COSTOS Pag. 1 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
CAPITULO V 
COSTOS DE IMPORTACION 
INT RO DUCC IÓN : 
Este tipo de costos se emplean en la compra de bienes importados desde el exterior, a precios y 
condiciones distintas, en moneda extranjera; y los costos son aplicados de acuerdo a los 
procedimientos de los precios basados internacionalmente. 
La interrelación entre el comercio nacional e internacional se gráfica de la siguiente manera: 
MERCADO MERCADO 
DEL 
EXTERIOR NACIONAL 
M edi ant e : 
Banco Banco 
Corresponsal Corresponsal 
CARTA DE CREDITO 
(Letras por Cobrar) 
1. DEFINIC IÓ N DE IM PO RT AC IÓ N : 
La Ley General de Aduanas define la importación como: El régimen aduanero que permite el 
ingreso legal de las mercaderías provenientes del exterior para ser destinadas al consumo. 
Las mercaderías extranjeras se consideran nacionalizadas cuando quedan expeditas para su 
levante, momento en el que culmina el despacho de importación, este régimen permite el ingreso de 
mercaderías del exterior, destinadas al consumo. 
2. T ERM INO S INT ERN ACI O N AL ES DE CO M ERCIO : (incoterms) 
Los INCOTERMS son términos internacionales de comercio que se aplican en la compra – venta 
internacional con la finalidad de señalar el lugar donde el vendedor entregará las mercaderías, 
establecer quienes asumirán determinados costos internacionales (Embalaje, flete interior, flete 
internacional, seguro de transporte, derechos de impuesto), señalar las obligaciones, riesgos y 
responsabilidades que asumen las partes contratantes e incidir en las cotizaciones internacionales. 
La palabra INCOTERM, viene de la contracción del inglés de: Internacional Comercial Terms 
(Términos de Comercio Internacional). Los INCOTERMS nacen en los usos y costumbres 
internacionales de comercio, fueron recopilados por la Cámara de Comercio Internacional de París y 
publicados por primera vez en 1936. La última revisión es del año 2000. 
 Los INCO TER MS : 
Reg u lan : 
· La distribución de Documentos. 
· Las Condiciones de entrega de la mercancía. 
· La distribución de costos de la operación. 
· La distribución de riesgos de la operación. 
PE RO No r eg u l a n : 
· La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los INCOTERMS. 
· La forma de pago de la operación. 
 Finalidad de L o s I nco t er m s :
COSTOS Pag. 2 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
Señalar el lugar donde el 
vendedor entregará la 
mercancía 
¿Quién asumirá determinados costos 
adicionales? 
Embalaje, fletes interior, flete 
internacional; seguro de transporte; 
derechos e impuestos. 
Finalidad de 
Los INCOTERMS 
Señalar las obligaciones, 
riesgos y responsabilidades 
que asumen las partes 
contratantes. 
Inciden en las 
cotizaciones 
internacionales. 
 Clasific ación d e los In cot erms , (Folleto CCI – 2000) 
E l t é r min o “ E ” : El vendedor se limita a poner las mercancías a disposición del comprador en 
el lugar acordado normalmente en su propio local (en el domicilio del v e n d e d o r ). En cuanto al 
uso del FCA, se agrega que se hará uso de dicho término «(...)siempre que el vendedor 
consienta cargar a su coste y riesgo». EXW 
EX W E x W o r k s : Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a 
disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es 
decir, taller, fábrica, almacén etc.) sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo 
receptor. 
Este término define así, la menor obligación del vendedor, debiendo el comprador asumir todos 
los costes y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor. 
Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las 
formalidades de exportación, ni directa ni indirectamente. En tales circunstancias debería 
emplearse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo. 
Los té r min o s “ F ” : Al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un 
transportista designado por el comprador (FCA, FAS, FOB). 
F C A F r ee C A r r i er “ F r an c o T r ansp o r t ista : «Franco Transportista» significa 
que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista 
nombrado por el comprador en el lugar convenido. 
Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga 
de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es 
responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es 
responsable de la descarga.. 
F A S F r e e A lo n gside S h i p : FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE ( ... puerto de carga 
convenido ) 
«Franco al Costado del Buque» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía 
es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador 
ha de soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel 
momento. El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación.
COSTOS Pag. 3 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
Los T é r min o s “ C” :(contratos de salida concluidos con el embarque), según los cuales 
el vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de 
las mercancías o de costes adicionales originados por hechos ocurridos después de la 
carga y despacho (CFR, CIF, CPT y CIP). En la introducción y aplicación de los nuevos 
Incoterms 2000, se indica y precisa con mucha objetividad. Señala que los términos «C» no 
deben incluir otras responsabilidades diferentes al pago del flete y al pago del seguro porque 
están en la categoría de contratos de embarque. 
CF R Co st and FR eigh t : CO ST E Y FL ET E ( ... pu ert o de dest ino con v enid o ) 
«Coste y Flete» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la 
borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costes y el flete 
necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o 
daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después 
del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. El término CFR exige al 
vendedor el despacho aduanero de la mercancía para la exportación. Este término puede ser 
utilizado para el transporte por mar o por vías negociables interiores. Si las partes no desean que 
la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en que sobrepasa la borda del buque, 
debe usarse el término CPT. 
CIF Co st, In sur a n ce an d F r eigh t : CO S T E , SE G URO Y F L E T E ( … p u e 
r t o d e d e stin o 
con v enid o ) 
«Coste, Seguro y Flete» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía 
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar 
los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido. En 
condiciones CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos 
del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. 
L o s T érmin o s “ D” : Se utilizan para contratos de LLEGADA, y son DES, DEQ, DDU, DDP 
DAF Delivery At Frontier ENTREGADA EN FRONTERA ( ... lugar convenido 
) 
Entregadas en Frontera» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es 
puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no 
descargados, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de la aduana fronteriza 
del país colindante, debiendo estar la mercancía despachada de exportación pero no de 
importación. 
Los nuevos INCOTERMS 2000 aclaran que la mercancía debe entregarse no descargada antes del 
despacho de importación. Si se desea asumir la responsabilidad de la descarga, incluyendo riesgos y 
costes, debe indicarse en el contrato de compraventa. El cuadro siguiente expone esta clasificación 
de los términos comerciales a utilizarse desde el 1° de enero del 2000 en todos los contratos de 
compraventa a nivel internacional. 
