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        Viedma, 25 de Febrero de 2013                           BOLETIN OFICIAL N° 5121

                 DECRETO Nº 60                         en la Ley N° 3.186 como parte integrante del sec-            Que han tomado debida intervención los
                     Viedma, 7 de febrero de 2013.     tor público provincial, deberán requerir expresa         Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría
    Visto, el Expediente N° 7.909-ALT-2012, del        autorización al Sr. Ministro de Economía o a quien       General de la Provincia y Fiscalía de Estado
Registro del Ministerio de Economía, el Decreto        éste designe previo a:                                   mediante Vista N° 00370-13 de fojas 24;
Provincial N° 780/2.012 y la Ley N° 4.794, y;              a) Realizar incorporaciones de personal, renovar         Que el presente Decreto se dicta en uso de las
    CONSIDERANDO:                                             contratos laborales bajo cualquier modalidad      facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso
    Que la Ley de Ministerios N° 4.794 faculta al             o cualquier otro movimiento que implique          1) de la Constitución Provincial;
Ministerio de Economía en su Inciso 15° a                     incremento de su plantilla de empleados;              Por ello:
representar a la provincia en toda reunión y/o             b) Cubrir vacantes originadas por finalización                          El Gobernador
asambleas que efectúen las Sociedades del Estado y/           de contratos, jubilación, renuncias, despidos,               de la Provincia de Río Negro
o Anónimas en las que la provincia tenga                      licencias con o sin goce de haberes, o                                 DECRETA:
participación accionaria;                                     generadas por cualquier causal no explicitada.        Artículo 1º.- Otórguese un aporte no
    Que la misma norma otorga al Ministerio de                                                                  reintegrable por la suma de Pesos Cincuenta Mil ($
Economía, en su Inciso 18°, la potestad de conducir        Art. 2°.- Comunicar que en el plazo de 30 días a     50.000,00), para ser destinado a solventar los gastos
la Sindicatura de Empresas Públicas, el Inciso 19°     partir de la fecha de entrada en vigencia del pre-       que demandó la organización de la 39° Fiesta
la de intervenir en la gestión de actividad de las     sente, las empresas deberán presentar un informe a       Nacional del Lúpulo, que se desarrolló desde el día
empresas y organismos en liquidación y el 20° de       la Secretaría de Empresas Públicas, detallando la        25 de Enero del corriente.-
supervisar la gestión y administración de las          nómina de personal en condiciones de jubilarse o             Art. 2°.- El monto asignado en el Artículo
Sociedades del Estado y/o Anónimas en las que la       retirarse y acompañando un plan de acción                precedente, deberá ser girado a la orden de la Mu-
provincia tenga participación accionaria;              orientado a lograr que los empleados que se              nicipalidad de El Bolsón, (C.U.I.T. N° 30-
    Que el Artículo 27° de la citada Ley Inciso b)     encuentren en posibilidad de hacerlo se acojan a tal     67294266-3), y/o su Intendente Señor Alfredo
establece que son Sociedades del Estado: Alta          beneficio. El mismo, posterior análisis, será elevado    Ricardo García, (C.U.I.L. N° 20-10204980-3),
Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E.),           al Ministro de Economía para su consideración.-          quién será responsable de su utilización y oportuna
Investigaciones Aplicadas Sociedad del Estado              Art. 3°.- Establecer que previo a negociar y/o       rendición de cuentas, conforme a lo establecido
(INVAP S.E.), Radio y Televisión Río Negro S.E.,       acordar cualquier tipo de cambio en las condiciones      por el Decreto N° 134/10.-
Vial Rionegrina Sociedad del Estado (ViaRSE) en        laborales que impliquen incrementos salariales               Art. 3°.- Comprométase la suma otorgada por
liquidación, Viviendas Rionegrinas S.E., Aguas         remunerativos o no, o un mayor costo para la             el Artículo 1°, a los créditos de la Jurisdicción 22 -
Rionegrinas Sociedad del Estado (ARSE) y Servicio      Empresa, deberán tener expresa autorización del          Programa 01 - Actividad 01 — Partida 572 -
Aéreo Patagónico Sociedad del Estado (SAPSE) en        Sr. Ministro de Economía o quien éste designe.           Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del
liquidación. Y en el Inciso c) determina que son       Este requerimiento incluye a la totalidad del per-       Presupuesto general de gastos vigente.-
