El convenio con Repsol cuya aprobación se trata en el Congreso de la Nación, revela ser en
su arquitectura financiera una obra maestra del engaño a la opinión pública interna, para
disimular el virtual allanamiento por parte del gobierno argentino a las pretensiones de
REPSOL. Pese los gravísimos daños de diversa índole que acarreó para nuestro país la
gestión de YPF por parte de REPSOL. Que van desde las exportaciones de gas a vil precio,
para obtener una sideral ganancia en el exterior, hasta la pérdida del autoabastecimiento petrolero, pasando por los daños ambientales y el desmantenimiento y la obsolescencia de
sus instalaciones, conforme está expuesto en el escrito “PRONTUARIO REPSOL - El pillaje,
saqueo, y vandalismo perpetrado por REPSOL en Argentina”.
El alcance de sus cláusulas representan una verdadera rendición incondicional y
capitulación ante las pretensiones de toda índole de REPSOL, al haber reconocido no solo la
valorización de YPF que REPSOL contabilizaba en sus balances, sino incluso su valor bursátil
durante el año previo a su expropiación. Con el inusitado agregado de consagrar la
indemnidad e irresponsabilidad absoluta por las gravísimas inconductas empresarias que
incurrió en Argentina, cualquiera sea de qué se trate, incluso las ambientales, como si
fuéramos un país de paso y depredación perteneciente al cuarto mundo.
Dicha capitulación que se ve reforzada por el vocabulario de derecho español y no
argentino que surge del texto del convenio, que evidencia que el mismo fue redactado por
los abogados españoles de REPSOL. Quien con la clásica formula de las capitulaciones, le
habría indicado al ministro Kicillof que rubricó el mismo, “firme aquí o aténgase a las
consecuencias”. En donde los títulos públicos soberanos a entregar por parte de Argentina,
no se dan como una dación en pago de la expropiación, sino solo como una garantía y
medio de pago. Igual que el usurero que le hace firmar a su deudor arruinado, una triple
garantía de prenda, pagaré, y cheque, para ejecutar la deuda con lo que le quede más a
mano.
El documento discute el caso Ciccone Calcográfica, una imprenta argentina que se declaró en quiebra pero luego fue levantada. Los medios Clarín y La Nación acusan al vicepresidente Boudou de haber intervenido indebidamente para facilitar el levantamiento de la quiebra y posterior venta de la empresa. La defensa de Boudou niega las acusaciones y sugiere que los medios tienen una agenda corporativa en su contra. El documento también analiza las posiciones de otros actores involucrados como la AFIP y el juez de la quie
Este documento resume la historia de 6 años y medio de lucha de más de 500,000 familias españolas afectadas por el cierre de las empresas filatélicas Afinsa y Fórum Filatélico. Explica que en mayo de 2006 la policía intervino y cerró las empresas basándose en acusaciones de delitos financieros, a pesar de que su actividad era mercantil según estableció posteriormente el Tribunal Supremo. Como resultado, las familias perdieron sus ahorros y no han recibido pagos de los administ
El documento solicita una audiencia pública en un caso de inconstitucionalidad sobre jubilaciones en Córdoba. Argumenta que hay inconsistencias entre la información de la provincia y la Caja de Jubilaciones sobre el déficit y que recursos recuperados por fallos judiciales podrían haber cubierto dicho déficit. También menciona posibles reclamos de la provincia por coparticipación de impuestos que podrían generar más ingresos. El objetivo es dar publicidad a estos temas de interés público y buscar consensos entre las partes
1) Siete personas fueron detenidas por transportar combustible de manera ilegal en una embarcación modificada para ese fin. 2) Permanecieron más de dos años en prisión preventiva sin audiencia preliminar. 3) El tribunal negó su solicitud de decaimiento de la medida de privación de libertad, alegando retrasos procesales imputables a los acusados.
Contrato de asesoria inmobiliaria perrigo (patricia pérriggo espinoza)ferbusuuu
Este contrato establece los términos de un acuerdo de asesoría inmobiliaria entre Mario Jesús Fernández de Córdova Delgado y Cayetano Faustino Perriggo Sarmiento, Patricia Wilma Perriggo Espinoza, Gaetano Fernando Perego Espinosa y Juan Carlos Perego Espinosa. El asesor inmobiliario promocionará la venta de una propiedad de 360 metros cuadrados por un período de 6 meses a cambio de una comisión del 3% del precio de venta estimado en $648,
La demandante se opone a la petición de intervención litisconsorcial presentada por Reynaldo Lázaro Pereyra Peralta y Wavel Francisco Pinedo Palomino en el proceso sobre otorgamiento de escritura pública contra los herederos legales de Hugo Pereyra Romani. La demandante argumenta que la petición carece de fundamento legal y sólo busca retrasar el proceso. Además, los solicitantes no están relacionados con el acto jurídico en disputa ni son los herederos legales de Hugo Pereyra Romani, por
Este documento es una demanda de obligación de dar suma de dinero. Se demanda a una empresa por el no pago de una factura por US$166.60. Se ofrecen como pruebas la nota de pedido, guía de remisión, factura no pagada y declaración del representante legal de la empresa demandada. Se solicita al juez declare la demanda fundada y condene al pago de los intereses y costos del proceso.
El documento resume las principales modificaciones introducidas en el proyecto de ley derivado de la iniciativa legislativa popular sobre deudores hipotecarios. Se descarta aplicar la dación en pago de forma generalizada y retroactiva, reservándola para colectivos vulnerables. También se incluyen medidas para dar cumplimiento a sentencias europeas sobre cláusulas abusivas y para prevenir el sobreendeudamiento. Se mantienen algunas medidas ya anunciadas como la moratoria de ejecuciones o cambios en las sociedades de tasación.
El documento discute el caso Ciccone Calcográfica, una imprenta argentina que se declaró en quiebra pero luego fue levantada. Los medios Clarín y La Nación acusan al vicepresidente Boudou de haber intervenido indebidamente para facilitar el levantamiento de la quiebra y posterior venta de la empresa. La defensa de Boudou niega las acusaciones y sugiere que los medios tienen una agenda corporativa en su contra. El documento también analiza las posiciones de otros actores involucrados como la AFIP y el juez de la quie
Este documento resume la historia de 6 años y medio de lucha de más de 500,000 familias españolas afectadas por el cierre de las empresas filatélicas Afinsa y Fórum Filatélico. Explica que en mayo de 2006 la policía intervino y cerró las empresas basándose en acusaciones de delitos financieros, a pesar de que su actividad era mercantil según estableció posteriormente el Tribunal Supremo. Como resultado, las familias perdieron sus ahorros y no han recibido pagos de los administ
El documento solicita una audiencia pública en un caso de inconstitucionalidad sobre jubilaciones en Córdoba. Argumenta que hay inconsistencias entre la información de la provincia y la Caja de Jubilaciones sobre el déficit y que recursos recuperados por fallos judiciales podrían haber cubierto dicho déficit. También menciona posibles reclamos de la provincia por coparticipación de impuestos que podrían generar más ingresos. El objetivo es dar publicidad a estos temas de interés público y buscar consensos entre las partes
1) Siete personas fueron detenidas por transportar combustible de manera ilegal en una embarcación modificada para ese fin. 2) Permanecieron más de dos años en prisión preventiva sin audiencia preliminar. 3) El tribunal negó su solicitud de decaimiento de la medida de privación de libertad, alegando retrasos procesales imputables a los acusados.
Contrato de asesoria inmobiliaria perrigo (patricia pérriggo espinoza)ferbusuuu
Este contrato establece los términos de un acuerdo de asesoría inmobiliaria entre Mario Jesús Fernández de Córdova Delgado y Cayetano Faustino Perriggo Sarmiento, Patricia Wilma Perriggo Espinoza, Gaetano Fernando Perego Espinosa y Juan Carlos Perego Espinosa. El asesor inmobiliario promocionará la venta de una propiedad de 360 metros cuadrados por un período de 6 meses a cambio de una comisión del 3% del precio de venta estimado en $648,
La demandante se opone a la petición de intervención litisconsorcial presentada por Reynaldo Lázaro Pereyra Peralta y Wavel Francisco Pinedo Palomino en el proceso sobre otorgamiento de escritura pública contra los herederos legales de Hugo Pereyra Romani. La demandante argumenta que la petición carece de fundamento legal y sólo busca retrasar el proceso. Además, los solicitantes no están relacionados con el acto jurídico en disputa ni son los herederos legales de Hugo Pereyra Romani, por
Este documento es una demanda de obligación de dar suma de dinero. Se demanda a una empresa por el no pago de una factura por US$166.60. Se ofrecen como pruebas la nota de pedido, guía de remisión, factura no pagada y declaración del representante legal de la empresa demandada. Se solicita al juez declare la demanda fundada y condene al pago de los intereses y costos del proceso.
El documento resume las principales modificaciones introducidas en el proyecto de ley derivado de la iniciativa legislativa popular sobre deudores hipotecarios. Se descarta aplicar la dación en pago de forma generalizada y retroactiva, reservándola para colectivos vulnerables. También se incluyen medidas para dar cumplimiento a sentencias europeas sobre cláusulas abusivas y para prevenir el sobreendeudamiento. Se mantienen algunas medidas ya anunciadas como la moratoria de ejecuciones o cambios en las sociedades de tasación.
Resolución del juez Casanello en la causa Báezcravanzini
El documento resume una investigación sobre presunto lavado de dinero a través de cuentas bancarias y empresas offshore vinculadas a Lázaro Báez y sus hijos. Se detallan transferencias millonarias entre estas cuentas y empresas que carecerían de justificación económica. Por esto, se convoca a declarar a Báez, sus hijos, y otras personas vinculadas. También se designan veedores en Austral Construcciones para supervisar la administración de la empresa durante 6 meses.
Este resumen describe un caso de desalojo por ocupación precaria. La Caja de Pensiones Militar Policial demandó originalmente a Teresa Ruiz Toledo en 1999 por desalojo, pero perdió el caso. Ahora demanda nuevamente, alegando que el contrato de compraventa se resolvió automáticamente debido al incumplimiento de pagos. El tribunal de segunda instancia falló a favor de la demandada, considerando que el caso anterior tuvo autoridad de cosa juzgada. El recurso de casación cuestiona si hubo debida motivación
Registro de prensa sobre la polemica del ferrocarril de santa martaMunicipio de Fundación
Este documento resume dos artículos publicados en el periódico "La Tribuna" sobre las negociaciones entre el Ministro de Obras Públicas y el señor Marshall para un posible contrato sobre el Ferrocarril de Santa Marta. Los artículos defienden la forma en que el Ministro ha manejado las negociaciones de manera prudente y cuidadosa, enviando las bases del contrato propuesto al estudio de expertos antes de aprobarlo. Critican a otro periódico, "El Tiempo", por atacar al Ministro y al Gobierno sin justificación y por
El juez, sct y hacienda atascan el caso mexicana proceso 120212Juan José Sánchez
El documento discute el estado actual del rescate de la aerolínea Mexicana de Aviación. Señala que existe un depósito de 300 millones de dólares para el rescate, pero que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se niega a certificar la legalidad de los fondos. También menciona que el rescate depende de que se cumplan tres condiciones relacionadas con la firma de un convenio de acreedores y la liberación de slots aéreos.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con la política, la economía y la sociedad en Paraguay. Incluye extractos de leyes, artículos de periódicos ciudadanos, y discusiones sobre temas como la corrupción, los derechos de los ciudadanos, y la historia política del país.
Este documento describe la autorización de la fusión de Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V. como sociedad fusionante que subsistirá, con Invex Administración I, S.A. de C.V. como sociedad fusionada que se extinguirá. La fusión forma parte de una reestructura corporativa de Invex Grupo Financiero para reubicar parte de sus negocios internacionales bajo la administración de otra subsidiaria. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza la fusión luego de analizar la solicitud
R.O. segundo suplemento No. 522 del 15 de junio del 2015Conaudisa
Aprobar la actualización de los formularios 104 y 104A
para la declaración del impuesto a al valor agregado
Establecer las normas para la aplicación
tributarios de Impuesto a la Renta a los que se tenga
derecho en calidad de padres o madres de ni
adolescentes con discapacidad
Este documento presenta un trabajo de investigación sobre conceptos clave de la teoría general del tributo en Venezuela. Explica términos como hecho imponible, base imponible, tarifa o alícuota, determinación tributaria, exenciones, exoneraciones, recargos, deducciones, adiciones y recursos tributarios. El trabajo contiene una introducción, contenido dividido en secciones para cada término, y una conclusión con referencias bibliográficas.
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...TeresaMurillo3
El documento establece un reglamento para controlar las misiones oficiales al exterior realizadas por funcionarios públicos y municipales. El reglamento requiere que toda misión oficial cuente con un acuerdo que especifique el nombre y cargo del funcionario, el objetivo de la misión, la duración, el país de destino y los gastos autorizados. Además, prohíbe que los funcionarios se queden en el exterior después de finalizada la misión oficial y requiere mecanismos de control para garantizar el cumplimiento.
TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION Y ESTADO DE DERECHO EN EL MERCOSUR - ALEJANDR...Marcial Pons Argentina
Este documento presenta el prólogo de un libro escrito por Alejandro Daniel Perotti sobre el Tribunal Permanente de Revisión en el MERCOSUR. El prólogo lo escribe Wilfrido Fernández, quien destaca la excelencia de Perotti como experto en derecho de integración a nivel regional y su enfoque integral del MERCOSUR. Además, Fernández reconoce que a pesar de las deficiencias actuales del Tribunal, este marca el comienzo del camino hacia la garantía jurídica de los compromisos asumidos en el bloque.
El presente artículo es un análisis del Decreto No. 1001 de Abril del 2016 y del Proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad ciudadana por las afectaciones del terremoto.
El artículo análisa primordialmente dos componentes: la legalidad y necesidad de las normas. En la legalidad se estudiará su validez procesal para que la norma sea conforme a derecho y en la necesidad se estudiará la razonabilidad y proporcionalidad de aquellas medidas como las más efectivas posibles. Finalmente se propondrán algunos ejemplos de otras medidas alternativas.
Este documento contiene información sobre decretos, leyes, resoluciones y licitaciones del gobierno de La Rioja en el año 2014. Incluye decretos que aprueban una ley que crea un programa de financiamiento para obras de infraestructura, producción y servicios, y otra ley que declara de utilidad pública terrenos para ser expropiados. También contiene información sobre el boletín oficial de La Rioja, como su dirección y datos de contacto.
El documento presenta las nuevas tablas de retención del Impuesto sobre la Renta en El Salvador. Se introdujeron reformas a la Ley de Impuesto sobre la Renta para simplificar el mecanismo de retención para personas naturales cuyos ingresos provienen de salarios. Las nuevas tablas ajustan las retenciones para aproximarlas al impuesto resultante de aplicar la tabla del Artículo 37 de la ley. Los valores en las tablas ya consideran deducciones permitidas por ley para empleados.
Este documento presenta una acción declarativa de certeza e inconstitucionalidad contra la Provincia de Córdoba y el Estado Nacional respecto a la reciente Ley Provincial 10.081 que crea una "tasa" a los combustibles. El demandante argumenta que sufre una doble imposición y menoscabo de su derecho de propiedad. Solicita que la Corte Suprema declare la inaplicabilidad o inconstitucionalidad de la ley y establezca si las pretensiones fiscales de la provincia son legales o violan normas nacionales.
SERIE Nº I - EL DERECHO ORIGINARIO DEL MERCOSUR - ADRIANA DREYZIN DE KLOR, AL...Marcial Pons Argentina
Este documento presenta el índice general del libro "El derecho originario del Mercosur" de Alejandro D. Perotti y Adriana Dreyzin de Klor. El libro contiene 11 secciones que resumen los principales tratados y protocolos que componen el derecho originario del Mercosur, como el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y el Protocolo de Adhesión de Venezuela.
Este documento presenta el índice general de la obra "El derecho originario del Mercosur" de Alejandro D. Perotti y Adriana Dreyzin de Klor. Incluye abreviaturas, una nota preliminar que introduce el objetivo y metodología de la sistematización del derecho originario del Mercosur, y el índice de contenidos que enumera los diferentes instrumentos jurídicos originarios analizados en la obra.
1. La querella se dirige contra altos cargos del Partido Popular por presuntos delitos de asociación ilícita, corrupción, fraude y falsedad cometidos en al menos 5 comunidades autónomas.
2. Los hechos se basan en los llamados "papeles de Bárcenas" que describen pagos irregulares a políticos.
3. Debido a que los hechos afectan a más de una audiencia territorial y podrían tener graves consecuencias económicas, el juzgado considera que la Audi
Model de sol·licitud de procediment de segona oportunitatDaniel Revenga
La Orden JUS/2831/2015 aprueba el formulario normalizado para solicitar el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos. El formulario pide información sobre la identificación del solicitante, su situación económica y patrimonial, y una lista de acreedores. El objetivo es facilitar el acceso a este procedimiento alternativo al concurso de acreedores para deudores insolventes que permita negociar con los acreedores un plan de pagos.
1) El documento es un extracto del Diario Oficial de El Salvador del 15 de diciembre de 2011. 2) Incluye decretos legislativos que reforman la Ley de Impuesto sobre la Renta y el Código Tributario de El Salvador. 3) El objetivo principal es simplificar el mecanismo de retención del impuesto sobre la renta para personas naturales asalariadas y actualizar las tasas impositivas.
The document discusses several proposals before the Colombian Constitutional Assembly, including adopting the 1985 population census, adding a clause about celerity (speed) in judicial proceedings, and proposing alternatives to the majority proposal for the Superior Council of the Judiciary. It also includes reports from Commission V and discusses sport and recreation as social guarantees.
Toca opinar sobre una cuestión sensible en estos días: los arreglos institucionales y los efectos jurídicos del acuerdo con los holdouts (fondos buitres). Es una cuestión sensible, pero no nueva para la fiscalía que interviene en todos los eslabones que se han transformado en causas judiciales derivadas del endeudamiento externo desde 1976. Desde la causa iniciada por Alejandro Olmos hasta la hora presente.
La resolución reforma parcialmente dos resoluciones anteriores relacionadas con cuentas bancarias en moneda extranjera. Se modifican los artículos para permitir que personas naturales y jurídicas mantengan fondos en divisas en cuentas bancarias provenientes de diversas fuentes como transferencias del exterior, rentas de inversiones, y pagos por exportaciones. También se permiten depósitos mensuales en efectivo de hasta $2,000 dólares para personas naturales.
Resolución del juez Casanello en la causa Báezcravanzini
El documento resume una investigación sobre presunto lavado de dinero a través de cuentas bancarias y empresas offshore vinculadas a Lázaro Báez y sus hijos. Se detallan transferencias millonarias entre estas cuentas y empresas que carecerían de justificación económica. Por esto, se convoca a declarar a Báez, sus hijos, y otras personas vinculadas. También se designan veedores en Austral Construcciones para supervisar la administración de la empresa durante 6 meses.
