Este documento presenta un seminario de titulación sobre el sistema penitenciario de México. Aborda conceptos clave como la prisión, antecedentes históricos de sistemas penitenciarios en diferentes países y épocas, modelos de prisión, las prisiones en México, aplicación de la pena de prisión, sobrepoblación carcelaria, y críticas al actual sistema penitenciario mexicano. El documento provee información general sobre la evolución y problemáticas del sistema penitenciario en México.
El documento habla sobre la criminología crítica. Explica que analiza el delito y la justicia dentro del contexto de las clases sociales y los procesos sociales. Señala que la ley y el castigo están relacionados con un sistema que perpetúa la opresión y la desigualdad. También discute los orígenes e influencias intelectuales de la criminología crítica, incluidos pensadores marxistas que argumentan que el delito está relacionado con las condiciones socioeconómicas de la sociedad capitalista.
El documento discute los conceptos de criminogénesis y criminodinámica. La criminogénesis se refiere al estudio del origen de la conducta criminal y los factores que la causan. La criminodinámica explica los procesos que conducen a la conducta antisocial. Ambos conceptos son indispensables para explicar el crimen y analizar al criminal. Se definen también factores criminógenos, causas criminógenas y motivos criminógenos.
El documento resume la evolución de la criminología desde la antigüedad hasta el siglo XIX. Señala que en la antigüedad, filósofos como Platón y Aristóteles consideraban al crimen como producto de las pasiones o la ignorancia y apoyaban castigos severos. En la Edad Media, Santo Tomás de Aquino y otros también veían las pasiones como origen del crimen. En los siglos XVII-XVIII, pensadores como Beccaria comenzaron a considerar factores sociales y económicos. Finalmente, en el siglo X
El documento resume la evolución histórica de la criminología desde la Edad Antigua hasta la Edad Moderna. En la Edad Antigua, figuras como Confucio, Aristóteles, Hipócrates y Platón propusieron teorías iniciales sobre la criminalidad. En la Edad Media, la pobreza fue una causa influyente del crimen, y figuras como Santo Tomás de Aquino y San Agustín defendieron ciertas ideas sobre la predisposición y corrección. Finalmente, en la Edad Moderna, criminólogos como Enrico Ferri
El documento presenta una discusión sobre el concepto de política criminal. Explica que la política criminal no puede considerarse como una ciencia criminológica o jurídica, sino que abarca medidas preventivas tanto jurídicas como extrajurídicas. Luego, resume las diferentes definiciones que se han dado a lo largo de la historia sobre política criminal, considerándola como una ciencia, un arte o una disciplina. Finalmente, concluye que la política criminal se refiere al conjunto de medidas deliberadas que el estado toma para prevenir y controlar el delito.
La política criminal se refiere al conjunto de medidas que utiliza el estado para enfrentar la criminalidad a través de la prevención, represión y control del delito. La política criminal busca implementar las formas más efectivas para lograr los objetivos del derecho penal de manera multidisciplinaria e interdisciplinaria, considerando factores sociales y legislativos, con un enfoque preventivo.
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta una introducción a la Teoría General del Delito. Expone las características y funciones del Derecho Penal, así como conceptos clave como la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. También describe teorías de la pena como la prevención general y especial, y principios como el de legalidad, intervención mínima y culpabilidad. En resumen, provee una visión general de los elementos y conceptos fundamentales de la Teoría del Delito.
El documento habla sobre la criminología crítica. Explica que analiza el delito y la justicia dentro del contexto de las clases sociales y los procesos sociales. Señala que la ley y el castigo están relacionados con un sistema que perpetúa la opresión y la desigualdad. También discute los orígenes e influencias intelectuales de la criminología crítica, incluidos pensadores marxistas que argumentan que el delito está relacionado con las condiciones socioeconómicas de la sociedad capitalista.
El documento discute los conceptos de criminogénesis y criminodinámica. La criminogénesis se refiere al estudio del origen de la conducta criminal y los factores que la causan. La criminodinámica explica los procesos que conducen a la conducta antisocial. Ambos conceptos son indispensables para explicar el crimen y analizar al criminal. Se definen también factores criminógenos, causas criminógenas y motivos criminógenos.
El documento resume la evolución de la criminología desde la antigüedad hasta el siglo XIX. Señala que en la antigüedad, filósofos como Platón y Aristóteles consideraban al crimen como producto de las pasiones o la ignorancia y apoyaban castigos severos. En la Edad Media, Santo Tomás de Aquino y otros también veían las pasiones como origen del crimen. En los siglos XVII-XVIII, pensadores como Beccaria comenzaron a considerar factores sociales y económicos. Finalmente, en el siglo X
El documento resume la evolución histórica de la criminología desde la Edad Antigua hasta la Edad Moderna. En la Edad Antigua, figuras como Confucio, Aristóteles, Hipócrates y Platón propusieron teorías iniciales sobre la criminalidad. En la Edad Media, la pobreza fue una causa influyente del crimen, y figuras como Santo Tomás de Aquino y San Agustín defendieron ciertas ideas sobre la predisposición y corrección. Finalmente, en la Edad Moderna, criminólogos como Enrico Ferri
El documento presenta una discusión sobre el concepto de política criminal. Explica que la política criminal no puede considerarse como una ciencia criminológica o jurídica, sino que abarca medidas preventivas tanto jurídicas como extrajurídicas. Luego, resume las diferentes definiciones que se han dado a lo largo de la historia sobre política criminal, considerándola como una ciencia, un arte o una disciplina. Finalmente, concluye que la política criminal se refiere al conjunto de medidas deliberadas que el estado toma para prevenir y controlar el delito.
La política criminal se refiere al conjunto de medidas que utiliza el estado para enfrentar la criminalidad a través de la prevención, represión y control del delito. La política criminal busca implementar las formas más efectivas para lograr los objetivos del derecho penal de manera multidisciplinaria e interdisciplinaria, considerando factores sociales y legislativos, con un enfoque preventivo.
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta una introducción a la Teoría General del Delito. Expone las características y funciones del Derecho Penal, así como conceptos clave como la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. También describe teorías de la pena como la prevención general y especial, y principios como el de legalidad, intervención mínima y culpabilidad. En resumen, provee una visión general de los elementos y conceptos fundamentales de la Teoría del Delito.
La Criminología, como ciencia empírica, pretende un estudio multifactorial del mundo de la delincuencia y de la conducta desviada Por ello el objeto de estudio de esta disciplina abarca a la figura del delincuente y de la víctima, como del delito en sí.
El documento define tres conceptos relacionados con el sistema penitenciario:
1) Sistema penitenciario, como la organización creada por el Estado para ejecutar sanciones que impliquen privación de libertad.
2) Régimen penitenciario, como el conjunto de condiciones e influencias en una institución para lograr la finalidad de la sanción penal.
3) Tratamiento penitenciario, que consiste en aplicar influencias específicas a cada caso para remover factores de inadaptación social y lograr la readaptación.
