Este breve pero conciso ensayo fue creado para la difusión del verdadero fin de las cárceles, pues no es la represión ni el castigo, es la re adaptación social, una palabra que muchos funcionarios de las prisiones parecen no conocer.
El documento presenta un prólogo escrito por Manuela Carmena sobre el libro de Jesús Valverde que analiza la prisión. En él, Carmena destaca la importancia del libro para explicar lo que la cárcel es y no es, y cómo margina a las personas. También reflexiona sobre la responsabilidad de los jueces en las condenas a prisión y la falta de humanización del sistema penitenciario. Finalmente, expresa su esperanza en que un día las cárceles puedan desaparecer.
UN DOCUMENTO IMPORTANTE, PARA ABOGADOS PENALISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO----PEDRO ALEJANDRO REYES ALUMNO DE UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI---11 CICLO--2019
Criminalistica y criminologia auxiliar en la justiciaDaniel Carrizosa
Este documento resume las diferencias entre la criminalística y la criminología, y cómo ambas ayudan a la justicia. La criminalística se centra en evidencia física como huellas dactilares, mientras que la criminología estudia la personalidad del delincuente. Ambas disciplinas son importantes para investigaciones policiales y juicios, pero se necesita una comunicación efectiva entre expertos y autoridades.
El sistema penal como maquina y la paradoja de la leyedwin70
Kafka plantea que el sistema penal funciona como una máquina sacrificial que castiga al sujeto de forma automática e inevitable. No es posible detener o cambiar realmente esta máquina, ya que forma parte intrínseca de la vida humana y la sociedad. Cualquier intento de reforma o cambio en realidad solo modifica la forma del castigo, pero no elimina la lógica subyacente de culpa y sacrificio. La máquina encontrará siempre nuevas víctimas y formas de justificar su funcionamiento.
Este documento compara y contrasta la presunción de inocencia y la prisión preventiva. Explica que la presunción de inocencia es la garantía de que una persona no será considerada culpable hasta que haya una sentencia definitiva, mientras que la prisión preventiva es una medida cautelar que busca asegurar el proceso penal pero no debe usarse como una condena anticipada ni vulnerar la libertad de las personas. También establece principios como la legalidad, excepcionalidad y proporcionalidad que deben guiar la aplicación de la prisión preventiva.
Presunción de inocencia como principio constitucional.Kevin Cabezas Paez
Este artículo discute la presunción de inocencia como un principio constitucional absoluto. Argumenta que la presunción de inocencia solo puede romperse mediante una sentencia condenatoria o la auto incriminación del acusado, y no debe estar sujeta a ponderación frente a otros derechos. Sin embargo, las medidas de aseguramiento privativas de la libertad continúan siendo válidas a pesar de que contradicen este principio absoluto. El autor intenta evidenciar las falacias de la Corte Constitucional al avalar estas medidas y propone terminar
El documento presenta el dilema de un prisionero encerrado en una habitación con dos puertas, una abierta y otra cerrada con llave, y dos guardias, uno que siempre dice la verdad y otro que siempre miente. El prisionero puede hacer una pregunta a uno de los guardias para identificar cuál puerta está abierta y así recuperar su libertad.
El documento analiza los problemas relacionados con la protección de los derechos humanos en las cárceles colombianas, incluyendo el hacinamiento y la desviación de recursos. El autor abordará estos temas desde una perspectiva filosófica y jurídica, cuestionando las causas de estas vulneraciones y proponiendo posibles soluciones. Identifica el hacinamiento carcelario como un problema grave causado por la fallida política criminal del estado y la crisis en el sistema de justicia penal. También examina los daños físicos y psicológicos que su
El documento presenta un prólogo escrito por Manuela Carmena sobre el libro de Jesús Valverde que analiza la prisión. En él, Carmena destaca la importancia del libro para explicar lo que la cárcel es y no es, y cómo margina a las personas. También reflexiona sobre la responsabilidad de los jueces en las condenas a prisión y la falta de humanización del sistema penitenciario. Finalmente, expresa su esperanza en que un día las cárceles puedan desaparecer.
UN DOCUMENTO IMPORTANTE, PARA ABOGADOS PENALISTAS Y ESTUDIANTES DE DERECHO----PEDRO ALEJANDRO REYES ALUMNO DE UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI---11 CICLO--2019
Criminalistica y criminologia auxiliar en la justiciaDaniel Carrizosa
Este documento resume las diferencias entre la criminalística y la criminología, y cómo ambas ayudan a la justicia. La criminalística se centra en evidencia física como huellas dactilares, mientras que la criminología estudia la personalidad del delincuente. Ambas disciplinas son importantes para investigaciones policiales y juicios, pero se necesita una comunicación efectiva entre expertos y autoridades.
El sistema penal como maquina y la paradoja de la leyedwin70
Kafka plantea que el sistema penal funciona como una máquina sacrificial que castiga al sujeto de forma automática e inevitable. No es posible detener o cambiar realmente esta máquina, ya que forma parte intrínseca de la vida humana y la sociedad. Cualquier intento de reforma o cambio en realidad solo modifica la forma del castigo, pero no elimina la lógica subyacente de culpa y sacrificio. La máquina encontrará siempre nuevas víctimas y formas de justificar su funcionamiento.
