PARTICIPANTES:
DOCENTE: EDGAR MARIÑO
                         CASTILLO JOSÈ
                         CHIQUITO EDUARDO
                         COLOMBO MARÌA
                         HERRERA ADERSON
                         SALAZAR KARINA
RESEÑA HISTÓRICA DEL CONTROL
                                     FISCAL




Los primeros procedimientos del control fiscal se remontan a la época colonial con la creación de la
Real Hacienda de Venezuela (Coro-1529 ), donde se vigilaba el manejo de los bienes que se
enviaban a la Corona Española y no sobre los bienes del Estado.




El 29 de Abril de 1529 con la primera expedición de los belzares, siendo aún Venezuela Colonia
Española se lleva a cabo en Coro los registros de las cuentas de la Real Hacienda: Tesorero-
Contador-Factor, las funciones eran reglamentadas por Juana la Loca (17- 02-1531). Los oficiales
reales llevaban tres libros (el Común, el General y el de Acuerdos).
RESEÑA HISTÓRICA DEL CONTROL FISCAL




Desde entonces se originaron los siguientes hechos:

24 de Agosto de 1605 Los Tribunales de Cuentas
08 de Diciembre de 1776 La Intendencia de Ejército y Real Hacienda de Venezuela.

25 de Abril de 1810 crea la Secretaría de Hacienda.
15 de Agosto de 1819 se el Ministerio de Hacienda.

08 de Octubre de 1821 se estructura la Tesorería General de la República .
03 de Agosto de 1824 se crean las administraciones de hacienda en cada departamento.

07 de Octubre de 1830 se dicta la Constitución del Estado de Venezuela .
17 de Enero de 1856 se organiza el Ministerio de Hacienda .

20 de Febrero de 1873 Código de Hacienda.
04 de Junio de 1918 Ley Orgánica de Hacienda Nacional.
RANGO CONSTITUCIONAL DEL
                             CONTROL FISCAL EN VENEZUELA


          CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
              Título V De la Organización del Poder Público Nacional,
                         Capítulo IV Del Poder Ciudadano.
                  Sección Cuarta: De la Contraloría General de la República.

“Artículo 287. La Contraloría General de la República es el órgano de control vigilancia y fiscalización
de ingresos, gastos y bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a
los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las
funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control.”

Ver art. 2 LOCGRSNCF


Artículo 288. La Contraloría General de la República estará bajo la dirección y responsabilidad del
Contralor o Contralora General de la República, quien debe ser venezolano o venezolana por
nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años y con probada aptitud y experiencia para el
ejercicio del cargo.

Concordancia Arts. 10 y 11 LOCGRSNCF
 
•   Atribuciones de la Contraloría General de la República. Art. 289 CRBV

•   Organización y Funcionamiento. Art. 290 CRBV

•   Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional. Art. 291 CRBV

•   Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal,

    Título I, Disposiciones Fundamentales, Capítulo I Disposiciones Generales.

•   Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Título IV, De la Organización del Poder Público

    Municipal, Capitulo IV, De la Contraloría Municipal
NUEVO ENFOQUE DEL CONTROL FISCAL COMO SISTEMA




Sistema Nacional de Control Fiscal.
Objetivo del Sistema.
Integrantes del Sistema.
Principios que rigen el Sistema.
Los Órganos Del Sistema.
Concurso Público de los órganos de Control.
Reglamentación de los concursos.
Designación de los titulares OCF.
Excepción.
La Coordinación de los Órganos.
NUEVO ENFOQUE DEL CONTROL FISCAL COMO
                              SISTEMA




•   Control Interno.

•Control Externo.

•Coordinación del Control Interno y el Control Externo.

•El control previo, control concomitante, El control posterior.

•Perspectivas del Control en Nuestro país.
LA NUEVA DIVISIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS EN
                          VENEZUELA.
                      EL PODER CIUDADANO
       Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009).

                                 TÍTULO IV
                           DEL PODER PÚBLICO
                                  Capítulo I
                     De las disposiciones fundamentales
                 Sección primera: disposiciones generales
 Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal,
 el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se
 divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
 Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero
 los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la
 realización de los fines del Estado.
PODER CIUDADANO




La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos 273 y 274

dispone que la Contraloría General de la República, junto con la Defensoría del

Pueblo y el Ministerio Público, son órganos del Poder Ciudadano a los que

corresponde velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público,

prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la

moral administrativa.
ÓRGANOS DEL PODER CIUDADANO
         CONSEJO MORAL REPUBLICANO.




