El documento habla sobre diferentes conceptos jurídicos. Explica que las construcciones absolutas del pasado son unidades bimembres de predicación que establecen una relación atributiva entre un elemento nominal y un atributo sin necesidad de un verbo. También describe que las acumulaciones de locuciones prepositivas son agrupaciones de palabras que funcionan como preposiciones. Por último, define el hipérbaton como una alteración del orden lógico de las palabras y el arcaísmo como una palabra cuya forma o significado es inadecuado y se usó en otros tiempos.