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2008
Actualización Decreto 1072 de 2015
(Único Reglamentario del Sector Trabajo).
Diego Felipe Valdivieso Rueda
VS+M Abogados.
1. Introducción.
• Antecedentes.
• Alcance del Decreto Único.
2. Contenido del Decreto.
• Referencia general.
• Contenidos en materia de protección social (Énfasis en Riesgos Laborales.)
Agenda.
1. Introducción
• Uno de los programas bandera de la administración del Presidente
Juan Manuel Santos es entrar a la OCDE.
• Para ello se han materializado algunas las diferentes
recomendaciones que este organismo multilateral ha hecho al
Gobierno Colombiano.
• Una de ellas es “El Estudio de la OCDE sobre la política regulatoria
en Colombia Más allá de la simplificación administrativa”.
• Según esta recomendación, el GOC únicamente ha simplificado los
trámites administrativos pero no ha hecho depuraciones
normativas y no tiene un política regulatoria clara y concisa.
Antecedentes.
El problema que identificó este estudio es el siguiente:
“La revisión del acervo de regulaciones fue una de las preocupaciones expresadas por
la comunidad empresarial durante las misiones de investigación, en particular aquellas
relacionadas con la falta de congruencia y las duplicadas. En algunos sectores, como el
de la salud, el acervo regulatorio se ha convertido con el tiempo en una compleja red
de normas y decretos, con conceptos contradictorios emitidos por el Ministerio y la
Superintendencia, lo cual crea confusión entre quienes tienen que aplicar el marco
regulatorio (por ejemplo, los gobiernos subnacionales). Este problema se acentúa ante
la falta de un mecanismo de control del flujo de regulaciones. (Pág. 126)”
Antecedentes.
Las recomendaciones sobre este punto:
• El GOC debería realizar una revisión integral y universal del acervo de regulaciones,
empezando por crear un registro centralizado de leyes y regulaciones.
• El GOC debería concentrarse en regulaciones de alto impacto para dar impulso a
un programa de simplificación a largo plazo. Para avanzar en ese sentido, emplear
métodos cualitativos y medir las cargas regulatorias frente a las cuales se pueden
valorar los logros y ahorros son estrategias complementarias. Los ciudadanos, las
empresas y la sociedad civil deberían participar en este esfuerzo y la experiencia
del programa Regulación Competitiva podría aprovecharse para tal fin.
• El GOC podría avanzar en certidumbre regulatoria y capacidad de respuesta
adoptando herramientas específicas para aumentar la disciplina en la gestión de
trámites.
Antecedentes.
Para materializar esta recomendación, el GOC emitió, a través del
Consejo Superior de Política Económica y Social, el documento
CONPES 203816.
• Problemas identificados: “Así mismo, algunas normas no resultan lo
suficientemente claras ni para los ciudadanos ni para las mismas autoridades,
tanto desde el punto de vista sustancial como por el lenguaje utilizado. Se
encuentran casos en los cuales, por su alto nivel técnico implican un grado de
complejidad en su construcción, interpretación e implementación. Incluso existen
situaciones en la cuales la ambigüedad de la norma permite una interpretación
positiva acerca de la ejecución de actividades que se encuentran prohibidas en la
normatividad. Finalmente, la falta de coordinación institucional para la producción
normativa puede conllevar a la expedición de instrumentos jurídicos que, a pesar
de tratar el mismo tema o fenómeno, generan diferentes tipos de exigencias sin
sopesar los costos que ello puede generar.”
Antecedentes.
• Principios a desarrollar: “(i) establecimiento de la institucionalidad requerida,
(ii) generación y fortalecimiento de capacidades para la gestión; (iii)
implementación de herramientas de análisis de impacto normativo a través de un
programa piloto; (iv) establecimiento de lineamientos y guías; (v) difusión de
mecanismos y herramientas para administración y racionalización del inventario
normativo. (Subrayas nuestras).”
Antecedentes.
En el sistema normativo colombiano no se tiene certeza acerca
de este facultad. Sin embargo, no es la primera vez que el
ejecutivo expide este tipo de normas. Vr. Gr. El Decreto 2555 de
2010 compiló y reeditó en un solo instrumento todas las
regulaciones aplicables para los sectores financiero, de seguros y
de la bolsa de valores.
Naturaleza jurídica.
En el derecho comparado:
El numeral 2 del artículo 82 Constitución Española de 1978 le
otorga al Gobierno la facultad para refundir textos legales con la
finalidad de conducir a unidad la normativa dispersa y
fragmentaria.
Naturaleza jurídica.
Posición de la Corte Constitucional:
Por tratarse de una facultad que en nada debe alterar la naturaleza
misma de las normas agrupadas, puede ser desarrollada por cualquier
particular o entidad pública, o puede igualmente ser delegada en el
ejecutivo a través de las facultades de que trata el numeral 10 del artículo
150 superior. Con todo, cabe en este punto precisar que la facultad de
compilar, esto es, la facultad de agrupar en un solo texto normas jurídicas
referentes a un determinado tema, no puede conllevar la expedición de un
nuevo texto jurídico con una numeración y titulación independiente, pues
ello, de conformidad con lo expuesto, equivale a expedir un código. (C-129
de 1995)
Naturaleza jurídica.
Consideraciones del Decreto:
• “Que por tratarse de un decreto compilatorio de normas reglamentarias preexistentes, las
mismas no requieren de consulta previa alguna, dado que las normas fuente cumplieron al
momento de su expedición con las regulaciones vigentes sobre la materia. “
• “Que en virtud de sus características propias, el contenido material de este decreto guarda
correspondencia con el de los decretos compilados; en consecuencia, no puede predicarse el
decaimiento de las resoluciones, las circulares y demás actos administrativos expedidos por
distintas autoridades administrativas con fundamento en las facultades derivadas de los
decretos compilados”
• “Que por cuanto este decreto constituye un ejercicio de compilación de reglamentaciones
preexistentes, los considerandos de los decretos fuente se tienden incorporados a su texto,
aunque no se transcriban, para lo cual en cada artículo se indica el origen del mismo”
Naturaleza jurídica.
En conclusión:
• Son decretos administrativos, expedidos conforma al numeral 11 del
artículo 189 superior y que tienen como finalidad integrar una unidad
normativa, a través de textos dispersos y fragmentarios.
• Tiene un carácter indicativo.
• No pueden derogar normas de carácter superior y capturar materias con
reserva de ley (C-028 de 1997, C-129 de 1998).
Naturaleza jurídica.
1. La nomenclatura de su articulado dista de los principios de simplificación y de acercamiento del
aparato normativo al ciudadano poco versado en temas jurídicos. Por lo tanto se aleja un poco de
las recomendaciones de la OCDE.
2. Subsiste el problema de las directrices, circulares, resoluciones, conceptos y demás normativas
dispersas a lo largo del ordenamiento jurídico sobre las cuales no hay seguridad. Sin embargo,
creemos que se ha dado un gran paso.
3. Muchos decretos no fueron compilados o lo fueron de manera parcial: Para materias precisas
vamos a tener que acudir a esos cuerpos normativos , lo cual le quita su apelativo de “único”.
4. Desde su expedición se han reformado sus artículos. Sin embargo, el texto que aparece en la web
no se encuentra actualizado, es decir, ya nos es «único» porque ahora debemos mirar, tanto este
decreto, como el que no reforma.
Problemas detectados.
2. Contenido del Decreto.
Decreto 1072
(Decreto Único
Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Libro 3 (Disposiciones
finales)
LIBRO 1. (Total Decretos 23)
1° PARTE: ESTRUCTURA DEL SECTOR CENTRAL: (Decreto Ley 4108 de 2011, Ley 278 de 1996,
Decreto 2380 de 2012, Decreto 4672 de 2010, Decreto 1953 de 2012, Decreto 1466 de 2007,
Decreto Ley 1295 de 1994, Ley 1636 de 2013, Decreto 2020 de 2006, Decreto 1714 de 2012, Ley
21 de 1982, Decreto 859 de 1995, Decreto 1833 de 1994). 13 decretos (14).