Este documento compara y contrasta la presunción de inocencia y la prisión preventiva. Explica que la presunción de inocencia es la garantía de que una persona no será considerada culpable hasta que haya una sentencia definitiva, mientras que la prisión preventiva es una medida cautelar que busca asegurar el proceso penal pero no debe usarse como una condena anticipada ni vulnerar la libertad de las personas. También establece principios como la legalidad, excepcionalidad y proporcionalidad que deben guiar la aplicación de la prisión preventiva.
Presunción de inocencia como principio constitucional.Kevin Cabezas Paez
Este artículo discute la presunción de inocencia como un principio constitucional absoluto. Argumenta que la presunción de inocencia solo puede romperse mediante una sentencia condenatoria o la auto incriminación del acusado, y no debe estar sujeta a ponderación frente a otros derechos. Sin embargo, las medidas de aseguramiento privativas de la libertad continúan siendo válidas a pesar de que contradicen este principio absoluto. El autor intenta evidenciar las falacias de la Corte Constitucional al avalar estas medidas y propone terminar
El documento presenta el dilema de un prisionero encerrado en una habitación con dos puertas, una abierta y otra cerrada con llave, y dos guardias, uno que siempre dice la verdad y otro que siempre miente. El prisionero puede hacer una pregunta a uno de los guardias para identificar cuál puerta está abierta y así recuperar su libertad.
El documento analiza los problemas relacionados con la protección de los derechos humanos en las cárceles colombianas, incluyendo el hacinamiento y la desviación de recursos. El autor abordará estos temas desde una perspectiva filosófica y jurídica, cuestionando las causas de estas vulneraciones y proponiendo posibles soluciones. Identifica el hacinamiento carcelario como un problema grave causado por la fallida política criminal del estado y la crisis en el sistema de justicia penal. También examina los daños físicos y psicológicos que su
1. El documento describe las diferentes penas contempladas en el Código Penal Ecuatoriano, incluyendo penas corporales, infamantes, privativas de derechos, privativas de libertad y pecuniarias. 2. También explica las reglas sobre reincidencia y sustitución de penas. 3. Finalmente, cubre temas como la libertad condicional y sus efectos.
El principio de inocencia establece que toda persona sometida a un proceso penal debe ser tratada como inocente hasta que se demuestre su culpabilidad mediante una sentencia firme. Solo la Fiscalía puede desvirtuar este principio mediante pruebas que demuestren la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable.
La prontitud de la pena es más justa y útil porque evita los tormentos de la incertidumbre que sufren los reos durante la espera y hace que la asociación entre el delito y la pena sea más fuerte. Además, la cárcel sólo debe ser una simple custodia temporal y lo menos dura posible para el ciudadano, usada sólo para impedir la fuga o ocultar pruebas. En general, el peso de la pena debe ser eficaz pero la menos dura posible, de acuerdo con el principio de que los hombres buscan sujetarse a
El documento discute los argumentos a favor y en contra de la pena de muerte. Aunque la pena de muerte puede entenderse como la búsqueda de justicia para las víctimas, el objetivo del sistema penal debe ser dar a los delincuentes la oportunidad de reinsertarse en la sociedad. La pena de muerte no necesariamente ayuda a prevenir delitos futuros ni es un castigo más eficaz que las alternativas. En resumen, la pena de muerte va en contra del derecho humano fundamental a la vida y no hay garantía de que prevenga otros
Este documento presenta un resumen sobre la cadena perpetua. Define la cadena perpetua como una sentencia privativa de libertad de por vida por cometer un crimen grave. Explora brevemente la situación de la cadena perpetua en Colombia y casos reales en otros países como Egipto y Estados Unidos. Finalmente, enumera los pros y contras de la cadena perpetua.
Este documento discute el principio de la presunción de inocencia en el derecho procesal penal. Plantea que la presunción de inocencia opera en dos ámbitos: procesal y penal. En el ámbito procesal, la persona puede ver alterada su inocencia inicial si la prueba lo incrimina, permitiendo medidas cautelares en su contra. Sin embargo, mantiene su inocencia penal hasta la sentencia definitiva. También argumenta que existe una contradicción entre presumir la inocencia de una persona y permitir privarla de libertad, y que se requiere un
Este documento presenta un resumen y comentario de la novela La fuente de las vestales de Jean-François Nahmias. Combina intriga y elementos históricos de la antigua Roma. Incluye un análisis de un fragmento clave donde el protagonista se da cuenta de que su vida no ha tenido significado, y comentarios de dos citas que muestran la hipocresía en la justicia romana. Concluye que aunque la trama no es original, los detalles culturales enriquecen la comprensión de la época.
El documento discute la diferencia entre la "verdad procesal" y la "verdad histórica" en el sistema legal. La verdad procesal se refiere a los hechos establecidos a través de los procedimientos y pruebas presentadas en un juicio, mientras que la verdad histórica es la versión completa de los eventos que ocurrieron. También explica que para aplicar una sanción penal, se debe reconstruir la verdad procesal de los hechos a través de pruebas presentadas de manera estructurada y preest
El Dr. Zaffaroni expresa su agradecimiento por el homenaje pero enfatiza que ninguno de nosotros es merecedor de todo el crédito, ya que nos formamos a lo largo de la vida y de nuestras experiencias. Enumera a varias figuras que lo influenciaron en su carrera, incluyendo criminólogos, penalistas, jesuitas, presos y familiares de presos. Finalmente, explica que las instituciones totales como las cárceles tienen un efecto dañino en las personas y reproducen lo que dicen resolver, alter
El documento explica cómo un prisionero puede obtener su libertad al plantearle una pregunta específica a cualquiera de los dos guardias que custodian las puertas de la libertad y la esclavitud. Si el prisionero le pregunta al guardia "Si fueras el otro guardia y me señalaras la puerta de la libertad, ¿cuál sería?", cualquiera de los guardias señalará la puerta de la esclavitud, por lo que el prisionero debe escoger la puerta opuesta para ganar su libertad.
Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Este documento describe las características fundamentales del sistema acusatorio, incluyendo que es un sistema adversarial donde la fiscalía y la defensa se enfrentan ante un juez imparcial, que se basa en el respeto de los derechos individuales como la libertad, y que se caracteriza por la oralidad de los juicios con pruebas presentadas oralmente. También explica que surgió históricamente para impedir abusos del estado y que requiere un umbral probatorio escalonado para el ministerio público a lo largo del proceso.
El documento presenta una discusión sobre la teoría del caso en los juicios penales. Explica que la teoría del caso es un punto de vista estratégico que guía la presentación de evidencia y argumentos. También describe cómo se debe desarrollar proposiciones fácticas basadas en la evidencia para respaldar los elementos legales del caso. Finalmente, enfatiza que toda la defensa debe estar alineada con y servir a la teoría del caso.
El Tribunal Constitucional español establece por primera vez el principio de "in dubio pro reo" al analizar el caso de una persona condenada solo por su confesión en comisaría sin abogado. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también aplica este principio al condenar a un hombre por el delito menor cuando los hechos podían encuadrarse en dos delitos diferentes. En ambos casos, el principio establece que ante la duda razonable en la valoración de la prueba, esta debe interpretarse de la manera más favorable para el acusado.
Este documento resume los principios fundamentales del derecho probatorio según la legislación venezolana. Describe principios como la inmediación, la contradicción, la carga de la prueba, la libertad probatoria, la licitud, la idoneidad y la obtención coactiva de medios de prueba. El documento analiza cada principio de manera concisa explicando su significado y fundamento legal en la Constitución y el Código de Procedimiento Civil de Venezuela.
Este documento resume el principio de la presunción de inocencia en el derecho penal venezolano. Explica que la inocencia es un estado jurídico, no una presunción, y que la culpabilidad debe ser probada más allá de toda duda razonable. También destaca que la presunción de inocencia es una garantía constitucional que requiere que la fiscalía pruebe la culpabilidad del acusado y que este sea juzgado en libertad y con respeto a su estado de inocencia.
El documento discute la cuestión criminal como un problema mundial en lugar de local. Señala que aunque los académicos han estudiado y debatido este tema, sus conocimientos permanecen aislados en el mundo académico y no son comunicados efectivamente al público. También critica que los medios de comunicación masivos difunden opiniones simplistas sobre la cuestión criminal en lugar de las perspectivas más informadas de los expertos, lo que puede conducir a políticas contraproducentes y un aumento de la mortalidad. El autor argumenta que es necesario
Este documento describe los diferentes tipos de delitos informáticos. Se dividen en dos grupos: crímenes que tienen como objetivo redes de computadoras como virus y ataques masivos, y crímenes realizados a través de ordenadores como fraude, robo y pornografía infantil. Algunos delitos informáticos específicos mencionados incluyen spam, fraude a través de la alteración ilegal de datos o sistemas, y la destrucción o robo de información.
'Delito informático', crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet.
1. El documento describe las diferentes penas contempladas en el Código Penal Ecuatoriano, incluyendo penas corporales, infamantes, privativas de derechos, privativas de libertad y pecuniarias. 2. También explica las reglas sobre reincidencia y sustitución de penas. 3. Finalmente, cubre temas como la libertad condicional y sus efectos.
El principio de inocencia establece que toda persona sometida a un proceso penal debe ser tratada como inocente hasta que se demuestre su culpabilidad mediante una sentencia firme. Solo la Fiscalía puede desvirtuar este principio mediante pruebas que demuestren la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable.
La prontitud de la pena es más justa y útil porque evita los tormentos de la incertidumbre que sufren los reos durante la espera y hace que la asociación entre el delito y la pena sea más fuerte. Además, la cárcel sólo debe ser una simple custodia temporal y lo menos dura posible para el ciudadano, usada sólo para impedir la fuga o ocultar pruebas. En general, el peso de la pena debe ser eficaz pero la menos dura posible, de acuerdo con el principio de que los hombres buscan sujetarse a
El documento discute los argumentos a favor y en contra de la pena de muerte. Aunque la pena de muerte puede entenderse como la búsqueda de justicia para las víctimas, el objetivo del sistema penal debe ser dar a los delincuentes la oportunidad de reinsertarse en la sociedad. La pena de muerte no necesariamente ayuda a prevenir delitos futuros ni es un castigo más eficaz que las alternativas. En resumen, la pena de muerte va en contra del derecho humano fundamental a la vida y no hay garantía de que prevenga otros
Este documento presenta un resumen sobre la cadena perpetua. Define la cadena perpetua como una sentencia privativa de libertad de por vida por cometer un crimen grave. Explora brevemente la situación de la cadena perpetua en Colombia y casos reales en otros países como Egipto y Estados Unidos. Finalmente, enumera los pros y contras de la cadena perpetua.
