El documento contiene información sobre los Incoterms (términos comerciales internacionales) y describe varios términos individuales como EXW, FCA, CPT, CIF, DAT, CIP, DAF, DDU, entre otros. Explica las obligaciones del comprador y vendedor en términos de costos, riesgos y entrega de la mercancía para cada término.
INCOTERMS 2000 vs INCOTERMS 2010. Principales cambios.Carmen Urbano
Principales consideraciones a tener en cuenta para manejar la versión 2010 de los INCOTERMS. Comparativa con los INCOTERMS 2000.
La compraventa internacional de mercancías y el pacto de los INCOTERMS (post recomendado: http://carmenurbanomarketinginternacional.blogspot.com.es/2012/05/formacion-in-company-incoterms-2000-vs.html
Más info en: http://www.asesoriainternacional.es/incoterms-incoterms2010/
Los incoterms son términos comerciales internacionales que permiten designar las responsabilidades y riesgos previo acuerdo comercial entre el exportador e importador.
INCOTERMS 2000 vs INCOTERMS 2010. Principales cambios.Carmen Urbano
Principales consideraciones a tener en cuenta para manejar la versión 2010 de los INCOTERMS. Comparativa con los INCOTERMS 2000.
La compraventa internacional de mercancías y el pacto de los INCOTERMS (post recomendado: http://carmenurbanomarketinginternacional.blogspot.com.es/2012/05/formacion-in-company-incoterms-2000-vs.html
Más info en: http://www.asesoriainternacional.es/incoterms-incoterms2010/
Los incoterms son términos comerciales internacionales que permiten designar las responsabilidades y riesgos previo acuerdo comercial entre el exportador e importador.
ASESORIA EN MARKETING INTERNACIONAL- LOS INCOTERMSPABLO ANDRES
Los INCOTERMS, son un lenguaje internacional en términos comerciales, que facilitan las operaciones de comercio internacional y delimitan las obligaciones, permitiendo la disminución del riesgo en las transacciones entre países y personas.
Incoterms es un estandar de terminos comerciales, desarrollado, mantenido por la comision de derecho y practica mercantil de la camara de comercio internacional.
son 13 terminos que facilitan el comercio internacional al permitir que agentes de diversos paises se entiendan entre si. son terminos usados habitualmente en los contratos internacionales y estan protegidos su definicion por la camara de comercio internacional cada uno de ellos encierra un conjunto de obligaciones al ser asumidos por el comprador y por el vendedor en la compra y venta internacional. los incoterms tambien se denominan clausulas de precios pues cada termino permite determinar los conceptos que componen el precio, obligaciones del vendedor y obligaciones del comprador.
ASESORIA EN MARKETING INTERNACIONAL- LOS INCOTERMSPABLO ANDRES
Los INCOTERMS, son un lenguaje internacional en términos comerciales, que facilitan las operaciones de comercio internacional y delimitan las obligaciones, permitiendo la disminución del riesgo en las transacciones entre países y personas.
Incoterms es un estandar de terminos comerciales, desarrollado, mantenido por la comision de derecho y practica mercantil de la camara de comercio internacional.
son 13 terminos que facilitan el comercio internacional al permitir que agentes de diversos paises se entiendan entre si. son terminos usados habitualmente en los contratos internacionales y estan protegidos su definicion por la camara de comercio internacional cada uno de ellos encierra un conjunto de obligaciones al ser asumidos por el comprador y por el vendedor en la compra y venta internacional. los incoterms tambien se denominan clausulas de precios pues cada termino permite determinar los conceptos que componen el precio, obligaciones del vendedor y obligaciones del comprador.
Icoterm, En esta presentación se exponen y explican las normas para la interpretación de los términos comerciales utilizados en las transacciones internacionales.
En esta presentación se explican los Incoterm, los cuales son normas para la interpretación de los términos comerciales utilizados en las transacciones internacionales.
Presentación que trata sobre la administración de personal en los cuerpos de Seguridad Pública. Se anexan las técnicas de administración del recurso humano, se explica el sistema de ARH, Requisición, reclutamiento, medios de reclutamiento y selección.
La presentación es parte de la clase Calidad Total.
Consta de 4 partes, la introdución, calidad, productividad y competitividad , un enfoque de la calidad poniendo como parte fundamental al talento humano, Normalización, ISO 9000, 9001, 9002, 9003, 9004 y 10000, así también algunos de los principales pensadores de la calidad.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
2. 13/02/2016 2
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
¿De quién es la carga?
¿Comprador o vendedor?
¿A favor de quién esta el seguro?
