Este documento discute la contratación electrónica y la contratación informática. Explica que la contratación informática se refiere a contratos cuyo objeto es un bien o servicio informático, mientras que la contratación electrónica se refiere a contratos que se realizan a través de medios electrónicos. También analiza conceptos como los vicios del consentimiento, las cláusulas abusivas y el outsourcing en el contexto de la contratación informática. Concluye que una regulación de estas áreas facilitaría el crecimiento económic
Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación Contratos “click“: La formalización del contrato exige del aceptante una manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra “Acepto”. Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red social online. Contratos “browse“: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa.
Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación Contratos “click“: La formalización del contrato exige del aceptante una manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra “Acepto”. Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red social online. Contratos “browse“: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa.
Vortrag zum Thema, wie man Crowdfinancing-Instrumente bei der internationalen Projektfinanzierung im Rahmen der Wasserwirtschaft einsetzen könnte.
Obschon Wasser international wohl die wichtigste Ressource ist, werden hier aktuell noch kaum Bemühungen unternommen, sich die Methoden der Schwarmfinanzierung nutzbar zu machen, wie dies bei anderen ökologischen und sozialen Projekten bereits erfolgreich geschieht. Ilona Orthweins Beitrag bei Branchenverband German Water Partnership sollte hierzu Anstöße vermitteln und eine - vielleicht längst überfällige - Diskussion vorantreiben.
This report highlights the salaries, benefits and bonuses received by people working within the consumer sector in the Nordics.
Nigel Wright surveyed over 1,500 respondents from Denmark, Sweden and Norway working across different disciplines and levels, in sectors such as Food & Drink, Health & Beauty, Consumer Electronics, DIY, Fashion and Apparel, Household Products, Luxury Goods, OTC pharmaceuticals, Leisure & Entertainment, Media and Publishing, Retail and E-commerce and Travel.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
CONTRATACION ELECTRONICA Y CONTRATACION INFORMATICA
PRESENTADO POR: LIZ MACHACA
DOCENTE: DR.CARLOS PAJUELO
CURSO: DERECHO INFORMATICO
CICLO Y TURNO: VIII-NOCHE
2. CONTRATACION ELECTRONICA Y
CONTRATACION INFORMATICA
ABSTRACT: Las nuevas tecnologías de la información están introduciéndose de
manera vertiginosa en nuestra vida. La irrupción de estas tecnologías en el
mundo empresarial ha propiciado la aparición de nuevos modelos de
contratos y nuevas formas de contratación. El Ordenamiento Jurídico no debe
quedar al margen de esta situación, la vertiginosa velocidad a la que avanza
el mundo de la informática no ha sido correspondida con el avance de la
regulación jurídica de esta materia.
3. CONCEPTOS
Para MIGUEL ANGEL DAVARA RODRIGUEZ “contratación informática es un concepto ambiguo que puede abarcar distintos
tipos de contratos, en sentido amplio u objetivo abarca todos aquellos convenios cuyo objeto sea un bien o servicio
informático, independientemente por la vía por la que se celebren; o que una de las prestaciones de las partes tenga por
objeto ese bien o servicio informático.” El objeto del contrato, por tanto, sería la prestación de un servicio informático. En
sentido restringido o formal son aquellos contratos cuyo perfeccionamiento se da por vía informática, indiferentemente de
cual sea su objeto.
Indica LUIS ALBERTO DEL CARPIO NARVÁEZ que “la contratación electrónica, En sentido estricto, trata de aquellos contratos
que se perfeccionan mediante un intercambio electrónico de datos de ordenador a ordenador. Frente a esta noción, existe
una amplia, que incluye dentro de la categoría a todos aquellos contratos celebrados por medios electrónicos (aunque no sean
ordenadores, como el fax, telex y teléfonos).”
Nuevamente MIGUEL DAVARA RODRÍGUEZ, expresa que puede entenderse por contratación electrónica “aquella que se realiza
mediante la utilización la utilización de algún “elemento electrónico” cuando éste tiene o puede tener una incidencia real y
real sobre la formación de la voluntad o el desarrollo o interpretación futura del acuerdo.
