UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante:
Argenis, Perez Yustiz
C.I. V-21.563.782
Proviene del latín contractus que
significa pacto y Justiniano definió al
contrato como “El acuerdo de
voluntades capaz de constituir a una
persona en deudora de otra, y tenia
como fin la creación, modificación o
extinción de cualquier relación
jurídica”, reconocido en la época
imperial como una de las fuentes de
las obligaciones
Los contratos requerían
un elemento material
formalista y solemne, que
evoluciono con ayuda del
DERECHO CANONICO a
ser consensualista.
Derecho Romano
Donde
Se remonta al
Y el contrato
Tomaron las bases y principios del Derecho
Romano, sin embargo los canonistas
otorgaron un relevante valor al consenso y
establecen la idea de que en la voluntad
está la fuente de la obligación, desligándola
del rígido formalismo romano. Por otra
parte los elementos que el Derecho
Canónico introdujo en el concepto de
contrato fueron el cumplimiento de la
palabra empeñada, la presunción de la
buena fe y el justo equilibrio de las
prestaciones.
Derecho Canónico
Derecho Natural
Código de las Siete Partidas
El cual ha ejercido, durante varios
siglos, una enorme influencia jurídica
en el derecho contractual de España
y también de la mayoría de los países
hispanohablantes de América. La
Partida Quinta, se refería a los actos
y contratos que podía el ser humano
realizar o celebrar en el curso de su
vida.
La Escuela del Derecho Natural se
llega a que el fundamento del
vínculo obligatorio está en la libre
voluntad de los contratantes y en el
respeto a la palabra dada, tomando
como punto de partida el
racionalismo y el individualismo
jurídico.
Derecho Francés
Código de Napoleón (1804)
En esta época el Contrato era una
institución valorada, que se situaba
en el fundamento constitutive de la
sociedad política, en el Derecho
Francés nació la concepción actual
del contrato donde basta el mero
acuerdo de voluntades para el
prefeccionamiento del contrato.
El Artículo 1134 de dicho Código
afirma que “Las convenciones
fromuladas conforme a las
exigencias de la legalidad adquieren
fuerza de ley entre las partes”.
Derecho Venezolano
Nuestro derecho y nuestro
Código Civil, tiene influencia del
Derecho Frances subjetivo y
voluntarista.
Art. 1133:El contrato es una
convención entre dos o más
personas para constituir, reglar,
transmitir, modificar o extingir
entre ellas un vincula jurídico.
Defininendolo

Evolución del concepto de Contrato

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Participante: Argenis, Perez Yustiz C.I. V-21.563.782
  • 2.
    Proviene del latíncontractus que significa pacto y Justiniano definió al contrato como “El acuerdo de voluntades capaz de constituir a una persona en deudora de otra, y tenia como fin la creación, modificación o extinción de cualquier relación jurídica”, reconocido en la época imperial como una de las fuentes de las obligaciones Los contratos requerían un elemento material formalista y solemne, que evoluciono con ayuda del DERECHO CANONICO a ser consensualista. Derecho Romano Donde Se remonta al Y el contrato
  • 3.
    Tomaron las basesy principios del Derecho Romano, sin embargo los canonistas otorgaron un relevante valor al consenso y establecen la idea de que en la voluntad está la fuente de la obligación, desligándola del rígido formalismo romano. Por otra parte los elementos que el Derecho Canónico introdujo en el concepto de contrato fueron el cumplimiento de la palabra empeñada, la presunción de la buena fe y el justo equilibrio de las prestaciones. Derecho Canónico
  • 4.
    Derecho Natural Código delas Siete Partidas El cual ha ejercido, durante varios siglos, una enorme influencia jurídica en el derecho contractual de España y también de la mayoría de los países hispanohablantes de América. La Partida Quinta, se refería a los actos y contratos que podía el ser humano realizar o celebrar en el curso de su vida. La Escuela del Derecho Natural se llega a que el fundamento del vínculo obligatorio está en la libre voluntad de los contratantes y en el respeto a la palabra dada, tomando como punto de partida el racionalismo y el individualismo jurídico.
  • 5.
    Derecho Francés Código deNapoleón (1804) En esta época el Contrato era una institución valorada, que se situaba en el fundamento constitutive de la sociedad política, en el Derecho Francés nació la concepción actual del contrato donde basta el mero acuerdo de voluntades para el prefeccionamiento del contrato. El Artículo 1134 de dicho Código afirma que “Las convenciones fromuladas conforme a las exigencias de la legalidad adquieren fuerza de ley entre las partes”.
  • 6.
    Derecho Venezolano Nuestro derechoy nuestro Código Civil, tiene influencia del Derecho Frances subjetivo y voluntarista. Art. 1133:El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extingir entre ellas un vincula jurídico. Defininendolo