CONTRATO DE  TRANSPORTE
I. Contrato de transporte de cosas Se dividen en:
II. Contrato de transporte de personas
CONTRATO DE  TRANSPORTE DE COSAS
CONTRATO DE  TRANSPORTE DE COSAS Cargador Porteador Destinatario
Es un contrato oneroso Es un contrato conmutativo Es un contrato  principal
Características: Es un contrato  típico Es un contrato  nominado
Es un contrato  bilateral Es un contrato  consensual
ELEMENTOS PERSONAS: SUJETOS El cargador :   Es la persona que entrega los objetos al porteador para que éste, previa recepción de los mismos, los traslade a un lugar determinado.
El Porteador :   Es la persona que asume la obligación profesionalmente de realizar el transporte de mercancías de un lugar a otro.  El Destinatario :  Es a quien se remiten los efectos u objetos de transporte.
2) ELEMENTOS REALES:   Las Cosas Objeto de Transporte:   La cosa tiene que ser una cosa mueble o semoviente.   El Porte o Flete:   Es el precio que paga el cargador para que el porteador realice el traslado de las mercancías.
CARGADOR PORTEADOR DESTINATARIO COSAS A TRANSPORTAR PORTE O FLETE
 
Contrato de Transporte Terrestre Contrato de Transporte Marítimo Contrato de Transporte Aéreo
La carta de porte, cuya emisión no es obligatoria, una vez extendida representa el título legal del contrato, tiene una utilidad probatoria trascendente.  Las partes pueden exigirse mutuamente la carta de porte.  Tiene dos funciones importantes:  Es el elemento probatorio del contrato. Representa el título de propiedad de la mercadería.  CARTA DE PORTE
Debe contener:  Nombre y domicilio de las partes y demás sujetos intervinientes. Descripción de las cosas a transportar y de su estado. Plazo de entrega. La ruta convenida. Lugar de la entrega,  firma y fecha.
 
CONTRATO DE  TRANSPORTE DE PERSONAS
El contrato de transporte de  personas es aquel que tiene por  objeto el desplazamiento en el  espacio de seres humanos  dotados de inteligencia y  voluntad. A diferencia del contrato de  transporte de cosas, en el  transporte de personas, falta un  elemento característico, que es  la consignación del porteador.  Tampoco se puede desglosar la  figura del acreedor (remitente y  destinatario). El acreedor es en  todo momento el pasajero.
En la celebración del contrato, generalmente, se extiende al pasajero un billete de viaje, en el cual se indica el nombre del pasajero y la ruta por seguir, la hora de partida y llegada, la clase, el precio del pasaje y cualquier otra circunstancia que permita una mejor precisión del billete. El billete de viaje constituye un título de legitimación, y por tanto, siempre es nominativo, no transmisible por endoso ni cesión, y cuya exhibición es necesaria para exigir la prestación del servicio contratado (transporte).
CARACTERISTICAS Puede expresarse verbalmente o mediante la emisión de un documento (pasaje). Partes y sujetos intervinientes. El transportista; y el pasajero, que es quien contrata su propio desplazamiento. Forma y prueba del contrato. El pasaje o billete. Puede ser por vía aérea, terrestre y marítima.
OBLIGACIONES DE LAS  PARTES
Trasladar al pasajero al lugar  de destino.  El traslado debe efectuarse  conforme lo convenido.  En caso de existir disponibilidades  de espacio de asignación previa, el  transportista debe reservar al  pasajero el lugar adquirido y con  las comodidades pactadas o  prometidas.  OBLIGACIONES DEL TRANSPORTISTA
El pago del precio pasaje. El no pago no le quita su calidad  de pasajero, ya que el hecho del transporte le alcanza por encontrarse en el vehículo,  en forma pública.  OBLIGACIONES DEL PASAJERO
El Art. 184 del Código de Comercio, se refiere específicamente  al supuesto de muerte o lesión de un viajero durante el  transporte ferroviario.  Pero la jurisprudencia es unánime en extender analógicamente  la normativa al transporte automotor y subterráneo.  (Artículo 184.- En caso de muerte o lesión de un viajero,  acaecida durante el transporte en ferrocarril, la empresa  estará obligada al pleno resarcimiento de los daños y  perjuicios, no obstante cualquier pacto en contrario, a menos  que pruebe que el accidente provino de fuerza mayor o  sucedió por culpa de la víctima o de un tercero por quien la  empresa no sea civilmente responsable). RESPONSABILIDAD DEL   TRANSPORTISTA
En el ámbito del contrato de transporte, el empresario  se obliga a trasladar al pasajero sano y salvo a destino.  Se trata de una obligación que encierra un deber de seguridad: la indemnidad del viajero.   NATURALEZA DE LA RESPONSABILIDAD
COMIENZO DE LA RESPONSABILIDAD Desde que el pasajero inicia las operaciones de ascenso al vehículo, y hasta finalizar completamente con el descenso, el transportista está sujeto a la normativa en examen.