Sociedades Anónimas: Aguas Rionegrinas Sociedad        sonal dependiente, sea éste permanente, transitorio          Art. 4°.- Luego de cumplimentada la etapa del
Anónima (ARSA), Empresa Forestal Rionegrina            o contratado, categorizado convencionalmente o           devengado, según lo establecido por el Artículo 29°
Sociedad Anónima (EMFORSA), Empresa de                 fuera de convenio, jerárquico o integrante de            de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería Ge-
Desarrollo Hidrocarburífero de la Provincia            órganos de administración de carrera o políticos.-       neral de la Provincia la suma otorgada por el
(EDHIPSA); Hierros Patagónicos Sociedad                    Art. 4°.- Determinar para las empresas incluidas     Artículo 1°.-
Anónima (HIPARSA S.A.) en liquidación,                 en el presente, la obligación, de presentar al               Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado
Horizonte Compañía Argentina de Seguros Ge-            Ministro de Economía, dentro del plazo de 30 días,       por el Señor Ministro de Gobierno.-
nerales Sociedad Anónima, Río Negro Fiduciaria         un plan de acción orientado a reducir la cantidad de         Art. 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,
Sociedad Anónima, Tren Patagónico Sociedad             horas extras a cumplir por el personal. Dicho            tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-
Anónima, Transportadora de Energía del Comahue         documento, sujeto a aprobación, deberá informar              WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
Sociedad Anónima (Transcomahue S.A.),                  la cantidad de horas extras abonadas por mes en el                             —oOo—
Investigaciones Aplicadas Sociedad Anónima             último año, proyectando el mismo período como
(INVAP S.A.) y Empresa Minera Rionegrina               resultado del plan de acción a implementar,                               DECRETO Nº 62
Sociedad Anónima (EMIRSA S.A.);                        Cumplido ello, deberán informar en forma men-                                 Viedma, 7 de febrero de 2013.
    Que el Decreto Provincial N° 780/2.012 crea        sual a la Secretaría de Empresas Públicas                    Visto: el Expediente N° 176.165-G-12, del
el Programa Especial de Supervisión y Control de       dependiente del Ministerio de Economía las horas         Registro del Ministerio de Gobierno, y;
Gestión de las Empresas del Estado y/o Anónimas        extras abonadas y explicar en consecuencia los               CONSIDERANDO:
en la que la Provincia tenga participación             desvíos que pudieren existir respecto del plan               Que por el mismo se tramita el otorgamiento
accionaria, estableciendo como objeto del mismo        aprobado.-                                               de un aporte no reintegrable a favor de la Munici-
la reestructuración, regularización y control de las       Art. 5°.- Disponer que el contenido del pre-         palidad de Chimpay, por un importe de PESOS
Empresas del Estado Rionegrino;                        sente Decreto deberá tener especial tratamiento          TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($
    Que el Decreto Provincial N° 780/2.012             en los órganos societarios pertinentes de cada una       300.000,00), destinado a la compra de un Camión
excluyó del Programa Especial de Supervisión y         de las Empresas alcanzadas, dentro de los diez (10)      Ford Cargo 1517/35, con caja volcadora, a dicho
Control de Gestión de las Empresas del Estado y/o      días hábiles desde la fecha de su entrada en vigencia,   municipio;
Anónimas en la que la Provincia tenga participación    debiendo éstas remitir copia de las Actas respectivas        Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo
accionaria a las empresas INVAP S.A. e INVAP           a la Secretaría de Empresas Públicas, en el plazo de     normado en el Artículo 4° del Decreto N° 134/10;
S.E.;                                                  cuarenta y ocho (48) horas.-                                 Que el Decreto N° 1.886, de fecha 20 de
    Que dentro del marco de reestructuración,              Art. 6°.- Disponer excluir de Ios alcances de la     Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provin-
optimización y jerarquización de las Empresas          presente Resolución a INVAP S.A. e INVAP S.E.-           cial, otorga a los Municipios un plazo por noventa
Públicas se considera oportuno la implementación           Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado        (90) días, para regularizar las rendiciones vencidas
por parte de las empresas de pautas de trabajo         por el Señor Ministro de Economía.-                      de aportes otorgados por los Organismos
