Este documento establece los estatutos del Grupo de Diversidad Sexual de la Universidad Simón Bolívar. El grupo busca promover la discusión y comprensión de temas relacionados con la sexualidad, apoyar a personas que sufran discriminación, y educar sobre la igualdad. Los estatutos describen la estructura organizativa, los tipos de membresía, los derechos y deberes de los miembros, y los roles de la Asamblea General y la Junta Directiva.
Modelo de Reglamento interno para CDPJ, tener en cuenta que los espacios sombreados de color amarillo, requieren de modificaciones.
Más información sobre CDPJ´s y CMPJ en: https://www.facebook.com/confesionesCDPJ/
Modelo de Reglamento interno para CDPJ, tener en cuenta que los espacios sombreados de color amarillo, requieren de modificaciones.
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El objetivo principal de esta reunión fue la conformación de una asociación civil sin fines de lucro llamada Asociación Peruana de Higiene Ocupacional (APEHO); Con el fin de promover la salud y seguridad a través de la educación, desarrollo y difusión de conocimiento técnico y científico, la investigación en temas relacionados a la Higiene Industrial y difundir su importancia en el desarrollo del país, entre otros.
El objetivo principal de esta reunión fue la conformación de una asociación civil sin fines de lucro llamada Asociación Peruana de Higiene Ocupacional (APEHO); Con el fin de promover la salud y seguridad a través de la educación, desarrollo y difusión de conocimiento técnico y científico, la investigación en temas relacionados a la Higiene Industrial y difundir su importancia en el desarrollo del país, entre otros.
On Some Continuous and Irresolute Maps In Ideal Topological Spacesiosrjce
In this paper we introduce some continuous and irresolute maps called
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-continuity,
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-irresolute,
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s-continuity and
δ
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s-irresolute maps in ideal topological spaces and study some of their properties.
Informe alternativo de la Red LGBTI de Venezuela, presentado en el marco del cuarto informe del estado venezolano sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. junio 2015.
Sexismo en la Radio venezolana por Andreina GimenezQuiteria Franco
Este estudio tuvo como finalidad demostrar la presencia de rasgos de ideología
sexista en el lenguaje utilizado en un programa juvenil de radio de la ciudad de Caracas,
Venezuela.
Informe crímenes de odio por homofobia en VenezuelaQuiteria Franco
Crímenes de odio por Orientación sexual, Identidad de género y Expresión de género
en la noticia de los Medios de Comunicación y Organizaciones de la Sociedad Civil
Revisión Hemerográfica Enero 2009 a Agosto 2013
ANÁLISIS PRAGMÁTICO DEL ACTO DE HABLA
DEL INSULTO EN EL SEGMENTO “LOS FABULOSOS”
DEL PROGRAMA “¡A QUE TE RÍES!”
Este estudio tiene como finalidad demostrar la presencia de rasgos lingüísticos, culturales e ideológicos discriminatorios contra la población de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersex en un segmento titulado “Los fabulosos” de un programa humorístico de la televisión venezolana conocido como “¡A que te ríes!”. Es un estudio descriptivo que se sustenta en el análisis crítico del discurso según van Dijk (1999, 2001, 2003, 2004) y la teoría de la cortesía de Brown y Levinson (1978, 1987).
1. ESTATUTOS DEL GRUPO DE DIVERSIDAD SEXUAL DE
LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR
(DSx USB)
2. CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y OBJETIVOS
Artículo 1. Estos estatutos regirán el funcionamiento del Grupo de Diversidad Sexual de la
Universidad Simón Bolívar (en adelante DSx USB).
Artículo 2. DSx USB está constituido por estudiantes de la Universidad Simón Bolívar, de
diversas manifestaciones de orientación sexual, identidad y/o expresión de género, con interés en
promover la discusión de temas relacionados con la sexualidad.
