Olivera Abogados lidera exitosa defensa del arancel del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay. Nueva normativa laboral para el trabajo nocturno (Ley N° 19.313). Auditores externos: ajustes a régimen de autorización del Banco Central del Uruguay para su contratación. Ajustes normativos en materia de impuestos, relativas a: (a) formalidades de la documentación de operaciones beneficiadas con la reducción de IVA de la Ley de Inclusión Financiera; (b) nuevos responsables por obligaciones tributarias de terceros; y (c) nuevo gasto deducible en el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas.
Olivera Abogados lidera exitosa defensa del arancel del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay. Nueva normativa laboral para el trabajo nocturno (Ley N° 19.313). Auditores externos: ajustes a régimen de autorización del Banco Central del Uruguay para su contratación. Ajustes normativos en materia de impuestos, relativas a: (a) formalidades de la documentación de operaciones beneficiadas con la reducción de IVA de la Ley de Inclusión Financiera; (b) nuevos responsables por obligaciones tributarias de terceros; y (c) nuevo gasto deducible en el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas.
Cambios en las reglas relacionadas con la operación de la maquila, capítulos 1 al 5.
Cambios en las Disposiciones Generales del Esquema Integral de Certificación.
Cambios en las Obligaciones, Requerimientos, Renovación y Cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Cambios en los Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...Jose Ramos Flores
TESIS: ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS EN EL PERÚ.
Tesis sustentado por JOSE RAMOS FLORES, en la UNSA para optar el Titulo de Abogado.
El pago retroactivo de derechos del registro en el esquema de certificacion d...Vázquez Tercero & Zepeda
El SAT mediante una Nota Informativa advierte que comenzará a requerir por el pago retroactivo de derechos para las siguientes Certificaciones:
1. IVA e IEPS (Ley del IVA y Ley del IEPS).
2. Comercializadora e Importadora (Ley Aduanera).
3. Operador Económico Autorizado (Ley Aduanera).
4. Socio Comercial Certificado (Ley Aduanera).
Por inscripción, anualidad y renovación, ello para abarcar los Registros cuya vigencia es superior a 1 año.
Sabido es que las exportaciones están exentas del IVA. Así lo dispone el artículo 8º, inciso d) de la ley del gravamen.
También conocemos que el exportador tiene derecho a recuperar el impuesto trasladado por sus proveedores, por compras y contrataciones vinculadas a dichas exportaciones exentas, en mérito a lo establecido por el artículo 43 de la misma ley.
Desde la reforma producida por el Decreto 959/2001, el derecho al mencionado recupero nace con el solo cumplimiento por parte del exportador, de los requisitos formales establecidos por la AFIP.
Cambios en las reglas relacionadas con la operación de la maquila, capítulos 1 al 5.
Cambios en las Disposiciones Generales del Esquema Integral de Certificación.
Cambios en las Obligaciones, Requerimientos, Renovación y Cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Cambios en los Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
TESIS. ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPU...Jose Ramos Flores
TESIS: ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LOS SISTEMAS DE PAGOS ADELANTADOS DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS EN EL PERÚ.
Tesis sustentado por JOSE RAMOS FLORES, en la UNSA para optar el Titulo de Abogado.
El pago retroactivo de derechos del registro en el esquema de certificacion d...Vázquez Tercero & Zepeda
El SAT mediante una Nota Informativa advierte que comenzará a requerir por el pago retroactivo de derechos para las siguientes Certificaciones:
1. IVA e IEPS (Ley del IVA y Ley del IEPS).
2. Comercializadora e Importadora (Ley Aduanera).
3. Operador Económico Autorizado (Ley Aduanera).
4. Socio Comercial Certificado (Ley Aduanera).
Por inscripción, anualidad y renovación, ello para abarcar los Registros cuya vigencia es superior a 1 año.
Sabido es que las exportaciones están exentas del IVA. Así lo dispone el artículo 8º, inciso d) de la ley del gravamen.
También conocemos que el exportador tiene derecho a recuperar el impuesto trasladado por sus proveedores, por compras y contrataciones vinculadas a dichas exportaciones exentas, en mérito a lo establecido por el artículo 43 de la misma ley.