FACTOR DE ATRIBUCIÓN La responsabilidad del empresario de transporte se basa en la idea del riesgo creado. El Art. 184 del Código de Comercio establece, al igual que el Art. 1113 CC., el principio de responsabilidad objetiva, debiendo responder siempre el transportador por los perjuicios sufridos por la víctima.
ALCANCE DE LA REPARACIÓN Se trata de una reparación integral, comprensiva del daño emergente y el lucro cesante.  También es procedente la reparación del daño moral.  Prescripción de la acción. Las acciones prescriben al año para los transportes realizados dentro del país, y a los dos años para los dirigidos a otro país.
TRANSPORTE BENÉVOLO En los casos en que el hecho del transporte responde a razones de complacencia y desinterés económico por quien lo presta, sin que importe el cumplimiento de convención alguna, nos encontramos frente a transporte benévolo.
I.  TEORÍA CONTRACTUAL. Sostiene que la ejecución del contrato conlleva la  obligación de conducir sano y salvo al pasajero a su lugar  de destino. Al producirse un accidente que lesione al  pasajero, virtualmente no ha cumplido con su obligación  y, por tanto, la responsabilidad surge de la inejecución  del contrato. RESPONSABILIDAD EN LOS ACCIDENTES DE TRANSPORTE DE PERSONAS
II.  TEORÍA DELICTUAL. Parte del principio del hecho ilícito, en el sentido de que todo aquel que cause por su culpa un daño a otro, está obligado a repararlo (art. 1.185 C.C.). Según este criterio, se deben demostrar varios presupuestos: a) el contrato de transporte;  b) el accidente; y  c) la culpa del conductor, que puede ser por  negligencia, impericia o imprudencia. III.  TEORÍA DEL RIESGO. Toda actividad que crea para otro un riesgo, hace  responsable a su autor del daño que él puede causar,  sin necesidad de establecer que ha habido o no falta  de su parte.
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Contrato De Transporte

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    CONTRATO DE TRANSPORTE
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    I. Contrato detransporte de cosas Se dividen en:
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    II. Contrato detransporte de personas
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    CONTRATO DE TRANSPORTE DE COSAS
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    CONTRATO DE TRANSPORTE DE COSAS Cargador Porteador Destinatario
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    Es un contratooneroso Es un contrato conmutativo Es un contrato principal
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    Características: Es uncontrato típico Es un contrato nominado
  • 8.
    Es un contrato bilateral Es un contrato consensual
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    ELEMENTOS PERSONAS: SUJETOSEl cargador : Es la persona que entrega los objetos al porteador para que éste, previa recepción de los mismos, los traslade a un lugar determinado.
  • 10.
    El Porteador : Es la persona que asume la obligación profesionalmente de realizar el transporte de mercancías de un lugar a otro. El Destinatario : Es a quien se remiten los efectos u objetos de transporte.
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    2) ELEMENTOS REALES: Las Cosas Objeto de Transporte: La cosa tiene que ser una cosa mueble o semoviente. El Porte o Flete: Es el precio que paga el cargador para que el porteador realice el traslado de las mercancías.
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    CARGADOR PORTEADOR DESTINATARIOCOSAS A TRANSPORTAR PORTE O FLETE
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    Contrato de TransporteTerrestre Contrato de Transporte Marítimo Contrato de Transporte Aéreo
  • 15.
    La carta deporte, cuya emisión no es obligatoria, una vez extendida representa el título legal del contrato, tiene una utilidad probatoria trascendente. Las partes pueden exigirse mutuamente la carta de porte. Tiene dos funciones importantes: Es el elemento probatorio del contrato. Representa el título de propiedad de la mercadería. CARTA DE PORTE
  • 16.
    Debe contener: Nombre y domicilio de las partes y demás sujetos intervinientes. Descripción de las cosas a transportar y de su estado. Plazo de entrega. La ruta convenida. Lugar de la entrega, firma y fecha.
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    CONTRATO DE TRANSPORTE DE PERSONAS
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    El contrato detransporte de personas es aquel que tiene por objeto el desplazamiento en el espacio de seres humanos dotados de inteligencia y voluntad. A diferencia del contrato de transporte de cosas, en el transporte de personas, falta un elemento característico, que es la consignación del porteador. Tampoco se puede desglosar la figura del acreedor (remitente y destinatario). El acreedor es en todo momento el pasajero.
