1) El documento presenta la historia de la Administración de Parques Nacionales y del Cuerpo de Guardaparques Nacionales en Argentina.
2) Detalla las diferentes etapas en la evolución de las funciones de los guardaparques, desde simples puesteros hasta guardias capacitados profesionalmente.
3) Argumenta que la estructura organizativa de los guardaparques ya no es adecuada debido al aumento del turismo y las demandas actuales, y necesita ser modernizada.
1. DOCUMENTO PARA SER PRESENTADO AL CONGRESO NACIONAL
DE GUARDAPARQUES
Mucho se ha escrito y aún mucho más se escribirá sobre la estructura organizativa
del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.
Los conceptos enunciados en este análisis preliminar tienen como propósito acercar
a los miembros del Congreso una visión histórica del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales (CGN), con la finalidad de aportar elementos que permitan considerar la
urgente necesidad de normalizar el funcionamiento de la estructura organizativa de
los Guardaparques Nacionales.
En tal sentido entendemos que la problemática planteada debe ser considerada,
teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1.- La historia institucional de la A.P.N.
2.- La historia del Cuerpo de Guardaparques
3.- La trayectoria y experiencia transitada por el Cuerpo de Guardaparques
1.- La historia institucional de la A.P.N.
Respecto a la historia institucional de la A.P.N. cabría señalar tres etapas bien
diferenciadas en la existencia del Organismo.
Una primera etapa entre 1935 y 1950 que podríamos definir como Etapa
Fundacional, en la que se crean los primeros Parques Nacionales del sistema, en
función a criterios técnicos de conservación de la naturaleza muy elementales,
donde se privilegiaban la espectacularidad de los grandes escenarios naturales.
Estos criterios eran acompañados por una visión geopolítica orientada al
establecimiento de la infraestructura básica para la radicación de argentinos en las
áreas de frontera, promoviendo la actividad turística como factor de desarrollo y
crecimiento económico-social para las regiones donde se creaban las áreas
protegidas. Así comienzan a desarrollarse Puerto Iguazú, Bariloche y San Martín de
los Andes. Los Parques Nacionales Nahuel Huapi, Iguazú, Lanin , Los Glaciares y
Los Alerces inician su organización. Es la etapa de fomento.
2. Una segunda etapa entre 1950 y 1980 en la que la A.P.N. formula una Política de
Conservación de Áreas Naturales Protegidas, orientada a la representatividad de
ambientes de distintas regiones del país que posean atributos singulares de su flora,
fauna o gea, atractivos escénicos excepcionales o elementos naturales de interés
científico o educativo. En estos años se desarrollan numerosos estudios científicos y
técnicos vinculados al conocimiento de los parques. Se crean los Parques
Nacionales El Rey, El Palmar, Río Pilcomayo y Tierra del Fuego. Se continúa con la
promoción y desarrollo de la infraestructura para la actividad turística y recreativa, de
administración y de control y vigilancia. En esta etapa se crea el Centro de
Instrucción de Guardaparques, y se inician los primeros planes y programas de
interpretación y educación ambiental para el visitante. A esta altura la infraestructura
existente en los Parques Nacionales para su administración atención y control es
adecuada para responder a las necesidades de la época. La política de la A.P.N. se
define como ultra conservacionista, se promulga la Ley 22.351.
La tercera etapa que ubicamos entre 1980 y la actualidad, además de producir
cambios sustanciales en los criterios técnicos de conservación y manejo de áreas
protegidas, introduce nuevos conceptos en cuanto al rol social que cumplen los
Parques Nacionales, asignándoseles una función social compleja como patrimonio
natural y cultural de los argentinos. Se registra un notable crecimiento de la actividad
turística. Hasta la década del 70 el turismo que llegaba a los Parques era selectivo,
familiar, de baja densidad e impacto. A partir de esta etapa comienza a desarrollarse
un turismo masivo, el término “contingentes” de visitantes o turistas comienza a ser
utilizado frecuentemente para definir la llegada de numerosos visitantes.