2° PARTE: ESTRUCTURA DEL SECTOR DESENTRALIZADO: (Ley 119 de 1994, Decreto 4122 de 2011,
Decreto 2521 de 2013, Ley 25 de 1981, Decreto 2595 de 2012, Decreto 4121 de 2011, Decreto 16
de 1997, Decreto 567 de 2014, Decreto 934 de 2003) 9 decretos.
Sin embargo, en este primer libro ningún decreto fue compilado de manera integral. Solo son
disposiciones aisladas que muchas veces no tiene relación entre sí. No son normas
reglamentarias sino descriptivas.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Parte 1 (Sector Central)
Titulo 1 (Cabeza del
Sector)
Titulo 2 (Órganos
Sectoriales de asesoría
y coordinación)
Titulo 3 (Fondos
especiales)
Parte 2 (Sector
Descentralizado)
Titulo 1 (Entidades
adscritas)
Titulo 2 (Entidades
vinculadas)
Titulo 3 (Organizamos
de articulación
sectorial)
Titulo 4 (Fondos
especiales)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
LIBRO 2. (69 decretos)
TÍTULO 1 :RELACIONES LABORALES INDIVIDUALES (Decreto 1127 de 1991, Decreto 1373 de 1966,
Decreto 933 de 2003, Decreto 2585 de 2003, Decreto 620 de 2005, Decreto 451 de 2008; Decreto
4690 de 2005, Decreto 995 de 1968, Decreto 1127 de 1991, Decreto 1373 de 1966, Decreto 2076
de 1967, Decreto 116 de 1976, Decreto 1176 de 1991, Decreto 982 de 1984, Decreto 884 de
2012, Decreto 1047 de 2014, Decreto 2089 de 2014, Decreto 1015 de 1995, Decreto 2616 de
2013) 18 decretos.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del sector
trabajo)
Parte 1 (Disposiciones
generales)
Titulo 1 (Objetivo y ámbito
de aplicación).
Parte 2 (Reglamentaciones)
Titulo 1 (Relaciones
Individuales).
Capitulo 1 (Disposiciones
generales sobre el contrato
individual de trabajo.
Capitulo 2 (Jornada de
trabajo, descanso
obligatorio, vacaciones y
recreación).
Sección 1. (Jornada y trabajo
suplementario)
Sección 2 (Vacaciones)
Sección 3 ( Actividades
recreativas, culturales o de
capacitación dentro de la
jornada)
Capitulo 3 (Cesantías)
Capitulo 4 (Calzado y
overoles para trabajadores)
Capitulo 5 (Teletrabajo)
Capitulo 6 (Normas
laborales especiales
relacionadas con
determinados trabajadores)
Sección 1 (Conductores de
servicio público de
transporte)
Sección 2 (Mano de obra
local hidrocarburos)
Sección 3 (Trabajadores del
mar)
Sección 4 (Trabajadores de
tiempo parcial)
Sección 5 (Madres cabeza
de familia)
Capítulo 7 (Aquí iría el
Proyecto de decreto que
pretende legitimar criterios
de la UGPP)
Títulos 2 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
TITULO 2
RELACIONES LABORALES COLECTIVAS (Decreto 1194 de 1994, Decreto 1373 de 1966, Decreto
1469 de 1978, Decreto 1469 de 1978, Decreto 2519 de 1993, Decreto 1429 de 2010, Decreto
2486 de 1973, Decreto 2264 de 2013, Decreto 160 de 2014, Decreto 2813 de 2000, Decreto 89 de
2014) 11 decretos.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072
(Decreto Único
Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 1 (Disposiciones
generales)
Titulo 1 (Objetivo y
ámbito de aplicación).
Parte 2
(Reglamentaciones)
Titulo 1 (Relaciones
Individuales).
Titulo 2 (Relaciones
laborales colectivas).
Capítulo 1 (Sindicatos)
Capítulo 2
(Prohibiciones y
sanciones)
Capítulo 3 (Cuotas
sindicales)
Capítulo 4 (Sindicatos
de Empleados
públicos)
Capítulo 5 (Permisos
sindicales)
Capítulo 6
(Federaciones y
confederaciones)
Capitulo 7 (Conflictos
colectivos de trabajo)
Capitulo 8 (Fuero
sindical)
Títulos 3 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
TITULO 3:
INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL (Decreto 34 de 2013). 1 decreto.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 1 (Disposiciones
generales)
Titulo 1 (Objetivo y
ámbito de aplicación).
Parte 2
(Reglamentaciones)
Titulo 1 (Relaciones
Individuales).
Titulo 2 (Relaciones
laborales colectivas).
Títulos 3 Inspección,
Vigilancia y Control.
Capítulo 1 (El poder
preferente)
Títulos 4 a 9.
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
Título 4.
RIESGOS LABORALES (Decreto 614 de 1984,Decreto 1530 de 1996, Decreto 1771 de 1994,
Decreto 1772 de 1994, Decreto 1833 de 1994, 1859 de 1995, Decreto 2313 de 2006, Decreto
2923 de 2011, Decreto 723 de 2013, Decreto 1637 de 2013, Decreto 1442 de 2014, Decreto
1443 de 2014, Decreto 055 de 2015, Decreto 472 de 2015) 14 Decretos.
Estructura general del decreto.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 3
Titulo 4 (Riesgos
laborales)
Capítulo 1 (Disposiciones
generales en riesgos
laborales)
Capítulo 2 (Afiliación al
sistema de riesgos
laborales)
Sección 1 (Reglas
generales sobe la
afiliación)
Sección 2 (Afiliación,
cobertura y pago
trabajadores
independientes)
Sección 3 (Afiliación de
estudiantes)
Sección 4 (Riesgos
laborales en empresas
de servicios temporales)
Capitulo 3 (Cotización en
el sistema de riesgos
laborales)
Capitulo 4 (Reembolsos)
Capitulo 5 (Consejo
Nacional de Riesgos
Laborales)
Capitulo 6 (Sistema de
gestión de la seguridad y
salud en el trabajo)
Capitulo 7 (Sistema de
garantía de la calidad)
Capitulo 8 (Fondo de
riesgos laborales)
Capitulo 9 (Sistema de
compensación en el
sistema)
Capitulo 10
(Intermediarios de
seguros)
Capitulo 11 (Graduación
de multas)
Títulos 5 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
TÍTULO 5
JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ (Decreto 1352 de 2013, Decreto 2463 de 2001, Decreto
1557 de 1995). 3 decretos.
TÍTULO 6
NORMAS REFERENTES AL EMPLEO (Decreto 2852 de 2013, Decreto 2113 de 2013, Decreto 1508
de 2014, Decreto 135 de 2014, Decreto 2020 de 2006, Decreto 3756 de 2009, Decreto 359 de
2000, Decreto 681 de 2014, Decreto 934 de 2003, Decreto 4369 de 2006, Decreto 2286 de 2003,
Decreto 4463 de 2011, Decreto 682 de 2014, Decreto 46 de 2013). 14 decretos.
Estructura general del decreto.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 4
Titulo 5 (Juntas de
calificación de
invalidez.)
