El documento discute la evolución de los derechos humanos de las mujeres y la importancia de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Explica que la CEDAW define la discriminación contra las mujeres y establece obligaciones estatales para eliminarla. También describe los mecanismos del Comité de la CEDAW para monitorear la implementación de la convención por parte de los estados.
¿Cómo proteje CEDAW los derechos humanos de las mujeres en el mundo?Gobernabilidad
Presentación de Olina (Line) Barreiro,
integrante del Comité de expertas de la Convención de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), para la Conferencia Nacional sobre Políticas Públicas y Protección de los derechos de las Mujeres, llevado a cabo en La Paz el 2 y 3 de diciembre
¿Cómo proteje CEDAW los derechos humanos de las mujeres en el mundo?Gobernabilidad
Presentación de Olina (Line) Barreiro,
integrante del Comité de expertas de la Convención de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), para la Conferencia Nacional sobre Políticas Públicas y Protección de los derechos de las Mujeres, llevado a cabo en La Paz el 2 y 3 de diciembre
El grave deterioro de los derechos humanos en Colombia, su violación cotidiana, plantea la necesidad de desarrollar política para su defensa y ampliación en varios frentes de la actividad nacional. Sabemos que los derechos humanos no pueden ser defendidos y apreciados como simples garantías legales, sino que tienen que ir acompañados por derechos sociales, por la creación de condiciones económicas y culturales, que permitan su ejercicio afectivo a toda la población. En nuestro país, la injusta distribución del ingreso y la riqueza, el desempleo, el marginamiento y la pobreza, impiden a una gran parte de la población el ejercicio pleno y defensa de sus derechos. Promover una cultura de los derechos humanos, educar para convivir en la diferencia, el respeto a la vida y la opinión ajenas, es una tarea urgente y prioritaria que nos incumbe a todos en Colombia.
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...ENJ
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): Módulo VI.I y VIII: Derecho Internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar.
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...ENJ
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): Módulo VI.I y VIII: Derecho Internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar.
El grave deterioro de los derechos humanos en Colombia, su violación cotidiana, plantea la necesidad de desarrollar política para su defensa y ampliación en varios frentes de la actividad nacional. Sabemos que los derechos humanos no pueden ser defendidos y apreciados como simples garantías legales, sino que tienen que ir acompañados por derechos sociales, por la creación de condiciones económicas y culturales, que permitan su ejercicio afectivo a toda la población. En nuestro país, la injusta distribución del ingreso y la riqueza, el desempleo, el marginamiento y la pobreza, impiden a una gran parte de la población el ejercicio pleno y defensa de sus derechos. Promover una cultura de los derechos humanos, educar para convivir en la diferencia, el respeto a la vida y la opinión ajenas, es una tarea urgente y prioritaria que nos incumbe a todos en Colombia.
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...ENJ
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): Módulo VI.I y VIII: Derecho Internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar.
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): M...ENJ
ENJ-300: Presentación Curso ''Violencia Intrafamiliar y de Género'' (2016): Módulo VI.I y VIII: Derecho Internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar.
CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE.pdfmaryuriqg07
Objetivos Principales:
Eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer en el ámbito público y privado.
Adoptar medidas para eliminar la discriminación que afecta a las mujeres en áreas como la educación, el empleo, la atención sanitaria y la participación política.
Garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en todos los aspectos de la vida.
Principales Provisiónes:
La CEDAW consta de 30 artículos que abarcan diversos aspectos relacionados con los derechos de las mujeres. Algunas de las principales disposiciones incluyen:
Definición de Discriminación: La Convención define la discriminación contra las mujeres como "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera".
Medidas Legislativas: Los países firmantes están obligados a tomar medidas legislativas para garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, así como para modificar o abolir leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación.
Educación y Empleo: La Convención subraya la importancia de garantizar la igualdad de oportunidades en el ámbito educativo y laboral, así como la protección de los derechos de las mujeres en estos ámbitos.
Salud: Se reconoce el derecho de las mujeres a disfrutar del más alto nivel posible de salud sexual y reproductiva, incluido el acceso a servicios de salud y a la información.
Participación Política: La Convención promueve la participación activa de las mujeres en la vida política y pública, así como su representación en los procesos de toma de decisiones.
Mecanismos de Supervisión:
Para garantizar el cumplimiento de la Convención, se estableció un Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Este Comité evalúa periódicamente los informes presentados por los países parte y ofrece recomendaciones para mejorar la situación de las mujeres.
Conclusion:
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer representa un compromiso internacional para promover la igualdad de género y eliminar la discriminación contra las mujeres en todas sus formas. Aunque ha habido avances significativos desde su adopción, aún persisten desafíos en la implementación efectiva de sus disposiciones. Es fundamental que los países firmantes continúen trabajando para garantizar los derechos de las mujeres y promover la igualdad de género en todas las esferas de la sociedad.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) representa un hito significativo en el compromiso internacional para promover la igualdad de género y proteger los derechos de las mujeres en todo el mundo. A través
ENJ-200 Seminario La Interpretación y Aplicación de la Normativa civil Sustan...ENJ
ENJ-200 Seminario La Interpretación y Aplicación de la Normativa civil Sustantiva Desde la Perspectiva de Género y la Argumentación (Julio-Septiembre 2019).
Organizadores:
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ).
Encuentros :
Primer Encuentro: 12 de septiembre;
Segundo Encuentro: 19 de septiembre;
Tercer Encuentro: 26 de septiembre.
