Este documento describe la naturaleza jurídica y características del contrato de prenda en Venezuela. El contrato de prenda es un acuerdo por el cual el deudor entrega un bien mueble al acreedor como garantía de un crédito, el cual debe ser devuelto una vez cancelada la deuda. Es un contrato real, consensual y accesorio que genera derechos y obligaciones tanto para el deudor como para el acreedor.
El contrato de comodato es un contrato gratuito donde una parte llamada comodante entrega una cosa a la otra parte llamada comodatario para que haga uso de ella, con la obligación de devolverla. El comodatario debe conservar la cosa, usarla para su propósito previsto y devolverla al terminar el préstamo. El comodato puede ser a plazo fijo o precario, donde la devolución puede solicitarse en cualquier momento.
Este documento describe la cláusula penal, que es un acuerdo entre partes en una relación obligatoria que establece que el deudor pagará una cantidad de dinero como resarcimiento por daños si incumple con la obligación. La cláusula penal simplifica la determinación de la indemnización al exonerar al acreedor de probar los daños. También cumple una función coercitiva para garantizar el cumplimiento de la obligación. El juez puede reducir la cláusula penal si es excesiva o si la obligación se cumplió parcialmente.
El documento resume la historia, definición, características y clasificación del contrato de depósito según el Código Civil peruano. Explica que el depósito es un contrato por el cual una parte entrega un bien mueble a otra para su custodia y posterior devolución. Se caracteriza por ser unilateral, consensual, gratuito y generar obligaciones de custodia y restitución para el depositario. Además, clasifica los depósitos en voluntario, necesario y judicial, e introduce la distinción entre depósitos regulares e ir
El documento describe el contrato de comodato en el derecho chileno. Define el comodato como un contrato gratuito donde una parte entrega una cosa a la otra para su uso temporal. Describe las características como contrato real, unilateral y gratuito que genera una obligación de restitución para el comodatario. Explica las obligaciones del comodatario de conservar, usar adecuadamente y restituir la cosa, así como las posibles obligaciones del comodante.
El documento describe la anticresis, un derecho real donde un deudor entrega un inmueble fructífero a su acreedor en garantía de un préstamo, otorgándole el derecho a percibir los frutos del inmueble. La anticresis otorga al acreedor los derechos de posesión, retención, uso y goce del inmueble, así como la capacidad de iniciar un proceso de ejecución si el deudor incumple, mientras que también genera obligaciones como la conservación, administración y pago de cargas
La hipoteca es un derecho real de garantía constituido sobre bienes inmuebles o derechos reales para asegurar el cumplimiento de una obligación. Solo pueden ser hipotecados bienes inmuebles, derechos reales enajenables, empresas mercantiles y buques. La hipoteca da al acreedor el derecho de perseguir la finca hipotecada y se extingue junto con la obligación principal o luego de 10 años desde su inscripción en el Registro de la Propiedad.
El documento define el contrato de seguro y sus elementos, características y tipos principales. Un contrato de seguro es un acuerdo entre un asegurador y un asegurado donde el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado en caso de que ocurra un evento especificado a cambio del pago de una prima. Los principales tipos de seguro incluyen seguro contra daños, de transporte, de responsabilidad civil y de personas.
Este documento describe la naturaleza jurídica y características del contrato de prenda en Venezuela. El contrato de prenda es un acuerdo por el cual el deudor entrega un bien mueble al acreedor como garantía de un crédito, el cual debe ser devuelto una vez cancelada la deuda. Es un contrato real, consensual y accesorio que genera derechos y obligaciones tanto para el deudor como para el acreedor.
El contrato de comodato es un contrato gratuito donde una parte llamada comodante entrega una cosa a la otra parte llamada comodatario para que haga uso de ella, con la obligación de devolverla. El comodatario debe conservar la cosa, usarla para su propósito previsto y devolverla al terminar el préstamo. El comodato puede ser a plazo fijo o precario, donde la devolución puede solicitarse en cualquier momento.
Este documento describe la cláusula penal, que es un acuerdo entre partes en una relación obligatoria que establece que el deudor pagará una cantidad de dinero como resarcimiento por daños si incumple con la obligación. La cláusula penal simplifica la determinación de la indemnización al exonerar al acreedor de probar los daños. También cumple una función coercitiva para garantizar el cumplimiento de la obligación. El juez puede reducir la cláusula penal si es excesiva o si la obligación se cumplió parcialmente.
El documento resume la historia, definición, características y clasificación del contrato de depósito según el Código Civil peruano. Explica que el depósito es un contrato por el cual una parte entrega un bien mueble a otra para su custodia y posterior devolución. Se caracteriza por ser unilateral, consensual, gratuito y generar obligaciones de custodia y restitución para el depositario. Además, clasifica los depósitos en voluntario, necesario y judicial, e introduce la distinción entre depósitos regulares e ir
El documento describe el contrato de comodato en el derecho chileno. Define el comodato como un contrato gratuito donde una parte entrega una cosa a la otra para su uso temporal. Describe las características como contrato real, unilateral y gratuito que genera una obligación de restitución para el comodatario. Explica las obligaciones del comodatario de conservar, usar adecuadamente y restituir la cosa, así como las posibles obligaciones del comodante.
El documento describe la anticresis, un derecho real donde un deudor entrega un inmueble fructífero a su acreedor en garantía de un préstamo, otorgándole el derecho a percibir los frutos del inmueble. La anticresis otorga al acreedor los derechos de posesión, retención, uso y goce del inmueble, así como la capacidad de iniciar un proceso de ejecución si el deudor incumple, mientras que también genera obligaciones como la conservación, administración y pago de cargas
La hipoteca es un derecho real de garantía constituido sobre bienes inmuebles o derechos reales para asegurar el cumplimiento de una obligación. Solo pueden ser hipotecados bienes inmuebles, derechos reales enajenables, empresas mercantiles y buques. La hipoteca da al acreedor el derecho de perseguir la finca hipotecada y se extingue junto con la obligación principal o luego de 10 años desde su inscripción en el Registro de la Propiedad.
El documento define el contrato de seguro y sus elementos, características y tipos principales. Un contrato de seguro es un acuerdo entre un asegurador y un asegurado donde el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado en caso de que ocurra un evento especificado a cambio del pago de una prima. Los principales tipos de seguro incluyen seguro contra daños, de transporte, de responsabilidad civil y de personas.
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las ObligacionesABDELBONILLA2015
Este documento resume conceptos clave del derecho romano sobre la compensación y la confusión. Explica que la compensación produce el pago simultáneo de deudas de igual valor entre dos partes. Se produce de forma voluntaria o no, y debe cumplir con ser homogénea, liquida y exigible. También extingue obligaciones actuales y de hacer. La confusión ocurre cuando una persona es acreedor y deudor al mismo tiempo de una deuda, lo que extingue la obligación.
Cuadro Comparativo Fuentes de Obligaciones CivilesShirlene Sánchez
Este documento resume las principales fuentes de las obligaciones según la legislación, incluyendo contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos y ley. Explica cada fuente con ejemplos y discute la controversia sobre si la ley puede considerarse una fuente por sí misma o más bien el origen de las otras cuatro fuentes.
El documento presenta un resumen del temario sobre contratos del derecho privado. Incluye conceptos y características del contrato de mutuo, comodato y cuenta corriente. También explica el funcionamiento del sistema contractual de la tarjeta de crédito y diferentes contratos bancarios como depósito, cuenta corriente, préstamo, descuento y apertura de crédito.
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
Este documento describe varias formas de transmitir obligaciones según el ordenamiento jurídico venezolano, incluyendo la transmisión por herencia, por actos entre vivos como la venta o donación, y la sucesión hereditaria a favor del Estado en casos como herencias vacantes o nulas. También cubre conceptos como la venta de una herencia, la fusión de sociedades, y que los derechos y cargas sobre un bien pasan a los nuevos propietarios.
Este documento habla sobre el concepto y tipos de subrogación en el pago de deudas. Explica que la subrogación ocurre cuando un tercero paga una deuda del deudor y adquiere los derechos del acreedor. Describe las dos clases principales de subrogación - legal y convencional - y sus requisitos y efectos respectivos. También define brevemente otros términos clave como deudor, acreedor, solvens, y proporciona algunos ejemplos para ilustrar los diferentes tipos de subrogación.