4. DIFERENCIA
Hay una clara distinción puesto
que como señala OSCAR VERGARA”
la“Contratación informática” es la
contratación de bienes o servicios
informáticos; mientras que la
“Contratación electrónica”: es la
contratación que se realiza por
medio de ordenadores, elementos
informáticos u otro cualquiera
electrónico.”
5. Diferencia entre contratación informática y
contratación electrónica. De un ejemplo de
cada uno.
CONTRATACION INFORMATICA CONTRATACION ELECTRONICA
CONCEPTO Son convenciones o negocios jurídicos en la cual las partes
manifiestan su voluntad de constituir, reglar, trasmitir modificar
o extinguir un vínculo jurídico relacionado a un objeto
informático.
Son convenciones o negocios jurídicos, en la cual las partes
manifiestan su voluntad de constituir, reglar, transmitir, modificar o
extinguir un vínculo jurídico a través de medios electrónicos o
informáticos.
DIFERENCIAS Será todo contrato que tenga como objeto un bien o un servicio
informático.
Los contratos informáticos están referidos a bienes o servicios
informáticos.
Se entiendo a todo aquel contrato que se haya realizado por es medio
electrónico, lo cual no solo se limita a internet sino a tecnologías
anteriores como el Fax entre otros.
Los contratos electrónicos no están limitados por su objeto, sino por el
medio que se emplea para realizar dicho contrato.
EJEMPLOS Los contratos informáticos pueden referirse tanto a bienes
(hardware o software)
“HARDWARE: Entre los primeros se encuentran por ejemplo
el de mantenimiento de ordenadores o computadoras, el de
creación de un ordenador con una configuración
determinada, así como todo aquello que tenga que ver con
el desarrollo o puesta en funcionamiento de ese hardware.
SOFTWARE: En cuanto al software, se encuentran los
contratos de hosting o alojamiento de páginas Web, el de
compra de dominios, el de desarrollo de página Web,
contratos de compraventa de dominios, contrato de
compraventa on-line, además de los de protección de datos
personales, etc.”
La contratación electrónica, atendiendo a la formación y ejecución del
contrato puede ser;
CONTRATACIÓN DIRECTA U ONLINE, “es aquella modalidad de
comercio en Internet en el que la oferta, aceptación, entrega y
el pago se hacen en línea (en la Red). Ejemplos de este tipo
pueden ser la compra de música a través de Internet, compra de
un programa de ordenador.
CONTRATACIÓN INDIRECTA U OFF LINE, es aquella modalidad de
comercio en Internet donde la oferta y aceptación se hace en la
red, pero la entrega y/o el pago se produce fuera de la red.
Ejemplos de este tipo pueden ser el comercio electrónico de
productos y servicios físicos, tal y como la compra de libros a
través de Internet, encargo de una servicio que se va a realizar
en el domicilio o la compra de un CD que remiten al domicilio.”
6. ¿A qué se denomina contratos de adhesión? &
¿Qué relación tiene la contratación
electrónica por internet con los llamados
contratos de adhesión?
La relación de la contratación informática y contrato de adhesión; “es que en ambos contratos
se fijan clausulas y la otra parte se adhiere a ellas. La contratación electrónica vía Internet
mediante correo electrónico se da cuando dos o más sujetos acordaran utilizar el correo
electrónico para la negociación, y que el contrato se perfeccionara de esta manera.” En el
Perú, en cuanto a los contratos electrónicos en Internet por correo electrónico, se aplica la
presunción de que el oferente haya recibo el acuse de recibo por parte el aceptante, por lo
que las comunicaciones se consideran realizadas cuando el destinatario las lee, lo cual se
prueba mediante acuse de recibo dependiendo de las características de cada contrato
individual, nos encontraremos ante un caso de contrato de adhesión o de libre discusión.
7. ¿Qué son las cláusulas abusivas en tele
contratación? de algunos ejemplos de ellos
en las NTICS.