Este documento discute el principio de la presunción de inocencia en el derecho procesal penal. Plantea que la presunción de inocencia opera en dos ámbitos: procesal y penal. En el ámbito procesal, la persona puede ver alterada su inocencia inicial si la prueba lo incrimina, permitiendo medidas cautelares en su contra. Sin embargo, mantiene su inocencia penal hasta la sentencia definitiva. También argumenta que existe una contradicción entre presumir la inocencia de una persona y permitir privarla de libertad, y que se requiere un
Este documento presenta un resumen y comentario de la novela La fuente de las vestales de Jean-François Nahmias. Combina intriga y elementos históricos de la antigua Roma. Incluye un análisis de un fragmento clave donde el protagonista se da cuenta de que su vida no ha tenido significado, y comentarios de dos citas que muestran la hipocresía en la justicia romana. Concluye que aunque la trama no es original, los detalles culturales enriquecen la comprensión de la época.
El documento discute la diferencia entre la "verdad procesal" y la "verdad histórica" en el sistema legal. La verdad procesal se refiere a los hechos establecidos a través de los procedimientos y pruebas presentadas en un juicio, mientras que la verdad histórica es la versión completa de los eventos que ocurrieron. También explica que para aplicar una sanción penal, se debe reconstruir la verdad procesal de los hechos a través de pruebas presentadas de manera estructurada y preest
El Dr. Zaffaroni expresa su agradecimiento por el homenaje pero enfatiza que ninguno de nosotros es merecedor de todo el crédito, ya que nos formamos a lo largo de la vida y de nuestras experiencias. Enumera a varias figuras que lo influenciaron en su carrera, incluyendo criminólogos, penalistas, jesuitas, presos y familiares de presos. Finalmente, explica que las instituciones totales como las cárceles tienen un efecto dañino en las personas y reproducen lo que dicen resolver, alter
El documento explica cómo un prisionero puede obtener su libertad al plantearle una pregunta específica a cualquiera de los dos guardias que custodian las puertas de la libertad y la esclavitud. Si el prisionero le pregunta al guardia "Si fueras el otro guardia y me señalaras la puerta de la libertad, ¿cuál sería?", cualquiera de los guardias señalará la puerta de la esclavitud, por lo que el prisionero debe escoger la puerta opuesta para ganar su libertad.
Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
Este documento describe las características fundamentales del sistema acusatorio, incluyendo que es un sistema adversarial donde la fiscalía y la defensa se enfrentan ante un juez imparcial, que se basa en el respeto de los derechos individuales como la libertad, y que se caracteriza por la oralidad de los juicios con pruebas presentadas oralmente. También explica que surgió históricamente para impedir abusos del estado y que requiere un umbral probatorio escalonado para el ministerio público a lo largo del proceso.
El documento presenta una discusión sobre la teoría del caso en los juicios penales. Explica que la teoría del caso es un punto de vista estratégico que guía la presentación de evidencia y argumentos. También describe cómo se debe desarrollar proposiciones fácticas basadas en la evidencia para respaldar los elementos legales del caso. Finalmente, enfatiza que toda la defensa debe estar alineada con y servir a la teoría del caso.
El Tribunal Constitucional español establece por primera vez el principio de "in dubio pro reo" al analizar el caso de una persona condenada solo por su confesión en comisaría sin abogado. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también aplica este principio al condenar a un hombre por el delito menor cuando los hechos podían encuadrarse en dos delitos diferentes. En ambos casos, el principio establece que ante la duda razonable en la valoración de la prueba, esta debe interpretarse de la manera más favorable para el acusado.
Este documento resume los principios fundamentales del derecho probatorio según la legislación venezolana. Describe principios como la inmediación, la contradicción, la carga de la prueba, la libertad probatoria, la licitud, la idoneidad y la obtención coactiva de medios de prueba. El documento analiza cada principio de manera concisa explicando su significado y fundamento legal en la Constitución y el Código de Procedimiento Civil de Venezuela.
Este documento resume el principio de la presunción de inocencia en el derecho penal venezolano. Explica que la inocencia es un estado jurídico, no una presunción, y que la culpabilidad debe ser probada más allá de toda duda razonable. También destaca que la presunción de inocencia es una garantía constitucional que requiere que la fiscalía pruebe la culpabilidad del acusado y que este sea juzgado en libertad y con respeto a su estado de inocencia.
El documento discute la cuestión criminal como un problema mundial en lugar de local. Señala que aunque los académicos han estudiado y debatido este tema, sus conocimientos permanecen aislados en el mundo académico y no son comunicados efectivamente al público. También critica que los medios de comunicación masivos difunden opiniones simplistas sobre la cuestión criminal en lugar de las perspectivas más informadas de los expertos, lo que puede conducir a políticas contraproducentes y un aumento de la mortalidad. El autor argumenta que es necesario
Este documento describe los diferentes tipos de delitos informáticos. Se dividen en dos grupos: crímenes que tienen como objetivo redes de computadoras como virus y ataques masivos, y crímenes realizados a través de ordenadores como fraude, robo y pornografía infantil. Algunos delitos informáticos específicos mencionados incluyen spam, fraude a través de la alteración ilegal de datos o sistemas, y la destrucción o robo de información.
