Iniciativa de privatización de los servicios de salud mexicanosfemcai
Martha Medina Gómez, enfermera con más de 24 años de experiencia dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quien denuncia que desde el pasado 2 de octubre de 2014, se presento, proveniente de la bancada del Partido Acción Nacional en el Congreso, una iniciativa para crear el Sistema Universal de Salud, mismo que tendría una limitada cobertura para sus beneficiarios, además crear un fondo unico de presupuesto para este rubro, es decir, la unificación de los presupuestos asignados actualmente a todos los prestadores de servicios de salud del país (IMSS, ISSSTE, SSA, ISSEMYN, Seguro Popular, etc ).
Lo anterior es la propuesta hecha por Mercedes Juan López, actual secretaria de salud y con el apoyo del aún presidente Enrique Peña Nieto.
“Desde hace 12 años con la llegada del gobierno panista y, primero de Molinar Horcasitas y después Daniel Karam al IMSS, Javier Lozano Alarcón a la Secretaría del Trabajo y el tristemente célebre Valdemar Gutiérrez Fragoso y Manuel Vallejo Barragán al sindicato, se inició el perverso desmantelamiento del IMSS y de su sindicato, que ha sido secuestrado por un grupúsculo que, al cobijo de esos personajes políticos, hicieron uso del poder”, afirma Martha Medina Gómez.
Sistemas de salud curso APS RISS Dr. SalgadoOPS Colombia
Presentación del Dr. Osvaldo Salgado en el inicio del Curso sobre Atención Primaria en Salud – Redes Integradas de Servicios de Salud.
en el marco del Convenio OPS – MPS
Bogotá, 25 de agosto 2011
Iniciativa de Reforma al Sistema Universal de Salud en México, presentada por el GPPAN, en el SENADO, con su proceso legislativo, notas periodisticas e información real sobre cual va a ser su futuro
Iniciativa de privatización de los servicios de salud mexicanosfemcai
Martha Medina Gómez, enfermera con más de 24 años de experiencia dentro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quien denuncia que desde el pasado 2 de octubre de 2014, se presento, proveniente de la bancada del Partido Acción Nacional en el Congreso, una iniciativa para crear el Sistema Universal de Salud, mismo que tendría una limitada cobertura para sus beneficiarios, además crear un fondo unico de presupuesto para este rubro, es decir, la unificación de los presupuestos asignados actualmente a todos los prestadores de servicios de salud del país (IMSS, ISSSTE, SSA, ISSEMYN, Seguro Popular, etc ).
Lo anterior es la propuesta hecha por Mercedes Juan López, actual secretaria de salud y con el apoyo del aún presidente Enrique Peña Nieto.
“Desde hace 12 años con la llegada del gobierno panista y, primero de Molinar Horcasitas y después Daniel Karam al IMSS, Javier Lozano Alarcón a la Secretaría del Trabajo y el tristemente célebre Valdemar Gutiérrez Fragoso y Manuel Vallejo Barragán al sindicato, se inició el perverso desmantelamiento del IMSS y de su sindicato, que ha sido secuestrado por un grupúsculo que, al cobijo de esos personajes políticos, hicieron uso del poder”, afirma Martha Medina Gómez.
Sistemas de salud curso APS RISS Dr. SalgadoOPS Colombia
Presentación del Dr. Osvaldo Salgado en el inicio del Curso sobre Atención Primaria en Salud – Redes Integradas de Servicios de Salud.
en el marco del Convenio OPS – MPS
Bogotá, 25 de agosto 2011
Iniciativa de Reforma al Sistema Universal de Salud en México, presentada por el GPPAN, en el SENADO, con su proceso legislativo, notas periodisticas e información real sobre cual va a ser su futuro
Lectura que sintetiza los principales referentes normativos en salud pública en Colombia para 2020.
Tomada y actualizada de: Hernández E. Atención primaria y determinantes sociales en salud en la formación de recursos humanos en Colombia para el mejoramiento de la salud de la población [tesis doctoral]. Alicante: Universidad Miguel Hernández; 2017
José Narro Robles, secretario de Salud, encabezó la firma del Acuerdo Nacional hacia la Universalización de los Servicios de Salud, que busca impulsar la accesibilidad total de éstos en el país.
La firma del convenio se efectuó en el evento del Día Mundial de la Salud, llevado a cabo en el Centro Médico Siglo XXI del IMSS, en presencia del presidente Enrique Peña.