Capítulo 1
(Disposiciones
generales)
Capítulo 2 (Junta de
calificación de invalidez
aviadores)
Titulo 6 (Normas
referentes al empleo)
Capítulo 1 (Mecanismo
de protección al
cesante)
Sección 1
(Disposiciones
generales)
Sección 2 (Servicio
público de empleo)
Sección 3 (FOSFEC)
Sección 4 (Capacitación
para la inserción
laboral)
Sección 5 (Ahorro
voluntario y beneficio
monetario)
Sección 6
(Disposiciones varias)
Capítulo 2 (Formación
para el trabajo)
Sección 1 (SCAFT)
Sección 2 (Sistema de
formación integral)
SENA
Sección 3
(Reentrenamiento
laboral y formación a
largo de la vida)
Capitulo 3 (Contrato de
aprendizaje)
Títulos 7 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Titulo 1 a 5
Titulo 6 (Normas
referentes al empleo)
Capítulos 1 a 3
Capitulo 4 (Fondo
Emprender)
Capítulo 5 (Servicio
temporal)
Capitulo 6 (Servicio
Temporal)Capitulo 6
(Exclusión de aportes
parafiscales)
Capitulo 7 (Equidad de
genero en el empleo)
Capítulo 8 (Migración
laboral)
Sección 1 (Afiliación de
colombianos en el
exterior)
Sección 2 (Instrumento
Andino de Migración)
Titulo 7 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
TÍTULO 7: SUBSIDIO FAMILIAR (Decreto 341 de 1988, Decreto 1531 de 1990, Decreto 721 de
2013, Decreto 867 de 2014, Decreto 682 de 2014, Decreto 827 de 2003, Decreto 1053 de 2014,
Decreto 784 de 1989, Decreto 2889 de 2007, Decreto 1902 de 1994, Decreto 1729 de 2008). 11
decretos.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 6
Titulo 7 (Subsidio
familiar)
Capítulo 1 (Cajas de
Compensación Familiar)
Sección 1 (Constitución)
Sección 2 (Asamblea
General)
Sección 3 (Consejo
Directivo)
Sección 4 (Revisoría
fiscal)
Capítulo 2 (Afiliación a
las Cajas de
Compensación Familiar)
Sección 1 (Calificación y
aspectos generales)
Sección 2 (De la
afiliación)
Sección 3 (De la
desafiliación)
Capítulo 3 (Afiliación
población especial)
Capitulo 4 (Tarifa,
beneficiarios y servicios
de las cajas)
Títulos 8 a 9
Libro 3 (Disipaciones
finales)
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 6
Titulo 7 (Subsidio
familiar)
Capítulos 1 a 2
Capítulo 3 (Afiliación
población especial)
Sección 1 (Servicio
domestico)
Sección 2 (Pensionados)
Capitulo 4 (Tarifa,
beneficiarios y servicios
de las cajas)
Sección 1 (Categorías
tarifarias)
Sección 2 (De la calidad
de Beneficiario)
Sección 3 (Programas
sociales)
Sección 4 Pago de
subsidio en servicios)
Sección 5 (Pago de
subsidio en especie)
Títulos 8 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario del
Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 6
Titulo 7 (Subsidio
familiar)
Capítulo 1 a 4
Capítulo 5 (Recursos,
inversiones y
presupuestos de las CCF)
Sección 1 (Activos)
Sección 2 (Reserva legal)
Sección 3 (Inversiones)
Sección 4 (Presupuesto)
Sección 5 (Control a la
evasión y régimen de
transparencia)
Capitulo 6 (FONIÑEZ)
Capitulo 7 (Control
Superintendencia del
Subsidio Familiar)
Títulos 8 a 9
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Estructura general del decreto.
TÍTULO 8: ASOCIATIVIDAD SOCIAL Y SOLIDARIA (Decreto 1100 de 1992, Decreto 4588 de 2006,
Decreto 3553 de 2008, Decreto 400 de 2008, Decreto 1570 de 2008, Decreto 2025 de 2011). 6
decretos.
TÍTULO 9: DISPOSICIONES VARIAS (Decreto 2833 de 1981, Decreto 63 de 2002, Decreto 2733 de
2012, Decreto 46 de 2013, Decreto 1293 de 1994). 5 decretos.
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Parte 2
(Reglamentaciones)
Títulos 1 a 7
Titulo 8 (Asociatividad y
solidaridad)
Capítulo 1 (Formas
asociativas de economía
solidaria)
Capítulo 2 (Empresas
Asociativas de Trabajo)
Capítulo 3 (Servicios de
las Cajas de CF a
COOTAS y PRECOOTAS)
Titulo 9 (Disposiciones
varias)
Capítulo 1
(Trabajadores sociales)
Capítulo 2 (De los
acuerdos de
reestructuración Ley
550)
Capítulo 3 (Deducciones
tributarias – mujeres
víctimas de la violencia)
Libro 3 (Disipaciones
finales)
Estructura general del decreto.
Decreto 1072 (Decreto
Único Reglamentario
del Sector Trabajo)
Libro 1 (Estructura del
Sector Trabajo)
Libro 2 (Régimen
reglamentario del
sector trabajo)
Libro 3 (Disposiciones
finales)
Parte 1 (Derogatoria y
vigencia)
Estructura general del decreto.
LIBRO 3.
PARTE 1: Derogatoria integral: Éste Decreto regula íntegramente las materias contempladas en él.
Por consiguiente, de conformidad con el art. 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las
disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas al sector Trabajo que versen sobre las mismas
materias, con excepción, exclusivamente de los siguientes asuntos:
1. No quedan cobijados por la derogatoria anterior los decretos relativos a la creación y
conformación de comisiones intersectoriales, comisiones interinstitucionales, consejos, comités,
sistemas administrativos y 'demás asuntos relacionados con la estructura, configuración y
conformación de las entidades y organizamos del sector administrativo, entre los cuales ….
Estructura general del decreto.
3. La importancia del Decreto en
Materia de Riesgos Laborales.
• El sistema de riesgos laborales ha sido fundamentalmente desarrollado a nivel de Decretos
Nacionales y Reglamentarios. (No 11 artículo 139 de la Ley 100 de 1993)
“Dictar las normas necesarias para organizar la administración del sistema general de riesgos profesionales como un conjunto
de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los accidentes, que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que
desarrollan. En todo caso, la cotización continuará a cargo de los empleadores.”
• Con la Ley 1562 de 2012, se introdujo un cambio estructural del sistema. En el Decreto 1072
se reúnen las normas recientemente expedidas, que han buscado materializar el nuevo
enfoque del sistema: Decreto 723 de 2013, Decreto 1637 de 2013, Decreto 1442 de 2014,
Decreto 1443 de 2014, Decreto 472 de 2015
AMPLICA LA
COBERTURA:
Afiliación de
independientes.
Afiliación de
estudiantes.
DINAMISMO DEL
RIESGO :
SGSST
PROTAGONISMO
Y ACTIVIMOS
DEL ESTADO:
INSPECCIÓN Y
VIGILANCIA.
Nuevo enfoque del sistema.
Afiliación y Cobertura de Independientes.
• Obligatoriedad: Contratos formales (por escrito) con duración superior a un (1)
mes y para los independientes que laboren en actividades catalogadas por el
Ministerio del Trabajo como de alto riesgo (Clase IV y V)
• Selección de ARL (Regla general el trabajador independiente).
• Afiliación a cargo del contratante por cuenta del contratista (salvo actividades de
alto riesgo) Pago? Armonización art 135 PND
• Reporte de novedades a cargo del contratante.
• Afiliación independiente por cada contrato.
• Ingreso base de cotización.
• Pago anticipado de cotización (Armonización art 135 del PND)
• El contratista debe estar vinculado al SGSST.
• Exámenes médicos ocupacionales.
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/LEY%201753%20DEL%2009%20DE%20J
UNIO%20DE%202015.pdf
Afiliación y Cobertura de estudiantes.
• Campo de aplicación - Estudiantes que: Ejecutan trabajo que significan
fuente de ingreso e involucran riesgo ocupacional; prácticas como
requisito para culminar estudios (media técnica, formación
complementaria, educación superior, programas de formación laboral);
prácticas ad-honorem que involucren riesgo como requisito de grado;
aprendizaje y pasantías.
• Afiliación y pago: En ningún caso se traslada al estudiante.
• Base de cotización: 1 SMLVM
• Es responsable de la afiliación y pago debe: entre otras, reportar las
novedades y accidentes.
• Responsabilidad de la entidad donde se realiza la práctica: Incluir al
estudiante en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Graduación de multas.
• Principios de la actuación administrativa: Debido proceso, No reformatio in pejus, Non bis in
ídem, igualdad, imparcialidad, moralidad, publicidad, eficacia, celeridad, proporcionalidad y
razonabilidad.