3. 13/02/2016 3
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
Riesgos en la negociación
Problemas en la negociación
1. Negociación y formalización de
contrato.
2. Problemas de comunicación y de…
3. Interpretación de la voluntad de las
partes.
4. 13/02/2016 4
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
Riesgos en la negociación
• Riesgos = conflictos.
• Problemas en la negociación.
– La posibilidad de llegar a una distinta
interpretación en cuanto a las
obligaciones del comprador y del
vendedor puede terminar en CONFLICTO.
• Es importante que ambos sepan lo que
están firmando.
5. 13/02/2016 5
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
¿Cómo negociar con los
clientes?
Contrato principal Contratos derivados del principal
Contrato de compra-venta Contrato de transporte
Contrato de seguro
Contrato sobre medios de pago
Contrato de seguro de cambio
6. 13/02/2016 6
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
Sistemas para evitar conflictos
INCOTERMS
• Reglas internacionales para la
interpretación de términos comerciales.
• Surge en París (CCI).
– De aceptación internacional.
– Son de dos tipos.
7. 13/02/2016 7
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
• Las INCOTERMS se ocupan de las
obligaciones del exportador/importador
sobre:
– Suministro y pago.
– Obtención de licencias.
– Coste del transporte/seguro.
– El momento de la entrega.
– La transmisión del riesgo.
10. 13/02/2016 10
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
EXW (Ex Works - En fábrica)
• Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone
a disposición del comprador en su establecimiento o en otro lugar
convenido (fábrica, taller, almacén, etc.)
• Este término no debe ser utilizado cuando el comprador no pueda
completar las formalidades (despacho) de exportación directa o
indirectamente. En estas circunstancias, debe ser usado el término FCA
• Descripción de Gastos
• - El Comprador deberá ser responsable de:
– Elegir el medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir todos los costos y riesgos de la recepción de la mercancía en los locales del
vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía.(interno e internacional)
– Contratar el seguro (tránsito interno e internacional).
– Asumir a su riesgo los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos
e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el
lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
11. 13/02/2016 11
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
FCA (Free Carrier At – Libre
Transportista en...)
• Significa que el vendedor entrega la mercancía al transportista nombrado
por el comprador, en el lugar convenido en el contrato de compraventa.
• - INCO 2000: Si el vendedor entrega las mercancías al transportista en sus
almacenes, éste debe embarcar las mercancías al medio de transporte; si
se hace en cualquier otro sitio, el vendedor no tiene esta obligación.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir los gastos de aduana (agente, permisos e impuestos) en el punto de
embarque.
– El Comprador deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el tránsito
internacional).
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido (fábrica, taller o bodega del comprador)
12. 13/02/2016 12
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
CPT (Carrier Paid To –
Transporte Pagado hasta...)
• Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone
a disposición del transportista designado por él.
• Descripción de Gastos
• - El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque
(agente, permisos e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
• - El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito
internacional.
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el
lugar convenido.( fábrica, taller o bodega del comprador)
13. 13/02/2016 13
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
CIF (Cost, Insurance and Freight
- Costo, seguro y flete)
• Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Si las partes no han
acordado estrictamente que la entrega de las mercancías se cumple "cruzando los rieles
de carga de buque" (borda de buque), deben ser usados los términos CPT o CIP.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y
pagar la prima (tránsito internacional)
– El Comprador deberá ser responsable de:
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
14. 13/02/2016 14
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DAT (Delivered At Terminal)
Entregada en Terminal
• El vendedor cumple su obligación cuando
entrega la mercancía, una vez descargada
del medio de transporte de llegada, a
disposición del comprador en la terminal
designada en el puerto o lugar de destino
designados.
15. 13/02/2016 15
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
CIP (Carrier and Insurance Paid To -
Transporte y Seguro pagado hasta...)
• Significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, con
el añadido de que ha de conseguir un seguro para la carga contra el riesgo,
que soporta el comprador, de pérdida o daño de la
• mercancía durante el transporte.
• Descripción de Gastos
– El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque
(agente, permisos e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía (tránsito internacional).
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el
lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador)
16. 13/02/2016 16
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DAF (Delivery at Frontier -
Entregado en la Frontera...)
• Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando la mercancía,
despachada en aduana para la exportación, en el punto y lugar convenido de la frontera,
pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. Este término puede ser utilizado
indistintamente en cualquier medio de transporte, cuando los bienes deben ser entregados
en una frontera terrestre. Cuando la entrega deba producirse en un puerto de destino, a
bordo del buque o sobre el muelle del puerto, deben ser usados los términos DES ó DEQ.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía desde el punto de embarque
(tránsito internacional).
