1. CARACTERÍSTICAS COMPARADAS DEL CONSTITUCIONALSMO ESPAÑOL (2)
TEXTO SOBERANÍA SUFRAGIO CORTES DERECHOS Y LIBERTADES RELACIÓN ENTRE PODERES IDEOLOGÍA
ESTATUTO
REAL DE 1834
Corona Censitario
muy
restringido
(0,1%)
Bicamerales:
*Cámara de los
Próceres.
*Cámara de los
Procuradores
(elegidos
mediante
sufragio)
No se contemplan
1. La Corona tenía todo el poder
ejecutivo y el legislativo porque:
a) Nombra el ejecutivo.
b) Nombra a los
Próceres.
c) No se aprueba
ninguna ley en las
Cortes sin su sanción.
Ultraconservadora
CONSTITUCIÓN
DE 1837 La nación
Censitario
menos
restringido
(4%)
*Senado
elegido por la
Corona partir
de una lista
previa.
*Congreso
elegido
directamente
mediante
sufragio.
A los derechos de la Constitución de 1812, se le unen:
Libertad de expresión (imprenta)
Libertad religiosa.
La Corona nombra al ejecutivo
pero sus decisiones deben ser
refrendadas por el
Ministro de turno.
La Corona tiene iniciativa
legislativa aunque sus
propuestas deben ser
aprobadas por mayoría en las
Cortes.
La Corona está obligada a
sancionar y promulgar las
leyes aprobadas en Cortes.
El poder judicial reside en los
tribunales de justicia.
Liberal -
moderada