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    En la celebracióndel contrato, generalmente, se extiende al pasajero un billete de viaje, en el cual se indica el nombre del pasajero y la ruta por seguir, la hora de partida y llegada, la clase, el precio del pasaje y cualquier otra circunstancia que permita una mejor precisión del billete. El billete de viaje constituye un título de legitimación, y por tanto, siempre es nominativo, no transmisible por endoso ni cesión, y cuya exhibición es necesaria para exigir la prestación del servicio contratado (transporte).
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    CARACTERISTICAS Puede expresarseverbalmente o mediante la emisión de un documento (pasaje). Partes y sujetos intervinientes. El transportista; y el pasajero, que es quien contrata su propio desplazamiento. Forma y prueba del contrato. El pasaje o billete. Puede ser por vía aérea, terrestre y marítima.
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    Trasladar al pasajeroal lugar de destino. El traslado debe efectuarse conforme lo convenido. En caso de existir disponibilidades de espacio de asignación previa, el transportista debe reservar al pasajero el lugar adquirido y con las comodidades pactadas o prometidas. OBLIGACIONES DEL TRANSPORTISTA
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    El pago delprecio pasaje. El no pago no le quita su calidad de pasajero, ya que el hecho del transporte le alcanza por encontrarse en el vehículo, en forma pública. OBLIGACIONES DEL PASAJERO
  • 25.
    El Art. 184del Código de Comercio, se refiere específicamente al supuesto de muerte o lesión de un viajero durante el transporte ferroviario. Pero la jurisprudencia es unánime en extender analógicamente la normativa al transporte automotor y subterráneo. (Artículo 184.- En caso de muerte o lesión de un viajero, acaecida durante el transporte en ferrocarril, la empresa estará obligada al pleno resarcimiento de los daños y perjuicios, no obstante cualquier pacto en contrario, a menos que pruebe que el accidente provino de fuerza mayor o sucedió por culpa de la víctima o de un tercero por quien la empresa no sea civilmente responsable). RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA
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    En el ámbitodel contrato de transporte, el empresario se obliga a trasladar al pasajero sano y salvo a destino. Se trata de una obligación que encierra un deber de seguridad: la indemnidad del viajero. NATURALEZA DE LA RESPONSABILIDAD
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    COMIENZO DE LARESPONSABILIDAD Desde que el pasajero inicia las operaciones de ascenso al vehículo, y hasta finalizar completamente con el descenso, el transportista está sujeto a la normativa en examen.
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    FACTOR DE ATRIBUCIÓNLa responsabilidad del empresario de transporte se basa en la idea del riesgo creado. El Art. 184 del Código de Comercio establece, al igual que el Art. 1113 CC., el principio de responsabilidad objetiva, debiendo responder siempre el transportador por los perjuicios sufridos por la víctima.
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    ALCANCE DE LAREPARACIÓN Se trata de una reparación integral, comprensiva del daño emergente y el lucro cesante. También es procedente la reparación del daño moral. Prescripción de la acción. Las acciones prescriben al año para los transportes realizados dentro del país, y a los dos años para los dirigidos a otro país.
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    TRANSPORTE BENÉVOLO Enlos casos en que el hecho del transporte responde a razones de complacencia y desinterés económico por quien lo presta, sin que importe el cumplimiento de convención alguna, nos encontramos frente a transporte benévolo.
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    I. TEORÍACONTRACTUAL. Sostiene que la ejecución del contrato conlleva la obligación de conducir sano y salvo al pasajero a su lugar de destino. Al producirse un accidente que lesione al pasajero, virtualmente no ha cumplido con su obligación y, por tanto, la responsabilidad surge de la inejecución del contrato. RESPONSABILIDAD EN LOS ACCIDENTES DE TRANSPORTE DE PERSONAS
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    II. TEORÍADELICTUAL. Parte del principio del hecho ilícito, en el sentido de que todo aquel que cause por su culpa un daño a otro, está obligado a repararlo (art. 1.185 C.C.). Según este criterio, se deben demostrar varios presupuestos: a) el contrato de transporte; b) el accidente; y c) la culpa del conductor, que puede ser por negligencia, impericia o imprudencia. III. TEORÍA DEL RIESGO. Toda actividad que crea para otro un riesgo, hace responsable a su autor del daño que él puede causar, sin necesidad de establecer que ha habido o no falta de su parte.
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