Este resumen describe un caso de desalojo por ocupación precaria. La Caja de Pensiones Militar Policial demandó originalmente a Teresa Ruiz Toledo en 1999 por desalojo, pero perdió el caso. Ahora demanda nuevamente, alegando que el contrato de compraventa se resolvió automáticamente debido al incumplimiento de pagos. El tribunal de segunda instancia falló a favor de la demandada, considerando que el caso anterior tuvo autoridad de cosa juzgada. El recurso de casación cuestiona si hubo debida motivación
Registro de prensa sobre la polemica del ferrocarril de santa martaMunicipio de Fundación
Este documento resume dos artículos publicados en el periódico "La Tribuna" sobre las negociaciones entre el Ministro de Obras Públicas y el señor Marshall para un posible contrato sobre el Ferrocarril de Santa Marta. Los artículos defienden la forma en que el Ministro ha manejado las negociaciones de manera prudente y cuidadosa, enviando las bases del contrato propuesto al estudio de expertos antes de aprobarlo. Critican a otro periódico, "El Tiempo", por atacar al Ministro y al Gobierno sin justificación y por
El juez, sct y hacienda atascan el caso mexicana proceso 120212Juan José Sánchez
El documento discute el estado actual del rescate de la aerolínea Mexicana de Aviación. Señala que existe un depósito de 300 millones de dólares para el rescate, pero que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se niega a certificar la legalidad de los fondos. También menciona que el rescate depende de que se cumplan tres condiciones relacionadas con la firma de un convenio de acreedores y la liberación de slots aéreos.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con la política, la economía y la sociedad en Paraguay. Incluye extractos de leyes, artículos de periódicos ciudadanos, y discusiones sobre temas como la corrupción, los derechos de los ciudadanos, y la historia política del país.
Este documento describe la autorización de la fusión de Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V. como sociedad fusionante que subsistirá, con Invex Administración I, S.A. de C.V. como sociedad fusionada que se extinguirá. La fusión forma parte de una reestructura corporativa de Invex Grupo Financiero para reubicar parte de sus negocios internacionales bajo la administración de otra subsidiaria. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza la fusión luego de analizar la solicitud
R.O. segundo suplemento No. 522 del 15 de junio del 2015Conaudisa
Aprobar la actualización de los formularios 104 y 104A
para la declaración del impuesto a al valor agregado
Establecer las normas para la aplicación
tributarios de Impuesto a la Renta a los que se tenga
derecho en calidad de padres o madres de ni
adolescentes con discapacidad
Este documento presenta un trabajo de investigación sobre conceptos clave de la teoría general del tributo en Venezuela. Explica términos como hecho imponible, base imponible, tarifa o alícuota, determinación tributaria, exenciones, exoneraciones, recargos, deducciones, adiciones y recursos tributarios. El trabajo contiene una introducción, contenido dividido en secciones para cada término, y una conclusión con referencias bibliográficas.
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...TeresaMurillo3
El documento establece un reglamento para controlar las misiones oficiales al exterior realizadas por funcionarios públicos y municipales. El reglamento requiere que toda misión oficial cuente con un acuerdo que especifique el nombre y cargo del funcionario, el objetivo de la misión, la duración, el país de destino y los gastos autorizados. Además, prohíbe que los funcionarios se queden en el exterior después de finalizada la misión oficial y requiere mecanismos de control para garantizar el cumplimiento.
TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION Y ESTADO DE DERECHO EN EL MERCOSUR - ALEJANDR...Marcial Pons Argentina
Este documento presenta el prólogo de un libro escrito por Alejandro Daniel Perotti sobre el Tribunal Permanente de Revisión en el MERCOSUR. El prólogo lo escribe Wilfrido Fernández, quien destaca la excelencia de Perotti como experto en derecho de integración a nivel regional y su enfoque integral del MERCOSUR. Además, Fernández reconoce que a pesar de las deficiencias actuales del Tribunal, este marca el comienzo del camino hacia la garantía jurídica de los compromisos asumidos en el bloque.
El presente artículo es un análisis del Decreto No. 1001 de Abril del 2016 y del Proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad ciudadana por las afectaciones del terremoto.
El artículo análisa primordialmente dos componentes: la legalidad y necesidad de las normas. En la legalidad se estudiará su validez procesal para que la norma sea conforme a derecho y en la necesidad se estudiará la razonabilidad y proporcionalidad de aquellas medidas como las más efectivas posibles. Finalmente se propondrán algunos ejemplos de otras medidas alternativas.
Este documento contiene información sobre decretos, leyes, resoluciones y licitaciones del gobierno de La Rioja en el año 2014. Incluye decretos que aprueban una ley que crea un programa de financiamiento para obras de infraestructura, producción y servicios, y otra ley que declara de utilidad pública terrenos para ser expropiados. También contiene información sobre el boletín oficial de La Rioja, como su dirección y datos de contacto.
El documento presenta las nuevas tablas de retención del Impuesto sobre la Renta en El Salvador. Se introdujeron reformas a la Ley de Impuesto sobre la Renta para simplificar el mecanismo de retención para personas naturales cuyos ingresos provienen de salarios. Las nuevas tablas ajustan las retenciones para aproximarlas al impuesto resultante de aplicar la tabla del Artículo 37 de la ley. Los valores en las tablas ya consideran deducciones permitidas por ley para empleados.
Este documento presenta una acción declarativa de certeza e inconstitucionalidad contra la Provincia de Córdoba y el Estado Nacional respecto a la reciente Ley Provincial 10.081 que crea una "tasa" a los combustibles. El demandante argumenta que sufre una doble imposición y menoscabo de su derecho de propiedad. Solicita que la Corte Suprema declare la inaplicabilidad o inconstitucionalidad de la ley y establezca si las pretensiones fiscales de la provincia son legales o violan normas nacionales.
SERIE Nº I - EL DERECHO ORIGINARIO DEL MERCOSUR - ADRIANA DREYZIN DE KLOR, AL...Marcial Pons Argentina
Este documento presenta el índice general del libro "El derecho originario del Mercosur" de Alejandro D. Perotti y Adriana Dreyzin de Klor. El libro contiene 11 secciones que resumen los principales tratados y protocolos que componen el derecho originario del Mercosur, como el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y el Protocolo de Adhesión de Venezuela.
Este documento presenta el índice general de la obra "El derecho originario del Mercosur" de Alejandro D. Perotti y Adriana Dreyzin de Klor. Incluye abreviaturas, una nota preliminar que introduce el objetivo y metodología de la sistematización del derecho originario del Mercosur, y el índice de contenidos que enumera los diferentes instrumentos jurídicos originarios analizados en la obra.
1. La querella se dirige contra altos cargos del Partido Popular por presuntos delitos de asociación ilícita, corrupción, fraude y falsedad cometidos en al menos 5 comunidades autónomas.
2. Los hechos se basan en los llamados "papeles de Bárcenas" que describen pagos irregulares a políticos.
3. Debido a que los hechos afectan a más de una audiencia territorial y podrían tener graves consecuencias económicas, el juzgado considera que la Audi
Model de sol·licitud de procediment de segona oportunitatDaniel Revenga
La Orden JUS/2831/2015 aprueba el formulario normalizado para solicitar el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos. El formulario pide información sobre la identificación del solicitante, su situación económica y patrimonial, y una lista de acreedores. El objetivo es facilitar el acceso a este procedimiento alternativo al concurso de acreedores para deudores insolventes que permita negociar con los acreedores un plan de pagos.
1) El documento es un extracto del Diario Oficial de El Salvador del 15 de diciembre de 2011. 2) Incluye decretos legislativos que reforman la Ley de Impuesto sobre la Renta y el Código Tributario de El Salvador. 3) El objetivo principal es simplificar el mecanismo de retención del impuesto sobre la renta para personas naturales asalariadas y actualizar las tasas impositivas.
The document discusses several proposals before the Colombian Constitutional Assembly, including adopting the 1985 population census, adding a clause about celerity (speed) in judicial proceedings, and proposing alternatives to the majority proposal for the Superior Council of the Judiciary. It also includes reports from Commission V and discusses sport and recreation as social guarantees.
Toca opinar sobre una cuestión sensible en estos días: los arreglos institucionales y los efectos jurídicos del acuerdo con los holdouts (fondos buitres). Es una cuestión sensible, pero no nueva para la fiscalía que interviene en todos los eslabones que se han transformado en causas judiciales derivadas del endeudamiento externo desde 1976. Desde la causa iniciada por Alejandro Olmos hasta la hora presente.
La resolución reforma parcialmente dos resoluciones anteriores relacionadas con cuentas bancarias en moneda extranjera. Se modifican los artículos para permitir que personas naturales y jurídicas mantengan fondos en divisas en cuentas bancarias provenientes de diversas fuentes como transferencias del exterior, rentas de inversiones, y pagos por exportaciones. También se permiten depósitos mensuales en efectivo de hasta $2,000 dólares para personas naturales.
La resolución reforma parcialmente dos resoluciones anteriores relacionadas con cuentas bancarias en moneda extranjera. Se modifican los artículos para permitir que personas naturales y jurídicas mantengan fondos en divisas en cuentas bancarias provenientes de diversas fuentes como transferencias del exterior, rentas de inversiones, y pagos por exportaciones. También se permiten depósitos mensuales en efectivo de hasta $2,000 dólares para personas naturales.
Este documento resume los Decretos Legislativos N°813 y N°815 sobre delitos tributarios en Perú. El DL N°813 establece los delitos de defraudación tributaria y sus modalidades, así como las penas asociadas. También define delitos contables y consecuencias para personas jurídicas. El DL N°815 describe la exclusión o reducción de penas para denunciantes. Ambos decretos proveen un marco legal para regular ilícitos tributarios y procesos penales asociados.
Implicaciones tributarias derivadas del conferimiento a los municipios, de la...PAGGMunicipal
1) El documento discute las implicaciones tributarias de transferir la competencia de otorgar licencias para el expendio de bebidas alcohólicas a los municipios. 2) Examina la controversia que surge debido a que la República, estados, municipios y distritos pretenden gravar dicha licencia. 3) Analiza el concepto de timbre fiscal y cómo su ejercicio por diferentes niveles de gobierno podría alterar la naturaleza jurídica de los tributos cobrados.
Este documento establece el régimen de insolvencia para personas naturales no comerciantes en Colombia. Define los principios del régimen como universalidad, colectividad, igualdad, eficacia, celeridad, transparencia, buena fe, publicidad, equilibrio, simplicidad y prevalencia de derechos fundamentales. También describe el proceso de negociación de deudas ante un conciliador, incluyendo los requisitos de la solicitud y las facultades del conciliador.
Las sinarquias internacionales (Recopilación)Ramón Copa
LAS SINARQUÍAS INTERNACIONALES
(Recopilación)
´
- "LA SINARQUIA O LAS SEIS INTERNACIONALES"
- Juan D. Peron contra la sinarquía y su Tercera posición.
- Principios de una Política Fundacional
- LAS SOCIEDADES INTERNACIONALES Y SU INCIDENCIA EN LOS POLÍTICOS ARGENTINOS
- ¿Peronismo vs. Masonería? I, II y III
- El Concepto de Sinarquía Internacional
- LA SINARQUÍA SIONISTA JUDAIZA AL CLERO CRISTIANO
(Material reunido solo como introducción al estudio del tema)
Este documento resume las opiniones de Eva Perón sobre el feminismo. Citando un extracto de su libro "La razón de mi vida", Eva Perón critica a muchas líderes feministas por estar dominadas por el resentimiento hacia los hombres y hacia su propio género, y por querer ser hombres en lugar de valorar su identidad como mujeres. Ella cree que el movimiento femenino debe cumplir una función noble, no imitando a los hombres sino valorando lo distintivo de ser mujer. De lo contrario, corre el riesgo de pasar "de lo sublime a lo
USURA INTERNACIONAL
- Cuando el Estado es cómplice de la usura internacional
- La Baring Brothers y el FMI: los “generosos” de ayer y de hoy
- FMI - Fondo Monetario Internacional
- EL CÍRCULO VICIOSO DE LA DEUDA DEL BANCO CENTRAL
- La lógica del acuerdo Macri-FMI
- Repensando una propuesta global para un problema global
- DINERO Y USURA. Pregunto: ¿Les parece normal y saludable que debamos pagar intereses a los bancos comerciales por el dinero creado por ellos sin sacrificio financiero?….y que además, ese dinero anómalo constituye el 95 % de la oferta monetaria?
- Papa Francisco: la usura, una serpiente que estrangula a las víctimas
- GERENTES DE LA USURA INTERNACIONAL:
Marines desembarcan en la Argentina: La invaSión Estadounidense a comenzadoRamón Copa
El documento describe la creciente presencia militar de Estados Unidos en la Argentina bajo el gobierno de Mauricio Macri, incluyendo el despliegue de tropas estadounidenses con el pretexto de asistencia humanitaria y la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo. Estados Unidos busca aumentar su influencia en la región y proteger sus intereses estratégicos en recursos como el agua y los recursos de la Antártida. El gobierno de Macri ha facilitado esta creciente intervención militar de Estados Unidos en el país
Toda la verdad sobre el gobierno oculto judeo illuminati-masonRamón Copa
Este documento resume las principales ideas de cuatro artículos que discuten la existencia de un supuesto gobierno oculto judeo-masónico-iluminati. El autor presenta su análisis de "Los Protocolos de los Sabios de Sión" y argumenta que este documento revela un plan sionista de 29 siglos para dominar el mundo. También sugiere que eventos históricos como revoluciones y guerras fueron orquestados por este gobierno oculto para capturar el poder global a través de sociedades secretas. Finalmente, señala
EL DIABÓLICO PLAN KALERGI: EXTERMINIO DE LA RAZA BLANCA, HACIA EL NUEVO ORDEN...Ramón Copa
EL DIABÓLICO PLAN KALERGI: EXTERMINIO DE LA RAZA BLANCA, HACIA EL NUEVO ORDEN MUNDIAL
- La gran mentira de la liberación: el Genocidio contra el pueblo alemán por parte de los vencedores
EL PLAN KALERGI: EXTERMINIO DE LA RAZA BLANCA, HACIA EL NUEVO ORDEN MUNDIAL
Menachem Begin, primer ministro de Israel entre 1977 y 1983 en un discurso dirigido al Knesset (el parlamento israelí):
Nuestra raza es una raza de amos. Nosotros somos dioses sobre este planeta. Somos tan diferentes de las razas inferiores como ellos lo son de los insectos. De hecho, comparados con nuestra raza, las otras razas son bestias y animales, como mucho, son ganado.
Nuestro destino es gobernar sobre las razas inferiores. Nuestro reino terrenal será gobernado con vara de hierro por nuestro líder. Las masas lamerán nuestros pies y nos servirán como nuestros esclavos.
El Plan Kalergi, elaborado en 1923 tiene mucho que ver con el párrafo anterior como a continuación podrán comprobar.
Aunque le parezca extraño, estas palabras no las dijo Adolf Hitler (la foto de Hitler era para despistar), si no que fueron pronunciadas por un judío (realmente estos “judíos” son los descendientes de los Grigori): Menachem Begin, primer ministro de Israel entre 1977 y 1983 en un discurso dirigido al Knesset (el parlamento israelí).
Y además, este buen hombre también obtuvo el premio Nobel de la paz de 1978 (Hemos de recordar que también le dieron el mismo galardón al presidente del único país que está en guerra permanente en alguna parte del mundo -EEUU- lo que dice bien poco de los Nobel).
CONSPIRACION PROGRESISTA CONTRA LA ARGENTINARamón Copa
CONSPIRACION PROGRESISTA CONTRA LA ARGENTINA
- CRISTINA FERNÁNDEZ WILHELM: LA ESCUELA DE FRANKFURT, EL MARXISMO Y LA MASONERÍA
- IZQUIERDA PROGRE E IDEOLOGÍA DE GENERO
- Progresismo (Metapedia)
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PROGRESISMO: DOGMATIZACIÓN Y DESINFORMACIÓN
Por: Ricardo Martin Bustamante
Las horas que me permite el trabajo trato por lo general de informarme orientándome a ciertas cuestiones políticas que particularmente me interesan. Chequeando e integrando información tanto de España, donde resido, como de mi patria la Argentina
He notado últimamente dos cosas. La primera es el afianzamiento del progresismo como elemento cultural del Sistema. Ya adentrados en el gobierno macrista, puede apreciarse que el sesgo mencionado no solo no se modifica sino que se acentúa.
Como segunda observación, mirando páginas de internet, he dado con algunas que realizan una hábil campaña confusionista o de desinformación también hábilmente dirigida a sectores afines al nuestro o propensos a escuchar nuestro discurso en referencia a la cultura progre. Bien sabemos la enmarañada y confusa madeja informativa que nos envuelve y la cantidad de "operaciones" que se presentan y exhiben al público en general como si fueran la verdad, sabemos también de los intereses que se mueven detrás de las mismas. Por ello es bueno estar medianamente prevenidos para no caer en la trampa de estos "relatos".
El Club Bilderberg,
el poder real
El Club Bilderberg, el poder real, Rothschild/Rockefeller y los 4 grandes de la Élite Global (Cap. I)
El Club Bilderberg reúne cada año a los representantes del poder real global. Unos 130 líderes de la más alta élite financiera, empresarial, política, académica y de los medios de comunicación del primer mundo, fundamentalmente de Estados Unidos y Europa. En Bilderberg se discuten y coordinan las políticas que se aplicarán a nivel global y se resuelven diferencias entre los distintos proyectos de dominación global en pugna.
CEO’s y dueños de los principales bancos y corporaciones como Goldman Sachs, Barclays, Lazard, JP Morgan Chase, Rothschild, HSBC, Google, Shell, Exxon, British Petroleum, Bayer, Nestlé, PRISA, Ericsson, Fiat Chrysler, Hewlett Packard, etc. coordinan acciones globales junto a representantes de la alta nobleza europea y los líderes militares de la OTAN y de servicios de inteligencia como la CIA.
El número de invitados es bastante representativo de la élite global, si consideramos que de acuerdo al trabajo titulado “Una economía para el 99%”, solo 8 ultrarricos poseen el equivalente a la riqueza de más del 50% de la población mundial, 3600 millones de personas. Y el 1% de los más ricos son propietarios de una riqueza mayor a la del 99% restante.
A las reuniones anuales del Club Bilderberg, que se realizan con casi nula cobertura periodística, a puertas cerradas, con debates y conclusiones secretas, y con gran contingente de seguridad, se puede asistir solo mediante invitación.
Los encuentros ocurren a pocos días de la reunión anual de la OTAN y los miembros del Club son a su vez miembros de países de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, lo que une al Estado Profundo de tipo militar y de inteligencia, con las cúpulas del Poder Financiero (dos caras de un mismo poder). De acuerdo al periodista Thierry Meyssan: “Es la OTAN la que ambiciona convertirse en un gobierno mundial oculto capaz de perpetuar el statu quo internacional”.
- La farza judía del Comunismo
- Jesuitas y Judíos
- Especial Jesuitas, la mano que mece. Opus Judei
Todo comenzó con Karl Heinrich Marx; judío alemán,cuyo verdadero nombre era el de Kissel Mordecay, nacido en Treves, Prusia Renana, hijo de un abogado judío. A sus doctrina comunista le dio el nombre de socialismo científico, nombre injustificado ya que los hechos han demostrado que ninguna base científica tiene muchos de sus postulados básicos. Antes de su famosa obra “El Capital” entre 1843 y 1847, había formulado en Inglaterra(protegido por los judíos que manejan dicho país) la primera concepción moderna del nacionalismo hebreo a través de sus artículos,como el publicado en 1844 en la revista “Deustch-Französische Jahrbücher ”titulado “Zur Judenfrage” (Sobre la cuestión judía) y que tiene una tendencia ultra-nacionalista judía.
Pero Marx tuvo un mentor,otro judío, llamado Moses Hess,que fue quién empezó todo el negocio,fue filósofo alemán creador de la Teoría socialista y comunista y que después se conocería como sionismo y sionismo socialista.
Frederik Engels, creador junto con Marx de la Primera Internacional y colaborador íntimo de Marx. Judío, nació en Barmen, Alemania, siendo su padre un comerciante judío de algodón de la localidad.