'Delito informático', crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet.
la informática jurídica como la técnica que tiene por finalidad almacenar, ordenar, procesar y entregar según criterio lógico y científico, todos los datos jurídicos necesarios para documentar o proponer la solución
El primer documento habla sobre el phishing, que consiste en el uso de sitios web o hipervínculos falsos para capturar información bancaria y personal de los usuarios. Los otros documentos describen cómo bancos en Colombia han sido víctimas de phishing, con estafadores creando páginas falsas y enviando correos para robar datos de clientes. También se mencionan otros delitos informáticos como el spam, sniffing, virus, violaciones a la propiedad intelectual y la falsificación de documentos.
Este documento presenta una discusión sobre el estado actual de los derechos humanos en el mundo. Reconoce algunos avances logrados, pero argumenta que persisten muchos desafíos y violaciones a los derechos humanos, incluyendo tortura, genocidio, conflictos de interpretación entre ideologías, y la dificultad de hacer cumplir los derechos internacionalmente. Concluye que para garantizar plenamente los derechos humanos se necesita una comunidad verdaderamente moral y una autoridad supranacional justa con suficiente poder.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 fue el primer documento legal que protegió los derechos humanos. Junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los tres instrumentos forman la llamada Carta Internacional de los Derechos Humanos, que junto con una serie de tratados internacionales sobre derechos humanos adoptados desde 1945, han aumentado la legislación internacional de derechos humanos para protegerlos. La ONU
El documento habla sobre el sistema penitenciario y educativo en Guatemala. Brevemente describe que el sistema penitenciario tiene como función principal el cumplimiento de las penas pero en Guatemala no cumple con la rehabilitación. También menciona que el sistema educativo debe brindar una educación integral pero que en el país hay deficiencias. Luego analiza específicamente las falencias del sistema penitenciario y educativo guatemalteco y cómo esto influye en los altos índices de criminalidad.
La iniciativa propone reformar la Constitución y la ley para garantizar que los detenidos y sentenciados reciban información sobre sus derechos y beneficios legales como la libertad condicional. Actualmente, la sobrepoblación carcelaria y la falta de conocimiento sobre estas opciones legales mantienen a personas en prisión cuando podrían acceder a beneficios. La reforma aseguraría que se informe a todos los detenidos sobre sus derechos y opciones disponibles de manera escrita u oral, ayudando a reducir la población carcelaria y
Iñaki - La universidad tiene que jugar un papel importantísimo en la cárcelj g
La universidad debe desempeñar un papel importante en la cárcel a través de la formación, investigación y análisis crítico. Debe participar con todos los actores del sistema penal, incluyendo presos, guardias, jueces y fiscales. Si los presos no pueden ir a la universidad, la universidad debe ir a la cárcel y proveer un espacio sin la lógica disciplinaria de la cárcel, donde puedan acceder a materiales y desarrollar investigaciones libremente. Sin embargo, crear este tipo de espacio crí
El documento presenta un proyecto de tesis sobre la ineficacia del trabajo penitenciario como tratamiento en el Establecimiento Penal de Tumbes durante 2010-2011. Explica que el trabajo penitenciario se supone que cumple una función rehabilitadora y de reinserción social, pero que en la práctica a menudo no se implementa de manera adecuada debido a falta de talleres, recursos e implementos. También presenta los antecedentes legales relevantes y las teorías como el derecho penitenciario que sirven como base para el anális
Este documento presenta argumentos a favor y en contra de la pena de muerte. Entre los argumentos a favor se encuentran que puede evitar crímenes al disuadir a posibles criminales, proteger la vida de los ciudadanos al eliminar el riesgo de reincidencia y que mantener criminales en prisión requiere gastos que los ciudadanos deben pagar con sus impuestos. Los argumentos en contra incluyen casos injustos donde individuos fueron sentenciados a muerte incorrectamente y que pasar tiempo en el corredor de la muerte puede resultar en años de
Investigacion sistema penitenciario mexicanodavidsooon
Este documento presenta un seminario de titulación sobre el sistema penitenciario de México. Aborda conceptos clave como la prisión, antecedentes históricos de sistemas penitenciarios en diferentes países y épocas, modelos de prisión, las prisiones en México, aplicación de la pena de prisión, sobrepoblación carcelaria, y críticas al actual sistema penitenciario mexicano. El documento provee información general sobre la evolución y problemáticas del sistema penitenciario en México.
El documento discute los desafíos de la penología en el siglo 21, incluyendo la tensión entre el castigo y la rehabilitación, la presión social dentro de las prisiones, y la necesidad de normalizar las condiciones de detención para facilitar la reinserción de los presos en la sociedad una vez liberados.
Proyección de la Criminología en México hacia el siglo XXIzaderdan
Este documento discute los problemas con el sistema de justicia penal y el uso de la prisión en México hacia el siglo XXI. En tres oraciones: Presenta el caso de Pablo, quien entró a prisión por un delito menor pero se relacionó con una banda criminal dentro de la prisión, lo que empeoró su criminalidad. Argumenta que la prisión en México a menudo no cumple con sus objetivos de castigo y rehabilitación, y en algunos casos empeora la criminalidad. Finalmente, propone que se debe aplicar más conocimiento criminológico al sistema de justicia penal
Este documento describe brevemente la situación de los reclusos en el centro penitenciario de San Juan de Lurigancho en Perú. Explica que el sistema penitenciario peruano atraviesa una emergencia debido al hacinamiento y la corrupción. También analiza los desafíos que enfrentan los reclusos como la agresividad y la falta de respeto. Finalmente, sugiere que se debe implementar programas de rehabilitación cognitiva y emocional, y modelos de prisión más humanos para lograr la reinserción social de los reclus
La criminalidad femenina ha cambiado y los mitos en torno a esta deben igualmente ser modificados. Los estereotipos y determinismos biológicos que rodean la conducta criminal femenina deben ser superados. Al evolucionar este prejuicio se logrará abordar de manera más crítica la victimización de la que sufre, en este caso en particular, dentro de la prisión. A lo largo de este artículo se hablará de su situación actual, las distintas formas de victimización dentro del sistema penal y ellas en la particular condición de embarazadas o lactando.
El documento analiza el tratamiento de los delincuentes sexuales en el sistema penitenciario argentino. Señala que la cárcel rara vez logra resocializar a los delincuentes, incluyendo a los delincuentes sexuales, debido a las malas condiciones y falta de tratamiento. Argumenta que se debe mejorar el sistema penitenciario para cumplir con el objetivo constitucional de resocialización y prevenir la reincidencia, en lugar de simplemente castigar a los delincuentes.
Este documento discute el tratamiento de los delincuentes sexuales en las cárceles. Argumenta que las cárceles actualmente no logran rehabilitar a los delincuentes, incluidos los delincuentes sexuales. Propone que se necesita un enfoque interdisciplinario y un tratamiento diferenciado para los delincuentes sexuales en las cárceles para lograr la resocialización y prevenir la reincidencia. También sugiere que la sociedad debe cambiar su perspectiva sobre las cárceles para verlas como lugares para la rehabilitación en
Articulo que pretende ver el origen, las afectacions y posibles soluciones que hay en las cárceles Colombianas debido al hacinamiento carcelario que se presente actualmente en el País
El documento habla sobre el hacinamiento en las prisiones de Honduras que resultó en la muerte de 358 personas en un incendio. El autor argumenta que el hacinamiento es un problema crónico en las prisiones causado por tener demasiados reclusos preventivos y por leyes que criminalizan delitos menores. Propone como soluciones despenalizar ciertos delitos, mejorar la clasificación de reclusos, y respetar la capacidad original de las prisiones para prevenir tragedias futuras.
Este documento discute la viabilidad y conveniencia de la cadena perpetua en España. Explica que actualmente la pena máxima de prisión es de 40 años, pero que la cadena perpetua podría ser constitucional si permite la revisión de la condena. La mayoría de expertos se oponen a la cadena perpetua tradicional por ser indetermianda e inhumana, pero existe debate sobre si una cadena perpetua condicionada podría ser una opción viable. El Tribunal Constitucional ha dictaminado que la cadena perpetua sin posibilidad de revisión es inconstitucional
El documento discute las violaciones sistemáticas de los derechos humanos que ocurren en las cárceles brasileñas a pesar de la legislación internacional y nacional que protege los derechos de los detenidos. El sistema carcelario brasileño tiene más de 422,000 presos, superando la capacidad de las cárceles. La mayoría de los presos son jóvenes, pobres y negros con bajo nivel educativo encarcelados por delitos como homicidio, robo y tráfico de drogas. Las condiciones en las cárceles
V I G I L A R Y C A S T I G A R - M. Foucault(1).docxCeciliaArce10
Este documento describe la transición de los sistemas penales basados en el sufrimiento físico a sistemas más "incorporales" centrados en el alma. Explica cómo los suplicios públicos desaparecieron en el siglo XVIII y cómo la prisión se convirtió en la principal forma de castigo, aunque aún implicaba cierto sufrimiento físico. También analiza cómo el enfoque penal cambió de castigar el cuerpo a enfocarse en las pasiones y anomalías del alma, y cómo expertos como médicos y psiquiatras pas
Este documento presenta un ensayo sobre la pena en prisión desde la perspectiva de la intervención del trabajo social. Expone la evolución histórica del castigo y la prisión, analiza casos reales de la vida en prisión que violan la dignidad humana, y explica cómo el trabajo social puede contribuir a mejorar la calidad de vida de los internos a través de programas de tratamiento e intervención que promueven la reinserción social.
El documento discute el problema del hacinamiento en las prisiones de Honduras, que resultó en la muerte de 358 personas en un incendio reciente. El autor argumenta que el hacinamiento es un problema crónico causado por la excesiva criminalización de delitos menores y la detención preventiva de personas que no han sido juzgadas. Sugiere que Honduras y otros países deben revisar sus leyes penales, despenalizar delitos menores, y clasificar a los presos según su situación legal para prevenir tragedias futuras y garantizar condiciones dignas
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COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
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Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
2. LA CARCEL: UN REGRESO A LA VIOLACIÓN Y AL DELITO
ABSTRACT:
A lo largo de los años hemos visto a los delincuentes como cosas, objetos sin
humanidad, creemos que el hecho de haber delinquido automáticamente te
convierte en exiliado de la sociedad, debo decir que esto tiene un poco de razón,
pero no a la manera que lo plantean los individuos; los delincuentes han cometido
un error, y se les tiene que reformar no castigar, pues el castigo lleva inmersa la
violencia, sin embargo el reformar es dar una nueva oportunidad de cambiar el
estilo de vida, y este último era antes el fin de las cárceles, ciertamente se han
corrompido, pues han dejado que la violencia invada esos espacios que deberían
ser de apoyo y reinserción social, sin duda alguna ha dejado que se llene de
corrupción, y que ahora los que vivan bien sean solo unos pocos, que solo esa
minoría tenga derecho a una readaptación, a una reforma, a una “nueva vida”
llena aun de delito, sí así es, esa minoría es la que tiene el poder y el dinero para
hacerlo.
