2. Acuerdos en pro de los derechos de
las mujeres
Declaración de los derechos de la mujer y la ciudadana.
Redactada en 1791 por Olympe de Gouges.
1 - La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos.
2 - El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es
más que la reunión de la Mujer y el Hombre:
4 - La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los
otros; así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites
la tiranía perpetua que el hombre le opone;
5 - Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones
perjudiciales para la Sociedad.
3. Acuerdos en pro de los derechos de
las mujeres
Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados
de emergencia o de conflicto armado.
Asamblea general resolución de 3318 (XXIX) 14 de diciembre 1974.
Quedan prohibidos y serán condenados los ataques y bombardeos contra la
población civil, que causa sufrimientos indecibles particularmente a las mujeres
y los niños, que constituyen el sector más vulnerable de la población.
Los Estados que participen en conflictos armados, operaciones militares en
territorios extranjeros u operaciones militares en territorios todavía sometidos a
la dominación colonial desplegarán todos los esfuerzos necesarios para evitar
a las mujeres y los niños los estragos de la guerra.
4. Acuerdos en pro de los derechos de
las mujeres
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer. Asamblea general.
Resolución 34/180.
Artículo 6 Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de
carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación
de la prostitución de la mujer.
Artículo 7 Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la
discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular,
garantizando, en igualdad de condiciones con los hombres el derecho a: Votar en
todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los
organismos.
5. Acuerdos en pro de los derechos de
las mujeres
Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer.
Asamblea general. Resolución 48/104.
Artículo 1 declara que la discriminación contra la mujer es
"fundamentalmente injusta y constituye una ofensa a la dignidad
humana".
Artículo 2 exhorta a la abolición de las leyes y costumbres que discriminen
a la mujer, el reconocimiento de la igualdad ante la ley, y a los Estados a
ratificar y aplicar los instrumentos de derechos humanos de las Naciones
Unidas contra la discriminación.
Artículo 3 enfatiza la educación pública para eliminar los prejuicios contra
las mujeres.
6. La mujer en:
La Constitución Política de Colombia.
(Proclamada el 04/07/1991)
Titulo III de los derechos, las garantías y los deberes.
Capitulo III De los derechos sociales económicos, y culturales.
Articulo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades.
La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación, durante
el embarazo, y después del parto gozara de especial asistencia y
protección del estado.
7. La mujer en:
El Manual o Pacto de Convivencia Institucional
Titulo III La Comunidad Educativa: Derechos – Deberes – Responsabilidades y
Obligaciones.
Capitulo I Derechos, Deberes y Libertades de los Estudiantes.
Articulo 91 Deberes de los estudiantes.
Número 39. Las estudiantes deberán acogerse a las garantías y programas que
ofrecen las entidades oficiales o su respectiva EPS pertinentes a estado de embarazos
como protección de la maternidad; y utilizar el uniforme con las adecuaciones
precisas para el estado de embarazo.
8. La mujer en:
El Manual o Pacto de Convivencia Institucional
Titulo IV: La Convivencia Escolar; Condiciones para Atender la Conivencia.
Capitulo I: Condiciones para Atender la Diversidad desde la Inclusión.
Articulo 128: Atención a niñas embarazadas: El embarazo en niñas y adolescentes
conlleva a particulares riesgos para la salud y constituye una de la experiencias
donde su estado físico y psicológico debe ser el mejor para lograr el bienestar de
la madre como del hijo.
9. ① La estudiante tiene el deber de informar su nueva condición de embarazada, presentando a la
institución el certificado médico, afirmando su estado positivo a través de la coordinación,
acompañada de sus padres de familia y/o acudiente.
② La estudiante y sus padres de familia o acudientes deben firmar el documento (protocolo para casos de
embarazo) que les presentará el coordinador una vez sea notificado el caso; en él, se excluye la
responsabilidad institucional en el caso de no seguir las recomendaciones pertinentes.
③ La Institución Educativa dejará claras excepciones de las áreas donde su bienestar físico pueda ser
afectado y lo pondrá en conocimiento a sus acudientes a través del protocolo para casos de
embarazo.
④ Cuando se trate de un embarazo a una niña menor de 14 años de edad, la Institución Educativa
deberá reportar a las autoridades competentes del ICBF la situación de la menor, por tratarse de un
caso muy delicado.
⑤ Si la niña tiene más de 14 años de edad y sus padres o acudientes, no notifican a la institución del
estado de la niña, ni se hacen responsables del acompañamiento que exige la institución, ésta debe
reportar el caso a las autoridades competentes del ICBF.