Artículo 3. Son objetivos de DSx USB:
a)
Promover actividades de discusión sobre temas de sexualidad, con la finalidad de
expandir el
conocimiento de la comunidad universitaria y de sensibilizarla al
respecto.
b)
Apoyar a cualquier persona dentro de la comunidad universitaria, si ésta o éste
sufriera
discriminación por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género; o si
se viera afectado su adecuado desenvolvimiento dentro de nuestra casa de estudios.
c)
Educar y concientizar sobre igualdad de trato a todas las personas dentro de la
comunidad universitaria.
d)
Promover espacios de sano esparcimiento social, dirigidos a toda la comunidad
universitaria sin menoscabo de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.
e)
Servir de enlace entre nuestra universidad y diferentes organizaciones y colectivos
que laboran con diversidad sexual, derechos humanos, salud sexual o cualquier otra área
de interés, para facilitar a toda la comunidad universitaria cualquier información o ayuda
que puedan necesitar.
f)
Establecer lazos con otros grupos estudiantiles de sexualidad de otras
universidades de nuestro país, y compartir el conocimiento obtenido de nuestro trabajo a
diferentes ámbitos de la sociedad civil venezolana.
3. CAPITULO II
DE LA ESTRUCTURA INTERNA Y MIEMBROS
Artículo 4. La estructura organizativa de DSx USB estará conformada por los siguientes
organismos:
a)
Asamblea General.
b)
Junta Directiva.
En adelante se utilizarán las siglas AG y JD, respectivamente, al referirse a los términos ya
mencionados.
Artículo 5. Los miembros de DSx USB podrán ser:
a)
Miembros activos.
b)
Miembros honorarios.
c)
Miembros colaboradores.
d)
Miembros aspirantes.
e)
Profesor asesor o profesora asesora.
Artículo 6. Podrán ser miembros activos de DSx USB aquellas personas que:
a)
Como lo establece el Artículo 6 del Reglamento de las Agrupaciones
Estudiantiles, sean estudiantes regulares de la USB.
b)
Hayan sido propuestos y aceptados para tal fin por los miembros activos y
honorarios en reunión ordinaria de la AG, previa evaluación de su desempeño como
miembro aspirante en un período de un trimestre.
Parágrafo primero: Los miembros activos que se gradúen pasarán a ser miembros honorarios a
menos que se manifieste lo contrario.
Artículo 7: Los miembros activos podrán solicitar ante la JD la condición de miembro inactivo.
Parágrafo único: los miembros inactivos renuncian a los derechos y deberes de los miembros
activos.
Artículo 8. Podrán ser miembros honorarios de DSx USB, aquellas personas que hayan sido
miembros de la agrupación y que por alguna razón ya no formen parte de la comunidad
uesebista.
Parágrafo único. La aceptación de los miembros honorarios será realizada en reunión ordinaria
de la AG por mayoría calificada (75% de los miembros presentes).
4. Artículo 9. Los miembros colaboradores serán aquellas personas que aporten en el desarrollo de
DSx USB.
Artículo 10. Los miembros colaboradores podrán tener derecho a voz y/o voto previa aprobación
de la mayoría calificada de los miembros presentes en las reuniones ordinarias y extraordinarias
de la AG.
Artículo 11. Toda reunión ordinaria de la AG será válida para evaluar los nuevos ingresos a DSx
USB.
Artículo 12. Serán derechos de los miembros activos:
a)
Voz y voto en las reuniones de DSx USB.
b)
Elegir y ser electas o electos miembro de la JD siempre que, como establece el
Artículo 7 del Reglamento de Organizaciones Estudiantiles, no posean título universitario
y no se encuentren sometidas o sometidos a período de prueba como consecuencia del
índice académico.
c)
Representar a DSx USB en las actividades al que sean asignadas o asignados por
la JD o AG.
d)
Acceso a los bienes de DSx USB.
Artículo 13. Serán derechos el profesor asesor y profesora asesora:
a)
Voz y voto en las reuniones de DSx USB.
b)
Representar a DSx USB en las actividades relativas a la agrupación
c)
Acceso a los bienes de DSx USB.
Artículo 14. Serán deberes de los miembros:
a)
Cumplir y hacer cumplir los estatutos de DSx USB.
b)
Cumplir con las responsabilidades encomendadas como directivos o miembros
activos u honorarios de DSx USB.
c)
Velar por el buen uso de los bienes de DSx USB.
d)
Asistencia a las reuniones de la AG, sean ordinarias o extraordinarias.
e)
Participar en la organización de las actividades planificadas para cada evento de
DSx USB.