"No tengo duda de que con estos intercambios de servicios, con el diagnóstico de las necesidades y el conocimiento de la capacidad instalada aprovechable, podemos sentar las bases para alcanzar un sistema público de salud más vigoroso, útil y eficiente, además de avanzar en la accesibilidad de los servicios y en la cobertura de los mismos", dijo Narro.
El acuerdo fue firmado por el titular de la SSA; Mikel Arriola y José Reyes Baeza, titulares del IMSS y el ISSSTE, respectivamente.
También firmaron Gabino Cué, presidente de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago); Eruviel Ávila, coordinador de la Comisión de Salud del mismo organismo; y Carlos Mendoza Davis, gobernador de Baja California Sur.
El titular del ramo explicó que la próxima semana se invitará a los gobiernos estatales y de la Ciudad de México a que se adhieran a este instrumento.
Del mismo modo, deberán sumarse los secretarios de Salud de las entidades, delegados del IMSS e ISSSTE y funcionarios.
El 16 de febrero de 2015, el Congreso de la República de Colombia promulgó la...jandresrincon0307
Su propósito principal era establecer de carácter fundamental a la salud, como un derecho autónomo e irrenunciable de todas las personas, Esta norma está compuesta por IV títulos y veintiséis (26) artículos.
La palabra integrar tiene diversos significados. Algunos están más relacionados con la naturaleza
del Modelo Integrador de Atención a la Salud (MIDAS) que otros. Dentro de las definiciones
de la palabra integrar que más se relacionan con el objetivo del MIDAS destacan las siguientes:
“construir un todo” y “hacer que alguien o algo pase a formar parte de un todo”. Es precisamente
esto lo que busca este nuevo modelo de atención: crear las condiciones para que todas las unidades,
instituciones y sectores del sistema mexicano de salud trabajen, sin fusionarse, de manera
coordinada para garantizar una atención pronta, efectiva, segura, continua, centrada en el paciente
y respetuosa de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud.
Presentació de Elena Cossin i Maria Rodriguez, infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
Presentació de Álvaro Baena i Cristina Real, infermers d'urgències de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
2. PRES- TEST.
¿CUAL ES LA DEFINICION DE SALUD?
¿QUE ENTIENDE POR SEGURIDAD SOCIAL?
¿QUE ES EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN
SALUD?
¿CUALES SON LAS PRINCIPALES NORMAS Y LEYES QUE LO
REGLAMENTAN?
3. CONCEPTO DE SALUD:
Es el completo estado de
bienestar físico, mental,
social, espiritual y
económico de una persona
o comunidad de personas.
4. CONCEPTO DE
SEGURIDAD:
La seguridad social es un conjunto de
medidas que la sociedad proporciona a sus
integrantes con la finalidad de evitar
desequilibrios económicos y sociales que,
de no resolverse, significarían la reducción
o la pérdida de los ingresos a causa de
contingencias como la enfermedad, los
accidentes, la maternidad o el desempleo,
entre otras.
5. CONCEPTO DE SEGURIDAD
La forma más común de identificar la
seguridad social es mediante las prestaciones
y la asistencia médica, sin embargo, esas son
solo algunas de las formas en las que se
presenta en la vida cotidiana. En los hechos,
la seguridad social también se encuentra en
los actos solidarios e inclusivos de las
personas hacia los demás, pues esos actos
llevan en sí mismos la búsqueda del
bienestar social.
6. MARCO HISTORICO.
Históricamente, existen tres periodos en los cuales se pueden apreciar los
cambios más importantes que ha presentado la prestación del servicio de
salud. El primero se inicia con la promulgación de la Constitución de 1886
hasta mediados de 1950 y en donde prevaleció lo que se puede
denominar como el “modelo higienista” (Minsalud y DNP, 1990). Bajo este
modelo, la provisión de salubridad pública se limitaba a atender aspectos
de carácter sanitario, mientras que la atención preventiva y curativa en
salud tenía que ser financiada por los propios usuarios o por algunas
instituciones religiosas de caridad. Hacia 1945 se crea la Caja Nacional de
Previsión que atendía la salud de los empleados públicos y, para 1946, se
crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales (hoy Instituto de Seguros
Sociales) que atendía a los empleados del sector privado formal (PNUD,
1998).