⑥ La autorización para la desescolarización de la estudiante en estado de embarazo y/o lactancia es
determinación exclusiva de la estudiante y/o padre de familia o recomendación del médico, la cual se
debe presentar institución por escrito para su estudio en el Comité Escolar de Convivencia.
10. ⑦ La institución remitirá a instancias de apoyo psicológico y/o pedagógico a la niña o adolescente
embarazada cuando por razones obvias de su estado, se considere necesario.
⑧ La estudiante en embarazo para la clase de Educación Física, recreación y deporte, las áreas
técnicas y su respectiva especialidad, no realizará actividades propias de estas áreas; las
acciones se reemplazarán por actividades pedagógicas y académicas (investigaciones,
consultas, talleres, evaluaciones, sustentaciones orales o escritas) previo acuerdo técnico con el
docente titular del área.
⑨ La estudiante no podrá asistir a clases con su hijo o hija, ya que la institución no cuenta con las
condiciones para atender a los lactantes.
⑩ Es responsabilidad legal y moral de los padres de familia y de la estudiante procurar el buen
desarrollo de gestación del que está por nacer.
11 Durante la lactancia, la estudiante tiene derecho a dar alimentación a su hijo o hija. Los padres de
familia o acudientes, deberán acordar con la institución, los horarios durante el periodo de lactancia.
11. Derechos sexuales y Reproductivos.
El derecho al pleno respeto a la integridad del cuerpo.
El derecho a la educación y la información en sexualidad.
El derecho a explorar la propia sexualidad sin miedo, vergüenza, falsas creencias y culpas.
El derecho a expresar la sexualidad independientemente de la reproducción.
El derecho a decidir si se quiere o no tener hijos/as, y cuándo
Derecho a la vida: a no morir por causas evitables relacionadas con el embarazo o parto.
El derecho a la salud sexual para lo cual se requiere acceso a toda la información sobre sexualidad y salud,
educación y servicios confidenciales de la más alta calidad posibles.
El derecho a una vida libre de violencia, que rechaza las agresiones físicas, sicológicas y sexuales.
El derecho a la libertad y seguridad, decidiendo tener o no relaciones sexuales, con quién y con qué frecuencia.
El derecho a casarse o no y de formar o no una familia.
El derecho a la atención y protección de la salud y el derecho a los beneficios del progreso científico.
El derecho a la intimidad y a confiar los sentimientos de la vida privada a quién se estime conveniente, ya sea
médico/a, matrona u otro personal de salud.
12. Papel de la mujer en la historia
antigua.
GRECIA
Las mujeres no tenían permitido realizar procedimientos
legales, Las mujeres atenienses tenían un derecho de
propiedad limitado, y por tanto no se les consideraba
ciudadanas de pleno derecho, ya que la ciudadanía y los
derechos civiles y políticos estaban condicionados a las
propiedades y al medio de vida.
En la antigua Atenas, la única barrera permanente a la
ciudadanía, y a los derechos civiles y políticos que llevaba
consigo, era el sexo. Ninguna mujer obtuvo nunca la
ciudadanía, y por tanto las mujeres siempre estuvieron
excluidas por principio y práctica de la antigua
democracia ateniense.
13. Papel de la mujer en la historia
antigua
Las mujeres libres de la antigua Roma eran ciudadanas
romanas con privilegios y protecciones legales que no
disfrutaban los no ciudadanos ni los esclavos.
No obstante, la sociedad romana era patriarcal, y a las
mujeres no se les permitía votar, ocupar cargos públicos
o servir en el ejército.
ANTIGUA ROMA
14. La mujer en la religión: La Biblia
1 Corintios 14:34: “Vuestras mujeres callen en las congregaciones; porque
no les es permitido hablar, sino que estén sujetas, como también la ley lo
dice. Y si quieren aprender algo, pregunten en casa a sus maridos;
porque es indecoroso que una mujer hable en la congregación.”
Deuteronomio 25:11-12 "Si dos hombres pelean entre sí y la mujer de uno
de ellos se acerca para librar a su marido de los golpes del otro, alarga la
mano y agarra a éste por las vergüenzas, harás cortar la mano de la
mujer sin piedad.“
Levitico, 21:9. “Y la hija del sacerdote, si comenzare a fornicar, a su padre
deshonra; quemada será al fuego.”