INTRODUCCIÓN:
Los presos siguen siendo seres humanos, y no los defiendo porque lo que hicieron
está bien (que sin duda no lo está), sino porque el sistema penal debe cumplir con
su obligación de readaptar, a lo largo de este ensayo desarrollare mi tesis principal
que es: la violación a los derechos de los presos en las cárceles ocurre por una
crisis en estas. La tesis la defenderé apoyada en argumentación basada en un
amplio trabajo de investigación bibliográfica, pues hay mucha información acerca
de esta temática, el problema es que no se busca exponerla, que salga a la luz,
sino que se deja en el olvido, o inclusive muchas veces se transvalora,
mostrándonos el enfoque que todos vemos, un preso con una total pérdida de su
humanidad, y unos funcionarios de las cárceles como héroes por encerrar al
monstruo que tanto acechaba día y noche al pueblo indefenso que solo pide
3. tranquilidad. Y es que el problema no es solo la pérdida de valores dentro de las
penitenciarías, creo que ese es el menor de los males, pues la verdadera razón,
como lo explicaré en el desarrollo páginas más adelante, es el conflicto de que el
sistema penal ya no alcanza para el principal fin de estas, es decir ya no puede
cumplir con su función de readaptación debido a que los reglamentos no se
cumplen o simplemente es algo que tiene una menor importancia o algo aún peor,
dichos reglamentos ya no son efectivos, son muy obsoletos y no se ha tomado la
preocupación de establecer nuevos que se ajusten a las necesidades actuales de
las cárceles dando así un funcionamiento más efectivo. Son muchos los
argumentos que daré para defender mi tesis, pues son muchas las causas que
existen, y lo más importante es reunir todas para dejar en claro porque se le tiene
que poner mucha atención a las cárceles en su modo de trabajar internamente,
dejando de lado el sistema penal como tal, aquí lo importante y lo que me ocuparé
de destacar en demasía es el funcionamiento interno, tomando como referencia
los derechos de los presos, que tanto se resguardan en los reglamentos de las
prisiones y por último el nivel de cumplimiento de estos.
LA CARCEL: UN REGRESO A LA VIOLACIÓN Y AL DELITO
Para comenzar a desarrollar la tesis es necesario esclarecer un punto muy
importante que son los derechos de los presos; muchas personas tienen la idea
errónea de que los presos pierden sus derechos al delinquir, es una idea errónea
porque en primera instancia no pierden derechos, les son suprimidos por el tiempo
en el que están en prisión, y solo son los derechos políticos, los demás siguen
intactos, entonces ¿cuáles son estos derechos que siguen vigentes para ellos?
Son los derechos humanos, pues al principio del ensayo mencione que el hecho
de ser delincuentes no los hace menos humanos, y estos adaptados al sistema
penitenciario, como se ve en lo que nos dicen las Normas Internacionales de
Derechos Humanos dictada por la ONU; A grandes rasgos menciona que los
presidiarios tienen derecho a la integridad física y moral, a un nivel de vida
adecuado; a ser atendidos en materia de salud, y cabe decir que tiene que ser una
atención de calidad, incluyendo exámenes médicos, medicamento necesario,
4. atención a discapacitados. Y por último a una buena seguridad, tanto para ellos
como para los trabajadores, este punto es muy importante porque muchas veces
dentro de los reclusorios los presos no llegan a cumplir su condena, porque lejos
de reformarse, terminan muertos en riñas o por abuso de las misma autoridades; a
una utilización óptima de las prisiones y tener contacto con el mundo exterior, me
quedo con estos dos últimos puntos porque conciernen a mi tesis. El penúltimo
punto habla de que los presos tienen derecho a que la cárcel sea utilizada de
forma óptima, lo que quiere decir que tiene que ser destinada a su principal fin que
es la readaptación, pero en lugar de readaptar a los presos, hacen de la cárcel un
medio de implementar la violencia, “Ocurre aquí la más rotunda expresión de
control social, por la doble fuerza irresistible de la amenaza” (García, 1998: pág.
