La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado de las Naciones Unidas que reconoce los derechos de los menores de 18 años y fue adoptada en 1989. Establece 54 artículos que garantizan los derechos de los niños a la protección, desarrollo y participación, convirtiendo a los adultos en responsables de los niños. Ha sido ratificada por todos los países excepto Somalia y Estados Unidos.
Clase La Convención sobre los derechos del niño para Curso de la Academia Judicial, Francisco Estrada
Curso de Perfeccionamiento
Academia judicial
Los derechos del niño en la aplicación de medidas de protección
Santiago, 2009
Clase La Convención sobre los derechos del niño para Curso de la Academia Judicial, Francisco Estrada
Curso de Perfeccionamiento
Academia judicial
Los derechos del niño en la aplicación de medidas de protección
Santiago, 2009
Convención sobre los derechos de los niños y las niñas en ColombiaAlianza por la Niñez
La Convención
de los Derechos
de los Niños en Colombia
La Asamblea General de las Naciones
Unidas adoptó la Convención sobre los
Derechos de los Niños el 2 de noviembre
de 1989. La Convención constituye
el marco fundamental a partir del cual
los gobiernos desarrollan sus políticas
para la niñez y la adolescencia. El Congreso
de la República de Colombia, la
ratificó por medio de la ley número 12
de 1991. El Gobierno Nacional debe
asegurar su aplicación y, debido a su
condición de ley, el país debe cumplirla
y respetarla.
Presentación del Grupo de Trabajo Colombia de la Plataforma de Organizaciones de Terre des hommes Alemania para la conmemoración de los 20 años de la Convención sobre los Derechos del Niño. Noviembre 20 de 2009.
Presentación realizada por el 2º curso de Educación Infantil del IES Renacimiento (curso 2017-18) para conmemorar la Convención sobre los derechos del Niño
Dirección editorial Manuela Thourte, Especialista en Protección de UNICEF. La Convención sobre los Derechos y sus tres
Protocolos Facultativos, noviembre de 2014
Formato 16 x 21 cm., cantidad de páginas 96
Impreso en Argentina
Noviembre de 2014
Diseño y diagramación: GOMO | Estudio de diseño
Curso sobre Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Convención sobre Derechos del Niño, Instrumentos Internacionales y Justicia Penal Adolescente Chile
Francisco Estrada
justiciapenaladolescente.blogspot.com
Convención sobre los derechos de los niños y las niñas en ColombiaAlianza por la Niñez
La Convención
de los Derechos
de los Niños en Colombia
La Asamblea General de las Naciones
Unidas adoptó la Convención sobre los
Derechos de los Niños el 2 de noviembre
de 1989. La Convención constituye
el marco fundamental a partir del cual
los gobiernos desarrollan sus políticas
para la niñez y la adolescencia. El Congreso
de la República de Colombia, la
ratificó por medio de la ley número 12
de 1991. El Gobierno Nacional debe
asegurar su aplicación y, debido a su
condición de ley, el país debe cumplirla
y respetarla.
Presentación del Grupo de Trabajo Colombia de la Plataforma de Organizaciones de Terre des hommes Alemania para la conmemoración de los 20 años de la Convención sobre los Derechos del Niño. Noviembre 20 de 2009.
Presentación realizada por el 2º curso de Educación Infantil del IES Renacimiento (curso 2017-18) para conmemorar la Convención sobre los derechos del Niño
Dirección editorial Manuela Thourte, Especialista en Protección de UNICEF. La Convención sobre los Derechos y sus tres
Protocolos Facultativos, noviembre de 2014
Formato 16 x 21 cm., cantidad de páginas 96
Impreso en Argentina
Noviembre de 2014
Diseño y diagramación: GOMO | Estudio de diseño
Curso sobre Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Convención sobre Derechos del Niño, Instrumentos Internacionales y Justicia Penal Adolescente Chile
Francisco Estrada
justiciapenaladolescente.blogspot.com
El presente trabajo se basa en el funcionamiento de una página web que los alumnos gestionan totalmente. Ellos introducen las secciones, seleccionan el material, elaboran las actividades y las suben a la página web, bajo la supervisión del profesor.