Desde la reforma producida por el Decreto 959/2001, el derecho al mencionado recupero nace con el solo cumplimiento por parte del exportador, de los requisitos formales establecidos por la AFIP.
Resumen de las Reglas de Caracter General en Materia de Comercio Exterior para el 2012. Para mayores referencias, favor de contactar a info@selecen.com.mx
Guía práctica para registro de empresas ante la ventanilla única de comercio ...ProColombia
Hace algunos años, realizar operaciones de comercio exterior se hacía
mucho más complejo por la tramitología que debía realizarse y esto para
muchos empresarios se convertía en una limitación a la hora de
internacionalizar sus empresas, es por eso que el Ministerio de Comercio
Industria y Turismo desarrolló la Ventanilla Única de Comercio Exterior
(VUCE) a través de varios módulos donde se pueden solicitar tramites
electrónicos ante las diferentes entidades que se encuentran adscritas.
Estas herramientas digitales facilitan las operaciones de comercio
exterior, como los son las exportaciones. ProColombia a través de esta
guía práctica, coloca a disposición de los usuarios los requisitos y
procedimientos para el registro de empresas ante la VUCE, reconocida
como la mejor herramienta para la realización de documentos requeridos
para la importación y exportación, sin ser tan complejas, y
disminuyendo los tiempos para las solicitudes mediante un solo
procedimiento.
Con esta guía el empresario podrá conocer qué es la VUCE, cuáles
entidades y documentos puede tramitar previos a la exportación y los
requisitos que debe cumplir la empresa para su inscripción.Hace algunos años, realizar operaciones de comercio exterior se hacía
mucho más complejo por la tramitología que debía realizarse y esto para
muchos empresarios se convertía en una limitación a la hora de
internacionalizar sus empresas, es por eso que el Ministerio de Comercio
Industria y Turismo desarrolló la Ventanilla Única de Comercio Exterior
(VUCE) a través de varios módulos donde se pueden solicitar tramites
electrónicos ante las diferentes entidades que se encuentran adscritas.
Estas herramientas digitales facilitan las operaciones de comercio
exterior, como los son las exportaciones. ProColombia a través de esta
guía práctica, coloca a disposición de los usuarios los requisitos y
procedimientos para el registro de empresas ante la VUCE, reconocida
como la mejor herramienta para la realización de documentos requeridos
para la importación y exportación, sin ser tan complejas, y
disminuyendo los tiempos para las solicitudes mediante un solo
procedimiento.
Con esta guía el empresario podrá conocer qué es la VUCE, cuáles
entidades y documentos puede tramitar previos a la exportación y los
requisitos que debe cumplir la empresa para su inscripción.
Se impulsa proyecto de ley de medios. Se regula el procedimiento de verificación de créditos por Acordada Nº 7.825/2014 de la Suprema Corte de Justicia. Uruguay se compromete a adoptar intercambio automático de información a partir de 2017. Beneficios fiscales para la instalación y puesta en funcionamiento de terminales POS. Se prorroga vigencia de artículo de la Ley de Inclusión Financiera vinculado al pago a proveedores del Estado.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República y las Entidades Federativas, no podrán contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales. A través de la presente regulación, el Infonavit, en su carácter de autoridad fiscal, establece las reglas a través de las cuales las personas físicas y morales que pretendan celebrar contrato con las dependencias y entidades a que se refiere el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, puedan obtener las constancias necesarias del INFONAVIT para efectos de los dispuesto en el precepto legal antes citado.
control de emisiones de gases contaminantes.pptxjesusbellido2
en el siguiente documento s epodra apreciar los gases que emiten los vehiculos y sus consecuencias tambien se podra apreciar las normas euro cino y las normas euro seis
1. www.avipla.org
Coordinación de Comunicaciones 10/02/2014 / Año 3 / No.25
www.avipla.org
A QUIEN PUEDA INTERESAR
En Gaceta Oficial Nro. 40.349 autorizan Modelo de Contrato de
Fiel Cumplimiento para operaciones cambiarias
En la Gaceta Oficial N° 40.349, de fecha 06 de febrero de 2014, el Centro Nacional de
Comercio Exterior (CENCOEX), publicó la providencia administrativa Nro. 002, mediante
la cual autoriza el modelo de contrato de fiel cumplimiento para las operaciones
cambiarias. Dicho contrato será de carácter contractual, suscrito unilateralmente por el
solicitante, aplicando el modelo debidamente aprobado por el CENCOEX.