INCOTERMS 2000 CLASIFICACION 
GRUPO E EXW En Fabrica ( ... lugar designado) 
Se usa para contratos de SALIDA FCA 
GRUPO F 
Transporte principal no pagado 
FAS 
FOB 
Franco al costado del buque ( ... puerto de carga convenido) 
Franco a bordo ( ... puerto de carga convenido) 
GRUPO C 
Transporte principal 
CFR 
CIF 
CPT 
CIP 
Coste y flete ( ... puerto de destino convenido) 
Coste, seguro y flete ( ... puerto de destino Convenido) 
Transporte pagado hasta ( ... lugar de destino Convenido) 
Transporte y seguro pagado hasta ( ... lugar de destino 
convenido) 
GRUPO D CFR Entregada en frontera ( ... lugar convenido) 
Se usa para contratos de LLEGADA DES 
DEQ 
DDU 
DDP 
Entregada sobre buque ( ... puerto de destino convenido) 
Entregada en muelle ( ... puerto de destino convenido) 
Entregada derechos no pagados ( ... lugar de destino 
convenido) 
Entregada derechos pagados ( ... lugar de destino convenido
COSTOS Pag. 4 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
 Sign ificado d e los In cot er ms 
INCOTERMS SIGLAS LUGAR DE ENTREGA 
DE LA MERCANCÍA 
1. EX WORRKS EXW En Fábrica ...(el lugar convenido) 
2. FREE CARRIER FCA Franco Transportista ....(lugar convenido) 
3. FREE ALONG SIDE SHIP FAS Franco al costado del buque. 
...(puerto de embarque convenido) 
4. FREE ON BOARD FOB Franco a bordo ...(puerto de embarque convenido) 
5. COST AND FREIGHT CFR Coste y Flete ....(puerto de destino convenido) 
6. COST, INSURANGE AND FREIGHT CIF Costo, Seguro y Flete ....(puerto de destino convenido) 
7. CARRIAGE PAID TO CPT Transporte pagado hasta. ...(lugar de destino convenido) 
8. CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO CIP Transporte y seguro pagados hasta..(lugar de destino convenido) 
9. DELIVERED AT FRONTIER DAF Entregada en frontera...(lugar de entrega convenido) 
10. DELIVERED EX SHIP DES Entregada sobre buque...(puerto convenido) 
11. DELIVERED EX QUAT (DUTY PAID) DEQ Entrega sobre muelle con derechos pagados 
...(puerto de destino convenido) 
12. DELIVERED DUTY UNPAID DDU Entregada, derechos no pagados...(lugar de destino convenido) 
13. DELIVERED DUTY PAID DDP Entregado libre de derechos...(lugar de destino convenido) 
Los más usuales son FOB, C&F y CIF 
A continuación se detallan las condiciones que intervienen en la importación: 
1. Co sto C.O .D. 
CASH ON DELIVERY, significa pago a contra entrega 
El costo COD determina la mercadería puesta en tienda del exportador, afrontando por cuenta 
del comprador todos los gastos de flete interno, embarco, derechos de flete marítimo o aéreo 
hasta puerto de destino. 
2. Co sto F. A.S. 
FREE ALONG SIDE SHIP, significa libre hasta el lado del barco. 
El vendedor (exportador) se compromete a trasladar las mercaderías y/o bienes hasta 
puerto de embarque (mercadería al costado del buque), corriendo por cuenta del comprador 
todos los demás gastos. 
3. Co sto F.O .B. 
FREE ON BOARD, significa libre hasta dentro del barco. 
En este caso el vendedor se compromete a embarcar la mercadería en un vapor o 
avión, listo para su viaje al lugar de destino, (mercadería puesta a bordo del buque), sin 
pagar flete ni seguro. 
4. Co sto CFR 
COST AND FREIGHT, significa costo, y flete. 
El importador paga el costo y el flete, más no el seguro, la cotización se considera hasta 
el puerto de destino o llegada (mercadería puesta en puerto de destino sin seguro. 
5. Co sto CIF 
COST INSURE AND FREIGHT, significa costo, seguro y flete. 
La mercadería es puesta en el puerto de destino a la orden del comprador (mercadería 
puesta en puerto de destino asegurado) con entera responsabilidad del vendedor.
COSTOS Pag. 5 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
El costo de importación se calcula en dos etapas: 
· Una, en moneda extranjera donde permite aplicarle algunos gastos o derechos. 
· O tr a , en moneda nacional; permite los recargos de impuestos, derechos arancelarios 
y otros recargos en moneda nacional. 
4. AR ANC ELE S: 
· Teoría d e los A ranc eles : 
El Libre Comercio beneficia a todos los países que participan en él. Dados los beneficios 
mutuos derivados del libre comercio, uno esperaría que el flujo de comercio de bienes a través 
de las fronteras nacionales estuviera libre de interferencias gubernamentales. Sin embargo, por 
cientos de años las naciones del mundo han impedido el libre flujo del comercio internacional a 
través de varios instrumentos, tales como aranceles, cuotas, reglas y procedimientos técnicos o 
administrativos, y control de cambios, tales políticas diseñadas para afectar las relaciones 
comerciales de un país con el resto del mundo, generalmente se conocen como políticas 
comerciales y, en general están influenciadas por consideraciones políticas, sociológicas y 
económicas. 
- Clases de Aranceles 
El arancel es un impuesto, o gravamen que se impone sobre un bien cuando cruza una 
frontera nacional. El arancel más común es el arancel a las importaciones, es decir, el 
arancel que se establece sobre un bien importado. Un arancel menos común es el arancel a 
las exportaciones, es decir, el arancel que se impone sobre un bien exportado. 
En general se puede imponer aranceles en cualquiera de las tres modalidades: 
· Arancel Ad-valorem: 
Este impuesto o gravamen se especifica legalmente como un porcentaje fijo del valor del 
bien importado. 
Por Ejemplo: si un país establece una tasa arancelaria advalorem del 5% sobre las 
importaciones de determinada mercadería, entonces por una importación de $ 10 000,00 
el importador debería de pagar a la Aduana un arancel de $ 500,00. 
· Arancel Específico: 
Este impuesto se especifica legalmente como una cantidad fija de dinero por unidad 
física importada. 
Por Ejemplo: Un país puede exigir al importador abonar un impuesto de $ 1 000,00 por 
la adquisición de un automóvil extranjero independientemente del valor total del 
Vehículo. 
· Arancel compuesto: 
Este es una combinación de un arancel ad-valorem y un arancel específico. 
Por Ejemplo: El importador de un producto adquirido en el exterior se le puede exigir 
pagar una cantidad fija de $ 200,00 más el 5% del valor del Automóvil.
COSTOS Pag. 6 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
5. T RIBUTO S Q UE G R AV AN L A IM PO RT ACIO N D E BI ENE S : 
TASAS BASE DE CALCULO 
0% , 9%, 17% 
Valor CIF de los bienes a 
Importarse 
TRIBUTOS 
ARANCELARIOS 
SOBRE TASAS ESPECIALES PARA 
CIERTOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS 
5% 
TASA BASE DE CALCULO 
IMPUESTO 
GENERAL A LAS 
VENTAS I.G.V. 
18% Σ VALOR CIF + DERECHOS AD VALOREM 
TASA BASE DE CALCULO IMPUESTO DE 
PROMOCION 
MUNICIPAL 
(I.P.M.) 