• Criterios de graduación: reincidencia; resistencia, negativa u obstrucción a la investigación;
uso de medios fraudulentos; ocultamente de información, diligencia y prudencia; confesión;
daño o peligro generado a los interés tutelados; ausencia de promoción y prevención;
beneficio económico del infractor; proporcionalidad y razonabilidad de acuerdo a numero
de trabajadores y valor de activos; Incumplimiento de correctivos y recomendaciones.
• Reglas de proporcionalidad y razonabilidad: microempresa, pequeña empresa, mediana
empresa, gran empresa.
• Sanciones de hasta 1.000 SMLMV, clausula o cierre del lugar de trabajo (temporal o
definitivo)
• Planes de mejoramiento impuestos por el Ministerio.
• Paralización o prohibición inmediata de trabajos y tareas.
• Respecto de derechos laborales y prestacionales.
Centrémonos en la prevención:
SG-SST.
Identidad material.
Decreto 1072 de
2015
Libro II: Régimen
reglamentario del
sector del trabajo.
Título 4: Riesgos
laborales.
Capítulo 6: SG-
SST.
Objeto, campo de
aplicación y
definiciones
Política.
Organización.
Planificación.
Evaluación.
Aplicación.
Auditoría.
Acciones de
mejora.
Capacitación
obligatoria.
Disposiciones
Varias.
Ubicación (2.2.4.6.1 - 2.2.4.6.42).
Libro II: Régimen
reglamentario del sector
del trabajo.
Título 4: Riesgos
laborales.
Capítulo 6: SG-SST. Política.
Artículo 2.2.4.6.5.
Política de seguridad y
salud en el trabajo (SST)
Artículo 2.2.4.6.6.
Requisitos de la política
de seguridad y salud en
el trabajo (SST).
Estructura.
Libro II: Régimen
reglamentario del sector
del trabajo.
Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST.
Objeto, campo de
aplicación y definiciones
Artículo 2.2.4.6.2.
Definiciones.
Artículo 2.2.4.6.1.
Objeto y campo de
aplicación.
Artículo 2.2.4.6.3.
Seguridad y salud en el
trabajo (SST).
Artículo 2.2.4.6.4. Sistema
de gestión de la seguridad
y salud en el trabajo (SG-
SST).
Estructura.
Estructura.
Libro II: Régimen
reglamentario del
sector del trabajo.
Título 4: Riesgos
laborales. Capítulo 6: SG-SST. Organización.
Artículo 2.2.4.6.8.
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Estructura.
Libro II: Régimen
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Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST. Planificación.
Artículo 2.2.4.6.16.
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salud en el trabajo, SG-SST
Artículo 2.2.4.6.17.
Planificación del sistema de
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Artículo 2.2.4.6.18.
Objetivos del sistema de
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salud en el trabajo SG-SST.
Estructura.
Libro II: Régimen
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Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Evaluación.
Artículo 2.2.4.6.19.
Indicadores del sistema de
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estructura del sistema de
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proceso del sistema de
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salud en el trabajo SG-SST.
Estructura.
Libro II: Régimen
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Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Aplicación.
Artículo 2.2.4.6.23.
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Artículo 2.2.4.6.25.
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Contratación.
Estructura.
Libro II: Régimen
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Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Auditoría.
Artículo 2.2.4.6.29.
Auditoría de cumplimiento
del sistema de gestión de la
seguridad y salud en el
trabajo. SG-SST.
Artículo 2.2.4.6.30.
Alcance de la auditoría de
cumplimiento del Sistema de
Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo (SG-SST).
Artículo 2.2.4.6.31.
Revisión por la alta dirección.
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Estructura.
Libro II: Régimen
reglamentario del
sector del trabajo
Título 4: Riesgos
laborales
Capítulo 6: SG-SST. Acciones de mejora.
Artículo 2.2.4.6.33.
Acciones preventivas
y correctivas.
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Mejora continua.
Estructura.
Libro II: Régimen
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sector del trabajo
Título 4: Riesgos
laborales
Capítulo 6: SG-
SST.
Capacitación
obligatoria.
2.2.4.6.35.
Capacitación
obligatoria.
Estructura.
Libro II: Régimen
reglamentario del sector del
trabajo
Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Disposiciones varias.
Artículo 2.2.4.6.36.
Sanciones.
Artículo 2.2.4.6.37.
Transición.
Artículo 2.2.4.6.38.
Constitución del Plan
Nacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Artículo 2.2.4.6.39.
Sujeción de otras entidades
gubernamentales.
Artículo 2.2.4.6.40.
Servicios privados de Salud y
Seguridad en el Trabajo.
Artículo 2.2.4.6.41.
Responsabilidades de los
servicios privados de Salud y
Seguridad en el Trabajo.
Artículo 2.2.4.6.42.
Contratación de Servicios de
Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Y entonces el Dto….
Principales novedades en cuanto a la prevención.
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo (Antes
programa de Salud Ocupacional):
“Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora
continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la
evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar,
reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el
trabajo”.
Características especiales.
Características especiales.
• Universal: Se aplica a todos aquellos que vinculen fuerza humana en la ejecución
de una labor en su beneficio, sin importar el tipo de relación jurídica.
• Obligatorio: Todos los empleadores del sector privado y público deben tener uno.
En materia de prevención de accidentes y enfermedades laborales y de “salud
ocupacional”, hace las veces del reglamento interno de trabajo.
• Estructurado: Supone etapas de desarrollo.
• Permanente: Todas las empresas deben tener uno mientras tengan trabajadores a
su cargo.
Características especiales.
• Integrado: como instrumento de política y de acción que permite la ejecución
material de la prevención, se encuentra articulado con la totalidad del sistema
general de riesgos laborales.
• Ser adecuado a las condiciones, tamaño y características del empleador o
contratante: El sistema que se adopte debe ser congruente con las especificidades
de cada unidad económica.
• Ser liderado por el empleador o contratante: es el encargado de su diseño,
estructuración e implementación, en forma permanente.
• Ser participativo: Los principales actores pueden intervenir: el Ministerio del
trabajo, los trabajadores y la ARL.
Características especiales.
• Ser movido por el principio de mejora continua: Busca en todo momento
perfeccionar las condiciones de trabajo.
• Ser medible: se deben diseñar diferentes mecanismos de recolección de
información para que los encargados de desarrollar las acciones de mejora puedan
realizar los ajustes necesarios.
• Busca definir y aplicar una política y unas estrategias para el control eficaz de los
peligros y los riesgos del trabajo.
La fuente del riesgo está en la
actividad no en la naturaleza
jurídica del vínculo contractual.
El SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la
participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando a través de dicho sistema, la
aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del
comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control
eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo.
Para el efecto, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las
enfermedades laborales y también la protección y promoción de la salud de los trabajadores
y/o contratistas, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un
sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar
y Actuar (Art. 2.2.6.4.4).
Artículo 2.2.4.6.1: (…) Deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y
privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o
administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las
empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores
dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
(Se puede observar que la norma vinculó a todas las formas de trabajo en Colombia: El
dependiente (público o privado), el cooperado y el independiente).
La estructura del SGSST.
Estructura del SG-SST.
la ocurrencia del siniestro.
Controlar
Evaluar y
Reconocer
Anticipar
Todo ello respecto a los riesgos que puedan impactar en la seguridad y la salud en el trabajo con los fines de:
Comprende (Componentes):
La política. La organización. La planificación. La aplicación. La evaluación. La auditoría. Las acciones de mejora.
Estructura del SG-SST.
Planificar
(Plan),
Hacer
(Do),
Verificar
(Check),
Actuar.
Sistema de gestión PHVA.
Aplicación.
Planificación,
política.
Evaluación
y auditoría.
Acciones
de mejora.
Disposiciones varias.
Capacitación obligatoria:
Los responsables de la ejecución de los Sistema de Gestión de la Seguridad y Saluden, el Trabajo
SG-SST, deberán realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST que defina el Ministerio del Trabajo en
desarrollo de las acciones señaladas en el literal a) del artículo 12 de la ley 1562 de 2012, y
obtener el certificado de aprobación del mismo.
Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.42).
