2. Temas
Declaración Universal de los Derechos
Humanos (1948).
Normas Uniformes de las Naciones Unidas
sobre Igualdad de Oportunidades para las
Personas con Discapacidad (Naciones
Unidas, 1994).
Convención de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de las Personas con
Discapacidad (Naciones Unidas 2006)
04
01
02
03
Unidad temática: Marco normativo internacional
Capacidad: Reconocer tratados internacionales que fueron
ratificados por el Paraguay en beneficio de la Educación
Inclusiva
Convención sobre los Derechos del Niño
(Naciones Unidas, 1989).
El derecho a la educación es un
principio consagrado en leyes
nacionales e internacionales,
respaldado en Paraguay por la
Constitución Nacional, desde la Ley
General de Educación hasta la
Educación Inclusiva.
Esto garantiza que cada ciudadano
paraguayo pueda desarrollar sus
capacidades dentro del sistema
educativo nacional sin discriminación
alguna.
3. Declaración Universal de los Derechos
Humanos (1948).
01
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
(DUDH) es un documento histórico que proclama los
derechos fundamentales que deben protegerse para todas
las personas en el mundo. Fue adoptada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de
1948 en París, Francia, y es considerada un hito en la
historia de los derechos humanos.
La Declaración consta de 30
artículos que abarcan una amplia
gama de derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y
culturales
4. Declaración Universal de los Derechos
Humanos (1948).
01
• Se establece que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Este principio es
fundamental para la educación inclusiva, ya que enfatiza la igualdad de oportunidades para todos, sin importar su
origen, condición social, religión, o cualquier otra característica.
Igualdad y dignidad:
• El artículo 26 proclama que toda persona tiene derecho a la educación. Esta debe ser gratuita y obligatoria en el
nivel elemental, y debe ser accesible para todos sin discriminación. Se destaca que la educación debe estar
orientada al pleno desarrollo de la personalidad humana, promoviendo el respeto a los derechos humanos y las
libertades fundamentales.
Derecho a la educación:
• Se enfatiza que la educación debe ser igual para todos, independientemente de su género, raza, religión, o
cualquier otra condición. Se garantiza el acceso equitativo a la educación superior basado en méritos.
Acceso equitativo:
• El artículo 26 también reconoce el derecho preferente de los padres a escoger el tipo de educación que habrá de
darse a sus hijos. Esto subraya la importancia de la participación de la comunidad y los padres en el proceso
educativo.
Participación de los
padres:
• Se menciona que la educación debe promover la comprensión, tolerancia y amistad entre todas las naciones y
grupos étnicos o religiosos. También se enfatiza la importancia de la educación para promover el desarrollo y las
actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Objetivos educativos:
• La Declaración establece que toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la
comunidad y a disfrutar de las artes, así como a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él
resulten.
Derecho a la participación
cultural y científica:
5. 02
Convención sobre los Derechos del Niño
(Naciones Unidas, 1989).
Es un documento histórico que
establece los derechos
fundamentales de todos los
niños y niñas en todo el
mundo, reconociéndolos como
sujetos de derechos especiales
que deben ser protegidos y
garantizados
La Convención se compone de
54 artículos que detallan los
derechos específicos que los
niños deben tener para vivir,
crecer y desarrollarse de
manera saludable y segura
DERECHO A LA NO
DISCRIMINACIÓN
Interés superior
del niño
Derecho a la vida, supervivencia
y desarrollo
Derecho a la
identidad
DERECHO A LA
EDUCACIÓN
Derecho a la
participación
Derecho a la salud y a servicios
médicos
Protección contra
el abuso y la
explotación
6. 02
Convención sobre los Derechos del Niño
(Naciones Unidas, 1989).
DERECHO A LA
EDUCACIÓN
Igualdad de oportunidades
Educación de calidad y adaptada
Niños con discapacidades
Sensibilización y formación
Los Estados Partes en la Convención se
comprometen a garantizar que la educación
de los niños sea de calidad y esté adaptada a
sus necesidades individuales. Esto incluye el
acceso a una educación inclusiva que
reconozca y respete la diversidad de los niños,
incluidos aquellos con discapacidades.
Los Estados Partes deben tomar medidas para
sensibilizar a la sociedad sobre la importancia
de la educación inclusiva y proporcionar la
formación necesaria a los profesionales de la
educación para que puedan atender las
necesidades diversificadas de los niños
7. Normas Uniformes de las Naciones Unidas
sobre Igualdad de Oportunidades para las
Personas con Discapacidad (Naciones
Unidas, 1994).
03
Estas normas proporcionan un marco
internacional para que los Estados Miembros
puedan desarrollar políticas y programas que
promuevan la inclusión y la participación plena
de las personas con discapacidad en la sociedad
Acceso a la educación
Inclusión en el sistema educativo regular
Ajustes razonables
Formación del personal educativo
Participación activa
Promoción de una cultura inclusiva
8. Convención de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de las Personas con
Discapacidad (Naciones Unidas 2006)
04
Es un instrumento jurídico vinculante que busca
promover, proteger y asegurar el pleno y equitativo
goce de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales por parte de las personas con
discapacidad
Reconocimiento de la dignidad inherente
Igualdad de oportunidades
Acceso a la educación
Inclusión en la sociedad
Adaptaciones necesarias
Protección contra la explotación y el abuso
Establece la importancia de la
educación inclusiva como un medio
fundamental para garantizar la
igualdad de oportunidades, el acceso
a la educación, la inclusión en la
sociedad y el respeto por la
diversidad de las personas con
discapacidad
9. TRABAJOS PRÁCTICOS
Acuerdos internacionales La declaración
Universal de los Derechos Humanos. Año 1948.
Convención relativa a la lucha contra las
discriminaciones en la esfera de la enseñanza.
Año 1960. o Convención interamericana para la
eliminación de todas las formas de
discriminación contra las personas con
discapacidad. 1925 de 2002.