2% Σ VALOR CIF + DERECHOS AD VALOREM 
PRODUCTO TASA BASE DE CALCULO 
Licores, 
Vehículos 
(Según Clase) 
MIN 20% 
MAX 250% 
MIN 0% 
MAX 80 -100% 
Σ valor CIF + Derecho Ad Valorem 
IMPUESTO 
SELECTIVO AL 
CONSUMO 
(I.S.C.) 
COMBUSTIBLES 
(Según clase) 
MIN 1% 
MAX 100-140% 
NÚMERO DE GALONES 
CERVEZA MIN 25% 
MAX 100% 
NÚMERO DE LITROS 
CIGARRILLOS 
GASEOSAS Y 
AGUAS MINERALES 
MIN 50% 
MAX 100% 
MIN 1% 
MAX 150% 
(Σ Valor CIF + Der. Ad.) x Factor en 
Valorem 
Importación 
DERECHOS 
ESPECÍFICOS 
VARIABLES 
PRODUCTOS MONTO 
LECHE, TRIGO, ARROZ 
AZUCAR Y MAIZ 
US$ x TONELADAS MÉTRICAS 
SEGÚN TABLAS ADUANERAS 
6. TR ÁM IT ES P AR A IM PO RT ACIÓ N Y E XPO RT AC IÓ N : 
ESQUEMA DE UNA COMPRA – VENTA INTERNACIONAL 
SOLICITUD DE 
COTIZACIÓN 
(comprador) 
COTIZACIÓN 
OFERTA INICIAL 
(vendedor) 
ACEPTACIÓN 
NACIMIENTO 
DEL 
CONTRATO 
PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN 
A LA COTIZACIÓN 
(CONTRAOFERTA) (comprador) 
OBLIGACIÓN 
DEL 
VENDEDOR 
- Entrega de mercadería 
- Trans. de Propiedad 
- Entrega de Documentos 
PROPUESTA PARCIAL 
DE ACEPTACIÓN 
(2da. CONTRAOFERTA) 
(vendedor) 
OBLIGACIÓN 
DEL 
COMPRADOR 
- Pagar precio 
- Recepcionar mercadería 
EJECUCIÓN 
DEL 
CONTRATO
COSTOS Pag. 7 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
EJ ERCICIO 01 
Da t o s : 
D E T E R M I N A C I Ó N D E C O S T O DE I M P O R T A C I Ó N 
(Bajo el costo por operaciones múltiples) 
Unidades compradas – Lote de importación Nº 020-2012 
ARTICULO UNIDAD DE 
MEDIDA 
PESO BRUTO 
CANTIDAD 
UNIDADES COSTO UNITARIO 
(FOB) 
A 
B 
C 
D 
PIEZA 
PIEZA 
PIEZA 
PIEZA 
40,000 Kgs. 
45,000 Kgs. 
8,000 Kgs. 
6,000 Kgs. 
2,000 
1,500 
800 
4,000 
US$ 
100.00 
140.00 
70.00 
30.00 
· FLETE PAGADO : US$ 40,00 por TM (1 tonelada métrica = 1 000 Kg.) 
· SEGURO : 0,04% sobre el valor C&F 
· DERECHO AD-VALOREM : 25% sobre el CIF, en moneda nacional 
· IGV : 18% sobre el valor CIF + Derecho Ad-valorem 
· DESCARGA : 12.00 nuevos soles por TM 
· INSPECCION : 1% sobre el CIF, en moneda nacional 
· AGENTE DE ADUANAS Y 
OTROS GASTOS DE ADUANA : 0,5% (CIF + los demás gastos- hasta Inspección) 
· TRANSPORTE Y ACARREO : US$ 15,00 por TM 
· COMISION POR CARTA DE CREDITO : Vencimiento a los 180 días del embarque: 
3% del valor FOB 
· INTERES : 8% anual sobre el valor FOB – 180 días del embarque 
· TIPO DE CAMBIO : 2,27 nuevos soles por 1 US$. 
DESARROLLO: 
La hoja de costo de importación debe estructurarse en forma columnada, con los siguientes 
datos: (1) Artículos 
(2) Unidad de medida 
(3) Peso bruto 
(4) Cantidad en unidades 
(5) Precios unitarios 
(6) Valor FOB 
(7) Flete 
(8) Valor C&F 
(9) Seguro 
(10) Valor CIF en US$ 
(11) Valor CIF en moneda nacional 
(12) Derecho Ad_valorem 
(13) Descarga 
(14) Inspección 
(15) IGV 
(16) Agente de Aduana y otros 
(17) Intereses 
(18) Carta de Crédito 
(19) Transporte y Acarreo 
(20) Costo Total para efectos de caja 
(21) Costos deducibles sin efectos en inventarios 
(22) Costo total para efectos de inventarios 
(23) Costo por unidad comprada
COSTOS Pag. 8 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) 
Artículos Unidad de 
Medida 
Peso Bruto Cantidad en 
Unidades 
Precios 
Unitarios 
VALOR 
VALOR 
FOB 
FLETE VALOR 
CRF 
SEGURO VALOR CIF EN 
US$ 
VALOR CIF EN 
S/. 
DERECHO 
AD-VALOREM 
A 
B 
C 
D 
PIEZA 
PIEZA 
PIEZA 
PIEZA 
40,000 Kgs 
45,000 Kgs 
8,000 Kgs 
6,000 Kgs 
2,000 
1,500 
800 
4,000 
US$ 
100,00 
140,00 
70,00 
30,00 
US$ 
200,000 
210,000 
56,000 
120,000 
US$ 
1,600.00 
1,800.00 
320.00 
240.00 
US$ 
201,600 
211,800 
56,320 
120,240 
US$ 
80.64 
84.72 
22.53 
48.10 
US$ 
201,680.64 
211,884.72 
56,342.53 
120,288.10 
S/. 
457,815.05 
480,978.31 
127,897.54 
273,053.99 
S/. 
114,453.76 
120,244.58 
31,974.39 
68,263.50 
586,000 3,960.00 589,960 235.99 590,195.99 1´339,744.89 334,936.23 
(13) (14) (15) (16) (17) (18) (19) (20) (21) (22) (23) 
IGV. DESCARGA INSPECCIÓN AGENTE DE 
ADUANA Y 
OTROS 
INTERESES CARTA DE 
CRÉDITO 
TRANSPORTE 
Y ACARREO 
COSTO TOTAL 
PARA 
EFECTOS DE 
CAJA 
COSTOS 
DEDUCIBLES SIN 
EFECTOS EN 
INVENTARIOS 
COSTO TOTAL 
PARA 
EFECTOS EN 
INVENTARIOS 
COSTO POR 
UNIDAD 
COMPRADA 
S/. 
