Estudiante.
Rosa Gabriela Aponte
Cedula
Sección
SAIA – A
Temas – Esquema
Consejo Nacional Electoral.
Organización.
Atribuciones.
Junta Electoral Nacional.
Comisión de registro civil y electoral.
Comisión de participación política y financiamiento.
Jurisdicción contenciosa electoral.
Legislación electoral.
El Poder Electoral
El Poder Electoral se encarga de dirigir, organizar, y vigilar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los cargos públicos así como referendos y plebiscitos; pero se agrega que podrá ejercer sus funciones en el ámbito de las organizaciones de la sociedad civil cuando así lo requiera el interés publico y en los términos que determine la ley. El Poder Electoral es ejercido por órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto regular el establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral establecida sobre la participación ciudadana.
Poder electoral. Consejo nacional electoral, atribuciones. Junta electoral nacional. Comisión del registro civil y electoral. Comisión de participación política y financiamiento. Jurisdicción contenciosa electoral. Legislación electoral.
Estudiante.
Rosa Gabriela Aponte
Cedula
Sección
SAIA – A
Temas – Esquema
Consejo Nacional Electoral.
Organización.
Atribuciones.
Junta Electoral Nacional.
Comisión de registro civil y electoral.
Comisión de participación política y financiamiento.
Jurisdicción contenciosa electoral.
Legislación electoral.
El Poder Electoral
El Poder Electoral se encarga de dirigir, organizar, y vigilar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los cargos públicos así como referendos y plebiscitos; pero se agrega que podrá ejercer sus funciones en el ámbito de las organizaciones de la sociedad civil cuando así lo requiera el interés publico y en los términos que determine la ley. El Poder Electoral es ejercido por órgano del consejo nacional electoral que tiene por objeto regular el establecimiento de las bases, mecanismos y sistemas que garantizan el advenimiento del nuevo ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral establecida sobre la participación ciudadana.
Poder electoral. Consejo nacional electoral, atribuciones. Junta electoral nacional. Comisión del registro civil y electoral. Comisión de participación política y financiamiento. Jurisdicción contenciosa electoral. Legislación electoral.
Elección de los Cargos Públicos
La elección de cargos públicos es uno de los medios de participación y protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía, en lo político, tal como lo establece el Artículo 70 de nuestra Carta Magna.
El Poder Ejecutivo Estadal
Constituido por todas aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Estadal, así se detallan la existencia del Poder Legislativo Estadal (Consejo Legislativo), Ejecutivo (Gobernador), Judicial (Dirección Ejecutiva de la Magistratura con sus oficinas regionales), Ciudadano (Contraloría autónoma).
El Poder Legislativo Estadal
Está compuesto por una sola cámara de diputados, donde se eligen de 7 a 15 Diputados, bajo el sistema de representación proporcional de la población del Estado y de sus Municipios.
El Consejo Legislativo tendrá las atribuciones siguientes:
1. Legislar sobre las materias de la competencia estadal.
2. Sancionar la Ley de Presupuesto del Estado.
3. Las demás que establezcan esta Constitución y la ley.
Los (las) candidatos (as) deben haber nacido en Venezuela o ser ciudadanos o ciudadanas naturalizados (as) con al menos 15 años de residencia ininterrumpida en el país.
Los (las) candidatos (as) deben tener al menos 25 años de edad (21 años para los Consejos Legislativos Estadales).
Los (las) candidatos (as) no pueden formar parte del cuerpo clerical.
Los (las) candidatos (as) no deben estar sujetos a ninguna prohibición de tipo civil, inhabilitación administrativa o acusación criminal.
Adicionalmente, los (las) candidatos (as) al Consejo Legislativo Estadal no pueden tener otro cargo gubernamental ni administrar compañías relacionadas con contratos con el Estado.
La postulación es el acto mediante el cual se presentan para su inscripción ante el Consejo Nacional Electoral a los y las aspirantes a ser elegidos o elegidas para los cargos de elección popular, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley”.
En cuanto a los Postulantes y las Condiciones para Postularse, la LOPE establece:
Artículo 47. Únicamente tendrán derecho a postular candidatos y candidatas para los procesos electorales regulados en la presente Ley, los siguientes:
1.Las organizaciones con fines políticos.
2.Los grupos de electores y electoras.
3.Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia.
4.Las comunidades u organizaciones indígenas.
En las Elecciones Regionales para escoger Gobernadores y Alcaldes los ciudadanos y ciudadanas votan por un candidato único o candidata única y quien obtenga la mayor cantidad de votos gana la elección.
En el caso de las elecciones para el Consejo Legislativo Estadal se emplea el voto uninominal junto al voto lista.
LA PARTICIPACIÒN CIUDADANA EN LA ELECCIÒN DE LOS CARGOS PÙBLICOS DEL PODER PÙ...Diyeruft22
Actuación de la participación de los ciudadanos y ciudadanas en la elección de cargos públicos que ocuparan los poderes públicos del Estado mediante la elección participativa y demócrata de los Venezolanos
2. ELECCIÓN DE CARGOS
PUBLICOS
Art. 159
Poder Ejecutivo Estadal. Art
160
Poder Legislativo Estadal
Art. 161
3. REQUISITOS PARA LA ELECCION DE LOS CANDIDATOS
Los (las) candidatos (as) deben haber nacido en Venezuela o
ser ciudadanos o ciudadanas naturalizados (as) con al menos
15 años de residencia ininterrumpida en el país.
- Los (las) candidatos (as) deben tener al menos 25 años de
edad (21 años para los Consejos Legislativos Estadales).
- Los (las) candidatos (as) no pueden formar parte del cuerpo
clerical.
- Los (las) candidatos (as) no deben estar sujetos a ninguna
prohibición de tipo civil, inhabilitación administrativa o acusación
criminal.
- Adicionalmente, los (las) candidatos (as) al Consejo Legislativo
Estadal no pueden tener otro cargo gubernamental ni
administrar compañías relacionadas con contratos con el
Estado.
4. Participación Ciudadana en la Elección
de los Cargos Públicos Estadales
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el
derecho de asociarse con fines políticos, mediante
métodos democráticos de organización,
funcionamiento y dirección.
5. Postulantes y las Condiciones para Postularse
Únicamente tendrán derecho a postular candidatos y candidatas para los
procesos electorales
1.Las organizaciones con fines políticos.
2.Los grupos de electores y electoras.
3.Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia.
4.Las comunidades u organizaciones indígenas.
Las organizaciones con fines políticos y los grupos
de electores y electoras, podrán postular a una
misma persona para un determinado cargo de
elección popular sin más limitaciones que las
establecidas en la Constitución de la República y en
la ley.
Art. 47 al 56
6. Elecciones Regionales en Venezuela
En las Elecciones Regionales para
escoger Gobernadores y Alcaldes los
ciudadanos y ciudadanas votan por un
candidato único o candidata única y
quien obtenga la mayor cantidad de
votos gana la elección.
Elecciones para el Consejo
Legislativo Estadal se
emplea el voto uninominal
junto al voto lista.
La mitad de las candidaturas del voto lista en las
Elecciones Regionales de ese año (2008), debían ser
mujeres, con el fin de promover los derechos de las
mujeres a participar políticamente.