El documento describe los procedimientos y recursos relacionados con los asuntos tributarios en Guatemala. Explica el proceso de recursos de revocatoria y reposición ante la Superintendencia de Administración Tributaria, así como los recursos de ocurso, enmienda del procedimiento y nulidad. También describe los medios de prueba, diligencias para mejor resolver y el recurso contencioso administrativo ante las salas de lo contencioso administrativo.
Este documento describe los diferentes recursos administrativos en Venezuela, incluyendo el recurso de reconsideración, recurso jerárquico, recurso de revisión y recurso de queja. Explica que los recursos administrativos surgen como un remedio a la actuación legal de la administración y que son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los particulares para lograr, a través de la impugnación, que la Administración rectifique su proceder. Define cada recurso administrativo, sus características y objetivos.
Este documento presenta información sobre reclamaciones, apelaciones y quejas en materia tributaria en Perú. En 3 oraciones o menos:
Establece los procedimientos y plazos para interponer reclamaciones ante la administración tributaria o apelaciones ante el tribunal fiscal contra resoluciones u otros actos relacionados con determinaciones tributarias. También describe los requisitos para la admisibilidad de reclamaciones, como la presentación de un escrito fundamentado dentro de plazos específicos o el pago previo de la deuda tributaria impugnada.
1) El documento describe los recursos administrativos de reconsideración y jerárquico disponibles para los ciudadanos ante las autoridades administrativas.
2) Los recursos administrativos permiten a los ciudadanos solicitar la reconsideración o revisión de actos administrativos que consideren contrarios a derecho.
3) El recurso de reconsideración se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto, mientras que el recurso jerárquico se presenta ante el órgano superior jerárquico.
Resumen:
El contenido del presente trabajo responde diversidades de cuestionamiento por parte de la administración publica, en algunos caso notamos que la jerarquía de algunos órganos competente son requerirles para cada caso independiente del que sea. La regulación de las normas sobre el Recurso Jerárquico estaba dispersa a lo largo de la legislación existente la reclamación contra un acto administrativo se interpone para ante el superior jerárquico en el orden administrativo, sin embargo es necesario realizar ciertas reclamaciones como cuando el lapso de apertura para evacuar las pruebas no se realiza, o cuando existe silencio administrativo, puesto que de eso también habla un poco la serie de esquemas que se realizo. En el caso de la no pronunciación de la apertura del lapso es evidente que es negligencia por parte del órgano a cargo si bien todos los actos reflejado son importante para el estado es necesario que la apertura del lapso de prueba exista para que así las partes tengan la oportunidad de finiquitar la acción cometida y para que así exista un orden administrativo en el menor lapso posible. En el caso del silencio administrativo, si bien es la ley suprema (La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) la que establece que todos tenemos derechos a recibir la información que nos compete en casos de actos administrativo ademas la ley orgánica de procedimientos administrativos nos establece el debido proceso y que por ende tenemos derechos del mismo, el silencio administrativo se es reflejado al momento que no me quieran aceptar un documento o la que eso es lo que conlleva al retraso del acto administrativo, el silencio administrativo es considerado como un vicio administrativo que interrumpe el proceso.
En definitiva, el recurso jerárquico es un importante medio legal administrativo -tributario para la defensa de los afectados. Está al alcance de cualquier persona que ha sido lesionada en sus derechos subjetivos, directos y personales por un acto administrativo.
El recurso jerárquico es la reclamación que se promueve ante el superior jerárquico del autor del acto que se cuestiona para que este acto sea modificado o extinguido siguiendo el procedimiento establecido en la norma vigente. Se puede interponer ante la oficina que emitió el acto dentro de los 25 días siguientes a su notificación, y la autoridad dispondrá de 60 días para decidirlo. La interposición del recurso suspende los efectos del acto recurrido, excepto en algunos casos como clausuras o decomisos. P
Este documento define y explica los diferentes recursos administrativos disponibles según la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela, incluyendo el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Define cada recurso, sus plazos y procedimientos correspondientes.