JUSTICIA ARGENTINA: LA CORTE DE SION
Por: Nehalennia Wolf para Infocon Noticias
"La Administración está dominada por el terrible cliché de la progresía judía" (...) Oh Dios, erosionan nuestra confianza, nuestra fuerza. No son de fiar. Mira el Departamento de Justicia, está lleno de judíos. Mira los abogados del Gobierno, son unos malditos judíos” Richard Nixon (cita recogida de las 500 horas de grabaciones encargadas por el propio Nixon durante su mandato en la Casa Blanca y hechas públicas en 1973, en pleno escándalo del Watergate, y desmantelado en 1974).
"A pesar de que a los Gentiles predicamos el liberalismo, a nuestro pueblo y a nuestros agentes los tenemos bajo una obediencia absoluta. Gracias a nuestra influencia, la ejecución de las leyes de los Gentiles ha quedado reducida al mínimum. El prestigio de la ley está minado por las interpretaciones liberales que nosotros hemos introducido. En las causas y cuestiones políticas y de principios, los tribunales deciden como nosotros les ordenamos; ven las cosas a la luz que nosotros les presentamos. Para todo esto nos servimos, como intermediarios, de personas con las que nadie cree que tenemos nada de común; nos servimos de la opinión, de la prensa y de otros medios". Protocolo XV de los Sabios de Sión
"Llegado el tiempo que gobernemos abiertamente y que mostremos al pueblo los beneficios de nuestro gobierno, compraremos todas las legislaciones: nuestras leyes serán breves, claras, sólidas, sin comentarios y tales que todos las pueden conocer. La nota sobresaliente de ellas será la obediencia a las autoridades llevada a un grado sumo". Protocolo XV de Los Sabios de Sion
"Generalmente, nuestros jueces serán escogidos exclusivamente por nosotros (...) La nueva generación de jueces será educada de tal manera que considerará inadmisibles los abusos que puedan atacar el orden establecido en las relaciones de nuestros súbditos entre sí." Protocolo XV de los Sabios de Sion
"Si Los Protocolos no son auténticos, son verídicos" (J Evola- Preziosi)
"La única declaración que puedo hacer sobre Los Protocolos de los Sabios de Sión es que encajan en lo que está sucediendo. Tienen 16 años de antigüedad, y hasta ahora han ajustado a la situación mundial. Hoy en día lo siguen haciendo” (Henry Ford, Industrial norteamericano, citado en una entrevista en el diario New York World, February 17, 1921)
“Los gentiles están fuera de la protección de la ley y Dios tiene dispuestos sus dineros para Israel”. (Baba Kamma 37 b).
ADIÓS ARGENTINA: LAS DIRECTRICES DEL SIONISMO EN SEGURIDAD NACIONALRamón Copa
ADIÓS ARGENTINA: LAS DIRECTRICES DEL SIONISMO EN SEGURIDAD NACIONAL
Por: Herta
Ya en el 2010 suprimieron la formación religiosa cristiana, recortando la instrucción militar y reduciendo las excursiones, entre otras modificaciones (1).El mismo año en que la Gendarmería Nacional fue ADOCTRINADA en la Shoa(2) junto al Secretario de Coordinación de Derechos Humanos, Comandante Reynoso y patrocinada por el Congreso Judío Latinoamericano, el Museo del Holocausto de Bs As y FESELA, aunque ahora ya no serían como en el 2010, 6 millones, ¡sino 20 los millones de muertos!!! según un nuevo mapa elaborado por el Sionismo con la increíble suma de ¡42.500 sitios de tortura!!! (3)
En la actualidad el Estado sionista de Israel comete una vez más, uno de los mayores genocidios de la historia (otros del sionismo fueron Dresde, el comunista, Hiroshima y Nagasaki) contra el pueblo inocente de Palestina, asesinando a discreción miles de niños, ancianos y todo un pueblo que espera desarmado las bombas de racimo caídas desde el cielo. Sin embargo, desde “aquel lado”, el sionista, una vez más e increíblemente “no se está cometiendo ningún crimen”. Ya lo advirtió el valiente historiador antisionista, Norman Finkelstein en sus declaraciones al diario El País de España cuando dijo: El Estado de Israel dice que es el Estado del pueblo judío y que es un Estado democrático y judío, y eso es una contradicción. Un Estado democrático pertenece a todos sus ciudadanos. Una cuarta parte de los ciudadanos de Israel no son judíos, pero el Estado dice que pertenece sólo a los judíos. El sionismo no reconoce a los "israelíes" no judíos y esto no puede continuar. Incluso si Israel sale de los territorios ocupados no habrá calma. Los árabes están viviendo en un Estado que dice que no es de ellos, en cuyo himno nacional se habla del "espíritu judío". (4) Extraños los “DD.HH” que maneja el sionismo.
Aunque la DAIA y el Centro Simón Wiesenthal se enojen, no podemos dejar de comentar para aquellos que no lo saben, que aquella historia (el Holocausto) está sujeta a revisión solo de un solo lado, es decir, del lado del sionismo, “los buenos”, ergo “la historia la escriben los que ganan”; sino cómo se explica que para analizar “semejante crimen” contra millones de judíos; periodistas, científicos, escritores, testigos, reconocidos revisionistas y todo aquel que intente publicar documentación contraria es tachado directamente de nazi, perseguido, asesinado, desaparecido o encarcelado.
Este documento describe la influencia del pensador marxista Antonio Gramsci en el desarrollo del neomarxismo y la revolución cultural. Gramsci propuso una estrategia para lograr la revolución comunista a través de cambios graduales en la cultura e ideología, en lugar de la violencia. Esto influyó en el desarrollo de la Escuela de Frankfurt y otras corrientes neomarxistas que buscan transformar la sociedad de forma indirecta a través de la educación y los medios de comunicación.
MINERÍA: informe técnico del Ministerio de Ambiente de la NaciónRamón Copa
FARN y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas denuncian que hay más de 40 proyectos mineros en zonas glaciares y periglaciares.
Según consta en un informe técnico del Ministerio de Ambiente de la Nación existen en total trescientos veintidós proyectos mineros en distinto grado de avance, de los cuales setenta y siete se encuentran en las cuencas inventariadas por el IANIGLA (1) en el relevamiento nacional de glaciares. De estos proyectos, 44 se encontrarían cercanos o sobre cuerpos de hielo, que deben estar protegidos.
Pueblos originarios y los posteriores. Por ROBERTO E. PORCEL Ramón Copa
Este documento clasifica y describe a los diferentes pueblos indígenas que habitaron la región de Neuquén en la época de la conquista y colonización. Divide a los tehuelches en cuatro grupos: septentrionales, meridionales, australes y pehuenches boreales. También describe a los mapuches chilenos de la Araucanía y cómo fueron desplazando progresivamente a los pueblos originarios de Neuquén de sus tierras entre fines del siglo XVIII y el XIX.
Los protocolos de los sabios de sión como estrategia del sionismo mundialRamón Copa
Los Protocolos de los Sabios de Sión como estrategia del sionismo mundial
Para el texto completo, véase Los Protocolos de los Sabios de Sión (Documento)
“ Los Protocolos son una lectura fundamental, pero no como un documento histórico de valor más o menos discutido, lo de menos es si fue o no auténtico su origen. Lo importante es que sus predicciones y sus indicaciones Sí son auténticas, sí que se cumplen y reflejan la estrategia del Enemigo del Mundo. Por eso nunca he querido defender si esos documentos fueron o no escritos por sionistas o por la policía del Zar o por quién sea, eso no importa ahora. Lo que importa es que describe exactamente la estrategia del sionismo mundial." —Ramón Bau
”
Los Protocolos
Los Protocolos de los sabios de Sión es un controvertido texto que trata sobre el poder político global ejercido por parte de supremacistas judíos sionistas para hacerse con el control mundial. Publicados por primera vez (un su forma actual) en 1903 en el periódico Znamya, se presentan como la transcripción de las actas de ciertas reuniones judías en las que estos "sabios" detallan sus planes, los cuales utilizan la masonería y los movimientos comunistas para extender su control por todas las naciones de la tierra.
En la biblioteca del Museo Británico se conservan 43 ediciones distintas. El ejemplar más antiguo está escrito en ruso y data de 1905. Se encuentra inscrito con el número 3296 d. 17 y lleva el sello de entrada Museo Británico, 10 de agosto de 1906.[1][2] El libro ruso es un ejemplar en octavo (con una altura de 18cm), encuadernado en piel negra, que consta de 417 páginas.
El primer ejemplar de los protocolos inscrito en el Museo Británico forma parte de la obra Lo Grande en lo Pequeño y el Anticristo como una Inminente Posibilidad Política. Notas de un Creyente Ortodoxo escrita por Sergei Nilus y se encuentra desde la página 305 hasta la 417, en el Apéndice XII, con el título de El Anticristo como posibilidad política inmediata. "Los protocolos de los "sabios" de Sión, 1902-1903 r. r.
Contenido
1 Antecedentes
1.1 Tanaj y Talmud
1.2 Carta de los judíos de España
1.3 La familia Rothschild
1.4 Jacob Venedey
1.5 Maurice Joly
1.6 Adolphe Crémieux
1.7 Hermann Goedsche
1.8 Sergei Nilus
2 Análisis
2.1 El Times de Londres
2.2 Procedimientos en Berna
2.3 Otras críticas
2.3.1 Elaborados por el Zar
2.3.2 Comunismo y masonería
2.3.3 Carácter autoinculpatorio
2.3.4 Raíces lingüísticas
2.3.5 Propaganda antisemita
2.4 Autenticidad
2.5 Veracidad
3 Definiciones de conceptos implicados en los protocolos
3.1 Goim
3.2 Sionismo
3.3 Gentil
3.4 Masonería
3.5 Comunismo
4 Contenido
4.1 Texto de los Protocolos de los Sabios de Sión
4.2 Temas
5 Referencias
6 Artículos relacionados
7 Enlaces externos
El fracaso en españa de la ley de violencia de géneroRamón Copa
El fracaso en España de la
Ley de Violencia de género
- Las mujeres también matan
- Ideología de odio para destruir la familia
El fracaso de la Ley de Violencia de género (1):
- La generación y degeneración en negocio
José Luis Rodríguez Zapatero, el feminista.
Enrique de Diego - 10/12/2016
La Ley de Violencia de Género, de 29-12-2004, elaborada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ha fracasado y, por tanto, debería ser derogada a la mayor brevedad posible. El fracaso es manifiesto porque no ha conseguido reducir sustancialmente el número de crímenes (el de hombres ha dejado de ser contabilizado, pero es también importante). En lo que sí ha sido un éxito es en generar una gran bolsa de negocio para el feminismo lésbico, que se está lucrando del sufrimiento de las mujeres.
Por de pronto, la Ley de Violencia de Género es una aberración jurídica. Lo eficaz si su intención real hubiera sido reducir o erradicar los malos tratos en la convivencia o los crímenes de mujeres hubiera sido simplemente modificar el Código Penal, que es lo que la Ley hace en buena medida, aunque de manera indirecta.
El que las víctimas de la Ley sean los hombres es una intención directa del legislador, que no hace una Ley sino una especie de pseudo constitución paralela feminista. Los juristas, en privado, indican lo que es obvio: la Ley elimina la presunción de inocencia. Es una Ley ideológica. De hecho, establece un dictamen de culpabilidad sobre todos los hombres de todos los tiempos en el artículo 1:
“La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyugues o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”.
Pero las víctimas no sólo son los hombres, sino también las mujeres reales a las que se introduce en una dinámica pseudorevolucionaria de transformación de la realidad social y se las concede un poder añadido, supremacista, y una función de venganza universal. Hay, además, un tremendo desenfoque porque, por ejemplo, todo el esfuerzo punitivo está orientado hacia los hombres autóctonos, cuando la violencia contra las mujeres es mucho más –como ha mostrado Rambla Libre– acusada entre la población inmigrante extranjera.
Lo que hace la Ley de Violencia de Género es abrir un inmenso botín presupuestario para el disfrute del movimiento feminista lésbico. En teoría económica de incentivos, es apostar, inconscientemente, por agravar el problema, porque cuanto mayor sea éste, más fondos presupuestarios se destinarán y más puestos de trabajo se generarán.
Intelectuales judíos contra el sionismo
Han sido tachados de antisemitas, insultados, ninguneados y, a veces, incluso amenazados. Algunos han optado por el autoexilio y han abandonado Israel. Son escritores y ensayistas judíos o de origen judío críticos con el sionismo.
Sus libros dan buena cuenta de la lucidez de estos escritores considerados por el establishment israelí como auténticos subversivos.
Estrategias de estados unidos para la neodominación y el saqueo de america la...Ramón Copa
ESTRATEGIAS DE ESTADOS UNIDOS PARA LA NEODOMINACIÓN Y EL SAQUEO de AMERICA LATINA
-La presencia “natural” de las Fuerzas Armadas estadounidenses en América Latina
-La guerra psicológica como guerra permanente: Estados Unidos en América Latina
ESTRATEGIAS DE ESTADOS UNIDOS PARA LA NEODOMINACIÓN Y EL SAQUEO
Silvina M. Romano
El objetivo fundamental de Estados Unidos es la neocolonización o neodominación de América latina y el Caribe con el uso de diversas estrategias doctrinarias, filosóficas, políticas, sociales, culturales y básicamente militares: El expansionismo yanqui se origina en la filosofía, doctrina o idea del Destino Manifiesto presentida por los colonizadores puritanos, pues uno de ellos escribió: "Ninguna nación tiene el derecho de expulsar a otra, si no es por un designio especial del cielo como el que tuvieron los israelitas, a menos que los nativos obraran injustamente con ella. En este caso tendrán derecho a entablar, legalmente, una guerra con ellos así como a someterlos..."
Más tarde, el concepto del Destino Manifiesto se extendía para, -“en nombre Dios”, declarar guerras de rapiña, apropiarse de territorios y sus recursos naturales y humanos para depredarlos y explotarlos. El periodista John L. O’Sullivan, en 1845, en la revista Democratic Review de Nueva York sentenciaba: "El cumplimiento de nuestro destino manifiesto es extendernos por todo el continente que nos ha sido asignado por la Providencia, para el desarrollo del gran experimento de libertad y autogobierno. Es un derecho como el que tiene un árbol de obtener el aire y la tierra necesarios para el desarrollo pleno de sus capacidades y el crecimiento que tiene como destino..."
Ese “Destino Manifiesto” ha sido manipulado y usado por todas las administraciones de Estados Unidos sean demócratas o republicanas, y por todos los políticos y líderes de opinión. El undécimo presidente James Knox Polk (1795-1849), con esa doctrina en mano, impuso la guerra contra México en 1846-48, conflicto bélico que anexó a Estados Unidos más de la mitad del territorio Mexicano.
El Destino Manifiesto se convirtió en una filosofía estadounidense que permitió no sólo la expansión territorial, sino también el surgimiento de la idea imperialista, consecuentemente, se diseñó y estableció la política internacional y todas las formas de relacionarse con los demás pueblos, Estados y naciones de la tierra habitados por pueblos inferiores según la “creencia de que los Estados Unidos de América está destinada a expandirse hacia los cuatro vientos pues respalda la idea de que esté, se expandiera sobre los territorios no conquistados de Norteamérica y, en general, sobre el Hemisferio Occidental. De acuerdo a este ideario, no bastaba la ocupación de territorios y por ello también era usado para justificar las adquisiciones territoriales hechas por Estados Unidos...
El macrismo y la destrucción de la educación públicaRamón Copa
El macrismo y la destrucción de la Educación Pública
-Banco Mundial y privatización de la educación pública
El macrismo y la destrucción de la Educación Pública
POR DANIEL ENRIQUE YÉPEZ
El futuro inequitativo y anti-educativo que imagina el macrismo es inviable si no se destruyen previamente los fundamentos materiales y simbólicos de las conquistas sociales y los derechos universales provistos por el Estado.
El macrismo y la destrucción de la Educación Pública.
Por Daniel Yepez * | La panacea del crecimiento económico en el segundo semestre de 2016 sigue sin aparecer, mientras la recesión del 2 al 3% refuta los aguados pronósticos de los oráculos de la dependencia económica, al finalizar el primer año de gestión de la “revolución de la alegría”. La inflación sobrepasa el 40%, agudizando los indicadores de carestía y generando en los asalariados formales una caída entre el 12% y el 18% de sus ingresos reales, en consonancia con una tasa de desempleo que supera el 20%, encaminándolos hacia una desigualdad similar al 2001. Desnudando la mentira de “pobreza cero” -en sólo doce meses- cayeron en el infierno de la indigencia más de un millón de compatriotas. Este festival de corrupción y latrocinio institucionalizado por parte de los funcionarios macristas -saqueadores seriales de los bienes del Estado-, de los recursos públicos y del patrimonio social, natural y territorial de la nación, es respaldado por una campaña mediática, destinada a mantener al pueblo argentino prisionero de la ignorancia y la alienación.
Macri aún no rindió cuentas sobre el sostenido fraude fiscal que practica de antaño con su familia y grupo de amigos, a través de los carteles off shore que montó en paraísos fiscales como Panamá. Su vicepresidente escondió bolsos con dólares de dudoso origen, utilizando los helicópteros del estado para depositarlos de contrabando en cuentas secretas extranjeras. El titular del Banco Central arrastra un cajoneado proceso por el fraudulento manejo de la deuda pública y el jefe del Banco Nación participó en las malversaciones de los fondos buitres. Por su parte, el secretario de energía suscribe contratos con sus amigos de Shell, imponiendo impagables tarifas a servicios esenciales como luz y gas, mientras los grandes monopolios que concentran alimentos estrangulan al consumidor a través de una descontrolada suba de precios.
EL CENTRO DEL MAL EN EL MUNDO: EL ESTADO EN LA SOMBRA BRITÁNICORamón Copa
El centro del mal en el mundo: el Estado en la sombra británico
16.03.2017 - Reino Unido - Harun Yahya
El mal siempre ha sido controlado desde un centro único a lo largo de la historia. Quienes propagan las guerras y las masacres son parte de una cadena de mando y siguen los planes que se originan desde un centro. Las grandes guerras del siglo XX, la colonización, las masacres, la división de Oriente Medio y África y las crisis económicas tienen un único foco. Además, el mal es como un pulpo con muchos tentáculos y nuestros ojos tienden a mirar en primer lugar el tentáculo más activo. Pero es un cerebro el que dirige los tentáculos y hace que se muevan con perfecta coordinación. Por otra parte, el mal es una estructura jerárquica piramidal. No importa cuan tan amplia sea su base ni la cantidad de estamentos con que cuente: en la cúspide existe un punto con autoridad absoluta sobre lo que está por debajo.
Es imposible conseguir resultados positivos en la lucha contra el mal atendiendo, simplemente, los tentáculos del pulpo o los otros estamentos. Debemos dar lugar a una lucha intelectual contra la cúspide, la cual controla, administra y ordena el sistema y toma la decisión final. Lo central de ese combate debe ser dejar en claro el papel de la cúspide de la pirámide del mal. Porque esta solo es eficaz cuando confunde a los demás y se mantiene oculta, aprovechándose de todas las ventajas infames del secretismo.
Al hablarse sobre el liderazgo del mal en el mundo de hoy, se mencionan muchos nombres: los estados en la sombra de los Estados Unidos e Israel; los organismos como las Naciones Unidas, la OTAN o la Unión Europea; las organizaciones como la CIA, el MOSSAD o Gladio (red clandestina secreta anticomunista que operó en Europa bajo la dirección de la OTAN y la CIA estadounidense durante la Guerra Fría); las sociedades secretas como los Iluminati, la masonería, la asociación Skull & Bones, los Rosacruces, los templarios; los que controlan la economía mundial como barones financieros en Wall Street; los fideicomisos y corporaciones multinacionales de los hidrocarburos. Pero todos ellos son los engranajes de dicho sistema. Son los tentáculos del pulpo, los estamentos o niveles más bajos de la pirámide.
