El documento resume la despenalización del aborto en Colombia. Explica que mediante una sentencia de la Corte Constitucional en 2006, el aborto fue permitido bajo tres causales: cuando existe peligro para la vida o salud de la mujer, malformación del feto, o cuando el embarazo fue producto de violencia sexual. El Ministerio de Salud garantiza el cumplimiento de esta ley y que las mujeres puedan acceder a interrupciones voluntarias del embarazo de manera segura y con calidad.
En la siguiente presentación, encontraran un poco de información; acerca del tema del aborto donde se comparten comentarios del común, acerca de la acepciones del aborto. Gracias por su visita.
En la siguiente presentación, encontraran un poco de información; acerca del tema del aborto donde se comparten comentarios del común, acerca de la acepciones del aborto. Gracias por su visita.
Desde la ley del Talión hasta las pusturas abolicionistas se ha considerado que la historia de la pena de muerte es la historia de su desaparición. La carta de San José abolió la pena en aquellos países en que existiendo, no se hubiera aplicado en los últimos 5 años.
Presentación de Powerpoint sobre el cáncer de mama, uno de los cánceres que más afecta principalmente a las mujeres. Es un tema bastante interesante y trata con información que debe saber todo el mundo e incluye un video que nos hace reflexionar.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Yonta
La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.
Desde la ley del Talión hasta las pusturas abolicionistas se ha considerado que la historia de la pena de muerte es la historia de su desaparición. La carta de San José abolió la pena en aquellos países en que existiendo, no se hubiera aplicado en los últimos 5 años.
Presentación de Powerpoint sobre el cáncer de mama, uno de los cánceres que más afecta principalmente a las mujeres. Es un tema bastante interesante y trata con información que debe saber todo el mundo e incluye un video que nos hace reflexionar.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Yonta
La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.
aborto Una interrupción del embarazo, mejor conocido como el aborto, es literalmente la finalización del embarazo. La forma que suele verse es la extracción (normalmente intencional) o la expulsión (posiblemente de manera espontánea), del feto que todavía no se ha desarrollado lo suficiente, además de no poseer las cualidades necesarias para lograr sobrevivir fuera del útero materno.Una interrupción del embarazo, mejor conocido como el aborto, es literalmente la finalización del embarazo. La forma que suele verse es la extracción (normalmente intencional) o la expulsión (posiblemente de manera espontánea), del feto que todavía no se ha desarrollado lo suficiente, además de no poseer las cualidades necesarias para lograr sobrevivir fuera del útero materno.Una interrupción del embarazo, mejor conocido como el aborto, es literalmente la finalización del embarazo. La forma que suele verse es la extracción (normalmente intencional) o la expulsión (posiblemente de manera espontánea), del feto que todavía no se ha desarrollado lo suficiente, además de no poseer las cualidades necesarias para lograr sobrevivir fuera del útero materno.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. ABORTO
• Este conflicto se enmarca desde hace siglos entre
los extremos de dos principios morales básicos: El
derecho a la vida del feto como si ya fuera una
persona humana desarrollada y el derecho a la
libertad absoluta de la madre para decidir terminar
su embarazo, hasta unas 12 semanas después de
la fecundación del óvulo.
• Recordemos que los derechos absolutos no
existen, las circunstancias pueden incidir en la
moralidad y en la legalidad de las acciones
humanas.
3. ¿QUÉ ES LA INTERRUPCIÓN
VOLUNTARIA DEL EMBARAZO?
• La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es
el procedimiento donde se busca terminar de
manera consciente el embarazo en curso,
evitando que algunas mujeres incurran en
interrupciones inseguras, poniendo en grave
peligro su vida y su estado de salud.
4. DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO
EN COLOMBIA
• Mediante sentencia C-355 del 10 de mayo de 2006, la
Corte Constitucional declaró que el aborto es permitido
cuando:
A. Cuando la continuación del embarazo constituya
peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada
por un médico.
B. Cuando exista grave malformación del feto que
haga inviable su vida, certificada por un médico.
C. Cuando el embarazo sea resultado de una
conducta, debidamente denunciada, constitutiva de
acceso carnal o acto sexual sin consentimiento,
abusivo, inseminación artificial o de transferencia de
óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
5. ¿QUIÉN GARANTIZA EL
CUMPLIMIENTO DE LA LEY QUE
AMPARA LA IVE?
• El Ministerio de Protección Social, desarrolla acciones
en pro del cumplimiento de la Sentencia C-355 y de
las sentencias subsecuentes, de manera que se
garantice la prestación del servicio público esencial y
legal de salud de interrupción voluntaria del embarazo
(IVE) en las causales permitidas.
• Atendiendo a estándares técnicos como los definidos
en el documento de la Organización Mundial de la
Salud (OMS), Aborto sin riesgos: Guía Técnica y de
Política para Sistemas de Salud, del 2003 actualizado
en su segunda edición, del 2012.
6. GARANTIZACIÓN FRENTE A LA
MADRE
• Dar a conocer a la población colombiana el
contenido de la Sentencia C-355 y de las
sentencias posteriores, de tal manera que las
mujeres que en el ejercicio de su derecho a la
autonomía y a la autodeterminación reproductiva
tomen la decisión de interrumpir su embarazo por
las causales permitidas, puedan acceder sin
barreras ni obstáculos a este servicio y reciban
una atención integral y de calidad, respetuosa de
su decisión, sin estigmatización, culpabilización ni
revicitimización.
7. ¿Cuáles son las características de la
atención de una gestante que
requiere IVE?
• Prestación de servicio con calidad, brindando
información a las afiliadas de manera veraz,
oportuna, completa, clara, real, de fácil comprensión
acorde con sus condiciones sicológicas,
emocionales, culturales y de nivel educativo.
• Atención rápida y oportuna a las mujeres que
soliciten una IVE.
• Garantía de confidencialidad y respetar el derecho
de las mujeres a la intimidad y dignidad.
• Asesoramiento sobre anticoncepción pos-aborto.
• Provisión de método anticonceptivo.
• Orientación sobre prevención de infecciones de
transmisión sexual.