El documento resume las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para el año 2013 en España. Establece las bases mínimas y máximas de cotización para cada régimen, los tipos de cotización para diferentes contingencias como accidentes de trabajo y paro, y las reducciones aplicables en ciertos casos como cambios de puesto de trabajo durante el embarazo. También cubre aspectos como la financiación de la formación profesional y las tarifas aplicables a contratos formativos.
Este documento proporciona información sobre las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, así como otros aspectos laborales, de Seguridad Social y fiscales para el año 2014 en España. En primer lugar, se detallan las fiestas laborales oficiales para 2014 según cada autonomía. Luego, se especifican las bases mínimas y máximas de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, así como los tipos de cotización para diferentes contingencias. Finalmente, se incluye información sobre el Salario Mínimo Interprofesional,
Este recibo justificativo del pago de salarios a Antonio Álvarez detalla sus percepciones y deducciones salariales por el periodo de 1 de enero al 31 de enero de 2009. Las percepciones incluyen su salario base más complementos como antigüedad y plus de convenio, así como horas extras y gastos de manutención. De las percepciones se deducen las aportaciones a la Seguridad Social, el impuesto sobre la renta y otras deducciones. El líquido a percibir por Antonio tras todas las deducciones es de 1,408.44 euros.
Este documento presenta una unidad didáctica sobre la confección del recibo de salarios. Explica los conceptos de salario y sus componentes como el salario base y los complementos. También describe los elementos de cotización a la Seguridad Social, las retenciones del IRPF y cómo calcular las bases de cotización. Incluye ejemplos y un modelo de recibo de salarios.
PowerPoint realizado para la exposición del taller en la Asociación Arrabal de Chiclana.
Power Poin en el que se hace un repaso a los principales conceptos que aparecen en un recibo de salarios sin incidencias ( bajas por IT, maternidad.....). Se pretende dar unas nociones básicas para que todas aquellas personas que deseen puedan comprender su recibo de salarios aún sin tener conocimiento básico de ello.
En él van incluido los anexos necesarios para comprender los conceptos que se van visualizando a lo largo de todo el PowerPoint
Este documento es un recibo de nómina de un trabajador que detalla la empresa, los datos personales del trabajador, el periodo de liquidación, los devengos y deducciones, el líquido total a percibir, y las bases de cotización a la Seguridad Social.
Este documento presenta el Informe Económico 2012 del Banco Central de Venezuela. El informe analiza el desempeño de la economía venezolana y las condiciones económicas internacionales durante el año. El informe contiene ocho capítulos que cubren temas como la política económica nacional, el sector real, el sector externo, las finanzas públicas, los agregados monetarios y tasas de interés, y la cooperación económica regional. El documento proporciona una visión general integral de la economía venezolana
Este documento proporciona detalles sobre los ingresos y deducciones de un empleado durante mayo de 2010. El empleado recibió un salario base de €1050 más €100 de antigüedad y €120 de horas extras, para un total de ingresos de €1345. De esto se dedujeron €191.36 para la seguridad social, impuestos y otros conceptos, dejando un saldo neto a cobrar de €1153.64. También se especifican las bases de cotización a la seguridad social y los impuestos sobre la renta
La orden modifica el modelo de recibo de salarios para incluir la información sobre la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social y distinguir la aportación del empresario de la del trabajador, de acuerdo a cambios legales recientes. El nuevo modelo incluirá estas secciones en el recibo para informar a los trabajadores. Las empresas tendrán seis meses para adaptar sus recibos al nuevo formato requerido.
Este documento proporciona información sobre las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, así como otros aspectos laborales, de Seguridad Social y fiscales para el año 2014 en España. En primer lugar, se detallan las fiestas laborales oficiales para 2014 según cada autonomía. Luego, se especifican las bases mínimas y máximas de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, así como los tipos de cotización para diferentes contingencias. Finalmente, se incluye información sobre el Salario Mínimo Interprofesional,
Este recibo justificativo del pago de salarios a Antonio Álvarez detalla sus percepciones y deducciones salariales por el periodo de 1 de enero al 31 de enero de 2009. Las percepciones incluyen su salario base más complementos como antigüedad y plus de convenio, así como horas extras y gastos de manutención. De las percepciones se deducen las aportaciones a la Seguridad Social, el impuesto sobre la renta y otras deducciones. El líquido a percibir por Antonio tras todas las deducciones es de 1,408.44 euros.
Este documento presenta una unidad didáctica sobre la confección del recibo de salarios. Explica los conceptos de salario y sus componentes como el salario base y los complementos. También describe los elementos de cotización a la Seguridad Social, las retenciones del IRPF y cómo calcular las bases de cotización. Incluye ejemplos y un modelo de recibo de salarios.
PowerPoint realizado para la exposición del taller en la Asociación Arrabal de Chiclana.
Power Poin en el que se hace un repaso a los principales conceptos que aparecen en un recibo de salarios sin incidencias ( bajas por IT, maternidad.....). Se pretende dar unas nociones básicas para que todas aquellas personas que deseen puedan comprender su recibo de salarios aún sin tener conocimiento básico de ello.
En él van incluido los anexos necesarios para comprender los conceptos que se van visualizando a lo largo de todo el PowerPoint
Este documento es un recibo de nómina de un trabajador que detalla la empresa, los datos personales del trabajador, el periodo de liquidación, los devengos y deducciones, el líquido total a percibir, y las bases de cotización a la Seguridad Social.
Este documento presenta el Informe Económico 2012 del Banco Central de Venezuela. El informe analiza el desempeño de la economía venezolana y las condiciones económicas internacionales durante el año. El informe contiene ocho capítulos que cubren temas como la política económica nacional, el sector real, el sector externo, las finanzas públicas, los agregados monetarios y tasas de interés, y la cooperación económica regional. El documento proporciona una visión general integral de la economía venezolana
Este documento proporciona detalles sobre los ingresos y deducciones de un empleado durante mayo de 2010. El empleado recibió un salario base de €1050 más €100 de antigüedad y €120 de horas extras, para un total de ingresos de €1345. De esto se dedujeron €191.36 para la seguridad social, impuestos y otros conceptos, dejando un saldo neto a cobrar de €1153.64. También se especifican las bases de cotización a la seguridad social y los impuestos sobre la renta
La orden modifica el modelo de recibo de salarios para incluir la información sobre la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social y distinguir la aportación del empresario de la del trabajador, de acuerdo a cambios legales recientes. El nuevo modelo incluirá estas secciones en el recibo para informar a los trabajadores. Las empresas tendrán seis meses para adaptar sus recibos al nuevo formato requerido.
El documento presenta el cálculo de las bases de cotización y cuotas de la Seguridad Social para un trabajador con un salario base de 22 euros y un plus de actividad de 7 euros. Se calculan las bases de cotización para diferentes contingencias y las cuotas a cargo del trabajador y empresario. También resume la normativa aplicable al cálculo de cotizaciones a la Seguridad Social para 2008. Finalmente, incluye información sobre un convenio colectivo del sector de artes gráficas e industrias auxiliares y una jurisprudencia relacionada
Este documento establece las tasas de cotización para la formación profesional en 2014, así como las fuentes de financiación y distribución de fondos para la formación profesional para el empleo. Se incrementarán las cuotas de cotización para la formación profesional y se destinarán los fondos recaudados a financiar programas públicos de empleo y formación, con al menos el 50% destinado a formación empresarial, de demanda y oferta para trabajadores ocupados. Asimismo, se establecen créditos y bonificaciones en las
Este documento explica cómo calcular una nómina sencilla para el mes de enero. Se detalla que el trabajador recibirá un salario base de 1,200 euros y tiene derecho a dos pagas extraordinarias en junio y diciembre. Se explican los conceptos de devengos, deducciones, bases de cotización a la Seguridad Social e IRPF, y cómo aplicar los porcentajes correspondientes para calcular las cantidades a deducir por cada concepto. Finalmente, se muestra un modelo de nómina oficial con todos los cálculos realizados.
Este documento presenta dos casos de cotización a la Seguridad Social española. El primer caso trata de la cotización de un trabajador recién contratado en junio, calculando las bases de cotización, cuotas de la empresa y trabajador, e IRPF. El segundo caso analiza la cotización de un trabajador en baja por enfermedad común en abril, calculando el subsidio económico, bases de cotización, cuotas e IRPF. En ambos casos se especifican los detalles sobre salarios, plus, pagas extras, y
El documento proporciona definiciones de varios tipos de empleados, conceptos relacionados con remuneraciones como horas extras y vacaciones, y bonificaciones para trabajadores del sector salud y educación en Perú. Explica la diferencia entre la estructura salarial de trabajadores del Ministerio de Salud y EsSalud, y enumera diversos decretos y bonificaciones aplicables a trabajadores docentes y no docentes.
Bases de cotizacion de la seguridad social 2014gsminerva201
Las bases de cotización son los importes sobre los cuales se aplican los porcentajes de cotización a la Seguridad Social. Se componen de las retribuciones mensuales más las gratificaciones extraordinarias. Existen bases mínimas y máximas por grupo de cotización. Los tipos de cotización aplicables a las diferentes contingencias oscilan entre el 1,75% y el 28,3%. El salario mínimo interprofesional y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples permanecen congelados en 2014.
1) Se presenta el caso de un trabajador que fue suspendido de empleo y sueldo durante 14 días. 2) Se calculan las bases de cotización a la Seguridad Social tanto para el trabajador como para la empresa. 3) Se determinan las cuotas de cotización correspondientes a contingencias comunes, desempleo, formación profesional, así como las retenciones a cuenta del IRPF.
Este documento es una nómina de Carlos López Martínez, un empleado de Talkual S.A. Detalla sus percepciones salariales como su salario base, complementos y gratificaciones extraordinarias para el periodo de 1 de abril al 10 de abril de 2008. También incluye las deducciones como las aportaciones a la seguridad social, el IRPF y el líquido total a percibir. Por último, determina las bases de cotización a la seguridad social y la base sujeta a retención del IRPF.
El Decreto N° 67 introduce cambios a la determinación de la cotización adicional de las empresas en el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Establece que la base de cálculo de la siniestralidad de las empresas pasa de 2 a 3 años y modifica la estructura de tasas de cotización adicional. Además, define nuevos procedimientos para la evaluación de la siniestralidad de las empresas y la determinación de sus tasas de cotización adicional.
Este documento trata sobre la normativa y conceptos relacionados con el salario en España. Explica las diferentes clases de salario, como el SMI e IPREM, y la estructura del salario incluyendo salario base y complementos. También cubre temas como la liquidación y pago del salario, las garantías del salario para los trabajadores, y el papel del FOGASA en el pago de salarios atrasados cuando una empresa entra en concurso de acreedores.
La ley marco del sistema de protección social de Honduras tiene como objetivo crear el marco legal para las políticas de protección social. Establece cinco regímenes (piso de protección social, seguro de previsión social, seguro de atención de salud, riesgos profesionales y cobertura laboral) que se implementarán de forma gradual. Se detallan las tasas de contribución gradual para cada régimen y los techos máximos de contribución hasta 2024. También se establecen los órganos de gobierno del Instituto Hondureño de
Este documento trata sobre la prestación por incapacidad temporal en el régimen general de la Seguridad Social española. Explica que la prestación cubre la falta de ingresos cuando un trabajador está temporalmente impedido para trabajar debido a una enfermedad o accidente. Describe los requisitos para recibir la prestación, cómo se calcula la cuantía, los porcentajes aplicables, y los plazos máximos de duración de la prestación. También cubre aspectos relacionados con la gestión y control de la incapacidad temporal.
porque cuenta con un gestor personal que le asesora y le
ayuda a tomar las mejores decisiones para su jubilación.
Rentabilidad: porque invierte en fondos de inversión gestionados por
Aviva Gestión, líderes en rentabilidad a largo plazo.
Seguridad: porque está garantizado por Aviva, una de las aseguradoras
más solventes del mercado español.
Fiscalidad: porque las aportaciones y rendimientos se benefician de
importantes ventajas fiscales.
Plus Plan Gestión es la solución flexible y a med
El documento explica los conceptos que componen una nómina como sueldos base, pagas extras, dietas, gastos de desplazamiento, así como las bases de cotización a la Seguridad Social y el cálculo de las retenciones de IRPF. Se detallan los tipos de cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y el trabajador para contingencias comunes, profesionales, desempleo y formación profesional.
foro actualidad laboral_ponente: juan carlos benito butron ochoa_9 febrero 2015RED ekonomista
Mutua Egarsat con la participación de la Comunidad de Economistas de Ámbito Laboral del Colegio Vasco de Economistas de , te invita al Foro de Actualidad Laboral, durante el cual se analizarán las novedades legislativas incorporadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, así como otras modificaciones y disposiciones de interés producidas durante el 2014.
PONENTE: Sr. Juan Carlos Benito-Butrón Ochoa. Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Profesor de Derecho del Trabajo de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de la UPV/EHU.
Esta ley modifica el sistema de riesgos laborales en Colombia. Define conceptos clave como sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y seguridad y salud en el trabajo. Amplía la definición de accidente de trabajo e incluye nuevas categorías de afiliados obligatorios y voluntarios al sistema. Establece el ingreso base de liquidación para prestaciones. Asigna responsabilidades a las ARL en promoción, prevención y supervisión. Estipula sanciones por incumplimiento de normas de seguridad y salud ocupacional
Este documento presenta una unidad didáctica sobre la confección del recibo de salarios. Explica los conceptos de salario y sus componentes como el salario base y los complementos. También describe los elementos de cotización a la Seguridad Social, las retenciones del IRPF y cómo calcular las bases de cotización. Incluye ejemplos y un modelo de recibo de salarios.
El documento resume las principales novedades de la Ley de Segunda Oportunidad y la reforma del sistema de formación profesional para el empleo en España. Se introduce una nueva bonificación para la creación de empleo estable que exime parte de la cotización a la seguridad social para contratos indefinidos. También se reformula el sistema de formación para garantizar el derecho a la formación de los trabajadores, contribuir a la competitividad de las empresas y fortalecer la negociación colectiva.