Este documento resume los principales procedimientos tributarios establecidos en el Código Tributario peruano, incluyendo: 1) el procedimiento de fiscalización mediante el cual la SUNAT verifica las obligaciones tributarias, 2) el procedimiento de cobranza coactiva para exigir el pago de deudas tributarias exigibles, 3) el procedimiento contencioso tributario que incluye la reclamación y apelación ante la administración tributaria y demanda ante tribunales, y 4) el procedimiento no contencioso para resolver solicitudes no vincul
El documento describe el recurso jerárquico en Venezuela. Este recurso se interpone por escrito ante la autoridad que emitió el acto impugnado, con asistencia de un abogado. La administración tiene 3 días para admitir o no el recurso. Si es admitido, se abre un lapso probatorio de al menos 15 días para que las partes presenten pruebas, a menos que se trate de un asunto de mero derecho o no se hayan anunciado pruebas. El recurso jerárquico busca que la autoridad jerárquica superior examine y potencial
Este documento describe los diferentes recursos administrativos en Venezuela, incluyendo el recurso de reconsideración, recurso jerárquico, recurso de revisión y recurso de queja. Explica que los recursos administrativos surgen como un remedio a la actuación legal de la administración y que son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los particulares para lograr, a través de la impugnación, que la Administración rectifique su proceder. Define cada recurso administrativo, sus características y objetivos.
Este documento presenta información sobre reclamaciones, apelaciones y quejas en materia tributaria en Perú. En 3 oraciones o menos:
Establece los procedimientos y plazos para interponer reclamaciones ante la administración tributaria o apelaciones ante el tribunal fiscal contra resoluciones u otros actos relacionados con determinaciones tributarias. También describe los requisitos para la admisibilidad de reclamaciones, como la presentación de un escrito fundamentado dentro de plazos específicos o el pago previo de la deuda tributaria impugnada.
1) El documento describe los recursos administrativos de reconsideración y jerárquico disponibles para los ciudadanos ante las autoridades administrativas.
2) Los recursos administrativos permiten a los ciudadanos solicitar la reconsideración o revisión de actos administrativos que consideren contrarios a derecho.
3) El recurso de reconsideración se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto, mientras que el recurso jerárquico se presenta ante el órgano superior jerárquico.
Resumen:
El contenido del presente trabajo responde diversidades de cuestionamiento por parte de la administración publica, en algunos caso notamos que la jerarquía de algunos órganos competente son requerirles para cada caso independiente del que sea. La regulación de las normas sobre el Recurso Jerárquico estaba dispersa a lo largo de la legislación existente la reclamación contra un acto administrativo se interpone para ante el superior jerárquico en el orden administrativo, sin embargo es necesario realizar ciertas reclamaciones como cuando el lapso de apertura para evacuar las pruebas no se realiza, o cuando existe silencio administrativo, puesto que de eso también habla un poco la serie de esquemas que se realizo. En el caso de la no pronunciación de la apertura del lapso es evidente que es negligencia por parte del órgano a cargo si bien todos los actos reflejado son importante para el estado es necesario que la apertura del lapso de prueba exista para que así las partes tengan la oportunidad de finiquitar la acción cometida y para que así exista un orden administrativo en el menor lapso posible. En el caso del silencio administrativo, si bien es la ley suprema (La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) la que establece que todos tenemos derechos a recibir la información que nos compete en casos de actos administrativo ademas la ley orgánica de procedimientos administrativos nos establece el debido proceso y que por ende tenemos derechos del mismo, el silencio administrativo se es reflejado al momento que no me quieran aceptar un documento o la que eso es lo que conlleva al retraso del acto administrativo, el silencio administrativo es considerado como un vicio administrativo que interrumpe el proceso.
En definitiva, el recurso jerárquico es un importante medio legal administrativo -tributario para la defensa de los afectados. Está al alcance de cualquier persona que ha sido lesionada en sus derechos subjetivos, directos y personales por un acto administrativo.
El recurso jerárquico es la reclamación que se promueve ante el superior jerárquico del autor del acto que se cuestiona para que este acto sea modificado o extinguido siguiendo el procedimiento establecido en la norma vigente. Se puede interponer ante la oficina que emitió el acto dentro de los 25 días siguientes a su notificación, y la autoridad dispondrá de 60 días para decidirlo. La interposición del recurso suspende los efectos del acto recurrido, excepto en algunos casos como clausuras o decomisos. P
Este documento define y explica los diferentes recursos administrativos disponibles según la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela, incluyendo el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Define cada recurso, sus plazos y procedimientos correspondientes.