103,008.39 
108,220.12 
28,776.95 
61,437.15 
S/. 
480.00 
540.00 
96.00 
72.00 
S/. 
4,578.15 
4,809.78 
1,278.98 
2,730.54 
S/. 
3,401.68 
3,573.96 
950.12 
2,027.79 
S/. 
18,160.00 
19,068.00 
5,084.80 
10,896.00 
S/. 
13,620.00 
14,301.00 
3,814.00 
8,172.00 
S/. 
1,362.00 
1,532.25 
272.40 
204.30 
S/. 
716,879.03 
753,268.00 
200,145.18 
426,857.27 
S/. 
121,168.39 
127,288.12 
33,861.75 
72,333.15 
S/. 
595,710.64 
625,979.88 
166,283.43 
354,524.12 
S/. 
297.86 
417.32 
207.85 
88.63 
301,442.61 1,188.00 13,397.45 9,953.55 53,208.80 39,907.00 3,370.95 2´097,149.48 354,651.41 1´742,498.07
COSTOS Pag. 9 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
L EYENDA: 
(1) (2) (3) (4) (5) = Datos en el enunciado 
(6) = (4) x (5) 
(7) = Si 1 TM = 1,000 Kgs = 4 , 0 0 0 (3 ) = 40 TM x US$ 40.00 = 1,600.00 sucesivamente 
1,000 Kgs 
(8) = (6) + (7) 
(9) = (8) x 0 .04 
100 
(10) = (8) + (9) 
(11) = (10) x T/C Venta 2.27 
(12) = (11) x 25 
100 
(13) = (11) + (12) x 18 
100 
(14) = 4 0 , 0 0 0 K g s = (40 TM x S/. 12.00) = 480.00 sucesivamente 
1,000 = 1 TM 
(15) = (11) x 1 
100 
(16) = (11) + (12) + (13) + (14) + (15) x 0 .5 
100 
(17) = (6) x 8 x 180 x T/C Venta 
100 360 
(18) = (6) x 3 x TC. Venta 
100 
(19) = TM x US$ 15.00 x TC. Venta : 40 , 0 0 0 Kgs = 40 TM x US$ 15.00 x T/C 2.27 
1,000 Kgs 
= 1,362.00, sucesivamente 
(20) = (11) + (12) + (13) + (14) + (15) + (16) + (17) + (18) + (19) 
(21) = (13) + (17) 
(22) = (20) – (21) 
(23) = (22) / ( 4)
COSTOS Pag. 10 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
EJ ERCICIO 0 2 
Da t o s : 
D E T E R M I N A C I Ó N D E C O S T O DE I M P O R T A C I Ó N 
(Bajo el costo por operaciones múltiples) 
Unidades compradas – Lote de importación Nº 0356-2012 
Para el siguiente ejercicio se usa el término COD (Cash on Delivery) pago contra entrega en 
la tienda del exportador. 
ARTICULO UNIDAD DE 
MEDIDA 
CANTIDAD PESO BRUTO PRECIO 
UNITARIO 
DCTO. 4% 
FIJO 
01 
02 
03 
Unidad 
Unidad 
Unidad 
30 Unidades 
40 Unidades 
180 Unidades 
720 Kgs. 
230 Kgs. 
620 Kgs. 
$ 
500.00 
320.00 
450.00 
· DESCUENTO DE COMPRA : 4 % FIJO Sobre el valor de la compra 
· EMBALAJE : $ 5.00 x Kilo 
· SEGURO : 1.5% sobre FOB 
· FLETE PAGADO : $ 3.00 x Kilo. 
· ADICIONAL SOBRETASA : 4 % de CIF 
· DERECHO ESPECIFICO : S/. 20.00 x Kilo 
· DERECHO AD-VALOREM : 25% sobre el CIF, en moneda nacional 
· IGV. : Operación exonerada 
· COMISIÓN AGENTE ADUANA : 1% Costo total + derechos 
· TRANSPORTE Y ACARREO : S/. 6.00 x Kilo.
COSTOS Pag. 11 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
SEGUNDO EJEMPLO DE COSTOS DE IMPORTACIÓN 
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) 
ITEM CANTIDAD PRECIO 
UNITARIO 
COSTO DE 
LISTA 
DCTO. 4% 
FIJO 
COSTO NETO 
C.O.D. 
EMBALAJE TARIFA: 
$ 5.00 x KILO 
COSTO DE 
EMBALAJE 
COSTO 
F.O.B 
01 
02 
03 
30 Unid 
40 Unid 
180 Unid 
$ 
500.00 
320.00 
450.00 
$ 
15,000.00 
12,800.00 
81,000.00 
$ 
600.00 
512.00 
3,240.00 
$ 
14,400.00 
12,288.00 
77,760.00 
$ 
720 Kgs. 
230 Kgs. 
620 Kgs. 
$ 
3,600.00 
1,150.00 
3,100.00 
18,000.00 
13,438.00 
80,860.00 
1,270.00 108,800.00 4,352.00 104,448.00 1,570 Kgs. 7,850.00 112,298.00 
(10) (11) (11-A ) (12) (13) (14) (15) (16) (17) 
SEGURO 
FLETE -TARIFA: 
COSTO DEL 
COSTO CIF. ADICIONAL 
1.5%. 
$ 3.00 x KG. 
FLETE 
SOBRETASA 
4.% 
COSTO 
TOTAL EN 
US$ 
COSTO CIF. 
EN S/. 
T/C 2.70 
ADICIONAL 
SOBRETASA 
4% 
COSTO 
TOTAL EN 
SOLES 
$ 
270.00 
202.00 
1,213.00 
$ 
720 Kgs. 
230 Kgs. 
620 Kgs. 
$ 
2,160.00 
690.00 
1,860.00 
$ 
20,430.00 
14,330.00 
83,933.00 
$ 
817.20 
573.20 
3,357.32 
$ 
21,247.20 
14,903.20 
87,290.32 
S/. 
55,161.00 
38,691.00 
226,619.10 
S/. 
2,206.44 
1,547.64 
9,064.76 
S/. 
57,367.44 
40,238.64 
235,683.86 
1,685.00 1,570 kgs. 4,710.00 118,693.00 4,747.72 123,440.72 320,471.10 12,818.84 333,289.94 
(18) (18 - A) (19) (20) (21) (22) (23) (24) 
DERECH. DE IMPORTACIÓN 
IMPUESTO AD-VALOREM 
DERECH. ESPECÍFICO 
S/. 20.00 x KG. 
20% SOBRE CIF 
COMISIÓN 
AGENTE 
ADUANA 
1% CIF. 
ACARREO 
S/. 6,00 x 
kg. 
COSTO TOTAL 
DE 
IMPORTACIÓN 
COSTO UNITARIO 
CANTIDAD 
CADA UNO 
720 Kgs 
230 Kgs 
620 Kgs 
S/. 