Las Cláusulas abusivas en tele contratación
son debido a su fuerte posición, los grandes
productores incluyen a veces cláusulas
tendentes a limitar su responsabilidad. Estas
cláusulas pueden resultar inválidas ante un
juez.
Señala expresamente PEDRO ALBERTO DE
MIGUEL ASENSIO, que “la posibilidad de
manifestar la aceptación no sólo mediante el
envío de un mensaje de correo electrónico,
sino también pulsando sobre un icono por
medio del ratón o tecleando en la pantalla
del ordenador en el marco de un contacto
interactivo con un sitio web debe ser
afirmada con carácter general”.
8. EJEMPLOS
DE
CLÁUSULAS
ABUSIVAS:
“Plantear la
retención de las
cantidades
abonadas por el
consumidor por
renuncia o
incumplimiento
del contrato
pero no
contemplar la
indemnización
si es el
profesional
quien renuncia.
Imponer al
consumidor
servicios
accesorios no
solicitados
como la
contratación de
un seguro, de
un servicio de
mantenimiento
obligatorio,
etc.
Obligar al
consumidor a
renunciar al
tribunal que le
podría
corresponder.
Imponer
garantías
desproporciona
das al riesgo
asumido por el
vendedor.
Obligar a
firmar
declaraciones
de recepción o
de conformidad
sobre hechos
ficticios.”
9. ¿A qué se denominan vicios del
consentimiento? ¿Cómo se producen estos en
la tele contratación? dar ejemplos.
Vicio de consentimiento es todo hecho,
manifestación o actitud con la que se anula o
restringe la plena libertad o el pleno conocimiento
con que debe formularse una declaración.
Los vicios del consentimiento en el contrato
pretende profundizar en el error como vicio en la
formación de los contratos, qué requisitos son los
que deben darse y los tipos de error como vicio.
“Los vicios del consentimiento del contrato en
primer lugar como aquellos defectos que hacen
anulable la declaración de voluntad, que es aquella
que está dirigida para obtener alguna consecuencia
o establecer algo, y en segundo lugar pueden estar
causados por la falta de conocimiento espontánea o
provocada (error y dolo), o por la falta de libertad
física o moral (violencia e intimidación). Así, el
consentimiento no será válido y podemos decir que
se haya viciado cuando el error recae sobra la
“cosa” o elementos principales del contrato, el
miedo invalida el consentimiento cuando el mal es
inminente y grave, y el engaño vicia el
consentimiento cuando es grave, producido por la
otra parte y no es recíproco.”
10. EJEMPLO: Al contratarse por medios electrónicos puede producirse un
error respecto a la identidad de la persona con la que se está contratando.
También puede suceder que se dé un error en cuanto al contenido, como
cuando el documento que se envía es sometido a un proceso o tratamiento
que modifique la información. Otro riesgo no menos frecuente es el
fraude, que se diferencia del anterior por el dolo o mala intención
11. ¿En qué consiste el outsourcing en materia
de contratación informática? de algunos
ejemplos.
El Outsourcing, aplicado a las Tecnologías
de la información, se puede definir como la
contratación de un tercero, puede incluir la
transferencia de áreas de operaciones a
proveedores externos de servicios de
gerencia. Estas transacciones pueden
abarcar la cesión de hardware y centros de
cómputos, la transferencia de licencias de
software y personal.
EJEMPLO: “El outsourcing puede también
incluir procesos de reingeniería, desarrollo
de sistemas de información, integración de
proyectos informáticos, la operación y
soporte de redes de distribución de
información, ya sea regional o
internacionalmente, la provisión de
entrenamiento de personal, mantenimiento
y mucho más.”
12. CONCLUSION
Creemos que una respuesta normativa a los requerimientos de la Sociedad de
la Información respecto de los avances tecnológicos, posibilitaría el
posicionamiento de nuestro país respecto de las contrataciones electrónicas e
informáticas; a su vez estas disposiciones facilitarían las posibilidades de
crecimiento en el campo de la economía local e internacional.