Sanciones:
El incumplimiento a lo establecido en el presente decreto y demás normas que lo adicionen,
modifiquen o sustituyan, será sancionado en los términos previstos en el artículo 91, del Decreto
1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y
las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
Parágrafo: Las Administradoras de Riesgos Laborales realizarán la vigilancia delegada del
cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto e informarán a las Direcciones Territoriales
del Ministerio del Trabajo los casos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del mismo por
parte de sus empresas afiliadas.
Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.42).
Régimen de transición:
a) Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10) trabajadores.
b) Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200) trabajadores.
c) Treinta (30) meses para las empresas de' doscientos uno (201) o más trabajadores.
Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.37).
Algunas estadísticas.
Datos relevantes.
Gracias.
Diego Felipe Valdivieso Rueda
@valdiviesodf
@vsmlegal.

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Decreto unico 1072_diego_valdivieso

  • 1. 2008 Actualización Decreto 1072 de 2015 (Único Reglamentario del Sector Trabajo). Diego Felipe Valdivieso Rueda VS+M Abogados.
  • 2. 1. Introducción. • Antecedentes. • Alcance del Decreto Único. 2. Contenido del Decreto. • Referencia general. • Contenidos en materia de protección social (Énfasis en Riesgos Laborales.) Agenda.
  • 4. • Uno de los programas bandera de la administración del Presidente Juan Manuel Santos es entrar a la OCDE. • Para ello se han materializado algunas las diferentes recomendaciones que este organismo multilateral ha hecho al Gobierno Colombiano. • Una de ellas es “El Estudio de la OCDE sobre la política regulatoria en Colombia Más allá de la simplificación administrativa”. • Según esta recomendación, el GOC únicamente ha simplificado los trámites administrativos pero no ha hecho depuraciones normativas y no tiene un política regulatoria clara y concisa. Antecedentes.
  • 5. El problema que identificó este estudio es el siguiente: “La revisión del acervo de regulaciones fue una de las preocupaciones expresadas por la comunidad empresarial durante las misiones de investigación, en particular aquellas relacionadas con la falta de congruencia y las duplicadas. En algunos sectores, como el de la salud, el acervo regulatorio se ha convertido con el tiempo en una compleja red de normas y decretos, con conceptos contradictorios emitidos por el Ministerio y la Superintendencia, lo cual crea confusión entre quienes tienen que aplicar el marco regulatorio (por ejemplo, los gobiernos subnacionales). Este problema se acentúa ante la falta de un mecanismo de control del flujo de regulaciones. (Pág. 126)” Antecedentes.
  • 6. Las recomendaciones sobre este punto: • El GOC debería realizar una revisión integral y universal del acervo de regulaciones, empezando por crear un registro centralizado de leyes y regulaciones. • El GOC debería concentrarse en regulaciones de alto impacto para dar impulso a un programa de simplificación a largo plazo. Para avanzar en ese sentido, emplear métodos cualitativos y medir las cargas regulatorias frente a las cuales se pueden valorar los logros y ahorros son estrategias complementarias. Los ciudadanos, las empresas y la sociedad civil deberían participar en este esfuerzo y la experiencia del programa Regulación Competitiva podría aprovecharse para tal fin. • El GOC podría avanzar en certidumbre regulatoria y capacidad de respuesta adoptando herramientas específicas para aumentar la disciplina en la gestión de trámites. Antecedentes.
  • 7. Para materializar esta recomendación, el GOC emitió, a través del Consejo Superior de Política Económica y Social, el documento CONPES 203816. • Problemas identificados: “Así mismo, algunas normas no resultan lo suficientemente claras ni para los ciudadanos ni para las mismas autoridades, tanto desde el punto de vista sustancial como por el lenguaje utilizado. Se encuentran casos en los cuales, por su alto nivel técnico implican un grado de complejidad en su construcción, interpretación e implementación. Incluso existen situaciones en la cuales la ambigüedad de la norma permite una interpretación positiva acerca de la ejecución de actividades que se encuentran prohibidas en la normatividad. Finalmente, la falta de coordinación institucional para la producción normativa puede conllevar a la expedición de instrumentos jurídicos que, a pesar de tratar el mismo tema o fenómeno, generan diferentes tipos de exigencias sin sopesar los costos que ello puede generar.” Antecedentes.
  • 8. • Principios a desarrollar: “(i) establecimiento de la institucionalidad requerida, (ii) generación y fortalecimiento de capacidades para la gestión; (iii) implementación de herramientas de análisis de impacto normativo a través de un programa piloto; (iv) establecimiento de lineamientos y guías; (v) difusión de mecanismos y herramientas para administración y racionalización del inventario normativo. (Subrayas nuestras).” Antecedentes.
  • 9. En el sistema normativo colombiano no se tiene certeza acerca de este facultad. Sin embargo, no es la primera vez que el ejecutivo expide este tipo de normas. Vr. Gr. El Decreto 2555 de 2010 compiló y reeditó en un solo instrumento todas las regulaciones aplicables para los sectores financiero, de seguros y de la bolsa de valores. Naturaleza jurídica.
  • 10. En el derecho comparado: El numeral 2 del artículo 82 Constitución Española de 1978 le otorga al Gobierno la facultad para refundir textos legales con la finalidad de conducir a unidad la normativa dispersa y fragmentaria. Naturaleza jurídica.
  • 11. Posición de la Corte Constitucional: Por tratarse de una facultad que en nada debe alterar la naturaleza misma de las normas agrupadas, puede ser desarrollada por cualquier particular o entidad pública, o puede igualmente ser delegada en el ejecutivo a través de las facultades de que trata el numeral 10 del artículo 150 superior. Con todo, cabe en este punto precisar que la facultad de compilar, esto es, la facultad de agrupar en un solo texto normas jurídicas referentes a un determinado tema, no puede conllevar la expedición de un nuevo texto jurídico con una numeración y titulación independiente, pues ello, de conformidad con lo expuesto, equivale a expedir un código. (C-129 de 1995) Naturaleza jurídica.
  • 12. Consideraciones del Decreto: • “Que por tratarse de un decreto compilatorio de normas reglamentarias preexistentes, las mismas no requieren de consulta previa alguna, dado que las normas fuente cumplieron al momento de su expedición con las regulaciones vigentes sobre la materia. “ • “Que en virtud de sus características propias, el contenido material de este decreto guarda correspondencia con el de los decretos compilados; en consecuencia, no puede predicarse el decaimiento de las resoluciones, las circulares y demás actos administrativos expedidos por distintas autoridades administrativas con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados” • “Que por cuanto este decreto constituye un ejercicio de compilación de reglamentaciones preexistentes, los considerandos de los decretos fuente se tienden incorporados a su texto, aunque no se transcriban, para lo cual en cada artículo se indica el origen del mismo” Naturaleza jurídica.
  • 13. En conclusión: • Son decretos administrativos, expedidos conforma al numeral 11 del artículo 189 superior y que tienen como finalidad integrar una unidad normativa, a través de textos dispersos y fragmentarios. • Tiene un carácter indicativo. • No pueden derogar normas de carácter superior y capturar materias con reserva de ley (C-028 de 1997, C-129 de 1998). Naturaleza jurídica.
  • 14. 1. La nomenclatura de su articulado dista de los principios de simplificación y de acercamiento del aparato normativo al ciudadano poco versado en temas jurídicos. Por lo tanto se aleja un poco de las recomendaciones de la OCDE. 2. Subsiste el problema de las directrices, circulares, resoluciones, conceptos y demás normativas dispersas a lo largo del ordenamiento jurídico sobre las cuales no hay seguridad. Sin embargo, creemos que se ha dado un gran paso. 3. Muchos decretos no fueron compilados o lo fueron de manera parcial: Para materias precisas vamos a tener que acudir a esos cuerpos normativos , lo cual le quita su apelativo de “único”. 4. Desde su expedición se han reformado sus artículos. Sin embargo, el texto que aparece en la web no se encuentra actualizado, es decir, ya nos es «único» porque ahora debemos mirar, tanto este decreto, como el que no reforma. Problemas detectados.
  • 15. 2. Contenido del Decreto.