           •   Defensoría del Pueblo



     •   Ministerio Público



•Contraloría General de la República
PODER CIUDADANO.
        ACTIVIDAD PREVENTIVA, EDUCATIVA Y DE
        FOMENTO A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL.



Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo,
de conformidad con esta Constitución y con la ley, prevenir,
investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética
pública y la moral administrativa, velar por la buena gestión y la
legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la
aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad
administrativa del Estado; e, igualmente, promover la
educación como proceso creador de la ciudadanía así como la
solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad
social y el trabajo.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
        QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA




Art. 141 CRBV La Administración Pública está al servicio
 Art. 141 CRBV La Administración Pública está al servicio
de los ciudadanos yyciudadanas yyse fundamenta en los
 de los ciudadanos ciudadanas se fundamenta en los
principios de honestidad, participación, celeridad,
 principios de honestidad, participación, celeridad,
eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de
 eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de
cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la
 cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la
función pública, con sometimiento pleno a la ley yy al
 función pública, con sometimiento pleno a la ley al
derecho.
 derecho.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
          QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA



                               Honestidad
                               Art. 12 LOAP
        Responsabilidad
        en el ejercicio de                         Participación
       la función pública                          Art. 62 CRBV
         Art.139 CRBV


. .
Rendición de                 Principios donde se
   Cuentas                     Fundamenta la                 Celeridad
Art. 14 LOAP                   Administración
                                   Pública


        Transparencia
                                                      Eficacia
        Art. 22 LOAP
                                                   Art. 19 LOAP
        Art. 66 CRBV            Eficiencia
                               Art. 20 LOAP
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
          QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


Art. 10 LOAP La actividad de la Administración Pública se desarrollará con
base    en   los   principios    de   economía,      celeridad,    simplicidad,
rendición    de    cuentas,     eficacia,    eficiencia,     proporcionalidad,
oportunidad, objetividad, imparcialidad, participación, honestidad,
accesibilidad, uniformidad, modernidad, transparencia, buena fe,
paralelismo de la forma y responsabilidad en el ejercicio de la
misma, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, y con supresión de las
formalidades no esenciales. La simplificación de los trámites administrativos, así
como la supresión de los que fueren innecesarios será tarea permanente de los
órganos y entes de la Administración Pública, de conformidad con los principios
y normas que establezca la ley correspondiente.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
          QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA



               Paralelismo       Economía
                                  Economía
                Paralelismo
                 De la
                   De la                          Simplicidad
                                                   Simplicidad
                 forma
                   forma

   Buena fe
    Buena fe                                                 Proporcionalidad
                                                              Proporcionalidad

                               Administración
                                Administración
                                 Pública se
                                  Pública se
                                 Desarrolla
                                  Desarrolla
Modernidad
 Modernidad                     Con base en
                                 Con base en                     Oportunidad
                                                                  Oportunidad




      Uniformidad
       Uniformidad                                        Objetividad
                                                           Objetividad

                      Accesibilidad
                       Accesibilidad     Imparcialidad
                                          Imparcialidad
CONTROL FISCAL Y CIUDADES DIGITALES
        (Gobierno Electrónico)

  “…el intercambio en línea de información gubernamental
 con    ciudadanos,    empresas     y    otros    organismos
 gubernamentales, así como la prestación de servicios a esos
 ciudadanos, empresas y organismos“.
                        The International Organisation of Supreme Audit Institutions (INTOSAI)




  “…es un compromiso permanente del gobierno para
 mejorar la relación entre los ciudadanos y la administración
 pública, mediante el intercambio eficaz y eficiente de
 servicios, información y conocimiento“.
                     División de Economía y administración Pública de Naciones Unidas.