Esta experiencia persigue:
a)Integrar el aprendizaje de nuevas tecnologías e Inglés en un único proyecto.
b)Desarrollar la creatividad y autonomía en la adquisición de nuevos conocimientos.
c)Fomentar el trabajo cooperativo en equipos.
d)Potenciar todas las competencias básicas.
El eje del trabajo es el proyecto curricular de Inglés aplicado a distintas áreas. El material que se confecciona se distribuye bajo 9 grandes portales temáticos:
1. Science Space
2. Geography Space
3. History Space
4. English Language Space
5. Reading Space
6. Drama Space
7. Kids Space
8. Film Space
9. Culture Space
También hay blogs (5), foros, calendario de eventos y galería de fotos.
Adaptar els ensenyaments a les necessitats personals, socials i als interessos dels alumnes.
Crear un aula integrada totalment amb les TIC.
Adequar la metodologia per donar resposta a diferents ritmes d'aprenentatge y nivells intel·lectuals.
Dotar d'una eina als alumnes per facilitar l'aprendre a aprendre.
Afavorir que'ls alumnes siguin crítics i contrasten els coneixements adquirits.
DERECHO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES 11-JUL
Los Derechos de las niñas, niños y adolescente son aquellos que establecen condiciones especiales de protección para esta población específica. Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, están obligadas a reconocer que niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; por tanto, el interés superior de la niñez debe ser considerado primordialmente en la toma de decisiones relativas a personas menores de edad.
Panorama de la situacion de los ninos, ninas, y adolescentes en BoliviaIS Bolivia
Una presentacion hecho por DNI para Servicio Internacional Britanico para el encuentro "Códigos de Ética y Políticas de Protección de Niñez" explicando el panorama general de la situacion de la ninez en Bolivia.
TRABAJO QUE CONTIENE DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (LOPNA), LOS NIÑOS SUJETOS DE DERECHOS, CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, CONSEJO DE DERECHO, ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.
Convención sobre los Derechos del Niñounicef_educa
Texto completo que incluye el tercer Protocolo Facultativo aprobado en 2014. La Convención sobre los Derechos del Niño es un instrumento que puede ayudar a docentes e instituciones educativas a orientar su labor educativa desde los derechos de la infancia.
Descárgate más publicaciones sobre los derechos de la infancia para el aula en www.unicef.educa (disponibles en castellano, catalán, euskera, gallego y valenciano).
Similar a Dereechos de los niños DR RENES SAINT LOUIS (20)
2. La Convención sobre los Derechos del
Niño (CDN). un tratado internacional de
las Naciones Unidas por el que
los estados firmantes reconozcan
los derechos del niño.
La convención está compuesta por 54
artículos que consagran el derecho a la
protección de la sociedad y el gobierno, el
derecho de los menores de 18 años a
desarrollarse en medios seguros y a
participar activamente en la sociedad.
3. La CDN reconoce a
los niños como
sujetos de derecho,
pero convierte a los
adultos en sujetos de
responsabilidades.
Fue adoptada por
la ”Asamblea
General de las
Naciones
Unidas” el 20 de
noviembre de 1989.
4. Su origen fue la Declaración de
Ginebra de 1924, redactada
por Eglantyne Jebb, fundadora de la
organización internacional Save the
Children.
La propuesta de Jebb fue aprobada por
la Sociedad de Naciones el 26 de
diciembre de 1924.
5. La Organización de las Naciones
Unidas aprobó en 1948 la Declaración
Universal de los Derechos Humanos que,
implícitamente, incluía los derechos del
niño.
Sin embargo, posteriormente se llegó al
convencimiento de que las particulares
necesidades de los niños debían estar
especialmente enunciadas y protegidas.
6. Es el tratado internacional que reúne al
mayor número de estados participantes.