Sistema penitenciario y regimen penitenciarioWuilber Pérez
Este documento describe el sistema penitenciario y los diferentes regímenes penitenciarios. Define el sistema penitenciario como el conjunto de normas, procedimientos y dependencias establecidas por el Estado para ejecutar las penas. Explica que existen diversos regímenes como los cerrados, caracterizados por su dureza, y los abiertos, que se basan en la disciplina y responsabilidad del recluso sin medidas de seguridad físicas. También describe regímenes progresivos históricos como los de Montesinos y Maconochie que
Este documento describe los aspectos fundamentales de la criminología clínica. Explica que la criminología clínica estudia al delincuente como un ser biopsicosocial, realizando diagnósticos y pronósticos. También cubre los métodos de investigación criminológica como estadística, antropología y psicología. Finalmente, destaca la importancia de la formación clínica del criminólogo para realizar investigaciones psicoanalíticas de criminales.
La criminología crítica se refiere al estudio crítico del control social y la criminalización. Reconoce la necesidad de luchar contra enfoques paternalistas y examina la relación entre el comportamiento desviado y las estructuras sociales. La criminología crítica también busca promover los derechos humanos de las víctimas y los criminales. Algunas de sus principales preocupaciones incluyen los procesos de selección penal, el papel del Estado en la reproducción del orden social y las ambigüedades teóricas que surgen de la combinación de
Este documento define la criminología como la ciencia que intenta descubrir las causas de la conducta criminal. Explica que está compuesta por múltiples disciplinas como la biología, sociología y psicología. También presenta brevemente las principales corrientes de la criminología a través de la historia, como la antropología criminal de Lombroso y la sociología criminal de Ferri.
Este documento habla sobre la criminología aplicada. Explica que la criminología aplicada se basa en las contribuciones de la criminología científica y experimental para aplicarse a los mecanismos de reacción y control social más allá del sistema penal. También menciona que la criminología aplicada la pueden practicar criminólogos, médicos, psiquiatras, trabajadores sociales, jueces, fiscales, abogados, educadores y funcionarios penitenciarios. Finalmente, describe brevemente cómo se aplican disciplinas como la psicología criminal
Este documento describe el derecho penitenciario y los derechos humanos de los reclusos. Explica que el derecho penitenciario es independiente y regula la ejecución de penas y medidas privativas de libertad. Aunque los reclusos tienen limitados ciertos derechos mientras cumplen sus sentencias, no pierden su dignidad humana. El estado tiene la obligación de garantizar que se respeten los derechos de los reclusos a condiciones humanas, salud, educación y reintegración a la sociedad.
Este documento resume la regulación de los delitos sexuales en el ordenamiento jurídico peruano. Explica los antecedentes normativos desde 1924 y cómo se ha ido reconociendo la capacidad de ejercicio de la libertad sexual a partir de los 14 años. Describe los principales tipos penales relacionados a la violación de la libertad sexual establecidos en el Código Penal de 1991, incluyendo la violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia, violación mediante engaño, y tocamientos o actos libidinosos sin consentimiento.
La criminología estudia el crimen y la criminalidad. Históricamente se denominó antropología, biología o sociología criminal. Analiza los hechos delictivos de manera sistemática y ordenada, teniendo como objetos de estudio el crimen, la víctima, el delincuente y el control social. Utiliza métodos deductivos e inductivos. Se distingue como una constelación que incluye disciplinas como la penología. Incluye clases como la clásica, positiva, local, comparada y de las toxicomanías.
Este documento resume el crimen de Los Galindos ocurrido en 1975 en Paradas, Sevilla, donde 5 personas fueron asesinadas brutalmente en un cobertizo. Los cuerpos fueron encontrados golpeados y desfigurados, pero no se pudo identificar al culpable debido a la falta de pruebas. Varios sospechosos fueron señalados pero luego descartados. El crimen permanece sin resolver y ha generado muchas teorías conspirativas sobre lo que realmente sucedió esa tarde sangrienta en Los Galindos.
Este documento clasifica las ciencias penales en cinco categorías principales: ciencias criminológicas, ciencias histórico-filosóficas, ciencias jurídico-penales, ciencias médicas y ciencias básicas o fundamentales. Las ciencias básicas se subdividen en antropología criminológica, biología criminológica, psicología criminológica, sociología criminológica, criminalística, penología y victimología. Se proporcionan definiciones breves de cada una de estas discipl
La criminologia como ciencia, objetos ycarola71prada
La criminología es una ciencia reciente que estudia el fenómeno delictual y la desviación social con un enfoque causal-explicativo y profiláctico. Su objeto ha rebasado los límites iniciales, lo que ha dificultado definirla de manera unitaria. Utiliza métodos interdisciplinarios de ciencias sociales como la sociología y métodos experimentales. Está relacionada con disciplinas como el derecho penal, la criminalística, la biología, la psicología, la psiquiatría y la sociología.
Este documento presenta una introducción a la teoría de la pena y define conceptos clave como pena y sanción penal. Luego resume tres teorías sobre la responsabilidad de los cómplices y las penas establecidas en el Código Penal, incluyendo penas corporales y no corporales. Finalmente, explica los principios de aplicación de las penas según el Código Penal.
La pareja criminal y la relación de correspondencia entre víctima y victimari...Mg. Juan Manuel Iglesias
El legado de los pioneros de la nueva ciencia como B. Mendelsohn en los estudios sobre la pareja criminal ha demostrado la recíproca interacción existente entre autor y víctima dándole una imagen más realista y dinámica como sujeto activo capaz de influir en la configuración del hecho delictivo, en su estructura dinámica y preventiva. Esto llevó a ampliar los estudios hacia temas como actitudes y propensiones de los sujetos para convertirse en víctimas, la tipología victimaria y daños que padecen las víctimas como consecuencias del delito.
Tanto el acoso u hostigamiento sexual como el mobbing, son conductas que se manifiestan en ámbitos donde pueden establecerse relaciones sociales jerárquicas o de poder abusivas configurando por lo general una pareja criminal entre un subordinado y un superior. Lo que implica entender al mobbing y al acoso sexual como una relación y acción social.
Este documento describe los elementos fundamentales de la teoría de la norma penal. Explica que la norma penal consta de dos partes: el precepto, que describe la conducta prohibida, y la sanción, que es la consecuencia jurídica de violar el precepto. También discute que la norma penal tiene un carácter imperativo y valorativo, y que proviene del estado como instrumento para regular la conducta social. Finalmente, señala que la estructura básica de la norma penal consiste en el precepto, que prohíbe ciertas acc
Este documento discute la privación ilegal de la libertad en el derecho mexicano. Define la privación de libertad como despojar a alguien de su libertad ambulatoria y recluirlos sin su consentimiento. Luego explora varias formas de privación ilegal de la libertad en la ley mexicana, incluida mantener a alguien en una "cárcel privada", celebrar contratos que impongan condiciones de servidumbre, y violar los derechos constitucionales de una persona de cualquier manera.