  “…el aprovechamiento de las Tecnologías de Información y
 Comunicación (TIC) para aumentar la inclusión de
 importante sectores de la población a fin de proveer una
 mayor y mejor información, aprovechando los recursos del
 Estado para la atención de la población“.
                          www.gobiernoenlinea.gob.ve/directorioestado/gob_electronico.html
CONTROL FISCAL Y CIUDADES DIGITALES

                 PROPICIAR EL       RACIONALIZACIÓN
                                         DE LAS
                CONTROL SOCIAL
                                     TRAMITACIONES
                                       PÚBLICAS
NUEVO MODELO
  DE ESTADO                                             MÚLTIPLES
                                                         CANALES




TRANSPARENCIA           e-gobierno                     EFICACIA Y
                                                       EFICIENCIA
                           (objetivos)




RENDICIÓN DE                                            CONEXIÓN
  CUENTAS                                                 INTER-
                                                      INSTITUCIONAL
                  ACCESO A           ACCESO A LA
                 BENEFICIOS Y       INFORMACIÓN
                OPORTUNIDADES          PÚBLICA
CONTROL FISCAL Y CIUDADES DIGITALES




   PRO CESOS                    INTERACCIÓ N        VÍNCULOS CON
 GUBERNAMENTAL                     CON LA          O RGANIZACIONE
       ES                        CIUDADANIA               S




•Mejorar la                                    • Gobierno-
eficiencia.                 • Comunicación.    Empresario .

• Gestión de                • Participación.   • Desarrollo de
proceso.                                       comunidades .
                            • Desarrollo de
• Descentralización.        servicios.         • Construcción de redes
                                               asociativas.
CONTROL FISCAL Y CIUDADES DIGITALES

                                      Experiencia Mundial


                 Sistema de                                                 Apoyar soluciones
                                                                           locales: impuestos,
                conectividad                                              atención de la salud,
                   pública                                               servicios públicos 7*24

  ITALIA                                              Noruega

                   Sinergia entre                                        •Declaración de
                  organizaciones:
                                                                         impuestos.
                 gubernamentales,                                        • Facturas electrónicas.
                    privadas, no                                         • Servicio de Registro
                 gubernamentales y
                                                                         Civil.
                    comunitaria

ARGENTINA                                              CHILE


                                                                   INTERACTUA
             •Adquisiciones
                                                                        R
             electrónicas.
             • Ventanilla única.
             • Atención Individual.


 PAISES                                                     INFORMAR
                                                                                  TRANSACCIONA
                                                                                       R
 BAJOS


                                                                       INTEGRAR
CONTROL FISCAL Y CIUDADES DIGITALES




“La premisa es que los gobiernos se auto transformen para
   poder acompañar las nuevas tendencias y demandas
 sociales; y en este sentido poder contar con la capacidad
     necesaria para soportar una creciente y exigente
                  participación ciudadana”
BIBLIOGRAFIA



 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela .
 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del
Sistema Nacional de Control Fiscal.
 Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República y del Sistema Nacional de Control Fiscal
 Ley Orgánica del Poder Ciudadano
 Ley de Contrataciones Públicas. y su Reglamento
 Ley contra la Corrupción
 Ley Orgánica de los Consejos Comunales .
 Decreto No 6.233 con Rango, Valor y fuerza de ley de reforma de
la ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.
Gaceta Oficial No 5891 Extraordinario de fecha julio 2008.
    Cesar Augusto Otero Duno . (2012). Control Fiscal Venezolano.
                        Editorial  Miranda.
  Contraloría General de la República, Revista de Control Fiscal
(Números 155).

Control fiscal y gobierno electronico (1)

