Este decreto supremo amplía el artículo 4 del decreto supremo 003-2002-TR relacionado con la tercerización de servicios para garantizar los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores tercerizados. Se especifica que los contratos de tercerización no pueden afectar los derechos de los trabajadores y deben constar por escrito. Además, los trabajadores tercerizados tienen los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo incluyendo libertad sindical, negociación colectiva y protección