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Depende de Ti.
SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved
DEPENDE DE TÍ
En quién recae la responsabilidad de nuestra seguridad cuando
nos encontrarnos bajo una relación de dependencia laboral
Por: Ing. Juan Jimenez
Lcdo. Wagner Guerrero
https://orcid.org/0000-0002-0562-7078
Quito 2022
Depende de Ti.
SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved
Depende de tí.
La seguridad como factor personal en la
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responsable verdaderamente de nuestra
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Las normas internacionales asociadas a la
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principios y derechos básicos en el
trabajo, a nivel internacional, redactados
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De acuerdo a lo establecido por la OIT, las
organizaciones deben de adoptar
métodos racionales que les permitan
garantizar la seguridad y la salud de los
trabajadores, por otro lado, la ISO 45001
establece los critérios que deben de seguir
dichas organizaciones en pro de
garantizar de igual manera la seguridad y
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Tras la adopción de un convenio, los
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legislación nacional y garantizando su
aplicación en la práctica. También se
comprometen a informar regularmente a
la OIT sobre su aplicación.
En el caso de Venezuela adopto estos
principios y lo integro en una legislación
como es; La “Ley Orgánica de
Prevención Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo” (LOPCYMAT-
VENEZUELA), establece la
responsabilidad que tienen los
empleadores en la protección de los
trabajadores y que las actividades deben
desarrollarse en un ambiente y
condiciones adecuadas, entre la persona,
el sistema de trabajo y las maquinarías.
De tal manera que esta legislación, exige
deberes al patrono, que se deben de
implementar a través de programas que
garanticen el cumplimiento de lo
establecido por la ley en función del
control de las condiciones inseguras que
pudiesen estar presente, teniendo como
prioridad la intervención sobre la fuente
de origen.
De igual manera, la “Ley de Prevención
de Riesgos Laborales” (ESPAÑA)
establece las obligaciones empresariales
Depende de Ti.
SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved
en materia preventiva desde un inicio del
proyecto empresarial, la evaluación inicial de
los riesgos inherentes al trabajo y las
evaluaciones periódicas que deben de
efectuarse. De la misma manera establece las
acciones que deben de ser desarrolladas en la
formación de los trabajadores en cuanto al
alcance real de los riesgos y como evitarlos.
El decreto ejecutivo 2393 relacionado al
“Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores” (ECUADOR) establece que se
debe de precautelar la seguridad de todos los
trabajadores, tanto del sector público, así
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pública, al instituto ecuatoriano de seguridad
social y otros organismos a garantizar la
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b) b) Impulsar, realizar y participar
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ambiente laboral; y, de manera
especial en el diagnóstico de
enfermedades profesionales en
nuestro medio.
El decreto estable las obligaciones en
materia de seguridad y salud en el
trabajo por parte de los empleadores,
adoptando las medidas necesarias
que garanticen lo estipulado por la
ley.
El departamento del Trabajo de los
Estados Unidos de América a través
de la Administración de Seguridad y
Salud Ocupacional (OSHA-EEUU)
establece los estándares que todas las
organizaciones deben de seguir para
permitir un lugar de trabajo libre de
peligros reconocidos de igual forma,
cumplir con las normas aplicables por
la OSHA. Por su parte, el Instituto
para la Salud y Seguridad Ocupacional
(NIOSH) establece recomendaciones
para la prevención de enfermedades y
lesiones relacionadas con el trabajo a
partir de investigaciones que le
permiten elaborar directrices y
recomendaciones de obligatoriedad
que contribuyan con la prevención de
enfermedades, lesiones, discapacidad
y muerte relacionadas con el trabajo.
Depende de Ti.
SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved
Sin embargo, en todo lo anterior no está claramente definido quien es
verdaderamente responsable por nuestra seguridad, ya que las leyes solo
“establecen que los empleadores deben de cumplir con requisitos que
permitan garantizar un medio ambiente laboral donde se controlen los
riesgos asociados a las actividades
propias de la organización”, sin que esto
implique la asunción per se, de que es el único
responsable de la seguridad de los
trabajadores. En tal sentido; ¿en quién recae
dicha responsabilidad? Dentro de las
organizaciones existe la figura del responsable
de la seguridad (gerente de seguridad, jefe de
seguridad, coordinador de seguridad técnico
en seguridad, etc.), al cual se le pretende
endosar toda la responsabilidad cuando en
realidad su función es otra, y esta función esta
únicamente asociada a la prevención y el
control de las condiciones existente en el
medio ambiente de trabajo.
Desde el punto de vista de los autores de
este artículo, las personas que asumen el
rol de responsable de la seguridad, deben
de ser garantes del cumplimiento de las
obligaciones establecidas por las leyes y
reglamentos al igual que aplicar medidas
de control sobre los riesgos existente y su
maximización, permitiendo de esta
manera garantizar la seguridad de los
trabajadores expuestos a los riesgos. No
obstante, el responsable deberá de
establecer un criterio en base a la
evaluación de las condiciones existentes,
emitir las respectivas recomendaciones
en función de las directrices que puedan
existir en base a los riesgos detectados,
aplicando metodologías de trabajo seguro
bajo dichos riesgos.
