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CAPACITACIÓN:
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GENERALIDADES DEL ESTADO PLURINACIONAL Y LA LEY N° 1178
ESTADO.-
Es una sociedad establecida en un
políticamente
organizada
territorio
determinado
Autoridad o
gobierno
Que regula la
convivencia social
Bienestar social
1.1.0./3
La CPE, art.1:Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional,
comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado
y con autonomías .
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ADMINISTRACION PÚBLICA
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1.1.0/4
Para realizar actividades
destinadas a la provisión de obras,
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de la sociedad
ÓRGANOS DEL ESTADO
El Estado de Bolivia se organiza y estructura
a través de los sgts. órganos:
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art.145 CPE
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art.165
CPE
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art.179
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SON:
Contraloría
General del
Estado
CENTRO DE CAPACITACIÓN
Ministerio
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del Pueblo
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General del
Estado
Vela por la vigencia, promoción,
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las leyes y los instrumentos
internacionales.
Su función alcanza a la actividad del
sector público y a la actividad de las
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penal pública.
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de la CPE
FINALIDAD, ÁMBITO DE
APLICACIÓN, SISTEMAS QUE
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del S. Público. Controla el manejo
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controlar la captación y el uso
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públicos.
Art.
de la 1178
Eficiencia
Producir la mayor cantidad de
servicios o prestaciones
posibles dado el nivel de
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del Sector Público,
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administrativas de
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Toda persona natural o
jurídica que no pertenezca al
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recursos del Estado. Donde el
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Art. 4, Ley 1178 Art. 5, Ley 1178
CENTRO DE CAPACITACIÓN
Para Programar y Organizar
las actividades
ÓRGANO RECTOR:
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Para Ejecutar las actividades
programadas y organizadas
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CENTRO DE CAPACITACIÓN
• Emitir las normas y reglamentos
básicos para cada sistema;
• Fijar plazos y condiciones para elaborar las
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Cada entidad elaborará en el marco de las NB dictadas
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Componentes del Sistema de
Organización Administrativa
El SP preverá, en función de las prioridades de la política gubernamental, los montos y
fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual. Se sujetará a los siguientes
preceptos generales:
b) Las entidades con autonomía de
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El SP preverá, en función de las prioridades de la política gubernamental, los montos y
fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual. Se sujetará a los siguientes
preceptos generales:
d) La ejecución de los presupuestos de
gastos de las entidades señaladas en los
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N° 225558
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DIAPOSITIVAS MOD I LEY 1178.pdf

  • 2. LOGO GENERALIDADES DEL ESTADO PLURINACIONAL Y LA LEY N° 1178 ESTADO.- Es una sociedad establecida en un políticamente organizada territorio determinado Autoridad o gobierno Que regula la convivencia social Bienestar social 1.1.0./3 La CPE, art.1:Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional, comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías .
  • 3. LOGO ADMINISTRACION PÚBLICA •Conjunto de órganos administrativos que sirven al Estado 1.1.0/4 Para realizar actividades destinadas a la provisión de obras, Bienes y Servicios para beneficio de la sociedad
  • 4. ÓRGANOS DEL ESTADO El Estado de Bolivia se organiza y estructura a través de los sgts. órganos: Legislativo art.145 CPE Ejecutivo art.165 CPE Judicial art.179 CPE Electoral art.208 CPE
  • 5. SON: Contraloría General del Estado CENTRO DE CAPACITACIÓN Ministerio Público Defensoría del Pueblo Procuraduría General del Estado
  • 6. Vela por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los D.D.H.H. individuales y colectivos, las leyes y los instrumentos internacionales. Su función alcanza a la actividad del sector público y a la actividad de las inst. privadas que prestan servicios públicos. Organizaciones de Defensa de la Sociedad Defiende la legalidad y los intereses generales de la sociedad y ejerce la acción penal pública. Artículos 218 y 225 de la CPE
  • 7. FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, SISTEMAS QUE REGULA Y ÓRGANOS RECTORES
  • 8. Es una norma que expresa un MODELO DE ADMINISTRACIÓN y Control para regular el funcionamiento del S. Público. Controla el manejo de los recursos del Estado. Regula los sistemas de Administración y Control, que se interrelacionan entre si y con el SPIE. Tiene un enfoque sistémico. Establece el RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA. CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 9. d) Desarrollar la capacidad administrativa en el Sector Público b) Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados financieros; a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos. Art. de la 1178 Eficiencia Producir la mayor cantidad de servicios o prestaciones posibles dado el nivel de recursos de los que se dispone . CENTRO DE CAPACITACIÓN c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos.