14,400.00 
4,600.00 
12,400.00 
S/. 
11,032.20 
7,738.20 
45,323.82 
S/. 
551.61 
386.91 
2,266.19 
S/. 
4,320.00 
1,380.00 
3,720.00 
S/. 
87,671.25 
54,343.75 
299,393.88 
30 
40 
180 
-------- 
-------- 
-------- 
S/. 
2,922.38 
1,358.59 
1,663.30 
1,570 Kgs. 31,400.00 64,094.22 3,204.71 9,420.00 441,408.88
COSTOS Pag. 12 – C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 
L EYENDA: 
(1), (2), (3) son Datos 
(4) = (2) x (3) 
(5) = (4) x 4 
100 
(6) = (4) – (5) 
(7) = Embalaje US$ 5.00 por cada Kg. 
(8) = (7) x US$ 5.00 
(9) = (6) x (8) 
(10) = (9) x 1 .5 
100 
(11 A) = Flete US$ 3.00 por cada Kgm. (11) x US$ 3.00 
(12) = (9) + (10) + (11A) 
(13) = (12) x 4 
100 
(14) = (12) + (13) 
(15) = (12) x T/C Venta 2.27 
(16) = (13) x T/C Venta 2.27 ó también (15) x 4 
100 
(17) = (15) + (16) 
(18 A) = Derecho de importación S/.20.00 por cada Kgm [ (18) x S/. 20.00] 
(19) = (15) x 20 
100 
(20) = [(17) + (18 A) + (19) ] X 1 
100 
(21) = Costo por acarreo S/. 6.00 por cada Kgm. [ (18) x S/.6.00) ] 
(22) = (17) + (18 A) + (19) + (20) + (21) 
(23) = ( 2 ) 
(24) = (22) / (23)

Costos de importacin separata

  • 1.
    COSTOS Pag. 1– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor CAPITULO V COSTOS DE IMPORTACION INT RO DUCC IÓN : Este tipo de costos se emplean en la compra de bienes importados desde el exterior, a precios y condiciones distintas, en moneda extranjera; y los costos son aplicados de acuerdo a los procedimientos de los precios basados internacionalmente. La interrelación entre el comercio nacional e internacional se gráfica de la siguiente manera: MERCADO MERCADO DEL EXTERIOR NACIONAL M edi ant e : Banco Banco Corresponsal Corresponsal CARTA DE CREDITO (Letras por Cobrar) 1. DEFINIC IÓ N DE IM PO RT AC IÓ N : La Ley General de Aduanas define la importación como: El régimen aduanero que permite el ingreso legal de las mercaderías provenientes del exterior para ser destinadas al consumo. Las mercaderías extranjeras se consideran nacionalizadas cuando quedan expeditas para su levante, momento en el que culmina el despacho de importación, este régimen permite el ingreso de mercaderías del exterior, destinadas al consumo. 2. T ERM INO S INT ERN ACI O N AL ES DE CO M ERCIO : (incoterms) Los INCOTERMS son términos internacionales de comercio que se aplican en la compra – venta internacional con la finalidad de señalar el lugar donde el vendedor entregará las mercaderías, establecer quienes asumirán determinados costos internacionales (Embalaje, flete interior, flete internacional, seguro de transporte, derechos de impuesto), señalar las obligaciones, riesgos y responsabilidades que asumen las partes contratantes e incidir en las cotizaciones internacionales. La palabra INCOTERM, viene de la contracción del inglés de: Internacional Comercial Terms (Términos de Comercio Internacional). Los INCOTERMS nacen en los usos y costumbres internacionales de comercio, fueron recopilados por la Cámara de Comercio Internacional de París y publicados por primera vez en 1936. La última revisión es del año 2000.  Los INCO TER MS : Reg u lan : · La distribución de Documentos. · Las Condiciones de entrega de la mercancía. · La distribución de costos de la operación. · La distribución de riesgos de la operación. PE RO No r eg u l a n : · La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los INCOTERMS. · La forma de pago de la operación.  Finalidad de L o s I nco t er m s :
  • 2.
    COSTOS Pag. 2– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor Señalar el lugar donde el vendedor entregará la mercancía ¿Quién asumirá determinados costos adicionales? Embalaje, fletes interior, flete internacional; seguro de transporte; derechos e impuestos. Finalidad de Los INCOTERMS Señalar las obligaciones, riesgos y responsabilidades que asumen las partes contratantes. Inciden en las cotizaciones internacionales.  Clasific ación d e los In cot erms , (Folleto CCI – 2000) E l t é r min o “ E ” : El vendedor se limita a poner las mercancías a disposición del comprador en el lugar acordado normalmente en su propio local (en el domicilio del v e n d e d o r ). En cuanto al uso del FCA, se agrega que se hará uso de dicho término «(...)siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo». EXW EX W E x W o r k s : Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén etc.) sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor. Este término define así, la menor obligación del vendedor, debiendo el comprador asumir todos los costes y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor. Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las formalidades de exportación, ni directa ni indirectamente. En tales circunstancias debería emplearse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su coste y riesgo. Los té r min o s “ F ” : Al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un transportista designado por el comprador (FCA, FAS, FOB). F C A F r ee C A r r i er “ F r an c o T r ansp o r t ista : «Franco Transportista» significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.. F A S F r e e A lo n gside S h i p : FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE ( ... puerto de carga convenido ) «Franco al Costado del Buque» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde aquel momento. El término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación.
  • 3.