Este documento describe el sistema penitenciario mexicano y la educación para jóvenes y adultos en centros de readaptación social. Resume que el sistema penitenciario mexicano incluye 331 centros estatales y 5 federales con una población total de 217,457 internos. También describe los programas educativos que ofrece el Instituto Nacional para la Educación de Adultos en los centros, los cuales atienden a 36,127 internos a través de plazas comunitarias, círculos de estudio y puntos de encuentro.
El documento habla sobre la clasificación penitenciaria en México y los criterios y leyes relacionadas. Menciona varios tratados, la Constitución Política mexicana, leyes como la Ley de Ejecución de Medidas Judiciales y Sanciones Penales, y la clasificación propuesta por Mariano Ruiz Funes que toma en cuenta factores como la edad, sexo, salud mental y física, y antecedentes penales. También describe los diferentes tipos de población penitenciaria como de alta, media y baja seguridad, y aquel
La Criminología, como ciencia empírica, pretende un estudio multifactorial del mundo de la delincuencia y de la conducta desviada Por ello el objeto de estudio de esta disciplina abarca a la figura del delincuente y de la víctima, como del delito en sí.
El documento define tres conceptos relacionados con el sistema penitenciario:
1) Sistema penitenciario, como la organización creada por el Estado para ejecutar sanciones que impliquen privación de libertad.
2) Régimen penitenciario, como el conjunto de condiciones e influencias en una institución para lograr la finalidad de la sanción penal.
3) Tratamiento penitenciario, que consiste en aplicar influencias específicas a cada caso para remover factores de inadaptación social y lograr la readaptación.
Sistema penitenciario y regimen penitenciarioWuilber Pérez
Este documento describe el sistema penitenciario y los diferentes regímenes penitenciarios. Define el sistema penitenciario como el conjunto de normas, procedimientos y dependencias establecidas por el Estado para ejecutar las penas. Explica que existen diversos regímenes como los cerrados, caracterizados por su dureza, y los abiertos, que se basan en la disciplina y responsabilidad del recluso sin medidas de seguridad físicas. También describe regímenes progresivos históricos como los de Montesinos y Maconochie que
Este documento describe los aspectos fundamentales de la criminología clínica. Explica que la criminología clínica estudia al delincuente como un ser biopsicosocial, realizando diagnósticos y pronósticos. También cubre los métodos de investigación criminológica como estadística, antropología y psicología. Finalmente, destaca la importancia de la formación clínica del criminólogo para realizar investigaciones psicoanalíticas de criminales.
La criminología crítica se refiere al estudio crítico del control social y la criminalización. Reconoce la necesidad de luchar contra enfoques paternalistas y examina la relación entre el comportamiento desviado y las estructuras sociales. La criminología crítica también busca promover los derechos humanos de las víctimas y los criminales. Algunas de sus principales preocupaciones incluyen los procesos de selección penal, el papel del Estado en la reproducción del orden social y las ambigüedades teóricas que surgen de la combinación de
Este documento define la criminología como la ciencia que intenta descubrir las causas de la conducta criminal. Explica que está compuesta por múltiples disciplinas como la biología, sociología y psicología. También presenta brevemente las principales corrientes de la criminología a través de la historia, como la antropología criminal de Lombroso y la sociología criminal de Ferri.
Este documento habla sobre la criminología aplicada. Explica que la criminología aplicada se basa en las contribuciones de la criminología científica y experimental para aplicarse a los mecanismos de reacción y control social más allá del sistema penal. También menciona que la criminología aplicada la pueden practicar criminólogos, médicos, psiquiatras, trabajadores sociales, jueces, fiscales, abogados, educadores y funcionarios penitenciarios. Finalmente, describe brevemente cómo se aplican disciplinas como la psicología criminal
Este documento describe el derecho penitenciario y los derechos humanos de los reclusos. Explica que el derecho penitenciario es independiente y regula la ejecución de penas y medidas privativas de libertad. Aunque los reclusos tienen limitados ciertos derechos mientras cumplen sus sentencias, no pierden su dignidad humana. El estado tiene la obligación de garantizar que se respeten los derechos de los reclusos a condiciones humanas, salud, educación y reintegración a la sociedad.
Este documento resume la regulación de los delitos sexuales en el ordenamiento jurídico peruano. Explica los antecedentes normativos desde 1924 y cómo se ha ido reconociendo la capacidad de ejercicio de la libertad sexual a partir de los 14 años. Describe los principales tipos penales relacionados a la violación de la libertad sexual establecidos en el Código Penal de 1991, incluyendo la violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia, violación mediante engaño, y tocamientos o actos libidinosos sin consentimiento.
La criminología estudia el crimen y la criminalidad. Históricamente se denominó antropología, biología o sociología criminal. Analiza los hechos delictivos de manera sistemática y ordenada, teniendo como objetos de estudio el crimen, la víctima, el delincuente y el control social. Utiliza métodos deductivos e inductivos. Se distingue como una constelación que incluye disciplinas como la penología. Incluye clases como la clásica, positiva, local, comparada y de las toxicomanías.
Este documento resume el crimen de Los Galindos ocurrido en 1975 en Paradas, Sevilla, donde 5 personas fueron asesinadas brutalmente en un cobertizo. Los cuerpos fueron encontrados golpeados y desfigurados, pero no se pudo identificar al culpable debido a la falta de pruebas. Varios sospechosos fueron señalados pero luego descartados. El crimen permanece sin resolver y ha generado muchas teorías conspirativas sobre lo que realmente sucedió esa tarde sangrienta en Los Galindos.
Este documento clasifica las ciencias penales en cinco categorías principales: ciencias criminológicas, ciencias histórico-filosóficas, ciencias jurídico-penales, ciencias médicas y ciencias básicas o fundamentales. Las ciencias básicas se subdividen en antropología criminológica, biología criminológica, psicología criminológica, sociología criminológica, criminalística, penología y victimología. Se proporcionan definiciones breves de cada una de estas discipl
La criminologia como ciencia, objetos ycarola71prada
La criminología es una ciencia reciente que estudia el fenómeno delictual y la desviación social con un enfoque causal-explicativo y profiláctico. Su objeto ha rebasado los límites iniciales, lo que ha dificultado definirla de manera unitaria. Utiliza métodos interdisciplinarios de ciencias sociales como la sociología y métodos experimentales. Está relacionada con disciplinas como el derecho penal, la criminalística, la biología, la psicología, la psiquiatría y la sociología.
Este documento presenta una introducción a la teoría de la pena y define conceptos clave como pena y sanción penal. Luego resume tres teorías sobre la responsabilidad de los cómplices y las penas establecidas en el Código Penal, incluyendo penas corporales y no corporales. Finalmente, explica los principios de aplicación de las penas según el Código Penal.