El solicitante consignará el contrato descrito en la presente providencia, debidamente
autenticado ante la Notaría Pública autorizada para tal fin por CENCOEX ante su
operador cambiario.
Cuando el solicitante tenga disponible las Autorizaciones de Adquisición de Divisas
(AAD), éste deberá constituir la Fianza de Fiel Cumplimiento, tomando en cuenta los
procesos administrativos ante las autoridades competentes.
Asimismo, aquellas solicitudes de divisas formuladas antes de la actual providencia y que
se encuentran en etapa de Autorización de Liquidación de Divisas (ALD), van a requerir
evaluación previa por el CENCOEX para establecer la aplicabilidad del presente
procedimiento, para lo que se publicará un calendario detallado de convocatoria. La
presente providencia entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
La presente providencia entrará en vigencia a partir del 01 de febrero
de 2014.
2. www.avipla.org
Se establece en Gaceta Oficial la simplificación
de procedimientos para la nacionalización
de las mercancías
Según la Gaceta Oficial N° 40.349, de fecha 06 de febrero de 2014, el Ministerio del Poder
Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública y para Industrias publican la providencia
administrativa Nro. 022 y Nro. 018, respectivamente, mediante la cual establecen resolución
conjunta para la simplificación de los procedimientos de nacionalización de mercancías que
ingresen al país, y agilizar los trámites administrativos establecidos en el Arancel de
Aduanas.
En cuanto a la tramitación de los regímenes legales establecidos en el Arancel de Aduanas,
la resolución implanta que los entes competentes para su emisión sólo podrán solicitar los
recaudos estrictamente necesarios de acuerdo al tipo de mercancía.
Del mismo modo, no podrán condicionar su otorgamiento a la presentación previa de otros
permisos exigidos por el Arancel de Aduanas.
Los entes a cargo de la emisión de los recaudos establecidos, deberán emitir respuesta en
un lapso no mayor de cinco (05) días hábiles contados desde su solicitud.
Se deberá cumplir con el régimen legal previsto en el Arancel de Aduanas vigente. Para el
caso de las mercancías importadas que gocen de divisas preferenciales o beneficios
fiscales, éstas deberán cumplir con lo previsto en la normativa especial sobre la materia.
La resolución garantiza la aplicación de las preferencias y simplificación de requisitos
relacionados con la importación de mercancías, establecidos en los Acuerdos y Tratados
Internacionales suscritos por la República.
El Servicio Nacional Integrado de administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) queda
encargado de la aplicación y ejecución de esta resolución.
La presente providencia entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
3. www.avipla.org
¿Ya utilizó el mecanismo que le ofrece AVIPLA para el intercambio de resinas?
Visite http://www.avipla.org/intercambio/index.php para más información chequee el video en
http://www.youtube.com/watch?v=wV1Saw6hGAw
Igualmente le invitamos a visitar su ¨Zona de afiliados¨ en el portal de AVIPLA www.avipla.org,
donde podrá descargar valiosa información actualizada y de interés.
4. www.avipla.org
Minutas de las Mesas Técnicas del Plástico y reuniones sectoriales.
Información Oficial, planillas, Gacetas, contratos y requisitos solicitados para la tramitación de
solicitudes.
Información FONDONORMA.
Material de las Ponencias del Congreso Internacional del Plástico.
Estadísticas de importaciones y exportaciones del Sector.
…Y mucho más.
Recuerde que está para servirle. Por favor comuníquese con nosotros:
(212) 256.4192/3345/1632/3680.
Envíe cualquier solicitud o consulta a las direcciones de correo electrónico
asistenciatecnica@avipla.org , comunicaciones@avipla.org , dejecutiva@avipla.org,
asuntosinstitucionales@avipla.org y permítanos ayudarle en cualquier ámbito. Estamos a su
disposición.