    COSTOS Pag. 3– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor Los T é r min o s “ C” :(contratos de salida concluidos con el embarque), según los cuales el vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de las mercancías o de costes adicionales originados por hechos ocurridos después de la carga y despacho (CFR, CIF, CPT y CIP). En la introducción y aplicación de los nuevos Incoterms 2000, se indica y precisa con mucha objetividad. Señala que los términos «C» no deben incluir otras responsabilidades diferentes al pago del flete y al pago del seguro porque están en la categoría de contratos de embarque. CF R Co st and FR eigh t : CO ST E Y FL ET E ( ... pu ert o de dest ino con v enid o ) «Coste y Flete» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional debido a sucesos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. El término CFR exige al vendedor el despacho aduanero de la mercancía para la exportación. Este término puede ser utilizado para el transporte por mar o por vías negociables interiores. Si las partes no desean que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento en que sobrepasa la borda del buque, debe usarse el término CPT. CIF Co st, In sur a n ce an d F r eigh t : CO S T E , SE G URO Y F L E T E ( … p u e r t o d e d e stin o con v enid o ) «Coste, Seguro y Flete» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido. En condiciones CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. L o s T érmin o s “ D” : Se utilizan para contratos de LLEGADA, y son DES, DEQ, DDU, DDP DAF Delivery At Frontier ENTREGADA EN FRONTERA ( ... lugar convenido ) Entregadas en Frontera» significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no descargados, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, debiendo estar la mercancía despachada de exportación pero no de importación. Los nuevos INCOTERMS 2000 aclaran que la mercancía debe entregarse no descargada antes del despacho de importación. Si se desea asumir la responsabilidad de la descarga, incluyendo riesgos y costes, debe indicarse en el contrato de compraventa. El cuadro siguiente expone esta clasificación de los términos comerciales a utilizarse desde el 1° de enero del 2000 en todos los contratos de compraventa a nivel internacional. INCOTERMS 2000 CLASIFICACION GRUPO E EXW En Fabrica ( ... lugar designado) Se usa para contratos de SALIDA FCA GRUPO F Transporte principal no pagado FAS FOB Franco al costado del buque ( ... puerto de carga convenido) Franco a bordo ( ... puerto de carga convenido) GRUPO C Transporte principal CFR CIF CPT CIP Coste y flete ( ... puerto de destino convenido) Coste, seguro y flete ( ... puerto de destino Convenido) Transporte pagado hasta ( ... lugar de destino Convenido) Transporte y seguro pagado hasta ( ... lugar de destino convenido) GRUPO D CFR Entregada en frontera ( ... lugar convenido) Se usa para contratos de LLEGADA DES DEQ DDU DDP Entregada sobre buque ( ... puerto de destino convenido) Entregada en muelle ( ... puerto de destino convenido) Entregada derechos no pagados ( ... lugar de destino convenido) Entregada derechos pagados ( ... lugar de destino convenido
  • 4.
    COSTOS Pag. 4– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor  Sign ificado d e los In cot er ms INCOTERMS SIGLAS LUGAR DE ENTREGA DE LA MERCANCÍA 1. EX WORRKS EXW En Fábrica ...(el lugar convenido) 2. FREE CARRIER FCA Franco Transportista ....(lugar convenido) 3. FREE ALONG SIDE SHIP FAS Franco al costado del buque. ...(puerto de embarque convenido) 4. FREE ON BOARD FOB Franco a bordo ...(puerto de embarque convenido) 5. COST AND FREIGHT CFR Coste y Flete ....(puerto de destino convenido) 6. COST, INSURANGE AND FREIGHT CIF Costo, Seguro y Flete ....(puerto de destino convenido) 7. CARRIAGE PAID TO CPT Transporte pagado hasta. ...(lugar de destino convenido) 8. CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO CIP Transporte y seguro pagados hasta..(lugar de destino convenido) 9. DELIVERED AT FRONTIER DAF Entregada en frontera...(lugar de entrega convenido) 10. DELIVERED EX SHIP DES Entregada sobre buque...(puerto convenido) 11. DELIVERED EX QUAT (DUTY PAID) DEQ Entrega sobre muelle con derechos pagados ...(puerto de destino convenido) 12. DELIVERED DUTY UNPAID DDU Entregada, derechos no pagados...(lugar de destino convenido) 13. DELIVERED DUTY PAID DDP Entregado libre de derechos...(lugar de destino convenido) Los más usuales son FOB, C&F y CIF A continuación se detallan las condiciones que intervienen en la importación: 1. Co sto C.O .D. CASH ON DELIVERY, significa pago a contra entrega El costo COD determina la mercadería puesta en tienda del exportador, afrontando por cuenta del comprador todos los gastos de flete interno, embarco, derechos de flete marítimo o aéreo hasta puerto de destino. 2. Co sto F. A.S. FREE ALONG SIDE SHIP, significa libre hasta el lado del barco. El vendedor (exportador) se compromete a trasladar las mercaderías y/o bienes hasta puerto de embarque (mercadería al costado del buque), corriendo por cuenta del comprador todos los demás gastos. 3. Co sto F.O .B. FREE ON BOARD, significa libre hasta dentro del barco. En este caso el vendedor se compromete a embarcar la mercadería en un vapor o avión, listo para su viaje al lugar de destino, (mercadería puesta a bordo del buque), sin pagar flete ni seguro. 4. Co sto CFR COST AND FREIGHT, significa costo, y flete. El importador paga el costo y el flete, más no el seguro, la cotización se considera hasta el puerto de destino o llegada (mercadería puesta en puerto de destino sin seguro. 5. Co sto CIF COST INSURE AND FREIGHT, significa costo, seguro y flete. La mercadería es puesta en el puerto de destino a la orden del comprador (mercadería puesta en puerto de destino asegurado) con entera responsabilidad del vendedor.
  • 5.
    COSTOS Pag. 5– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor El costo de importación se calcula en dos etapas: · Una, en moneda extranjera donde permite aplicarle algunos gastos o derechos. · O tr a , en moneda nacional; permite los recargos de impuestos, derechos arancelarios y otros recargos en moneda nacional. 4. AR ANC ELE S: · Teoría d e los A ranc eles : El Libre Comercio beneficia a todos los países que participan en él. Dados los beneficios mutuos derivados del libre comercio, uno esperaría que el flujo de comercio de bienes a través de las fronteras nacionales estuviera libre de interferencias gubernamentales. Sin embargo, por cientos de años las naciones del mundo han impedido el libre flujo del comercio internacional a través de varios instrumentos, tales como aranceles, cuotas, reglas y procedimientos técnicos o administrativos, y control de cambios, tales políticas diseñadas para afectar las relaciones comerciales de un país con el resto del mundo, generalmente se conocen como políticas comerciales y, en general están influenciadas por consideraciones políticas, sociológicas y económicas. - Clases de Aranceles El arancel es un impuesto, o gravamen que se impone sobre un bien cuando cruza una frontera nacional. El arancel más común es el arancel a las importaciones, es decir, el arancel que se establece sobre un bien importado. Un arancel menos común es el arancel a las exportaciones, es decir, el arancel que se impone sobre un bien exportado. En general se puede imponer aranceles en cualquiera de las tres modalidades: · Arancel Ad-valorem: Este impuesto o gravamen se especifica legalmente como un porcentaje fijo del valor del bien importado. Por Ejemplo: si un país establece una tasa arancelaria advalorem del 5% sobre las importaciones de determinada mercadería, entonces por una importación de $ 10 000,00 el importador debería de pagar a la Aduana un arancel de $ 500,00. · Arancel Específico: Este impuesto se especifica legalmente como una cantidad fija de dinero por unidad física importada. Por Ejemplo: Un país puede exigir al importador abonar un impuesto de $ 1 000,00 por la adquisición de un automóvil extranjero independientemente del valor total del Vehículo. · Arancel compuesto: Este es una combinación de un arancel ad-valorem y un arancel específico. Por Ejemplo: El importador de un producto adquirido en el exterior se le puede exigir pagar una cantidad fija de $ 200,00 más el 5% del valor del Automóvil.
  • 6.