Este documento resume los principales procedimientos tributarios establecidos en el Código Tributario peruano, incluyendo: 1) el procedimiento de fiscalización mediante el cual la SUNAT verifica las obligaciones tributarias, 2) el procedimiento de cobranza coactiva para exigir el pago de deudas tributarias exigibles, 3) el procedimiento contencioso tributario que incluye la reclamación y apelación ante la administración tributaria y demanda ante tribunales, y 4) el procedimiento no contencioso para resolver solicitudes no vincul
El documento describe el recurso jerárquico en Venezuela. Este recurso se interpone por escrito ante la autoridad que emitió el acto impugnado, con asistencia de un abogado. La administración tiene 3 días para admitir o no el recurso. Si es admitido, se abre un lapso probatorio de al menos 15 días para que las partes presenten pruebas, a menos que se trate de un asunto de mero derecho o no se hayan anunciado pruebas. El recurso jerárquico busca que la autoridad jerárquica superior examine y potencial
El documento describe los diferentes tipos de recursos administrativos en Venezuela de acuerdo con la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Explica los recursos de reconsideración, jerárquico y revisión, incluyendo sus supuestos de procedencia, plazos de interposición y autoridad competente para decidir cada recurso.
Este documento presenta una introducción a los procedimientos tributarios en Perú. Explica las diferentes etapas del procedimiento no contencioso, el procedimiento contencioso administrativo tributario, y el proceso contencioso administrativo judicial en materia tributaria. También describe los recursos de reclamación y apelación, incluyendo sus requisitos, plazos para interponerlos y resolverlos. El objetivo es que los estudiantes comprendan las instituciones y procesos legales involucrados en los procedimientos tributarios peruanos.
Este documento presenta una introducción a los procedimientos tributarios en Perú. Explica las diferentes instituciones tributarias, como la SUNAT y los gobiernos locales. Describe los procedimientos no contenciosos, contenciosos administrativos y judiciales en materia tributaria. Asimismo, detalla los recursos de reclamación y apelación, sus requisitos y plazos. El objetivo es que los estudiantes comprendan las distintas etapas y mecanismos de los procesos tributarios en el marco legal peruano.
Este documento describe los recursos jerárquico y contencioso tributario en Venezuela. Explica que el recurso jerárquico es un medio jurídico para impugnar un acto administrativo ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto, mientras que el recurso contencioso tributario se intenta contra algún acto emanado de la administración tributaria por la vía contenciosa administrativa. También establece los plazos, autoridades competentes y efectos de estos recursos en el sistema tributario venezolano.
El recurso jerárquico es un medio de impugnación de un acto administrativo ante el superior jerárquico. Debe interponerse dentro de los 25 días siguientes a la notificación del acto impugnado mediante escrito razonado con asistencia legal. La autoridad tributaria tiene 3 días para admitirlo y, de ser admitido, otorga un plazo probatorio de al menos 15 días para luego tener 60 días para decidir, de lo contrario se entiende denegado.
Este documento describe los recursos jerárquicos en el sistema tributario venezolano. Explica que un recurso jerárquico es una solicitud dirigida al superior jerárquico para revisar o reformar un acto administrativo. Detalla los requisitos y procedimientos para la interposición de un recurso jerárquico, incluyendo los plazos aplicables y posibles causales de inadmisión. También cubre aspectos como el lapso probatorio y el supuesto de silencio administrativo.
El documento describe los procedimientos y plazos para interponer recursos jerárquicos y contenciosos tributarios en Venezuela de acuerdo al Código Orgánico Tributario. Explica las formas de interponer un recurso jerárquico por escrito ante la administración tributaria dentro de 25 días y las causales de inadmisibilidad. También cubre el recurso contencioso tributario ante un tribunal dentro de 60 días y los plazos para presentar pruebas, informes y que el tribunal dicte sentencia dentro de 60 días adicionales.
Este documento resume los principales procedimientos administrativos y recursos en materia tributaria según la legislación paraguaya. Describe los principios del procedimiento administrativo tributario como la unidad, contradicción e imparcialidad. Explica los procedimientos de determinación de obligaciones tributarias, sanciones fiscales, repetición de pagos indebidos y aplicación de medidas cautelares. También cubre los recursos administrativos como reconsideración y la acción contencioso-administrativa ante el agotamiento de recursos.
El recurso jerárquico es una reclamación que se presenta ante el superior jerárquico del autor del acto cuestionado para que lo modifique o extinga. Se interpone mediante un escrito razonado con asistencia legal dentro de los 20 días siguientes a la notificación del acto. La administración tributaria tiene 60 días para decidir el recurso una vez finalizado el lapso probatorio de al menos 15 días. El recurso puede ser denegado por falta de interés legítimo, caducidad del plazo o falta de representación legal.