Es el estado en la sombra británico el que ha estado en la cúspide de esa pirámide jerárquica durante siglos, estado que también ha sido el polo del colonialismo y la esclavitud. China, India, Indonesia y Malasia permanecieron bajo el yugo británico durante siglos. Asimismo, fue ese estado el que introdujo el opio en China, disciplinó a la India por medio de la hambruna y aterrorizó a la mayoría del sudeste asiático con la East India Company (Compañía Británica de las Indias Orientales). Actualmente no se recuerda el genocidio perpetrado en la India en aquella época por Gran Bretaña, donde hace 150 años puso al borde de la inanición a 330 millones de personas y causó la muerte de más de un millón de hindúes.
EL CENTRO DEL MAL EN EL MUNDO: EL ESTADO EN LA SOMBRA BRITÁNICO
El ignominioso acuerdo con repsol
1. El ignominioso acuerdo con REPSOL
que cierra una era nefasta y abre otra peor
Javier Llorens – Marzo 2014
Contenido
Resumen .............................................................................................................................1
El futuro que está hoy en juego...............................................................................................4
El ignominioso acuerdo con REPSOL...............................................................................7
Lo que ocultan las inconsistencias financieras del ministro Kicillof .....................................7
Una inversión negativa incluso a largo plazo, cuando todos estemos muertos ....................8
La ecuación económica virtuosa a favor de REPSOL, que obtuvo lo que pretendía ............9
La tasación amañada para justificar el precio demandado por REPSOL.............................10
El bill o estatuto de indemnidad absoluta a favor de REPSOL y sus dirigentes..................12
La pistola puesta en la sien de Argentina..............................................................................14
La grave falsedad en el discurso presidencial y en el proyecto de ley.................................16
La participación decisiva de Kirchner en la desnacionalización de YPF ............................17
El negocio de vender un 0 Km y comprarlo usado 20 años después al mismo valor..........18
El precio de oportunidad que no es tal..................................................................................20
Se cierra un ciclo y comienza otro peor...........................................................................20
Las penas son de nosotros, la Vaca Muerta casi toda extranjera..........................................20
YPF el mascarón de proa de las transnacionales en Vaca Muerta .......................................21
YPF la proa acorazada para abrir paso al denostado fracking en Vaca Muerta...................22
YPF copada por Schlumberger, la líder del fracking ...........................................................23
La opaca maraña empresaria que teje YPF...........................................................................24
Las travesuras de Gallucio con la compra de APACHE ......................................................26
La entrega de Vaca Muerta para enfrentar a los fondos buitres...........................................27
Petróleo nacional no convencional sin política nacional......................................................29
El dilema de Argentina, ser Nigeria o Noruega....................................................................30
Los PPPP, Políticos Presidenciables Pro Petroleros.............................................................32
Semblanza de los PPPP .........................................................................................................33
La necesidad de que la oposición complete la entrega kirchnerista.....................................35
Resumen
El convenio con Repsol cuya aprobación se trata en el Congreso de la Nación, revela ser en
su arquitectura financiera una obra maestra del engaño a la opinión pública interna, para
disimular el virtual allanamiento por parte del gobierno argentino a las pretensiones de
REPSOL. Pese los gravísimos daños de diversa índole que acarreó para nuestro país la
gestión de YPF por parte de REPSOL. Que van desde las exportaciones de gas a vil precio,
para obtener una sideral ganancia en el exterior, hasta la pérdida del autoabastecimiento
2. petrolero, pasando por los daños ambientales y el desmantenimiento y la obsolescencia de
sus instalaciones, conforme está expuesto en el escrito “PRONTUARIO REPSOL - El pillaje,
saqueo, y vandalismo perpetrado por REPSOL en Argentina”.
El alcance de sus cláusulas representan una verdadera rendición incondicional y
capitulación ante las pretensiones de toda índole de REPSOL, al haber reconocido no solo la
valorización de YPF que REPSOL contabilizaba en sus balances, sino incluso su valor bursátil
durante el año previo a su expropiación. Con el inusitado agregado de consagrar la
indemnidad e irresponsabilidad absoluta por las gravísimas inconductas empresarias que
incurrió en Argentina, cualquiera sea de qué se trate, incluso las ambientales, como si
fuéramos un país de paso y depredación perteneciente al cuarto mundo.
Dicha capitulación que se ve reforzada por el vocabulario de derecho español y no
argentino que surge del texto del convenio, que evidencia que el mismo fue redactado por
los abogados españoles de REPSOL. Quien con la clásica formula de las capitulaciones, le
habría indicado al ministro Kicillof que rubricó el mismo, “firme aquí o aténgase a las
consecuencias”. En donde los títulos públicos soberanos a entregar por parte de Argentina,
no se dan como una dación en pago de la expropiación, sino solo como una garantía y
medio de pago. Igual que el usurero que le hace firmar a su deudor arruinado, una triple
garantía de prenda, pagaré, y cheque, para ejecutar la deuda con lo que le quede más a
mano.
A los efectos de tratar de legalizar el precio impuesto por REPSOL; y cumplir con la tasación
prevista en la ley de estatización, junto con el convenio apareció un informe de una sala Ad-
Hoc del Tribunal de Tasaciones de la Nación, que en forma ambigua convalidó ese precio.
En base a una tasación que no figura en el portal web de dicho tribunal, que dicho sea de
paso funciona, en base a un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por De la Rua a fines
del 2001, en plena crisis de ese año.
Cuyos miembros designados entonces, son los mismos que lo integran hoy, al que se
incorporo el dudoso aporte de un miembro designado a instancias de la Cámara Argentina
de la Construcción y directivo de esta. Cámara que es reputada como el antro donde se
arreglan las licitaciones públicas y otras componendas, razón por la que ese tribunal y sus
procedimientos “noventistas”, muy poca confianza inspiran en una tasación de tamaño
porte.
Al respecto el abogado Alejandro Olmos Gaona, que tuvo acceso a las escuetas 20 carillas
de esa supuesta tasación, opina que resulta inverosímil que se hayan tasado más de 126 mil
bienes, ubicados en el país y en países del exterior, en menos de un año. Cuestionando
además las irregularidades en las fechas de esos informes, que fija la tasación en abril del
2012, por parte de un tribunal que recién se constituyó en mayo del 2013, y emitió su
informe a fines de febrero de 2014, cuando ya habían culminado las negociaciones con
REPSOL.
Por lo que evidentemente el precio convenido precedió a la tasación, alterando su orden
lógico y honesto. Con el agregado de una suma de cuestionamientos, que llevaron a Olmos
Gaona a decir que “todas las graves irregularidades señaladas nos hacen suponer que se
trata de una tasación amañada, con el único propósito de arreglar con Repsol,
3. beneficiándola indebidamente, con tal de llegar a cualquier tipo de acuerdo y terminar con
las acciones litigiosas que podrían plantearse”.
La rendición incondicional y capitulación incluye además una cláusula que atenta
directamente contra la facultad soberana de reestructurar la deuda. Postura sostenida
desde el 2003 por el gobierno kirchnerista, y ratificada recientemente por un fallo de la
Corte Suprema. Que funcionará como una pistola puesta en la sien de Argentina, y podría
llegar a ser catastrófica. Al facultarse a REPSOL a liquidar los títulos públicos recibidos a
cualquier precio, ante un evento de incumplimiento por parte de Argentina. Quedando no
obstante un saldo de deuda que será inmediatamente ejecutado por parte de REPSOL,
haciendo honor al dicho que él paga mal, paga dos veces.
O sea que estamos ante el peor de los arreglos, dado que Argentina se compromete a
pagar lo que quiere REPSOL o su valorización bursátil, a plazos, pero con altísimos intereses,
mediante la emisión de títulos de la deuda. Pero sin que signifique esto la cancelación de la
deuda, dado que ellos no van en pago de lo adeudado, sino solo son medios de pago que
REPSOL podrá reventar ante el menor incumplimiento por parte de Argentina, con grave
daño para esta. Cargando a la par Argentina la mochila de los daños ambientales dejados
por REPSOL, que supuestamente se iban a deducir de los importes a pagarle, liberándola
además enteramente de cualquier otra responsabilidad por sus inconductas del pasado.
Cláusulas leoninas a las que según algunas fuentes, se han agregado otras oprobiosas
capitulaciones paralelas, como es la convalidación que debería efectuar la AFSCA de la
situación de TELEFE y sus vinculadas, propiedad de Telefónica de España. Uno de cuyos
accionistas es La Caixa, accionista principal de REPSOL. O sea que REPSOL se irá, llevándose
puesto lo que pretendía, y dejando impunemente tierra arrasada como hacen los
conquistadores. Pero dejando en la retaguardia un gigante comunicacional que le cuide sus
espaldas.
Para disimular esta enorme defección, que se suma a otras tantas cometidas por la
dirigencia argentina en los últimos treinta años de democracia, el ministro Kicillof proclamo
la no peronista fórmula de “ni vencederos ni vencidos”. Que en un kirchnerismo
acostumbrado a hacer de cualquier cosa un triunfal relato épico, suena lo mismo que una
rendición incondicional, disimulada con la declamación un supuesto empate.
Por su parte el grupo español encabezado por Antonio Brufau, se cuidó muy bien por ahora
de proclamarse vencedor, no sea que ello obstaculice la aprobación del convenio por parte
del Congreso. Convalidación que exigió expresamente en búsqueda de la seguridad jurídica
a las que aspiran modernamente los conquistadores. Que se llevan la parte del león
mediante un trato absolutamente desventajoso para la contraparte, y procuran que nadie
quiera o pueda revisarlo en un futuro.
La que no le será difícil de obtener por parte de una elite argentina política, económica, y
comunicacional, que parece haber perdido la dignidad por completo. Y por ello está a
punto de repetir una defección similar a las ocurridas en el nefasto año 2001, previas a la
catástrofe de ese año, con los superpoderes otorgados al “salvador de la patria” Domingo
Cavallo, la ley de déficit cero, la ley de intangibilidad de los depósitos, etc.
Sin contar otros enormes renuncios anteriores, como la ley de emergencia económica con
4. la que se desguazó salvajemente al estado. La ley de convertibilidad que atrapó la economía
Argentina durante una década, solo para que funcionara como seguro de cambio de los
inversores extranjeros. Y la privatización de los fondos jubilatorios, YPF, Gas del Estado,
Agua y Energía, y la megaminería, etc.
Dirigencia que parece también estar imposibilitada de leer el sentido y las entrelineas
financieras, legales, y estratégicas, insertas en los compromisos que asume en nombre del
país. Y que en todo caso justifica sus reiteradas defecciones al respecto, por razones de
necesidad y urgencia ante la coyuntura, que ellos mismos provocan o permiten que
sucedan. Rifando así el futuro, para tratar de solucionar el día a día, con un “decisionismo”
improvisado, y carente de Norte y de reflexión estratégica. Porque ante la urgencia de salir
del atolladero, da lo mismo ir hacia el norte, el sur, el este, o el oeste.
El futuro que está hoy en juego
Esto se hace notable en la actual situación, dado que en realidad el convenio con REPSOL es
solo un abre puertas, para poner en explotación las enormes riquezas hidrocarburíferas no
convencionales de Vaca Muerta; que REPSOL había trabado mediante múltiples demandas
contra las firmas interesadas en ello. Acorde en un todo a las condiciones fijadas por las
multinacionales petroleras, a los efectos de llevarse la parte del león.
Cuya dimensión se puede apreciar diciendo que Vaca Muerta equivale a 40 veces el valor de
la superficie dedicada a la agricultura en Argentina, que es el motor actual de su economía.
Lo cual llevó a afirmar al notorio economista neoliberal Ricardo Arrriazu, ex director del FMI
y asesor de la presidencia del Banco Central durante la dictadura, que en base a ella
Argentina podría convertirse en Noruega o Nigeria.
En cuya explotación conforme los lineamientos actuales, la participación del estado será
mínima, no alcanzando ni al 20 %, dado que el resto irá sustancialmente en beneficio de los
grandes inversores extranjeros y las mega petroleras transnacionales. Ya sea a través de los
dividendos de las acciones de YPF, cuyo 49 % esta sustancialmente en manos de fondos de
inversión privados extranjeros. La participación otorgada por YPF a otras mega petroleras
en las áreas que detenta en Vaca Muerta. O a través de las restantes áreas que estas
detentan directamente, que alcanzan a dos tercios de Vaca Muerta.
Las mega petroleras internacionales encabezadas por el grupo Rockefeller, parecen haber
hecho así una jugada maestra, con la provocación de la pérdida del autoabastecimiento, y la
paralela estatización parcial de YPF. Para usar a esta como vehículo para lograr o facilitar
dos objetivos simultáneos. Uno es el reconocimiento de los precios internacionales del
crudo; y la triplicación del precio del gas natural, que pasó de u$s 2,5 a 7,5 el millón de BTU,
a los efectos de maximizar la renta petrolera a su favor.
La cual trasladada de esa manera íntegramente a la extracción de hidrocarburos (upstream)
reporta a su vez un notable perjuicio para YPF, que solo detenta el 30 % de las extracción, y
casi el 60 % de la refinación y comercialización de sus combustibles derivados.
Convirtiéndose así YPF en un vaso comunicante de parte de las exorbitantes ganancias de
las multinacionales petroleras, como si tratara solo del mascarón de proa de ellas. La que
además operará como su proa acorazada, enarbolando la bandera nacional, disfrazada de
nacionalismo petrolero, a los efectos de que lleve adelante como pionera, enarbolando la
5. bandera argentina, la batalla para difundir a lo largo y ancho del país la técnica del fracking.
La cual ha suscitado en todo el mundo enormes reparos, y una vehemente oposición por
parte de las organizaciones ambientalistas. Razón por la que esa batalla decisiva para la
puesta en explotación de Vaca Muerta, seguramente tendría un resultado distinto, si la
dieran por su cuenta Chevron, EXXON, o EOG. Cargando además YPF directamente con el
riesgo ambiental que ella pudiera deparar, como operadora de los yacimientos que ha
compartido con Chevron, Dow, Petronas, etc.
Esa jugada maestra se completó con el copamiento de YPF concretado por Schlumberger,
mediante la designación de su ex alto ejecutivo, Miguel Galluccio, como presidente de YPF.
Acompañado de otros ex Schhlumberger, que pasaron a ocupar altos puestos directivos en
ella. La que a su vez, como firma líder en la técnica del fracking, se ha constituido en la
principal contratista de YPF. En la que quedarán retenidas buena parte de lo que deberían
ser ganancias operativas de YPF en Vaca Muerta.
Esta trama a su vez se ve completada, con la maraña de sociedades satélites que está
creando YPF en Estados Unidos y Argentina, al compás de los acuerdos secretos de
participación en Vaca Muerta que va firmando con las trasnacionales petroleras. Que hacen
recordar a las SPE (“sociedades de propósito especial”) de la Enron, ex empresa de energía
que tras su quiebra, pasó a ser sinónimo de fraude planificado. Participando una de las
“hijas” de Ennron, EOG, en la explotación de Vaca Muerta.
En el año 2012 tras la estatización parcial de YPF, se esbozó una razonable política
petrolera, que debió haberse concretado poniendo un precio tope al crudo interno, ante el
sustancial aumento que registró internacionalmente. Usando a la par a YPF como
instrumento para explotar los yacimientos operados por las compañías privadas que no
aceptaran esa tesitura, en forma parecida a lo que hizo Petrobras en Brasil. Contando con
una administración petrolera honesta y briosa a lo Mosconi, ello podía haber reportado la
recuperación del autoabastecimiento petrolero, mayores ingresos para los estados nacional
y provinciales, y precios módicos de la energía para la industria y los hogares argentinos.
No obstante esa política en ciernes, registró un giro de 180 grados a fines del 2012, tras el
fallo a favor de los fondos buitres emitido por el juez Griesa en Nueva York. Que impulso a
la jaqueada Presidenta Fernández de Kirchner, a concretar una espuria y subrepticia alianza
con las mega petroleras norteamericanas integrantes del grupo Rockefeller, y la TOTAL
francesa. A los efectos de tratar revertir ese fallo en los máximos estrados de la justicia
norteamericana, o encontrar una solución alternativa que satisficiera al “relato” del
gobierno. Uno de cuyos principales capítulos es supuestamente el buen arreglo de la deuda.
La existencia del mismo se puso de inmediato en evidencia, con el traslado integral por
parte del gobierno de la renta del petróleo a la extracción del mismo (upstream) a
contrapelo de la política antes esbozada. Y el extravío de la misión de YPF, que de
instrumento de la política petrolera nacional, pasó a ser instrumento de la política petrolera
de las mega petroleras norteamericanas y francesa. La contrapartida de ello fue el apoyo
brindado a Argentina por EEUU, Francia, y otras notables instituciones y personalidades de
las finanzas, como amicus curiae ante la Corte Suprema de EEUU.
El cual registró algunos altibajos a lo largo del 2013, por la demanda de EEUU de que
6. Argentina cumpliera con el pago de los fallos emitidos por los tribunales del CIADI y
UNCITRAL. Que igual que el arreglo con REPSOL, resultan ser de índole estratégica para las
multinacionales petroleras. Que por un lado sostienen desde siempre el principio de que
toda estatización debe ser compensada con creces, como regla principal del negocio. Y por
otro lado esperan que sus inversiones en Vaca Muerta se vean firmemente garantizadas por
los Tratados Bilaterales de Inversiones que fijaron esos tribunales. Siendo por ende esos
pagos arrancados recientemente al gobierno, una clara y definitiva señal de sumisión y
ratificación de ellos.
Requisitos que además deben indispensablemente ser completados, ya sea por el
kirchnerismo o a más tardar por la oposición que llegue en el 2015, con la sanción de una
ley mega petrolera. Que garantice a ellas el precio internacional de los hidrocarburos
extraídos, la disposición irrestricta de las divisas obtenidas, y una absoluta estabilidad
impositiva, como detentan actualmente las mega mineras.
La que lamentablemente nuestra degradada dirigencia, puesta entre la espada y la pared,
hundida en el fango de la corrupción, como precio a pagar por un efímero apoyo electoral,
o atrapada en el atolladero, parece estar silentemente dispuesta a sancionarla. Optando
nuevamente por las salidas dibujadas por los poderosos factores de poder internos o
externos, que muchas veces son los mismos que previamente contribuyen a crear la
dificultad, o erigir él atolladero. Los cuales pese las jactancias del kirchnerismo, han vuelto a
subordinar la política a la economía, como en los peores tiempos de Menem y Cavallo.
Repitiéndose así crónicamente en Argentina, como si fuera la ley de esta, la situación de
emergencia extrema de una embarcación, que para salvarse de un naufragio que podría
haberse evitado, opta por echar por la borda sus bienes más valiosos. Con tal que el
momentáneo capitán de la nave y sus oficiales a bordo puedan salvar su pellejo o prestigio,
mientras que el resto de la tripulación a bordo de la nave la sigue pasando de mal en peor.
Por esa razón casi unánimemente la actual dirigencia política dicen estar para “solucionarle
los problemas a la gente”. Como si estos problemas actuales no fueran provocados por la
falta de visión y dedicación a la gestión por parte de los gobernantes del pasado, que se
repite ahora nuevamente. Confundiendo así la cualidad esencial de un gobernante o
estadista que es la visión del futuro, y como llegar a ese destino. Con la gestión de
administradores de un consorcio, o directivos de una ONG, hundidos en el ahora mismo.