  • 16. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Libro 3 (Disposiciones finales)
  • 17. LIBRO 1. (Total Decretos 23) 1° PARTE: ESTRUCTURA DEL SECTOR CENTRAL: (Decreto Ley 4108 de 2011, Ley 278 de 1996, Decreto 2380 de 2012, Decreto 4672 de 2010, Decreto 1953 de 2012, Decreto 1466 de 2007, Decreto Ley 1295 de 1994, Ley 1636 de 2013, Decreto 2020 de 2006, Decreto 1714 de 2012, Ley 21 de 1982, Decreto 859 de 1995, Decreto 1833 de 1994). 13 decretos (14). 2° PARTE: ESTRUCTURA DEL SECTOR DESENTRALIZADO: (Ley 119 de 1994, Decreto 4122 de 2011, Decreto 2521 de 2013, Ley 25 de 1981, Decreto 2595 de 2012, Decreto 4121 de 2011, Decreto 16 de 1997, Decreto 567 de 2014, Decreto 934 de 2003) 9 decretos. Sin embargo, en este primer libro ningún decreto fue compilado de manera integral. Solo son disposiciones aisladas que muchas veces no tiene relación entre sí. No son normas reglamentarias sino descriptivas. Estructura general del decreto.
  • 18. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Parte 1 (Sector Central) Titulo 1 (Cabeza del Sector) Titulo 2 (Órganos Sectoriales de asesoría y coordinación) Titulo 3 (Fondos especiales) Parte 2 (Sector Descentralizado) Titulo 1 (Entidades adscritas) Titulo 2 (Entidades vinculadas) Titulo 3 (Organizamos de articulación sectorial) Titulo 4 (Fondos especiales) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 19. LIBRO 2. (69 decretos) TÍTULO 1 :RELACIONES LABORALES INDIVIDUALES (Decreto 1127 de 1991, Decreto 1373 de 1966, Decreto 933 de 2003, Decreto 2585 de 2003, Decreto 620 de 2005, Decreto 451 de 2008; Decreto 4690 de 2005, Decreto 995 de 1968, Decreto 1127 de 1991, Decreto 1373 de 1966, Decreto 2076 de 1967, Decreto 116 de 1976, Decreto 1176 de 1991, Decreto 982 de 1984, Decreto 884 de 2012, Decreto 1047 de 2014, Decreto 2089 de 2014, Decreto 1015 de 1995, Decreto 2616 de 2013) 18 decretos. Estructura general del decreto.
  • 20. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 1 (Disposiciones generales) Titulo 1 (Objetivo y ámbito de aplicación). Parte 2 (Reglamentaciones) Titulo 1 (Relaciones Individuales). Capitulo 1 (Disposiciones generales sobre el contrato individual de trabajo. Capitulo 2 (Jornada de trabajo, descanso obligatorio, vacaciones y recreación). Sección 1. (Jornada y trabajo suplementario) Sección 2 (Vacaciones) Sección 3 ( Actividades recreativas, culturales o de capacitación dentro de la jornada) Capitulo 3 (Cesantías) Capitulo 4 (Calzado y overoles para trabajadores) Capitulo 5 (Teletrabajo) Capitulo 6 (Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores) Sección 1 (Conductores de servicio público de transporte) Sección 2 (Mano de obra local hidrocarburos) Sección 3 (Trabajadores del mar) Sección 4 (Trabajadores de tiempo parcial) Sección 5 (Madres cabeza de familia) Capítulo 7 (Aquí iría el Proyecto de decreto que pretende legitimar criterios de la UGPP) Títulos 2 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 21. TITULO 2 RELACIONES LABORALES COLECTIVAS (Decreto 1194 de 1994, Decreto 1373 de 1966, Decreto 1469 de 1978, Decreto 1469 de 1978, Decreto 2519 de 1993, Decreto 1429 de 2010, Decreto 2486 de 1973, Decreto 2264 de 2013, Decreto 160 de 2014, Decreto 2813 de 2000, Decreto 89 de 2014) 11 decretos. Estructura general del decreto.
  • 22. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 1 (Disposiciones generales) Titulo 1 (Objetivo y ámbito de aplicación). Parte 2 (Reglamentaciones) Titulo 1 (Relaciones Individuales). Titulo 2 (Relaciones laborales colectivas). Capítulo 1 (Sindicatos) Capítulo 2 (Prohibiciones y sanciones) Capítulo 3 (Cuotas sindicales) Capítulo 4 (Sindicatos de Empleados públicos) Capítulo 5 (Permisos sindicales) Capítulo 6 (Federaciones y confederaciones) Capitulo 7 (Conflictos colectivos de trabajo) Capitulo 8 (Fuero sindical) Títulos 3 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 23. TITULO 3: INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL (Decreto 34 de 2013). 1 decreto. Estructura general del decreto.
  • 24. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 1 (Disposiciones generales) Titulo 1 (Objetivo y ámbito de aplicación). Parte 2 (Reglamentaciones) Titulo 1 (Relaciones Individuales). Titulo 2 (Relaciones laborales colectivas). Títulos 3 Inspección, Vigilancia y Control. Capítulo 1 (El poder preferente) Títulos 4 a 9. Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 25. Título 4. RIESGOS LABORALES (Decreto 614 de 1984,Decreto 1530 de 1996, Decreto 1771 de 1994, Decreto 1772 de 1994, Decreto 1833 de 1994, 1859 de 1995, Decreto 2313 de 2006, Decreto 2923 de 2011, Decreto 723 de 2013, Decreto 1637 de 2013, Decreto 1442 de 2014, Decreto 1443 de 2014, Decreto 055 de 2015, Decreto 472 de 2015) 14 Decretos. Estructura general del decreto.
  • 26. Estructura general del decreto. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 3 Titulo 4 (Riesgos laborales) Capítulo 1 (Disposiciones generales en riesgos laborales) Capítulo 2 (Afiliación al sistema de riesgos laborales) Sección 1 (Reglas generales sobe la afiliación) Sección 2 (Afiliación, cobertura y pago trabajadores independientes) Sección 3 (Afiliación de estudiantes) Sección 4 (Riesgos laborales en empresas de servicios temporales) Capitulo 3 (Cotización en el sistema de riesgos laborales) Capitulo 4 (Reembolsos) Capitulo 5 (Consejo Nacional de Riesgos Laborales) Capitulo 6 (Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo) Capitulo 7 (Sistema de garantía de la calidad) Capitulo 8 (Fondo de riesgos laborales) Capitulo 9 (Sistema de compensación en el sistema) Capitulo 10 (Intermediarios de seguros) Capitulo 11 (Graduación de multas) Títulos 5 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales)
  • 27. TÍTULO 5 JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ (Decreto 1352 de 2013, Decreto 2463 de 2001, Decreto 1557 de 1995). 3 decretos. TÍTULO 6 NORMAS REFERENTES AL EMPLEO (Decreto 2852 de 2013, Decreto 2113 de 2013, Decreto 1508 de 2014, Decreto 135 de 2014, Decreto 2020 de 2006, Decreto 3756 de 2009, Decreto 359 de 2000, Decreto 681 de 2014, Decreto 934 de 2003, Decreto 4369 de 2006, Decreto 2286 de 2003, Decreto 4463 de 2011, Decreto 682 de 2014, Decreto 46 de 2013). 14 decretos. Estructura general del decreto.