Este documento describe los diferentes tipos de recursos administrativos según la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela. Explica que existen tres tipos principales de recursos: el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Define cada uno y establece sus requisitos, plazos y efectos de acuerdo con la ley aplicable. También analiza aspectos específicos como los recursos en institutos autónomos y los datos requeridos para iniciar un recurso.
El documento describe los principales procedimientos tributarios en Perú, incluyendo el procedimiento no contencioso, el procedimiento contencioso administrativo tributario y el procedimiento de cobro coactivo. Dentro del procedimiento contencioso administrativo tributario, explica los pasos de la reclamación y la apelación, los plazos y requisitos de cada uno. También menciona otros recursos como la queja y la rectificación.
El documento describe los recursos de apelación y queja en el sistema tributario peruano. Explica que el Tribunal Fiscal es el órgano que resuelve en última instancia administrativa las apelaciones contra resoluciones de la administración tributaria y quejas cuando existan actuaciones que afecten derechos. También define los requisitos y plazos para presentar una apelación o queja, así como las funciones del Tribunal Fiscal.
Este documento describe los procedimientos y plazos para interponer recursos jerárquicos y contenciosos tributarios en Venezuela de acuerdo con el Código Orgánico Tributario. Explica las formas de interponer un recurso jerárquico por escrito ante la administración tributaria dentro de 25 días y las causales de inadmisibilidad. También cubre el recurso contencioso tributario ante los tribunales dentro de 60 días, el lapso probatorio de 15 días y el plazo de 60 días para que el tribunal emita una sentencia.
El documento describe los diferentes recursos administrativos establecidos por la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela. Estos incluyen el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Explica los requisitos y plazos para cada recurso, así como las entidades ante las cuales deben interponerse y los poderes que tienen dichas entidades para decidir sobre los recursos.
Este documento describe los diferentes recursos disponibles en el sistema tributario venezolano para impugnar actos administrativos de la administración tributaria. Explica el recurso jerárquico, que permite apelar ante la propia administración tributaria; el recurso de revisión, para actos administrativos firmes; y el recurso contencioso tributario, que permite apelar ante los tribunales. Detalla los procedimientos, plazos y requisitos para interponer cada uno de estos recursos.
Este documento resume los principales plazos del procedimiento administrativo común en España, incluyendo plazos para la iniciación del procedimiento, la ordenación, instrucción, finalización y tramitación simplificada. Algunos plazos clave son 10 días para la subsanación y mejora de solicitudes, entre 10-30 días para el período de prueba, y entre 10-15 días para el trámite de audiencia.
Este documento trata sobre los recursos de revocatoria y reposición en materia tributaria. Explica que el recurso de revocatoria permite solicitar a la misma autoridad que emitió la resolución que la reconsidere, mientras que el recurso de reposición busca que una autoridad superior revise la resolución. También describe los procedimientos para interponer estos recursos, incluyendo requisitos, plazos y posibles resultados. Finalmente, presenta un ejemplo de una sentencia relacionada a un caso contencioso administrativo tributario.
Este documento describe los diferentes recursos administrativos establecidos por la ley para que los particulares puedan impugnar actos de la administración, incluyendo el recurso de reconsideración ante el mismo órgano, el recurso jerárquico ante el superior del órgano y el recurso de revisión ante el ministro en casos especiales. Explica los plazos, procedimientos y efectos de cada recurso.
1) El documento describe el procedimiento administrativo trilateral, el cual es un procedimiento contencioso entre dos o más administrados ante una entidad de la administración pública. 2) El procedimiento trilateral se rige principalmente por la Ley No 27444 y busca resolver controversias entre administrados de manera cuasi-jurisdiccional. 3) El procedimiento implica etapas como la reclamación, contestación, pruebas, resolución de la autoridad e impugnaciones.
Este documento describe los procedimientos para interponer dos recursos en materia tributaria en Venezuela: el recurso jerárquico y el recurso contencioso tributario. Explica ante quién se interpone cada recurso, los plazos y requisitos para su presentación, así como los posibles resultados. También detalla las causales de inadmisibilidad y cuando no procede cada recurso.
El documento describe los diferentes tipos de recursos administrativos en Venezuela de acuerdo con la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Explica los recursos de reconsideración, jerárquico y revisión, incluyendo sus supuestos de procedencia, plazos de interposición y autoridad competente para decidir cada recurso.