7. El segundo periodo, que va desde 1970 hasta 1989,
se caracteriza por la creación del Sistema Nacional
de Salud bajo el esquema de subsidios a la oferta, en
el entendido que los recursos del gobierno central
para la salud eran transferidos a la red de
instituciones públicas hospitalarias. En este periodo,
el servicio de salud se convierte en parte integral de
la planeación socioeconómica del país. También se
crea un esquema tripartito (estado - empleadores -
empleados) de financiación para la prestación de los
servicios de salud a la población trabajadora formal
(PNUD, 1998); sin embargo, tal Sistema seguía sin
proporcionar una atención integral en salud a la
población de escasos recursos.
8. El tercer periodo arranca desde 1990, con la
expedición de la Ley 10 en acuerdo con el artículo 36
de la Constitución Política del 86 que elevó el servicio
de salud al rango de servicio público, hasta la
actualidad.
9. Hasta antes de la entrada en vigencia de la
Ley 100 de 1993 la seguridad social
en Colombia se caracterizaba por la falta de
universalidad, solidaridad y eficiencia,
que se evidenciaba en la insuficiente
cobertura de la protección en salud de la
población, inexistencia de organización
financiera o ayuda mutua, inequidad en la
distribución de los recursos y escaza
organización institucional.
10. La falta de solidaridad se generaba en las enormes diferencias de recursos
que se
destinaban a la atención de distintos grupos poblacionales con necesidades
de
salud diversas, a través de múltiples entidades exclusivas y excluyentes
además
de obligantes, sin canales financieros que permitieran la ayuda mutua entre
los
afiliados y mucho menos de ellos hacia los más pobres que se quedaban
por fuera
de cualquier subsistema.
Finalmente, el sistema resultaba ineficiente por su
organización institucional, por los pobres resultados observados en
comparación
con el gasto total del sector y por la creciente insatisfacción de los usuarios
11. CONTEXTO HISTORICO EN SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD EN COLOMBIA
Estas circunstancias motivaron la reforma constitucional y la transformación del
Estado de Derecho en Estado Social de Derecho o la búsqueda de un equilibrio
jurídicamente regulado en el cual la inversión social va encaminada a proteger a
las personas con la prestación de los servicios públicos tales como educación,
vivienda, asistencia en salud y asistencia social. Siendo relevante la capacidad de
controlar la economía de mercado cuando ésta peligrara en las condiciones del
mercado libre para la prestación de servicios públicos.
12. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA.
1991
La Carta de 1991 define un nuevo ordenamiento jurídico, institucional y social. Es
importante decir que la Constitución definió nuevas competencias y recursos en
los diferentes niveles de la administración pública, fortaleciendo la
descentralización.
En el artículo 57 transitorio la Constitución Política de Colombia se creó una
Comisión integrada por representantes del Gobierno, los sindicatos y los gremios
económicos, los movimientos políticos y sociales, los campesinos y los
trabajadores informales para que en un plazo de 180 días a partir de su entrada en
vigencia elaboraran una propuesta que desarrollara las normas de la seguridad
social y sirviera de base al Gobierno para la preparación de ley sobre la materia a
presentar ante el Congreso de la República
13. PRINCIPIOS Y VALORES DEL SISTEMA GENERAL
DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Se evidencio la necesidad de organizar un sistema nacional de
seguros de salud integral, unificado, descentralizado, participativo, con
cobertura universal basado en un nuevo concepto de salud, con
administración gerencial que implica eficiencia y calidad en los servicios y
manejo racional de la demanda, modelo que debía ser contributivo y solidario
para brindarle protección a toda la
población.
14. Ley 100 de 1993.
Lo planteado por la Comisión transitoria, hoy está implementado en Colombia en
la Ley 100 de 1993, que en desarrollo de los artículos 48 y 49 de la Carta concibió
la Seguridad Social Integral como “el conjunto de instituciones, normas y
procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una
calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas
que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de
las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad
económica de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar
individual y la integración de la comunidad”
15. Ley 1122 de 2007.
La Ley 1122 del 9 de enero de 2007, según reza en su objeto,
realizó ajustes al
Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS),
teniendo como prioridad
el mejoramiento en la prestación de los servicios a los
usuarios. Realizó reformas
en los aspectos de dirección, universalización, financiación,
equilibrio entre los
actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la
prestación de los
servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud
pública y de las
funciones de inspección, vigilancia y control y la organización
y funcionamiento de
redes para la prestación de servicios de salud
16. LEY 1438 DE 2011.
LEY 1438 DE 2011
Reforma al SGSSS (parcialmente reglamentada)
Es decir que reglamenta y estructura la ley 100 de 1993.