Paralelamente a este cambio cualitativo y cuantitativo comienzan a manifestarse los
problemas de uso y manejo de las áreas protegidas, determinándose algunas
zonificaciones para el uso y manejo del espacio. Por otro lado se plantean demandas
sociales de la comunidad hacia los parques, en especial de las comunidades
periféricas, demandas cada vez más complejas y diversas que tienen que ver con un
uso diferente del tradicional, incorporando técnicas específicas en lo recreativo-
deportivo, en lo educativo-cultural y en los aspectos socio productivos del
aprovechamiento de los recursos naturales.
En esta etapa se registra una franca expansión de las Áreas Protegidas de la
Nación, donde se incorporan al sistema nacional numerosos ambientes, llegando en
la actualidad a constituir 34 áreas de conservación nacional y 3 especies declaradas
como Monumento Natural. Ha cambiado también la política de conservación del
organismo, volviéndose más permeable a las demandas socio productivas de los
pueblos de las regiones, “favoreciendo, estimulando y diversificando las economías
regionales” Ahora la A.P.N. define como uno de sus novedosos objetivos en la
administración de las áreas protegidas “la contribución al crecimiento regional y
nacional. Así los objetivos y metas de la A.P.N. en esta etapa abarcan propiciar los
acuerdos que se hagan necesarios con los núcleos de población asentados en las
proximidades de cada entorno para alcanzar un rendimiento optimo, esto es, un
aprovechamiento sostenible de las zonas, convertidas además en atractivos
turísticos de primer orden” (Ing. Espina-2008-Guía Visual).
Sin embargo la A.P.N. sigue rigiéndose por la Ley 22.351, del 5 de Diciembre de
1980, constituyéndose esta norma legal en una contradicción respecto de la política
3. que se implementa en la actualidad. No escapa a esta situación de desorden y
confusión la visión que poseen las autoridades actuales del Organismo, respecto de
la estructura del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, su misión funciones y
atribuciones, establecidas en el Art. 33º de la Ley 22.351.
2.- La historia del Cuerpo de Guardaparques
La función del Guardaparque tiene su nacimiento con la misma creación de los
Parques Nacionales, el Art. 27 del Decreto Nro. 55.177 de 1935 ya define al
guardaparque como encargado de las funciones de control y vigilancia de los
Parques Nacionales. Más tarde, en el año 1940 otro Decreto el Nro. 54.237 en su
Art. 40 mantiene esta definición y característica de la función del guardaparque, sin
que todavía se lo diferencie del resto del personal del Organismo. Por aquel
entonces los primeros Guardaparques, entre los que se contaban a José Antonio
ROMERO, Andrés BEROS, Antonio TIERNO, Oscar CORRO, Martín LAGOS, y
Guillermo PEFAURE, se desempeñaban como “peones de vigilancia” o “agentes
forestales”, encargados de la custodia de la jurisdicción de los Parques Nacionales
como “puesteros” de una gran estancia, en la que regían determinadas
reglamentaciones que debían hacer cumplir a los pobladores y escasos visitantes
que ingresaban al Parque. Estos Guardaparques “puesteros”, todavía no eran
preparados, instruidos o capacitados especialmente para las funciones que debían
cumplir, ya que seguramente en esta primera etapa fundacional las tareas eran
simples y requerían un conocimiento básico sumado a una buena capacidad y
destreza en las tareas de campo y conocimiento de la región.
En 1938 se fundó el primer Centro de Capacitación de Guardaparques, denominado
“Escuela de Viveristas y de Capacitación de Guardaparques”, la que funcionó hasta
1947 en la Isla Victoria, P.N. Nahuel Huapi. La instrucción ya incluía algunos
aspectos técnicos de las ciencias naturales, materias legales-administrativas,
destrezas, algunos conocimientos técnicos sobre motores, y cultura general. De esta
primera época es el primer “Reglamento de Guardaparques”, sancionado entre
1937-38 que permite identificar al Guardaparque como “puestero”, con funciones de
“policía auxiliar”.
Con la sanción del Decreto Nro. 654 de 1948 que volvió más conservacionista al
sistema de Parques Nacionales, se sancionó el “Reglamento para el Cuerpo de
Guardaparques de los Parques y Reservas Nacionales: Su Misión”. Este régimen
ratificó las funciones de control y vigilancia de tipo policial pero agregó claras
funciones de anfitrión y guía o asesor de los visitantes. Puede identificarse esta
etapa como la del Guardaparque Policía-Anfitrión, ya incipientemente diferenciado
del resto del personal mediante jerarquía y línea de mando especial.