Este documento presenta una introducción a los procedimientos tributarios en Perú. Explica las diferentes etapas del procedimiento no contencioso, el procedimiento contencioso administrativo tributario, y el proceso contencioso administrativo judicial en materia tributaria. También describe los recursos de reclamación y apelación, incluyendo sus requisitos, plazos para interponerlos y resolverlos. El objetivo es que los estudiantes comprendan las instituciones y procesos legales involucrados en los procedimientos tributarios peruanos.
Este documento presenta una introducción a los procedimientos tributarios en Perú. Explica las diferentes instituciones tributarias, como la SUNAT y los gobiernos locales. Describe los procedimientos no contenciosos, contenciosos administrativos y judiciales en materia tributaria. Asimismo, detalla los recursos de reclamación y apelación, sus requisitos y plazos. El objetivo es que los estudiantes comprendan las distintas etapas y mecanismos de los procesos tributarios en el marco legal peruano.
Este documento describe los recursos jerárquico y contencioso tributario en Venezuela. Explica que el recurso jerárquico es un medio jurídico para impugnar un acto administrativo ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto, mientras que el recurso contencioso tributario se intenta contra algún acto emanado de la administración tributaria por la vía contenciosa administrativa. También establece los plazos, autoridades competentes y efectos de estos recursos en el sistema tributario venezolano.
El recurso jerárquico es un medio de impugnación de un acto administrativo ante el superior jerárquico. Debe interponerse dentro de los 25 días siguientes a la notificación del acto impugnado mediante escrito razonado con asistencia legal. La autoridad tributaria tiene 3 días para admitirlo y, de ser admitido, otorga un plazo probatorio de al menos 15 días para luego tener 60 días para decidir, de lo contrario se entiende denegado.
Este documento describe los recursos jerárquicos en el sistema tributario venezolano. Explica que un recurso jerárquico es una solicitud dirigida al superior jerárquico para revisar o reformar un acto administrativo. Detalla los requisitos y procedimientos para la interposición de un recurso jerárquico, incluyendo los plazos aplicables y posibles causales de inadmisión. También cubre aspectos como el lapso probatorio y el supuesto de silencio administrativo.
El documento describe los procedimientos y plazos para interponer recursos jerárquicos y contenciosos tributarios en Venezuela de acuerdo al Código Orgánico Tributario. Explica las formas de interponer un recurso jerárquico por escrito ante la administración tributaria dentro de 25 días y las causales de inadmisibilidad. También cubre el recurso contencioso tributario ante un tribunal dentro de 60 días y los plazos para presentar pruebas, informes y que el tribunal dicte sentencia dentro de 60 días adicionales.
Este documento resume los principales procedimientos administrativos y recursos en materia tributaria según la legislación paraguaya. Describe los principios del procedimiento administrativo tributario como la unidad, contradicción e imparcialidad. Explica los procedimientos de determinación de obligaciones tributarias, sanciones fiscales, repetición de pagos indebidos y aplicación de medidas cautelares. También cubre los recursos administrativos como reconsideración y la acción contencioso-administrativa ante el agotamiento de recursos.
El recurso jerárquico es una reclamación que se presenta ante el superior jerárquico del autor del acto cuestionado para que lo modifique o extinga. Se interpone mediante un escrito razonado con asistencia legal dentro de los 20 días siguientes a la notificación del acto. La administración tributaria tiene 60 días para decidir el recurso una vez finalizado el lapso probatorio de al menos 15 días. El recurso puede ser denegado por falta de interés legítimo, caducidad del plazo o falta de representación legal.
Este documento describe los diferentes tipos de recursos administrativos según la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela. Explica que existen tres tipos principales de recursos: el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Define cada uno y establece sus requisitos, plazos y efectos de acuerdo con la ley aplicable. También analiza aspectos específicos como los recursos en institutos autónomos y los datos requeridos para iniciar un recurso.
El documento describe los principales procedimientos tributarios en Perú, incluyendo el procedimiento no contencioso, el procedimiento contencioso administrativo tributario y el procedimiento de cobro coactivo. Dentro del procedimiento contencioso administrativo tributario, explica los pasos de la reclamación y la apelación, los plazos y requisitos de cada uno. También menciona otros recursos como la queja y la rectificación.
El documento describe los recursos de apelación y queja en el sistema tributario peruano. Explica que el Tribunal Fiscal es el órgano que resuelve en última instancia administrativa las apelaciones contra resoluciones de la administración tributaria y quejas cuando existan actuaciones que afecten derechos. También define los requisitos y plazos para presentar una apelación o queja, así como las funciones del Tribunal Fiscal.
