Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Ensayo el estado
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
ENSAYO: EL ESTADO COMO PERSONA JURIDICA. TEORIA DEL ORGANO.
CLASIFICACION. COMPETENCIA. JERARQUIA. LAS PERSONAS DEL DERECHO
PUBLICO
Alumno: Ángel Durán
Derecho Administrativo
Profesora: Emily Ramirez
SAIA 2018/B
Medellín, octubre de 2018
2. EL ESTADO COMO PERSONA JURÍDICA
El Estado tiene voluntad, una voluntad diferente de la de los ciudadanos, capaz de realizar
actos jurídicos, puede legislar, juzgar, recaudar impuestos o privar de libertad a una persona real
e incluso, conforme a algunos Ordenamientos Jurídicos, matar en ejecución de una sentencia,
también puede tener bienes, ser acreedor y demandar el pago correspondiente, como igualmente
puede ser demandado por un ciudadano para que repare la vulneración que él mismo ha cometido
de un derecho.
Se considera que el Estado es una persona, ya que le damos esa característica para poderla
entender puesto que tiene el poder de ser sujeto de derecho (ejercer derecho y contraer obligación)
además de esto es lo que garantiza que el Estado sea perpetuo, ya que sigue siendo igual, solo se
renuevan autoridades, el Estado es considerado persona jurídica desde el mismo momento de su
creación, sin necesidad de reconocimiento.
Carré de Malberg, fundamenta esa realidad en dos principios:
1. La unidad de los individuos que lo integran
2. La continuidad en el tiempo producto de su institucionalidad
La personalidad jurídica implica necesariamente una organización autónoma y patrimonio
propio, elementos principales de la unidad descentralizada.
TEORIA DEL ORGANO
Mediante la teoría del órgano se explica la imputación de la voluntad humana a la de las
personas jurídicas. Resulta, entonces, fundamental para el desarrollo del proceso de
consolidación del Estado de derecho, los derechos humanos y sus garantías. El órgano es la
Porción técnica del Estado a la que se atribuyen funciones jurídicas y competencia definidas y
los correspondientes cargos. Sus elementos esenciales son la competencia, la forma y la voluntad.
No debe confundirse el órgano con el cargo. El órgano es la Presidencia de la República, y
3. presidente de la República es el cargo, ocupado por una persona física. La teoría del órgano
permite la distinción que se realiza. Mientras el órgano permanece, el soporte del órgano que
ocupa el cargo
Existen diversas clasificaciones de órganos, entre ellas:
Clasificación
A. Según su creación bien sea directamente por la Carta Magna. Órganos Constitucionales y no
Constitucionales.
B. Órganos activos, consultivos, de contralor y de representación. Esta clasificación surge de
acuerdo con los cometidos que ejercen.
Competencia
La competencia, en Derecho administrativo, es un concepto que se refiere a la titularidad
de una determinada potestad que sobre una materia posee un órgano administrativo. Se trata,
pues, de una circunstancia subjetiva del órgano, de manera que cuando éste sea titular de los
intereses y potestades públicas, será competente.
Juan Alfonso Santamaría Pastor ilustra esta distinción entre la falsa vertiente objetiva y la más
exacta vertiente subjetiva, afirmando que "no se tiene competencia, sino que se es competente".
Puede decirse que, la competencia la constituye el conjunto de atribuciones, funciones y potestades
que el Ordenamiento Jurídico atribuye a cada órgano administrativo.
La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que
la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación, sustitución y avocación previstos
en la Ley.
Clases de competencias
Competencia material: También conocida como distribución funcional u objetiva, realiza
la asignación de competencias entre las divisiones departamentales en función de los
distintos servicios públicos posibles, así como los sectores sobre los que existaintervención
pública
4. Competencia Jerárquica: La distribución se realiza dentro de una división departamental,
de manera que las tareas más importantes y trascendentes quedan a cargo de los órganos
jerárquicamente superiores.
Competencia Territorial: Los distintos órganos son competenteso no en función del ámbito
geográfico
Competencia Ratione Temporis: La potestad queda atribuida a un órgano durante un
determinado periodo temporal
Jerarquía de los Órganos
Es el orden que se establece para que ciertos órganos tengan autoridad sobre otros, lo que trae
como consecuencia órganos superiores y órganos subordinados a estos. El objeto de la
jerarquía:
Deslindar funciones
Corregir defectos
Resolver conflictos para marcar pautas de subordinación y definir grados de mando y
obediencia.
5. Las personas del Derecho Público
Está compuesta por las entidades que conforman el estado. El CC Art. 19 establece los diferentes
tipos de persona jurídica siendo en el ordinal 1º donde se comenta "La Nación y las Entidades
políticas que la componen",el Art. 16 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV) contempla la organización política de la nación, especificando entre otras cosas, que el
territorio se organiza en municipios por lo que en el Art. 168 le concede personalidad jurídica y
los constituye en "la unidad política primaria de la organización nacional" pudiendo establecer
asociaciones con otros municipios "en mancomunidades para fines de interés público relativos a
materias de su competencia", atribución contemplada en el Art. 170. Así mismo, en el Art. 300 la
CRBV establece la "creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de
actividades sociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad
económica y social de los recursos públicos…". En este sentido, el ordinal 2º del CC Art. 19, se
refiere a los seres o cuerpos morales de carácter público, como lo son las iglesias de cualquier
credo y las universidades, y en general todas aquellas instituciones creadas por el estado para
llevar a cabo sus funciones como PDVSA, CANTV, CORPOELEC. etc. Es necesario destacar, sin
embargo, que existen componentes del Estado que no poseen personalidad jurídica como es el
caso de los ministerios, la asamblea nacional, el tribunal supremo de justicia, etc.