Más tarde, con la Ley Nro. 18.594 de 1970 se creó el Servicio Nacional de
Guardaparques (Art. 25), a cuyo cargo se puso el contralor y vigilancia de los
Parques, Monumentos, y Reservas Nacionales del sistema, a tal fin el personal
4. usaría uniforme y armamento y quedaba investido de fuerza pública (Decreto Nro.
637/70- Art. 12). Esta norme preveía la creación de un régimen especial, sin
embargo ninguno de los proyectos elevados al Poder Ejecutivo Nacional alcanzó la
sanción.
Desde el año 1968 funcionó alternativamente durante algunos períodos, el Centro de
Instrucción de Guardaparques “Bernabé Méndez”. Desde su fundación y año tras
año se fue haciendo cada vez, más compleja la instrucción impartida, hasta llegar en
las décadas del 70 y 80 a un alto nivel académico, con una currícula que incluía
materias vinculadas a las ciencias naturales, desde un enfoque sistemático y
ecológico, el derecho administrativo, penal y civil, con el estudio de procedimientos y
jurisprudencia, las ciencias sociales y de la educación para obtener una formación
adecuada a las funciones técnicas, científicas, educativas y de vigilancia social y
ecológica que le son encomendadas. En el orden práctico el personal es capacitado
en el manejo de distintos instrumentos técnicos y científicos, motores, vehículos,
embarcaciones, equitación, defensa personal, combate contra incendios, primeros
auxilios, esquí, andinismo, técnicas de rescate y supervivencia, y en tareas de
relevamiento y monitoreo de la naturaleza.
Esta capacitación no es caprichosa, sino que necesariamente responde a la
diversidad de tareas, destrezas y funciones que debe desarrollar el guardaparque en
el ejercicio de su profesión.
Es esta capacitación de excelencia la que ha generado en las décadas señaladas
promociones de Guardaparques profesionales, que han ido enriqueciendo la
experiencia y el prestigio del Cuerpo a lo largo y ancho del país. Precisamente este
tipo de formación ha sido la llave que permitió en la década del 80 la más amplia e
interesada participación del personal en la formulación de una norma reglamentaria
que jerarquizara la función del guardaparque, y propusiera la definición de su
carrera, estableciendo una nueva estructura orgánica, un régimen escalafonario y
laboral adecuado a las características especiales de su misión y función.
Finalmente, luego de casi dos años de reuniones, asambleas, discusiones e
intercambio de ideas entre el personal destinado en los distintos P.N., el 3 de
Septiembre de 1987 se sanciona el Decreto 1455/87. Esta norma crea la Estructura
Orgánica de la Dirección General de Guardaparques Nacionales y el Reglamento del
Cuerpo de Guardaparques.
Posteriormente, a casi tres años de la vigencia del Decreto 1455/87 se sanciona la
Ley 23.794/90 que establece el Régimen Previsional del Personal de
Guardaparques, definiendo de esta manera las características de una función
especial que se diferencia completamente del resto del personal de la A.P.N.
De esta apretada síntesis histórica del Cuerpo de Guardaparques, podríamos sacar
las siguientes conclusiones:
1.-En la etapa fundacional de los Parques Nacionales los primeros Guardaparques
eran “peones de vigilancia”. Desde el punto de vista organizativo y funcional el
5. despliegue en el terreno es el tradicional para la gran estancia; “los puestos”. Por
aquel entonces los primeros Gpques. oficiaban de puesteros en las jurisdicciones de
los parques nacionales. Más tarde este simple puestero adquiere el carácter de
“policía auxiliar”, por lo que el “puesto” se convierte en “seccional”. Aún las tareas
son sencillas y el número de visitantes, pobladores y lugareños es reducido, la
función de este personal no presenta mayores dificultades, siendo adecuado al
diseño operativo y funcional planteado para las circunstancias.
2.-En una segunda etapa de la vida institucional del organismo el número de
visitantes a los parques comienza a incrementarse, al igual que las concesiones de
servicios públicos y las demandas de las comunidades periféricas hacia los Parques.