homogéneas y alineadas a las políticas emanadas            Art. 8º.-Registrar, comunicar, publicar, tomar       Provinciales, conforme la normativa vigente
del Poder Ejecutivo Provincial;                        razón, dar al Boletín Oficial y archivar.-               mediante el Decreto N° 134/10;
    Que la Secretaría de Empresas Públicas,                WERETILNECK.- A. Palmieri.                               Que se hace necesario comprometer y devengar
dependiente del Ministerio de Economía es el                                  —oOo—                             el presente gasto en los términos de los Artículos
órgano especializado para establecer pautas de                                                                  30° y 31° de la Ley H N° 3.186 de Administración
organización interna de las empresas del Estado,                        DECRETO Nº 61                           Financiera;
controlando la ejecución de las mismas;                                       Viedma, 7 febrero de 2013.            Que han tomado debida intervención los
    Que ha tomado debida intervención los                  Visto: el Expediente N° 024011-A-2.013, del          Organismos de Control: Dirección de Asuntos Le-
Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica        Registro de la Secretaría General y;                     gales del Ministerio de Gobierno, Contaduría Ge-
del Ministerio de Economía a Fojas 11/12 y la              CONSIDERANDO:                                        neral de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante
Fiscalía de Estado mediante Vista N° 293 a Fojas           Que por el mismo se tramita el otorgamiento          Vista N° 00184-13;
14;                                                    de un aporte no reintegrable a favor de la Munici-           Que el presente Decreto se dicta en uso de las
    Que el presente Decreto se dicta en uso de las     palidad de la Ciudad de El Bolsón, a solicitud de su     facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso
facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso      Intendente Señor Alfredo Ricardo García, (D.N.I          1) de la Constitución Provincial;
1) de la Constitución Provincial;                      N° 10.204.980), para ser destinado a solventar los           Por ello:
    Por ello:                                          gastos que demandó la organización de la 39° Fiesta                         El Gobernador
                   El Gobernador                       Nacional del Lúpulo, que se desarrolló desde el día                 de la Provincia de Río Negro
           de la Provincia de Río Negro                25 de Enero del corriente;                                                   DECRETA:
                    DECRETA:                               Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo              Artículo 1°.- Otorgar un aporte no reintegrable
    Artículo 1º.- Disponer que las Sociedades del      normado en el Artículo 4° del Decreto N° 134/10;         por la suma total de Pesos Trescientos Mil con 00/
Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas               Que se hace necesario comprometer y devengar         100 ($ 300.000,00), a favor de la Municipalidad
empresas donde el Estado Provincial tenga              el presente gasto en los términos de los Artículos       de Chimpay, destinado a la compra de un Camión
participación mayoritaria en el capital o en la        30° y 31° de la Ley H N° 3.186 de Administración         Ford Cargo 1517/35, con caja volcadora a dicho
formación de las decisiones societarias, incluidas     Financiera;                                              municipio.-

Dec60 2013

  • 1.
    3 Viedma, 25 de Febrero de 2013 BOLETIN OFICIAL N° 5121 DECRETO Nº 60 en la Ley N° 3.186 como parte integrante del sec- Que han tomado debida intervención los Viedma, 7 de febrero de 2013. tor público provincial, deberán requerir expresa Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría Visto, el Expediente N° 7.909-ALT-2012, del autorización al Sr. Ministro de Economía o a quien General de la Provincia y Fiscalía de Estado Registro del Ministerio de Economía, el Decreto éste designe previo a: mediante Vista N° 00370-13 de fojas 24; Provincial N° 780/2.012 y la Ley N° 4.794, y; a) Realizar incorporaciones de personal, renovar Que el presente Decreto se dicta en uso de las CONSIDERANDO: contratos laborales bajo cualquier modalidad facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso Que la Ley de Ministerios N° 4.794 faculta al o cualquier otro movimiento que implique 1) de la Constitución Provincial; Ministerio de Economía en su Inciso 15° a incremento de su plantilla de empleados; Por ello: representar a la provincia en toda reunión y/o b) Cubrir vacantes originadas por finalización El Gobernador asambleas que efectúen las Sociedades del Estado y/ de contratos, jubilación, renuncias, despidos, de la Provincia de Río Negro o Anónimas en las que la provincia tenga licencias con o sin goce de haberes, o DECRETA: participación accionaria; generadas por cualquier causal no explicitada. Artículo 1º.