    COSTOS Pag. 6– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor 5. T RIBUTO S Q UE G R AV AN L A IM PO RT ACIO N D E BI ENE S : TASAS BASE DE CALCULO 0% , 9%, 17% Valor CIF de los bienes a Importarse TRIBUTOS ARANCELARIOS SOBRE TASAS ESPECIALES PARA CIERTOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS 5% TASA BASE DE CALCULO IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS I.G.V. 18% Σ VALOR CIF + DERECHOS AD VALOREM TASA BASE DE CALCULO IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL (I.P.M.) 2% Σ VALOR CIF + DERECHOS AD VALOREM PRODUCTO TASA BASE DE CALCULO Licores, Vehículos (Según Clase) MIN 20% MAX 250% MIN 0% MAX 80 -100% Σ valor CIF + Derecho Ad Valorem IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (I.S.C.) COMBUSTIBLES (Según clase) MIN 1% MAX 100-140% NÚMERO DE GALONES CERVEZA MIN 25% MAX 100% NÚMERO DE LITROS CIGARRILLOS GASEOSAS Y AGUAS MINERALES MIN 50% MAX 100% MIN 1% MAX 150% (Σ Valor CIF + Der. Ad.) x Factor en Valorem Importación DERECHOS ESPECÍFICOS VARIABLES PRODUCTOS MONTO LECHE, TRIGO, ARROZ AZUCAR Y MAIZ US$ x TONELADAS MÉTRICAS SEGÚN TABLAS ADUANERAS 6. TR ÁM IT ES P AR A IM PO RT ACIÓ N Y E XPO RT AC IÓ N : ESQUEMA DE UNA COMPRA – VENTA INTERNACIONAL SOLICITUD DE COTIZACIÓN (comprador) COTIZACIÓN OFERTA INICIAL (vendedor) ACEPTACIÓN NACIMIENTO DEL CONTRATO PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN A LA COTIZACIÓN (CONTRAOFERTA) (comprador) OBLIGACIÓN DEL VENDEDOR - Entrega de mercadería - Trans. de Propiedad - Entrega de Documentos PROPUESTA PARCIAL DE ACEPTACIÓN (2da. CONTRAOFERTA) (vendedor) OBLIGACIÓN DEL COMPRADOR - Pagar precio - Recepcionar mercadería EJECUCIÓN DEL CONTRATO
  • 7.
    COSTOS Pag. 7– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor EJ ERCICIO 01 Da t o s : D E T E R M I N A C I Ó N D E C O S T O DE I M P O R T A C I Ó N (Bajo el costo por operaciones múltiples) Unidades compradas – Lote de importación Nº 020-2012 ARTICULO UNIDAD DE MEDIDA PESO BRUTO CANTIDAD UNIDADES COSTO UNITARIO (FOB) A B C D PIEZA PIEZA PIEZA PIEZA 40,000 Kgs. 45,000 Kgs. 8,000 Kgs. 6,000 Kgs. 2,000 1,500 800 4,000 US$ 100.00 140.00 70.00 30.00 · FLETE PAGADO : US$ 40,00 por TM (1 tonelada métrica = 1 000 Kg.) · SEGURO : 0,04% sobre el valor C&F · DERECHO AD-VALOREM : 25% sobre el CIF, en moneda nacional · IGV : 18% sobre el valor CIF + Derecho Ad-valorem · DESCARGA : 12.00 nuevos soles por TM · INSPECCION : 1% sobre el CIF, en moneda nacional · AGENTE DE ADUANAS Y OTROS GASTOS DE ADUANA : 0,5% (CIF + los demás gastos- hasta Inspección) · TRANSPORTE Y ACARREO : US$ 15,00 por TM · COMISION POR CARTA DE CREDITO : Vencimiento a los 180 días del embarque: 3% del valor FOB · INTERES : 8% anual sobre el valor FOB – 180 días del embarque · TIPO DE CAMBIO : 2,27 nuevos soles por 1 US$. DESARROLLO: La hoja de costo de importación debe estructurarse en forma columnada, con los siguientes datos: (1) Artículos (2) Unidad de medida (3) Peso bruto (4) Cantidad en unidades (5) Precios unitarios (6) Valor FOB (7) Flete (8) Valor C&F (9) Seguro (10) Valor CIF en US$ (11) Valor CIF en moneda nacional (12) Derecho Ad_valorem (13) Descarga (14) Inspección (15) IGV (16) Agente de Aduana y otros (17) Intereses (18) Carta de Crédito (19) Transporte y Acarreo (20) Costo Total para efectos de caja (21) Costos deducibles sin efectos en inventarios (22) Costo total para efectos de inventarios (23) Costo por unidad comprada
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    COSTOS Pag. 8– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) Artículos Unidad de Medida Peso Bruto Cantidad en Unidades Precios Unitarios VALOR VALOR FOB FLETE VALOR CRF SEGURO VALOR CIF EN US$ VALOR CIF EN S/. DERECHO AD-VALOREM A B C D PIEZA PIEZA PIEZA PIEZA 40,000 Kgs 45,000 Kgs 8,000 Kgs 6,000 Kgs 2,000 1,500 800 4,000 US$ 100,00 140,00 70,00 30,00 US$ 200,000 210,000 56,000 120,000 US$ 1,600.00 1,800.00 320.00 240.00 US$ 201,600 211,800 56,320 120,240 US$ 80.64 84.72 22.53 48.10 US$ 201,680.64 211,884.72 56,342.53 120,288.10 S/. 457,815.05 480,978.31 127,897.54 273,053.99 S/. 114,453.76 120,244.58 31,974.39 68,263.50 586,000 3,960.00 589,960 235.99 590,195.99 1´339,744.89 334,936.23 (13) (14) (15) (16) (17) (18) (19) (20) (21) (22) (23) IGV. DESCARGA INSPECCIÓN AGENTE DE ADUANA Y OTROS INTERESES CARTA DE CRÉDITO TRANSPORTE Y ACARREO COSTO TOTAL PARA EFECTOS DE CAJA COSTOS DEDUCIBLES SIN EFECTOS EN INVENTARIOS COSTO TOTAL PARA EFECTOS EN INVENTARIOS COSTO POR UNIDAD COMPRADA S/. 103,008.39 108,220.12 28,776.95 61,437.15 S/. 480.00 540.00 96.00 72.00 S/. 4,578.15 4,809.78 1,278.98 2,730.54 S/. 3,401.68 3,573.96 950.12 2,027.79 S/. 18,160.00 19,068.00 5,084.80 10,896.00 S/. 13,620.00 14,301.00 3,814.00 8,172.00 S/. 1,362.00 1,532.25 272.40 204.30 S/. 716,879.03 753,268.00 200,145.18 426,857.27 S/. 121,168.39 127,288.12 33,861.75 72,333.15 S/. 595,710.64 625,979.88 166,283.43 354,524.12 S/. 297.86 417.32 207.85 88.63 301,442.61 1,188.00 13,397.45 9,953.55 53,208.80 39,907.00 3,370.95 2´097,149.48 354,651.41 1´742,498.07
