá supervisar: • La ACForal, sus organismos autónomos, sociedades públicas y demás entes públicos que de ella dependan. • Las Entidades locales de Navarra, sus organismos autónomos, sociedades públicas y demás entes públicos que de ella dependan • La Administración parlamentaria y la actividad administrativa de las instituciones creadas por el Parlamento de Navarra. • Los servicios gestionados por personas físicas o jurídicas mediante concesión administrativa y, en general, a cualquier organismo o entidad, persona jurídica o física, que actúe en un servicio público estando sometida, al tiempo, a algún tipo de control o tutela administrativa Cuando el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra reciba quejas relativas al funcionamiento de la Administración de Justicia en la Comunidad Foral deberá dirigirlas al Ministerio Fiscal o al Consejo General del Poder Judicial En los supuestos en que el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, en el ejercicio de su actividad, entendiere que procede la exigencia de responsabilidad a cualquier autoridad, agente o personal, iniciará acción de responsabilidad de oficio o se dirigirá al órgano o institución competente para que exija en su caso la responsabilidad que corresponda Los poderes del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra se extienden tanto a los actos y resoluciones como a la omisión de los mismos Para la interposición de recurso de amparo o de inconstitucionalidad el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra se dirigirá al Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales solicitando de éste que se ejercite la acción o acciones correspondientes El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra dará cuenta anualmente al Parlamento de Navarra de la gestión realizada en un Informe que presentará al mismo en el periodo ordinario de sesiones. Cuando la gravedad, importancia o urgencia de los hechos lo aconsejen podrá presentar un informe extraordinario o monográfico, Es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la LORAFNA, y cuenta como función primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración
  • 14. DEFENSOR DEL PUEBLO Potestades a) Iniciar y practicar una investigación para el establecimiento de actos o conductas producidos por las entidades públicas, cuando afecten a una o a un grupo de personas. b) Dirigir recomendaciones o recordar los deberes legales a los órganos competentes y al personal al servicio de las Administraciones públicas para procurar corregir actos ilegales o injustos o lograr una mejora de los servicios de la Administración. c) Señalar las deficiencias de la legislación formulando recomendaciones a fin de dotar a la actuación administrativa y a los servicios públicos de la necesaria objetividad y eficacia en garantía de los derechos de los administrados. Estas recomendaciones podrán dirigirse al Parlamento, y a cualquiera de las entidades públicas d) Emitir informes, en el área de su competencia, a solicitud del Parlamento o de cualquiera de las entidades públicas e) Divulgar, a través de todos los medios a su alcance y, en particular, a través de los medios de comunicación pública, la naturaleza de su trabajo, sus investigaciones y el informe anual. f) Efectuar visitas de inspección a cualquier servicio o dependencia de los organismos y entidades públicos, examinando o demandando documentos, oyendo a órganos, personal al servicio de las Administraciones públicas y solicitando las informaciones que estime convenientes g) Proceder a cuantas investigaciones estime convenientes, siempre que no colisionen con los derechos o intereses legítimos de las personas y de las entidades sujetas a control. h) Procurar, en colaboración con los órganos y servicios competentes, las soluciones más adecuadas en defensa de los intereses legítimos de las personas y la adecuación de los órganos administrativos a los principios que deben seguirse en la actuación pública i) Solicitar mediante citación la comparecencia de cualquier persona que ostente la condición de personal al servicio de las administraciones objeto de supervisión por el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra que razonablemente pueda dar información relacionada con el asunto a investigar Es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la LORAFNA, y cuenta como función primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración
  • 15. DEFENSOR DEL PUEBLO Investigaciones 1. Podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición de parte cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos, omisiones y resoluciones de cualquiera de las Administraciones 2. Podrá dirigirse al Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra toda persona, natural o jurídica, que invoque un interés legítimo, sin restricción alguna. No podrá presentar queja ante el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra ninguna autoridad administrativa, en asuntos de su competencia 3. Toda queja se presentará firmada por el interesado, con indicación de sus datos de identidad, en escrito razonado, en papel común y en el plazo máximo de 1 año contado a partir del momento en que tuviera conocimiento de los hechos objeto de la misma. Todas las actuaciones del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral Navarra son gratuitas para el interesado y no será preceptiva la asistencia de Letrado ni de Procurador. De toda queja se acusará recibo 4. El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra registrará las quejas que se formulen, que tramitará o rechazará. En este último caso, lo hará en escrito motivado. 5. Admitida la queja, el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra promoverá la oportuna investigación sumaria e informal para el esclarecimiento de los supuestos de la misma. En todo caso, dará cuenta del contenido sustancial de la solicitud al organismo o a la dependencia administrativa procedente, con el fin de que por su jefe o un superior, en el plazo máximo de quince días hábiles, se remita informe escrito, declaración o documentación. Tal plazo será ampliable. Todos los poderes públicos y organismos de la Comunidad Foral están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra en sus investigaciones e inspecciones. 6. Cuando el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, en razón del ejercicio de las funciones propias de su cargo, tenga conocimiento de una conducta o hechos presuntamente delictivos, lo pondrá en inmediato conocimiento del Ministerio Fiscal. Es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la LORAFNA, y cuenta como función primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración
  • 16. DEFENSOR DEL PUEBLO Resoluciones a) El Defensor del Pueblo de la CFN, aun no siendo competente para modificar o anular los actos y resoluciones de la Administración, podrá, sin embargo, sugerir la modificación de los criterios utilizados para la producción de aquéllos b) La intervención del Defensor del Pueblo de la CFN no suspenderá en ningún caso el trascurso de los plazos c) Si como consecuencia de sus investigaciones llegase al convencimiento de que el cumplimiento riguroso de la norma puede provocar situaciones injustas o perjudiciales para los administrados, podrá sugerir al órgano legislativo competente o a la Administración la modificación de la misma d) Si las actuaciones se hubiesen realizado con ocasión de los servicios prestados por particulares en virtud de acto administrativo habilitante, el Defensor del Pueblo podrá instar a las autoridades administrativas competentes el ejercicio de sus potestades de inspección y sanción. e) Podrá formular a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas, advertencias, recomendaciones, recordatorios de sus deberes legales y sugerencias para la adopción de nuevas medidas. f) Si formuladas las advertencias, etc, dentro de un plazo que no excederá los 2 meses, no se produce una corrección adecuada o no se informa al Defensor de las razones que estime para no adoptarla, podrá poner en conocimiento de la máxima autoridad de la Administración afectada los antecedentes del caso y las recomendaciones, advertencias, recordatorios o sugerencias presentadas. Si tampoco obtuviera una justificación adecuada, incluirá tal caso en su Informe anual. g) El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra informará a quien sea parte interesada del resultado de sus investigaciones y gestión, así como de la respuesta que hubiese dado la Administración o el personal a su servicio implicado h) Contra las decisiones del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra no cabrá interponer recurso alguno Es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la LORAFNA, y cuenta como función primordial la de salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración