El documento define los bienes de interés cultural como objetos, edificios o documentos que son testimonio de la historia o cultura colombiana y que son de interés nacional, regional o local. Establece que la ley protege el patrimonio cultural material e inmaterial de la nación y que los planes de ordenamiento territorial deben tener en cuenta la preservación del patrimonio cultural como norma de superior jerarquía. También describe el proceso de declaratoria de un bien como de interés cultural y su protección a través de instrumentos como los planes especiales de manejo y protección.