Derecho Civil Obligaciones. El Daño y la Culpasergio22960
Este documento compara y contrasta el daño y la culpa como elementos de la responsabilidad civil. Explica que el daño se refiere a la pérdida o disminución experimentada en el patrimonio de la víctima, mientras que la culpa se refiere al incumplimiento de un deber. También describe los diferentes tipos de daño y culpa, así como conceptos como la relación de causalidad, la presunción de incumplimiento culposo, las cláusulas de exoneración y penal, y las arras confirmatorias.
El documento describe los contratos de depósito y secuestro. El depósito es un contrato en el que una parte custodia bienes de otra a cambio de una remuneración. Existen depósitos necesarios y voluntarios. El secuestro ocurre cuando dos partes en disputa entregan bienes a un tercero hasta que se resuelva el litigio. Ambos contratos tienen elementos personales y prestaciones, y establecen derechos y obligaciones para el depositante, depositario y partes en disputa.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 6edgardoquispe
El documento explica el concepto de pago indebido en el derecho peruano. Define pago indebido, establece los requisitos y supuestos de pago indebido, y analiza las consecuencias del pago indebido dependiendo de si quien lo recibe procede de buena o mala fe. También cubre temas como la prescripción, excepciones a la obligación de restitución, y la aplicación de las normas de pago indebido a otras obligaciones.
Este documento resume los conceptos clave de la novación y la compensación según el Código Civil peruano. Define la novación como la sustitución de una obligación por otra, y describe sus diferentes tipos como la novación objetiva, subjetiva activa, subjetiva por cambio de deudor y por expromisión. También cubre los requisitos y efectos de la compensación de obligaciones como su extinción cuando son recíprocas, líquidas y exigibles.
Este documento resume la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México. Establece que 1) los títulos de crédito y las operaciones de crédito son actos de comercio, 2) regula diferentes tipos de operaciones de crédito como el reporto, depósito, descuento de créditos, apertura de crédito y cartas de crédito, y 3) establece disposiciones sobre garantías para operaciones de crédito como la prenda.
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
Este documento describe la historia y evolución de las obligaciones y contratos desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica conceptos clave como obligación, deudor, acreedor, objeto y fuentes de las obligaciones según el derecho romano y el Código Civil. Resume la regulación de las obligaciones en el Código Civil, incluyendo artículos específicos.
La prenda es un contrato de garantía real en el que una cosa mueble es entregada a un acreedor como seguridad de un crédito. El contrato se perfecciona con la entrega de la prenda y es unilateral, ya que sólo el acreedor se obliga a guardar y conservar la prenda. El acreedor tiene derecho de retención sobre la prenda hasta que el deudor pague la deuda total, pero si el acreedor abusa de la prenda, perderá su derecho sobre ella.
1. Una obligación implica que una persona (deudor) debe realizar una acción, abstenerse de realizar una acción, o entregar algo a favor de otra persona (acreedor) según lo establecido por la ley.
2. Los elementos básicos de una obligación son los sujetos (acreedor y deudor), y el objeto (la prestación que el deudor debe realizar para el acreedor).
3. Las prestaciones pueden ser de dar (entregar un bien), hacer (realizar una acción), o no hacer (abstenerse de realizar
El documento resume la evolución histórica del contrato de arrendamiento desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica que en la antigua Roma existía el contrato de locatio-conductio venia que englobaba diversas prestaciones. Luego describe brevemente cómo se desarrolló el arrendamiento en la Edad Media, Moderna y Contemporánea. Finalmente, analiza aspectos del arrendamiento en diferentes códigos civiles como el francés, español e italiano y en el Código Civil peruano.
1. La teoría de los riesgos establece que si una parte no cumple un contrato debido a un caso fortuito, la otra parte tampoco estará obligada a cumplir. Si el incumplimiento es culposo, la otra parte puede rescindir el contrato.
El documento resume los conceptos clave de la responsabilidad civil extracontractual según el Código Civil de Venezuela. Explica que la responsabilidad civil extracontractual surge cuando una persona causa un daño a otra sin existir una relación contractual previa de manera culposa o dolosa. Señala que para que exista responsabilidad civil extracontractual se requiere que se produzca un daño a través de un incumplimiento ilícito y culposo, y que exista una relación de causalidad entre el incumplimiento y el daño. También distingue la responsabil
El documento clasifica y define las diferentes características de las obligaciones de acuerdo al Código Civil venezolano. Identifica obligaciones civiles y naturales, principales y accesorias, de dar, hacer y no hacer, alternativas, facultativas y conjuntivas, divisibles e indivisibles, simplemente mancomunadas y solidarias. Explica brevemente cada una de estas clasificaciones y sus características legales.
Es una póliza donde se establecen las condiciones estipuladas por ambas partes en la cual el asegurador indemniza al asegurado en función a la prima desembolsada
Este documento describe los elementos esenciales de un contrato de seguros, incluyendo el interés asegurable, el riesgo asegurable, la prima y la obligación del asegurador de indemnizar. Explica que el contrato de seguro es un acuerdo entre un asegurador y un tomador de seguros donde el asegurador se compromete a compensar al tomador si se produce el evento asegurado, a cambio del pago de una prima.
Este documento presenta una introducción al concepto y la historia del seguro. Define el seguro como un contrato donde una parte paga una prima a cambio de que la otra parte asuma un riesgo determinado. Explora las definiciones clásicas del seguro y su importancia para dar seguridad económica y estimular el ahorro y el crédito. Brevemente describe los orígenes del seguro en las civilizaciones antiguas y su desarrollo en Europa, particularmente en Londres a través de Lloyds of London.
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las ObligacionesABDELBONILLA2015
Este documento resume conceptos clave del derecho romano sobre la compensación y la confusión. Explica que la compensación produce el pago simultáneo de deudas de igual valor entre dos partes. Se produce de forma voluntaria o no, y debe cumplir con ser homogénea, liquida y exigible. También extingue obligaciones actuales y de hacer. La confusión ocurre cuando una persona es acreedor y deudor al mismo tiempo de una deuda, lo que extingue la obligación.
Cuadro Comparativo Fuentes de Obligaciones CivilesShirlene Sánchez
Este documento resume las principales fuentes de las obligaciones según la legislación, incluyendo contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos y ley. Explica cada fuente con ejemplos y discute la controversia sobre si la ley puede considerarse una fuente por sí misma o más bien el origen de las otras cuatro fuentes.
El documento presenta un resumen del temario sobre contratos del derecho privado. Incluye conceptos y características del contrato de mutuo, comodato y cuenta corriente. También explica el funcionamiento del sistema contractual de la tarjeta de crédito y diferentes contratos bancarios como depósito, cuenta corriente, préstamo, descuento y apertura de crédito.
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
Este documento describe varias formas de transmitir obligaciones según el ordenamiento jurídico venezolano, incluyendo la transmisión por herencia, por actos entre vivos como la venta o donación, y la sucesión hereditaria a favor del Estado en casos como herencias vacantes o nulas. También cubre conceptos como la venta de una herencia, la fusión de sociedades, y que los derechos y cargas sobre un bien pasan a los nuevos propietarios.
Este documento habla sobre el concepto y tipos de subrogación en el pago de deudas. Explica que la subrogación ocurre cuando un tercero paga una deuda del deudor y adquiere los derechos del acreedor. Describe las dos clases principales de subrogación - legal y convencional - y sus requisitos y efectos respectivos. También define brevemente otros términos clave como deudor, acreedor, solvens, y proporciona algunos ejemplos para ilustrar los diferentes tipos de subrogación.
Derecho Civil Obligaciones. El Daño y la Culpasergio22960
Este documento compara y contrasta el daño y la culpa como elementos de la responsabilidad civil. Explica que el daño se refiere a la pérdida o disminución experimentada en el patrimonio de la víctima, mientras que la culpa se refiere al incumplimiento de un deber. También describe los diferentes tipos de daño y culpa, así como conceptos como la relación de causalidad, la presunción de incumplimiento culposo, las cláusulas de exoneración y penal, y las arras confirmatorias.
El documento describe los contratos de depósito y secuestro. El depósito es un contrato en el que una parte custodia bienes de otra a cambio de una remuneración. Existen depósitos necesarios y voluntarios. El secuestro ocurre cuando dos partes en disputa entregan bienes a un tercero hasta que se resuelva el litigio. Ambos contratos tienen elementos personales y prestaciones, y establecen derechos y obligaciones para el depositante, depositario y partes en disputa.
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 6edgardoquispe
El documento explica el concepto de pago indebido en el derecho peruano. Define pago indebido, establece los requisitos y supuestos de pago indebido, y analiza las consecuencias del pago indebido dependiendo de si quien lo recibe procede de buena o mala fe. También cubre temas como la prescripción, excepciones a la obligación de restitución, y la aplicación de las normas de pago indebido a otras obligaciones.