  • 28. Estructura general del decreto. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 4 Titulo 5 (Juntas de calificación de invalidez.) Capítulo 1 (Disposiciones generales) Capítulo 2 (Junta de calificación de invalidez aviadores) Titulo 6 (Normas referentes al empleo) Capítulo 1 (Mecanismo de protección al cesante) Sección 1 (Disposiciones generales) Sección 2 (Servicio público de empleo) Sección 3 (FOSFEC) Sección 4 (Capacitación para la inserción laboral) Sección 5 (Ahorro voluntario y beneficio monetario) Sección 6 (Disposiciones varias) Capítulo 2 (Formación para el trabajo) Sección 1 (SCAFT) Sección 2 (Sistema de formación integral) SENA Sección 3 (Reentrenamiento laboral y formación a largo de la vida) Capitulo 3 (Contrato de aprendizaje) Títulos 7 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales)
  • 29. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Titulo 1 a 5 Titulo 6 (Normas referentes al empleo) Capítulos 1 a 3 Capitulo 4 (Fondo Emprender) Capítulo 5 (Servicio temporal) Capitulo 6 (Servicio Temporal)Capitulo 6 (Exclusión de aportes parafiscales) Capitulo 7 (Equidad de genero en el empleo) Capítulo 8 (Migración laboral) Sección 1 (Afiliación de colombianos en el exterior) Sección 2 (Instrumento Andino de Migración) Titulo 7 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 30. TÍTULO 7: SUBSIDIO FAMILIAR (Decreto 341 de 1988, Decreto 1531 de 1990, Decreto 721 de 2013, Decreto 867 de 2014, Decreto 682 de 2014, Decreto 827 de 2003, Decreto 1053 de 2014, Decreto 784 de 1989, Decreto 2889 de 2007, Decreto 1902 de 1994, Decreto 1729 de 2008). 11 decretos. Estructura general del decreto.
  • 31. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 6 Titulo 7 (Subsidio familiar) Capítulo 1 (Cajas de Compensación Familiar) Sección 1 (Constitución) Sección 2 (Asamblea General) Sección 3 (Consejo Directivo) Sección 4 (Revisoría fiscal) Capítulo 2 (Afiliación a las Cajas de Compensación Familiar) Sección 1 (Calificación y aspectos generales) Sección 2 (De la afiliación) Sección 3 (De la desafiliación) Capítulo 3 (Afiliación población especial) Capitulo 4 (Tarifa, beneficiarios y servicios de las cajas) Títulos 8 a 9 Libro 3 (Disipaciones finales) Estructura general del decreto.
  • 32. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 6 Titulo 7 (Subsidio familiar) Capítulos 1 a 2 Capítulo 3 (Afiliación población especial) Sección 1 (Servicio domestico) Sección 2 (Pensionados) Capitulo 4 (Tarifa, beneficiarios y servicios de las cajas) Sección 1 (Categorías tarifarias) Sección 2 (De la calidad de Beneficiario) Sección 3 (Programas sociales) Sección 4 Pago de subsidio en servicios) Sección 5 (Pago de subsidio en especie) Títulos 8 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 33. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 6 Titulo 7 (Subsidio familiar) Capítulo 1 a 4 Capítulo 5 (Recursos, inversiones y presupuestos de las CCF) Sección 1 (Activos) Sección 2 (Reserva legal) Sección 3 (Inversiones) Sección 4 (Presupuesto) Sección 5 (Control a la evasión y régimen de transparencia) Capitulo 6 (FONIÑEZ) Capitulo 7 (Control Superintendencia del Subsidio Familiar) Títulos 8 a 9 Libro 3 (Disposiciones finales) Estructura general del decreto.
  • 34. TÍTULO 8: ASOCIATIVIDAD SOCIAL Y SOLIDARIA (Decreto 1100 de 1992, Decreto 4588 de 2006, Decreto 3553 de 2008, Decreto 400 de 2008, Decreto 1570 de 2008, Decreto 2025 de 2011). 6 decretos. TÍTULO 9: DISPOSICIONES VARIAS (Decreto 2833 de 1981, Decreto 63 de 2002, Decreto 2733 de 2012, Decreto 46 de 2013, Decreto 1293 de 1994). 5 decretos. Estructura general del decreto.
  • 35. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Parte 2 (Reglamentaciones) Títulos 1 a 7 Titulo 8 (Asociatividad y solidaridad) Capítulo 1 (Formas asociativas de economía solidaria) Capítulo 2 (Empresas Asociativas de Trabajo) Capítulo 3 (Servicios de las Cajas de CF a COOTAS y PRECOOTAS) Titulo 9 (Disposiciones varias) Capítulo 1 (Trabajadores sociales) Capítulo 2 (De los acuerdos de reestructuración Ley 550) Capítulo 3 (Deducciones tributarias – mujeres víctimas de la violencia) Libro 3 (Disipaciones finales) Estructura general del decreto.
  • 36. Decreto 1072 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) Libro 1 (Estructura del Sector Trabajo) Libro 2 (Régimen reglamentario del sector trabajo) Libro 3 (Disposiciones finales) Parte 1 (Derogatoria y vigencia) Estructura general del decreto.
  • 37. LIBRO 3. PARTE 1: Derogatoria integral: Éste Decreto regula íntegramente las materias contempladas en él. Por consiguiente, de conformidad con el art. 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas al sector Trabajo que versen sobre las mismas materias, con excepción, exclusivamente de los siguientes asuntos: 1. No quedan cobijados por la derogatoria anterior los decretos relativos a la creación y conformación de comisiones intersectoriales, comisiones interinstitucionales, consejos, comités, sistemas administrativos y 'demás asuntos relacionados con la estructura, configuración y conformación de las entidades y organizamos del sector administrativo, entre los cuales …. Estructura general del decreto.
  • 38. 3. La importancia del Decreto en Materia de Riesgos Laborales.
  • 39. • El sistema de riesgos laborales ha sido fundamentalmente desarrollado a nivel de Decretos Nacionales y Reglamentarios. (No 11 artículo 139 de la Ley 100 de 1993) “Dictar las normas necesarias para organizar la administración del sistema general de riesgos profesionales como un conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes, que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. En todo caso, la cotización continuará a cargo de los empleadores.” • Con la Ley 1562 de 2012, se introdujo un cambio estructural del sistema. En el Decreto 1072 se reúnen las normas recientemente expedidas, que han buscado materializar el nuevo enfoque del sistema: Decreto 723 de 2013, Decreto 1637 de 2013, Decreto 1442 de 2014, Decreto 1443 de 2014, Decreto 472 de 2015
  • 40. AMPLICA LA COBERTURA: Afiliación de independientes. Afiliación de estudiantes. DINAMISMO DEL RIESGO : SGSST PROTAGONISMO Y ACTIVIMOS DEL ESTADO: INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. Nuevo enfoque del sistema.
  • 41. Afiliación y Cobertura de Independientes. • Obligatoriedad: Contratos formales (por escrito) con duración superior a un (1) mes y para los independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio del Trabajo como de alto riesgo (Clase IV y V) • Selección de ARL (Regla general el trabajador independiente). • Afiliación a cargo del contratante por cuenta del contratista (salvo actividades de alto riesgo) Pago? Armonización art 135 PND • Reporte de novedades a cargo del contratante. • Afiliación independiente por cada contrato. • Ingreso base de cotización. • Pago anticipado de cotización (Armonización art 135 del PND) • El contratista debe estar vinculado al SGSST. • Exámenes médicos ocupacionales. https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/LEY%201753%20DEL%2009%20DE%20J UNIO%20DE%202015.pdf
  • 42. Afiliación y Cobertura de estudiantes. • Campo de aplicación - Estudiantes que: Ejecutan trabajo que significan fuente de ingreso e involucran riesgo ocupacional; prácticas como requisito para culminar estudios (media técnica, formación complementaria, educación superior, programas de formación laboral); prácticas ad-honorem que involucren riesgo como requisito de grado; aprendizaje y pasantías. • Afiliación y pago: En ningún caso se traslada al estudiante. • Base de cotización: 1 SMLVM • Es responsable de la afiliación y pago debe: entre otras, reportar las novedades y accidentes. • Responsabilidad de la entidad donde se realiza la práctica: Incluir al estudiante en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 43. Graduación de multas. • Principios de la actuación administrativa: Debido proceso, No reformatio in pejus, Non bis in ídem, igualdad, imparcialidad, moralidad, publicidad, eficacia, celeridad, proporcionalidad y razonabilidad. • Criterios de graduación: reincidencia; resistencia, negativa u obstrucción a la investigación; uso de medios fraudulentos; ocultamente de información, diligencia y prudencia; confesión; daño o peligro generado a los interés tutelados; ausencia de promoción y prevención; beneficio económico del infractor; proporcionalidad y razonabilidad de acuerdo a numero de trabajadores y valor de activos; Incumplimiento de correctivos y recomendaciones. • Reglas de proporcionalidad y razonabilidad: microempresa, pequeña empresa, mediana empresa, gran empresa. • Sanciones de hasta 1.000 SMLMV, clausula o cierre del lugar de trabajo (temporal o definitivo) • Planes de mejoramiento impuestos por el Ministerio. • Paralización o prohibición inmediata de trabajos y tareas. • Respecto de derechos laborales y prestacionales.