Este documento describe los procedimientos y plazos para interponer recursos jerárquicos y contenciosos tributarios en Venezuela de acuerdo con el Código Orgánico Tributario. Explica las formas de interponer un recurso jerárquico por escrito ante la administración tributaria dentro de 25 días y las causales de inadmisibilidad. También cubre el recurso contencioso tributario ante los tribunales dentro de 60 días, el lapso probatorio de 15 días y el plazo de 60 días para que el tribunal emita una sentencia.
El documento describe los diferentes recursos administrativos establecidos por la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de Venezuela. Estos incluyen el recurso de reconsideración, el recurso jerárquico y el recurso de revisión. Explica los requisitos y plazos para cada recurso, así como las entidades ante las cuales deben interponerse y los poderes que tienen dichas entidades para decidir sobre los recursos.
Este documento describe los diferentes recursos disponibles en el sistema tributario venezolano para impugnar actos administrativos de la administración tributaria. Explica el recurso jerárquico, que permite apelar ante la propia administración tributaria; el recurso de revisión, para actos administrativos firmes; y el recurso contencioso tributario, que permite apelar ante los tribunales. Detalla los procedimientos, plazos y requisitos para interponer cada uno de estos recursos.
Este documento resume los principales plazos del procedimiento administrativo común en España, incluyendo plazos para la iniciación del procedimiento, la ordenación, instrucción, finalización y tramitación simplificada. Algunos plazos clave son 10 días para la subsanación y mejora de solicitudes, entre 10-30 días para el período de prueba, y entre 10-15 días para el trámite de audiencia.
Este documento trata sobre los recursos de revocatoria y reposición en materia tributaria. Explica que el recurso de revocatoria permite solicitar a la misma autoridad que emitió la resolución que la reconsidere, mientras que el recurso de reposición busca que una autoridad superior revise la resolución. También describe los procedimientos para interponer estos recursos, incluyendo requisitos, plazos y posibles resultados. Finalmente, presenta un ejemplo de una sentencia relacionada a un caso contencioso administrativo tributario.
Este documento describe los diferentes recursos administrativos establecidos por la ley para que los particulares puedan impugnar actos de la administración, incluyendo el recurso de reconsideración ante el mismo órgano, el recurso jerárquico ante el superior del órgano y el recurso de revisión ante el ministro en casos especiales. Explica los plazos, procedimientos y efectos de cada recurso.
1) El documento describe el procedimiento administrativo trilateral, el cual es un procedimiento contencioso entre dos o más administrados ante una entidad de la administración pública. 2) El procedimiento trilateral se rige principalmente por la Ley No 27444 y busca resolver controversias entre administrados de manera cuasi-jurisdiccional. 3) El procedimiento implica etapas como la reclamación, contestación, pruebas, resolución de la autoridad e impugnaciones.
Este documento describe los procedimientos para interponer dos recursos en materia tributaria en Venezuela: el recurso jerárquico y el recurso contencioso tributario. Explica ante quién se interpone cada recurso, los plazos y requisitos para su presentación, así como los posibles resultados. También detalla las causales de inadmisibilidad y cuando no procede cada recurso.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Catalogación de los panteones de Santa Paula de Guanajuato, Municipal de Irap...Gonzalo Marin Art
CAPÍTULO III
de la tesis "Los panteones municipales centenarios de Santa Paula, Municipal de Irapuato y San Nicolás: catalogación y protección jurídica del patrimonio funerario material".
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
1. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
.
RECURSO DE
REVOCATORIA:
10 días hábiles
siguientes a la
notificación. Art.
154 Código
Tributario.
El trámite de los recursos.
La secretaria del Directorio de la Superintendencia de
Administración Tributaria, al recibir las actuaciones que motivan
el recurso de revocatoria o después de la presentación del recurso
de reposición, deberá recabar dictamen de la Asesoría Técnica de
dicho órgano.
El funcionario no concede el trámite se procede con el ocurso. Art.
155 Código Tributario.
El funcionario concede el trámite y eleva las actuaciones dentro del
plazo de 5 días hábiles.
Si el funcionario es una
intendencia lo eleva al
Superintendente. Art. 59 SAT.
Si es el Superintendente lo
eleva al Directorio. Art. 59
SAT.
2. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
El Directorio de la Superintendencia
de Administración Tributaria
resolverá el recurso respectivo,
rechazando, revocando,
modificando o anulando la
resolución recurrida. Art. 159 C.T.
El funcionario podrá
acordar diligencias
para mejor resolver,
las que practicarán
por un plazo no mayor
de 15 días. Art. 144 y
159 del C.T.
Las resoluciones de la Administración
Tributaria pueden ser revocadas de
oficio, siempre que no estén
consentidas por los interesados o a
instancia de parte, el recurso se
interpondrá por el contribuyente o el
responsable, o por su representante
legal, ante el funcionario que dictó la
resolución o practicó la rectificación
a que se refiere el último párrafo del
artículo 159 del C.T. dentro del plazo
de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente de la última
notificación.
El silencio administrativo.
Transcurrido el plazo de 30 días
hábiles contados a partir de la fecha
en que las actuaciones se encuentren
en estado de resolver, sin que se
dicte la resolución que corresponda,
se tendrá por agotada la instancia
administrativa y por resuelto
desfavorablemente el recurso de
revocatoria o de reposición, en su
caso, para el solo efecto que el
interesado pueda interponer el
recurso de lo contencioso
administrativo.
3. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
RECURSO DE
REPOSICIÓN:
Se interpone dentro
de los 5 días
posteriores a la
notificación.
Audiencia de 5 días para cada caso. Art. 12 L.C.A.
5 días Audiencia a
personas que tengan
interés.
Diligencias para Mejor Resolver, 10
días. Art.14 L.C.A.
5 días Audiencia al órgano
Asesor, Técnico o Legal.
5 días Audiencia a la
Procuraduría General de la
Nación.
Favorable: Es favorable la
resolución administrativa y se deja
sin efecto por el subordinad.
Desfavorable: Se confirma la
resolución (sigue afectando los
derechos e intereses del
administrado).
Acudir a la vía Judicial a
través del Contencioso
Administrativo. Art. 19
L.CA.
Cumplir con lo Resuelto por
el Superior Jerárquico de la
Administración.
4. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
OCURSO (artículos
155 y 156 del
Código Tributario).
15 días: Administración
no concede recurso.
3 días después de que
la administración
deniega el recurso, se
interpone el ocurso y
pueden suceder 3
actitudes.
15 días: Administración
concede recurso.
15 días: Administración
no responde.
Remite Ocurso en 5
días.
15 días para que
autoridad informe.
Cuando la Administración Tributaria deniegue el trámite del
recurso de revocatoria, la parte que se tenga por agraviada
podrá recurrir ante el Directorio de la Superintendencia de la
Administración Tributaria, dentro del plazo de los 3 días
siguientes al de la notificación de la negatoria, pidiendo que se
conceda el trámite del recurso de revocatoria. La autoridad
superior remite el ocurso a la autoridad responsable. 4) La
autoridad superior le concede un plazo perentorio de 5 días a
la autoridad responsable para que envíe el expediente e
informe y continúa el procedimiento normal del Recurso de
Revocatoria.
5. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
ENMIENDA DEL
PROCEDIMIENTO:
La enmienda del procedimiento no es un
recurso, es un remedio procesal, por el cual, la
misma autoridad que emitió una resolución
revoca la misma, de oficio o a petición de
parte. La definición es “la revocación o
corrección de una sentencia del tribunal
inferior recurrida por uno de los litigantes”.
A los 3 días de
conocida la
infracción, se
interpone el recurso.
Art. 160 C.T..
En 15 días. La
Administración
Tributaria resolverá
la enmienda. Art. 160
C.T.. Art. 160 C.T..
SE DECLARA CON
LUGAR LA ENMIENDA
DEL PROCEDIMIENTO:
Deja sin efecto lo
actuado. Art. 160 C.T
SE RECHAZA LA
ENMIENDA: El
Procedimiento
continúa su curso
normal. Art. 160. C.T.
6. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
NULIDAD:
Nulidad: “Incidente de previo y especial
pronunciamiento, autorizado por la Ley, para
invalidad las diligencias y actuaciones
practicadas sin ajustarse a los trámites
establecidos”.
A los 3 días de
conocida la
infracción, se
interpone el recurso
de nulidad. Art. 160
C.T.. Art. 160 C.T..
En 15 días la
Administración
Tributaria
resolverá la
nulidad. Art. 160
C.T
DECLARA CON LUGAR
LA NULIDAD: Deja sin
efecto lo actuado.