Siendo esta en el fondo la verdadera causa de los crónicos problemas que Argentina
enfrenta desde hace medio siglo.
Un claro ejemplo de ello, es la polémica desatada respecto el anteproyecto del nuevo
Código Penal. Que evidencia ser una intencionada cortina de humo, similar al conflicto por
la educación laica o libre, que se suscitó a la par que el ex presidente Arturo Frondizi
concretaba sus cuestionados contratos petroleros, con las mismas mega petroleras que hoy
están en Vaca Muerta. Siendo una discusión inútil, dada a la par que los grandes
acontecimientos y el futuro de Argentina discurren por otro lado. Y no habrá código penal
que valga, si Argentina se convierte en Nigeria. Y cualquier código resultaría aceptable, si
Argentina se convierte en Noruega.-
7. El ignominioso acuerdo con REPSOL
El acuerdo con REPSOL pasará a la historia como otra gran defección de Argentina, a la
altura de la perpetrada con el tratado Roca - Ruciman en la década infame del ’30.
Confeccionado a la medida y necesidades del Reino Unido, de la misma manera que este ha
sido confeccionado a la medida y necesidades de REPSOL. Siendo la única ventaja para
Argentina su pago a plazos, castigado con enormes intereses, que tuvo que convalidar
REPSOL ante la gravísima penuria de divisas que enfrenta Argentina. Tras haber dejado el
gobierno que en la última década se fugarán u$s 90 mil millones provenientes del saldo de
la balanza comercial.
Siendo esta penuria de divisas, junto la pérdida del autoabastecimiento petrolero
responsabilidad de las mismas mega petroleras, el verdadero motivo de este precipitado y
vergonzoso arreglo. En procura de reabrir el mercado de capitales, y el ingreso de capitales,
para tratar de capear de cualquier manera y a cualquier costo, el temporal auto provocado
por el mismo gobierno. Debilidad estratégica que aprovechó a fondo REPSOL, para incluir
cláusulas y condiciones leoninas, que han transformado una transacción por una
expropiación, en una capitulación y rendición incondicional.
Lo que ocultan las inconsistencias financieras del ministro Kicillof
En tal sentido resultó patética la exposición que hizo el ministro de Economía Axel Kicillof en
el Senado. En la cual durante una hora, como un profesor dirigiéndose a sus alumnos del
secundario, trató de explicar a canosos y supuestamente avezados senadores, que el capital
o el precio, nada tiene que ver con el interés. Y que por eso el “precio” pagado a REPSOL
era de solo u$s 5.000 millones y nada más.
Cualquier banquero, tiburón de la City, o empresario, sabe que lo que realmente importa no
es el precio, ni el capital, ni el interés, sino el flujo de fondos efectivo a lo largo del tiempo.
Más allá de los marbetes que se le pongan a esos ingresos o egresos. Siendo precisamente
esta confusión de capital e intereses la base de la usura moderna mediante la tasa de
interés flotante. Con la que en la práctica bajo el rubro de intereses, se ajusta el capital ante
el fenómeno de la inflación, confundiendo así en desmedro del deudor, el capital u
obligación principal, con el interés u obligación secundaria.
No obstante esa tesitura defendida con vehemencia por el profesor Kicillof, revela su propia
inconsistencia, al proponérsele entregar a REPSOL un total de títulos públicos (compuesto
por Boden 2015, Bonar X, Bonar 24, y Discount 33) por un monto de capital nominal de u$s
6.000 millones. Pero que en realidad representan a u$s 6.500 millones, ya que Discount 33
tiene a la fecha intereses capitalizados equivalentes a un 40 % del valor nominal del bono.
Lo que agrega otros u$s 500 millones a la cuenta capital (40 % sobre u$s 1.250 millones
valor nominal Discount 33).
Al respecto, la valuación bursátil promedio del 51 % de YPF durante el 1er Trimestre del
2012, o sea en los 90 días previos a la estatización de sus acciones (plazo igual al que se
toma ahora para la valorización de los bonos a entregar a REPSOL) era de u$s 6.419
millones. O sea una cifra semejante al capital de los títulos que se pretende entregar a
REPSOL. Y a su vez el valor libros neto contabilizado por REPSOL como resultado de esa
estatización, es de u$s 6.157 millones. Cifra bastante menor al “capital” de los títulos que
8. propone entregar el ministro.
Esta última suma bien puede satisfacerse, con una menor entrega de los bonos adicionales
previstos en el convenio, con el objeto de que su valor de mercado al momento de su
cierre, totalice los u$s 5.000 millones nominales de los que habla el ministro. Para el que se
han previsto precios de referencia ruinosos en el Apéndice II del Anexo IV del convenio, que
convalida rendimientos (TIR – Tasa Interna de Retorno) de entre el 14 y el 20 % anual.
Semejantes a los intereses que convalidó el ministro Cavallo con el megacanje del 2001,
previo a la declaración de default que se produjo ese año.
El flujo de fondos de los bonos en cuestión, ante el caso que se entregaran todos los bonos
“adicionales” previstos en el convenio, representarán pagos futuros por u$s 6.503 millones
de capital, y u$s 4.763 millones de intereses, totalizando así un importe de u$s 11.265
millones. Cifra equivalente a seis años de la Asignación Universal a la Niñez, con la que se
asiste a no menos de cinco millones de personas carenciadas. Con un desembolso de pagos
entre este año y el que viene, de u$s 1.282 millones, y un promedio de pagos anuales hasta
de año 2024, de u$s 825 millones. Que recién caen a un promedio de u$s 244 millones
desde el 2025 al 2033, como se puede ver en el gráfico adjunto.
Una inversión negativa incluso a largo plazo, cuando todos estemos muertos
Dichos pagos serán compensados parcialmente con la percepción de los dividendos de YPF,
que en el último año, acorde con el nivel de años anteriores, ascendieron a u$s 1.053
millones. De los que corresponderán al estado nacional o provinciales el 51 %, o sea u$s 538
millones anuales. Lo cual arroja que recién a partir de dentro de 22 años, en el 2034, ellos
comenzarán a percibir dividendos netos, tal como se puede visualizar en el gráfico anterior.
Con un flujo neto negativo de fondos promedio de u$s 287 millones anuales hasta el año
2024, a partir del cual comenzará a caer hasta llegar a cero en el 2034.
El valor presente negativo de ese flujo de fondos, neto de dividendos percibidos de YPF,
-4.000
-2.000
0
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
-400
-200
0
200
400
600
800
1.000
1.200
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
2031
2032
2033
montosacumulados
montosanuales
Flujo de pago títulos entregados a REPSOL
Pagos acumulados Acumulados netos de dividendos Intereses Capital
9. llega a un máximo negativo en el año 2024. En el que varía entre menos u$s 2.255, menos
u$s 1.774, y menos u$s1.308 millones. Según se considere una tasa de descuento del % 5
anual, del 8,81 % anual, obtenida por YPF en su última emisión de deuda internacional, o
del 14,2 % anual, que es el absurdo rendimiento global del total de títulos entregados a
REPSOL. Y en el año 2034, cuando comienza los flujos positivos, el valor presente continuará
siendo negativo, entre menos u$s 1.055, u$s 1.099, y u$s 988 millones para las mismas
tasas, respectivamente.
Como se puede ver en el grafico adjunto, con la tasa de descuento del 5 % anual, el valor
presente de ese flujo de fondos, recién se hace igual a cero dentro de 25 años, en el año
2039. Y recién alcanzará un valor positivo igual al pico negativo del año 2024, en el año
2062, o sea dentro de 48 años. Llegando a su vez un pico máximo positivo de u$s 3.000
millones 100 años después, en el 2162. Lo cual pone en evidencia la más que retardada
maduración de esa inversión y su total inconveniencia financiera, haciendo honor al dicho
de Keynes, que en el largo plazo todos estaremos muertos.
Con la tasa de descuento ypefiana del 8,81 %, el valor presente recién será igual a cero en el
año 2091, o sea dentro de 77 años. Y además como se puede ver en el graficó, el mismo a
partir de allí rondará indefinidamente en un valor cercano a cero. Lo cual evidencia a las
claras la rotunda inconveniencia de esa operación, en base a los parámetros financieros
reinantes. Lo cual se hace aun más notable, si para el cálculo se adopta la absurda tasa del
14,2 % anual concedida a REPSOL. Que arroja que el valor presente de la operación nunca
será positivo, y continuará indefinidamente siendo negativo en menos u$s 722 millones a
lo largo de centurias, revelando esto lo absurdo de la operación.
La ecuación económica virtuosa a favor de REPSOL, que obtuvo lo que pretendía
Como contracara de ese negro panorama para Argentina, REPSOL tiene un menú de
opciones virtuosas como para convencer a sus accionistas de lo espléndido de la operación.
Puede decirles que vendió el 51 % del Patrimonio Neto contable de YPF
correspondiente al balance del 1er Trimestre del 2012, previo a la estatización, que
importaba u$s 2.950 millones. A cambio de títulos que a partir de la intervención de
YPF en abril del 2012, tendrán hasta su cancelación un fabuloso rendimiento del 19 %
anual. Diez veces superior a la tasa de interés internacional, embolsando así a la
larga, casi cuatro veces más que el importe de ese Patrimonio Neto.
-3.000
-2.000
-1.000
0
1.000
2.000
3.000
4.000
2014
2020
2026
2032
2038
2044
2050
2056
2062
2068
2074
2080
2086
2092
2098
2104
2110
2116
2122
2128
2134
2140
2146
2152
2158
2164
2170
2176
2182
2188
2194
2200
2206
2212
ValosPresenteenmillonesu$s
Años
Evolución del Valor Presente compra de YPF
Tasa 5 % anual Tasa 8,87 % anual Tasa 14,2 % anual
10. O que vendió YPF al precio o capital de u$s 5.000 millones supuestamente
convenido, con el pago a cuenta con títulos que a partir de la intervención de YPF en
abril de 2012, tendrán un rendimiento del 10 % anual, si REPSOL optara por
conservar los títulos hasta la total cancelación de ellos, que cuadruplica las actuales
tasas de interés internacionales.
O que vendió YPF por u$s 6.157 millones, al valor de su registración contable en los
balances de REPSOL. Obteniendo a cambio un pago a cuenta en títulos públicos que
tendrán un rendimiento de 7,2 % anual, si los conserva hasta su cancelación total,
que triplica la tasa de interés internacional.
O que vendió YPF por u$s 6.419 millones, conforme el promedio de su valorización
bursátil durante el 1er Trimestre del 2012, en los 90 días previos a su estatización.
Obteniendo a cambio un pago a cuenta en títulos públicos que tendrán un
rendimiento del 6,5 % anual, si los conserva hasta su cancelación total, que duplica
largamente la tasa de interés internacional,.
O que vendió el 51 % de las acciones de YPF al valor bursátil promedio que tuvo a
todo lo largo del año 2011, u$s 8.425 millones. Obteniendo a cambio un pago a
cuenta en títulos públicos que tendrán un rendimiento del 3,2 % anual, si conserva
los bonos hasta su cancelación total, que supera la tasa de interés internacional que
reconoce los tribunales del CIADI y UNCITRAL.
Si REPSOL optara por mantener los títulos solo por un tiempo, como prometió
públicamente su presidente Antonio Brufau, podría jactarse de que si liquida enteramente
los títulos en el 2017, suponiendo un precio de u$s 5.000 millones, habrá tenido desde el
momento de la intervención de YPF y desplazamiento de REPSOL, un rendimiento del 6,60
% anual, que duplica largamente las tasas internacionales. O que vendió YPF al valor
contable de u$s 6.157 que tenía en los balances de REPSOL, obteniendo además un interés
del 2,2 % anual, acorde con la tasa internacional.
O que vendió el 51 % de las acciones de YPF al valor bursátil promedio que tenían en el
trimestre previo a la intervención, u$s 6.419 millones, más un módico interés del 1,4 %
anual. Rendimientos que podría mejorar sensiblemente, si liquida los títulos recién en el
año 2019, pasando en el primer caso el rendimiento a un 8,1 % anual, triplicando la tasa
internacional. En el segundo caso al 4,1 % anual, duplicándola. Y en el tercer caso
elevándola al 3,4 % anual, superándola largamente.
Como se ve y como suelen decir los personajes que se creen poderosos, “todas las opciones
están sobre la mesa” para que Brufau se jacte respecto el acuerdo que tras largo bregar,
logró arrancarle al gobierno por la estatización parcial de YPF. Como broche de oro, después
de haberla vaciado aviesamente, para usarla como trampolín de los negocios de REPSOL en
el mundo. Que así pasó de canillita petrolero, a ser un campeón del oil, codeándose con lo
más granado de las mega petroleras mundiales, contando como cómplices la corrupción y el
panfilismo de la dirigencia argentina.
La tasación amañada para justificar el precio demandado por REPSOL
La ley de estatización parcial de YPF preveía conforme la ley de expropiaciones, una
tasación para fijar el verdadero valor de YPF. Al respecto, junto al proyecto de ley de
11. aprobación del convenio, el Ejecutivo incorporó un escueto informe del Tribunal de
Tasaciones de la Nación (TTN) emitido por una sala Ad-Hoc. Creada en mayo de 2013, un
año después de la ley de estatización de YPF, e integrada por los ingenieros Daniel Eduardo
Martín, Angel Mauro Martín, el Lic. Claudio Antonio Michalina, y el ingeniero Alejandro Juan
Piffaretti, quien además es directivo de la Cámara Argentina de la Construcción (señalada
reiteradas veces como antro donde se arreglan las licitaciones públicas). Todos ellos
reconfirmados en sus puestos con posterioridad a la sanción de la ley de estatización de
YPF.
El caso es que dicho Tribunal funciona en base al DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia)
1.487/01, con el cual en noviembre del 2001, en pleno estallido de la crisis de ese año, se
modificó la ley orgánica del Tribunal de Tasaciones (ley 21.626 del año 1977). El mismo lleva
las infaustas firmas de De la Rua, Chrystian G. Colombo y Carlos M. Bastos, ad látere de
Domigo Cavallo y representante de Enron en Argentina, que luego fue procesado
penalmente por malversación de fondos.
La modificación de la ley mediante ese autoritario decreto, fue efectuada con el supuesto
objeto de que el Tribunal ganara eficiencia y “competitividad”. Comenzando por reducir el
sustancialmente el número de integrantes del tribunal, a los efectos de reducir su
estructura superior en un 60%. Y a su vez replantear el esquema estructural, para reducir
“la cantidad de instancias operativas actualmente vigentes, más una reducción del
presupuesto total del organismo”. Acordándole también facultades para actuar como
“mediador o participar como árbitro, a los fines de solucionar conflictos suscitados sobre
bienes muebles e inmuebles”. Dotando así de un carácter elástico a tasaciones que deberían
ser rigurosas.
En él se preveía además un asesoramiento especializado, con miembros transitorios a
propuesta de la Cámara Argentina de la Construcción y el Instituto Argentino de Tasaciones.
En ese mismo DNU se designó a ambos Martín y a Cattaneo como integrantes permanentes
del Tribunal, que a la fecha permanecen en sus cargos, al que luego se le agrego Piffaretti. Y
así ahora, como continuidad de la denostada década de los `90, el Tribunal emitió su
informe respecto YPF, expresando ambiguamente que considera que el valor acordado “es
justo y razonable a todos los efectos del avenimiento y solución amigable previstos en el
Convenio y resulta consistente con los principios y bases de valoración aplicados por este
Tribunal.”
No obstante la supuesta tasación no figura en la página web del TTN. Y al respecto el
abogado Alejandro Olmos Gaona, hijo del recordado Alejandro Olmos, quién tuvo acceso a
la tasación, apunta su perplejidad porque en “apenas 20 carillas se haya podido efectuar la
valuación de una empresa de la magnitud de YPF, estableciéndose valores, que no se
establece de donde surgen”. Cuestionando que en él “se insiste reiteradamente en que “se
han tasado”: inmuebles, Plantas, Plataformas Offshore, equipos varios, Aeroplantas,
Estaciones de Servicio, Planta de Lubricantes, 29.971 pozos en las áreas de producción, en su
mayoría de YPF, muebles, bienes informáticos y de comunicaciones, rodados, un avión, y
otros, pero en modo alguno se hace mención a elementos fundamentales, que resultan
básicos en una tasación de semejante magnitud.”
12. Agrega que solo se tuvieron en cuenta los pasivos ambientales previsionados por REPSOL,
pero no las demandas ambientales contra ella. Que no se tuvo en cuenta la existencia de
ningún pasivo oculto, pese que existirían informes al respecto. Y que “según el detalle de lo
consignado en el anexo 1, se tasaron 126.646 bienes, entre los que se cuentan 289 terrenos
y 200 propiedades existentes en todo el territorio nacional, más la totalidad de la
infraestructura de la empresa expropiada. A esto se suma la supuesta tasación efectuada
sobre 10 empresas controladas, algunas de ellas en Estados Unidos, Brasil, Bolivia y España;
3 empresas asociadas, 8 empresas con participación accionaria”.
Expresa asimismo que “llama poderosamente la atención que se incluya como fecha de
tasación el día 16 de abril de 2012, cuando la ley de expropiación del 51% de las acciones,
fue sancionada el 4 de mayo del referido año, por lo cual resulta imposible que se efectuara
una tasación de bienes, cuando no se había aprobado la expropiación accionaria. Y decimos
esto, porque en la nota que acompaña la tasación, que tiene fecha 17 de febrero de 2014, se
hace referencia al pedido de tasación efectuado por la Secretaría de Política Económica de
fecha 18 de septiembre de 2012”. A lo que cabe agregar que el Tribunal Ad-Hoc recién se
constituyó el 14 de mayo de 2013, por Resolución TTN Nº 9.
En consecuencia concluye que “conociendo el funcionamiento del Tribunal de Tasaciones de
la Nación y el personal con el que cuenta, resulta imposible, que en poco más de un año se
hayan tasado 126.646 bienes, especialmente porque los mismos no están concentrados en
un lugar físico sino diseminados en todo el país, sino que además, hay un conjunto
empresario existente en otros países, que supuestamente fue tasado en tan corto tiempo, lo
que resulta sencillamente inverosímil… Todas las graves irregularidades señaladas nos
hacen suponer que se trata de una tasación amañada, con el único propósito de arreglar
con Repsol, beneficiándola indebidamente, con tal de llegar a cualquier tipo de acuerdo y
terminar con las acciones litigiosas que podrían plantearse”.
El bill o estatuto de indemnidad absoluta a favor de REPSOL y sus dirigentes
La cuestión está lejos de acabar allí, dado que a esta compra de las acciones de YPF a
REPSOL a su valor libros o a su valor bursátil, en largas cuotas pero con altísimos intereses,
se le suma la obligación absurdamente asumida por Argentina, de hacerse cargo de los
pasivos ambientales y de otro tipo, y de las demandas judiciales emprendidas o
emprenderse contra REPSOL o sus directivos. Como si el comprador de unas acciones,
también debiera hacerse cargo de las responsabilidades e inconductas personales directas,
incurridas por parte los anteriores propietarios de ellas.