37). Y bien lo menciona García, después de un exhaustivo trabajo de
investigación, que solo buscan controlar a los presos por amenazas, pues es más
fácil amenazar que enseñar, y los funcionarios de estas prisiones no son la
excepción; ahora bien, el último punto habla acerca del contacto con el mundo
exterior, es decir, mantener contacto con sus familiares, y estar en una cárcel
cerca de su lugar de residencia, así como mantenerse informados de lo que ocurre
afuera, ¿Cómo se logra esto?, a través de los medios de información que son más
fáciles que tengan acceso es decir el periódico, pero sin duda muchas veces se
les ponen trabas para poder mantener este contacto que es tan vital , y García
vuelve a plantear este problema, pues menciona:
Actualmente preocupan los derechos del hombre, que poseen por el simple hecho
de ser humanos, el ámbito penal es la zona crítica, si hubiese una escala universal
de las penas y de los delitos, tendríamos una probable y común medida de los
grados de tiranía y libertad, del fondo de humanidad o de maldad de las distintas
naciones (pág. 44)
Y bien lo ha dicho, la tiranía y la maldad son presentes en las cárceles, y vuelvo a
repetir mi posición, no estoy a favor de lo que han cometido los presos, pues ha
sido un acto contrario a la ley, pero tampoco estoy a favor de que las cárceles no
cumplan con su objetivo que es la readaptación. Siguiendo con el hilo del escrito,
5. procederé a mencionar los reglamentos de las prisiones y existen muchos que se
han aplicado, pero hay que destacar uno muy importante, en el cual se ve
plasmado la falta de seguimiento y de importancia que se les da a estos: el
reglamento que por mucho tiempo se aplicó fue el de Lecumberri, de principios de
siglo de la época de Fráncico Sodi , cuando fue director de esa prisión, se formuló
y se aplicó un reglamento que no fue sometido a un procedimiento formal para su
aprobación que cuando Francisco Sodi dejó la dirección quedo nulo (Mendoza,
1998). Es así como se demuestra la falta de seguimiento y sobretodo de
importancia que se les da a los reglamentos, pues si ni siquiera se sometió a
revisión el reglamento, mucho menos se vigiló su aplicación, y así se pueden citar
muchos más como el de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del
Distrito Federal; cada vez se respetan menos los reglamentos, y por consiguiente
los derechos quedan sin ser respetados.
Aterrizando los argumentos anteriores expondré uno último, el apoyo final de lo
aquí expuesto, pues detrás de la violación a los derechos, de los ineficaces
reglamentos que solo son un papel más en las cárceles, está una razón muy
fuerte de la falta de cumplimiento: la ineficacia de la prisión, pues esta conduce a
solicitar penas más severas y medidas radicales, a pretender la introducción de
interferencias en el rumbo normal de la cárcel, pues ya son medidas autónomas
que sustituyen a la prisión desde el inicio (García, 1998). Más claro no podría
estar, la ineficacia de los directores de las cárceles ha llevado a que se salgan de
lo que debería de ser la cárcel, y la han convertido en un lugar de tortura y
violencia, pues lejos de querer la readaptación buscan además de castigar a los
presos, dar una lección a las personas de afuera, mostrar lo que ocurre a alguien
que delinque, y advertir lo caro que se paga este precio, infundiendo de esta
manera miedo a los individuos y asegurando la represión que tanto conviene a los
funcionarios; pero abundar en este tema sería mucho más amplio, sin embargo
era un aspecto que complementaba perfectamente la tesis, pero todo el trabajo no
podría estar completo sin hacer mención de los ejecutores de la pena, pues detrás
del desastre que se ha hecho la cárcel hay personas que lo llevan a cabo, lo peor
6. es que estos individuos son gente nada preparada para ejecutar este trabajo, pues
sea el puesto que sea por el simple hecho de trabajar dentro de la prisión deben
estar preparados, sin embargo buscan solo hombres severos, duros y de aires
envalentonados, sin tener cuidado del nivel de estudios, de tener cursos de
defensa personal o simplemente de saber cómo funciona el sistema dentro de la
cárcel, es por eso que cuando ocurre un conflicto lo más fácil es reprimir con
violencia hacia los presos o incluso muchas veces apoyarla según se beneficien
ellos mismo.
CONCLUSIÓN:
Las cárceles se han transvalorado, como ya lo mencione a lo largo del desarrollo
de este escrito, han perdido el fin principal de readaptación y reformación del
preso, causando así una inadecuada creación y aplicación de reglamentos dentro
de estas, violentando de esta manera los derechos que los presos tienen por el
simple hecho de seguir siendo seres humanos, pues delinquir es un acto contrario
a la ley; pero es por eso que se ven recluidos en una cárcel, para ejercer un
cambio en su estilo de vida, no para fomentar más la violencia en ellos. Y es así,
con un pequeño recuento del trabajo expuesto como finalizo, haciendo énfasis en
que la causa de la violencia de los derechos humanos hacia los presos es por una
crisis de la prisión, que si no acaba terminará con hacer de las cárceles el génesis
de los peores delincuentes que tendrá el país. Y nace la interrogante ¿Qué es
realmente la cárcel? A lo que yo respondo: es un regreso a la violación y al delito.
7. REFERENCIAS:
García, S. (1998). Derechos Humanos y Sistema Penal. En Justicia Penal (pp. 37
– 52). México D.F, México: Porrúa.
García, S. (1998). Los ejecutores de la pena. En Justicia Penal (pp. 61 – 62).
México D.F, México: Porrúa.
Mendoza, E. (1998). Los Reglamentos de las Prisiones. En Derecho Penitenciario
(pp. 252 – 272). México D.F, México: McGraw – Hill.
Naciones Unidas. (2014). Los Derechos Humanos y las Prisiones. Recuperado
el11 de febrero de 2015. De ONU sitio web:
http://www.ohchr.org/Documents/Publications/training11Add3sp.pdf