Con esto se refuerzan los objetivos
planteados en materia de seguridad y
salud ocupacional fomentando la
participación sobre la materia adoptando
comportamientos seguros que conlleven a
la interdependencia.
Depende de Ti.
SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved
Entonces ¿En quién recae la
responsabilidad de nuestra seguridad
cuando nos encontrarnos bajo una
relación de dependencia laboral? Sin
duda alguna la repuesta es mucho más
compleja; ya que como se ha expuesto,
los empleadores están sujetos a
obligaciones establecidas tanto por leyes
nacionales, así como también a través de
los convenios internacionales con
respecto a la seguridad y la salud
ocupacional; donde se establecen los
criterios que deben de cumplir en pro de
garantizar un medio ambiente saludable.
Por tal motivo, la seguridad de los
trabajadores no depende únicamente del
empleador o de la persona que ocupa una
posición que involucre la seguridad e
higiene industrial, sino que esta depende
de la misma persona, en procurar cumplir
con todas las disposiciones y normas
relacionadas con la prevención de riesgos
laborales, evitando de esta manera
incurrir en acciones, conductas o
comportamientos, que pongan en peligro
su seguridad, su salud y su vida al igual
que a la de sus compañeros de trabajo,
permitiendo de esta forma “Liderar”
para que todos puedan
regresar a lo que más importa, que es a
su hogar en las mismas condiciones de
salud y bienestar inicial.
Sin embargo, se
debe de tomar en
consideración que
existen
trabajadores que
tienden a la
asunción del
riesgo en la
aceptación de las
consecuencias, basados en la primicia de
que nunca les ha sucedido nada en “n”
tiempo transcurrido, dejando al azar la
ocurrencia de un evento adverso. Sin
considerar que los accidentes no ocurren
por situaciones del azar, sino que estos
son la consecuencia de una serie de
incidentes que están relacionados con el
tiempo, siendo el tiempo la probabilidad
de materialización de esos incidentes en
un accidente con las correspondientes
potencialidades de daños donde están
involucrados el peligro, el percance y el
riesgo como variables dependientes de
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trabajadores.
Finalmente, se puede decir; que somos nosotros los únicos responsables por nuestra
seguridad y no se puede dejar en manos de otros la misma, por consiguiente;
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  • 1. Depende de Ti. SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved DEPENDE DE TÍ En quién recae la responsabilidad de nuestra seguridad cuando nos encontrarnos bajo una relación de dependencia laboral Por: Ing. Juan Jimenez Lcdo. Wagner Guerrero https://orcid.org/0000-0002-0562-7078 Quito 2022
  • 2. Depende de Ti. SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved Depende de tí. La seguridad como factor personal en la toma de decisiones, y sobre quién es responsable verdaderamente de nuestra seguridad dentro del medio ambiente laboral. Las normas internacionales asociadas a la seguridad y la salud en el trabajo son instrumentos jurídicos que establecen principios y derechos básicos en el trabajo, a nivel internacional, redactados durante las sesiones de la Conferencia Internacional del Trabajo por los integrantes (gobiernos, empleadores y trabajadores) de la OIT. De acuerdo a lo establecido por la OIT, las organizaciones deben de adoptar métodos racionales que les permitan garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, por otro lado, la ISO 45001 establece los critérios que deben de seguir dichas organizaciones en pro de garantizar de igual manera la seguridad y la salud. Estas normas pueden adoptar la forma de convenios, que son jurídicamente vinculantes para los países que los ratifican, o de recomendaciones, que son directrices no vinculantes. Tras la adopción de un convenio, los países ratificantes se comprometen a aplicar el convenio, integrándolo en su legislación nacional y garantizando su aplicación en la práctica. También se comprometen a informar regularmente a la OIT sobre su aplicación. En el caso de Venezuela adopto estos principios y lo integro en una legislación como es; La “Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo” (LOPCYMAT- VENEZUELA), establece la responsabilidad que tienen los empleadores en la protección de los trabajadores y que las actividades deben desarrollarse en un ambiente y condiciones adecuadas, entre la persona, el sistema de trabajo y las maquinarías. De tal manera que esta legislación, exige deberes al patrono, que se deben de implementar a través de programas que garanticen el cumplimiento de lo establecido por la ley en función del control de las condiciones inseguras que pudiesen estar presente, teniendo como prioridad la intervención sobre la fuente de origen. De igual manera, la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” (ESPAÑA) establece las obligaciones empresariales
  • 3. Depende de Ti. SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved en materia preventiva desde un inicio del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y las evaluaciones periódicas que deben de efectuarse. De la misma manera establece las acciones que deben de ser desarrolladas en la formación de los trabajadores en cuanto al alcance real de los riesgos y como evitarlos. El decreto ejecutivo 2393 relacionado al “Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores” (ECUADOR) establece que se debe de precautelar la seguridad de todos los trabajadores, tanto del sector público, así como también del sector privado; faculta al ministerio del trabajo, al ministerio de salud pública, al instituto ecuatoriano de seguridad social y otros organismos a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores y la vigilancia que debe de existir en función de: a) Formar parte del comité interinstitucional de seguridad e higiene del trabajo. b) b) Impulsar, realizar y participar en estudios e investigaciones sobre la prevención de riesgos y mejoramiento del medio ambiente laboral; y, de manera especial en el diagnóstico de enfermedades profesionales en nuestro medio. El decreto estable las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo por parte de los empleadores, adoptando las medidas necesarias que garanticen lo estipulado por la ley. El departamento del Trabajo de los Estados Unidos de América a través de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA-EEUU) establece los estándares que todas las organizaciones deben de seguir para permitir un lugar de trabajo libre de peligros reconocidos de igual forma, cumplir con las normas aplicables por la OSHA. Por su parte, el Instituto para la Salud y Seguridad Ocupacional (NIOSH) establece recomendaciones para la prevención de enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo a partir de investigaciones que le permiten elaborar directrices y recomendaciones de obligatoriedad que contribuyan con la prevención de enfermedades, lesiones, discapacidad y muerte relacionadas con el trabajo.