La pareja criminal y la relación de correspondencia entre víctima y victimari...Mg. Juan Manuel Iglesias
El legado de los pioneros de la nueva ciencia como B. Mendelsohn en los estudios sobre la pareja criminal ha demostrado la recíproca interacción existente entre autor y víctima dándole una imagen más realista y dinámica como sujeto activo capaz de influir en la configuración del hecho delictivo, en su estructura dinámica y preventiva. Esto llevó a ampliar los estudios hacia temas como actitudes y propensiones de los sujetos para convertirse en víctimas, la tipología victimaria y daños que padecen las víctimas como consecuencias del delito.
Tanto el acoso u hostigamiento sexual como el mobbing, son conductas que se manifiestan en ámbitos donde pueden establecerse relaciones sociales jerárquicas o de poder abusivas configurando por lo general una pareja criminal entre un subordinado y un superior. Lo que implica entender al mobbing y al acoso sexual como una relación y acción social.
Este documento describe los elementos fundamentales de la teoría de la norma penal. Explica que la norma penal consta de dos partes: el precepto, que describe la conducta prohibida, y la sanción, que es la consecuencia jurídica de violar el precepto. También discute que la norma penal tiene un carácter imperativo y valorativo, y que proviene del estado como instrumento para regular la conducta social. Finalmente, señala que la estructura básica de la norma penal consiste en el precepto, que prohíbe ciertas acc
Este documento discute la privación ilegal de la libertad en el derecho mexicano. Define la privación de libertad como despojar a alguien de su libertad ambulatoria y recluirlos sin su consentimiento. Luego explora varias formas de privación ilegal de la libertad en la ley mexicana, incluida mantener a alguien en una "cárcel privada", celebrar contratos que impongan condiciones de servidumbre, y violar los derechos constitucionales de una persona de cualquier manera.
Este documento describe el sistema penitenciario mexicano y la educación para jóvenes y adultos en centros de readaptación social. Resume que el sistema penitenciario mexicano incluye 331 centros estatales y 5 federales con una población total de 217,457 internos. También describe los programas educativos que ofrece el Instituto Nacional para la Educación de Adultos en los centros, los cuales atienden a 36,127 internos a través de plazas comunitarias, círculos de estudio y puntos de encuentro.
El documento habla sobre la clasificación penitenciaria en México y los criterios y leyes relacionadas. Menciona varios tratados, la Constitución Política mexicana, leyes como la Ley de Ejecución de Medidas Judiciales y Sanciones Penales, y la clasificación propuesta por Mariano Ruiz Funes que toma en cuenta factores como la edad, sexo, salud mental y física, y antecedentes penales. También describe los diferentes tipos de población penitenciaria como de alta, media y baja seguridad, y aquel
El documento describe varios sistemas penitenciarios a través de la historia. Comienza explicando el sistema comunitario, el cual favorecía la promiscuidad. Luego describe el sistema filadélfico de aislamiento celular y el sistema auburniano o mixto, el cual permitía el trabajo en común durante el día y aislamiento por la noche. Finalmente, introduce el sistema progresivo irlandés y otros sistemas como el de clasificación y el panóptico de Bentham.
Prisi n la-educaci_n_social_en_el_mbito_penitenciario (1)imaginarium22
Este documento describe la educación social en el ámbito penitenciario en España. Explica brevemente la historia de la educación en prisiones, la legislación relevante, y los programas educativos actuales como la terapia de agresores, la prevención de suicidios, y la intervención con jóvenes. También describe la población carcelaria en España y los centros penitenciarios, incluyendo unidades para madres e hijos, talleres laborales, y formación profesional.
El documento describe la evolución histórica de las prisiones, desde la reclusión en monasterios durante la Edad Media hasta las cárceles modernas. Explica los diferentes tipos de espacios requeridos en una prisión como dormitorios, talleres, escuelas y áreas administrativas, así como la importancia de clasificar a los reclusos y proveer condiciones de seguridad, confort y readaptación social. También menciona ejemplos contemporáneos de prisiones con estándares más altos de habitabilidad.
Trabajo Penitenciario y Reinserción Socio-Laboral - Curso de formación de for...EUROsociAL II
El documento describe los problemas actuales del sistema penitenciario como altos niveles de hacinamiento, infraestructura insuficiente e inadecuada, y talleres insuficientes con equipamiento obsoleto. También propone soluciones como proporcionar diagnósticos al ingresar, personal calificado, instalaciones adecuadas, vincular el trabajo penitenciario con el mundo exterior, y reducir el estigma social.
Este documento resume la evolución histórica de los sistemas penitenciarios desde sus orígenes hasta la actualidad. Comienza describiendo el origen de las primeras cárceles en Grecia y Roma y cómo surgieron para aislar a enemigos del Estado. Luego explica cómo filósofos como Beccaria y Howard propusieron una humanización de las penas en el siglo XVIII, abogando por un enfoque reeducador. Finalmente, resume los principales sistemas penitenciarios que se desarrollaron a lo largo de la historia como el
El documento describe la estructura y funcionamiento del sistema penitenciario en Venezuela. Hasta 1999, se basaba legalmente en las normas de la Constitución de 1961 y varias leyes relacionadas con los derechos de los prisioneros. Sin embargo, estas leyes rara vez se cumplían, lo que contribuyó a una gran crisis en el sistema penitenciario. El Dr. Elio Gómez Grillo abogó con éxito por incluir principios rectores para la política penitenciaria en la nueva Constitución de 1999, con la esperanza de que esto condujera a
El documento analiza las nuevas tendencias en derecho penitenciario incorporadas en la reforma a la Ley de Régimen Penitenciario de Venezuela que propician la reinserción del penado a través de la educación. Explica que la mejor forma de lograr esta reinserción es mediante la reeducación de acuerdo al artículo 272 de la Constitución venezolana, la cual deberá ser organizada por las autoridades, los internos y sus familias. Sin embargo, señala que a pesar de las modificaciones legales, el sistema penitenciario mantiene
Plan de reordenamiento y mejoramiento del sistema penitenciario freddysperdomo
Este documento propone un plan de 10 puntos para reordenar y mejorar el sistema penitenciario de Venezuela. El plan busca descentralizar la administración penitenciaria, aplicar medidas alternativas a la privación de libertad, profesionalizar al personal penitenciario, y promover la rehabilitación de los reclusos a través del trabajo, educación y tiempo libre.
Este documento presenta la introducción de una investigación sobre la educación diferencial para personas no videntes en Chile. Explica que el propósito es estudiar la situación actual de la educación para ciegos en el país y proponer un proyecto arquitectónico que mejore la calidad de vida y educación de este grupo de usuarios al permitirles percibir la arquitectura a través de sus otros sentidos. También busca comparar el caso chileno con ejemplos internacionales para elevar los estándares locales.
ORGANIGRAMA MPP PARA EL SERVICIO PENITENCIARIORuzmary raujo
El documento presenta el organigrama general del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario de agosto de 2011. El organigrama describe la estructura jerárquica del ministerio, que consta de un nivel superior liderado por la Junta Ministerial y la Dirección del Despacho, un nivel sustantivo con varias direcciones generales, un nivel de asesoría y apoyo, y un nivel descentralizado funcionalmente.