- Otórguese un aporte no Que la misma norma otorga al Ministerio de reintegrable por la suma de Pesos Cincuenta Mil ($ Economía, en su Inciso 18°, la potestad de conducir Art. 2°.- Comunicar que en el plazo de 30 días a 50.000,00), para ser destinado a solventar los gastos la Sindicatura de Empresas Públicas, el Inciso 19° partir de la fecha de entrada en vigencia del pre- que demandó la organización de la 39° Fiesta la de intervenir en la gestión de actividad de las sente, las empresas deberán presentar un informe a Nacional del Lúpulo, que se desarrolló desde el día empresas y organismos en liquidación y el 20° de la Secretaría de Empresas Públicas, detallando la 25 de Enero del corriente.- supervisar la gestión y administración de las nómina de personal en condiciones de jubilarse o Art. 2°.- El monto asignado en el Artículo Sociedades del Estado y/o Anónimas en las que la retirarse y acompañando un plan de acción precedente, deberá ser girado a la orden de la Mu- provincia tenga participación accionaria; orientado a lograr que los empleados que se nicipalidad de El Bolsón, (C.U.I.T. N° 30- Que el Artículo 27° de la citada Ley Inciso b) encuentren en posibilidad de hacerlo se acojan a tal 67294266-3), y/o su Intendente Señor Alfredo establece que son Sociedades del Estado: Alta beneficio. El mismo, posterior análisis, será elevado Ricardo García, (C.U.I.L. N° 20-10204980-3), Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E.), al Ministro de Economía para su consideración.- quién será responsable de su utilización y oportuna Investigaciones Aplicadas Sociedad del Estado Art. 3°.- Establecer que previo a negociar y/o rendición de cuentas, conforme a lo establecido (INVAP S.E.), Radio y Televisión Río Negro S.E., acordar cualquier tipo de cambio en las condiciones por el Decreto N° 134/10.- Vial Rionegrina Sociedad del Estado (ViaRSE) en laborales que impliquen incrementos salariales Art. 3°.- Comprométase la suma otorgada por liquidación, Viviendas Rionegrinas S.E., Aguas remunerativos o no, o un mayor costo para la el Artículo 1°, a los créditos de la Jurisdicción 22 - Rionegrinas Sociedad del Estado (ARSE) y Servicio Empresa, deberán tener expresa autorización del Programa 01 - Actividad 01 — Partida 572 - Aéreo Patagónico Sociedad del Estado (SAPSE) en Sr. Ministro de Economía o quien éste designe. Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del liquidación. Y en el Inciso c) determina que son Este requerimiento incluye a la totalidad del per- Presupuesto general de gastos vigente.- Sociedades Anónimas: Aguas Rionegrinas Sociedad sonal dependiente, sea éste permanente, transitorio Art. 4°.- Luego de cumplimentada la etapa del Anónima (ARSA), Empresa Forestal Rionegrina o contratado, categorizado convencionalmente o devengado, según lo establecido por el Artículo 29° Sociedad Anónima (EMFORSA), Empresa de fuera de convenio, jerárquico o integrante de de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería Ge- Desarrollo Hidrocarburífero de la Provincia órganos de administración de carrera o políticos.- neral de la Provincia la suma otorgada por el (EDHIPSA); Hierros Patagónicos Sociedad Art. 4°.- Determinar para las empresas incluidas Artículo 1°.- Anónima (HIPARSA S.A.) en liquidación, en el presente, la obligación, de presentar al Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado Horizonte Compañía Argentina de Seguros Ge- Ministro de Economía, dentro del plazo de 30 días, por el Señor Ministro de Gobierno.- nerales Sociedad Anónima, Río Negro Fiduciaria un plan de acción orientado a reducir la cantidad de Art. 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, Sociedad Anónima, Tren Patagónico Sociedad horas extras a cumplir por el personal. Dicho tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.- Anónima, Transportadora de Energía del Comahue documento, sujeto a aprobación, deberá informar WERETILNECK.- L. Di Giácomo. Sociedad Anónima (Transcomahue S.A.), la cantidad de horas extras abonadas por mes en el —oOo— Investigaciones Aplicadas Sociedad Anónima último año, proyectando el mismo período como (INVAP S.A.) y Empresa Minera Rionegrina resultado del plan de acción a implementar, DECRETO Nº 62 Sociedad Anónima (EMIRSA S.A.); Cumplido ello, deberán informar en forma men- Viedma, 7 de febrero de 2013. Que el Decreto Provincial N° 780/2.012 crea sual a la Secretaría de Empresas Públicas Visto: el Expediente N° 176.165-G-12, del el Programa Especial de Supervisión y Control de dependiente del Ministerio de Economía las horas Registro del Ministerio de Gobierno, y; Gestión de las Empresas del Estado y/o Anónimas extras abonadas y explicar en consecuencia los CONSIDERANDO: en la que la Provincia tenga participación desvíos que pudieren existir respecto del plan Que por el mismo se tramita el otorgamiento accionaria, estableciendo como objeto del mismo aprobado.