Este documento resume los conceptos clave de la novación y la compensación según el Código Civil peruano. Define la novación como la sustitución de una obligación por otra, y describe sus diferentes tipos como la novación objetiva, subjetiva activa, subjetiva por cambio de deudor y por expromisión. También cubre los requisitos y efectos de la compensación de obligaciones como su extinción cuando son recíprocas, líquidas y exigibles.
Este documento resume la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito de México. Establece que 1) los títulos de crédito y las operaciones de crédito son actos de comercio, 2) regula diferentes tipos de operaciones de crédito como el reporto, depósito, descuento de créditos, apertura de crédito y cartas de crédito, y 3) establece disposiciones sobre garantías para operaciones de crédito como la prenda.
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
Este documento describe la historia y evolución de las obligaciones y contratos desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica conceptos clave como obligación, deudor, acreedor, objeto y fuentes de las obligaciones según el derecho romano y el Código Civil. Resume la regulación de las obligaciones en el Código Civil, incluyendo artículos específicos.
La prenda es un contrato de garantía real en el que una cosa mueble es entregada a un acreedor como seguridad de un crédito. El contrato se perfecciona con la entrega de la prenda y es unilateral, ya que sólo el acreedor se obliga a guardar y conservar la prenda. El acreedor tiene derecho de retención sobre la prenda hasta que el deudor pague la deuda total, pero si el acreedor abusa de la prenda, perderá su derecho sobre ella.
1. Una obligación implica que una persona (deudor) debe realizar una acción, abstenerse de realizar una acción, o entregar algo a favor de otra persona (acreedor) según lo establecido por la ley.
2. Los elementos básicos de una obligación son los sujetos (acreedor y deudor), y el objeto (la prestación que el deudor debe realizar para el acreedor).
3. Las prestaciones pueden ser de dar (entregar un bien), hacer (realizar una acción), o no hacer (abstenerse de realizar
El documento resume la evolución histórica del contrato de arrendamiento desde la antigua Roma hasta la actualidad. Explica que en la antigua Roma existía el contrato de locatio-conductio venia que englobaba diversas prestaciones. Luego describe brevemente cómo se desarrolló el arrendamiento en la Edad Media, Moderna y Contemporánea. Finalmente, analiza aspectos del arrendamiento en diferentes códigos civiles como el francés, español e italiano y en el Código Civil peruano.
1. La teoría de los riesgos establece que si una parte no cumple un contrato debido a un caso fortuito, la otra parte tampoco estará obligada a cumplir. Si el incumplimiento es culposo, la otra parte puede rescindir el contrato.
El documento resume los conceptos clave de la responsabilidad civil extracontractual según el Código Civil de Venezuela. Explica que la responsabilidad civil extracontractual surge cuando una persona causa un daño a otra sin existir una relación contractual previa de manera culposa o dolosa. Señala que para que exista responsabilidad civil extracontractual se requiere que se produzca un daño a través de un incumplimiento ilícito y culposo, y que exista una relación de causalidad entre el incumplimiento y el daño. También distingue la responsabil
El documento clasifica y define las diferentes características de las obligaciones de acuerdo al Código Civil venezolano. Identifica obligaciones civiles y naturales, principales y accesorias, de dar, hacer y no hacer, alternativas, facultativas y conjuntivas, divisibles e indivisibles, simplemente mancomunadas y solidarias. Explica brevemente cada una de estas clasificaciones y sus características legales.
Es una póliza donde se establecen las condiciones estipuladas por ambas partes en la cual el asegurador indemniza al asegurado en función a la prima desembolsada
Este documento describe los elementos esenciales de un contrato de seguros, incluyendo el interés asegurable, el riesgo asegurable, la prima y la obligación del asegurador de indemnizar. Explica que el contrato de seguro es un acuerdo entre un asegurador y un tomador de seguros donde el asegurador se compromete a compensar al tomador si se produce el evento asegurado, a cambio del pago de una prima.
Este documento presenta una introducción al concepto y la historia del seguro. Define el seguro como un contrato donde una parte paga una prima a cambio de que la otra parte asuma un riesgo determinado. Explora las definiciones clásicas del seguro y su importancia para dar seguridad económica y estimular el ahorro y el crédito. Brevemente describe los orígenes del seguro en las civilizaciones antiguas y su desarrollo en Europa, particularmente en Londres a través de Lloyds of London.
TRABAJO DE INVESTIGACION SOBRE SEGUROS- GRUPO 6 DIAPOSITIVASFatiz Polo Moreno
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del tema de los seguros. Describe brevemente los conceptos básicos de los seguros como instrumentos financieros de protección ante riesgos, menciona algunos tipos comunes de seguros personales y para empresas, e introduce los conceptos clave de las pólizas de seguros y las funciones de las reaseguradoras.
El documento describe el contrato de comisión mercantil. Este contrato ocurre entre dos comerciantes o un comerciante y otra persona, donde una parte se compromete a realizar operaciones comerciales por encargo y cuenta de la otra parte. El comisionista recibe el encargo y el comitente delega la operación. El comisionista debe ejecutar la comisión siguiendo las instrucciones y rindiendo cuentas, mientras que el comitente debe pagar la comisión, gastos y desembolsos. El contrato de comisión es mercantil,
Este documento presenta información sobre diferentes tipos de seguros para personas y empresas. Explica los seguros de vida, accidentes personales, viaje, enfermedad, jubilación y asistencia sanitaria para personas. También describe seguros para dueños de empresas, daños a la propiedad, automotores comerciales, accidentes personales colectivos y descuentos por nómina para empresas. Además, detalla las partes de una póliza de seguros como las condiciones generales, particulares y especiales. Por último, explica brevemente
Este documento presenta un resumen de la historia de los seguros desde las civilizaciones antiguas hasta la actualidad. Explica que los primeros contratos de seguros se originaron en Babilonia y la India para proteger el comercio marítimo. Luego, se desarrollaron diferentes formas de seguros y mutualidades en Egipto, Grecia y Roma. En la Edad Media surgieron las primeras compañías de seguros y las regulaciones legales. Finalmente, en los siglos XVI-XXI los seguros se establecieron sobre bases cientí
Este documento resume la Ley Sobre el Contrato de Seguro de México. Explica que la ley consta de 207 artículos y ha sido reformada 7 veces. Describe los 5 capítulos que componen la ley, incluyendo definiciones, celebración del contrato, póliza, prima, riesgo y siniestro, y prescripción. Resume varios artículos clave sobre estas secciones.
El documento resume los principales tipos de contratos de garantía en el derecho privado argentino, incluyendo prenda con y sin registro, fianza y seguro. La prenda puede constituirse sobre bienes muebles para garantizar una deuda, y puede ser con o sin desplazamiento de la posesión. El contrato de fianza implica que una persona se obliga accesoriamente por otra en caso de incumplimiento. El contrato de seguro transfiere el riesgo de una pérdida de un asegurado a un asegurador a cambio de una prima.
Este documento resume los elementos y conceptos fundamentales del contrato de seguro según la Ley 17.418 de Argentina. En menos de 3 oraciones: El contrato de seguro requiere de al menos dos partes, un asegurador y un asegurado/tomador, donde el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado ante la ocurrencia de un evento incierto a cambio del pago de una prima. La póliza es el documento escrito que contiene los términos y condiciones del contrato de seguro. El contrato puede ser nu
Este documento describe el factoraje como un mecanismo de financiamiento en el que una empresa de factoraje adquiere los derechos de crédito de una empresa cliente derivados de la venta de bienes o servicios. Explica brevemente la historia del factoraje y cómo se ha desarrollado desde Inglaterra en el siglo XVII hasta convertirse en un servicio financiero común en países desarrollados y en desarrollo en la actualidad. También resume las principales modalidades y procesos de operación del factoraje, así como los roles y obligaciones de las empresas cliente y
Este documento describe las características del contrato de seguro y la legislación relacionada con este tema en Nicaragua. Explica que el derecho de seguros corresponde tanto al derecho público como al privado, y cubre aspectos como los seguros privados, sociales, la definición de contrato de seguro, sus elementos (riesgo, prima, indemnización, interés), y las características de este tipo de contrato. También enumera las diferentes leyes y códigos nicaragüenses relacionados con los seguros.
El documento habla sobre los seguros y contratos aleatorios. Regula los seguros a nivel legal y describe conceptos como la empresa aseguradora, el tomador, asegurado, beneficiario, riesgo, siniestro, reaseguro, así como las obligaciones de cada parte. También menciona otros tipos de contratos como la fianza y la prenda, indicando sus elementos y formalidades.