Este documento contiene información sobre la retención en la fuente sobre pagos laborales en Colombia. Explica que la retención debe ser practicada por toda persona natural o jurídica que efectúe pagos laborales. Además, indica que la retención solo se aplica en el momento del pago del salario y no de su causación, y que se practica sobre todo tipo de pago laboral, ya sea constitutivo o no de salario. Finalmente, brinda detalles sobre cómo calcular la retención en casos de pagos de salarios acumulados o atras
PreBases de cotización mínima y máxima para el Régimen General para el 2015su...Grupo ATE: ATE Informática
Como todos los años, la Ley de Presupuestos Generales del Estado y otras normas complementarias se encargan de actualizar los límites de las bases de cotización de los regímenes a la Seguridad Social, el salario mínimo interprofesional y los tipos de interés legales y de demora vigentes para cada ejercicio.
Para el año 2015, se incrementa la base mínima de cotización del régimen general al igual que el SMI en un 0,5% y se aplica un incremento del 0,25% para las bases máximas de cotización a la Seguridad Social.
Este documento describe un seguro D&O (Directores y Oficiales), el cual cubre la responsabilidad civil de los administradores y directivos de una compañía. Explica que cubre los riesgos de demandas por responsabilidad de los administradores, procedimientos laborales, reclamaciones medioambientales y tributarias. También cubre gastos legales y de crisis. No cubre actos dolosos, multas, reclamaciones fuera del período o responsabilidad profesional. Es importante analizar las necesidades de la empresa y comparar coberturas al contr
LA RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR SOCIETARIO EN EL AMBITO DEL CONCURSO DE...ekonomistak
Este documento describe la responsabilidad de los administradores societarios en caso de concurso de acreedores en España. Analiza las conductas relacionadas con la generación o agravación de la insolvencia y el proceso de calificación del concurso como culpable o fortuito. Enumera las presunciones que derivan en culpabilidad, como no llevar contabilidad adecuada, documentación falsa o alzamiento de bienes. También lista las consecuencias de calificar el concurso como culpable, como la inhabilitación para administrar bienes ajenos e indemnizar daños
El documento presenta el cálculo de las bases de cotización y cuotas de la Seguridad Social para un trabajador con un salario base de 22 euros y un plus de actividad de 7 euros. Se calculan las bases de cotización para diferentes contingencias y las cuotas a cargo del trabajador y empresario. También resume la normativa aplicable al cálculo de cotizaciones a la Seguridad Social para 2008. Finalmente, incluye información sobre un convenio colectivo del sector de artes gráficas e industrias auxiliares y una jurisprudencia relacionada
Este documento establece las tasas de cotización para la formación profesional en 2014, así como las fuentes de financiación y distribución de fondos para la formación profesional para el empleo. Se incrementarán las cuotas de cotización para la formación profesional y se destinarán los fondos recaudados a financiar programas públicos de empleo y formación, con al menos el 50% destinado a formación empresarial, de demanda y oferta para trabajadores ocupados. Asimismo, se establecen créditos y bonificaciones en las
Este documento explica cómo calcular una nómina sencilla para el mes de enero. Se detalla que el trabajador recibirá un salario base de 1,200 euros y tiene derecho a dos pagas extraordinarias en junio y diciembre. Se explican los conceptos de devengos, deducciones, bases de cotización a la Seguridad Social e IRPF, y cómo aplicar los porcentajes correspondientes para calcular las cantidades a deducir por cada concepto. Finalmente, se muestra un modelo de nómina oficial con todos los cálculos realizados.
Este documento presenta dos casos de cotización a la Seguridad Social española. El primer caso trata de la cotización de un trabajador recién contratado en junio, calculando las bases de cotización, cuotas de la empresa y trabajador, e IRPF. El segundo caso analiza la cotización de un trabajador en baja por enfermedad común en abril, calculando el subsidio económico, bases de cotización, cuotas e IRPF. En ambos casos se especifican los detalles sobre salarios, plus, pagas extras, y
El documento proporciona definiciones de varios tipos de empleados, conceptos relacionados con remuneraciones como horas extras y vacaciones, y bonificaciones para trabajadores del sector salud y educación en Perú. Explica la diferencia entre la estructura salarial de trabajadores del Ministerio de Salud y EsSalud, y enumera diversos decretos y bonificaciones aplicables a trabajadores docentes y no docentes.
Bases de cotizacion de la seguridad social 2014gsminerva201
Las bases de cotización son los importes sobre los cuales se aplican los porcentajes de cotización a la Seguridad Social. Se componen de las retribuciones mensuales más las gratificaciones extraordinarias. Existen bases mínimas y máximas por grupo de cotización. Los tipos de cotización aplicables a las diferentes contingencias oscilan entre el 1,75% y el 28,3%. El salario mínimo interprofesional y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples permanecen congelados en 2014.
1) Se presenta el caso de un trabajador que fue suspendido de empleo y sueldo durante 14 días. 2) Se calculan las bases de cotización a la Seguridad Social tanto para el trabajador como para la empresa. 3) Se determinan las cuotas de cotización correspondientes a contingencias comunes, desempleo, formación profesional, así como las retenciones a cuenta del IRPF.
Este documento es una nómina de Carlos López Martínez, un empleado de Talkual S.A. Detalla sus percepciones salariales como su salario base, complementos y gratificaciones extraordinarias para el periodo de 1 de abril al 10 de abril de 2008. También incluye las deducciones como las aportaciones a la seguridad social, el IRPF y el líquido total a percibir. Por último, determina las bases de cotización a la seguridad social y la base sujeta a retención del IRPF.
El Decreto N° 67 introduce cambios a la determinación de la cotización adicional de las empresas en el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Establece que la base de cálculo de la siniestralidad de las empresas pasa de 2 a 3 años y modifica la estructura de tasas de cotización adicional. Además, define nuevos procedimientos para la evaluación de la siniestralidad de las empresas y la determinación de sus tasas de cotización adicional.
Este documento trata sobre la normativa y conceptos relacionados con el salario en España. Explica las diferentes clases de salario, como el SMI e IPREM, y la estructura del salario incluyendo salario base y complementos. También cubre temas como la liquidación y pago del salario, las garantías del salario para los trabajadores, y el papel del FOGASA en el pago de salarios atrasados cuando una empresa entra en concurso de acreedores.
La ley marco del sistema de protección social de Honduras tiene como objetivo crear el marco legal para las políticas de protección social. Establece cinco regímenes (piso de protección social, seguro de previsión social, seguro de atención de salud, riesgos profesionales y cobertura laboral) que se implementarán de forma gradual. Se detallan las tasas de contribución gradual para cada régimen y los techos máximos de contribución hasta 2024. También se establecen los órganos de gobierno del Instituto Hondureño de
Este documento trata sobre la prestación por incapacidad temporal en el régimen general de la Seguridad Social española. Explica que la prestación cubre la falta de ingresos cuando un trabajador está temporalmente impedido para trabajar debido a una enfermedad o accidente. Describe los requisitos para recibir la prestación, cómo se calcula la cuantía, los porcentajes aplicables, y los plazos máximos de duración de la prestación. También cubre aspectos relacionados con la gestión y control de la incapacidad temporal.
porque cuenta con un gestor personal que le asesora y le
ayuda a tomar las mejores decisiones para su jubilación.
