ESTADO DOCENTE                   Sector Público: INCLUSION            Sector Privado:
                                                                      COMPETITIVIDAD/Movilidad
                                                                      social

Lo propone Luis Beltrán Prieto   Garante de los intereses             La promueve al ofrecer otra
Figueroa a mediados de la        generales y particulares             alternativa que permite
década de los 40, en una         Todos por igual                      escoger entre dos situaciones:
Venezuela                                                             La publica y la privada
predominantemente rural y                                             El Estado la promueve al
analfabeta                                                            subsidiar la educación católica,
Ver Nota referida al Decreto                                          como por ejemplo Fe y Alegría
de Instrucción Pública de
Guzmán Blanco de 1870


Aparece por primera vez en la    No se refleja con particular         Se promovió la educación
Ley de Educación de 1955         preeminencia el Estado               privada, sin perjuicio de la
                                 Docente                              publica


Resolución N° 12 M.E.            Establece las competencias de        Las asume, pero asume una
S/F                              la formación docente en las          posición muy critica al intento
                                 Instituciones de educación           de homologar los pensum de
                                 superior, su duración y los          estudios de las instituciones de
                                 porcentajes que en el diseño         educación superior publicas y
                                 curricular de las carreras de        privadas en materia de
                                 educación deben tener los            formación de RRHH en el área
                                 componentes introductorio,           de educación. Es un intento
                                 generales, los de                    más de aplicar la política del
                                 especialización y de práctica        Estado Docente
                                 profesional

Resolucion N° 1 M.E              Dicta las pautas generales que       Las asume
15 de enero de 1996              definen la política del Estado
                                 venezolano para la formación de
                                 los profesionales de la docencia,
                                 el diseño de los planes y
                                 programas de estudio, y para la
                                 planificación y coordinación de
                                 las acciones de las instituciones
                                 universitarias     entre     cuyas
                                 finalidades está la formación y el
                                 perfeccionamiento        docente.
                                 Igualmente se definen los títulos
                                 y los certificados necesarios para
                                 el desempeño de la función
                                 docente en los diferentes niveles
                                 y modalidades de! sistema, con
                                 excepción del sector superior.

                                                                      Artículo 5º Toda persona podrá
Luego en la LOE de 1980          Artículo 2º La educación es          dedicarse libremente a las
                                 función       primordial    e        ciencias, a la técnica, a las artes
                                 indeclinable del Estado, así         o a las letras; y previa
                                 como derecho permanente e            demostración de su capacidad,
                                 irrenunciable de la persona          fundar cátedras y
                                                                      establecimientos educativos
                                                                      conforme a las disposiciones
                                                                      de esta Ley o de leyes
                                                                      especiales y bajo la suprema
                                                                      inspección y vigilancia del
DE LA ESCUELA EXPANSIVA (INCLUSION) A LA ESCUELA COMPETITIVA (MOVILIDAD SOCIAL) Juan
kujawa Haimovici. 2009. UNESR. FUNDAMENTOS DE LA ESCUELA BASICA.

"...en el Estado democrático, como quien manda teóricamente es la totalidad del pueblo que fija
las normas generales de dirección del Estado, la educación no puede ser, no debe ser la expresión
de la doctrina política de un partido..." (1977.p.51).

Conclusión: El Estado Docente debe promover la participación y la inclusión de todos aquellos
factores que tengan relación con el hecho educativo. Al abrogarse la función del Estado Docente,
contradictoriamente esta promoviendo la exclusión de la familia, la comunidad, el sector privado,
las universidades privadas y el sector educativo en general. Una política de Estado en materia de
educación en forma consensuada, sin perjudicar o minimizar el papel rector del Estado, es lo más
deseable en una sociedad democrática.