Efectos de los contratos respecto de TercerosHernan Osorio
Este documento resume los principios legales sobre los efectos de los contratos respecto a terceros según el derecho chileno. Explica que los contratos generalmente no afectan a terceros, a menos que sean herederos o sucesores universales, o que las partes estipulen lo contrario. También cubre excepciones como cuando los contratos se refieren a bienes específicos adquiridos o cuando los acreedores pueden verse afectados por las obligaciones contraídas por un deudor. Finalmente, analiza la figura jurídica de
Este documento presenta información sobre el curso de Derecho de Seguros. Explica conceptos clave como riesgo, seguro, prima e indemnización. También resume la normativa de seguros en Ecuador, incluyendo el Decreto Supremo 1147, la Ley General de Seguros y resoluciones de la Superintendencia de Bancos. Finalmente, cubre temas como clasificaciones de seguros, características de la póliza, trámite de reclamos y aspectos varios relacionados con deducibles, franquicias y rease
Este documento presenta un resumen de un trabajo de investigación sobre seguros. Explica los tipos de seguros para personas como seguros de vida, accidentes personales, automóviles, asistencia médica y sepelio. También describe los tipos de seguros para empresas como incendio, robo, lucro cesante, deshonestidad y diferentes tipos de responsabilidad civil. El objetivo del trabajo es analizar empresas aseguradoras y reaseguradoras.
Este documento presenta un análisis del entorno económico de Teléfonos de México (Telmex), la principal empresa de telecomunicaciones de México. Describe la historia, estructura organizacional, operaciones, tecnología, clientes, proveedores, finanzas e inversiones de Telmex. También analiza las leyes y regulaciones que rigen a la empresa, así como sus estrategias de mercado y responsabilidad social. El documento concluye con recomendaciones para Telmex.
Codigo de comercio titulo v - del contrato de seguroYuli Pinzon
Este documento presenta los principios básicos del contrato de seguro según el Código de Comercio de Perú. Define los elementos esenciales del contrato de seguro, las partes involucradas, las características de la póliza y las obligaciones de cada parte con respecto al estado del riesgo. También establece las consecuencias de la falta de declaración o notificación de cambios en el riesgo por parte del tomador o asegurado.
Este documento presenta una introducción al derecho de seguros. Explica los antecedentes históricos del seguro en las culturas babilónica e hindú y en la Edad Media. También describe la evolución legal del seguro en Ecuador desde la colonia hasta la actualidad. Define el seguro y explica sus principios básicos como la buena fe, la solidaridad y la indemnización. Además, describe las características jurídicas, las clases y los tipos de seguros. Finalmente, analiza los elementos de la póliza de seguro
El documento presenta una introducción a los conceptos legales básicos de los seguros, incluyendo las condiciones generales, especiales y particulares; las partes involucradas como el asegurador, solicitante, asegurado y beneficiario; los elementos esenciales como el interés asegurable, riesgo y prima; y las clasificaciones de seguros de personas, cosas y patrimoniales. En 3 oraciones resume los conceptos clave regulados en la legislación peruana sobre seguros.
Primero debemos entender que el contrato de seguro, es aquel mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la persona que este designe, de un perjuicio o daño que pueda causar un
suceso incierto.
The document discusses key concepts related to risk and insurance, including different attitudes towards risk, the definitions of key terms like insurer, policyholder and insured, and the different types of insurance policies that exist for individuals and property. It also examines the various documents involved in the insurance process like proposals, policies and receipts. Finally, it outlines the different classifications of personal and property insurance.
El documento proporciona una introducción al concepto de seguros y describe diferentes tipos de compañías de seguros como seguros marítimos, de transporte, de vida, de incendio, de automóviles, contra fidelidad de empleados, contra robo y asalto, de lucro cesante, de responsabilidad civil, técnicos y domiciliarios. También explica conceptos clave como riesgo, siniestro, prima e indemnización, y características de los contratos de seguro como su naturaleza aleatoria y onerosa
El documento proporciona una introducción al concepto de seguros. Explica que un seguro es un contrato mediante el cual una persona u organización se compromete a resarcir pérdidas o daños a cambio del pago de una prima. Describe los elementos clave de un seguro como el asegurador, asegurado, prima, riesgo y siniestro. También cubre los principios fundamentales de los seguros como la mutualidad, buena fe e indemnización.
Este documento define el contrato de seguros y sus elementos. Explica que es un acuerdo entre un asegurador y un asegurado donde el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado en caso de que sufra algún daño o pérdida especificada a cambio del pago de una prima. Describe los tipos comunes de seguros como de contra daños, transporte, responsabilidad civil y de personas.
El documento presenta una introducción al concepto de seguros. Explica que un seguro es un contrato entre una empresa aseguradora y un cliente donde la empresa se compromete a pagar una indemnización si ocurre un evento especificado, como una enfermedad o accidente. También describe las partes involucradas en un contrato de seguros, los derechos y obligaciones de cada parte, y los principios básicos como la buena fe y la indemnización.
Modulo IV - Responsabilidad de las AseguradorasENJ
El documento habla sobre la responsabilidad de las aseguradoras. Explica que el seguro de responsabilidad civil tiene su origen en los daños causados por colisiones de barcos. Luego describe los elementos básicos de un contrato de seguro como el riesgo, la prima y la indemnización. También menciona algunos tipos de seguros de responsabilidad civil como el profesional y el de directores y administradores.
Este documento define el seguro y sus principios básicos como la buena fe, la solidaridad y la indemnización. Explica las clases de seguros, incluyendo los seguros sociales, privados, de personas, sobre cosas y patrimoniales. También describe los elementos de la póliza de seguros como las partes, la terminación y las características. Define al asegurador, solicitante, asegurado y beneficiario.
Este documento describe los diferentes tipos de contratos y características del mercado de seguros en Bolivia. Explica que el contrato de seguro obliga al asegurador a indemnizar un daño o cumplir la prestación acordada cuando ocurra el evento previsto, mientras que el asegurado debe pagar la prima. También define conceptos clave como riesgo, partes contratantes, póliza, prima y diferentes tipos de seguro como daños, incendio y transporte.
Este documento presenta una introducción al derecho de seguros en Ecuador. Explica los antecedentes históricos del seguro, las definiciones legales, los principios básicos como la buena fe y la solidaridad, las características jurídicas, las clases de seguros como los sociales, privados, de personas y sobre cosas. También describe los elementos y datos de la póliza de seguro como el contrato que formaliza el acuerdo, incluyendo sus condiciones mínimas y causas de nulidad.
Este documento describe varios conceptos clave relacionados con los seguros. Explica que un seguro es un contrato entre un asegurador y un asegurado donde el asegurador se hace cargo de los daños que puedan sucederle al asegurado a cambio del pago de una prima. Los seguros tienen como objetivo transferir riesgos de una persona a otra. El documento también describe los elementos de un contrato de seguro como las partes involucradas (asegurador, tomador, asegurado, beneficiario), así como principios fundamentales de los
Este documento presenta una introducción al módulo legal de seguros. Explica las obligaciones generales de los asegurados como pagar primas y notificar sobre siniestros. También cubre temas como el pago del seguro, los diferentes tipos de reclamos, clasificaciones de seguros como de personas, daños y responsabilidad civil. Por último, explica conceptos específicos relacionados a seguros de incendio, transporte, vida y responsabilidad civil.
Este documento proporciona información sobre seguros de transporte. Explica que el asegurador se obliga, previo cobro de prima, a indemnizar al asegurado por daños o pérdidas que sufra la mercadería transportada hasta el límite establecido. También cubre conceptos clave como riesgo asegurable, interés asegurable, prima, siniestro, obligaciones del asegurado y formas de contratar la cobertura para diferentes tipos de transporte como terrestre, marítimo y aéreo.
Este documento proporciona información sobre seguros de transporte. Explica que el asegurador se obliga, previo cobro de prima, a indemnizar al asegurado por daños o pérdidas que sufra la mercadería transportada hasta el límite establecido. También cubre conceptos clave como riesgo asegurable, interés asegurable, prima, siniestro, obligaciones del asegurado y formas de contratar la cobertura para diferentes tipos de transporte como terrestre, marítimo y aéreo.
Este documento presenta una introducción a los seguros y fianzas, definiendo un seguro como un mecanismo de prevención mediante el cual una persona paga primas a cambio de recibir una compensación en caso de que se produzca algún riesgo acordado. Luego describe el contrato de seguro, incluyendo su concepto, clasificación y modos de contratación. Finalmente, explica aspectos como la duración del contrato y el proceso de oferta.
