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Epiqueya
1. La Epiqueya es una actitud (virtud o acto) del
hombre que se siente dispensado del cumplimiento
literal de la ley para ser fiel a su sentido profundo.
La etimología de la palabra Epiqueya significa en
primer lugar lo que es justo, conveniente, habitual
(equidad).
3. Aristóteles
El objeto de la virtud de la epiqueya dice Aristóteles es lo equitativo
algo justo aunque no según la ley sino como rectificación de lo justo
legal, esta necesidad comprende varios planos.
Primero, acontece que de un lado la ley se da universalmente y de otro
lado, los casos particulares son infinitos.
Segundo, ni el intelecto humano puede abarcar todos los casos, ni la ley
puede aplicarse a cada caso en particular.
Tercero, por eso es preciso que la ley se dicte en universal, por ejemplo
que todo el que cometa un homicidio sufra pena de cadena perpetua.
4. Platón manifiesta a lo largo de su vida una cierta evolución en la república
y el hombre político opina que la sabiduría práctica del hombre al frente de
los asuntos públicos está sobre las leyes.
Para Platón la epiqueya se sale del campo del derecho para situarse en la
mera misericordia, para Aristóteles la Epiqueya es la expresión de un
derecho más profundo y auténtico que el de la ley y sirve para corregir y
completar la ley
Aristóteles hace una crítica constructiva de la doctrina de Platón sobre la
Epiqueya pero para ambos la ley general no puede prever todos los casos
posibles sino que ha de atender sólo a lo que ocurre en la mayoría de ellos,
lo universal no puede incluir todos los casos concretos.
5. S. Alberto Magno el primero entre los escolásticos que conoció
la ética de Aristóteles con su doctrina sobre la epiqueya y
hasta 1245 entre los padres se hablaba sólo de la equidad
romana (jurídica) o cristiana (bíblica).
la primera era una interpretación al margen del derecho que
el interpretador hacía dejándose llevar de la benignidad
cuando este consideraba la ley injusta o demasiado dura.
6. S. Alberto tiene el mérito de haber considerado con relieve en
teología una doctrina sobre la epiqueya por su misma naturaleza
los actos humanos son inestables y están sin cesar sometidos al
cambio.
Según pues Alberto Magno hay dos especies de justicia; una que
dirige las acciones humanas según la letra de la ley válida en la
mayoría de los casos y otra que corrige la ley en ciertos casos
imprevistos de acuerdo con el sentido profundo de la ley, esta es
una súper justicia o epiqueya
7. S. Tomás ha perfeccionado la doctrina de S. Alberto sobre la epiqueya con
fórmulas más precisas y rigurosas siguiendo a Aristóteles, Tomás define la
epiqueya como la virtud que por encima de la letra de la ley sigue lo que
exige la justicia y el bien.
Esta interpretación de la ley le parece incluso más perfecta que la simplista
y unilateral aplicación del texto de la ley pero S. Tomás exige la certeza de
que el caso considerado constituye una excepción a la norma general de la
ley y en caso de duda se debe recurrir al superior para su consejo y
decisión esta acentuación de la E. como servicio al bien común hace que su
aplicación en la práctica deba ser restrictiva.
8. Suárez es sin duda el más importante de los comentadores de S.
Tomás en lo que se refiere a la doctrina de la epiqueya. Suárez
también ha aplicado la doctrina sobre la e. de un modo más liberal
que S. Tomás admitiéndola no sólo cuando es necesaria para evitar
un mal sino también en otros casos razonables en los que sólo parece
mejor aplicarla sin ser absolutamente necesaria.
en realidad Suárez, inspirándose en la doctrina de S. Tomás sobre la
Epiqueya se separa bastante de él en su manera de concebirla
mientras que para éste la epiqueya es sobre todo una súper justicia al
servicio del bien común, para Suárez la epiqueya se ordena más al
bien del individuo.