  • 10. 1 Todas las entidades del Sector Público, sin excepción y toda persona jurídica donde el Estado tenga la mayoría del patrimonio. 2 Las unidades administrativas de los Órganos Legislativo, Judicial y Electoral y de la Contraloría General del Estado. 3 Art. 3, Ley 1178 Toda persona natural o jurídica que no pertenezca al Sector Público, que: reciba recursos del Estado. Donde el Estado tenga la mayoría del Patrimonio Art. 4, Ley 1178 Art. 5, Ley 1178 CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 11. Para Programar y Organizar las actividades ÓRGANO RECTOR: MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Para Ejecutar las actividades programadas y organizadas Para Controlar Control Gubernamental - Control Interno - Control Externo Posterior. ÓRGANO RECTOR: C.G.E. CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 12. • Emitir las normas y reglamentos básicos para cada sistema; • Fijar plazos y condiciones para elaborar las normas secundarias o especializadas y su implantación; • Compatibilizar o evaluar, las disposiciones específicas que elaborará cada entidad, en función de su naturaleza y normatividad básica • Vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas específicos e integrar la información generada por los mismos. CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 13. Cada entidad elaborará en el marco de las NB dictadas por los órganos rectores, los reglamentos específicos para el funcionamiento de los Sistemas de Administración y Control Interno. Corresponde a la máxima autoridad de la entidad la responsabilidad de su implantación. CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 14. *INTERRELACIÓN ENTRE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 15. Conducir el proceso de planificación económica y social, incorporara a todas las entidades Artículo 311 y 316 CPE La Ley N° 777 de 21 de enero de 2016 El ESTADO ejercerá la dirección del desarrollo económico Función del Estado CENTRO DE CAPACITACIÓN con participación directa en la producción de ByS La ley establece sistema de planificación integral estatal, que incorporará a todas las entidades territoriales.
  • 16. Artículo 2 de la Ley N° 777: PARA LA PLANIFICACIÒN INTEGRAL LARGO MEDIANO CORTO PLAZO VIVIR BIEN CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 17. Subsistema de Planificación 1 Lograr que la planificación tanto de L, M y C plazo tenga un enfoque integrado y armónico y sea el resultado del trabajo articulado de los diferentes niveles de gobierno, con participación de los actores sociales. 2 Subsistema de de Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral 3 Subsistema de Seguimiento y Evaluación Integral de Planes Orientar la asignación óptima y organizada de los recursos financieros a los Proyectos de Inversión Pública, para el logro de las metas, resultados y acciones identificadas en la planificación Realizar el seguimiento y evaluación integral de la planificación basado en metas, resultados y acciones, contribuyendo con información oportuna para la toma de decisiones CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 18. Hasta 25 años. Ejemplo: PGDES Hasta 5 años. Ejemplos: • PDES • PEI Hasta 1 año. Ejemplo: • POA. • Planes Inmediatos (2) CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 19. La responsabilidad, apoyo a la Máxima Autoridad Ejecutiva para la elaboración y seguimiento de los planes de largo, mediano y corto plazo, es de las instancias de planificación de cada entidad. EL CONTROL GUBERNAMENTAL : Los planes de L,M y C serán objeto de control externo posterior por la CGE, a fin de verificar avances y logro de metas. CENTRO DE CAPACITACIÓN
  • 20. SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR LAS ACTIVIDADES LEY 1178