Rentabilidad: porque invierte en fondos de inversión gestionados por
Aviva Gestión, líderes en rentabilidad a largo plazo.
Seguridad: porque está garantizado por Aviva, una de las aseguradoras
más solventes del mercado español.
Fiscalidad: porque las aportaciones y rendimientos se benefician de
importantes ventajas fiscales.
Plus Plan Gestión es la solución flexible y a med
El documento explica los conceptos que componen una nómina como sueldos base, pagas extras, dietas, gastos de desplazamiento, así como las bases de cotización a la Seguridad Social y el cálculo de las retenciones de IRPF. Se detallan los tipos de cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y el trabajador para contingencias comunes, profesionales, desempleo y formación profesional.
foro actualidad laboral_ponente: juan carlos benito butron ochoa_9 febrero 2015RED ekonomista
Mutua Egarsat con la participación de la Comunidad de Economistas de Ámbito Laboral del Colegio Vasco de Economistas de , te invita al Foro de Actualidad Laboral, durante el cual se analizarán las novedades legislativas incorporadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, así como otras modificaciones y disposiciones de interés producidas durante el 2014.
PONENTE: Sr. Juan Carlos Benito-Butrón Ochoa. Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Profesor de Derecho del Trabajo de la Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de la UPV/EHU.
Esta ley modifica el sistema de riesgos laborales en Colombia. Define conceptos clave como sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y seguridad y salud en el trabajo. Amplía la definición de accidente de trabajo e incluye nuevas categorías de afiliados obligatorios y voluntarios al sistema. Establece el ingreso base de liquidación para prestaciones. Asigna responsabilidades a las ARL en promoción, prevención y supervisión. Estipula sanciones por incumplimiento de normas de seguridad y salud ocupacional
Este documento presenta una unidad didáctica sobre la confección del recibo de salarios. Explica los conceptos de salario y sus componentes como el salario base y los complementos. También describe los elementos de cotización a la Seguridad Social, las retenciones del IRPF y cómo calcular las bases de cotización. Incluye ejemplos y un modelo de recibo de salarios.
El documento resume las principales novedades de la Ley de Segunda Oportunidad y la reforma del sistema de formación profesional para el empleo en España. Se introduce una nueva bonificación para la creación de empleo estable que exime parte de la cotización a la seguridad social para contratos indefinidos. También se reformula el sistema de formación para garantizar el derecho a la formación de los trabajadores, contribuir a la competitividad de las empresas y fortalecer la negociación colectiva.
Este documento contiene información sobre la retención en la fuente sobre pagos laborales en Colombia. Explica que la retención debe ser practicada por toda persona natural o jurídica que efectúe pagos laborales. Además, indica que la retención solo se aplica en el momento del pago del salario y no de su causación, y que se practica sobre todo tipo de pago laboral, ya sea constitutivo o no de salario. Finalmente, brinda detalles sobre cómo calcular la retención en casos de pagos de salarios acumulados o atras
PreBases de cotización mínima y máxima para el Régimen General para el 2015su...Grupo ATE: ATE Informática
Como todos los años, la Ley de Presupuestos Generales del Estado y otras normas complementarias se encargan de actualizar los límites de las bases de cotización de los regímenes a la Seguridad Social, el salario mínimo interprofesional y los tipos de interés legales y de demora vigentes para cada ejercicio.
Para el año 2015, se incrementa la base mínima de cotización del régimen general al igual que el SMI en un 0,5% y se aplica un incremento del 0,25% para las bases máximas de cotización a la Seguridad Social.
Este documento describe un seguro D&O (Directores y Oficiales), el cual cubre la responsabilidad civil de los administradores y directivos de una compañía. Explica que cubre los riesgos de demandas por responsabilidad de los administradores, procedimientos laborales, reclamaciones medioambientales y tributarias. También cubre gastos legales y de crisis. No cubre actos dolosos, multas, reclamaciones fuera del período o responsabilidad profesional. Es importante analizar las necesidades de la empresa y comparar coberturas al contr
LA RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR SOCIETARIO EN EL AMBITO DEL CONCURSO DE...ekonomistak
Este documento describe la responsabilidad de los administradores societarios en caso de concurso de acreedores en España. Analiza las conductas relacionadas con la generación o agravación de la insolvencia y el proceso de calificación del concurso como culpable o fortuito. Enumera las presunciones que derivan en culpabilidad, como no llevar contabilidad adecuada, documentación falsa o alzamiento de bienes. También lista las consecuencias de calificar el concurso como culpable, como la inhabilitación para administrar bienes ajenos e indemnizar daños
ATENEO: ''LA ESTRATEGIA DE REVITALIZACIÓN DEL BILBAO METROPOLITANO DE 1991 A ...ekonomistak
El proyecto de revitalización del Bilbao Metropolitano constituye una iniciativa ilusionante en la que deben verse vinculados todos los agentes del área metropolitana, incluida la sociedad civil, al objeto de garantizar el éxito de la misma. El papel de la Asociación Bilbao Metropoli-30 consiste en convertirse en foro de discusión y concertación de todas esas iniciativas encaminadas hacia el progreso del Bilbao Metropolitano, así como de enlace entre los elementos activos encargados del diseño de futuro de la metrópoli, y los mismos ciudadanos.
El objetivo final es el logro de una posición competitiva del Bilbao Metropolitano en el marco internacional, recuperando su antiguo poderío gracias a una reestructuración de su base industrial, para convertirla en una moderna Metrópoli de servicios que consiga reubicarse en una óptima posición de cara al siglo XXI.
Este documento resume las actividades y logros de una asociación de economistas durante el año 2016, incluyendo el aumento en la membresía a casi 5000 economistas, la organización de numerosos eventos educativos y de orientación profesional, y los servicios prestados a los economistas como seguros y boletines informativos. También destaca el compromiso de la asociación por ser un referente en temas económicos, éticos y de transformación social a través de su participación en foros y otras iniciativas.
Anticipar un proyecto propio ante los desafíos deseablesekonomistak
Este documento propone una estrategia completa para la modernización y la internacionalización de la economía y el país. La estrategia incluye fomentar asociaciones público-privadas, confederar al país y el poder público, y reestructurar las instituciones, las finanzas y el presupuesto. También sugiere clusterizar la economía, desarrollar infraestructuras, cultura, educación, ciencia y tecnología, y crear una red de bienestar social para todos. El objetivo general es construir el futuro propio anticipando proyect
La gestion de asociaciones y fundaciones: Javier Corralekonomistak
La ley de transparencia afecta a las entidades sin fines de lucro privadas al requerir que publiquen información relevante de forma periódica si reciben más de 100,000 euros en subvenciones anuales. La ley requiere la publicación de información institucional, organizativa, económica, presupuestaria y estadística de manera clara y estructurada para aumentar la transparencia y confianza. La utilización de indicadores globales es recomendable para evaluar y comparar la información emitida.
FORO CON REPRESENTANTES DE PROFESIONALES DE LA GESTIÓN TRIBUTARIAekonomistak
El resumen del documento es el siguiente:
1) Se realizó una reunión entre representantes del Departamento de Hacienda y Finanzas y la Asociación de Asesores Fiscales y Tributarios de Gipuzkoa para discutir temas tributarios. 2) La Asociación propuso varias mejoras a sistemas como ZergaBidea y en los procedimientos de declaraciones y pagos. 3) El Departamento informó sobre novedades en campañas de renta y riqueza para 2014 como nuevas funciones en programas de simulación.
Planes de Previsión del Colegio Vasco de Economistasekonomistak
El Colegio Vasco de Economistas ofrece dos planes de previsión para sus miembros: Economistas Ahorro y Economistas Futuro. Economistas Ahorro invierte en activos de renta fija mientras que Economistas Futuro invierte en una cartera mixta de renta fija, variable y mercados monetarios. Los planes ayudan a complementar las prestaciones públicas de jubilación, incapacidad, fallecimiento y otras contingencias. Tienen comisiones más bajas que el mercado y permiten aportaciones voluntarias y movilizaciones parciales
Conclusiones Pintxo & Learn: experiencias en torno al punto PAEekonomistak
Este documento resume las conclusiones de una reunión sobre los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE). Participaron 24 personas de 18 despachos profesionales. Se discutió el estado actual de los servicios PAE en Álava y Gipuzkoa, que están inactivos, y en Bizkaia, donde la mitad de los despachos ya están registrados como puntos PAE. Se propusieron mejoras como poder representar a clientes ante Hacienda y la Seguridad Social y activar el servicio en las zonas actualmente inactivas.
Este documento describe diferentes métodos de negociación. Introduce la distinción entre negociación integrativa y distributiva, siendo la integrativa aquella que busca una solución mutuamente beneficiosa sin afectar la relación entre las partes. Luego detalla el método de negociación integrativa propuesto por la Escuela de Harvard, el cual incluye 7 elementos clave como identificar intereses, generar opciones, establecer criterios objetivos, comprometerse y comunicarse efectivamente. Finalmente, introduce conceptos como la clasificación de intereses y necesidades humanas según
Mercados Financieros y la transparencia en la Informaciónekonomistak
Este documento resume las principales normas regulatorias de los mercados financieros en España, como MiFID y la Orden de Transparencia. Explica las obligaciones de los inversores y clientes financieros, como proporcionar información personal y mantenerla actualizada. También cubre los derechos de los usuarios de los mercados financieros a recibir un trato honesto, imparcial y centrado en sus necesidades.
Situacion de la Auditoria tras el caso Gowexekonomistak
Este documento resume la situación de la auditoría en España. Señala que hay más de 20.000 auditores y 1.300 firmas de auditoría en España, generando más de 30.000 empleos. Cada año se emiten más de 62.000 informes de auditoría que son fundamentales para la seguridad de los inversores y la protección de los accionistas. El documento enfatiza la importancia de la auditoría para el desarrollo económico y la transparencia, y que la mayoría de las empresas reconocen su utilidad. También destaca que la auditoría
Modificación Reglamento de cotización a la Seguridad Social y ampliación del ...ekonomistak
Modificación Reglamento de cotización a la Seguridad
Social y ampliación del plazo de ingreso sin recargo de
las cuotas derivadas de los nuevos conceptos cotizables
ARTÍCULO 23 DEL REGLAMENTO GENERAL SOBRE COTIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OTROS DE...ekonomistak
Este documento compara dos versiones del Artículo 23 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de Otros Derechos de la Seguridad Social en España. La primera versión establece la base de cotización y los conceptos que se incluyen y excluyen de ella. La segunda versión modifica algunos detalles sobre cómo se valoran y computan las percepciones en especie y los gastos de desplazamiento de los trabajadores a efectos de cotización.
RESUMEN DEL REAL DECRETO LEY 11/2014, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSA...ekonomistak
Este documento resume las principales reformas introducidas por el Real Decreto Ley 11/2014 sobre medidas urgentes en materia concursal en España. Introduce medidas para flexibilizar la transmisión de negocios en concurso y extender los efectos del convenio concursal a acreedores disidentes, incluidos algunos privilegiados, si se alcanzan ciertas mayorías de votos. El objetivo es facilitar el desapalancamiento de empresas viables y evitar la liquidación innecesaria de negocios.
Capitulos y Epígrafes del libro: Financiacion del Proceso Emprendedorekonomistak
El documento presenta un libro sobre la financiación del proceso emprendedor. Se divide en tres capítulos que examinan las iniciativas empresariales en fase inicial, las consideraciones teóricas sobre la financiación de empresas nuevas y las fuentes de financiamiento disponibles para proyectos emprendedores, incluyendo capital riesgo, préstamos, subvenciones y crowdfunding.
Financiación del proceso emprendedor: Retos y Desafíosekonomistak
El documento presenta un libro sobre la financiación del proceso emprendedor. Describe las mayores dificultades de las empresas recién creadas para obtener financiación y cómo el sistema financiero tradicional no apoya ideas de riesgo. También analiza los esquemas financieros típicos de proyectos en sus primeras fases y la necesidad de fuertes inversiones iniciales, especialmente en biotecnología. Además, examina las fuentes externas de financiación utilizadas por los emprendedores en España y la brecha de capital que existe
Innovación en la Búsqueda Activa de Empleo (24 junio)ekonomistak
El documento describe un taller sobre innovación en la búsqueda activa de empleo. El taller incluye análisis de acciones pasadas, revisión de objetivos, y desarrollo de un modelo de negocio personal. Los temas cubiertos son check-in, análisis de la acción, revisión, descanso, modelo de negocio personal, replanificación y eficiencia personal.
Innovación en la Búsqueda Activa de Empleo (24 junio)
ECONOMISTAS ASESORES LABORALES
1. Índice
1. ÁREA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL ..........................................................2
1.1. Calendario de fiestas ..........................................................................2
1.1.1. Oficiales 2013 por autonomías (BOE núm. 265 – 03/11/2012) ..2
1.2. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para el año 2013. ......4
1.2.1. Bases Régimen General ............................................................4
1.2.2. Reducción cotización SS por cambio de puesto de trabajo ..........4
1.2.3. Financiación formación profesional para el trabajo ......................5
1.2.4. Tipo de cotización Régimen General: ..........................................6
1.2.5. Tarifa para la cotización por accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales ..................................................6
1.2.6. Contratos de formación ..........................................................11
1.2.7. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ..........................11
1.2.8. Cotización Adicional SS al RETA ..............................................12
1.2.9. Devolución cotizaciones RETA/Régimen General (Pluriactividad) 12
1.2.10. Régimen Integrado de Representantes de Comercio ................13
1.2.11. Régimen especial de trabajadores del hogar 2013 ..................13
1.2.12. Aplazamientos de cuotas e ingresos fuera de plazo ................14
1.2.13. Recargos sobre cuotas a la Seguridad Social vigentes ............16
1.3. Otros aspectos a destacar de los Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013 (Ley 39/10, de 22 de diciembre) ..................17
1.3.1. Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013 ....................17
1.3.2. Coeficientes y Tipo de interés económico ................................17
1.3.3. IPREM ....................................................................................17
1.3.4. Simulación Salarial 2013 ........................................................19
1.3.5 Revalorización de Pensiones para el año 2013..........................19
1
RESUMEN
LABORAL y
SEGURIDAD SOCIAL 2013
4. 4
1.2. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para el año 2013.
1.2.1. Bases Régimen General
A partir del 1 de enero de 2013 las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desocu-
pación, Fondos de Garantía Salarial y Formación Profesional serán:
La base máxima de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que
tengan establecido queda fijado en la cantidad de 3.425,70 euros mensuales ó 114,19.-
euros diarios.
A efectos de cotización por contingencias profesionales, Paro, Fondo de Garantía Salarial, y
Formación Profesional, el límite máximo de la base de cotización al Régimen General de la
Seguridad Social será de 3.425,70 euros mensuales.
1.2.2. Reducción cotización SS por cambio de puesto de trabajo
Reducción cotización SS en los supuestos de cambio de puesto de trabajo o función dife-
rente y compatible con su estado por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia na-
tural: 50% de la aportación empresarial en la cotización a la SS por contingencias comunes,
durante el periodo de permanencia en el nuevo puesto o función.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
Grupo de
Cotización
Categorías profesionales
Bases
mínimos
Bases
máximas
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido
en el artículo 1.3.c) ..............................................................
Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados ..................
Jefes administrativos y de taller ............................................
Ayudantes no titulados..........................................................
Oficiales administrativos ......................................................
Subalternos ........................................................................
Auxiliares Administrativos......................................................
Oficiales de primera y segunda..............................................
Oficiales de tercera y especialistas........................................
Peones ................................................................................
Trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su cate-
goría profesional ..................................................................
euros/mes
1.051,50
872,10
758,70
753,00
753,00
753,00
753,00
euros/día
25,10
25,10
25,10
25,10
euros/mes
3.425,70
3.425,70
3.425,70
3.425,70
3.425,70
3.425,70
3.425,70
euros/día
114,19
114,19
114,19
114,19
5. Esta misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente
se determinen, en aquellos casos en los cuales, por razón de enfermedad profesional, se
produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desarrollo, en otra di-
ferente, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador.
1.2.3. Financiación formación profesional para el trabajo
Las empresas que coticen por la contingencia de formación profesional dispondrán de un
crédito para la formación de sus trabajadores de acuerdo con lo establecido en el capítulo
II del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de for-
mación profesional para el trabajo, que resultará de aplicar a la cantidad ingresada por la
empresa en concepto de formación profesional durante el año 2013 el porcentaje de boni-
ficación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
a) Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por ciento
b) De 10 a 49 trabajadores: 75 por ciento
c) De 50 a 249 trabajadores: 60 por ciento
d) De 250 o más trabajadores: 50 por ciento
Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa
de 420 euros, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de
formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante
el año 2013 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación,
cuando incorporen en su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos las empresas
dispondrán de un crédito de bonificaciones, cuyo importe resultará de aplicar al número de
trabajadores de nueva incorporación la cantidad de 65 euros.
Las empresas que durante el año 2013 concedan permisos individuales de formación a
sus trabajadores, dispondrán de un crédito de bonificaciones para la formación adicional al
crédito anual que les correspondería de conformidad con lo establecido en el párrafo primero
de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por la
Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El crédito adicional asignado al conjunto
de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5% del crédito es-
tablecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de
las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para
el trabajo.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
5
6. 6
1.2.4. Tipo de cotización Régimen General:
Contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: se aplicaran, en fun-
ción de la correspondiente actividad económica, ocupación o situación mediante la apli-
cación de la siguiente tarifa. (Vigente a partir del 1/01/13)
1.2.5. Tarifa para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
CONCEPTOS EMPRESA TRABAJADOR TOTAL
- Contingencias comunes 23,60 % 4,70 % 28,30 %
- Contratos de duración inferior a
7 días (excepto interinidad).
32,10 % 4,70 % 36,80%
. Horas extraordinarias
Fuerza mayor 12,00 % 2,00 % 14,00 %
Resto 23,60 % 4,70 % 28,30 %
. Paro
Contratación indefinida, en prácti-
cas, formación, de relevo, interini-
dad y contratos de cualquier tipo
con discapacidades.
5,50 % 1,55 % 7,05 %
- Duración determinada a tiempo
completo
6,70 % 1,60 % 8,30 %
- Duración determinada a tiempo
parcial y E.T.T.
7,70 % 1,60 % 9,30 %
. FOGASA 0,20 % —- 0,20 %
. Formación Profesional 0,60 % 0,10 % 0,70 %
10. 10
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
Durante los periodos de baja por incapacidad temporal, y otras situaciones de suspensión
de la relación laboral con obligación de cotización, se mantendrá la obligación de cotización
por el mismo tipo que corresponda a la respectiva actividad económica, en lugar de hacerlo
por el tipo reducido del 1,20% que se venía aplicando hasta el pasado 31/12/2009.
11. 1.2.6. Contratos de formación
Durante el 2013 la cotización a la Seguridad Social de este tipo de contratos será:
Las retribuciones que reciban los trabajadores contratados en formación, en concepto de
horas extraordinarias, estarán sujetas a la cotización adicional establecida por el Régimen
General de la Seguridad Social. Cuando proceda cotizar por la contingencia de paro, la base
de cotización será de 753,00 i mensuales, y el tipo de cotización del 7,05%, del que el
5,50% será a cargo de la empresa, y el 1,55% a cargo del trabajador.
1.2.7. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
1. Base máxima de cotización: 3.425,70i mensuales
Base mínima: 858,60 i. La cuota será de 256,72 i
2. La base de cotización de trabajadores con edad inferior a 47 años a 01-01-2013: a su
elección dentro de las bases máximas y mínimas fijadas.
3. Los trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2013, tengan una edad inferior a 47
años, podrán elegir cualquier base comprendida entre los límites máximo y mínimo del
párrafo anterior. La misma elección la podrán hacer aquellos trabajadores autónomos
que a 1 de enero de 2013 tengan 47 años, y su base de cotización sea igual o superior
a 1.870,50 euros.