El Guardaparque además de las funciones de control y vigilancia, como policía
auxiliar se transforma en “anfitrión” y guía o asesor de los visitantes. Aquí comienza
a tener un grado mayor de complejidad su función. Se comprende entonces que el
Gpque. requiere una capacitación especial para el desempeño de su actividad. Usa
uniforme y armamento, realiza procedimientos contravencionales y actúa en
ausencia de las autoridades competentes (Policía, Gendarmería, Prefectura) en la
prevención y la comisión de delitos, instruye sumarios administrativos, combate
incendios forestales, recibe, guía y da charlas interpretativas y educativas a los
visitantes y participa de programas técnicos-científicos de diversa índole. En algunas
jurisdicciones debe convertirse en un experimentado montañista, dominar la practica
del esquí, la escalada en roca y hielo, la supervivencia en ambientes extremos, los
primeros auxilios, etc., etc. Su tarea en esta etapa es mucho más compleja y diversa.
La estructura organizativa y funcional de despliegue en el terreno sin embargo no se
ha modificado. No obstante la realidad plantea necesidades operativas
impostergables y comienza a implementarse una modalidad organizativa más
adecuada para responder a estos requerimientos funcionales; “el destacamento”.
3.-En la etapa actual la función se ha tornado mucho más compleja aún. Las
comunidades cercanas a los Parques han registrado un notable crecimiento y
desarrollo. El turismo se ha multiplicado y sofisticado en diversidad de actividades y
modalidades turísticas y deportivas. A los Parques ya no solo ingresan algunos
visitantes, sino que lo hacen nutridamente en grupos y contingentes. La calidad y el
número han variado. Las prestaciones de servicios se incrementan
proporcionalmente a la demanda pública. Es el fin del turismo contemplativo hasta
ahora tradicional, y el nacimiento del turismo participativo, de aventura, turismo
social, extremo, etc. Novedosas modalidades deportivas incorporan actividades
como el trekking, el rafting, el canotaje, el mountanbike, el motocross, el aladeltismo,
los deportes de aventura extrema, etc. Las demandas de la comunidad hacia el
Parque también crecen en relación al uso de los espacios naturales y el
aprovechamiento de los recursos naturales. Asociaciones no gubernamentales
(ONG) solicitan un mayor control de la pureza y limpieza del ambiente, la información
al visitante, la seguridad en las actividades recreativas, la interpretación, la
participación de los Guardaparques en eventos, conferencias, seminarios, fiestas del
pueblo, etc. etc. Cambia la actitud de los pobladores, lugareños, turistas y
contingentes juveniles respecto a la imagen de Autoridad de las fuerzas públicas. El
Gpque. Sólo y aislado ya no es efectivo en los procedimientos de contravenciones y
delitos. Se hace necesario reemplazar la recorrida individual tradicional por la
6. “patrulla” integrada por un mínimo de tres agentes, con el respaldo en la mayoría de
los casos de las fuerzas de seguridad. Los procedimientos contravencionales
requieren cada día más de una mayor preparación jurídica-legal, ya que se torna
más complejo el accionar frente al infractor que ahora en casi todas las situaciones
solicita la defensa o el asesoramiento jurídico. Las reglamentaciones han perdido
vigencia o no se adecuan a las nuevas circunstancias.
Los tiempos han cambiado y la estructura organizativa y funcional del Cuerpo de
Guardaparques aparece como inadecuada para responder a las exigencias que nos
plantea esta etapa. Es necesario entonces proponer una solución operativa y
funcional que contemple la problemática enunciada, orientando la formulación de un
modelo reglamentario diferente a lo tradicional, en especial reemplazando el
concepto de aislamiento “Seccionalidad” por el de integración de grupos de trabajo,
con un despliegue en el terreno de “Centros Operativos”, y proponiendo la
“especialización” de los Gpques. para atender aquellos aspectos de la función que
requieren un alto grado de capacitación en un área específica de competencia del
CGN.
3.- La trayectoria y experiencia transitada por el Cuerpo de Guardaparques
No existe ninguna historia escrita basada en hechos reales, testimonios o
expedientes administrativos que permitan reconstruir las condiciones concretas del
servicio desde 1935 hasta el presente.
No obstante de la experiencia de algunos Gpques. con suficiente antigüedad se
podrían enunciar los aspectos fundamentales que hacen a la evolución de las
condiciones de servicio desde un enfoque organizativo –operativo y funcional que
revele la trayectoria y experiencia transitada por el Cuerpo de Guardaparques en su
conjunto.
