Este documento define y explica cuatro tipos de contratos: contrato bilateral, que crea obligaciones para ambas partes; contrato oneroso, que implica beneficios y cargas recíprocas; contrato formal o solemne, que requiere que el consentimiento se manifieste de una manera especificada por la ley; y capacidad jurídica, que es la aptitud de un individuo para ser sujeto de un contrato.