Art. 160 C.T.
RECHAZA EL
RECURSO: El
procedimiento sigue
su curso normal. Art.
160 C.T
7. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
MEDIOS DE
PRUEBA:
El Código Tributario en su artículo 142 “A”.
Medios de Prueba. En las actuaciones ante la
Administración Tributaria, podrán utilizarse
todos los medios de prueba admitidos en
derecho. Los documentos que se aporten a
título de prueba, podrán presentarse en
original o fotocopia simple.
DILIGENCIAS
PARA MEJOR
RESOLVER:
El Código Tributario en su artículo 144.
Diligencias para mejor resolver. La
Administración Tributaria, antes de dictar
resolución final podrá de oficio o a petición de
parte, acordar, para mejor resolver: a) Que se
tenga a la vista cualquier documento que se
crea conveniente. b) Que se practique
cualquier diligencia que se considere
necesaria o se amplíen las que ya se hubiesen
hecho. c) Que se tenga a la vista cualquier
actuación que sea pertinente. Estas diligencias
se practicarán dentro de un plazo no mayor de
quince (15) días hábiles. Contra la resolución
que ordene las diligencias para resolver, no
cabrá recurso alguno.
MEDIDAS PARA
MEJOR
RESOLVER:
El Código Tributario en su
artículo 148. Medidas para
mejor resolver. Se haya o no
evacuado la audiencia, de oficio
o a petición de parte, la
Administración Tributaria podrá
dictar resolución para mejor
resolver conforme lo dispuesto
en el artículo 144 de este
código.
8. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Este se inicia después de realizada la fase administrativa.
El expediente pasa a la fase judicial a solicitud del contribuyente, el que de
acuerdo a lo establecido en El Código Tributario en su artículo 161 se inicia
después de emitida la resolución del Recurso de Revocatoria declarándolo sin
lugar o de configurarse el silencio administrativo, establecido en el artículo 157
del mismo cuerpo legal, el contribuyente tiene el Derecho de presentar la
demanda para iniciar el proceso judicial,
Características del Proceso Contencioso Administrativo:
Única Instancia.
Se tienen que agotar los recursos administrativos.
Se diligencia en las salas de lo Contencioso Administrativo.
La resolución administrativa debe haber causado estado.
(El plazo del contribuyente para interponerlo es de treinta días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la fecha en que se hizo la última notificación de la
resolución del recurso de revocatoria o de reposición ).
9. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
El Proceso Contencioso Tributario se divide en dos partes:
Fase Administrativa:
En esta primera fase el órgano que conoce de la evacuación
de audiencia y de la posterior interposición de los recursos
respectivos es el Organismo Ejecutivo, en la actualidad por
delegación en la ley orgánica de la misma, con oce e
interviene por delegación en la ley orgánica de la misma,
conoce e interviene en esta fase la Superintendencia de
Administración Tributaria, quien en todo el proceso, por
medio de sus diferentes entes conoce de los recursos que
interpone el contribuyente y resuelve.
Fase Judicial:
No se puede entablar sin haber agotado previamente la vía
administrativa, por lo que se encuentra supeditada a esta, el
contribuyente debe por lo tanto previo a interponer el
Proceso Contencioso Administrativo Tributario cumplir con
el procedimiento administrativo regulado en El Código
Tributario decreto 6-91 del Congreso de la República y todas
sus reformas, terminado ese procedimiento, ya sea porque
sea rechazado el recurso de revocatoria por parte de la
Superintendencia de Administración Tributaria, o se haga
efectivo el Silencio Administrativo por parte de la misma
Superintendencia de la Administración Tributaria, el
planteamiento del proceso Contencioso Administrativo
Tributario es realizado ante las salas Segunda, Tercera,
Cuarta y Quinta de lo Contencioso Administrativo y su
asidero legal lo encontramos en el Artículo 221 de la
Constitución Política de la República
10. DERECHO TRIBUTARIO
Docente: Licenciado René Castillo
Estudiante: María Mercedes Enríquez Pinelo
Carné: 201441923
DÉCIMO SEMESTRE
Organización Jurisdiccional:
Esta se encuentra a cargo de la Superintendencia
de Administración Tributaria, quien conoce de los
recursos de revocatoria, reposición, ocurso,
nulidad y enmienda del procedimiento. En esta
fase administrativa son los mismos órganos de la
Administración Pública quienes conocen y
resuelven los recursos o sea la Superintendencia
de Administración Tributaria.