Artículo 15. Se puede perder la condición de miembro activo u honorario al incumplir los
deberes estipulados en el artículo 12.
5. Parágrafo único. Las renuncias manifestadas por escrito por parte de los miembros activos u
honorarios serán recibidas por la JD y hechas efectivas de inmediato. La JD luego informará de
la misma en reunión ordinaria de la AG.
Artículo 16. La pérdida de la condición de miembro activo u honorario será evaluada y decidida
por la AG en reunión ordinaria, previa solicitud de cualquier miembro activo de DSx USB.
Parágrafo 1. La pérdida de condición podrá ser apelable, por la persona afectada, ante la AG en
el transcurso de las dos reuniones ordinarias siguientes.
Parágrafo 2. Quien perdiere la condición de miembro activo y desee recuperarla deberá cumplir
las mismas exigencias de los miembros aspirantes.
Artículo 17. Los miembros aspirantes serán aquellas personas que habiendo manifestado su
interés de pertenecer a DSx USB participen durante un trimestre en las actividades de la
agrupación y cumplan con los requisitos y deberes de los miembros activos.
Artículo 18. Los miembros aspirantes tendrán derecho a voz más no a voto en las reuniones
ordinarias y extraordinarias de la AG.
6. CAPITULO III
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 19. La AG está formada por todos los Miembros de DSx USB que puedan ejercer
derecho al voto.
Artículo 20. La AG es la máxima autoridad de DSx USB. Las decisiones y resoluciones
resultantes de las sesiones ordinarias y/o extraordinarias de AG sólo podrán ser modificadas,
previa discusión, por la propia AG.
Artículo 21. Las reuniones ordinarias de la AG se realizarán regularmente tres (3) veces por
trimestre académico en las semanas dos (2), cinco (5) y nueve (9).
Parágrafo primero. Las semanas estipuladas para las reuniones ordinarias de la AG podrán ser
modificadas con previo acuerdo de los miembros activos.
Parágrafo segundo. La fecha, hora y lugar será establecida previo acuerdo de los miembros
activos
Artículo 22. Es requisito necesario para llevar a cabo las reuniones ordinarias de la AG, la
presencia de la mitad de los miembros activos.
Parágrafo único. Se realizaran dos convocatorias, la primera convocatoria a la hora estipulada, la
segunda convocatoria se realizara media hora más tarde. La reunión dará inicio en la segunda
convocatoria.
Artículo 23. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas por decisión de la JD o por
solicitud del 25% o más de los miembros activos y honorarios, con al menos veinticuatro (24)
horas de antelación, a fin de tratar algún asunto particular con carácter de urgencia.
Artículo 24. Es requisito necesario para llevar a cabo las reuniones extraordinarias la
participación de la mitad de los miembros activos.
Parágrafo único. En caso de no contar con el quórum necesario por ausencia de miembros
activos, la JD tendrá la potestad de tomar las decisiones que atañen a los puntos planteados en
agenda para dicha reunión extraordinaria, por mayoría calificada (75% del total de los miembros
de la JD).
Artículo 25. Las atribuciones de la AG son:
a)
Planificar, aprobar y evaluar los planes de trabajo y actividades de DSx USB.
7. b)
Pronunciarse sobre hechos universitarios, nacionales e internacionales en el
ámbito de los objetivos de DSx USB.
c)
Modificar los estatutos de DSx USB cuando lo considere necesario.
Artículo 26. Los acuerdos de la AG se tomarán por mayoría simple de los votos de los miembros
con voto presentes.
8. CAPITULO IV
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 27. La Junta Directiva (JD) es el ente coordinador y ejecutor de las actividades
planteadas y emanadas de la AG.
Artículo 28. Serán atribuciones de la JD:
a)
Tomar decisiones que no hayan sido tomadas por la AG y que debieran tomarse
en un lapso menor a veinticuatro (24) horas.
b)
Tomar decisiones que no hayan sido tomadas por la AG en reunión extraordinaria
por falta de la presencia de al menos la mitad de los miembros activos.
c)
Convocar las reuniones ordinarias y/o extraordinarias de la AG.
d)
Convocar y planificar la reunión de miembros activos para la elección de la nueva
JD, durante el trimestre enero marzo, luego de finalizar su período de gestión (el cual será
de 1 año).