En 3 oraciones:
El documento describe brevemente la historia y evolución de las empresas de seguros, desde sus orígenes en las civilizaciones babilónica e hindú hasta su desarrollo en la época romana e Inglaterra medieval. Luego explica los principios básicos, clasificaciones, tipos y elementos personales de los seguros, así como la organización, funciones y departamentos típicos de una empresa de seguros moderna.
Esta es la Ley de Seguros de Bolivia vigente a la fecha. Espero les sea de utilidad amigos. También pueden ver más sobre seguros de vida en este link http://effecorp.com/plataforma/course/view.php?id=32
CONTRATO DE SEGURO CIVIL VII.PPTS TEMA DE CONTRATOS ESPECIALES SOLO PARA PER...PABLOGUTIERREZLETONA
El documento habla sobre los aspectos económicos de los contratos de seguros. Explica que el seguro permite a las personas hacer frente a riesgos mediante la cobertura mutua de economías individuales a través de un fondo común. También define elementos clave como el riesgo, siniestro e interés asegurable, y describe características del contrato de seguro como ser consensual, oneroso y aleatorio. Además, explica conceptos técnicos como probabilidad e intensidad del riesgo.
La ley define el marco legal para el comercio electrónico y los mensajes de datos en Colombia. Establece que la información en forma de mensaje de datos tendrá validez legal y que los requisitos de escritura, firma y original podrán cumplirse a través de mensajes de datos. Además, crea las entidades de certificación para emitir certificados digitales y establece normas para la conservación y valoración probatoria de los mensajes de datos.
Este documento resume un caso judicial sobre una demanda presentada por Distrimora Ltda. contra Shell Colombia S.A. Distrimora alega que tenía un contrato de agencia comercial con Shell para distribuir sus productos en Antioquia desde 1980 hasta 1989, cuando Shell terminó el contrato sin justa causa. Distrimora solicita una indemnización por la terminación injustificada del contrato y por actos de competencia desleal por parte de Shell. El documento detalla los argumentos y solicitudes de Distrimora.
Este laudo arbitral resume una disputa entre Hector Bello y Margarita Pachón (demandantes) y Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A. (demandada) sobre un contrato de arrendamiento de un local comercial. El Tribunal Arbitral falla que: 1) El contrato de arrendamiento existe; 2) La terminación del contrato solicitada por los demandantes no procede porque no se realizó el desahucio en forma debida; y 3) Por lo tanto, el contrato se entiende renovado automáticamente.
El laudo arbitral niega todas las pretensiones de William Bohorquez contra Gloria Camargo relacionadas con la compraventa de un establecimiento de comercio y el contrato de arrendamiento del local. El tribunal determina que no hubo incumplimiento de los contratos por parte de Camargo, ya que Bohorquez conocía el estado real del establecimiento y no se presentaron pruebas de engaño o comportamiento dañino. Por lo tanto, el tribunal falla a favor de Camargo y niega todas las pretensiones de Bohorquez.
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a las importaciones de productos rusos de alta tecnología y a las exportaciones de bienes de lujo a Rusia. Además, se congelarán los activos de varios oligarcas rusos y se prohibirá el acceso de los bancos rusos a los mercados financieros de la UE.
1. ANÁLISIS DE ALGUNOS DE LOS
ASPECTOS JURÍDICOS MAS
RELEVANTES DEL CONTRATO DE
SEGURO
Gabriel Jaime Vivas Díez
Conferencista
Junio 2012
2. CONTRATO DE SEGURO
NOCIONES GENERALES
1. Definición: Contrato ”por virtud del cual una persona –el asegurador- se obliga a
cambio de una prestación pecuniaria cierta que se denomina Prima' , dentro de los
límites pactados y ante la ocurrencia de un acontecimiento incierto cuyo riesgo ha sido
objeto de cobertura, a indemnizar al `asegurado' los daños sufridos o, dado el caso, a
satisfacer un capital o una renta, según se trate de seguros respecto de intereses sobre
cosas, sobre derechos o sobre el patrimonio mismo, supuestos en que se les llama de
'daños' o de `indemnización efectiva', o bien de seguros sobre las personas cuya función,
como se sabe, es la previsión, la capitalización y el ahorro".
2.Características: El seguro es un contrato consensual, bilateral, oneroso, aleatorio, de
ejecución sucesiva (Art 1036 C.C), de máxima buena fe, de adhesión, personal.
3.Perfeccionamiento: Con el acuerdo de las partes en la configuración de los elementos
esenciales.
3. 4. Intervinientes: El tomador, asegurado, beneficiario, asegurador, intermediarios.
5. Partes del contrato: Únicamente son parte el tomador y el asegurador (Art 1037
C.C).
Aunque asegurado y beneficiario deben cumplir con las obligaciones que solo a ellos
compete.
6. Prueba: El contrato de seguro únicamente puede probarse por medio de un escrito o
por una confesión (Art 1046 C.C.). La póliza de seguro sigue existiendo pero su
expedición sólo tiene carácter eminentemente probatorio. Mantiene, así mismo los
mismos requisitos establecidos en la ley para su configuración.
7. Elementos esenciales: Riesgo asegurable, prima, interés asegurable y obligación
condicional del asegurador (Art 1045 C.C.)
CONTRATO DE SEGURO
NOCIONES GENERALES
4. BENEFICIARIO SEGUROS DE VIDA
1.- NOCIÓN GENERAL
Titular de la renta o capital asegurado
2.- DESIGNACIÓN
2.1.- Origen y naturaleza
2.2.- Tipos o Clases (Art. 1141 C. de Co)
- A título gratuito (Se presume)
- A título Oneroso
Diferencia entre las dos calidades (Art. 1148 C. de Co.)
2.3.- Forma en que se hace la designación
- Determinado
- Determinable
2.4.- Corresponde al “asegurado” o al “tomador”? (Arts. 1141 y 1146)
5. REGIMEN GENERAL DEL BENEFICIARIO
2.4.- REGLAS Y CASOS ESPECIALES
- Designación genérica de los hijos nacidos o por nacer
- Designación genérica de los herederos del asegurado
- Designación genérica del cónyuge
2.5. - OMISIÓN E “INEFICACIA” DE LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIO -
BENEFICIARIOS LEGALES O SUPLETIVOS (ART. 1142 C. DE CO.)
– Inexistencia de designación
– Ineficacia de la designación
– Ausencia de efectos – Cualquier causa
2.6. - REVOCACIÓN (Art. 1146 C. de Co)
– Beneficiario a título gratuito: Libre
– Beneficiario a título oneroso: Irrevocabilidad mientras subsista un interés
7. Clasificación legal
a) Nave o Casco
B. Marítimos
b) Flete
c) Mercancías
a) Resp. Civil
C. Aéreos
b) Flete
c) Nave o casco
CLASIFICACIÓN DE LOS SEGUROS
8. INTERES ASEGURABLE
1. En los seguros de daños: “Relación económica patrimonial entre una
persona y una cosa, objeto del seguro, la cual puede verse afectada por el
siniestro”. (Art 1083 C.C.)
Según el Código de Comercio: “Tiene interés asegurable toda persona cuyo
patrimonio pueda resultar afectado, directa o indirectamente, por la realización
de un riesgo”.
Este es un concepto amplio no sólo se radica en el propietario de una cosa
sino también en toda otra persona que teniendo una relación jurídica distinta
con ella pueda derivar un perjuicio de su pérdida o destrucción total o parcial
9. INTERES ASEGURABLE
En los seguros de Personas:
Toda persona tiene interés asegurable:
1. En su propia vida;
2. En la de las personas a quienes legalmente pueda reclamar alimentos, y
3. En la de aquellas cuya muerte o incapacidad pueden aparejarle un perjuicio
económico, aunque éste no sea susceptible de una evaluación cierta.
En los seguros individuales sobre la vida de un tercero, se requiere el
consentimiento escrito del asegurado,
En defecto del interés o del consentimiento requeridos o en caso de suscripción
sobre la vida de un incapaz absoluto, el contrato no producirá efecto alguno y
el asegurador estará obligado a restituir las primas percibidas. Sólo podrá
retener el importe de sus gastos, si ha actuado de buena fe.
10. 2. Necesidad:
Este debe existir en todo momento desde la fecha en el que el asegurador
asuma el riesgo. (Art 1086, 1106 y 1107 C.C.)
3. Métodos de valoración
– Valor real de la cosa asegurada:
– Infraseguro: En caso de que el valor real no corresponda al
asegurado el asegurador sólo estará obligado a indemnizar el daño a
prorrata entre la cantidad asegurada y la que no lo esté (Art. 1102
C.C.)