  • 21. Sistema de Programación de Operaciones - SPO Parágrafo II de la Segunda Disposición Adicional de la Ley N° 777 del SPIE SPO Traducirá PLANES ESTRATÉGICOS Concordantes PLANES Generados SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO SPIE En función Programación integral OPERACIONES FUNCIONAMIENTO INVERSIÓN Tiempo Espacio
  • 22. Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones Aprobada mediante Resolución Suprema Nº 225557 de 1/12/2005 D. S. 3246 de 05/07/2017
  • 23. Subsistemas del Sistema de Programación de Operaciones SPO Subsistema de Elaboración del POA Subsistema de Seguimiento y Evaluación a la Ejecución del POA
  • 25. Sistema de Organización Administrativa Artículo 7. Ley N° 1178 SOA Definirá Y Ajustará POA ENTIDADES En función EVITARÁ DUPLICIDAD MEDIANTE ADECUACIÓN FUSIÓN SUPRESIÓN
  • 26. El Sistema de Organización Administrativa b) Toda entidad pública organizara internamente en función de sus objetivos y naturaleza de sus actividades los sistemas de la Ley N° 1178. cumplir tres preceptos básicos: a) Definir o adoptar políticas, emitir normas, y vigilar su ejecución y cumplimiento. En caso de que las entidades presenten objetivos y atribuciones superpuestas, se debe adecuarlas, fusionarlas o eliminarlas. En aplicación del principio de Organización Administrativa Centralización Normativa y Descentralización Operativa, el SOA ordena que los entes que ejercen tuición deben:
  • 27. Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa Resolución Suprema Nº 217055 30 de mayo del 1997
  • 28. www.themegallery.com Objetivo del Sistema de Organización Administrativa Optimizar la estructura organizacional del aparato estatal, reorientándolo para prestar un mejor servicio a los usuarios, de forma que acompañe eficazmente los cambios en el plano económico, político, social y tecnológico.
  • 29. www.themegallery.com Componentes del Sistema de Organización Administrativa
  • 30.
  • 31. El SP preverá, en función de las prioridades de la política gubernamental, los montos y fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual. Se sujetará a los siguientes preceptos generales: b) Las entidades con autonomía de gestión y de patrimonio cuyos ingresos provengan de venta de B y S, financiarán con tales ingresos sus costos de funcionamiento. a) Las entidades gubernamentales que cuenten con recursos provenientes de tributación, aportes a la seguridad social y otros aportes, regalías o transferencias de los tesoros del Estado, sujetarán sus gastos totales a la disponibilidad de sus recursos, financiamiento a los límites legales, no pudiendo transferir gastos de inversión a funcionamiento.
  • 32. El SP preverá, en función de las prioridades de la política gubernamental, los montos y fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual. Se sujetará a los siguientes preceptos generales: d) La ejecución de los presupuestos de gastos de las entidades señaladas en los incisos b) y c) de este artículo, está sujeta al cumplimiento de las políticas y normas gubernamentales relacionadas con la naturaleza de sus actividades, incluyendo las referidas a las modificaciones, traspasos y transferencias dentro de sus presupuestos. c) Los presupuestos de gastos del Banco Central y de las entidades públicas de intermediación financiera sometidas al programa monetario del Gobierno y a la vigilancia de la ASFI, son indicativos de sus operaciones de funcionamiento y de inversión no financiera.
  • 33. Preceptos Las entidades sin fines de lucro Las entidades con autonomía de gestión y de patrimonio Los presupuestos de gastos del Banco Central de Bolivia y de las entidades públicas de intermediación financiera
  • 35. Para efecto de la determinación de esta responsabilidad se deben considerar los siguientes preceptos: Conjunto ordenado y coherente de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos Generación de información confiable, útil y oportuna sobre la ejecución presupuestaria