El sistema penal-penitenciario (orígenes y evolución)Julio Zino
El documento analiza la evolución histórica del sistema penal y penitenciario. Explica que la prisión moderna surgió como un castigo "igualitario" que cuantifica exactamente la pena según el tiempo de reclusión. También describe los primeros modelos penitenciarios como las cárceles-fábricas de los siglos XVIII y XIX, que buscaban reformar a los delincuentes a través del trabajo y la disciplina. Finalmente, resume brevemente los cambios en el sistema penal español durante la transición a la democracia
Realidad de la situacion penitenciaria en venezuelayohespinoza
El documento describe la evolución del sistema penitenciario en Venezuela desde finales del siglo XVIII hasta la actualidad. Explica que el sistema actual se caracteriza por problemas como instalaciones inadecuadas, hacinamiento, tráfico de drogas, falta de rehabilitación y control de pandillas dentro de las prisiones. A pesar de las múltiples leyes y reformas, la situación penitenciaria sigue siendo crítica debido a la indolencia gubernamental y la falta de una política efectiva para resolver los problemas.
Historia de sistema penitenciario en mexicojhosep0
El documento describe la historia y situación actual del sistema penitenciario en México. Brevemente resume que el sistema penitenciario mexicano representa un gran costo social y no rehabilita a los presos. Además, hay sobrepoblación en las cárceles debido al abuso de la prisión preventiva. El documento también analiza los factores que han contribuido al crecimiento explosivo de la población carcelaria en México en las últimas décadas, incluyendo un endurecimiento de las penas y reformas en los códigos penales.
El documento presenta estadísticas sobre delitos cometidos contra periodistas en México entre 2006 y 2008. Reporta 225 asuntos relacionados con periodistas manejados por el fuero federal, siendo las amenazas el principal delito. Oaxaca es la entidad con más denuncias. La mayoría de los asuntos fueron manejados por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra Periodistas.
Este documento describe cuatro sistemas penitenciarios: el sistema filadelfíco o celular, el sistema de Auburn basado en el aislamiento nocturno y trabajo en común durante el día, el sistema progresivo español que evoluciona de tareas simples a mayor responsabilidad, y el sistema de Crofton irlandés que consiste en tres etapas de prisión rigurosa, trabajo en común y libertad condicional.
Las prisiones mexicanas actualmente no cumplen con su función de rehabilitación y reinserción, sino que más bien perjudican a los reclusos. Más del 60% de la población carcelaria purga penas menores de 3 años por delitos no graves o violentos. Usamos la prisión de forma irracional para castigar todo tipo de delitos, incluso delitos menores, sin considerar alternativas menos costosas y dañinas.
El documento describe la situación actual del sistema penitenciario en México y propone medidas de prevención. Actualmente, las cárceles mexicanas tienen problemas como la superpoblación y no cumplen con su función de reformar a los delincuentes, sino que más bien los convierten en delincuentes más peligrosos. La propuesta es mejorar la estructura penitenciaria mediante programas que reformen a los delincuentes con ayuda de psicólogos, especialmente a aquellos con menor peligrosidad, para prevenir la reincidencia.
El documento describe la situación actual del sistema penitenciario en México y propone medidas de prevención. Actualmente, las cárceles mexicanas tienen problemas como la superpoblación y no cumplen con su función de reinsertar a los delincuentes en la sociedad. En cambio, las prisiones sirven como "escuelas de delincuentes" donde aprenden conductas criminales. La propuesta es mejorar la estructura penitenciaria mediante programas que reformen a los delincuentes con ayuda de psicólogos, especialmente para aquellos con bajo
Consideraciones al sistema penitenciarioWael Hikal
El documento resume la situación actual del sistema penitenciario en el estado de Nuevo León, México y propone reformas. Actualmente, cada estado en México tiene sus propias leyes carcelarias. El sistema penitenciario de Nuevo León tiene como objetivo principal la readaptación social de los sentenciados. Se proponen reformas como dedicar un título al tratamiento penitenciario y otro al régimen penitenciario, e introducir un juez de vigilancia penitenciaria para garantizar la ejecución carcelaria de manera independiente.
El documento discute los desafíos de la penología en el siglo 21, incluyendo la tensión entre el castigo y la rehabilitación, la presión social dentro de las prisiones, y la necesidad de normalizar las condiciones de detención para facilitar la reinserción de los presos en la sociedad una vez liberados.
"La prisión preventiva en el proceso penal acusatorio y oral en México"
PDF, habla sobre la prisión preventiva en el sistema de justicia mexicano, su concepto y caracteristicas, escrtio por Óscar URIBE BENITEZ.
Sobre la Pena de Reclusion en el Derecho Penal ArgentinoDr_cristiang
La pena de reclusión y la pena de prisión se enumeran en el Código Penal argentino como penas privativas de libertad distintas. Originalmente, la pena de reclusión se consideraba más grave y debía cumplirse en condiciones más estrictas, como en establecimientos separados y realizando trabajos forzados. Sin embargo, en la práctica actual ya no existen diferencias significativas entre ambas penas, y se las aplica y cumple de manera similar e indistinta. La mayoría de la doctrina considera que la pen
El documento discute las violaciones sistemáticas de los derechos humanos que ocurren en las cárceles brasileñas a pesar de la legislación internacional y nacional que protege los derechos de los detenidos. El sistema carcelario brasileño tiene más de 422,000 presos, superando la capacidad de las cárceles. La mayoría de los presos son jóvenes, pobres y negros con bajo nivel educativo encarcelados por delitos como homicidio, robo y tráfico de drogas. Las condiciones en las cárceles
Las prisiones mexicanas actualmente no cumplen con su función de rehabilitación. Más del 60% de los presos están en prisión preventiva por delitos menores que no ameritan privación de libertad. Además, los códigos penales sancionan con igual severidad delitos menores y graves. Se usa excesivamente la prisión aunque existen alternativas menos costosas y dañinas para delitos no violentos.
La iniciativa propone reformar la Constitución y la ley para garantizar que los detenidos y sentenciados reciban información sobre sus derechos y beneficios legales como la libertad condicional. Actualmente, la sobrepoblación carcelaria y la falta de conocimiento sobre estas opciones legales mantienen a personas en prisión cuando podrían acceder a beneficios. La reforma aseguraría que se informe a todos los detenidos sobre sus derechos y opciones disponibles de manera escrita u oral, ayudando a reducir la población carcelaria y
Comienzos de la pena privativa de libertadFrederick Deco
Este documento describe la evolución histórica del sistema penitenciario venezolano desde sus orígenes en los siglos XV y XVIII hasta la actualidad. Explica que el sistema actual se basa en la Constitución de 1999 y se enfoca en la rehabilitación y reinserción social de los presos a través de un proceso de humanización que incluye oportunidades de trabajo, educación y actividades recreativas. Sin embargo, los centros penitenciarios aún enfrentan problemas como el hacinamiento y la falta de servicios básicos.