La indemnidad absoluta a favor de REPSOL está expresamente prevista y minuciosamente
precisada, como para que no quede ninguna duda de ello, en la Cláusula Sexta
“Desestimientos e indemnidades”. Como inusitada contrapartida de los desestimientos de
las múltiples demandas con que REPSOL y sus directivos jaquearon al gobierno y a YPF, por
la expropiación de las acciones de esta. Por lo que en términos prácticos, podría titularse
“Capitulación y rendición incondicional”. Por la cual al formalizarse el convenio, REPSOL
quedará sobreseída de toda culpa y cargo existente o futuro, dejando a salvo e indemne su
buen nombre y honor. Y que en todo caso Argentina, como un Jesucristo moderno, se hará
cargo de sus culpas y expiará sus pecados. Dado que:
13. “(i) Ha quedado obligada a desistir del derecho y de todas las acciones y reclamos extrajudiciales,
judiciales y/o arbitrales, presentes o futuros, contra REPSOL y/o sus PERSONAS VINCULADAS, tanto en el
territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA como en el extranjero o en el ámbito internacional, con
fundamento en el derecho nacional o internacional, originados en, o vinculados con, la actuación de
REPSOL y/o sus PERSONAS VINCULADAS como accionistas (controlantes o no), directores, síndicos y/o
empleados de YPF y/o YPF GAS y/o sus respectivas CONTROLADAS mientras REPSOL ejerció el control de
YPF e YPF GAS, y también desde que se hizo efectiva la intervención dispuesta por los Decretos Nº
530/2012 y 557/2012 hasta la FECHA DE CIERRE, así como con la gestión de dichas sociedades durante
los indicados períodos; en todos los casos con excepción de las MATERIAS EXCLUIDAS.
“(ii) Ha renunciado asimismo a promover cualquier reclamo extrajudicial, administrativo, judicial y/o
arbitral en el futuro en cualquier fuero o jurisdicción, nacional, extranjera o internacional contra REPSOL
y/o sus PERSONAS VINCULADAS, fundado en, o vinculado con, las cuestiones mencionadas en el Punto (i)
precedente;
“(iii) Deberá mantener indemne a REPSOLy a sus PERSONAS VINCULADAS, de las obligaciones que
pudieren derivarse de las acciones enumeradas en el ANEXO VII y de cualquier otra pretensión o
actuación de terceros, de cualquier naturaleza, relacionada con: (a) la implementación y/o el
cumplimiento por parte de YPF y/o de la REPÚBLICA ARGENTINA del Programa de Propiedad Participada
previsto en la Ley 23.696 y (b) cualquier deuda originada en causa, título o compensación existentes al 31
de diciembre de 1990 y/o cualquier deuda eventual o contingencia generada por hechos, actos u
operaciones de YPF y/o YPF GAS y/o sus respectivas CONTROLADAS cuyo inicio sea anterior al 1 de enero
de 1991;
“(iv) Ha quedado obligada a votar en las asambleas de YPF y de YPF GAS en el sentido de rechazar la
promoción de nuevas acciones o reclamos contra REPSOL y/o contra sus PERSONAS VINCULADAS
fundados en CAUSA ANTERIOR a la FECHA DE CIERRE y de desistir de las acciones y reclamos ya
promovidos y del derecho invocado en ellos, salvo que se tratare de reclamos que sean considerados
MATERIAS EXCLUIDAS.
Las “materias excluidas” de esa indemnidad, se refieren exclusivamente a las litigios
referidos a la actuación de YPF y/o REPSOL en el exterior. Y a su vez como para que quede
claro el extensísimo alcance de esas inusitadas indemnidades, y las absurdas asimetrías
existentes en ellas, en el Anexo V “Causas iniciadas por REPSOL sujetas a desistimiento” se
detallan estas. Referidas exclusivamente a las causas judiciales interpuestas por REPSOL tras
la expropiación. En las cuales Argentina se compromete a aceptar costas por su orden,
haciéndose cargo de los honorarios de sus abogados y gastos (Clásula XIII, 2, ii).
En cambio en el Anexo VII “Juicios de terceros pendientes contra REPSOL comprendidos en la
indemnidad” y en el Anexo IX “Medidas cautelares existentes”, se detallan causas que nada
tienen que ver con la expropiación. Al estar referidas a la participación accionaria de los ex
trabajadores de YPF, a juicios ejecutivos contra REPSOL, y las mega demandas ambientales
contra esta y otras compañías petroleras interpuesta por ASSUPA (Asociación de
Superficiarios de la Patagónica).
Aclarándose expresamente, “si en este proceso llegara a determinarse alguna
responsabilidad de REPSOL y/o de sus PERSONAS VINCULADAS que esté cubierta por la
indemnidad prevista, será de aplicación dicha indemnidad. A su vez en el Anexo VIII “Reglas
sobre indemnidades que protegen frente a reclamos o medidas disruptivas”, con
puntillosidad abogadil se enumeran las reglas por las cuales REPSOL se pone a salvo de todo
reclamo, acción, o demanda originada en Argentina, garantizando su absoluta impunidad al
respecto.
Seguidamente como para disimular esa desmesura, y aparentar que la división de los
poderes funciona en Argentina, en la Cláusula Sexta se deja constancia que las
14. estipulaciones de esta cláusula “no obstarán el ejercicio, en su caso, por parte del Ministerio
Público Fiscal y del Poder Judicial, de sus respectivas competencias en materia penal.” La
que resulta ser una cláusula meramente declarativa, ya que mal podrían prosperar ellas, si
no existió daño o este fue reparado, como dan a entender las indemnidades otorgadas.
Además para reasegurar a estas, en el Anexo XIV “Definiciones”, bajo los vocablos “Medidas
disruptivas” se estipula directamente la “reestructuración” del contrato, ante el caso de que
alguna autoridad argentina intente cualquier acción o embargo contra REPSOL, que
recaigan sobre los títulos públicos argentinos en su poder, o en el remanente de acciones
que detenta de YPF.
“Medidas disruptivas” significa, conjunta o indistintamente: “(1) embargos y cualquier otra medida que
impida o limite a REPSOL el cobro de la COMPENSACIÓN y/o de los TÍTULOS PÚBLICOS en las condiciones
de emisión o su libre disponibilidad, dispuestos por, o a requerimiento de, autoridades judiciales o
administrativas de la REPÚBLICA ARGENTINA con motivo de reclamos o actuaciones que tengan por
causa la actuación de REPSOL en la REPÚBLICA ARGENTINA como accionista de YPF y/o YPF GAS, y/o la
gestión de dichas sociedades mientras REPSOL fue accionista controlante y/o que se refieran a reclamos
alcanzados por las indemnidades o renuncias otorgadas en el ACUERDO; y/o”
“(2) medidas dispuestas por tribunales o autoridades de cualquier país a pedido de terceros que
reclamen acreencias contra la REPÚBLICA ARGENTINA que impidan o limiten a REPSOL el cobro de la
COMPENSACIÓN y/o de los TÍTULOS PÚBLICOS en las condiciones de emisión o su libre disponibilidad; y/o”
“(3) cualquier otra orden, resolución, sentencia o medida cautelar (en todos los casos, de carácter interino
o definitivo) distintas de embargos, dispuesta por o a requerimiento de, autoridades judiciales o
administrativas de la REPÚBLICA ARGENTINA, que tenga por efecto impedir o limitar el cumplimiento del
ACUERDO por parte de la REPÚBLICA ARGENTINA y/o el pago de la COMPENSACIÓN y/o de la
COMPENSACIÓN ACELERADA y/o de los TÍTULOS PÚBLICOS en las condiciones de su emisión.”
“Se excluyen las órdenes, resoluciones, sentencias, embargos y demás medidas cautelares dispuestas por
tribunales extranjeros o internacionales que se ejecuten en la REPUBLICA ARGENTINA a través de
tribunales argentinos y no se refieran a reclamos alcanzados por las indemnidades o renuncias
contempladas en el ACUERDO. Con anterioridad al CIERRE el término “MEDIDAS DISRUPTIVAS” incluirá
también cualquiera de las medidas enumeradas en los ítems (1), (2) y (3) de esta definición que restrinja,
limite o grave de cualquier manera la propiedad y/o la disposición de las ACCIONES y de las
PARTICIPACIONES REMANENTES y/o de los derechos emanados de las mismas.”
La pistola puesta en la sien de Argentina
Esa definición de “medidas disruptivas” viene acompañada con la cláusula específica XVI
“Medidas disruptivas”. Donde se establece un plazo de 90 días para que Argentina las
remueva o anule. Y en caso contrario le da derecho a exigir la “compensación acelerada”
prevista en la Cláusula XIV “Reestructuración”. Que consiste en la inmediata liquidación de
los títulos públicos en el mercado, cualesquiera sea sus precios, dado su supuesto carácter
de garantía. Y la obligación subsistente por parte de Argentina, de pagar de inmediato el
saldo remanente, si ello resultara insuficiente para alcanzar el precio nominal establecido
de u$s 5.000 millones, más los intereses a partir de esa fecha con una tasa efectiva del 11 %
anual.
La que en caso de no pago, dará lugar a la concreción de un arbitraje según el Reglamento
de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
(“CNUDMI” o “UNCITRAL”). Que tendrá sede en Paris, y contará con la intervención de dos
árbitros elegidos de común acuerdo, que a su vez designaran un tercer árbitro. O en su
defecto, este será designado por el secretario general de la Corte Permanente de Arbitraje
15. de La Haya. O sea que todo el procedimiento se realizara en la Unión Europea, a la que
pertenece España, acorde con lo establecido en la cláusula XIX “Ley aplicable –
Jurisdicción”.
Para asegurar esta disposición, en la cláusula VIII “Declaraciones y garantías”, se establece
expresamente que el acuerdo goza de la protección del Tratado Bilateral de Inversiones
Argentina – España. Y que dado el carácter de indemnización, los derechos de REPSOL
constituyen una “inversión” en los términos de ese tratado, pese que en realidad se trata de
una desinversión neta. Y agrega que dado su carácter de indemnización expropiatoria, los
derechos de REPSOL emergentes de la “compensación”, están igualmente protegidos por la
Constitución Nacional, no podrán ser objeto de “reestructuración”, y deberán ser
satisfechos en los términos, plazos y condiciones pactados. Y que además en el pago de los
títulos públicos o cualquier pago que resulte exigible, Argentina no podrá oponer a REPSOL
ninguna compensación “de fuente legal o convencional, por ningún crédito, actual o futuro,
que pudiera invocar contra REPSOL”.
Estas disposiciones en torno de la “reestructuración” del contrato, vulneran flagrantemente
la potestad soberana invocada por Argentina desde el 2003 en adelante, de reestructurar su
deuda pública. La que fue ratificada recientemente por un fallo de la Corte Suprema de
Justicia (Claren Corporation c/ E.N 517/518 CPCC exequátur s/varios") donde no se acepta
que ello pueda ser eludido mediante la intervención de un tribunal extranjero, como el que
se prevé con el arbitraje en cuestión.
De tal manera si Argentina por caso dispusiera una reestructuración de deuda en el futuro,
y pretendiera seguir pagándole a REPSOL, vulneraría la igualdad o pari passu entre los
acreedores. Que es la cuestión crítica que hoy se está discutiendo con los fondos buitres en
la Corte Suprema de EEUU, tras dos fallos adversos de la justicia de Nueva York. Y si
suspendiera los pagos a REPSOL, y esta liquidara de inmediato los títulos, en un mercado
alterado por la caída de sus cotizaciones provocada por la suspensión de pagos, ello
reportaría un gravísimo perjuicio para Argentina.
Tendría que pagar dos veces la misma deuda, si el precio de los títulos liquidados se
precipitaran a la mitad de su monto nominal. Y varias veces una misma deuda, si ellos
cayeran por debajo de la mitad de su monto nominal, como sucedió en el 2002. Operando
estas cláusulas leoninas, como una virtual renuncia por parte de Argentina a su facultad de
reestructurar las deudas, por las complicaciones que ello le depararía en todo sentido. Y
como un oprobioso revolver puesto en la sien de ella, para obligarla a cumplir
religiosamente la ignominiosa capitulación arribada con REPSOL.
Esta cláusula intencionalmente dañina, se ve refrendada por la estipulación que figura en
Anexo XIII “Procedimiento para el ejercicio del derecho de acompañamiento”, en la que solo
se habilita a Argentina a “acompañar” las enajenaciones de títulos públicos que efectué
REPSOL. Comprando en cada ocasión de ellas, una cantidad similar de la misma especie, si
es que queda un remanente de los títulos enajenados. Y solo le permite ejercer una opción
preferente de compra de las enajenaciones de títulos que intente REPSOL, cuando las
enajenaciones superen los u$s 4.800 millones. O sea cuando el convenio se haya cumplido
en un 96 %, conforme lo previsto en la cláusula V “Límite de la compensación”. Recién en
16. ese momento REPSOL aflojará las manos con las que ciñe el cuello de Argentina.
La grave falsedad en el discurso presidencial y en el proyecto de ley
Wiston Churchill decía que quien no conoce la historia de su país, no puede gobernarlo. Que
se podría decir del gobernante que desconoce la parte la historia que lo tuvo como
protagonista, y amolda esos hechos a su “relato”. Poniendo así en evidencia el espíritu de
engaño que sobrevuela a lo largo del convenio con REPSOL. Al respecto, la Presidenta en su
discurso ante el Congreso, dio una curiosa e insincera versión respecto la privatización y
desnacionalización de YPF, que se concretó mediante una ley en el año 1992.
Negó que inicialmente haya sido una desnacionalización, expresando que la privatización
tuvo por objeto regularizar una regalías petroleras mal liquidadas a las provincias. Que así
habrían optado por matar a la gallina de los huevos de oro, para satisfacer un hambre
momentánea. Y encomió los réditos que habrían tenido las provincias petroleras con el
cobro de las regalías, y de dividendos como socias de YPF. Dando a entender que la
desnacionalización habría ocurrido mucho después, con la aparición de REPSOL. Afirmación
que fue ratificada en los fundamentos del proyecto de ley enviado al Congreso, donde se
expresa “el ciclo que clausuramos definitivamente se inició en 1999, con la
desnacionalización de la compañía hoy recuperada”.
Pero lamentablemente la verdad de los hechos a la luz de la documentación pública, resulta
totalmente distinta. Ya que la desnacionalización, la preveía expresamente el texto de la ley
del año 1992, por imperativo del Consenso de Washington, el FMI, el Banco Mundial, y el
Plan Brady. Y se lanzó decididamente a partir de ese año. Pero ante la enorme resistencia
que existía por parte de los legisladores para aprobarla, Menem y Cavallo sobornaron a las
provincias petroleras con el cuento de darles una participación accionaria de hasta un 39 %,
que podían adquirir con el reconocimiento de las regalías mal liquidadas. Quedándose a su
vez el Estado nacional con una participación del 51 %.
Pero con la obligación por parte de las provincias, de vender las acciones a la medida que lo
hiciera el Estado Nacional, que estaba autorizado a vender su parte hasta retener un
mínimo de un 20 % de ellas. Lo que representaba que se iban a vender un mínimo de un 53
% de ellas. Y un máximo, al no tener obligación alguna las provincias de retenerlas, que
podía llegar hasta un 80 %, con lo que la desnacionalización estaba asegurada. A su vez ese
límite luego fue derogado por el menencavallismo al que pertenecían los Kirchners, para
permitir la compra hostil del 100 % de las acciones por parte de REPSOL.
O sea que la participación de las provincias tan encomiada por la presidenta, fue un
engañifa, para que ellas convalidaran la privatización y desnacionalización de YPF. También
fue una engañifa el PPP (Programa de Propiedad Participada) que destinaba el 10 % de las
acciones a los trabajadores de YPF, igual que sucedió con otros tantos entes privatizados.
Ideada para sobornar a los sindicalistas, para que apoyaran las privatizaciones y
desnacionalizaciones, dándoles el diezmo, ante la reticencia de acompañar esa absurda rifa
de los bienes colectivos de los argentinos.
Incluso en el caso de YPF, ese PPP no se hizo efectivo a los dos tercios de trabajadores, que
quedaron cesantes tras la privatización. Sus acciones las dispuso REPSOL a su antojo, y por
eso hasta la fecha continúan las demandas contra YPF REPSOL. De las que el estado,
17. conforme el convenio arribado con REPSOL, deberá hacerse cargo. Y otro engañifa fue la
posibilidad de que los jubilados que detentaban fallos previsionales a su favor, o bocones
previsionales provenientes del pago de demandas judiciales, los pudieran cambiar por
acciones de YPF. Derecho que también se hizo extensivo a los banqueros tenedores de esos
bocones previsionales.
La participación decisiva de Kirchner en la desnacionalización de YPF
“Untando” voluntades de gobernadores, trabajadores, y jubilados, Menem y Cavallo
lograron sacar adelante las privatizaciones y desnacionalizaciones requeridas por el FMI, el
Banco Mundial, y el Plan Brady. Que también alcanzó nada menos que a YPF, nuestra
petrolera de bandera, la que gracias a Mosconi había sido la empresa señera en la
explotación estatal del petróleo, que seguidamente se difundió en toda la región, y por todo
el mundo. Por ello esta privatización y desnacionalización fue doblemente oprobiosa,
porque también significó arriar y entregar una doctrina genuinamente argentina.
Y ella tuvo como cómplice principal en esa faena, a Néstor Kirchner, flamante gobernador
de Santa Cruz y presidente de la OFEPHI (Organización Federal de Estados Productores de
Hidrocarburos). Con quien Carlos Menen, Domingo Cavallo, y José Luis Manzano arribaron a
un convenio público en agosto de 1991. En base al quid pro quo de sacar adelante la ley de
privatización y desnacionalización de YPF; a cambio del reconocimiento a Santa Cruz de las
supuestas regalías mal liquidadas. Para cuya firma los tres primeros viajaron expresamente
a Rio Gallegos, revelando esto la importancia decisiva que tenía ese acuerdo para ellos.
En base ese antecedente, el 22 de septiembre de 1992, los gobernadores de la OFEPHI
encabezados por Kirchner, se reunieron con Manzano en el Ministerio del Interior, para
apoyar decididamente la privatización y desnacionalización de YPF. Y acto seguido,
flanqueado por Menem y Manzano, Kirchner ofreció una conferencia de prensa en la
misma Casa Rosada. Donde desafió a la oposición y a los detractores del proyecto de ley, a
que dieran quórum en el Congreso, y no se escondieran tras los cortinados. Al día siguiente
adornada con una imagen de Kirchner, Clarín publicó la noticia, “Provincias petroleras
hacen lobby por la aprobación”.
Trascartón la ley fue sancionada por el Congreso, siendo el miembro informante a favor
18. de ella el entonces diputado por Neuquén Oscar Parrilli, actualmente secretario General
de la Presidencia. Quien sostuvo “no pedimos perdón por lo que estamos haciendo...
Esta ley servirá para darle oxígeno a nuestro gobierno y será un apoyo explícito a nuestro
compañero Presidente”.
No obstante el presidente Kirchner en febrero del 2007, como si se tratara de otra
persona, dijo en uno de sus discursos “sabemos el genocidio que pasó con nuestra industria
petrolera, la increíble privatización... Si YPF hubiera quedado en manos nuestras estaríamos
recaudando... entre 20 y 25 y hasta 30.000 millones de dólares por año”. Soto vocee Parrilli
reconoce ahora que se trató de un grave error estratégico, impulsado por el penoso estado
financiero con que Kirchner había recibido la provincia de Santa Cruz, de manos del anterior
gobernador Arturo Puricelli. Quién sin embargo luego se desempeño como ministro de
Defensa y de Seguridad durante la presidencia de Fernández de Kirchner.
Lo cual revela el “decisionismo” aventurado e irreflexivo que parece ser patrimonio de la
elite dirigencial argentina, en especial del kirchnerismo. Que no trepidan en tirar al niño
junto con el agua sucia de la bañera, para salir de un momentáneo atolladero. Como ahora
pretenden hacer con la fabulosa riqueza de Vaca Muerta, para solucionar una momentánea
penuria de divisas. Provocada por la ruinosa desadministración que el kirchnerismo hizo de
ellas, en momentos que por su abundancia “llovía café en el campo”.
