2.
Facturar el total de las actividades,
procedimientos e intervenciones prestados.
Traducir los servicios prestados
fortalecimiento financiero.
Colaborar con el desarrollo de un esquema de
información en el sistema de salud.
3.
4. Es la relación entre la empresa y el usuario,
contempla la elaboración del portafolio de
servicios, las tarifas, los contratos vigentes
y
el
marco
legal
del
sistema
de
seguridad social
5. Consiste en el diligenciamiento de los
formatos diseñados para el ingreso del
usuario a la empresa (admisión del paciente y
diligenciamiento dela historia clínica)
7. Transformación manual o sistematizada de la
información mediante procedimientos de
liquidación,
asociación,
consolidación
y
resumen
8.
INICIAL DE URGENCIAS: todas las IPS están
obligadas a prestar y facturar este servicio
(decreto 444 /93).
9. consiste en la elaboración de informes que
comparen la proyección inicial con la
proyección real de costos en relación con la
atención
10. Consiste en el proceso de archivar la
información
con
criterios
operativos,
administrativos y estratégicos
Se divide en dos subfases:
Control de Factura: la factura debe ser
fácilmente manejable y flexible. Consulta y
búsqueda de la Información:
Es la técnica de archivo
11. Selección de información en bancos de datos
con base en indicadores básicos, se requiere
de ciertas mediadas de seguridad que
garanticen el acceso a cierto tipo de
información
12. Es establecer el monto total de servicio
prestado. Para esto es necesario conocer los
contratos y manuales de tarifas y el tipo
de usuario (contributivo, subsidiado, particular,
evento catastrófico, urgencias, P y P, vinculados
y otros).
13. Se realiza una verificación final de los servicios
y los soportes de todos los pacientes de
cada un de las entidades y así se elabora la
cuenta de cobro. Se
entrega al responsable mediante radicación a la
entidad responsable de realizar el pago
14.
ENFERMEDADES DE ALTO COSTO: son lasque
se prestan en alta complejidad y su manejo
implica un nivel de gastos alto pero son de
baja ocurrencia.(Decreto 5261/94,806/98)
15.
EVENTOS CATASTROFICOS: se clasifican
según su origen y su facturación se cubrirá a
través de la red de solidaridad y atención de
desastres.
16.
ACCIDENTES DE TRANSITO: se considera un
suceso ocasionado por un vehículo
automotor en una vía de acceso público, se
cubrirá a través de un sistema obligatorio de
accidentes de tránsito.(decreto 2423/96).
17.
ACCIDENTE DE TRABAJO: es un suceso
repentino por causa u ocasión del trabajo que
produzca en el trabajador una lesión
orgánica, perturbación funcional, invalidez o
muerte. (Decreto 1295/94).
18.
El Manual de Tarifas es un instrumento de
referencia de precios de actividades,
intervenciones y procedimientos en salud,
ajustados al Plan Obligatorio de Salud (POS)
definido por el Ministerio de Salud, mediante la
Resolución 5261/94.
Este manual, se encuentra codificado de acuerdo
con la clasificación Única de Procedimientos en
Salud (CUPS), reglamentada mediante la
Resolución 1896/01por el Ministerio de Salud
Actualmente existen los manuales tarifarios ISS
2001y 2004, SOAT Decreto 2423/96,
19. Realizar el control de calidad a los datos
recogidos, es decir, una auditoria previa a las
facturas, garantizando el mínimo de objeciones
y glosas.
20.
Cirugía estética con fines de embellecimiento.
Tratamientos nutricionales con fines estéticos.
Tratamientos para la infertilidad.
Tratamientos no reconocidos por las
asociaciones médico científicas anivel mundial o
aquellos de carácter experimental.
Tratamientos o curas de reposo o del sueño.