I = (VP * SA) / VA SA = Suma Asegurada
VA = Valor Asegurable
VP = Valor Perdida
– Caso especial - Seguros a Primera Pérdida
INTERES ASEGURABLE
11. RECONOCIMIENTO DE LOS ELEMENTOS
TÉCNICOS DE LA CUANTIFICACIÓN DEL
RIESGO
• Estimación de Pérdidas:
▫ Pérdida Máxima Posible
▫ Pérdida Máxima Previsible
▫ Pérdida Máxima Probable
12. PERDIDA MÁXIMA POSIBLE
• Corresponde al valor máximo sujeto a destrucción o
pérdida bajo un riesgo determinado en las condiciones
mas adversas especialmente las de seguridad tanto
internas como externas respecto a un bien o conjunto de
bienes.
13. PERDIDA MÁXIMA PREVISIBLE
• Corresponde al valor máximo sujeto a destrucción bajo un
riesgo determinado en condiciones normales de respuesta
de los medios de socorro o seguridad externos pero no de
los medios de seguridad propios (inoperantes) respecto de
un bien o conjunto de bienes.
14. PERDIDA MÁXIMA PROBABLE
• Corresponde al valor máximo sujeto a destrucción o
pérdida bajo un riesgo determinado en condiciones
normales de operación de los medios de seguridad
propios y externos respecto a un bien o conjunto de
bienes determinados.
15. MÉTODOS ESPECIALES DE
DETERMINACIÓN DEL VALOR ASEGURADO
▫ Seguro a primer riesgo o a primera pérdida absoluta
▫ Seguro a Primera Pérdida Relativa
16. SEGUROS A PRIMER RIESGO
• El aquel método consistente en asegurar una suma
determinada, hasta la cual queda cubierto el riesgo, con
independencia del valor real y total de los bienes que lo
constituyen, por tanto, no es de aplicación la regla
proporcional derivada del infraseguro
17. SEGURO A PRIMERA PÉRDIDA RELATIVA
• Es aquel método consistente en asegurar un bien teniendo
en cuenta su valor real pero estableciendo como valor
asegurado un porcentaje determinado del mismo, que se
constituirá en el limite máximo de responsabilidad de la
aseguradora, pero manteniendo en vigencia la regla del
infraseguro.
18. – Supraseguro: Corresponde al aseguramiento de un bien por una suma
superior a su valor real. En este caso el asegurador podrá solicitar la
declaración de nulidad del contrato (si hay mala fe) o la reducción (Art 1091
C.C.).
En todo caso, la indemnización no podrá superar el verdadero valor del
bien.
– Seguro con valor a nuevo: Por pacto expreso podrá determinarse que
la indemnización se pague por el valor de reposición o de reemplazo (Art.
1090 C.C).
– Seguro por valor acordado: Si no se puede estimar el valor real de
una cosa podrá pactarse libremente la suma asegurada. El asegurador no
podrá probar que el valor del seguro es inferior al pactado pero si que es
superior.
– Seguros de Personas: El que libremente acuerden los contratantes
Aart. 1138 C de Co)
INTERES ASEGURABLE
19. RIESGO ASEGURABLE
1. Definición: “Denomínase riesgo el suceso incierto que no depende
exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario,
y cuya realización da origen a la obligación del asegurador.
Los hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles, no
constituyen riesgos y son, por lo tanto, extraños al contrato de seguro.
Tampoco constituye riesgo la incertidumbre subjetiva respecto de
determinado hecho que haya tenido o no cumplimiento”.
2. Excepciones a la noción general de cobertura de riesgos
con base en su ocurrencia.
20. A. Riesgo putativo en los seguros marítimos
B. Descubrimiento
En el seguro de manejo y riesgos financieros ....la cobertura podrá
circunscribirse al descubrimiento de pérdidas durante la vigencia....
C. Reclamación
A.- En el seguro... de responsabilidad la cobertura podrá circunscribirse a ...
las reclamaciones formuladas por el damnificado al asegurado o a la
compañía durante la vigencia, en el segundo, así se trate de hechos
ocurridos con anterioridad a su iniciación.
B.- Así mismo, se podrá definir como cubiertos los hechos que acaezcan
durante la vigencia del seguro de responsabilidad. Siempre que la
reclamación del damnificado al asegurado o al asegurador se efectúe dentro
del término estipulado en el contrato, el cual no será inferior a dos años.
RIESGO ASEGURABLE
21. OCURRENCIA
Noción: (Art. 1131 C. de Co.)
“En el seguro de Responsabilidad civil se entenderá
ocurrido el siniestro en el momento que acaezca el hecho
externo imputable al asegurado”.
22. OCURRENCIA
Características
• El siniestro se identifica con el hecho dañoso momento en que
nace la obligación de indemnizar.
• Debe suceder durante la vigencia del seguro.
• Es la cobertura general de carácter legal obligatorio.
• Regla especial de prescripción: Momento a partir del cual corre
el plazo (Art. 1127 C. de Co.)
23. ALCANCE DE LA COBERTURA
CLAIMS MADE
Origen, Noción y Modalidades
24. CLAIMS MADE
Noción
• Claims Made es un sistema de cobertura formado por distintas
modalidades y combinación de cláusulas.
• Nació bajo el amparo de los sistema anglosajones con el fin de
proteger al asegurador contra siniestros de cola larga o de
latencia larga y frente a un contexto de responsabilidad
específico.
• Tiene un sustento económico y técnico más que jurídico y su
relevancia actual está en RC Profesional.
• No existe uniformidad en cuanto a su concepción.
• Su introducción al mercado latinoamericano de debió a las
condiciones de reaseguro
25. CLAIMS MADE
Ventajas
• Permite reducir o eliminar las dificultades de ubicación
temporal del siniestro: Póliza y asegurador determinados.
• Permite limitar de forma cierta el periodo de cobertura.
• Elimina incertidumbre y permite mejor manejo financiero y de
reservas.
• Se obtiene mayor disponibilidad de capacidad de reaseguro.
• Permite dar cobertura a hechos pasados (en todo caso no
conocidos) en algunas modalidades.
• Menor costo del seguro.
• Posibilidad de aumentar el valor asegurado y lograr mayor
protección ante posible reclamos futuros.
26. CLAIMS MADE
Desventajas
• Conflicto legal con la definición de siniestro.
• Obligación para el asegurado de renovar indefinidamente la
póliza.
• Cliente cautivo si la renovación s condiciona a seguir con la
misma aseguradora.
• Vacíos de cobertura por la no renovación del seguro:
Voluntaria o involuntaria.
27. CLAIMS MADE
Desventajas
• Vacíos de cobertura por cambio de aseguradora.
• La efectividad del seguro queda a la actividad de un tercero.
• Uso fuera de su contexto original.
• Oposición a las tendencias modernas del Derecho o
protección del consumidor
28. ALCANCE DE LA COBERTURA
CLAIMS MADE
Consagración Legal
29. COLOMBIA
Art. 4 Ley 389 de 1997
Inciso 1: Reclamación con o sin periodo retroactivo
• “En el seguro... de responsabilidad la cobertura podrá
circunscribirse… a las reclamaciones formuladas por el
damnificado al asegurado o a la compañía durante la
vigencia… así se trate de hechos ocurridos con anterioridad a
su iniciación”.
30. COLOMBIA
Art. 4 Ley 389 de 1997
Inciso 1: Reclamación con o sin periodo retroactivo
Siniestro
Reclamación
Período Retroactivo Vigencia
Hecho Dañoso
31. COLOMBIA
Art. 4 Ley 389 de 1997
Inciso 2: Ocurrencia con cobertura posterior o limitación
del reclamo de la víctima
• “Así mismo se podrán definir como cubiertos los hechos que
acaezcan durante la vigencia del seguro de responsabilidad,
siempre que la reclamación del damnificado al asegurado o al
asegurador se efectúe dentro del término estipulado en el
contrato, el cual no será inferior a dos años.”
32. COLOMBIA
Art. 4 Ley 389 de 1997
Inciso 2: Ocurrencia con cobertura posterior o
limitación del reclamo de la víctima
Siniestro
Ocurrencia
Período de Reclamación Mínimo 2 años
Vigencia
Reclamación
33. 3. Actos inasegurables (Art. 1055 C.C.)
− El dolo, la culpa grave y los actos meramente potestativos del
tomador, asegurado o beneficiario son inasegurables.