  • 4. Depende de Ti. SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved Sin embargo, en todo lo anterior no está claramente definido quien es verdaderamente responsable por nuestra seguridad, ya que las leyes solo “establecen que los empleadores deben de cumplir con requisitos que permitan garantizar un medio ambiente laboral donde se controlen los riesgos asociados a las actividades propias de la organización”, sin que esto implique la asunción per se, de que es el único responsable de la seguridad de los trabajadores. En tal sentido; ¿en quién recae dicha responsabilidad? Dentro de las organizaciones existe la figura del responsable de la seguridad (gerente de seguridad, jefe de seguridad, coordinador de seguridad técnico en seguridad, etc.), al cual se le pretende endosar toda la responsabilidad cuando en realidad su función es otra, y esta función esta únicamente asociada a la prevención y el control de las condiciones existente en el medio ambiente de trabajo. Desde el punto de vista de los autores de este artículo, las personas que asumen el rol de responsable de la seguridad, deben de ser garantes del cumplimiento de las obligaciones establecidas por las leyes y reglamentos al igual que aplicar medidas de control sobre los riesgos existente y su maximización, permitiendo de esta manera garantizar la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos. No obstante, el responsable deberá de establecer un criterio en base a la evaluación de las condiciones existentes, emitir las respectivas recomendaciones en función de las directrices que puedan existir en base a los riesgos detectados, aplicando metodologías de trabajo seguro bajo dichos riesgos. Con esto se refuerzan los objetivos planteados en materia de seguridad y salud ocupacional fomentando la participación sobre la materia adoptando comportamientos seguros que conlleven a la interdependencia.
  • 5. Depende de Ti. SEGURIDAD INTEGRAL JIMENEZ C.A. SEINJCA. © (2022) All Rights Reserved Entonces ¿En quién recae la responsabilidad de nuestra seguridad cuando nos encontrarnos bajo una relación de dependencia laboral? Sin duda alguna la repuesta es mucho más compleja; ya que como se ha expuesto, los empleadores están sujetos a obligaciones establecidas tanto por leyes nacionales, así como también a través de los convenios internacionales con respecto a la seguridad y la salud ocupacional; donde se establecen los criterios que deben de cumplir en pro de garantizar un medio ambiente saludable. Por tal motivo, la seguridad de los trabajadores no depende únicamente del empleador o de la persona que ocupa una posición que involucre la seguridad e higiene industrial, sino que esta depende de la misma persona, en procurar cumplir con todas las disposiciones y normas relacionadas con la prevención de riesgos laborales, evitando de esta manera incurrir en acciones, conductas o comportamientos, que pongan en peligro su seguridad, su salud y su vida al igual que a la de sus compañeros de trabajo, permitiendo de esta forma “Liderar” para que todos puedan regresar a lo que más importa, que es a su hogar en las mismas condiciones de salud y bienestar inicial. Sin embargo, se debe de tomar en consideración que existen trabajadores que tienden a la asunción del riesgo en la aceptación de las consecuencias, basados en la primicia de que nunca les ha sucedido nada en “n” tiempo transcurrido, dejando al azar la ocurrencia de un evento adverso. Sin considerar que los accidentes no ocurren por situaciones del azar, sino que estos son la consecuencia de una serie de incidentes que están relacionados con el tiempo, siendo el tiempo la probabilidad de materialización de esos incidentes en un accidente con las correspondientes potencialidades de daños donde están involucrados el peligro, el percance y el riesgo como variables dependientes de las acciones asumidas por los trabajadores. Finalmente, se puede decir; que somos nosotros los únicos responsables por nuestra seguridad y no se puede dejar en manos de otros la misma, por consiguiente; debemos de adoptar un comportamiento seguro durante la ejecución de las actividades en el medio ambiente donde se estén desarrollando.