El negocio de vender un 0 Km y comprarlo usado 20 años después al mismo valor
De esa manera en el año 1993, con una tasación de YPF valorizada en u$s 6.700 millones,
libre de toda deuda, mediante una oferta de carácter mundial, se vendieron las acciones de
YPF al capital privado. Colocando un 25 % de ellas en Argentina, un 44 % en EEUU, y un 31 %
en el resto del mundo. Con lo cual los grandes bancos y fondos de inversiones de Nueva
York pasaron a detentar el control de YPF, gracias a los servicios prestados por Néstor
Kirchner y Oscar Parrilli al entonces gobierno nacional.
Hoy con el convenio arribado con REPSOL, volvemos a comprar YPF por un importe igual.
Pero recargada de deudas por u$s 8.357 millones, más de a mitad de ellas a cortísimo
plazo. Con un dudoso Patrimonio Neto reducido respecto esa época en un 15 %. Con sus
reservas de petróleo disminuidas en un 60 %, y sus reservas de gas disminuidas en un 75 %.
Mas el pasivo judicial y contingente dejado por REPSOL a lo largo de su desaprensiva y cuasi
criminal gestión.
Volvemos así la situación menemcavallista de 1992, solo que con una versión más reducida.
Ya que en vez del 51 % para la Nación, y el 39 % para las provincias, ahora es el 26 % para la
Nación, y un 25 % para las provincias. Con un convenio de sindicación de acciones, que le da
a la Nación la facultad de dirigir YPF. Y si bien antes el límite para desprenderse de las
acciones estatales de YPF, inicialmente fue hasta conservar un mínimo de un 20 %, ahora
supuestamente para bajar el límite del 51 %, se requiere una ley del Congreso con una
mayoría de dos tercios.
Lo cual es otra engañifa. Ya que de forma parecida a lo que se está por hacer con la ley que
aprueba el convenio con REPSOL, que en su art 1) da por cumplida la tasación prevista en
esa ley (art 12) pese que no reviste las características de tal, con una ley común se puede
reformar la ley común 26.741, y derogar la exigencia de la mayoría agravada inserta en ella.
19. Lo que si se ha mantenido de la ley menemcavallista de 1992, es la puesta de YPF fuera de
todo control público y de la AGN. Para que sus directivos investidos de un sigilo empresario
exigido supuestamente por normas bursátiles, puedan hacer cualquier cosa, como se verá
seguidamente.
La Presidenta en su discurso dijo que el convenio con REPSOL es un fin de ciclo, concepto
que se repite en los fundamentos del proyecto de ley. Pero es un fin de ciclo de engaños e
imposturas, como se puede apreciar en el escrito “YPF – REPSOL y los K - 1991 / 2011
Veinte años de desadministración petrolera, con un pésimo final que se podría evitar” … Y
lamentablemente como se verá seguidamente, el comienzo de otro peor.
De ese ciclo que se cierra, la Presidenta se guardó muy bien de mencionar el periodo
correspondiente a la “argentinización” de YPF con la aparición del grupo Eskenazi en su
control, a partir del año 2008, con el que se dio un envión final al vaciamiento de ella. Pero
si reconoció que Kirchner “tenia obsesión con YPF”. Al respecto, si ese intento de
renacionalización de YPF por parte de Kirchner fue errado pero honesto, la Presidenta
debería haber explicado, porque si se trataba de una “argentinización”, la empresa
detentora de las acciones PESA (Petersen Energía SA) estaba radicada en España.
Y porque su controlante Petersen Energía PTY LTD, estaba radicada en Australia, de la que
además nadie sabe quienes son sus verdaderos dueños. Y porqué parte de las acciones del
grupo Eskenazi tras la estatización de YPF, fueron a parar a manos del magnate de las
telefónicas Carlos Slim. Cuyo principal asesor, lobista, y representante en Argentina, es Juan
Manuel Abal Medina, ex representante de Perón, y padre del ex jefe de Gabinete de
nombre homónimo. Y casualmente Slim desembarcó en Argentina en julio del 2003, un par
de meses después que Kirchner asumiera la presidencia de la Nación.
Lo hizo a través de su empresa América Movil, que compró CTI, y se transformó en CTI
Movil, y luego cambio su nombre por Claro. Pasando a ser la mayor prestadora de teléfonos
celulares en Argentina, al detentar un tercio del mercado. Gracias a la no regulación en
Argentina de la telefonía celular, que ha sido impedida por el kirchnerismo en el Congreso a
lo largo de una década, Slim ha transformado su negocio telefónico en Argentina en una
mina de oro, mediante depredar a las clases no pudientes con los servicios prepagos.
La Presidenta debería haber aclarado también, porque el presidente de REPSOL Antonio
Brufau, amenazaba veladamente con dar a conocer las intimidades referidas a la
incorporación del grupo Eskenazi como accionista de YPF. Sino se llegaba a un acuerdo
satisfactorio, como el que ahora parece haber logrado. Y si la interesada búsqueda mutua
de ese arreglo, fue el motivo por el cual recién un año después de la sanción de la ley de
estatización de YPF, se constituyó el Tribunal de Tasaciones Ad-Hoc, que debería haber
comenzado su labor inmediatamente después.
Que a su vez tardó casi otro año en supuestamente efectuar la tasación que exigía la ley de
expropiación, y lo hizo recién después de haberse arribado a un acuerdo sobre el precio con
REPSOL. Habiéndose así comprado un coche viejo, con pésimo uso y mantenimiento, veinte
años después de haberlo vendido cero Km, y haber escuchado la opinión del tasador recién
tras concretar la compra.
20. El precio de oportunidad que no es tal
En el fondo, tal como lo manifestó la Presidenta en su discurso ante el Congreso, y se
expone en los fundamentos del proyecto de ley, el precio a pagar a REPSOL y la tasación
que debió efectuarse a esos efectos, son pamplinas carentes de importancia, ya que se
trataría de un precio de oportunidad. Al tratarse Vaca Muerta de la segunda reserva de gas
no convencional del mundo, y la cuarta reserva de petróleo no convencional. Al respecto la
Presidenta expresó:
“La Agencia de Información Energética de los Estados Unidos –EIA– estableció que la Argentina es la
cuarta reserva mundial de recursos de petróleo shale detrás de Rusia, Estados Unidos y China, con 27 mil
millones de barriles, y la segunda reserva mundial de gases no convencionales detrás de China, con 145
mil millones de barriles equivalentes. Estos recursos representan –escuchen bien las cifras– 123 años de
consumo en petróleo y o 410 años en gas. Y el 41 por ciento se concentra en el yacimiento de Vaca
Muerta. …
“Y se logró un acuerdo por 5.000 millones de dólares. Vuelvo a repetir: es la segunda reserva de gas shale
del mundo y la cuarta reserva de petróleo shale del mundo. Hoy estamos ante una posibilidad única:
tener soberanía y autonomía energética; volver a ser competitivos en materia del precio del gas en el
mediano plazo. No va a ser ahora. Las cosas no son de un día para el otro. Pero hemos resuelto, hemos
resuelto... Algunos decían: "¡Huy! Las cosas que les van a dejar a los que vengan". Ojalá yo tuviera que
pagar hoy el petróleo y que me hubieran dejado la segunda reserva del mundo...
Si fuera así, cabria preguntarse para qué y para quién es la oportunidad. Para qué es
sencillo de responder. Para el gobierno, que desesperado por el agujero cambiario que le
hizo la fuga de divisas por u$s 90 mil millones que no supo impedir a tiempo, y la des
administración petrolera que concretó; trata de alentar el ingreso de capitales de cualquier
forma y a cualquier costo, y solucionar el desabastecimiento petrolero de cualquier manera.
Y por su parte REPSOL había trabado el ingreso de divisas destinadas a la explotación de
Vaca Muerta, mediante múltiples litigios en el exterior, impidiendo así su explotación. Que
amenazaban la seguridad jurídica de esas inversiones, razón por la que era imperioso un
arreglo con ella, para destrabarlas. El otro para qué más subrepticio, y el para quién, se
verá seguidamente exponiendo el entramado de la cuestión.
Se cierra un ciclo y comienza otro peor
La historia petrolera de Argentina en los últimos 50 años, desde la presidencia de Frondizi,
hace honor a la canción de Silvio Rodríguez que dice, “sueño con serpientes, la mato y
aparece una mayor, con mucho más infierno en digestión”. Pero en esta ocasión la
serpiente no va a masticar la paloma que menciona Silvio en su canción, sino una Vaca
Muerta.
Las penas son de nosotros, la Vaca Muerta casi toda extranjera
La legendaria canción de Atahualpa Yupanqui que lamenta que “las penas son de nosotros,
las vaquitas son ajenas”, podría aplicarse a la fabulosa riqueza hidrocarburífera neuquina de
Vaca Muerta – Los Molles, y otras parecidas que existen en otras provincias del país, de las
que se jacta la presidencia.
Vaca Muerta – Los Molles son dos formaciones rocosas superpuestas de miles de kilómetros
cúbicos, con hidrocarburos no convencionales atrapados en su interior, cuya riqueza
diversas fuentes han estimado en 12 billones de dólares. Lo que equivale a 35 veces el
21. actual PBI argentino en dólares. O 40 veces el valor venal de las 30 millones de hectáreas
dedicadas al cultivo de granos en Argentina, que son el principal motor de su economía
actual, y generan exportaciones por u$s 35 mil millones. Más información al respecto se
puede encontrar en el escrito confeccionado en coautoría con Mario Cafiero, “¡El pueblo
quiere saber de qué se trata! Los siderales montos en juego que se esconden en Vaca
Muerta”
YPF detentaba por su cuenta solo el 12,7 % de la superficie de Vaca Muerta, y otro 23,5 %
en consorcio con otros productores. A ello se le debe sumar la flamante adquisición de
APACHE, que detentaba un 6 % propio, y un 2,2 % coparticipado con otros productores. Y
restar la venta simultánea de un 3,4 % que hizo de parte de esa adquisición a Pluspetrol. A
su vez la superficie exclusivamente propia, YPF las está coparticipando en 50 % con otros
productores, como Chevron, Dow, Petronas, etc. Con lo cual, conforme esa política, la
superficie neta propiedad de YPF en Vaca Muerta acabaría siendo de solo un 35 %.
De tal manera la propiedad indirecta del estado nacional en Vaca Muerta, a través de su
participación accionaria en YPF, sería solo un 9,1 %. Y la de los estados provinciales de un
8,8 %, totalizando un minoritario 17,9 %. El resto, más del 80 %, que es la clásica parte del
león, ya sea a través de la participación accionara en YPF, o la participación directa en Vaca
Muerta, quedará sustancialmente en manos de grandes inversores internacionales, o de
mega petroleras, esencialmente norteamericanas.
Donde figuran nombres como Américas Petrogas, Energy Operations (EOG), EXXON,
CHEVRON, TOTAL, Petrobras, Pan American, Tecpetrol, Wintershall, etc. Mayor información
al respecto se puede encontrar en el escrito confeccionado con la coautoria de Mario
Cafiero “Los verdaderos dueños de Vaca Muerta - Las megapetroleras multinacionales
encabezadas por la EXXON Standar”
YPF el mascarón de proa de las transnacionales en Vaca Muerta
En consecuencia la política petrolera adoptada por el gobierno desde fines del año 2012, de
reconocer el precio del crudo internacional a la extracción del petróleo no convencional, y
reconocer un precio de u$s 7,5 el millón de BTU a la extracción del gas natural no
convencional, triplicando el precio que se paga actualmente en EEUU, se trata de una
política en directo beneficio de esas transnacionales petroleras, especialmente
norteamericanas.
Y también de la TOTAL francesa, que pese no tratarse las principales áreas que opera de gas
natural no convencional, también se le reconoció ese sideral precio. Siendo esta
disposición, un contrasentido con lo que la Presidenta misma expresó en su reciente
discurso ante el Congreso, al referirse a las notables ventajas competitivas y autonomía que
Estados Unidos habría conseguido, con la rebaja del precio del gas natural a u$s 2,5 el
millón de BTU.
“Fíjense ustedes lo que va a ser esta revolución energética. Hoy, Estados Unidos tiene el millón de BTU a
dos dólares y medio; tiene, inclusive, equipos de perforación de shale, tanto de gas como de petróleo,
ociosos, porque ha bajado terriblemente… Ahora es también potencia energética y, por lo tanto, se
produce una revolución energética. Y Obama, en el último discurso ante la Unión, habla de que van a
volver a producirse en su país y de que se van a volver a exportar productos, bienes y servicios "made in
USA". ¿Por qué? Porque seguramente van a tratar de volcar esa energía barata de dos dólares y medio el
22. millón de BTU a la industria pesada, primero, y a la industria liviana, después, para tener un mayor grado
o un total grado de autonomía, que es lo que requiere siempre cualquier país que quiera ser potencia. Y
los que no queremos ser potencia también, porque no nos gusta que nadie nos mande.”
A ello se suma el hecho de que con los precios internacionales reconocidos a las
transnacionales, y el sideral aumento que estos han tenido en la última década, el
financiamiento sustancial de las inversiones responde al esquema de la autogeneración de
fondos. Por lo que las inversiones genuinas serán mínimas, solo las necesarias para “cebar
la bomba”, y después las inversiones necesarias para continuar y expandir la extracción
saldrán enteramente del bolsillo de los consumidores argentinos. Tal como surge de la
ecuación económica financiera del contrato que YPF firmó con Chevrón, que se encuentra
analizado en el escrito elaborado en coautoría con Mario Cafiero “La ecuación económica -
financiera del convenio entre YPF y Chevron y sus descomunales alcances”
Atento a que YPF detentaba solo el 35 % de la extracción del petróleo, y el 26 % del gas
natural, pese a tener el 57 % de la venta de combustibles, esta medida consistente en
trasladar la renta petrolera a la extracción de los hidrocarburos (upstream)representa a una
nueva reprivatización y desnacionalización petrolera. Directamente a favor de las
transnacionales que operan en Argentina en ese sector, convirtiéndose así YPF con la mitad
de su refinación y ventas de derivados (downstream) solo en un vaso comunicante de las
ganancias de ellas.
Se repite así nuevamente el esquema de Vaca Muerta, al detentar YPF en TEP (Toneladas
Equivalentes de Petróleo) solo el 31 % de la extracción, por lo que la participación estatal en
ella nuevamente se ve reducida a solo un 16 %. Quedando la parte del león de la renta
petrolera, en manos de las compañías privadas dominadas por las trasnacionales petroleras.
YPF la proa acorazada para abrir paso al denostado fracking en Vaca Muerta
Además, al aparecer YPF liderando la explotación de Vaca Muerta, la empresa semiestatal
operará como una proa acorazada, para tratar de romper el duro hielo con que los
movimientos ambientalistas se oponen a la brutal técnica del fracking, que tiene altísimos
riesgos de ser contaminante. Los que han logrado en la provincia de Chubut sendos
amparos judiciales, que impidieron la puesta en explotación por parte de YPF, de pozos para
la extracción de petróleo no convencional mediante el fracking.
23. La foto adjunta, donde se ve al presidente de YPF Miguel Galluccio dando sus dos manos a
los hermanos a Carlos y Alejandro Bulgheroni, mientras que estos las conservan cerca de
sus bolsillos, resulta ser todo un icono del rol en que ha quedado atrapado YPF. Como
mascaron de proa y proa acorazada de los trasnacionales petroleras, a cambio de una
mínima participación en el negocio petrolero por parte del estado.
Los Bulgheroni, que recientemente se hicieron de la ESSO (EXXON) Argentina, y son socios
de la ex Standar Oil of Indiana, hoy Pan American AMOCO – BP, son desde hace décadas los
subrepticios representantes de los intereses petroleros del grupo Rockefeller en Argentina.
Y ese desprendimiento por parte de la EXXON, de sus refinerías y comercialización de
combustibles (downstrean) en Argentina, para dedicarse a perforar pozos en Vaca Muerta,
a la inversa de YPF en donde el downstream casi duplica al upstream, habla a las claras
donde está la renta petrolera.
Antes de la estatización de YPF y la llegada de Gallucio, los Bulgueroni hicieron públicos
intentos para tratar de copar YPF, seguramente para que esta llevara a cabo la misma
misión que hoy encara con Gallucio a la cabeza. Consistente hablando llanamente, en usar
de “forro” a la YPF semi estatal, para la maximización de las rentas de las compañías
privadas. Por tal razón ese icono podría llamarse “Nicomos”, o sea Mosconi al revés. Quien
a la inversa de Gallucio, se enfrentó rudamente con el trust de la ESSO - EXXON y SHELL, con
el objeto de garantizar la autonomía energética, que entonces era casi toda importada, y
abaratar el precio interno de los combustibles.
Llegando incluso a tratar de importar petróleo desde la Unión Soviética, pese al embargo
tácito impuesto a esta por las mega petroleras anglonorteamericanas, disconformes por
que no las había indemnizado por la estatización de sus yacimientos en el Cáucaso.
Pretensión que a partir de allí se constituyo en una premisa básica para los barones del
petróleo, que exigieron lo mismo a favor de REPSOL. Por ello Hipólito Irigoyen junto con
Mosconi pagaron un durísimo precio por sus audacias, con el derrocamiento del primero en
1930. Y el exilio del segundo, tras ser desplazado de la dirección de YPF inmediatamente
después de ese golpe.
YPF copada por Schlumberger, la líder del fracking
Schlumberger es una megaempresa de servicios petroleros líder en la técnica del fracking,
que viene perfeccionando su desarrollo desde hace diez años, cuando el sustancial aumento
en el precio del petróleo, hizo posible su utilización. Pero últimamente ha perdido
preeminencia en el mercado norteamericano, por la aparición de competidores de menor
tamaño. Sus principales accionistas son también los principales accionistas de Chevron,
EXXON, EOG, DOW, que hoy detentan áreas en Vaca Muerta y/o son socios de YPF.
A su vez Schlumberger se ha convertido la principal subcontratistas de YPF en la
especialidad del fracking. Cuyos contratos no han trascendido al público, pero que
seguramente harán que buena parte de la renta petrolera de YPF quede en sus bolsillos,
compensado así las mermas de lucro en el mercado norteamericano.
El presidente de YPF Miguel Gallució es un ex ejecutivo de Schlumberger, en donde según
PERFIL, percibía una retribución anual del orden del millón de dólares, lo que le permitió
concretar una pequeña fortuna personal, evaluada en 10 millones de dólares. Compuesta
24. por grandes extensiones de tierras en Entre Ríos, y el control junto a su padre y hermano de
las sociedades agrícolas Palo Santo, El Sembrador y Espinillo, así como valiosas propiedades
y firmas en Inglaterra ligadas al petróleo, como Fan Court Residents Association Limitated, y
el fondo Fenkle Streer BPRY Property Found.
A su vez el director de Explotaciones de YPF, bajo cuya férula se encuentra Vaca Muerta, es
Juan Martín Gandolfo, otro ex alto ejecutivo de Schlumberger igual que Gallucio. Lo mismo
que su CEO tecnológico, el alemán Bernard Gremillet, que fue nada menos que
vicepresidente de Schlumberger. Y que Juan Garoby, ex gerente de operaciones de
Schlumberger, que hoy es gerente de Recursos No Convencionales de YPF. Todos ellos
pasaron de Schlumberger a YPF en el 2012, tras la estatización parcial de esta. Y un mínimo
código de ética les impediría tener transacciones con Schlumberger, la cual no obstante a
partir de allí se convirtió en una de las principales contratistas de YPF. En la que esta ha
tercerizado las operaciones de fracking, principalmente en Vaca Muerta.