− Cualquier estipulación en contrario no producirá efecto alguno;
− Tampoco son asegurables las sanciones de carácter penal o
policivo
4. Riesgos asegurables solamente por pacto expreso
– El vicio propio de las cosas: (Art. 1104 C.C.) La avería, merma o
pérdida de una cosa, provenientes de su vicio propio, es decir, el
germen de destrucción o deterioro que llevan en sí las cosas por su
propia naturaleza o destino, aunque se las suponga de la más
perfecta calidad en su especie.
– Riesgos catastróficos: (ART. 1105 C.C.) No son asegurables las
pérdidas o daños que sufran los objetos asegurados, o los demás
perjuicios causados por:
RIESGO ASEGURABLE
34. 1. Guerra civil o internacional, motines, huelgas, movimientos
subversivos o, en general, conmociones populares de
cualquier clase, y
2. Erupciones volcánicas, temblores de tierra o cualesquiera
otras convulsiones de la naturaleza.
5. Delimitación contractual de los riesgos (Art.1056 C.C.)
– Con las restricciones legales, el asegurador podrá, a su arbitrio,
asumir todos o algunos de los riesgos a que estén expuestos el
interés o la cosa asegurados, el patrimonio o la persona del
asegurado.
– Así existe plena libertad para el asegurador decidir si contrato o
no y en que condiciones lo hace.
– Lo anterior, tiene excepción únicamente en los seguros
obligatorios los cuales solo pueden ser creados por ley (Art. 191
EOSF).
RIESGO ASEGURABLE
35. 6. Momento a partir del cual se asumen los riesgos
– Vigencia formal y vigencia técnica
– Regla general: Pacto expreso.
– Ante ausencia de estipulación contractual: Hora 24 del día del
perfeccionamiento.
– Aplicación de la regla en caso de siniestro (Art 1073 C.Co).
7. Deducible y Franquicia (Art.1102)
“Las cláusulas según las cuales el asegurado deba soportar una
cuota en el riesgo o en la pérdida, o afrontar la primera parte del
daño…”
Prohibición de aseguramiento sancionada con terminación del
contrato original
RIESGO ASEGURABLE
36. PRIMA
1. Definición: Es el precio del seguro. En este orden de ideas es la
contraprestación que el tomador debe pagar a la aseguradora
porque esta asuma el riesgo.
2. Elementos que conforman la prima
– Tasa pura de riesgo: Tarifas
– Gastos de administración
– Gastos de intermediación
– Utilidad
37. 3. Pago: En dinero aunque no se opone a utilizar medios de pago.
4. Lugar de pago: Domicilio del asegurador sus representantes o sus
agentes debidamente autorizados.
5. Plazo para el pago: Salvo pacto en contrario o disposición legal
expresa (Soat de particulares - Numeral 3 del Art. 193 EOSF y vida)
debe pagarse dentro del mes siguiente a la entrega de la póliza.
Lo anterior no se opone a que la prima sea pagada por
instalamentos o en forma fraccionada.
Igualmente, las aseguradoras están autorizadas para realizar
financiación de primas.
PRIMA
38. 6. Mora en el pago de la prima: Produce la terminación automática
del contrato de seguro aún en contra de la voluntad de las partes.
Esto con excepción de los seguros de cumplimiento (Ley 80) y vida.
7. Quien debe pagar la prima: El tomador
8. Forma en la cual se devenga la prima de seguros: Por tratarse
de un contrato de ejecución sucesiva, la prima es devengada por el
asegurador día a día aun cuando la misma se pague totalmente al
iniciar el contrato.
Lo anterior con excepción de los seguros de transporte y los casos
en los cuales el siniestro ocurra total o parcialmente.
PRIMA
39. ESPECIALES CARATERISTICAS DE LA PRIMA EN SEGUROS DE
VIDA
1.- SISTEMA DE PRIMA NIVELADA
2.- VALORES DE CESIÓN O DE RESCATE (Art. 1156 C. de Co)
2.1. Pago en dinero
2.2 Seguro Saldado
2.3 Seguro prorrogado
2.4 Prestamos (E.O.S.F)
3.- TERMINACIÓN AUTOMÁTICA POR MORA
- Opera solo después de un plazo de gracia (Art. 1152 C. de Co)
- Excepto cuando el seguro lleva mas de dos años ( Art. 1153 C.Co)
4.- CONDICIONA EL INICIO DE LA VIGENCIA TÉCNICA (Art. 1151 C. de Co)
PRIMA
40. OBLIGACIONES DE TOMADOR Y ASEGURADOR
1. Del tomador
– De carácter precontractual:
* Declarar el estado del riesgo
– De carácter contractual:
* Mantener el estado del riesgo
* Pagar la prima
* Cumplir con las garantías
– Con ocasión del siniestro
* Dar aviso de la ocurrencia del siniestro
* Evitar la extensión y propagación del siniestro
– Declarar seguros coexistentes (Art. 1094)
2. Del asegurador
– Entregar la póliza
Pagar la indemnización
Pagar intereses moratorios
41. DECLARACION DEL TOMADOR SOBRE EL ESTADO DEL
RIESGO (Art.1058 C.C.)
– El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos o
circunstancias que determinan el estado del riesgo, según el
cuestionario que le sea propuesto por el asegurador. La reticencia
o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por
el asegurador, lo hubieren retraído de celebrar el contrato, o
inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la
nulidad relativa del seguro.
– Si la declaración no se hace con sujeción a un cuestionario
determinado, la reticencia o la inexactitud producen igual efecto si
el tomador ha encubierto por culpa, hechos o circunstancias que
impliquen agravación objetiva del estado del riesgo.
42. – Si la inexactitud o la reticencia provienen de error inculpable del
tomador, el contrato no será nulo, pero el asegurador sólo estará
obligado, en caso de siniestro, a pagar un porcentaje de la
prestación asegurada, equivalente al que la tarifa o la prima
estipulada en el contrato represente respecto de la tarifa o la prima
adecuada al verdadero estado del riesgo, excepto lo previsto en el
artículo 1160.
– Las sanciones consagradas en este artículo no se aplican si el
asegurador, antes de celebrarse el contrato, ha conocido o debido
conocer los hechos o circunstancias sobre que versan los vicios de
la declaración, o si, ya celebrado el contrato, se allana a subsanarlos
o los acepta expresa o tácitamente.
DECLARACION DEL TOMADOR SOBRE EL ESTADO DEL
RIESGO (Art.1058 C.C.)
43. 1.- La obligación de declarar se hace extensiva al asegurado (Art.
1158)
2.- No existe obligación legal de practicar exámenes médicos
3.- Caducidad del derecho a reducir el valor del seguro por causa de
error pasados dos años de vigencia del seguro (Art. 1160 C. de Co.)
4.- Inexactitud respecto de la edad (Art. 1161 C. de Co)
* Si está fuera de la tarifa: Se aplica 1058
* Si es mayor la real: El seguro se reduce en proporción a la prima
* Si es menor: El seguro aumentará en proporción a la prima
DECLARACION DEL TOMADOR SOBRE EL ESTADO DEL
RIESGO Seguros de Vida – Reglas especiales
44. MANTENIMIENTO DEL ESTADO DEL RIESGO
(Art. 1060 C.C.)
– El asegurado o el tomador, según el caso, están obligados a
mantener el estado del riesgo.
– Cualquiera de los dos deberán notificar por escrito al asegurador los
hechos o circunstancias no previsibles que sobrevengan con
posterioridad a la celebración del contrato y que, conforme al criterio
consignado en el inciso 1º del artículo 1058, signifiquen agravación
del riesgo o variación de su identidad local.
– La notificación se hará con antelación no menor de diez días a la
fecha de la modificación del riesgo, si ésta depende del arbitrio del
asegurado o del tomador. Si le es extraña, dentro de los diez días
siguientes a aquel en que tengan conocimiento de ella, conocimiento
que se presume transcurridos treinta días desde el momento de la
modificación.
45. – Notificada la modificación del riesgo en los términos consignados en
el inciso anterior, el asegurador podrá revocar el contrato o exigir el
reajuste a que haya lugar en el valor de la prima.
– La falta de notificación oportuna produce la terminación del contrato. Y
la mala fe del asegurado o del tomador dará derecho al asegurador a
retener la prima no devengada.
– Esta sanción no será aplicable: Seguros de vida, excepto en cuanto a
los amparos accesorios, a menos de convención en contrario o
cuando el asegurador haya conocido oportunamente la modificación y
consentido en ella.
MANTENIMIENTO DEL ESTADO DEL RIESGO (Art. 1060 C.C.)