  • 1.
    PARTICIPANTES: DOCENTE: EDGAR MARIÑO CASTILLO JOSÈ CHIQUITO EDUARDO COLOMBO MARÌA HERRERA ADERSON SALAZAR KARINA
  • 2.
    RESEÑA HISTÓRICA DELCONTROL FISCAL Los primeros procedimientos del control fiscal se remontan a la época colonial con la creación de la Real Hacienda de Venezuela (Coro-1529 ), donde se vigilaba el manejo de los bienes que se enviaban a la Corona Española y no sobre los bienes del Estado. El 29 de Abril de 1529 con la primera expedición de los belzares, siendo aún Venezuela Colonia Española se lleva a cabo en Coro los registros de las cuentas de la Real Hacienda: Tesorero- Contador-Factor, las funciones eran reglamentadas por Juana la Loca (17- 02-1531). Los oficiales reales llevaban tres libros (el Común, el General y el de Acuerdos).
  • 3.
    RESEÑA HISTÓRICA DELCONTROL FISCAL Desde entonces se originaron los siguientes hechos: 24 de Agosto de 1605 Los Tribunales de Cuentas 08 de Diciembre de 1776 La Intendencia de Ejército y Real Hacienda de Venezuela. 25 de Abril de 1810 crea la Secretaría de Hacienda. 15 de Agosto de 1819 se el Ministerio de Hacienda. 08 de Octubre de 1821 se estructura la Tesorería General de la República . 03 de Agosto de 1824 se crean las administraciones de hacienda en cada departamento. 07 de Octubre de 1830 se dicta la Constitución del Estado de Venezuela . 17 de Enero de 1856 se organiza el Ministerio de Hacienda . 20 de Febrero de 1873 Código de Hacienda. 04 de Junio de 1918 Ley Orgánica de Hacienda Nacional.
  • 4.
    RANGO CONSTITUCIONAL DEL CONTROL FISCAL EN VENEZUELA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Título V De la Organización del Poder Público Nacional, Capítulo IV Del Poder Ciudadano. Sección Cuarta: De la Contraloría General de la República. “Artículo 287. La Contraloría General de la República es el órgano de control vigilancia y fiscalización de ingresos, gastos y bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control.” Ver art. 2 LOCGRSNCF Artículo 288. La Contraloría General de la República estará bajo la dirección y responsabilidad del Contralor o Contralora General de la República, quien debe ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años y con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo. Concordancia Arts. 10 y 11 LOCGRSNCF  
  • 5.
    Atribuciones de la Contraloría General de la República. Art. 289 CRBV • Organización y Funcionamiento. Art. 290 CRBV • Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional. Art. 291 CRBV • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Título I, Disposiciones Fundamentales, Capítulo I Disposiciones Generales. • Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Título IV, De la Organización del Poder Público Municipal, Capitulo IV, De la Contraloría Municipal
  • 6.
    NUEVO ENFOQUE DELCONTROL FISCAL COMO SISTEMA Sistema Nacional de Control Fiscal. Objetivo del Sistema. Integrantes del Sistema. Principios que rigen el Sistema. Los Órganos Del Sistema. Concurso Público de los órganos de Control. Reglamentación de los concursos. Designación de los titulares OCF. Excepción. La Coordinación de los Órganos.
  • 7.
    NUEVO ENFOQUE DELCONTROL FISCAL COMO SISTEMA • Control Interno. •Control Externo. •Coordinación del Control Interno y el Control Externo. •El control previo, control concomitante, El control posterior. •Perspectivas del Control en Nuestro país.
  • 8.
    LA NUEVA DIVISIÓNDE LOS PODERES PÚBLICOS EN VENEZUELA. EL PODER CIUDADANO Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009). TÍTULO IV DEL PODER PÚBLICO Capítulo I De las disposiciones fundamentales Sección primera: disposiciones generales Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.
  • 9.
    PODER CIUDADANO La Constituciónde la República Bolivariana de Venezuela en los artículos 273 y 274 dispone que la Contraloría General de la República, junto con la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público, son órganos del Poder Ciudadano a los que corresponde velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa.
  • 10.
    ÓRGANOS DEL PODERCIUDADANO CONSEJO MORAL REPUBLICANO. • Defensoría del Pueblo • Ministerio Público •Contraloría General de la República
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    PODER CIUDADANO. ACTIVIDAD PREVENTIVA, EDUCATIVA Y DE FOMENTO A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL. Los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo, de conformidad con esta Constitución y con la ley, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa, velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado; e, igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
  • 12.
    PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES YLEGALES QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Art. 141 CRBV La Administración Pública está al servicio Art. 141 CRBV La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos yyciudadanas yyse fundamenta en los de los ciudadanos ciudadanas se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley yy al función pública, con sometimiento pleno a la ley al derecho. derecho.