15. La mujer en la religión: El Corán
sura 4,15. Llamad a cuatro testigos de vosotros contra
aquéllas de vuestras mujeres que cometan
deshonestidad. Si atestiguan, recluidlas en casa HASTA
QUE MUERAN o hasta que Alá les procure una salida.
sura 4, 34. Los hombres tienen autoridad sobre las
mujeres en virtud de la preferencia que Alá ha dado.
Las mujeres virtuosas son devotas y cuidan, en ausencia
de sus maridos, .¡Amonestad a aquellas de quienes
temáis que se rebelen, dejadlas solas en el lecho,
PEGADLES! Si os obedecen, no os metáis más con ellas.
16. Mujeres en la historia: Juana de Arco
También conocida como la Doncella de Orleans (o, en francés, la
Pucelle) 6 de enero de 1412 – Ruan, 30 de mayo de 1431), fue una
heroína, militar y santa francesa.
Con 17 años encabezó el ejército real francés. Convenció al rey Carlos VII
de que expulsara a los ingleses de Francia, y éste le dio autoridad sobre su
ejército en el sitio de Orleans, la batalla de Patay y otros enfrentamientos
en 1429 y 1430.
Como recompensa, el rey eximió a Dòmremy del impuesto anual a la
corona. Esta ley se mantuvo en vigor hasta hace aproximadamente cien
años. Posteriormente, Juana fue capturada por los borgoñones y
entregada a los ingleses. Los clérigos la condenaron por herejía y el duque
Juan de Bedford la quemó viva en Ruan.
17. Mujeres en la historia: Olympe de
Gouges
(Montauban, Francia, 7 de mayo de 1748 - París, 3 de
noviembre de 1793) escritora, dramaturga, panfletista y política
francesa, autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer
y de la Ciudadana.
Sus trabajos fueron profundamente feministas y revolucionarios.
Defendió la igualdad entre el hombre y la mujer en todos los
aspectos de la vida pública y privada, incluyendo la igualdad
con el hombre en el derecho a voto, en el acceso al trabajo
público, a hablar en público de temas políticos, a acceder a la
vida política, a poseer y controlar propiedades, a formar parte
del ejército; incluso a la igualdad fiscal así como el derecho a
la educación y a la igualdad de poder en el ámbito familiar y
eclesiástico.
18. Mujeres en la historia: Policarpa
Salavarrieta
(Guaduas - Cundinamarca (versión popular), 26 de enero de
1796 - Santafé de Bogotá, 14 de noviembre de 1817) fue una
heroína de la independencia de Colombia. También conocida
como La Pola, actuó como espía de las fuerzas
independentistas de la naciente república durante el período
denominado "La Patria Boba" y murió fusilada durante la
Reconquista Española. La Pola es considerada una mártir y un
símbolo de libertad. Actualmente es la única mujer que
aparece en los billetes colombianos, en el de $10.000
19. Mujeres en la historia: Marie Curie
Maria Salomea Sklodowska-Curie(Varsovia, Zarato de
Polonia, 7 de noviembre de 1867-Passy, Francia, 4 de julio
de 1934), fue una física, matemática y química polaca,
nacionalizada francesa. Pionera en el campo de la
radiactividad, fue, entre otros méritos, la primera persona
en recibir dos Premios Nobel en distintas especialidades,
Física y Química, y la primera mujer en ser profesora en la
Universidad de París.
20. Mujeres en la historia: Evita Perón
(Junín o Los Toldos, Buenos Aires,n. 1 7 de mayo de 1919 –
Buenos Aires, 26 de julio de 1952 fue una actriz y política
argentina. Se casó con Juan Domingo Perón en y tras
convertirse el en Presidente de la Nación Argentina se
convirtió en primera dama, Presidenta del Partido
Peronista Femenino, Presidenta de la Fundación Eva
Perón Impulsó y logró la sanción en 1947 de la ley de
sufragio femenino. Tras lograr la igualdad política entre los
hombres y las mujeres, En 1949 fundó el Partido Peronista
Femenino, el que presidió hasta su muerte.
21. Mujeres en la historia: Frida Kahlo
(Coyoacán, 6 de julio de 1907- Coyoacán, 13 de julio de 1954),
fue una pintora y poetisa mexicana. Su vida estuvo cruzada por
el infortunio de una enfermedad infantil que la mantuvo
postrada en cama durante largos periodos.
Llevó una vida poco convencional, fue bisexual, su obra
pictórica gira temáticamente en torno a su propio sufrimiento.