Los aspectos mas importantes son; Las pensiones, las incapacidades, la
universalidad de la atención en salud, el acceso de la población migratoria en el
territorio colombiano, los controles a las EAPB. ó EPS, la transición entre los
regímenes subsidiado y contributivo, la importancia de la atención focalizada en
APS o atención primaria en salud.
17. La ley Estatutaria de salud. 2015.
La Ley Estatutaria de Salud supone, necesariamente, que ese derecho ha adquirido
el carácter de fundamental y autónomo; por eso tiene que ser garantizado
prioritariamente por el Estado, y debe ser responsabilidad de toda la sociedad.
¿Por qué su expedición se considera un logro?
La Ley Estatutaria de Salud implica el reconocimiento social de un derecho esencial
para garantizar la dignidad humana y la igualdad de oportunidades de los
ciudadanos.
18. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿Cuáles son los aspectos que mayor impacto tendrán en la vida de los colombianos?
La Ley Estatutaria facilitará que se mejore el acceso a los servicios de salud, se eliminen las
autorizaciones para las atenciones de urgencias, se fortalezca el control de precios a los
medicamentos y se avance más rápido en la incorporación de nuevas tecnologías.
¿Qué significa adiós al carrusel de la muerte?
Infortunadamente, el llamado “carrusel de la muerte” se ha producido porque en algunos
hospitales se niegan a atender en estado de urgencia a un ciudadano porque hay problemas
con su EPS, lo que ha producido muchas muertes.
Al establecerse que la salud es un derecho fundamental, a ninguna persona se le podrá
negar la atención médica de urgencia para la protección de su salud y su vida.
19. La ley Estatutaria de salud. 2015.
Qué significa que los médicos tendrán autonomía?
Los médicos son personas que han estudiado mucho tiempo y
tienen conocimientos científicos sobre el cuerpo humano, la salud y
la enfermedad. Por eso tienen la capacidad para decidir qué
tratamientos requieren los pacientes para restablecer su estado de
salud.
Al reconocer la autonomía médica, la Ley Estatutaria pide a los
profesionales de la salud que hagan su trabajo con autorregulación,
ética, racionalidad y evidencia científica.
20. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿Qué significa que haya excepciones en el Sistema de Salud?
Significa que el Ministerio de Salud y Protección Social definirá unas reglas para
decidir que hay algunos tratamientos que no serán pagados por el sistema de
salud, sino por las personas interesadas en acceder a ellos, como por ejemplo los
que tengan un fin primordialmente cosmético o suntuario; los que no tengan
evidencia sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica; aquellos que no estén
autorizados para su uso en el país; los que sean experimentales; o aquellos tengan
que ser prestados en el exterior.
21. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿Es verdad que la ley estatutaria retrasa el ingreso de
nuevas tecnologías al mercado?
No es verdad. Al contrario, con la ley se acelerará la inclusión
de nuevos tratamientos. Pero el Estado tendrá que decir más
rápido si se trata de tecnologías que tienen o no tienen
suficiente validez científica.
22. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿La ley estatutaria afecta la calidad de los medicamentos
que se distribuirán en Colombia?
La calidad de los medicamentos depende de criterios
científicos, de ética empresarial, vigilancia ciudadana y de la
opinión pública, y de inspección, vigilancia y control del
Gobierno.
La Ley Estatutaria confirma la atribución del Estado para
ejercer inspección, vigilancia y control al sector farmacéutico.
23. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿Los medicamentos serán más baratos?
La Ley Estatutaria fortalece la política de
control de precios de los medicamentos, por
lo que el Gobierno continuará trabajando para
que en Colombia haya medicinas baratas.
24. La ley Estatutaria de salud. 2015.
¿Cuándo comenzarán a verse los beneficios de la ley?
Los beneficios de la Ley Estatutaria se irán desplegando a partir de su firma
por parte del Presidente de la República y su publicación.
De inmediato se eliminará el llamado carrusel de la muerte; es decir que
cuando un ciudadano llegue a un hospital para recibir un tratamiento de
urgencia no puede ser rechazado.
El Ministerio de Salud cuenta hasta con dos años para crear las reglas que
permitan definir cómo será la entrada de nuevos tratamientos al Plan de
Beneficios.