Proyección de la Criminología en México hacia el siglo XXIzaderdan
Este documento discute los problemas con el sistema de justicia penal y el uso de la prisión en México hacia el siglo XXI. En tres oraciones: Presenta el caso de Pablo, quien entró a prisión por un delito menor pero se relacionó con una banda criminal dentro de la prisión, lo que empeoró su criminalidad. Argumenta que la prisión en México a menudo no cumple con sus objetivos de castigo y rehabilitación, y en algunos casos empeora la criminalidad. Finalmente, propone que se debe aplicar más conocimiento criminológico al sistema de justicia penal
Este documento presenta una introducción al derecho penal desde diferentes perspectivas. Define el derecho penal y sus características principales, como que es un derecho público y sancionatorio. Explica la evolución histórica del derecho penal desde la venganza privada hasta su racionalización y enfoque científico moderno. También describe las relaciones del derecho penal con otras ramas del derecho y las ciencias auxiliares como la medicina legal.
El uso excesivo de la prisión preventiva en méxicomnavarro57
La prisión preventiva se usa excesivamente en México a pesar de las reformas legales que privilegian la presunción de inocencia. Aproximadamente el 40% de los imputados enfrentan su proceso en prisión a pesar de que 1 de cada 4 resultan absueltos, lo que es desproporcional y costoso para el Estado. Además, mantener a tantas personas en prisión preventiva no ha demostrado reducir los índices de criminalidad y puede exponer a los imputados a mayores riesgos de reincidencia.
Este documento propone una nueva ley para la resocialización de presos en Mendoza, Argentina. Argumenta que la ley actual no ha logrado su objetivo de resocialización y propone tres cambios principales: 1) requerir trabajo obligatorio para los presos para limitar el ocio y replicar las responsabilidades de la vida fuera de la cárcel, 2) capacitación y educación para que los presos desarrollen habilidades útiles, y 3) considerar las perspectivas de las víctimas para reducir el rechazo social hacia los criminales.
Este documento presenta argumentos a favor y en contra de la pena de muerte. Entre los argumentos a favor se encuentran que puede evitar crímenes al disuadir a posibles criminales, proteger la vida de los ciudadanos al eliminar el riesgo de reincidencia y que mantener criminales en prisión requiere gastos que los ciudadanos deben pagar con sus impuestos. Los argumentos en contra incluyen casos injustos donde individuos fueron sentenciados a muerte incorrectamente y que pasar tiempo en el corredor de la muerte puede resultar en años de
Este documento describe el marco jurídico del sistema penitenciario español. La Constitución Española y la Ley Orgánica General Penitenciaria establecen que las penas privativas de libertad deben estar orientadas a la reeducación y reinserción social. El Reglamento Penitenciario desarrolla esta ley e incorpora modificaciones basadas en el nuevo Código Penal. El sistema respeta los derechos humanos de los reclusos y busca su tratamiento y rehabilitación a través del trabajo y la formación.
Resocialización, promoción y aplicación de los dhWael Hikal
Este documento discute la situación actual de los derechos humanos de los reclusos en México y propone formas de mejorarla. Actualmente, las prisiones mexicanas sufren sobrepoblación, violencia, corrupción y falta de protección de los derechos de los reclusos. El documento sugiere 1) una mayor participación del gobierno para dignificar la vida de los reclusos y 2) la introducción de un Juez de Vigilancia Penitenciaria como en España para garantizar judicialmente los derechos de los reclusos.
La reforma constitucional del sistema mexicano de seguridad y justicia tiene como objetivo transformar de raíz el sistema actual para que sea más efectivo, respete los derechos humanos y combata la delincuencia organizada. Algunos de los cambios clave incluyen establecer la presunción de inocencia, limitar el uso de la prisión preventiva, garantizar una defensa adecuada para los acusados y hacer que los juicios sean públicos, orales y continuos para mayor transparencia e imparcialidad.
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Investigacion sistema penitenciario mexicano
1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA
UNIDAD ACADÉMICA MULTIDISCIPLINARIA
CAMPUS CALPULALPAN
SEMINARIO DE TITULACION
TEMA DE INVESTIGACIÓN:
SISTEMA PENITENCIARIO DE MÉXICO
PRESENTA:
DAVID ISAY TORRES PÉREZ
ÁNGEL ARTURO CORTES PÉREZ
MAYRA CARRILLO VARGAS
CATEDRÁTICO:
LIC. ALBINO SANCHEZ AQUIAHUAT
2. LA PRISIÓN EN MÉXICO
I._ INTRODUCCION
II._ CONCEPTO DE PRISION
III._ ANTECEDENTES HISTORICOS
III.I._ MODELOS DE PRISION
IIII._ LAS PRISIONES EN MEXICO
V._ APLICACION DE LA PENA DE PRISION EN MEXICO
VI._ SOBREPOBLACION EN LAS PRISIONES
VII._ CRITICAS AL SISTEMA DE PRISIONES EN MEXICO
VIII._ CONCLUSION
IX._ BIBLIOGRAFIA
3. INTRODUCCION
El presente trabajó de investigación recopila datos y aportaciones acerca del Sistema Penitenciario
en nuestro: país, tomando como base los antecedentes en diversos países como China Egipto
Babilonia Grecia y México entre otros haciendo mención también de las épocas representativas en
el auge de este. Sistema.
Desde hace tiempo, la prisión es tema de actualidad debido a los motines las violaciones de los
derechos humanos, así mismo hay grupos que por el clamor solicitan se • vuelva a la pena de
muerte, ante el fracaso que representa nuestro sistema penitenciario en vigor.
El mal de la prisión, expresa algunas voces, consiste en la sola privación de la libertad, sin
marginar al recluso de una sociedad de la que continuo formando parte pero en realidad todo esto
no se apega a la verdad.
Es urgente que la pena de prisión sea transformada desde su raíz.
a) El personal directivo, de custodia y vigilancia,
b) El número de internos por reclusorio y penitenciaría
c El código penal y los delitos a los que asocia como única pena la prisión en otras palabras,
restringir los supuestos de encarcelamiento.
d) Los delitos que no permitan obtener la libertad bajo caución, además la forma en que esta es
otorgada
e) Toda la parte correspondiente a las expectativas de vida una vez que fuera de la prisión.
4. II.- CONCEPTO DE PRISION
"La palabra prisión viene del latín prehensíó; acción y efecto de atrapar"
Es una dependencia que generalmente depende de los gobiernos, cuya misión es la de
encerrar a aquellos individuos que han sido condenados por la comisión de algún delito. Una
prisión es uno de los tantos componentes del Sistema Judicial de la Nación.
Establecimiento carcelario donde se encuentran los privados de libertad por disposición
gubernativa o judicial nombre de una pena privativa de libertad de duración y carácter
variables de un país a otros.
La prisión es una pena establecida en el Código Penal, antes considerada algo más
atenuada que la reclusión ambas la reclusión y la prisión contemplan la ejecución de trabajos
obligatorios.
Es una institución autorizada por el gobierno donde son encarcelados los presos y forma
parte del sistema de justicia de un país.
5. III.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS
La prisión, es y ha sido una institución utilizada desde tiempos remotos, para cumplir con la función de asegurar
a los delincuentes de tal manera que éstos no eludan la justicia para lograrla corrección y el arrepentimiento de
los delincuentes
-En China (los delincuentes, una vez que eran recluidos en las cárceles, eran obligados
a realizar trabajos forzosos, además se les aplicaban diversas técnicas de tortura, tales como el hierro caliente).
-En Babilonia las cárceles eran conocidas como lago de leones, en los cuales
prácticamente los cal5bdzos o celdas en donde eran recluidos los presos se encontraban inundados por agua.
-Egipto las cárceles consistían en una especie de casas privadas en los cuales los
presos eran obligados á desempeñar trabajos forzosos.
-Japón por su parte dividía su territorio en dos tipos de cárceles: la cárcel del norte era destinada a recluir a los,
delincuentes condenados por delitos graves y la cárcel del sur para aquellos delincuentes condenados por
delitos menores
-Grecia se manejaron tres tipos de prisiones: la de custodia con la finalidad de retener al delincuente hasta el
día que el juez dictara sentencia: el Sofonisterión que era el lugar destinado para los delincuentes de los delitos
considerados como no graves y la del Suplicio que era para los delincuentes de los delitos graves y se ubicaba
en parajes desérticos. Cabe destacar que los griegos también contaban con una prisión por deudas, la cual
consistía en privar de la libertada de los deudores en las casas de los acreedores, en donde los deudores eran
considerados como esclavos hasta que pagaban la deuda
-En la Edad Media no existió la pena privativa de la libertad, ya que en ese momento se encontraban vigentes
las penas corporales como los azotes amputaciones de los miembros del cuerpo.
Además existían las peñas infamantes y las penas pecuniarias, así como la prisión cómo medio de custodia o
resguardo se llevaba a cabo en castillos, torres y calabozos.
6. III.I.- MODELOS DE PRISIÓN
Así cómo la vivienda y su confort contribuyen a hacer más agradable la vida familiar, lo
mismo sucede con la prisión para los reclusos donde deben permanecer a veces muchos
años.
Conforme al tipo de arquitectura penitenciaria serán las posibilidades de readaptación social.
Si son lugares insalubres con poca luz y ventilación, los internos contraerán enfermedades
físicas o psicológicas más o menos graves. Si en la construcción penitenciaria no se han
previsto dormitorios suficientes surgirán problemas entre los internos.
Las viejas cárceles o prisiones tienen sus paredes sucias y corroídas por lo años y sus
sanitarios en estado lamentable que nos pareciera vivir en otra época. Por ello, siempre que
las visitamos primero hemos observado las instalaciones con baños dónde casi es imposible
higienizarse, con desagües tapados por su uso irracional ya que no fueron previstos para
tantas personas. Otras donde no hay luz y Ventilación solo los pasillos oscuros y tenebrosos
nos conducen a las celdas. En algunos casos parte de las construcciones son de cartones y
papelee en forma improvisada en los patios No hemos encontrado calefacción ni aire
suficiente.
Por lo contrario ni siquiera los vidrios rotos son reparados para evitar el frio en las noches de
invierno.
De los viejos establecimientos emerge un olor muy característico de la cárcel, el olor de la
falta de higiene y de la promiscuidad.
7. IIII.- LAS PRISIONES EN MÉXICO
Las prisiones en nuestro país, tienen como peculiar característica la constante reforma: a sus
instituciones observándose con ello el principio de adecuación socia¡, es decir, que la norma debe
adecuarse a los cambios de la sociedad que experimenta toda entidad política, podemos señalar
que frente a las transformaciones que se han experimentado en México, particularmente en el
ámbito político-criminal, existe la preocupación y ocupación por parte de las autoridades
gubernamentales, por instar a la. sociedad para que también se vincule en la resolución de
conflictos que no sólo atañen al gobierno, sino por el contrario, incluyen a la sociedad, surge aquí la
necesidad de que la comunidad también participe con sus prepuestas pues solamente de esta
manera podrán alcanzarse. conjuntamente los resultados deseados.
En la actualidad no se alcanza en su totalidad los tiñes de .as instituciones penitenciaras
mexicanas como lo relativo a la reinserción social y la asistencia penitenciaria, por el contrario, en
buena medida si se cumplen otros como la detención, la custodia, y la asistencia a los internos.
Ahora bien retomando el fin resocializador, consideramos que entre los factores negativos. que
inciden en su "virtual fracaso" destacan les siguientes:
a) La sobrepoblación como consecuencia del abuso por parte de los legisladores y operadores
jurídicos del derecho penal ignorando la esencia del mismo esto es la subsidiariedad y
fragmentariedad del mismo;
b) La violencia como resultado de la estancia ociosa y perniciosa de los reclusos;
c) Los motivos derivados de las inconformidades y desconciertos que existen en el interior de la
institución por parte de quienes se encuentran recluidos.
d) La corrupción como consecuencia de la impunidad imperante en el interior de los
establecimientos.
e) la opinión ciudadana que descalifica todo tipo de actividades que se realizan en los centros
penitenciarios
8. V.- APLICACIÓN DE LA PENA EN MÉXICO
La pena es esencialmente un mal, implica la pérdida para el delincuente de algo que tiene, puede
ser su patrimonio (multa), su libertad (pena privativa de libertad), alguna parte de su cuerpo
(mutilación pena corporal) o incluso su vida (pena de muerte) y el objetivo de su aplicación es
prevenir la comisión de delitos.
Existen casos, sin embargo donde no puede ser aplicada una pena por las características
especiales del delincuente (inimputables) En su sentido estricto de interpretación la medida de
seguridad pretendería aplicar el aseguramiento necesario para que el delito no se cometiera sin
embargo se aplica al sujeto una vez que ya cometió un delito es decir, funcionará con el mismo
objetivo que la pena y técnicamente igual que esta, es decir, a posteriori.
Atendiendo a la teoría de las medidas de seguridad, se puede decir que nuestro sistema es dualista
es decir, pueden aplicarse tanto la pena ola medida de seguridad o ambas si fuese necesario
Desde la perspectiva del Código Penal del Distrito Federal las penas y las medidas de seguridad
son separadas, y entre estas últimas se encuentran la supervisión de la autoridad, la prohibición de
ir a un lugar determinado u obligación de residir en él el tratamiento de inimputables o imputables
disminuidos y el tratamiento de deshabituación o desintoxicación.