En tal sentido, en primer término cabría señalar que en función del análisis histórico
realizado precedentemente surge claramente como han variado y evolucionado las
circunstancias de la prestación del servicio, conforme fue incrementándose el grado
de complejidad de la misión y función del Guardaparque, por imperio de una realidad
dinámica en continua evolución y cambio.
En sus comienzos la actividad del Gpque. estaba exclusivamente orientada al control
y vigilancia de la jurisdicción, debiendo velar por el cumplimiento de la ley y las
reglamentaciones vigentes. El control forestal de las explotaciones madereras
existentes en esta etapa ocupaba la mayor parte de sus actividades. La marcación,
la cubicación, el control de las guías de aprovechamiento forestal eran las tareas
cotidianas de estos agentes. El turismo era muy escaso y el control sobre las
poblaciones de la jurisdicción se resumía a verificar el número de animales menores
y mayores permitidos por los permisos precarios de ocupación de tierras fiscales, y
las recorridas por las áreas de pastoreo, las veranadas e invernadas, levantando
7. oportunamente las Actas de Pastaje y participando de las marcaciones y señaladas
para el control de la hacienda declarada. Los centros poblados cercanos a las
“Seccionales de Guardaparques” por aquel entonces eran apenas caseríos o
comunidades pequeñas con un incipiente grado de desarrollo. Prácticamente no
existían actividades recreativas en el Parque. El turismo, que en número reducido
llegaba a estas áreas era generalmente familiar, pudiendo acampar “en los lugares
que más convenga al turista”. La pesca deportiva era practicada por un escaso
número de visitantes, “no pudiendo capturar más de diez peces por día y por
persona y todo grupo de tres o más personas no podía obtener más de 30
ejemplares por día”. El reglamento era muy sencillo de fácil aplicación y las personas
eran muy respetuosas de la imagen de autoridad que investía un funcionario público,
mucho más si estaba uniformado y armado. Los incendios forestales existían como
así también las tareas de prevención y combate, pero al no contar con los medios
técnicos como los que se poseen hoy en día, estas tareas lógicamente eran mucho
más sencillas. Además la presión turística, como hemos dicho, era mensurable y la
diversidad de actividades en el Parque se reducía a las excursiones de pesca, el
campamentismo, la navegación y la visita a lugares de escenarios naturales
espectaculares, miradores, cascadas, etc. Había una actitud contemplativa frente al
fenómeno natural. De hecho estas circunstancias permitían que el Gpque.
desarollara sus funciones en un clima distinto del actual, con necesidades
organizativas, operativas, profesionales, familiares y personales que en aquellos
años satisfacía el sistema propuesto. Una muestra de ello se sintetiza en los
artículos 7mo; 8vo; 9no; y 10mo. Del Reglamento de Guarda-Parques del 1ro. De
Febrero de 1940, respecto a como funcionaba una “Seccional” y de cuáles eran por
aquellos años los requerimientos del servicio en el plano operativo-funcional y las
ventajas en el plano familiar-personal.
Con el paso de los años esta realidad se fue transformando. El ingreso de un
número creciente de visitantes a los Parques, determinó una situación más compleja
en la que aparecían otras modalidades de uso del Parque, en lo recreativo y
deportivo. Comenzaron a surgir los contingentes de visitantes a los que se les exigía
los condujera un Guía de Turismo. Las reglamentaciones se adaptaban a estos
cambios dictándose normas cada vez más numerosas y complejas. Había cambiado
el Reglamento de Pesca, el Reglamento Forestal, de Guías y Baqueanos, se
dictaban nuevas Resoluciones para regular las concesiones y prestaciones del
servicio público, la caza deportiva, la navegación en ríos y lagos, el uso y manejo del
espacio, etc.