Se completa así el esquema de parasitación o vampirisación de YPF por parte de los mega
inversores internacionales liderados por el grupo Rockefeller. Que se proponen succionar la
sideral renta petrolera que esta por aparecer en Argentina, con la puesta en explotación de
Vaca Muerta y otros yacimientos no convencionales, mediante un ingenioso y elaborado
escalonamiento. Ya sea como mega contratistas de YPF, como detentores de buena parte
de las acciones de YPF, como socios con YPF en la explotación de las áreas detentadas por
esta, y como mega explotadores de las áreas que YPF no detenta en ella.
Obteniendo así ganancias fabulosas, que irán a parar íntegramente al exterior, como
sucedió con el legendario cerro Rico de Potosí, repleto de plata, del cual los españoles solo
dejaron un montaña con su interior vacio, y solo pobreza a su alrededor. La que era
cuidada por el "Tío", representación del demonio o deidad horrenda poseedora del cerro, a
quien se hacían ofrendas para sacar el metal de sus entrañas. Que ahora en Vaca Muerta
será sustituido por el “Tio Rockefeller”.
La opaca maraña empresaria que teje YPF
Además de los opacos contratos de asociación que ha firmado YPF con distintas
trasnacionales para explotar Vaca Muerta, del que muy pocos conocen sus contenidos, el
portal web Eliminando Variables - Periodismo, investigación e información, dio
recientemente cuenta de una serie de sociedades que YPF ha creado en el Delaware, estado
de EEUU que es lo más parecido a un paraíso fiscal. Con escasa imaginación ellas se
denominaron YPF Shale Oil Investment LLC, I, II, III y IV, siendo su denominador común la
explotación del petróleo no convencional.
El registro de ellas fue realizado por el estudio de abogados Corporation Services Company,
que es también la entidad registrante de Chevron Corporation, en cuya oficina en Delaware
quedaron fijados los la domicilios legales de las firmas satélites creadas por YPF. Las dos
primeras de ellas se crearon el 1/7/13. Y una semana después, el 8/7/13, dos altos
empleados de YPF, Germán Laría y Juan Garoby, fundaron en Buenos Aires la Compañía de
Hidrocarburos No Convencional SRL (CHNC SRL), con domicilio en Macacha Güemes 515, el
mismo de YPF.
Como ya se dijo, Juan Garoby es un ex Schlumberger. Y por su parte Germán Laria detenta
25. el cargo de director de YPF, y casualmente tiene un homónimo que a su vez se desempeña
como Gerente de Planificación de Chevron. Al respecto el 10/12/13, YPF comunicó o la
Bolsa de Comercio de Buenos Aires, que junto con Chevron, habían suscripto los contratos
necesarios para instrumentar la cesión a favor de CHNC SRL, del 50 % de la concesión para
explotar Loma Campana en Vaca Muerta. En el comunicado se aclaraba que YPF era
propietaria de un modo no informado, de CHNC SRL, creada por Laría y Garoby.
Al respecto la Ley de Sociedades Comerciales establece que las sociedades por acciones
como YPF, sólo pueden participar en otras sociedades por acciones, algo que no se cumplió
en el caso de “adquisición” por parte de YPF de la SRL CHNC. Desconociéndose qué
beneficios económicos obtuvieron Laría y Garoby al transferir su SRL a YPF. Ni cuando se
efectuó esa transferencia. Y si vendieron el 100 % de su emprendimiento, o se quedaron
con algún porcentaje de él.
Si la SRL resultase ser una empresa “conjunta” entre YPF y Chevron, aparece la duda de
quién sería el responsable de resarcir a los damnificados por un eventual daño ecológico.
El que quizás tenga que viajar a Delawere para iniciar allí un litigio. En el comunicado
herméticamente también se dice que YPF cedió “a favor de Chevron una prenda sobre las
acciones de una afiliada de YPF que indirectamente resulta titular de la participación de YPF
en CHNC” (sic). Y si YPF no cumple, afirman los autores de la investigación, Chevron podría
liquidar garantías en obligaciones negociables de YPF en la Bolsa de New York, por u$s 300
millones.
El papel de Laría en la participación en sociedades no concluyó ahí. El 7 de marzo del 2014,
fue designado gerente de otra SRL, la Compañía de Desarrollo No Convencional, creada en
Buenos Aires el 7/3/14. Los socios de esta SRL son dos de las compañías satélites de YPF
formadas en Delaware en julio del 2013, YPF Shale Oil Investment LLC I y II. El otro gerente
de la compañía es Carlos Colo. Ingeniero de profesión, Colo es 1 de los 9 directores
suplentes de YPF y también se desempeña como Gerente Ejecutivo de Exploración de la
petrolera. Ambos fijaron domicilio también en Macacha Güemes 515 en CABA, la dirección
legal de YPF.
Ante el secretismo reinante en YPF, pese ser una empresa con mayoría estatal, existen
conjeturas de que las empresas satélites YPF Shale Oil Investment LLC I, y II, y CHNC SRL
estarían relacionadas con los negocios y acuerdos secretos con Chevron. Y la creación a
fines de febrero del 2014 de otras dos empresas denominadas YPF Shale Oil Investment LLC
III y IV, y CDNC SRL, estarían vinculadas con la asociación con la petrolera asiática Petronas,
que recientemente firmó un acuerdo con YPF también por Vaca Muerta.
Toda esta maraña empresaria que va desarrollando YPF, hace recordar a los vehículos para
fines determinados, o “sociedades de propósito especial” (SPE), denominadas Raptors I, II,
III, IV, etc, creadas con números sucesivos por Enron. A las que Enron transfería activos y
compromisos, y con las que tenía cuentas a cobrar que le permitían disimular en sus
balances el vaciamiento y estado ruinoso del grupo. Tras su quiebra en el año 2001, Enron
se convirtió mundialmente en sinónimo de fraude planificado.
No es casual que algunas partes de Enron, como EOG, o socios de Enron, como AMOCO – BP
Pan American, sean destacados operadores en Vaca Muerta. Las sociedades que cotizan
26. públicamente en bolsas de valores, requieren de una gran transparencia para proteger los
intereses de sus accionistas, sobre todo los minoritarios. Pero en la curiosa sociedad mixta
semiestatal YPF, el cuento de la cotización pública de sus acciones en las bolsas de Nueva
York y Buenos Aires, ha servido para hacer absolutamente opaco el manejo del petróleo
argentino, propiedad de todos los argentinos.
Las travesuras de Gallucio con la compra de APACHE
Esta trama oscura de negocios, también tienen su reciente expresión en la compra contra
natura de la petrolera norteamericana APACHE por parte de YPF. La que de esa manera
adquirió áreas en plena explotación, configurando una desinversión neta para el país, en
lugar de destinar esos capitales al desarrollo de nuevas áreas, para recuperar urgentemente
el autoabastecimiento petrolero.
Simultáneamente con el anuncio por parte del gobierno del acuerdo con REPSOL, como si
una cosa viniera ligada con la otra, YPF anunció la compra de todos los activos petroleros de
APACHE en Argentina, por u$s 800 millones. Por su parte la Presidenta en su discurso ante
el Congreso, dijo que ello había costado u$s 500 millones. No obstante ninguna de esas
cifras es la correcta.
Además de los u$s 800 millones declarados por YPF, esta también se hizo cargo de las
deudas que tenía APACHE en Argentina, por u$s 52 millones. Y por el otro lado, la
simultánea venta a Pluspetrol, firma vinculada a REPSOL, de parte de lo comprado a
APACHE en Vaca Muerta, solo le reportó a YPF u$s 217 milllones, pese a tratarse de una
superficie de 1.240 Km. Por lo que el monto neto de la operación fue de u$s 637 millones,
alejados de los u$s 500 millones apuntados por la Presidenta.
En tal sentido llama la atención el precio de venta por hectárea a favor de Pluspetrol, de u$s
1.750 la hectárea. Como si se tratara de un predio agropecuario del secano, frente a un
supuesto valor recuperable promedio en Vaca Muerta que trepa a u$s 3,3 millones por
hectárea. De tal manera Pluspetrol habría invertido en esa compra solo el 0,05 % de lo que
podría recuperar, por lo que se puede decir que le espera una formidable cosecha.
De esa manera YPF sumo una superficie en Vaca Muerta de 8,2 %, y a su vez cedió una
superficie del 3,4 %, quedando un neto del 4,80 %. Pero el caso es que se trata de una Vaca
Muerta, y por ende sus distintos trozos tienen muy distinto valor, según se trata de lomo
cuadril, bofe, o pezuñas. Pero nada de eso está aclarado en estas opacas de transacciones
de YPF, por lo que no se sabe si YPF cambio peceto por costillar, o cuartos delanteros por
traseros, o si se le perdió el lomo en algún lado. Pero no obstante las dudas no acaban allí,
sino que recién comienzan, ya que YPF:
Compró a APACHE concesiones que estaban por vencer desde el 2015 en adelante. En
algunas de las cuales la provincia de Rio Negro había rechazado las prorrogas de plazo
solicitadas por APACHE.
YPF dijo que tras una auditoría realizada ex profeso a mediados del 2013, compró reservas
probadas por 135 millones de barriles equivalente de petróleo (MBoe) cuando en su
declaración de reservas del año 2012 hasta el final de las concesiones, APACHE declaró
tener en los campos que opera solo 60 Mboe, o sea menos de la mitad.
Esto concuerda con el reporte anual de Apache ante la SEC norteamericana, donde declaró
reservas probadas desarrolladas por 82 millones, y a desarrollar por 20 millones. A las que
27. según aclara el mismo APACHE ante la SEC, la consultora Ryder Scott castigó reduciéndolas
al 64 %. No obstante hay una nota engañosa en su declaración, por la que en esas reservas
no se distinguirían la que en realidad serían propiedad de otros consorcistas. Y si
corresponden hasta el final de la concesión, o de la vida útil de los yacimientos.
O sea que no se sabe cuántas son las reservas pertenecientes realmente a APACHE,
teniendo en cuenta las participaciones de otros consorcistas en las áreas que cedió a YPF, y
el fin de sus concesiones.
Con los precios básicos que se pagan actualmente por el petróleo y gas, YPF habría pagado
el 60 % del valor de las reservas que APACHE declaró tener en el 2012. Lo que resulta una
enormidad en el negocio petrolero, que acostumbra a pagar solo un sexto de ellas.
APACHE es una petrolera vinculada con la EXXON, del grupo Rockefeller, con la que tiene
múltiples intercambios y explotaciones en común. Y en estos momentos está realizando una
agresiva recompra de acciones propias, y por eso está muy necesitada de efectivo. Por su
parte Pluspetrol tiene vinculaciones con REPSOL, especialmente en Perú. Por lo cual estas
dos inusuales transacciones, simultáneas a su vez con el arreglo con REPSOL, no parecen
estar desconectadas. Sino que formarían parte de un complejo menú, de cuyo
conocimiento el gobierno y YPF ha mantenido alejada a la opinión pública argentina. A
quien le han sido confiados activos estratégicos de cifras siderales, que no tienen ninguna
proporción con el control público que recae sobre esa compañía semiestatal.
La entrega de Vaca Muerta para enfrentar a los fondos buitres
Revelada esta trama de altísimos y opacos intereses extranjeros puestos en juego en torno
de Vaca Muerta e YPF, resulta posible explicar el otro para qué subrepticio del inaudito
arreglo que concreto el gobierno con REPSOL, a los efectos de viabilizar la entrega de Vaca
Muerta a norteamericanos y franceses. Que no es otro que el de obtener el apoyo de estos,
para enfrentar a los fondos buitres en las demandas que actualmente están radicadas en
Corte Suprema de Estados Unidos.
Con la sanción en el año 2012 de la ley de estatización parcial de YPF (26.741) y su decreto
reglamentario (1.277/12) se fijaron razonables objetivos de política petrolera. Previéndose
en los incisos e) y f) de este último, que uno de los objetivos de esa política era: “asegurar el
abastecimiento de combustibles a precios razonables, compatibles con el sostenimiento de
la competitividad de la economía local, la rentabilidad de todas las ramas de la producción y
los derechos de usuarios y consumidores… (y) asegurar y promover una leal competencia en
el sector”.
Esta formulación causó una enorme inquietud en los barones que integran el opaco y
exclusivo Club del Petróleo, cuyo liderazgo lo detentan las mega petroleras internacionales.
No obstante esa sana política fue súbitamente abandonada totalmente, tras conocerse a
fines del 2012 el fallo adverso del juez estadounidense Griesa, en la demanda de los fondos
buitres referida al pari passu o igualdad de los acreedores. Que obliga absurdamente a
Argentina a pagarle a estos íntegramente sus acreencias, mas costas y punitorios, con
prioridad sobre los acreedores que ingresaron en el canje.
El abandono de ella se produjo tras una entrevista que mantuvo en diciembre de ese año la
Presidenta Fernández de Kirchner, con los principales petroleros de Argentina, los
hermanos Bulgheroni, representantes de los intereses petroleros del grupo Rockefeller en
28. Argentina. La que dio lugar a una sarcástica y clarividente nota de Carlos Pagni, “Pactos de
Año Nuevo que saben a derrota” publicada en La Nación, con foto incluida, en la que se
anunciaba la apertura de una nueva política petrolera. Que nada tenía que ver con la
enunciada en legislación dictada ese año.
En ella se pormenorizaba la enorme influencia que los Bulgueroni han ejercido sobre la
política argentina desde hace casi medio siglo, cualquiera sea el color del gobierno de turno.
Su reciente afán de obtener el dominio de YPF. Y la “extasiada” sonrisa que la Presidenta
dedico a sus interlocutores, como quien en medio de un naufragio, cree encontrar una tabla
de salvación:
“Dominar YPF. Bulgheroni dio, además, otro paso hacia aquel objetivo que, en un inusual arrebato de
sinceridad, confesó en marzo de 2010: dominar YPF. La inversión en Vaca Muerta es una operación
familiar, de la que no participan los británicos, y en la que no se sabe si entrarán los chinos. Tampoco se
conoce qué parte de los 1500 millones de dólares prometidos corresponde a Bridas y qué parte a YPF.”
“Quienes suponen que Carlos Bulgheroni fue uno de los impulsores de la estatización de YPF, sobre todo
desde aquella entrevista con Cristina Kirchner, siempre negada, que se realizó días antes de la salida de
Repsol, tienen ahora más argumentos a favor de su sospecha. Los Bulgheroni vuelven, a su manera, a YPF,
la empresa de la que obtuvieron el primer envión para su incalculable fortuna, como tantos otros
industriales.”
“Nada que deba sorprender. Este pacto de Año Nuevo es otra instancia de una trayectoria de tratativas
con gobiernos y fascinación por el poder que en Bulgheroni lleva, desde su juvenil amistad con Raúl Lastiri,
más de 40 años. Gracias a la foto en la que miran al titular de Bridas con una sonrisa extasiada, Cristina
Kirchner y Julio De Vido ingresaron a un álbum infinito.”
“En esa colección hay, para escándalo de la sensibilidad media del Gobierno, infinidad de militares,
algunos incorporados a la empresa en el retiro; aparecen ascendentes jóvenes de la Coordinadora radical;
está Carlos Menem, de quien Bulgheroni se sintió ministro durante una tarde, cuando hubo que
reemplazar a Miguel Roig, muerto en circunstancias nunca ventiladas; están varios ministros de Menem,
que prestan servicios ahora como abogados o asesores en la petrolera; figura, fugaz, Graciela Fernández
Meijide, acompañada en 1998 a un foro de Davos, y pasa el último De la Rúa, a quien el empresario quiso
rescatar, trasladando a Buenos Aires a Felipe González para una mediación con el peronismo que evitara
la caída. En el álbum de Bulgheroni aparece también Néstor Kirchner, quien apenas llegó al poder
suspendió los acuerdos extrajudiciales que Menem había autorizado para zanjar los innumerables
conflictos entre Bridas y el Estado.”
La Presidenta, la semana pasada, con los Bulgheroni
29. Petróleo nacional no convencional sin política nacional
El quiebre de la política petrolera en curso tras la reunión con los Bulgheroni, se manifestó
de inmediato, con el traslado de la renta petrolera a la extracción o downstream, mediante
la elevación del precio del gas natural a u$s 7,5 el millón de BTU, y del petróleo de u$s 42 a
u$s 70 el barril, tal como apunta Pagni. Que luego en el acuerdo con Chevrón, pasó a ser el
preció internacional pleno. Lo cual originó su vez un incesante aumento en el precio de los
combustibles internos. Y se ve ahora reflejada también en la rebaja de los subsidios en los
servicios públicos, buena parte de los cuales iban a parar a las mega petroleras.
El ministro Kicillof olvidó así de repente, su reiterada explicación de que las retenciones
sirven para mejorar los precios internos frente los internacionales. Al aceptar sacarle
enteramente las retenciones a recursos no renovables, de propiedad pública. A la par que
mantiene retenciones del 50 % sobre productos renovables de propiedad privada, como son
la soja y otros granos.
El quid pro quo de ese cambio de 180 grados en la política petrolera, se hizo evidente de
inmediato, al presentarse como amicus curiae apoyando a Argentina ante la Corte Suprema
de Estados Unidos, el mismo Estados Unidos, Francia, la terrible Anne Krueger, ex directora
del FMI, el megafondo BlakcRock, principal accionista de Exxon, Chevron, Schlumberger,
Dow, etc. Y también Alfonso Prat Gay, ex ejecutivo del JP Morgan – Chase, también
propiedad de los Rockefeller, etc.
Transacción que en forma zoológica se podría sintetizar como Vaca Muerta por fondos
buitres. Que para EEUU y sus poderosas mega petroleras significa afianzar
estratégicamente el dominio sobre los hidrocarburos no convencionales, que les permitiría
trasladar bastantes años hacia el futuro, el famoso pico o campana de Hubbert. Que
sostenía que a partir del 2000 la demanda de petróleo superaría a la oferta de petróleo
convencional. Y a la par le permitiría a EEUU lograr el autoabastecimiento energético, para
dejar de depender del explosivo Medio Oriente, y abaratar sustancialmente el costo de su
energía, para así poder relanzar su industria.
Tal como lo destacó la Presidenta en su discurso ante el Congreso, pero olvidando
enteramente de aplicar la misma receta en nuestros país. En pos de ese objetivo
simultáneamente Estados Unidos parece haber logrado que en México volviera el PRI al
gobierno. Y emprendiera con su nuevo presidente Enrique Peña Nieto, ahijado del
cuestionado ex presidente Carlos Salinas, gran amigo de Domingo Cavallo, una privatización
y desnacionalización petrolera que parecía imposible.
Pero que le permitirá a las mega petroleras multinacionales extender la explotación de la
formación de gas y petróleo no convencional de Eagle Ford, en Texas, que es el reservorio
no convencional mas explotado en EEUU, hacia su vecino México. Donde se extiende el
mismo con una superficie muy superior a los 5.000 km2 explotados en Texas.
Por su parte la francesa TOTAL, también obtuvo como inmediata retribución el aumento a
u$s 7,5 el millón de BTU, por el gas natural convencional que extrae en Tierra del Fuego. A
cambio de una supuesta inversión de mil millones de dólares, que gracias a ese cambio de
precios, será en la realidad solo una reinversión de las utilidades extraídas a los argentinos.
A la que sumo sus proyectos de inversión en Vaca Muerta, donde detenta casi un 5 % de su