Este decreto modifica el Decreto 2784 de 2012 para precisar el ámbito de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1 en Colombia. Se especifican las entidades que pertenecen a este Grupo 1 y se establece que los primeros estados financieros preparados bajo el nuevo marco técnico normativo deben presentarse con corte al 31 de diciembre de 2015. También se permite que algunas entidades no preparen un nuevo estado de situación financiera de apertura si ya aplicaban las NII