- de un aporte no reintegrable a favor de la Munici- la reestructuración, regularización y control de las Art. 5°.- Disponer que el contenido del pre- palidad de Chimpay, por un importe de PESOS Empresas del Estado Rionegrino; sente Decreto deberá tener especial tratamiento TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ Que el Decreto Provincial N° 780/2.012 en los órganos societarios pertinentes de cada una 300.000,00), destinado a la compra de un Camión excluyó del Programa Especial de Supervisión y de las Empresas alcanzadas, dentro de los diez (10) Ford Cargo 1517/35, con caja volcadora, a dicho Control de Gestión de las Empresas del Estado y/o días hábiles desde la fecha de su entrada en vigencia, municipio; Anónimas en la que la Provincia tenga participación debiendo éstas remitir copia de las Actas respectivas Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo accionaria a las empresas INVAP S.A. e INVAP a la Secretaría de Empresas Públicas, en el plazo de normado en el Artículo 4° del Decreto N° 134/10; S.E.; cuarenta y ocho (48) horas.- Que el Decreto N° 1.886, de fecha 20 de Que dentro del marco de reestructuración, Art. 6°.- Disponer excluir de Ios alcances de la Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provin- optimización y jerarquización de las Empresas presente Resolución a INVAP S.A. e INVAP S.E.- cial, otorga a los Municipios un plazo por noventa Públicas se considera oportuno la implementación Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado (90) días, para regularizar las rendiciones vencidas por parte de las empresas de pautas de trabajo por el Señor Ministro de Economía.- de aportes otorgados por los Organismos homogéneas y alineadas a las políticas emanadas Art. 8º.-Registrar, comunicar, publicar, tomar Provinciales, conforme la normativa vigente del Poder Ejecutivo Provincial; razón, dar al Boletín Oficial y archivar.- mediante el Decreto N° 134/10; Que la Secretaría de Empresas Públicas, WERETILNECK.- A. Palmieri. Que se hace necesario comprometer y devengar dependiente del Ministerio de Economía es el —oOo— el presente gasto en los términos de los Artículos órgano especializado para establecer pautas de 30° y 31° de la Ley H N° 3.186 de Administración organización interna de las empresas del Estado, DECRETO Nº 61 Financiera; controlando la ejecución de las mismas; Viedma, 7 febrero de 2013. Que han tomado debida intervención los Que ha tomado debida intervención los Visto: el Expediente N° 024011-A-2.013, del Organismos de Control: Dirección de Asuntos Le- Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica Registro de la Secretaría General y; gales del Ministerio de Gobierno, Contaduría Ge- del Ministerio de Economía a Fojas 11/12 y la CONSIDERANDO: neral de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Fiscalía de Estado mediante Vista N° 293 a Fojas Que por el mismo se tramita el otorgamiento Vista N° 00184-13; 14; de un aporte no reintegrable a favor de la Munici- Que el presente Decreto se dicta en uso de las Que el presente Decreto se dicta en uso de las palidad de la Ciudad de El Bolsón, a solicitud de su facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso Intendente Señor Alfredo Ricardo García, (D.N.I 1) de la Constitución Provincial; 1) de la Constitución Provincial; N° 10.204.980), para ser destinado a solventar los Por ello: Por ello: gastos que demandó la organización de la 39° Fiesta El Gobernador El Gobernador Nacional del Lúpulo, que se desarrolló desde el día de la Provincia de Río Negro de la Provincia de Río Negro 25 de Enero del corriente; DECRETA: DECRETA: Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo Artículo 1°.- Otorgar un aporte no reintegrable Artículo 1º.- Disponer que las Sociedades del normado en el Artículo 4° del Decreto N° 134/10; por la suma total de Pesos Trescientos Mil con 00/ Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas Que se hace necesario comprometer y devengar 100 ($ 300.000,00), a favor de la Municipalidad empresas donde el Estado Provincial tenga el presente gasto en los términos de los Artículos de Chimpay, destinado a la compra de un Camión participación mayoritaria en el capital o en la 30° y 31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Ford Cargo 1517/35, con caja volcadora a dicho formación de las decisiones societarias, incluidas Financiera; municipio.-