Procedimiento Abreviado
Artículo 372. El Ministerio Público podrá proponer la
aplicación del procedimiento abreviado previsto
en este Título, cuando se trate de delitos flagrantes,
cualquiera que sea la pena asignada al delito.
La Procedencia
se encuentra en
el Articulo 372.
Definición del Delito Fragrante
De conformidad con el artículo
234, se tendrá como delito
flagrante el que se esté
cometiendo o el que acaba de
cometerse.
Aquel por el cual el sospechoso
se vea perseguido por la
autoridad policial, por la víctima
o por el clamor público.
Que se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en
el mismo lugar o cerca del lugar donde se cometió, con armas,
instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan
presumir con fundamento que él es el autor.
En estos casos, cualquier autoridad deberá, y cualquier
particular podrá, aprehender al sospechoso, siempre que
el delito amerite pena privativa de libertad,
entregándolo a la autoridad más cercana, quien lo
pondrá a disposición del Ministerio Público dentro de un
lapso que no excederá de doce horas a partir del
momento de la aprehensión.
También se
tendrá como
delito flagrante:
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela en
relación con la inmunidad de los diputados a
la Asamblea Nacional y a los Consejos
Legislativos de los Estados. En todo caso, el
Estado protegerá al particular que colabore
con la aprehensión del imputado.
Darwin Cedeño
C.I 7.321.901
Aprehensor
Dentro de las 12 horas siguientes
a la detención, pondrá al
aprehendido a la disposición
del Ministerio Público.
Ministerio Público
Quien dentro de las 36 horas
siguientes, lo presentará ante el
Juez de Control competente.
Juez de Control
A quien expondrá
cómo se produjo la
aprehensión.
Y según sea el
caso, solicitará la
aplicación del:
Procedimiento
Ordinario
Procedimiento
Abreviado.
El Juez de Control decidirá
sobre la solicitud del fiscal,
dentro de las 48 horas
siguientes desde que sea
puesto el aprehendido a su
disposición.
Si el Juez verifica que están dados
todos los requisitos y él Fiscal del M.P
lo haya solicitado, decretará la
aplicación del procedimiento
abreviado, y remitirá las actuaciones
al tribunal de juicio.Tribunal de Juicio
El cual convocará al
juicio oral y público para
que se celebre dentro de
los 10 a 15 días siguientes.
Hasta 5 días antes de la audiencia
de juicio, el Fiscal y la víctima
presentarán la acusación en el
tribunal del juicio, para que la
defensa conozca los argumentos y
prepare su defensa, y en lo demás,
se seguirán las reglas del
procedimiento ordinario.
12 Horas 36 Horas
En caso contrario, el Juez
ordenará la aplicación del
procedimiento ordinario y
lo hará constar en acta.
Darwin Cedeño
C.I 7.321.901
Procedimiento del Aprehensión
Del Aprendido
Efectos que produce la declaratoria
con lugar de la Flagrancia
La detención en flagrancia es universalmente
reconocida como una de las formas de inicio de la fase
preparatoria o sumario, y por ende del proceso penal.
Sin embargo, el COPP le da un
tratamiento especial a esta
institución.
Pues si bien la reconoce como forma de
inicio del proceso penal, el efecto que
produce es que puede dar lugar, a un
procedimiento especial que excluye la
existencia de fase preparatoria.
Permitiendo el conocimiento del
hecho flagrante por un juez
unipersonal con independencia de
la pena que tenga asignada el
delito de que se trate.
O bien a la apertura de un
procedimiento ordinario.
De tal manera, la detención en flagrancia
no significa necesariamente que el
aprehendido deba ser juzgado por el
procedimiento abreviado y por tanto,
nadie tiene derecho subjetivo a ser
juzgado por flagrancia pues ello es asunto
de orden público.
Darwin Cedeño
C.I 7.321.901

El Procedimiento Abreviado

  • 1.
    Procedimiento Abreviado Artículo 372.El Ministerio Público podrá proponer la aplicación del procedimiento abreviado previsto en este Título, cuando se trate de delitos flagrantes, cualquiera que sea la pena asignada al delito. La Procedencia se encuentra en el Articulo 372. Definición del Delito Fragrante De conformidad con el artículo 234, se tendrá como delito flagrante el que se esté cometiendo o el que acaba de cometerse. Aquel por el cual el sospechoso se vea perseguido por la autoridad policial, por la víctima o por el clamor público. Que se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca del lugar donde se cometió, con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que él es el autor. En estos casos, cualquier autoridad deberá, y cualquier particular podrá, aprehender al sospechoso, siempre que el delito amerite pena privativa de libertad, entregándolo a la autoridad más cercana, quien lo pondrá a disposición del Ministerio Público dentro de un lapso que no excederá de doce horas a partir del momento de la aprehensión. También se tendrá como delito flagrante: Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con la inmunidad de los diputados a la Asamblea Nacional y a los Consejos Legislativos de los Estados. En todo caso, el Estado protegerá al particular que colabore con la aprehensión del imputado. Darwin Cedeño C.I 7.321.901
  • 2.
    Aprehensor Dentro de las12 horas siguientes a la detención, pondrá al aprehendido a la disposición del Ministerio Público. Ministerio Público Quien dentro de las 36 horas siguientes, lo presentará ante el Juez de Control competente. Juez de Control A quien expondrá cómo se produjo la aprehensión. Y según sea el caso, solicitará la aplicación del: Procedimiento Ordinario Procedimiento Abreviado. El Juez de Control decidirá sobre la solicitud del fiscal, dentro de las 48 horas siguientes desde que sea puesto el aprehendido a su disposición. Si el Juez verifica que están dados todos los requisitos y él Fiscal del M.P lo haya solicitado, decretará la aplicación del procedimiento abreviado, y remitirá las actuaciones al tribunal de juicio.Tribunal de Juicio El cual convocará al juicio oral y público para que se celebre dentro de los 10 a 15 días siguientes. Hasta 5 días antes de la audiencia de juicio, el Fiscal y la víctima presentarán la acusación en el tribunal del juicio, para que la defensa conozca los argumentos y prepare su defensa, y en lo demás, se seguirán las reglas del procedimiento ordinario. 12 Horas 36 Horas En caso contrario, el Juez ordenará la aplicación del procedimiento ordinario y lo hará constar en acta. Darwin Cedeño C.I 7.321.901 Procedimiento del Aprehensión Del Aprendido
  • 3.
    Efectos que producela declaratoria con lugar de la Flagrancia La detención en flagrancia es universalmente reconocida como una de las formas de inicio de la fase preparatoria o sumario, y por ende del proceso penal. Sin embargo, el COPP le da un tratamiento especial a esta institución. Pues si bien la reconoce como forma de inicio del proceso penal, el efecto que produce es que puede dar lugar, a un procedimiento especial que excluye la existencia de fase preparatoria. Permitiendo el conocimiento del hecho flagrante por un juez unipersonal con independencia de la pena que tenga asignada el delito de que se trate. O bien a la apertura de un procedimiento ordinario. De tal manera, la detención en flagrancia no significa necesariamente que el aprehendido deba ser juzgado por el procedimiento abreviado y por tanto, nadie tiene derecho subjetivo a ser juzgado por flagrancia pues ello es asunto de orden público. Darwin Cedeño C.I 7.321.901