46. GARANTIAS EN EL CONTRATO DE SEGURO (ART. 1061 C.C)
1. Origen y modalidades
2. Definición: “Promesa en virtud de la cual el asegurado se obliga a hacer
o no determinada cosa, o a cumplir determinada exigencia, o mediante
la cual afirma o niega la existencia de determinada situación de hecho”
3. Requisitos
Deberá constar en la póliza o en los documentos accesorios a ella
Podrá expresarse en cualquier forma que indique la intención inequívoca
de otorgarla.
Cuando se garantice que el objeto asegurado está "en buen estado" en
un día determinado, bastará que lo esté en cualquier momento de ese
día.
47. 4. Efectos de las garantías
– Sea o no sustancial respecto del riesgo, deberá cumplirse estrictamente –
Limite en el abuso de posición y/o “alguna relación”.
– El contrato será anulable si la garantía debe cumplirse con anterioridad.
– Cuando se refiere a un hecho posterior a la celebración del contrato, el
asegurador podrá darlo por terminado desde el momento de la infracción.
– En seguros colectivos solo afecta la relación del infractor (Art. 1064)
5. Circunstancias que excusan el incumplimiento de la garantía (Art. 1062
C.C.)
– Cuando por virtud del cambio de circunstancias, ella ha dejado de ser
aplicable al contrato.
– Cuando su cumplimiento ha llegado a significar violación de una ley
posterior a la celebración del contrato.
GARANTIAS EN EL CONTRATO DE SEGURO (ART. 1061 C.C)
48. OBLIGACION CONDICIONAL DEL ASEGURADOR - LA
INDEMNIZACION
1. Plazo para el pago: Debe pagarse dentro del mes siguiente a que se
acredite al asegurador ocurrencia y cuantía de la realización del riesgo
asegurado, es decir, el siniestro. (Art. 1080 C.C.)
Este plazo puede ampliarse, por pacto expreso, a 60 días en caso de
seguros cuyo valor asegurado sea superior a 15.000 smlmv y se trate
de seguros de Personas jurídicas. (EOSF Art. 185)
2. Mora en el pago: Causa intereses moratorios correspondientes a una
vez y media el interés bancario corriente. (Art. 1068 C.C.)
49. 3. Formas de pago: A elección del asegurador, la indemnización puede
pagarse en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción
de la cosa asegurada (Art. 1110 C.C.).
4. Cuantía de la indemnización: Como norma general esta será igual al
monto del perjuicio ocurrido y que resulte probado por el asegurado.
En todo caso, el límite máximo será el valor asegurado.
4. Pérdida del derecho a la indemnización: Mala fe en la reclamación
(Inc 2 Art. 1078 C. de Co.)
Seguros de Vida (Art. 1150 de C. de Co)
6. Reducción de la indemnización: Incumplimiento de las obligaciones
derivadas del siniestro. Perjuicios causados al asegurador (Inc 1 Art.
1078 C. de Co.).
OBLIGACION CONDICIONAL DEL ASEGURADOR - LA
INDEMNIZACION
50. MERITO EJECUTIVO DE LA POLIZA DE SEGURO (Art.
1053 C.C.)
1. En los seguros de vida: Valores de cesión o de rescate.
2. En los seguros dotales: En la cobertura de sobrevivencia
3. En caso de que el asegurador dentro del plazo que tiene para pagar la
indemnización, no pague o no objete la reclamación en forma seria y
fundada la póliza de seguro prestará mérito ejecutivo en su contra.
– Lo anterior implica que podrá iniciarse un juicio ejecutivo contra el
asegurador.
– Este es un caso especial previsto por la ley para efectos de sancionar a
las aseguradoras negligentes en el desarrollo de su actividad y en
perjuicio de los clientes.
51. SUBROGACION DEL ASEGURADOR EN LOS DERECHOS
DEL ASEGURADO (Art 1096 C.C.)
1. Definición: El asegurador que pague una indemnización se
subrogará, por ministerio de la ley y hasta concurrencia de su
importe, en los derechos del asegurado contra las personas
responsables del siniestro. Pero éstas podrán oponer al
asegurador las mismas excepciones que pudieren hacer valer
contra el damnificado.
Habrá también lugar a la subrogación en los derechos del
asegurado cuando éste, a título de acreedor, ha contratado el
seguro para proteger su derecho real sobre la cosa asegurada.
52. SUBROGACION DEL ASEGURADOR EN LOS DERECHOS
DEL ASEGURADO
2. Fundamento
Evitar enriquecimiento del asegurado
Evitar enriquecimiento del causante del daño
Restaurar el fondo común de la aseguradora
Evitar enriquecimiento del asegurador (límite cuantitativo dela
subrogación
3. Tipos de subrogación
Legal (Dentro de ésta se encuentra la del Asegurador) Convencional
4. Requisitos
A. Que exista contrato de seguro
B. Que se realice el pago
C. Que el pago sea válido
D. Que la subrogación no esté prohibida
53. 5. Casos en los cuales no opera:
Seguros de Personas (Art. 1139 C. de Co)
Seguros de daños cuando:
El causante del daño da lugar a la responsabilidad del asegurado
(dependientes)
El causante del daño tiene un vinculo familiar con el asegurado.
Pagos por mera liberalidad
6. Características
Opera por ministerio de la ley
Excluye la cesión de derechos
Límite cuantitativo (hasta el importe de lo pagado)
SUBROGACION DEL ASEGURADOR EN LOS DERECHOS
DEL ASEGURADO
54. 7. Prohibición al asegurado de renunciar a derechos contra
terceros
El asegurado no podrá renunciar en ningún momento a sus derechos
contra terceros responsables del siniestro.
El incumplimiento de esta obligación acarreará la pérdida del derecho
a la indemnización.
8. Obligación del asegurado en caso de subrogación
A petición del asegurador, el asegurado deberá hacer todo lo que esté
a su alcance para permitirle el ejercicio de los derechos derivados de
la subrogación.
SUBROGACION DEL ASEGURADOR EN LOS DERECHOS
DEL ASEGURADO
55. REVOCACION UNILATERAL (ART 1071 C.C.)
1. Quien puede realizarla: Cualquiera de los contratantes es libre de
revocar en cualquier momento el contrato cumpliendo con ciertas
condiciones especiales.
2. Cuando y como puede revocarse el contrato: Es necesario
distinguir dos casos:
El asegurador:
Debe enviar noticia escrita al asegurado
No menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del
envío
56. REVOCACION UNILATERAL (ART 1071 C.C.)
El término para la revocatoria del contrato de seguro por parte del
asegurador no podrá reducirse sino previa autorización que, por
razones de interés general, imparta para algún ramo específico la
Superintendencia Bancaria.
El asegurado:
Podrá hacerlo en cualquier momento
Mediante aviso escrito al asegurador.
57. 3. Efectos
Si la hizo el asegurador. Da derecho al asegurado a recuperar la prima no
devengada, o sea, la que corresponde al lapso comprendido entre la fecha
en que comienza a surtir efectos la revocación y la de vencimiento del
contrato.
La devolución se computará de igual modo, si la revocación resulta del
mutuo acuerdo de las partes.
Si la hizo el asegurado. El importe de la prima devengada y el de la
devolución se calcularán tomando en cuenta la tarifa de seguros a corto
plazo.
4. Casos especiales
- Ley 80 de 1993 numeral 19 del artículo 25 : Cuando la garantía prestada
por el contratista consista en póliza expedida por compañía de seguros, "no
expirará por revocatoria unilateral".
- EL SEGURO DE VIDA NO ES REVOCABLE POR EL ASEGURADOR
(1159 C. de Co) – No aplica a los amparos indemnizatorios
REVOCACION UNILATERAL (ART 1071 C.C.)
58. 1. Carácter de la prescripción del contrato de seguro: Es una prescripción
extintiva de toda acción que pueda derivarse del contrato de seguro
2. Clases:
Ordinaria
Termino (2 años)
Desde cuando corre. Desde el momento en que el interesado haya tenido o
debido tener conocimiento del hecho que da base a la acción.
Extraordinaria
Termino (5 años)
Desde cuando corre. Contra toda clase de personas y empezará a contarse
desde el momento en que nace el respectivo derecho.
Nota: Estos términos no pueden ser modificados por las partes
PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL
CONTRATO DE SEGURO
59. 3. Suspensión:
- En favor de incapaces (Ord)
- Presentación de solicitud de conciliación (General)
4.- Interrupción
- Natural: Reconocimiento de la deuda
- Civil: Presentación de la demanda
PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL
CONTRATO DE SEGURO