El idílico panorama inicial se había complicado. El Guardaparque incorporaba a su
responsabilidad un vasto compendio de normas y reglamentaciones por las que
debía velar y hacer cumplir. Mientras tanto el crecimiento poblacional de las
comunidades cercanas a los Parques definía una situación distinta en cuanto a la
comisión de infracciones. El turista o visitante desaprensivo de los comienzos, dejó
de tener la delantera en los porcentajes estadísticos por infracciones. El poblador, el
lugareño, el habitante de estas comunidades se convirtió rápidamente en el usuario
consuetudinario del Parque, de sus espacios recreativos y deportivos, en el
carenciado o no que solicitaba leña y madera, en el guía de pesca o turismo, en el
operador de excursiones, vendedor ambulante, concesionario, permisionario o
8. prestador de servicios, etc., generando una nueva situación que incrementó el
número de procedimientos preventivos y represivos en relación directa con la
diversidad de actividades y usos de la jurisdicción, apareciendo en la estadística un
mayor número de infractores locales que de turistas. Son los visitantes locales los
que cometen el mayor número de transgresiones a las reglamentaciones. Estos
infractores conocen muy bien el terreno y los aspectos vulnerables del Parque,
sumándose otro factor más que ha desequilibrado la situación existente en la etapa
primitiva.
La situación planteada respecto de la evolución y complejidad que va adquiriendo el
manejo de estas circunstancias, determina que el Cuerpo de Guardaparques sufra el
embate de todos estos cambios, incorporando a su accionar un gran número de
tareas y responsabilidades que obviamente superan su capacidad de respuesta. No
obstante, el Gpque. por su formación, vocación y espíritu de servicio trata de
responder en forma individual, personal e inorgánica a todas estas situaciones, sin
que una estructura organizativa adecuada le brinde las herramientas operativas y
funcionales que se requieren para el logro de estos objetivos. De hecho, estas
conductas lejos de solucionar la diversidad de problemas que se plantean generan
una mayor confusión, que muchas veces entorpece aún más la situación y termina
por minar la voluntad de los Gpques. o lo que es peor, como ha ocurrido, degenera
en actitudes de franca insubordinación e indisciplina, culpando a las autoridades de
falta de compromiso en la comprensión y solución de esta problemática.
Existen ensayos para tratar de contener las nuevas demandas que nos plantea la
realidad, se realiza entonces, en Abril de 1982 el primer “Curso de Nivelación para
Gpques. Jefes”, con el propósito de abordar estos temas. Un Gpque. abogado trata
de instruir al personal sobre procedimientos preventivos y represivos, se interpretan
normas legales para la aplicación práctica y jurisprudencia sobre causas análogas a
las vividas por los Gpques. Se establece por primera vez un criterio claro respecto a
lo que es contravención y delito. Se capacita al Gpque. Jefe en los temas de práctica
sumarial, interpretación de la Ley 22.351, y otros contenidos y materias que
permitirían asumir con un grado de capacitación y profesionalidad las
responsabilidades de la conducción de Jefaturas de Gpques. , y en algunos casos
Gpques que se desempeñarán como Intendentes, administrando alguna área
protegida del sistema.
El carácter cada vez más complejo de algunas áreas específicas como Incendios
Forestales, Centro de Instrucción de Gpques, Pobladores, Interpretación y
Educación Ambiental, Procedimientos y Práctica Sumarial, etc., determina que
algunos Gpques. con inquietudes personales, vocación, aptitudes y capacitación en
estos temas se vuelquen naturalmente hacia el ejercicio de estas funciones,
circunstancias que muchas veces son alentadas por Jefes, Intendentes o máximas
autoridades del Organismo, a fin de resolver con estos agentes el déficit de personal
con los perfiles profesionales adecuados para la atención de estos temas. No
obstante el ejercicio orgánico de estas especialidades aún no se define e incorpora a
una estructura organizativa que permita una solución orgánica a estas demandas de
la realidad.