Parágrafo único. Estas decisiones deben ser tomadas con mayoría calificada de la JD (75% del
total de las y los miembros de la JD).
Artículo 29. La JD estará integrada por:
a)
Un (1) Coordinador o Coordinadora General.
b)
Un (1) Secretario o Secretaria.
c)
Un (1) Coordinador o Coordinadora de Finanzas y Recursos.
d)
Un (1) Coordinador o Coordinadora de Enlaces Externos.
Parágrafo único. Los cuatro cargos que conforman la JD directiva podrán tener o no un adjunto
para cada caso..
Artículo 30. Los miembros de la JD serán electos en reunión de miembros activos y durarán un
(1) año en sus funciones.
Artículo 31. Son atribuciones del Coordinador o Coordinadora General:
a)
Convocar las reuniones de la AG.
b)
Representar a DSx USB ante las autoridades universitarias y/o organismos
oficiales dentro de la USB.
c)
Velar por el cumplimiento de las actividades planificadas en la organización de
los eventos de DSx USB.
9. Artículo 32. Son atribuciones del Secretario o Secretaria:
a)
Convocar las reuniones de la AG.
b)
Suplir las ausencias del coordinador o coordinadora general en caso de que no
exista un adjunto o adjunta a este cargo.
c)
Resguardar y llevar los libros de actas y demás documentos y archivos de DSx
USB.
Artículo 33. Son atribuciones del Coordinador o Coordinadora de Finanzas y Recursos:
a)
Convocar las reuniones de la AG.
b)
Llevar los libros de finanzas de DSx USB.
Parágrafo único. El Coordinador o Coordinadora de Finanzas y Recursos deberá presentar un
reporte financiero en la reunión de miembros activos destinada para la elección de la JD.
Artículo 34. Son atribuciones del Coordinador o Coordinadora de Enlaces Externos:
a)
Convocar las reuniones de la AG.
b)
Mantener al día el Correo Electrónico oficial de DSx USB.
c)
Administrar los medios electrónicos de la agrupación.
d)
Servir de enlace entre DSx USB y otras organizaciones externas a la USB.
10. CAPÍTULO V
DE LAS ELECCIONES
Artículo 35. Solamente podrán ser candidatos o candidatas a cualquier cargo de la JD los
miembros activos de DSx USB.
Artículo 36. Para efectos de la elección de los miembros de la JD serán considerados electores
todos los miembros presentes de DSx USB.
Artículo 37. Serán candidatos o candidatas, aquellos miembros activos que, en la primera
reunión ordinaria (semana 2) de la AG, del trimestre enero marzo, manifiesten su interés en
formar parte de la JD.
Artículo 38. El proceso de elección de la JD se efectuará en reunión de la AG en la semana 5 del
trimestre enero marzo.
Parágrafo único. Será responsabilidad de la JD saliente organizar el proceso de elección de la
nueva JD.
Artículo 39. El quórum mínimo necesario de la AG para la elección de la JD será del 60% de los
miembros activos.
Parágrafo único: Se evaluará el status de cada miembro elector para la realización de la elección.
Artículo 40. Las elecciones dentro de DSx USB sólo podrán ser efectuadas mediante votación
universal, directa y secreta de los miembros con derecho a voto presentes en la reunión destinada
para tal fin.
Artículo 41. Se proclamarán electos las y los candidatas o candidatos que hayan obtenido la
mayoría simple de los votos válidos.
Parágrafo único: La JD electa asumirá sus cargos en el trimestre inmediatamente posterior a su
elección. Es decir el trimestre abril-julio
Artículo 42. En caso de renuncia o ausencia prolongada de la JD, los miembros activos deberán
convocar a la elección de los miembros faltantes.
Parágrafo único: En caso de cumplirse lo anterior, los nuevos miembros de la JD asumirán sus
funciones el trimestre de su elección.
11. CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 43. Las situaciones dudosas o no contempladas en estos estatutos, serán discutidas por
la AG y resuelta con la aprobación del 75% de los miembros con derecho a voto presentes.
Artículo 44. La modificación de los presentes estatutos solo podrá realizarse con la mayoría
calificada (75%) de los miembros activos de la AG en reunión convocada para tal fin.