Docente:
Martha Cristina Díaz Villafaña.
Igualdad de género (Aspectos legales en Colombia) (Septiembre 27 de 2015)
Asunto: LEYES GENERO
Fecha: Septiembre 27 de 2015
El presente trabajo lo realizó la Doctora María Romero Silva, Magistrada Sala Administrativa del Magdalena (Colombia) y formadora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla (Colombia).
Vigilancia de los derechos de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad lleva implícita una vigilancia sobre su cumplimiento en los Estados que la han reconocido.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
9. Fue aprobada en 1979 por la Asamblea General de la ONU. Entró en vigor en septiembre de 1981, 30 días después del depósito del vigésimo instrumento de ratificación. Fue ratificada por SU país en ........ Hasta noviembre del 2005, 180 países la habían ratificado.
10. Es el principal instrumento intl legal de DDHH para la promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres. Se le conoce también como la Convención de la Mujer. Es regida por tres principios básicos: 1- El de igualdad de resultados 2- El de no discriminación 3- El de responsabilidad estatal
15. La CEDAW se puede dividir en las siguientes partes: Preámbulo: Describe por qué es necesaria la CEDAW. Artículo 1 : Proporciona una definición de la discriminación. Artículo 2-4 : Describen la naturaleza de las obligaciones estatales mediante leyes, políticas públicas y programas que el estado debe desarrollar para eliminar la discriminación.
16. Artículos 5-16 : Especifican las diferentes áreas en las que los gobiernos están obligados a eliminar la discriminación, mediante las medidas descritas en los artículos 1-4. Artículos 17-22: Describen el establecimiento y las funciones del Comité de la CEDAW. Artículos 23-30 : Tratan principalmente sobre la administración y otros aspectos de procedimientos para la firma, ratificación, adhesión y funcionamiento de la Convención.
17. Qué derechos humanos no están expresamente establecidos en la CEDAW? Cómo se resuelve este vacío?
20. IMPORTANCIA DE LA CEDAW 1. Amplía la responsabilidad estatal 2. Obliga a los Estados a adoptar medidas concretas para eliminar la discriminación contra las mujeres. 3. Permite medidas transitorias de “acción afirmativa” a las que la CEDAW llama “medidas especiales de carácter temporal”.
21. 4. Reconoce el papel de la cultura y las tradiciones en el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres y obliga a los Estados a eliminar los estereotipos en los roles de hombres y mujeres. 5. Define la discriminacion y establece un concepto de igualdad sustantiva y de resultados. 6. Fortalece el concepto de indivisibilidad de los derechos humanos. 7. Obliga al Estado a reconocer, proteger y garantizar los derechos de las mujeres.
22. ES DECIR, OBLIGA AL ESTADO A ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES
23. PERO ¿QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES O DISCRIMINACIÓN SEXUAL O DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO?
24.
25. Además, el art. 1 de la CEDAW define La discriminación contra Las mujeres:
26. Artículo 1 de la CEDAW: A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre el hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
31. • Es una definición legal de lo que se debe entender por discriminación que pasa a ser parte de la normativa nacional cuando el estado ratifica la convención. • Establece que la discriminación puede revestir distintas formas: distinción, exclusión o restricción. • Determina que el acto discriminatorio es aquel que tenga “por objeto” o “por resultado” la violación de los derechos humanos de las mujeres. • .
32. • Precisa que puede tener distintos grados, ya que puede ser parcial “menoscabar” o puede ser total “anular”. P recisa que puede producirse en distintas etapas de la existencia de un derecho: en el reconocimiento, el goce o el ejercicio. • Define la discriminación como un acto violatorio del principio de igualdad y a la mujer como sujeto jurídico equivalente al hombre en dignidad humana, estableciendo una concepción de igualdad no androcéntrica.
42. LA IGUALDAD EN LOS COMPONENTES DEL SISTEMA LEGAL Componente Formal - Normativo Componente Político - Cultural Componente Estructural C.P Tratados internacionales, leyes, decretos, reglamentos, convenciones colectivas, etc. la doctrina jurídica, las costumbres, actitudes, tradiciones y conocimientos de la gente sobre la igualdad, uso que la gente haga de las leyes que Siguen vigentes aunque hayan sido derogadas, las relaciones entre leyes escritas y no escritas, etc. La Interpretación de La policía DERECHO JUDICIAL Y CUASI JUDICIAL
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46.
47. FUNCIÓN DEL COMITÉ La función del Comité, según lo establece el Articulo 17 de la Convención, es la de examinar los progresos realizados por los Estados Parte en la aplicación de la CEDAW.
57. NADA DE LO QUE HAGAMOS COMO INDIVIDUOS/AS IMPORTA PERO ES VITALMENTE IMPORTANTE QUE LO HAGAMOS GANDHI
58. QUE EL PATRIARCADO NO SÓLO ES PROBLEMATICO PORQUE SUBORDINA A LAS MUJERES. ES PROBLEMATICO PORQUE JUSTIFICA Y PROMUEVE EL DOMINIO Y EL CONTROL DE LAS MAYORÍAS
59. POR ESO LA LUCHA POR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES HAY QUE HACERLA DE MANERA QUE LLAME ATENCIÓN A LAS RAÍCES DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN
60. SÓLO ASÍ LOGRAREMOS UNA SOCIEDAD JUSTA EN LA CUAL TODAS Y TODOS PODAMOS DISFRUTAR DE UNA VIDA DIGNA Y SOBRETODO, SER FELICES