Fue autora de unas 200 obras, principalmente autorretratos, en
los que proyectó sus dificultades por sobrevivir.
En 1939 expuso sus pinturas en Francia acudiendo a una
invitación de André Breton. Una de las obras de esta exposición
(Autorretrato- El Marco) se convirtió en el primer cuadro de un
artista mexicano adquirido por el Museo del Louvre.
22. Mujeres en la historia: Madre Teresa
de Calcuta
(Uskub, Imperio otomano —actual Skopie, Macedonia—, 26
de agosto de 1910-Calcuta, India, 5 de septiembre de 1997),
fue una monja católica de origen albanés, que fundó la
congregación de las Misioneras de la Caridad en Calcuta
en 1950. Durante más de 45 años atendió a pobres,
enfermos, huérfanos y moribundos, al mismo tiempo que
guiaba la expansión de su congregación, en un primer
momento, en la India y luego en otros países del mundo. Tras
su muerte, fue beatificada por el papa Juan Pablo II,
otorgándole el título de beata Teresa de Calcuta.
23. Mujeres en la historia: Margareth
Thatcher
(13 de octubre de 1925 - Londres, 8 de abril de 20132 ) fue una
política británica que ejerció como primera ministra del Reino
Unido desde 1979 a 1990, siendo la persona en ese cargo por
mayor tiempo durante el siglo XX y la única mujer que ha
ocupado este puesto en su país. Como jefa de gobierno su
llegada al poder supuso una completa transformación del Reino
Unido al apoyar la privatización de empresas estatales; de la
educación y de los medios de ayuda social. Sus políticas
conservadoras llegaron a ser conocidas como thatcherismo.
24. Sufragio, derecho al voto.
En el siglo XIX se inició el movimiento en favor del derecho de la mujer a
participar en el gobierno y en la elaboración de leyes. Otras mujeres se oponían
al sufragio femenino, como Helen Kendrick Johnson, cuyo documento de 1897
Woman and the Republic («La mujer y la república») se considera uno de los
mejores argumentos de la época en contra de este derecho. Los ideales del
sufragio femenino se desarrollaron a la vez que los del sufragio universal, y hoy, el
voto de la mujer es un derecho recogido por la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer.
En 1893, Nueva Zelanda se convirtió en el primer país del mundo en conceder el
derecho al voto a las mujeres. Australia lo aprobó en 1902. Varios países nórdicos
dieron a las mujeres derecho a votar a principios del siglo XX: Finlandia en 1906,
Noruega en 1913, Dinamarca e Islandia en 1915.
25. Sufragio, derecho al voto.
En Latinoamérica, algunos países dieron a las
mujeres el derecho a votar en la primera mitad
del siglo XX: Ecuador (1929), Brasil (1932), El
Salvador (1939), República Dominicana (1942),
Guatemala (1956) y Argentina (1946)
Colombia fue uno de los últimos países de
América Latina en concederle derechos
políticos a las mujeres, quienes por primera vez
pudieron votar hace 57 años, el primero de
diciembre de 1957.
26. Movimientos
modernos
En las décadas siguientes, los
derechos de la mujer se volvieron a
convertir en un tema político
primordial. En la década de 1960, el
movimiento recibió el nombre de
«feminismo» o «liberación femenina».
Las reformistas exigían el mismo
salario que los hombres, los mismos
derechos ante la ley y la libertad de
planificar su familia o de no tener
hijos. Sus esfuerzos obtuvieron
resultados desiguales.
El Consejo Internacional de Mujeres
(ICW) fue la primera organización que
unió a mujeres de distinta
nacionalidad para defender los
derechos humanos femeninos.
Discurso de Emma Watson
para He For She
27. Feminismo: ampliación del concepto.
El feminismo es un conjunto heterogéneo de ideologías y de movimientos políticos,
culturales y económicos que tienen como objetivo la igualdad de derechos entre varones
y mujeres, así como cuestionar la dominación y la violencia de los hombres sobre las
mujeres y la asignación de roles sociales según el género.
El movimiento feminista ha creado un amplio conjunto de teorías sociales ; una teoría
feminista que ha dado lugar a la aparición de disciplinas de estudio como por ejemplo la
teología feminista, la historia feminista o los estudios de género, entre muchas otras.
Gracias a la influencia del movimiento feminista, se han conseguido logros de
trascendental importancia como el voto femenino, la igualdad ante la ley o los derechos
reproductivos, entre muchos otros.