4. Los trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2013 tengan 47 años de edad, si su
base de cotización es inferior a 1.870,50 euros, no podrán escoger una base superior
a 1.888,80 i, excepto que ejerzan su opción de incrementar su base de cotización antes
del 30 de junio de 2013, produciendo sus efectos a partir del 1 de julio de 2013, o que
se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como a consecuencia de la
defunción de éste, haya debido de ponerse delante del mismo y darse de alta en este
régimen especial con 47 años de edad, en este caso no existirá esta limitación.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
11
Cuota única mensual Empresa Trabajador
Contingencias comunes 36,61 i 30,52 i 6,09 i
Contingencias profesionales 4,20 i 4,20 i -
Fondo Garantía Salarial 2,32 i 2,32 i -
Formación Profesional 1,27 i 1,12 i 0,15 i
12. 12
5. Los trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2013 tengan 48 o más años cumpli-
dos, estará comprendida entre las cantidades de 925,80 i y 1.888,80 i mensuales.
6. No obstante, los trabajadores autónomos que con anterioridad a los 50 años hubiesen
cotizado en cualquiera de los Regímenes del Sistema de Seguridad Social por plazo de
cinco o más años, se regirán por las reglas siguientes:
a. Si la última base de cotización acreditada hubiese sido igual o inferior a 1.870,50 i
mensuales, deberán cotizar por una base comprendida entre 858,60 i mensuales y
1.888,80 i.
b. Si la última base de cotización acreditada hubiese sido superior a 1.870,50 i men-
suales, deberán cotizar por una base comprendida entre 858,60 i mensuales y el
importe de aquélla, incrementada en un porcentaje igual al del aumento de la base
máxima de cotización de este Régimen (1%).
Tipo de cotización:
Porcentajes para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales:
los mismos porcentajes establecidos por el Régimen General de la Seguridad social (ver apar-
tado 1.2.5. Tarifa para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales)
1.2.8. Cotización Adicional SS al RETA
Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Au-
tónomos que no hayan optado por dar cobertura, en el ámbito de la protección dispensada,
a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, efec-
tuaran una cotización adicional equivalente al 0,1 por 100, aplicado sobre la base de coti-
zación escogida, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo
y riesgo durante la lactancia natural.
1.2.9. Devolución cotizaciones RETA/Régimen General (Pluriactividad)
Los trabajadores por cuenta propia incluidos en el RETA que, a razón de su trabajo por
cuenta ajena desarrollada simultáneamente, coticen, respecto de contingencias comunes,
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
General 29,80%
Si tiene cobertura de protección por cese de actividad 29,30%
Más protección cese de actividad 2,20%
Si no se tiene cubierta la protección por incapacidad temporal 26,50%
13. en régimen de pluriactividad y lo hayan hecho durante el año 2013, teniendo en cuenta tanto
las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen Ge-
neral, así como las efectuadas en el Régimen Especial, por una cantidad igual o superior a
11.079,45 euros, tendrán derecho a una devolución del 50 % del exceso en que sus coti-
zaciones superen la citada cantidad, con el límite del 50 % de las cuotas ingresadas en el
citado Régimen Especial, a razón de su cotización por las contingencias comunes de cober-
tura obligatoria.
La devolución se efectuará a instancia del interesado, quien deberá formularla durante los
cuatro primeros meses del año 2013.
1.2.10. Régimen Integrado de Representantes de Comercio
La base máxima por contingencias comunes de este colectivo será de 3.425.70 i
1.2.11. Régimen especial de trabajadores del hogar 2013
El año 2013, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se deter-
minaran de acuerdo con la siguiente escala, en función de la retribución percibida por los
empleados del hogar.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
13
Tramos, retribuciones mensuales y bases de cotización
Tramo
Retribución mensual incrementada
con la proporción
de pagas extraordinarias i/mes
Base de
cotización
i/mes
Cuota a
cargo del
empleador
(19,05%
+1,10%)
Cuota a
cargo tra-
bajador
(3,85%)
1º Hasta 172,05 147,86 29,79 5,69
2º Desde 172,06 hasta 268,80 244,82 49,33 9,43
3º Desde 268,81 hasta 365,60 341,40 68,79 13,14
4º Desde 365,61 hasta 462,40 438,17 88,29 16,87
5º Desde 462,41 hasta 559,10 534,95 107,79 20,60
6º Desde 559,11 hasta 655,90 631,73 127,29 24,32
7º Desde 655,91 hasta 753,00 753,00 151,73 28,99
8º Desde 753,01 790,65 159,32 30,44
14. 14
Tipo de cotización: 22,90% (19,05% cabeza de familia y 3,85% trabajador).
Para la cotización de contingencias profesionales, sobre la base de cotización que corres-
ponda, se aplicará el tipo de cotización previsto en la tarifa de primas aprobada por la dis-
posición adicional 4ª de la Ley 42/2006 de 28 de diciembre, siendo la cuota resultante a
cargo exclusivo del empleador del 1,10%.
A partir del 1 de enero de 2013, los trabajadores incluidos en el sistema especial para Emple-
ados del Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social que presten sus ser-
vicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente
su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores.
En estos casos, el empleador estará obligado a entregar al trabajador la aportación y cuota
que le corresponda por las contingencias comunes y profesionales.
1.2.12. Aplazamientos de cuotas e ingresos fuera de plazo
Según la normativa actual vigente, la realización del aplazamiento de cuotas e ingresos
fuera de plazo se realiza de la siguiente manera:
a) Formalización y Recepción de la Solicitud
La solicitud se formalizará en el modelo existente:
- TC 17/10 Modelo de solicitud
- TC 17/11 Reconocimiento de deuda
- TC 17/12 Solicitud de domiciliación de vencimientos de aplazamiento
Este modelo se podrá obtener en cualquiera de las administraciones o URE de la Seguridad
Social.
La solicitud se dirigirá a la Administración de la Seguridad Social o a la Dirección Provincial
de la Tesorería General de la Seguridad Social en la provincia en la que el empresario o su-
jeto responsable del pago tenga autorizado la cuenta de cotización o, en su defecto, en la
que éste tenga su domicilio.
La solicitud se puede presentar en cualquiera de los sitios que prevé el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y
del procedimiento administrativo común, en la redacción que da la Ley 4/1999, de 13 de
enero (BOE de 14 de enero), que son las siguientes:
En los registros de los órganos administrativos a los que se dirigen.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
15. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración Ge-
neral del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, o a la
de alguna de las entidades que integren el Administración local si, en este último caso, se
ha suscrito el oportuno convenio.
En las oficinas de Correos, en la forma que se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
La solicitud debe presentarse con anterioridad a la autorización de alienación de bienes
embargados.
La solicitud será única y comprensiva de la totalidad de la deuda existente, con indepen-
dencia de que la empresa solicitante tuviera diferentes códigos de cuenta de cotización.
b) Contenido de la solicitud:
Deberán exponerse todos los datos necesarios para la completa identificación del sujeto
responsable.
Las circunstancias de hecho que motiven ésta.
El período del aplazamiento y los plazos de amortización que se propongan.
La cantidad de la deuda, diferenciando la que corresponde inaplazable y la aplazable. Nor-
malmente serán denegadas aquellas solicitudes de aplazamiento en las que el importe de
la deuda aplazable no supere el doble del salario mínimo interprofesional mensual vigente.
