1. DERECHO Y ACEPCIONES.
TEMA 1
Profa. Josaira Miranda
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Valle del Momboy
Facultad de Cs. Jurídicas, Políticas y Sociales
Carrera de Derecho
2. DERECHO. DEFINICIÓN
Derecho
Conjunto de normas
destinadas a regir la
conducta de los hombres
en sociedad (P. Bracho).
Técnica de organización
social que contribuye a
la implantación de un
orden, a la realización de
un determinado modelo
de sociedad. (E. Díaz).
Conjunto de principios y
normas que regulan la
sociedades humanas en
torno a los conceptos de
justicia y orden, y que los
Estados son capaces de
imponer de manera
coactiva. (Concepto.de).
Es un orden coactivo, un
sistema de normas que
prescriben o permiten
actos coactivos bajo la
forma de sanciones
socialmente organizadas.
(Kelsen)
3. DERECHO: OTRAS ACEPCIONES
Derecho
Sentido Objetivo
Conjunto de normas provistas de
sanciones, que rigen las relaciones de los
hombres en la sociedad.
Sentido Subjetivo Es una prerrogativa que permite exigir
prestaciones o el respeto a una situación.
Didáctico
Ciencia de las normas obligatorias que
presiden las relaciones de los hombres en
sociedad.
Sentido Adjetivo
Conjunto de leyes que posibilitan y hacen
efectivo el ejercicio regular de las relaciones
jurídicas, al poner en actividad el organismo
judicial del Estado.
4. RAMAS DEL DERECHO
RAMAS DEL
DERECHO
D. Público
Regula la organización
del Estado y las
relaciones en que él entra
en juego .
D. Privado
Conjunto de
disposiciones que rigen
las relaciones entre
particulares y entre las
colectividades públicas y
los particulares cuando
aquéllas obran en las
mismas condiciones.
5. RAMAS DEL DERECHO
• Constitucional, Dcho. Internacional
Público, Eclesiástico, Penal,
• Administrativo, Fiscal, Minero,
Procesal, Financiero, entre otros.
Derecho
Público
• Civil, Mercantil, Derecho
Internacional Privado.
Derecho
Privado
6. CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
Criterios
Orgánico
Fundado sobre la cualidad de las personas; si
los gobernantes forman parte de una relación
jurídica, ésta es de Dcho. Público.
Material
Se basa en el examen del contenido de las
reglas de cada categoría. El Dcho. Público
comprende el conjunto de ramas que
aseguran los intereses generales de la
comunidad.
Formal
Parte del estudio de la relación jurídica. En el
Dcho. Público predomina lo imperativo, la
subordinación.
Norma de competencia (Alf Ross): Dcho. Público establece
conductas heterónomas y obligatorias. Dcho. Privado la
conducta es discrecional o autónoma.
7. OTROS CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
Existen otros criterios de clasificación del derecho estos son :
Por su ámbito nacional o religioso, es decir, a la tradición cultural,
política e histórica que los engendró. Por ejemplo: derecho romano,
germánico (alemán) o derecho anglosajón.
Por la actividad específica que regula, es decir, dependiendo de a
qué realidad específica regulan las leyes estudiadas. Por ejemplo:
derecho militar, derecho penal, derecho civil, entre otros.
Por su ámbito técnico, es decir, por las partes del proceso jurídico
que regulan. Por ejemplo: derecho civil, derecho penal, derecho
administrativo, entre otros.
8. CIENCIA POLÍTICA
Es una disciplina académica que pretende
describir, analizar y explicar de forma
sistemática la toma de decisiones en
colectivo, así como sus valores y puntos de
vista subyacentes.
Disciplina que se encarga paralelamente
con el derecho público del estudio de
cuestiones como la estructura del Estado,
de su funcionamiento, de la participación
ciudadana, entre otras.
Su contenido es el conocimiento empírico de la política, el estudio de la estructura del
Estado y sus normas de actuación política (Discurso sobre el soberano); el estudio sobre
el origen del poder, su naturaleza y las formas de su ejercicio (Discurso sobre la soberanía).
Su propósito es el de poder elaborar proposiciones empíricas de posible comprobación
científica y elaborar predicciones en su campo de aplicación.
9. TEORÍA GENERAL DEL ESTADO
Es el tratamiento teorético de los
problemas referidos a la organización
jurídica y política del Estado y su objeto
es la comprensión de aspectos estrictos
del conocimiento estatal.
Es un conocimiento sistemático acerca
de la realidad estatal, al Estado tal como
existe, en cuanto a unidad concreta y
dinámica que se da en nuestro tiempo y
espacios históricos.
La teoría del estado estudia el origen,
evolución, estructura, justificación,
funcionamiento y finalidad del estado.
Toma el fenómeno estatal tanto en su
generalidad como en su concreta
realidad presente. Indaga así las
condiciones permanentes que presenta
el fenómeno estatal, en cuanto
organización del poder o forma de
agrupamiento político, y se detiene,
particularmente en la investigación de la
realidad de la vida estatal que nos
rodea.
M. Pericola : Enciclopedia Jurídica:
Heller: “La Teoría del Estado se propone investigar la especifica realidad de la vida estatal que
nos rodea. Aspira a Comprender al Estado en su estructura y función actual, su devenir histórico
y la tendencia de su evolución”. Es ciencia política, cultural o no cultural, sociología y ciencia de
estructuras…
10. DERECHO PÚBLICO Y DERECHO CONSTITUCIONAL
Derecho Público
Derecho
Constitucional
Estudia la estructura del
Estado, la organización de
los Poderes Públicos y los
deberes y derechos de los
ciudadanos.
Se dedica al análisis de los
derecho fundamentales
consagrados en la Carta
Magna y vela por la
regulación de los poderes
públicos sometiéndolos a lo
legal.
Regula la organización
del Estado y las
relaciones en que él
entra en juego .