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    COSTOS Pag. 9– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor L EYENDA: (1) (2) (3) (4) (5) = Datos en el enunciado (6) = (4) x (5) (7) = Si 1 TM = 1,000 Kgs = 4 , 0 0 0 (3 ) = 40 TM x US$ 40.00 = 1,600.00 sucesivamente 1,000 Kgs (8) = (6) + (7) (9) = (8) x 0 .04 100 (10) = (8) + (9) (11) = (10) x T/C Venta 2.27 (12) = (11) x 25 100 (13) = (11) + (12) x 18 100 (14) = 4 0 , 0 0 0 K g s = (40 TM x S/. 12.00) = 480.00 sucesivamente 1,000 = 1 TM (15) = (11) x 1 100 (16) = (11) + (12) + (13) + (14) + (15) x 0 .5 100 (17) = (6) x 8 x 180 x T/C Venta 100 360 (18) = (6) x 3 x TC. Venta 100 (19) = TM x US$ 15.00 x TC. Venta : 40 , 0 0 0 Kgs = 40 TM x US$ 15.00 x T/C 2.27 1,000 Kgs = 1,362.00, sucesivamente (20) = (11) + (12) + (13) + (14) + (15) + (16) + (17) + (18) + (19) (21) = (13) + (17) (22) = (20) – (21) (23) = (22) / ( 4)
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    COSTOS Pag. 10– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor EJ ERCICIO 0 2 Da t o s : D E T E R M I N A C I Ó N D E C O S T O DE I M P O R T A C I Ó N (Bajo el costo por operaciones múltiples) Unidades compradas – Lote de importación Nº 0356-2012 Para el siguiente ejercicio se usa el término COD (Cash on Delivery) pago contra entrega en la tienda del exportador. ARTICULO UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD PESO BRUTO PRECIO UNITARIO DCTO. 4% FIJO 01 02 03 Unidad Unidad Unidad 30 Unidades 40 Unidades 180 Unidades 720 Kgs. 230 Kgs. 620 Kgs. $ 500.00 320.00 450.00 · DESCUENTO DE COMPRA : 4 % FIJO Sobre el valor de la compra · EMBALAJE : $ 5.00 x Kilo · SEGURO : 1.5% sobre FOB · FLETE PAGADO : $ 3.00 x Kilo. · ADICIONAL SOBRETASA : 4 % de CIF · DERECHO ESPECIFICO : S/. 20.00 x Kilo · DERECHO AD-VALOREM : 25% sobre el CIF, en moneda nacional · IGV. : Operación exonerada · COMISIÓN AGENTE ADUANA : 1% Costo total + derechos · TRANSPORTE Y ACARREO : S/. 6.00 x Kilo.
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    COSTOS Pag. 11– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor SEGUNDO EJEMPLO DE COSTOS DE IMPORTACIÓN (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) ITEM CANTIDAD PRECIO UNITARIO COSTO DE LISTA DCTO. 4% FIJO COSTO NETO C.O.D. EMBALAJE TARIFA: $ 5.00 x KILO COSTO DE EMBALAJE COSTO F.O.B 01 02 03 30 Unid 40 Unid 180 Unid $ 500.00 320.00 450.00 $ 15,000.00 12,800.00 81,000.00 $ 600.00 512.00 3,240.00 $ 14,400.00 12,288.00 77,760.00 $ 720 Kgs. 230 Kgs. 620 Kgs. $ 3,600.00 1,150.00 3,100.00 18,000.00 13,438.00 80,860.00 1,270.00 108,800.00 4,352.00 104,448.00 1,570 Kgs. 7,850.00 112,298.00 (10) (11) (11-A ) (12) (13) (14) (15) (16) (17) SEGURO FLETE -TARIFA: COSTO DEL COSTO CIF. ADICIONAL 1.5%. $ 3.00 x KG. FLETE SOBRETASA 4.% COSTO TOTAL EN US$ COSTO CIF. EN S/. T/C 2.70 ADICIONAL SOBRETASA 4% COSTO TOTAL EN SOLES $ 270.00 202.00 1,213.00 $ 720 Kgs. 230 Kgs. 620 Kgs. $ 2,160.00 690.00 1,860.00 $ 20,430.00 14,330.00 83,933.00 $ 817.20 573.20 3,357.32 $ 21,247.20 14,903.20 87,290.32 S/. 55,161.00 38,691.00 226,619.10 S/. 2,206.44 1,547.64 9,064.76 S/. 57,367.44 40,238.64 235,683.86 1,685.00 1,570 kgs. 4,710.00 118,693.00 4,747.72 123,440.72 320,471.10 12,818.84 333,289.94 (18) (18 - A) (19) (20) (21) (22) (23) (24) DERECH. DE IMPORTACIÓN IMPUESTO AD-VALOREM DERECH. ESPECÍFICO S/. 20.00 x KG. 20% SOBRE CIF COMISIÓN AGENTE ADUANA 1% CIF. ACARREO S/. 6,00 x kg. COSTO TOTAL DE IMPORTACIÓN COSTO UNITARIO CANTIDAD CADA UNO 720 Kgs 230 Kgs 620 Kgs S/. 14,400.00 4,600.00 12,400.00 S/. 11,032.20 7,738.20 45,323.82 S/. 551.61 386.91 2,266.19 S/. 4,320.00 1,380.00 3,720.00 S/. 87,671.25 54,343.75 299,393.88 30 40 180 -------- -------- -------- S/. 2,922.38 1,358.59 1,663.30 1,570 Kgs. 31,400.00 64,094.22 3,204.71 9,420.00 441,408.88
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    COSTOS Pag. 12– C.P.C.C. Humberto Altuna Sotomayor L EYENDA: (1), (2), (3) son Datos (4) = (2) x (3) (5) = (4) x 4 100 (6) = (4) – (5) (7) = Embalaje US$ 5.00 por cada Kg. (8) = (7) x US$ 5.00 (9) = (6) x (8) (10) = (9) x 1 .5 100 (11 A) = Flete US$ 3.00 por cada Kgm. (11) x US$ 3.00 (12) = (9) + (10) + (11A) (13) = (12) x 4 100 (14) = (12) + (13) (15) = (12) x T/C Venta 2.27 (16) = (13) x T/C Venta 2.27 ó también (15) x 4 100 (17) = (15) + (16) (18 A) = Derecho de importación S/.20.00 por cada Kgm [ (18) x S/. 20.00] (19) = (15) x 20 100 (20) = [(17) + (18 A) + (19) ] X 1 100 (21) = Costo por acarreo S/. 6.00 por cada Kgm. [ (18) x S/.6.00) ] (22) = (17) + (18 A) + (19) + (20) + (21) (23) = ( 2 ) (24) = (22) / (23)