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido.
17. 13/02/2016 17
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DDU (Delivery Duty Unpaid -
Entregado, derechos no pagados...)
• Significa que el vendedor debe entregar la mercancía en el lugar convenido del país del
importador y debe soportar los gastos y riesgos inherentes hasta este punto.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos)
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y
pagar la prima (tránsito internacional).
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido.
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de destino (agente, permisos e
impuestos de importación).
– Los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino final (fábrica, taller o bodega del
comprador
18. 13/02/2016 18
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DDP (Delivery Duty Paid -
Entregado, derechos pagados.)
• Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando
haya sido puesta a disposición del comprador en el lugar convenido del país de
importación, asumiendo todos los gastos y riesgos, además de los impuestos y
gravámenes del despacho de importación.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía (tránsito internacional).
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito internacional.
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido.(fábrica, taller o bodega del comprador).
20. 13/02/2016 20
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
FAS (Free Alongside Ship - Libre
al costado del barco)
• Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando es colocada al
costado del buque del puerto de embarque convenido.
• - INCO 2000: La obligación del despacho aduanero de exportación pasa a ser una
obligación del Vendedor. Esto representa un cambio completo con respecto a las
versiones anteriores de los INCOTERMS, que exigían al comprador que organizara el
despacho aduanero para la exportación.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos).
– Los gastos incurridos en las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque etc.
– El Comprador deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el tránsito
internacional).
– Asumir la responsabilidad de los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el
momento de la entrega.
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido (fábrica, taller o bodega del comprador)
21. 13/02/2016 21
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
FOB (Free On Board - Libre a
Bordo)
• Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la
mercancía sobrepasa la borda del buque, en el puerto de embarque
convenido. Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de
las mercancías se cumple, "cruzando los rieles de carga de buque" (borda
del buque), debe ser usado el término FCA.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque
(agente, permisos e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• El Comprador deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el
tránsito internacional).
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el
lugar convenido.( fábrica, taller o bodega del comprador)
22. 13/02/2016 22
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
CFR (Cost and Freight - Costo y
flete)
• Significa que el vendedor concreta la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del
buque en el puerto de embarque convenido.
• Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías se cumple
"cruzando los rieles de carga de buque“ (borda de buque), deben ser usados los términos
CPT o CIP.
• Descripción de Gastos
• - El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e
impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito internacional.
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar
convenido (fábrica, taller o bodega del comprador)
23. 13/02/2016 23
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DES (Delivery Ex Ship -
Entregado sobre el Buque...)
• Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha
puesto la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque, en el
puerto de destino convenido, sin despacharla en la aduana para su
importación.
• Descripción de Gastos
– El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque
(agente, permisos e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la
cobertura y pagar la prima (tránsito internacional).
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el
lugar convenido.(fábrica, taller o bodega del comprador)
24. 13/02/2016 24
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
DEQ (Delivery Ex Quay -
Entregado sobre el Muelle...)
• Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a
disposición del comprador sobre el muelle, en el puerto de destino, despachada en la aduana para la
importación.
• Descripción de Gastos
• El Vendedor deberá ser responsable de:
– La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor
– Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno)
– La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno)
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisos e impuestos).
– Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
– Asumir los costos de transporte (flete principal).
– Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar la prima (tránsito
internacional).
– En el punto de destino, el vendedor será responsable de los costos incurridos de maniobra, carga, estiba.
• El comprador y el vendedor serán responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su
destino final y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
• El Comprador deberá ser responsable de:
– Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de destino (agente, permisos e impuestos de
importación)
– El comprador y el vendedor serán responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino final y el
seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
25. 13/02/2016 25
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
Dudas habituales
Conviene aclarar 2 dudas muy habituales
• Los INCOTERMS se aplican al contrato de
compraventa y no al contrato de transporte de
mercancías.
• Los INCOTERMS no regulan todas las
obligaciones que las partes deseen incluir en el
contrato de compraventa, permaneciendo al
margen el modo, la forma y las condiciones de
pago, así como el derecho aplicable a las
cuestiones no contempladas por los mismos
26. 13/02/2016 26
belardo Serrano Sáenz
Comercio Internacional
A
Ejercicios
• http://www.educaplay.com/es/recursose
ducativos/tag/incoterms
– Crucigrama de INCOTERMS.
– Evaluación de INCOMTERS.
• https://www.bancsabadell.com/cs/Satell
ite/SabAtl/Incoterms-
2010/1191332202955/es/