  • 44. Centrémonos en la prevención: SG-SST.
  • 46. Decreto 1072 de 2015 Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo. Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG- SST. Objeto, campo de aplicación y definiciones Política. Organización. Planificación. Evaluación. Aplicación. Auditoría. Acciones de mejora. Capacitación obligatoria. Disposiciones Varias. Ubicación (2.2.4.6.1 - 2.2.4.6.42).
  • 47. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo. Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST. Política. Artículo 2.2.4.6.5. Política de seguridad y salud en el trabajo (SST) Artículo 2.2.4.6.6. Requisitos de la política de seguridad y salud en el trabajo (SST). Estructura.
  • 48. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo. Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST. Objeto, campo de aplicación y definiciones Artículo 2.2.4.6.2. Definiciones. Artículo 2.2.4.6.1. Objeto y campo de aplicación. Artículo 2.2.4.6.3. Seguridad y salud en el trabajo (SST). Artículo 2.2.4.6.4. Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG- SST). Estructura.
  • 49. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo. Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST. Organización. Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores Artículo 2.2.4.6.9. Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales (ARL). Artículo 2.2.4.6.10. Responsabilidades de los trabajadores. Artículo 2.2.4.6.11. Capacitación en seguridad y salud en el trabajo – SST. Artículo 2.2.4.6.12. Documentación. Artículo 2.2.4.6.13. Conservación de los documentos. Artículo 2.2.4.6.14. Comunicación.
  • 50. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales. Capítulo 6: SG-SST. Planificación. Artículo 2.2.4.6.16. Evaluación inicial del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, SG-SST Artículo 2.2.4.6.17. Planificación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SGSST. Artículo 2.2.4.6.15. Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos. Artículo 2.2.4.6.18. Objetivos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST.
  • 51. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Evaluación. Artículo 2.2.4.6.19. Indicadores del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SGSST. Artículo 2.2.4.6.20. Indicadores que evalúan la estructura del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST. Artículo 2.2.4.6.21. Indicadores que evalúan el proceso del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST Artículo 2.2.4.6.22. Indicadores que evalúan el resultado del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST.
  • 52. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Aplicación. Artículo 2.2.4.6.23. Gestión de los peligros y riesgos. Artículo 2.2.4.6.24. Medidas de prevención y control. Artículo 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. Artículo 2.2.4.6.26. Gestión del cambio. Artículo 2.2.4.6.27. Adquisiciones. Artículo 2.2.4.6.28 Contratación.
  • 53. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Auditoría. Artículo 2.2.4.6.29. Auditoría de cumplimiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. SG-SST. Artículo 2.2.4.6.30. Alcance de la auditoría de cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Artículo 2.2.4.6.31. Revisión por la alta dirección. Artículo 2.2.4.6.32. Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
  • 54. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Acciones de mejora. Artículo 2.2.4.6.33. Acciones preventivas y correctivas. Artículo 2.2.4.6.34. Mejora continua.
  • 55. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG- SST. Capacitación obligatoria. 2.2.4.6.35. Capacitación obligatoria.
  • 56. Estructura. Libro II: Régimen reglamentario del sector del trabajo Título 4: Riesgos laborales Capítulo 6: SG-SST. Disposiciones varias. Artículo 2.2.4.6.36. Sanciones. Artículo 2.2.4.6.37. Transición. Artículo 2.2.4.6.38. Constitución del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 2.2.4.6.39. Sujeción de otras entidades gubernamentales. Artículo 2.2.4.6.40. Servicios privados de Salud y Seguridad en el Trabajo. Artículo 2.2.4.6.41. Responsabilidades de los servicios privados de Salud y Seguridad en el Trabajo. Artículo 2.2.4.6.42. Contratación de Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 57. Y entonces el Dto….
  • 58. Principales novedades en cuanto a la prevención. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo (Antes programa de Salud Ocupacional): “Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo”.
  • 60. Características especiales. • Universal: Se aplica a todos aquellos que vinculen fuerza humana en la ejecución de una labor en su beneficio, sin importar el tipo de relación jurídica. • Obligatorio: Todos los empleadores del sector privado y público deben tener uno. En materia de prevención de accidentes y enfermedades laborales y de “salud ocupacional”, hace las veces del reglamento interno de trabajo. • Estructurado: Supone etapas de desarrollo. • Permanente: Todas las empresas deben tener uno mientras tengan trabajadores a su cargo.
  • 61. Características especiales. • Integrado: como instrumento de política y de acción que permite la ejecución material de la prevención, se encuentra articulado con la totalidad del sistema general de riesgos laborales. • Ser adecuado a las condiciones, tamaño y características del empleador o contratante: El sistema que se adopte debe ser congruente con las especificidades de cada unidad económica. • Ser liderado por el empleador o contratante: es el encargado de su diseño, estructuración e implementación, en forma permanente. • Ser participativo: Los principales actores pueden intervenir: el Ministerio del trabajo, los trabajadores y la ARL.
  • 62. Características especiales. • Ser movido por el principio de mejora continua: Busca en todo momento perfeccionar las condiciones de trabajo. • Ser medible: se deben diseñar diferentes mecanismos de recolección de información para que los encargados de desarrollar las acciones de mejora puedan realizar los ajustes necesarios. • Busca definir y aplicar una política y unas estrategias para el control eficaz de los peligros y los riesgos del trabajo.
  • 63. La fuente del riesgo está en la actividad no en la naturaleza jurídica del vínculo contractual.
  • 64. El SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. Para el efecto, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las enfermedades laborales y también la protección y promoción de la salud de los trabajadores y/o contratistas, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar (Art. 2.2.6.4.4).
  • 65. Artículo 2.2.4.6.1: (…) Deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. (Se puede observar que la norma vinculó a todas las formas de trabajo en Colombia: El dependiente (público o privado), el cooperado y el independiente).
  • 67. Estructura del SG-SST. la ocurrencia del siniestro. Controlar Evaluar y Reconocer Anticipar Todo ello respecto a los riesgos que puedan impactar en la seguridad y la salud en el trabajo con los fines de: Comprende (Componentes): La política. La organización. La planificación. La aplicación. La evaluación. La auditoría. Las acciones de mejora.
  • 68. Estructura del SG-SST. Planificar (Plan), Hacer (Do), Verificar (Check), Actuar. Sistema de gestión PHVA. Aplicación. Planificación, política. Evaluación y auditoría. Acciones de mejora.
  • 70. Capacitación obligatoria: Los responsables de la ejecución de los Sistema de Gestión de la Seguridad y Saluden, el Trabajo SG-SST, deberán realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST que defina el Ministerio del Trabajo en desarrollo de las acciones señaladas en el literal a) del artículo 12 de la ley 1562 de 2012, y obtener el certificado de aprobación del mismo. Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.42).
  • 71. Sanciones: El incumplimiento a lo establecido en el presente decreto y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado en los términos previstos en el artículo 91, del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan. Parágrafo: Las Administradoras de Riesgos Laborales realizarán la vigilancia delegada del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto e informarán a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo los casos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del mismo por parte de sus empresas afiliadas. Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.42).
  • 72. Régimen de transición: a) Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10) trabajadores. b) Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200) trabajadores. c) Treinta (30) meses para las empresas de' doscientos uno (201) o más trabajadores. Disposiciones finales (Artículos 2.2.6.4.35 - 2.2.6.4.37).
  • 75. Gracias. Diego Felipe Valdivieso Rueda @valdiviesodf @vsmlegal.