9. A esta altura de los acontecimientos comienzan a aparecer claramente las
contradicciones de un sistema organizativo que impide a la estructura responder con
éxito a las demandas organizativas, operativas y funcionales del Cuerpo. Se inicia un
proceso deliberativo, en el que participan con entusiasmo casi todos los Gpques, se
plantean diversos modelos de estructura organizativa, misión, función, régimen
disciplinario y laboral, todo ello con vistas a la redacción de una norma reglamentaria
que contemple la situación del sector Gpques. Finalmente, todo este proceso
culmina con el dictado del Decreto 1455/87
Sin embargo, al poco tiempo de la vigencia y práctica del Decreto 1455/87
comienzan a suscitarse situaciones con feroces críticas a esta estructura
organizativa por parte de distintos sectores de la Administración, en especial del
gremio de ATE, y algunos funcionarios jerárquicos, que ven como inadecuados los
beneficios obtenidos por los guardaparques en el plano salarial y de su estructura de
la Dirección General, iniciando un proceso de erosión para evitar la aplicación de
este Decreto. Así con el advenimiento de nuevas autoridades del organismo,
proclives a escuchar los fundamentos sostenidos por distintos representantes
gremiales, empleados y funcionarios jerárquicos, en algunos casos afiliados al
gremio, y en otros persiguiendo sus propios intereses de acomodamiento personal,
convencen a estas nuevas autoridades para gestionar la mutilación del Decreto
1455/87. La sanción del Decreto 1401/91 en el marco de la Reforma del Estado y la
Emergencia Económica permite que estos sectores tengan éxito en sus propósitos,
cercenando y mutilando el Reglamento del Cuerpo de Guardaparques en su aspecto
central. De esta manera se suprime la estructura de conducción del Cuerpo,
eliminando la Dirección General de Guardaparques Nacionales. Estas circunstancias
permiten que se inicie un proceso de deterioro y disolución de las normas
establecidas en el Reglamento, fortaleciéndose la visión del gremio que apunta a la
división de los guardaparques mediante una prédica individualista e inorgánica que
permite el acceso de algunos guardaparques, previamente “convertidos” a la
ideología del gremio”, para ocupar cargos directivos e intendencias. Comienza
entonces la desarticulación del Cuerpo, mediante el no cumplimiento de la
reglamentación y el vaciamiento de sus estructuras escalafonarias y jerárquicas. Se
abortan todos los procesos de calificación del personal, se designan jefes e
intendentes Gpques. sin tener en cuenta el nivel escalafonario adecuado y comienza
a ponerse en duda la misión y función como agente de control y vigilancia de las
áreas protegidas del sistema. La formación en la Escuela de Guardaparques
comienza a tener un fuerte sesgo de ideología en contra de la actividad tradicional
del guardaparque, se evita su capacitación en los procedimientos preventivos y
represivos tendientes a mejorar su intervención en infracciones y delitos, se
menoscaba su perfil de “auxiliar de policía” y se evita la portación de armamento,
evidenciando claramente la falta de apoyo legal por parte del organismo para el
cumplimiento de estas funciones. La misión, funciones y atribuciones del
Guardaparque se desmoronan. Su identidad, su carrera profesional su sentido de ser
se desdibuja, para convertirse en un empleado administrativo más al que se le
asignan tareas de “vigilancia pasiva”
Finalmente ante el caos, la desorientación generalizada y la confusión que sobre el
tema poseen las autoridades de turno, se concluye en que el Reglamento de
10. Guardaparques se revela como una estructura normativa muy rígida, incapaz de ser
permeable a las distintas concepciones organizativas y funcionales que proponen las
distintas administraciones del organismo, comenzando, por iniciativa gremial, a un
proceso de revisión del Reglamento de Guardaparques, buscando en la actualidad la
unificación en un solo escalafón de la A.P.N.: el agrupamiento guardaparques y el
resto del personal administrativo.
No escapará a la visión de cualquier persona con criterio que la unificación de la
estructura Gpques. en un solo escalafón de toda la APN, significa lisa y llanamente
la disolución del CGN y la pérdida del Régimen Previsional. Es más, antes que
plantear un disparate como este habría que profundizar aún más las diferencias, ya
que por el relato histórico y la evolución de complejidad de la misión y función del
CGN es necesario aún diferenciarse mucho más del personal administrativo,
incorporando ahora las “especialidades” y novedosas modalidades de servicio a
partir de los “Centros Operativos”.
Es imperioso ahora tomar el protagonismo que necesita la circunstancia, y realizar
un severo llamado de atención a las autoridades del Organismo para que cumplan
con lo establecido en la Ley (Art. 33º de la Ley 22.351), fortaleciendo a la estructura
Guardaparques, y de ello la defensa de las áreas protegidas del sistema de Parques
Nacionales Argentinos.
Reciban los Gpques. participantes de este encuentro un saludo fraternal y
comprometido con la profesión. Quiera Dios que este evento se constituya en el
comienzo de un cambio significativo para nuestras áreas protegidas.
Gpque. (R.) Carlos Katuchin