  • 13.
    PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES YLEGALES QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Honestidad Art. 12 LOAP Responsabilidad en el ejercicio de Participación la función pública Art. 62 CRBV Art.139 CRBV . . Rendición de Principios donde se Cuentas Fundamenta la Celeridad Art. 14 LOAP Administración Pública Transparencia Eficacia Art. 22 LOAP Art. 19 LOAP Art. 66 CRBV Eficiencia Art. 20 LOAP
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    PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES YLEGALES QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Art. 10 LOAP La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia, proporcionalidad, oportunidad, objetividad, imparcialidad, participación, honestidad, accesibilidad, uniformidad, modernidad, transparencia, buena fe, paralelismo de la forma y responsabilidad en el ejercicio de la misma, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, y con supresión de las formalidades no esenciales. La simplificación de los trámites administrativos, así como la supresión de los que fueren innecesarios será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente.
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    PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES YLEGALES QUE RIGEN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Paralelismo Economía Economía Paralelismo De la De la Simplicidad Simplicidad forma forma Buena fe Buena fe Proporcionalidad Proporcionalidad Administración Administración Pública se Pública se Desarrolla Desarrolla Modernidad Modernidad Con base en Con base en Oportunidad Oportunidad Uniformidad Uniformidad Objetividad Objetividad Accesibilidad Accesibilidad Imparcialidad Imparcialidad
  • 16.
    CONTROL FISCAL YCIUDADES DIGITALES (Gobierno Electrónico) “…el intercambio en línea de información gubernamental con ciudadanos, empresas y otros organismos gubernamentales, así como la prestación de servicios a esos ciudadanos, empresas y organismos“. The International Organisation of Supreme Audit Institutions (INTOSAI) “…es un compromiso permanente del gobierno para mejorar la relación entre los ciudadanos y la administración pública, mediante el intercambio eficaz y eficiente de servicios, información y conocimiento“. División de Economía y administración Pública de Naciones Unidas. “…el aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) para aumentar la inclusión de importante sectores de la población a fin de proveer una mayor y mejor información, aprovechando los recursos del Estado para la atención de la población“. www.gobiernoenlinea.gob.ve/directorioestado/gob_electronico.html
  • 17.
    CONTROL FISCAL YCIUDADES DIGITALES PROPICIAR EL RACIONALIZACIÓN DE LAS CONTROL SOCIAL TRAMITACIONES PÚBLICAS NUEVO MODELO DE ESTADO MÚLTIPLES CANALES TRANSPARENCIA e-gobierno EFICACIA Y EFICIENCIA (objetivos) RENDICIÓN DE CONEXIÓN CUENTAS INTER- INSTITUCIONAL ACCESO A ACCESO A LA BENEFICIOS Y INFORMACIÓN OPORTUNIDADES PÚBLICA
  • 18.
    CONTROL FISCAL YCIUDADES DIGITALES PRO CESOS INTERACCIÓ N VÍNCULOS CON GUBERNAMENTAL CON LA O RGANIZACIONE ES CIUDADANIA S •Mejorar la • Gobierno- eficiencia. • Comunicación. Empresario . • Gestión de • Participación. • Desarrollo de proceso. comunidades . • Desarrollo de • Descentralización. servicios. • Construcción de redes asociativas.
  • 19.
    CONTROL FISCAL YCIUDADES DIGITALES Experiencia Mundial Sistema de Apoyar soluciones locales: impuestos, conectividad atención de la salud, pública servicios públicos 7*24 ITALIA Noruega Sinergia entre •Declaración de organizaciones: impuestos. gubernamentales, • Facturas electrónicas. privadas, no • Servicio de Registro gubernamentales y Civil. comunitaria ARGENTINA CHILE INTERACTUA •Adquisiciones R electrónicas. • Ventanilla única. • Atención Individual. PAISES INFORMAR TRANSACCIONA R BAJOS INTEGRAR
  • 20.
    CONTROL FISCAL YCIUDADES DIGITALES “La premisa es que los gobiernos se auto transformen para poder acompañar las nuevas tendencias y demandas sociales; y en este sentido poder contar con la capacidad necesaria para soportar una creciente y exigente participación ciudadana”
  • 21.
    BIBLIOGRAFIA Constitución dela República Bolivariana de Venezuela . Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal Ley Orgánica del Poder Ciudadano Ley de Contrataciones Públicas. y su Reglamento Ley contra la Corrupción Ley Orgánica de los Consejos Comunales . Decreto No 6.233 con Rango, Valor y fuerza de ley de reforma de la ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico. Gaceta Oficial No 5891 Extraordinario de fecha julio 2008. Cesar Augusto Otero Duno . (2012). Control Fiscal Venezolano. Editorial Miranda. Contraloría General de la República, Revista de Control Fiscal (Números 155).