Por otro lado, la aplicación de sanciones por parte del Estado puede ejercitarse desde el
administrativo y estaríamos hablando de infracciones a Reglamentos o a bandos de policía y buen
gobierno por ejemplo: En este sentido se tienen ilícitos penales e ilícitos administrativos. Los
teóricos diferencian uno y otro desde puntos de vista cualitativos (por el cio que lo aplica por el bien
jurídico que daña) y cuantitativos (por la cantidad de sanción que aplica) las sanciones
administrativas, se dice son menores que las penales y esto se compara el arresto con la pena de
prisión.
9. VI.- SOBREPOBLACIÓN EN LAS PRISIONES
Se sabe que una prisión sobrepoblada puede causar daños psicológicos a los presos. Tener más
prisioneros que los que la instalación correccional puede tener, puede significar que algunos de
ellos desarrollarán patrones de comportamiento antisocial lo que puede causar violencia Algunos
prisioneros pueden ser afectados de otra manera Pueden sentir cada vez más estrés sufrir ataques
de pánico e incluso perder su habilidad de formar relaciones sanas cuando salen en libertad. Los
factores sociales contribuyen más que los espaciales a lo problemas asociados a la sobrepoblación
de prisiones.
VIOLACION DE DERECHOS
Una prisión. muy sobrepoblada puede violar los derechos de los prisioneros, corno lo describió la
Universidad de Phoenix Esto ocurre porque los recursos no son suficientes hay un espacio limitado
para cada prisionero y una limitación de recursos como la educación, programas de rehabilitación e
incluso comida También puede significar que los prisioneros sean liberados antes de cumplir con
toda su sentencia. Para el prisionero individual, la sobrepoblación hace que existan sólo algunas
actividades en las que pueda participar. Los prisioneros se frustran y enojan al no recibir una parte
equitativa de los recursos.
COMPORTAMIENTO ANTISOCIAL
Un informe reciente de marzo de 2011 llevado a cabo por la Comisión de sentencias criminales de
Ohio trata sobre la sobrepoblación en prisiones. Establece que las prisiones de Ohio están sobre
un 31% de su capacidad. prevista, y esto puede causar problemas. Mantener a los prisioneros en
una instalación sobrepoblada puede hacer que se pongan más agresivos antisociales y violentos
Como no se requiere que las prisiones sobrepobladas tengan un número proporcional de personal,
no se puede tratar de manera adecuada el aumento del mal comportamiento. Con más prisioneros
y menos personal, también puede surgir un aumento de trafico de drogas abuso y nuevas pandillas
Los prisioneros con historias de violencia pueden tomar su frustración y desquitarse con Otros
prisioneros u oficiales de la prisión, creando un ciclo de castigos, retiradas de recursos ya limitados
y violencia.
10. VII.- CRITICAS AL SISTEMA DE PRISIÓN EN
MÉXICO
Las prisiones en México no han sido consideradas un rubro sustantivo o relevante en las políticas
de asignación de recursos, son vistas como un gasto que siempre seria deseable poder
economizar, ésta posición ha provocado que las provisiones se conviertan en lugares donde
sistemáticamente se violan los derechos humanos de los reclusos, tienen derecho a la educación,
al trabajo, y a la capacitación, pero en las prisiones no existen condiciones para que los reclusos
ejerzan alguno de esos derechos.
Durante el Foro de Consulta sobre el Sistema Penitenciario en el Estado de Jalisco, se fue más allá
del universo tapatío, tratando el tema universal de la funcionalidad del sistema penitenciario en su
uso común, fuera de los limites territoriales del Estado.
La pena de prisión afecta a tanto a la familia, como a la libertad del preso, sin embargo, durante les
últimas semanas, la Comisión de Readaptación Social, encabezada por el diputado Carlos
Rodríguez Burgara, se ha preocupado por evaluar de forma sustantiva, concreta y oportuna, las
condiciones presentadas en los Centros de Integrales de Justicia Regionales, preocupándose,
todos los miembros de la mencionada comisión, en mejorar las oportunidades de los reclusos para
tener una estadía en prisión de forma digna, además de lograr, de manera efectiva, la reinserción
social, rubro en el que desde tiempos olvidados se ha fallado de forma garrafal, no sólo en Jalisco,
sino en México y en todo el planeta.
En el marco del Foro de Consulta sobre el Sistema Penitenciario en el Estado, se invitó a
ponentes expertos en sistemas penitenciarios, uno de ellos, David Ordaz Hernández, quién hizo
alusión en. su intervención magistral, denominada "El Sistema Penitenciario en México, retos y
soluciones", en que el paradigma de la reinserción social y la readaptación, son erróneas, al menos
en su apreciación y entendimiento; explica que la readaptación al fondo de los penales, no se da
hacia afuera, integrándolo socialmente al preso, sino que el individuo al verse en ese proceso se
adapta ciertamente pero a la población penitenciaria dotándose de. una identidad común.
11. CONCLUSIONES
Las medidas alternativas a la pena de prisión están siendo puestas en práctica en la mayoría de los países
miembros. Esperemos que esta situación continúe en los siguientes años y todavía más que se amplié su uso,
para dar un impulso definitivo a su uso deberla reforzarse la acción en tres distintos campos:
a) Las alternativas de los jueces. Es necesario ofrecer a los jueces validas y convenientes alternativas al
encarcelamiento, nuevas opciones al momento de dictar sentencia. Debe convencerles, así como a los fiscales,
de que las medidas alternativas son verdaderas penas y están cumpliendo en forma estricta, de ese modo, el
juez se sentirá seguro de su decisión cuando falle una sentencia a una pena alternativa.
Deberá estimularse el desarrollo de nuevas alternativas que tengan como base un componente socio
educacional, que ofrezca las condiciones para que la sociedad participe en la administración de justicia criminal
(el trabajo en favor de la comunidad)
b) Las alternativas y la opinión pública- La sociedad debe involucrarse en los intentos para solucionar los
problemas de, delincuencia. Cuando se introduzcan en la legislación nuevas medidas, deben ser apreciadas y
valoradas, el interés general de la sociedad y los intereses específicos de los individuos particularmente los de
las víctimas del delito el proceso de informar a la opinión pública significa darlo a conocer a todos los grupos
que la componen; políticos, sindicatos, grupos de presión, grupos profesionales, los medios de comunicación,
etcétera,.. ya que el objetivo primordial es reinsertar al delincuente a la sociedad con buenos principios rectores.
c) Las alternativas y los delincuentes.- El punto de vista del delincuente no puede ser ignorado. La idea de las
alternativas está centrada en ellos: solo se interesa la certeza y el contenido punitivo de la sentencia. En pocas
ocasiones piensan en que se les puede aplicar una pena distinta. El crecimiento y aumento de las medidas de
tratamiento en lugares abiertos (o ambulantes) no deben hacernos olvidar la necesidad de respetar los derechos
individuales y de poner limites a las nuevas técnicas de observación y métodos de control sofisticados para
supervisar el cumplimiento de la sentencia.
La definición y aplicación de alternativas debe estar acompañadas por la puesta en práctica de reglas mínimas
para la ejecución de sanciones.
12. l.- http://etimologias.dechile.net
BIBLIOGRAFÍA
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