Ha sido ratificada por todos los estados
del mundo, con la excepción
de Somalia y Estados Unidos.
Esta convención está desarrollada o
complementada por los siguiente
protocolos:
7. Protocolo facultativo de la Convención
sobre los Derechos del Niño relativo a la
venta de niños, la prostitución infantil y la
utilización de niños en la pornografía;
Resolución A/RES/54/263 del 25 de mayo
de 2000,entrada en vigor el 18 de enero
de 2002.
8. Protocolo facultativo de la Convención
sobre los Derechos del Niño relativo a la
participación de niños en los conflictos
armados, Resolución A/RES/54/263 del
25 de mayo de 2000, entrada en vigor el
12 de febrero de 2002.
El día mundial de la niñez es el 20 de
noviembre pero cada pais lo festeja de
acuerdo a su realidad.
9. La CDN establece los derechos de los
niños, niñas y adolescentes en 54 artículos y
dos Protocolos Facultativos.
Define los derechos humanos básicos que
disfrutan los niños y niñas en todas partes: el
derecho a la supervivencia; al desarrollo
pleno; a la protección contra influencias
peligrosas, los malos tratos y la explotación;
y a la plena participación en la vida
familiar, cultural y social.
10. Los cuatro principios fundamentales de la
Convención son la no discriminación; la
dedicación al interés superior del niño; el
derecho a la vida, la supervivencia y
desarrollo; y el respeto por los puntos de vista
del niño.
Todos los derechos que se definen en la
Convención son inherentes a la dignidad
humana y el desarrollo armonioso de todos los
niños y niñas.
La Convención protege los derechos de la
niñez al estipular pautas en materia de
atención de la salud, la educación y la
prestación de servicios jurídicos, civiles y
sociales.
11.
12.
13.
14.
15. Al margen un sello con el Escudo
Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE
LEÓN, Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se
ha servido dirigirme el siguiente DECRETO
“EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, D E C R E T A: LEY PARA LA
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
16. Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley se fundamenta
en el párrafo sexto del artículo 4o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, sus disposiciones son de orden
público, interés social y de observancia
general en toda la República Mexicana y
tiene por objeto garantizar a niñas, niños y
adolescentes la tutela y el respeto de los
derechos fundamentales reconocidos en la
Constitución.
17. La Federación, el Distrito Federal, los
estados y los municipios en el ámbito de
su competencia, podrán expedir las
normas legales y tomarán las medidas
administrativas necesarias a efecto de
dar cumplimiento a esta ley.
18. Artículo 2. Para los efectos de esta ley,
son niñas y niños las personas de hasta
12 años incompletos, y adolescentes los
que tienen entre 12 años cumplidos y 18
años incumplidos.
19. Artículo 3. La protección de los derechos
de niñas, niños y adolescentes, tiene
como objetivo asegurarles un desarrollo
pleno e integral, lo que implica la
oportunidad de formarse física, mental,
emocional, social y moralmente en
condiciones de igualdad.
20. Son principios rectores de la protección de los
derechos de niñas, niños y adolescentes:
A. El del interés superior de la infancia.
B. El de la no-discriminación por ninguna
razón, ni circunstancia.
C. El de igualdad sin distinción de raza, edad,
sexo, religión, idioma o lengua, opinión política
o de cualquier otra índole, origen étnico,
nacional o social, posición económica,
discapacidad, circunstancias de nacimiento o
cualquiera otra condición suya o de sus
ascendientes, tutores o representantes legales.
21. Ley publicada en la Segunda Sección del Periódico
Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 23 de
septiembre de 2006.
LIC. ULISES ERNESTO RUIZ ORTIZ, GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
OAXACA, A SUS HABITANTES HACE SABER:
QUE LA LEGISLATURA DEL ESTADO HA TENIDO A BIEN
APROBAR LO SIGUIENTE:
DECRETO NUMERO 312
LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
OAXACA, APRUEBA:
LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE
OAXACA.