Los códigos de cuenta de cotización afectados.
c) Tramitación
1. Corrección de defectos u omisiones e informes:
Cuando la solicitud de aplazamiento formulada incurra en defectos u omisiones, el ór-
gano que deba tramitarla, requerirá al solicitante, en el plazo máximo de diez días, que
enmiende los defectos en el mismo plazo, con indicación que, de no hacerlo, se elevará
el expediente al órgano competente para que dicte resolución en la que se tenga por
desestimado al solicitante.
Si se considerase necesario podrán pedir todos los informes y actuaciones que se esti-
men convenientes antes de resolver el aplazamiento.
2. Resolución del aplazamiento:
Una vez completada la documentación que debe aportar el solicitante se dictará la co-
rrespondiente resolución, que se deberá adoptar en el plazo máximo de tres meses con-
tados a partir de la fecha de entrada en el registro del órgano competente para su tra-
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
15
16. 16
mitación. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa podrá enten-
derse desestimada la solicitud. A efectos de la resolución se ponderará la reiteración
de incumplimientos anteriores.
3. Contenido de la resolución:
Las resoluciones que concedan aplazamientos determinaran los siguientes:
- La cantidad de la deuda aplazada.
- El período total del aplazamiento.
Este período no podrá exceder de cinco años. No obstante, cuando concurran causas
de carácter extraordinario debidamente acreditadas, el Director General de la Tesorería
General de la Seguridad Social podrá autorizar con carácter excepcional aplazamientos
por períodos superiores.
Juntamente con la resolución se acompañaran los cuadros de amortización de la deuda
donde se especifica, por identificador, los plazos de amortización, la cantidad a abonar
en cada uno de ellos y las fechas de vencimiento.
4. Notificación de la resolución:
Las notificaciones se practicaran por cualquier medio que permita tener constancia de
la recepción por el interesado o su representante así como de la fecha, la identidad y el
contenido del acto administrativo de acuerdo con lo previsto en los artículos 59 a 61 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públi-
cas y del procedimiento administrativo común.
El sujeto responsable deberá ingresar las cuotas inaplazables, si no estuvieran ya paga-
das con anterioridad, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de notificación de
la resolución que conceda el aplazamiento.
En los aplazamientos con exención de garantías por deudas aplazables inferiores a
90.000 euros y amortización en un período inferior a dos años, debe ingresarse, como
mínimo, un tercio de la deuda aplazada dentro de los diez días siguientes de la notifica-
ción de la resolución.
Además, la efectividad del aplazamiento quedará sujeta a las restantes condiciones es-
pecíficas que pueda establecer la resolución que les haya concedido.
1.2.13. Recargos sobre cuotas a la Seguridad Social vigentes
EL artículo 27 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legisla-
tivo 1/1994 de 20 de junio queda modificado por el RD 20/2012 publicado el 13 de julio
de 2012 de la siguiente manera:
“Transcurrido el plazo reglamentario establecido para el pago de las cuotas a la Seguridad
Social sin ingreso de las mismas y sin perjuicio de las especialidades previstas por los apla-
zamientos, se devengará el recargo del 20% de la deuda”
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
17. 1.3. Otros aspectos a destacar de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013
(Ley 39/10, de 22 de diciembre)
1.3.1. Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013
Para el año 2013, queda establecido el Salario mínimo interprofesional para cualquier acti-
vidad de agricultura, industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los traba-
jadores en la cantidad de 21,51 euros/día, o bien 645,30 euros/mes, según el salario
esté fijado por días o por meses. En cómputo anual el SS.M.Y. será de 9.034,20.- euros,
una vez incluidas las pagas extraordinarias de Junio y Navidad, pagas de 30 días de salario
cada una de ellas. El salario mínimo hora, establecido por los empleados del hogar, con in-
clusión de todos los conceptos, queda fijado en 5,05i /hora.
1.3.2. Coeficientes y Tipo de interés económico:
Tipo de interés legal del dinero: 4,00 % (hasta el 31-12- 2013)
Interés de demora: 5%
1.3.3. IPREM:
Determinación del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el 2013
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto-Ley 3/2004, de 25
de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para
el incremento de su cantidad, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
tendrá las siguientes cantidades durante el 2013:
a) EL IPREM diario, 17,75 euros.
b) EL IPREM mensual, 532,51 euros.
c) EL IPREM anual, 6.390,13 euros.
d) En los supuestos en los cuales la referencia al salario mínimo interprofesional ha
sido sustituida por la referencia en el IPREM en aplicación de lo establecido en el
Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, la cantidad anual del IPREM será de
7.455,14 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo
interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas ex-
traordinarias; en este caso, la cantidad será de 6.390,13 euros.
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
17
19. 1.3.5 Revalorización de Pensiones para el año 2013
Las pensiones mínimas de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva para el año
2013 serán las siguientes:
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
19
Clase de pensión
Titulares
Con cónyuge
a cargo – Euros/año
Sin cónyuge: unidad
económica
unipersonal –
Euros/año
Con cónyuge no
a cargo – Euros/año
Jubilación
Titular con 65 años 10.904,60 8.838,20 8.383,20
Titular menor de 65 años 10.220,00 8.267,00 7.812,00
Titular con 65 años procedente
de gran invalidez
16.357,60 13.258,00 12.574,80
Incapacitado permanente
Gran invalidez 16.357,60 13.258,00 12.574,80
Absoluta 10.904,60 8.838,20 8.383,20
Total: Titular con 65 años 10.904,60 8.838,20 8.383,20
Total: Titular con edad entre
60 y 64 años
10.220,00 8.267,00 7.812,00
Total: Derivada de enfermedad
común menor de 60 años
5.496,40 5.496,40
55% base mínima coti-
zación
Parcial del régimen de Accidente
de Trabajo: Titular con 65 años
10.904,60 8.838,20 8.383,20
Viudedad
Titular con cargas familiares 10.220,00
Titular con 65 años, o con
discapacidad en grado igual
o superior al 65%
8.838,20
Titular con edad entre
60 y 64 años
8.267,00
Titular con menos de 60 años 6.690,60
20. 20
Prontuariolaboral,seguridadsocial,fiscalytributarioparaelaño2013
Clase de pensión
Titulares
Con cónyuge a cargo –
Euros/año
Sin cónyuge: unidad
económica
unipersonal –
Euros/año
Con cónyuge no
a cargo – Euros/año
Clase de pensión Euros/año
Orfandad
Por beneficiario 2.699,20
Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad
en grado igual o superior al 65%
5.311,60
En el orfandad absoluta, el mínimo se incrementará en 6.690,60 euros/año,
distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios
En favor de familiares
Por beneficiario 2.699,20
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
– Sólo un beneficiario con 65 años 6.525,40
– Sólo un beneficiario menor de 65 años 6.146,00
– Diferentes beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno se incrementará
en el importe que resulte de prorratear 3.991,40 euros/año entre
el número de beneficiarios.
La pensión máxima de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva para el año 2013,
será de 35.673,68 i anuales, ó 2.548,12 i mensuales