JKH/2009

NOTA: Véase como información complementaria del papel del Estado Venezolano en el hecho
educativo el Decreto de Instrucción Pública de Guzmán Blanco en 1870:

mhtml:http://googlemail.com/attachment?
ui=2&ik=005347cbee&view=att&th=12193c87f60cb356&attid=0.2&disp=safe&realattid=f_ft4ojfya
1&zw&saduie=1egnamky2vjyzin3zq4tca19tyiyr22&sadet=1252657781568&sads=11ba48ba8bcc5d
1d5d3ca4603e40f67e

Estado+docente

  • 1.
    ESTADO DOCENTE Sector Público: INCLUSION Sector Privado: COMPETITIVIDAD/Movilidad social Lo propone Luis Beltrán Prieto Garante de los intereses La promueve al ofrecer otra Figueroa a mediados de la generales y particulares alternativa que permite década de los 40, en una Todos por igual escoger entre dos situaciones: Venezuela La publica y la privada predominantemente rural y El Estado la promueve al analfabeta subsidiar la educación católica, Ver Nota referida al Decreto como por ejemplo Fe y Alegría de Instrucción Pública de Guzmán Blanco de 1870 Aparece por primera vez en la No se refleja con particular Se promovió la educación Ley de Educación de 1955 preeminencia el Estado privada, sin perjuicio de la Docente publica Resolución N° 12 M.E. Establece las competencias de Las asume, pero asume una S/F la formación docente en las posición muy critica al intento Instituciones de educación de homologar los pensum de superior, su duración y los estudios de las instituciones de porcentajes que en el diseño educación superior publicas y curricular de las carreras de privadas en materia de educación deben tener los formación de RRHH en el área componentes introductorio, de educación. Es un intento generales, los de más de aplicar la política del especialización y de práctica Estado Docente profesional Resolucion N° 1 M.E Dicta las pautas generales que Las asume 15 de enero de 1996 definen la política del Estado venezolano para la formación de los profesionales de la docencia, el diseño de los planes y programas de estudio, y para la planificación y coordinación de las acciones de las instituciones universitarias entre cuyas finalidades está la formación y el perfeccionamiento docente. Igualmente se definen los títulos y los certificados necesarios para el desempeño de la función docente en los diferentes niveles y modalidades de! sistema, con excepción del sector superior. Artículo 5º Toda persona podrá Luego en la LOE de 1980 Artículo 2º La educación es dedicarse libremente a las función primordial e ciencias, a la técnica, a las artes indeclinable del Estado, así o a las letras; y previa como derecho permanente e demostración de su capacidad, irrenunciable de la persona fundar cátedras y establecimientos educativos conforme a las disposiciones de esta Ley o de leyes especiales y bajo la suprema inspección y vigilancia del
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    DE LA ESCUELAEXPANSIVA (INCLUSION) A LA ESCUELA COMPETITIVA (MOVILIDAD SOCIAL) Juan kujawa Haimovici. 2009. UNESR. FUNDAMENTOS DE LA ESCUELA BASICA. "...en el Estado democrático, como quien manda teóricamente es la totalidad del pueblo que fija las normas generales de dirección del Estado, la educación no puede ser, no debe ser la expresión de la doctrina política de un partido..." (1977.p.51). Conclusión: El Estado Docente debe promover la participación y la inclusión de todos aquellos factores que tengan relación con el hecho educativo. Al abrogarse la función del Estado Docente, contradictoriamente esta promoviendo la exclusión de la familia, la comunidad, el sector privado, las universidades privadas y el sector educativo en general. Una política de Estado en materia de educación en forma consensuada, sin perjudicar o minimizar el papel rector del Estado, es lo más deseable en una sociedad democrática. JKH/2009 NOTA: Véase como información complementaria del papel del Estado Venezolano en el hecho educativo el Decreto de Instrucción Pública de Guzmán Blanco en 1870: mhtml:http://googlemail.com/attachment? ui=2&ik=005347cbee&view=att&th=12193c87f60cb356&attid=0.2&disp=safe&realattid=f_ft4ojfya 1&zw&saduie=1egnamky2vjyzin3zq4tca19tyiyr22&sadet=1252657781568&sads=11ba48ba8bcc5d 1d5d3ca4603e40f67e