1. Universidad Ferm�n Toro
Vice-Rectorado Acad�mico
Facultad de Ciencias Jur�dicas y Pol�ticas
Escuela de Derecho
Alumna: Duivimar Armella 27.379.220
Secci�n: SAIAC
Profesor: Magaly Rodr�guez
Materia: Derecho Procesal Civil.
2. Clasificaci�n.
Cuestiones Previas.
Oportunidad
para
interponerlas.
Definici�n. Apelaci�n
*Cuestiones atinentes a los
sujetos procesales
- Sujeto procesal juez (ord.
1�, art. 346 CPC)
- Sujetos procesales partes
(ord. 2� al 5�, art. 346 CPC)
*Cuestiones atinentes a la
regularidad formal de la demanda
(ord. 6�, art. 346 CPC)
*Cuestiones atinentes a la
pretensi�n (ord. 7� y 8�, art.
346 CPC)
*Cuestiones atinentes a la
acci�n (ord. 10 y 11, art. 346
CPC)
El lapso para la contestaci�n de la
demanda, podr� el demandado en
vez de contestarla promover las
cuestiones previas
El lapso para contestar la demanda
es de 20 d�as de despacho despu�s
de la citaci�n del �ltimo de los
demandados.
Mecanismos que tiene el demandado,
de acuerdo con la ley, para exigir que se
subsane alg�n vicio dentro del proceso o
en su defecto se deseche la demanda
por existir alg�n impedimento de la ley
para proseguir con el juicio.
Los alegatos de los ord 10 y 11deben ser
presentados dentro de los 5 d�as
siguientes al vencimiento del lapso de
emplazamiento (contestaci�n).
Los alegatos de las cuestiones
previas de los ord 2, 3, 4, 5 y 6, no
tendr� apelaci�n.
De las cuestiones previas 7 y 8
Contestaci�n de
la demanda
Acto procesal que realiza el demandado. Mediante
la cual da respuesta a la pretensi�n del
demandante. Tanto en el procedimiento verbal,
como en el juicio ordinario, la contestaci�n a la
demanda, ha de hacerse por escrito.