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UNIVERSIDAD YACAMBU 
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO 
MAESTRÍA EN CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLÓGICAS 
Fundamentos Históricos y Filosóficos en 
Derecho Procesal Penal 
Marco L. Fernández L. 
CI. 19,968,108. 
MCP-143-00304-V 
PROFESORA 
Milagro Yustiz 
25 de septiembre de 2014
FASES DEL PROCESO PENAL COPP 
Las fases del proceso penal no nacen por si sola, da inicio a un proceso que se desarrollara a través de un procedimiento, las 
cuales van a permitir conocer a toda persona que tenga conflicto con la Ley penal, cuales son sus procedimiento en todo su proceso 
judicial. El escritor y jurista CESARES BECCARIA en su OBRA “DE LOS DELITOS Y LAS PENAS” determina que lo importante para 
la materialización de un hecho punible, es que se le respete el principio del debido proceso a toda persona que de una u otra forma ha 
cometido un hecho punible, esas persona son inocente hasta que se pruebe lo contrario , es decir hasta que no exista un sentencia 
definitivamente firme que inculpa a una persona por la comisión y la participación de un hecho punible, sea de carácter de privativa de 
libertad o que se le pueda satisfacer la pretensión a través de una medida sustituta . Sin dejar a tras que la norma rectora de la fase de todo 
proceso penal, es la carta magna o como también es prevista en su dispositivo técnico legal Art. 7 C.R.B.V . Norma Suprema de todo 
ordenamiento jurídico, este articulo rector, tiene relación con el principio del debido proceso, contenida en su norma suprema Art. 49. el 
Debido Proceso. Tomando en cuenta que cada fase del proceso se le debe garantizar a cada persona que este incurso en un hecho punible 
su principio y garantías constitucionales pasando desde la constitución, de la norma sustantiva COP. La ley especia, hasta la norma de 
aplicación del procedimiento COPP
ESQUEMA GENERAL DE LAS FASE DEL PROCESO 
ORDINARIO 
FASE PREPARATORIAARTS. 262 al 308 
Hecho Criminal 
Investigación Ministerio Publico - 
Órganos de investigación Penal 
Arts. 11,111,113,114 y 115 
FASE INTERMEDIA ART.309 al 314 JUICIO ORALART.315 al 352 
Tribunal de Control Juez 
Profesional Art. 65 y 66 Apertura de Juicio 
Juez art.68 
Debate Oral art.321 
Publico art.316 
Inmediación art.315 
Concentración art.318 
Sobreseimiento 
Sentencia ( art.344,345,346) 
Absolución (art.348- Recursos 
Condena(art.349)
Fase Preparatoria 
Inicio del Proceso 
Oficio –Noticias Criminis- arts. 265- 
266 y 289 
Querella-persona Natural o Jurídica- 
Cualidad Victima.arts.274 al 278 
Denuncia–Fiscalia-Cuerpo-Policial- 
AtenciónVictima–arts.267-268. 
Inicio de investigación-Fiscal del 
Ministerio Publico ordenada la 
Investigación-arts. 282-283-284. 
Desestimación art. 283 ante el Juez de 
Control. 
1) Hecho no es Punible. 
2) Acción Prescrita. 
3) Obstáculo legal para el proceso. 
1.Se practican todos los actos de investigación necesarios(arts. 285-286) 
2.Obligatorio aplicar el art. 187 y 188(cadena de custodia) 
3.Las partes podrán solicitar al fiscal las diligencias de investigación(arts. 287- 
288) 
4.Prueba anticipada: el verdadero nombre que tiene el copp es de 
aseguramiento de prueba o recolección de evidencia(art.289) lo que contiene 
este dispositivo técnico legal, como actos anticipable son verdaderamente 
actos de investigación. Debe reunir 5.requisitos: determinación del imputado, 
garantías de sus derechos , el objeto no pueda disponerse en el proceso . 
6.Lapso: seis meses arts. 295-296. 
1. El Juez acepta desestimación-art. 284 y 
devuelve al Ministerio Publico para 
archivo. 
2. Rechaza y Ordena proseguir. 
PROCEDIMIENTO DE PRUEBA ANTICIPADA 
SOLICITUD art. 289 
Fundamentación: 
1) Necesidad de la Prueba. 
2) Relevancia. 
3) Indisponibilidad de prueba –audiencia oral 
Ministerio publico o las partes 
Antes el Juez de Control de Garantías 
Si admite debe fijar el acto y citar a las 
partes Supone: 
1)Existencia de imputado. 
2) Notificación a las partes 
3)Deben tener asistencia jurídica y 
ejercer el contradictorio.
Privación de libertad 
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Se tramita antes el Juez(a) de control art. 236 
Debe tomarse en cuenta las garantías constitucionales y el principio de legalidad. 
Procedimiento de privación de libertad 
2.Buena conducta predelictual. Con 
prueba libre idónea. Solo procede 
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2.Libran orden de aprehensión. 
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6.El fiscal puede pedir prorroga de 15 días. 
7. Si vencido el plazo no hay acusación , el 
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deberá imponerle medida cautelar sustitutiva. 
Improcedencia. Art. 236 
1.Cuando el delito tenga una pena 
privativa de libertad que no sea 
mayor de 3 años. Fiscal debe acreditar art. 236 
1.Hecho punible que merezca pena 
privativa y no este prescrita la acción. 
2.Fundados los elementos de convicción 
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concretos de investigación . 
PELIGRO DE FUGA art. 37. 
1.Arraigo en el país y facilidades de 
abandonar el país. 
2.Cantidad de pena. 
3.Magnitud de daño causado. 
OSBTACULIZACION art.238. 
1.Accionescontra elementos de 
convicción. 
2.Influencia sobre pruebas 
personales o conducta.
ALTERNATIVAS RESULTANTE DE LA INVESTIGACION 
Actos Conclusivo 
1. ARCHIVO: Influencias para acusar el M.P. decretara 
el archivo de las actuaciones- art.297-la victima puede ir 
al Juez de control art.298. 
Deben notificarse a la victima. En caso de ser 
patrimonio del Estado o Interés colectivos y difusos, 
debe remitirse al Fiscal Superior.. 
2.SOBRESEIMIENTO : Si existen causales de 
procedencia el M.P. Debe solicitar el sobreseimiento 
vid. Arts. 302-300 
TRAMITE: Solicitud Juez, convoca ala partes y 
victima a audiencia oral. Art.305 
Si acepta deberá dictar auto de sobreseimiento arts. 
305-306 el M.P y la victima podrá recurrir contra el 
auto. 
ACUSACION: Si hay suficiencia de elementos de convicción 
el M.P deberá presentar acusación art. 308 
En este caso se pasa a la fase intermedia. 
Fase Intermedia 
Si no acepta el juez debe enviar las actuaciones al Fiscal 
Superior art.305. 
a) Si el Fiscal Superior ratifica dictara Sobreseimiento. 
b) Si no esta de acuerdo ordenara a otro Fiscal continuar con 
la investigación o acto conclusivo.
FASE INTERMEDIA 
AUDIENCIA PRELIMINAR 
Presentada la acusación el Juez convoca a las partes a una audiencia oral en plazo no menor de 15 días ni 
mayor de 20. 
La victima dentro del plazo de 5 días 
desde la notificación de convocatoria 
puede: 
a) Adherirse la acusación fiscal. 
b) Presentar acusación propia. 
Desarrollo de la audiencia preliminar. 
Art. 312 
Las partes expondrán brevemente sus 
alegatos , el imputado podrá solicitar se 
le reciba declaración. El juez informara 
sobre las medidas alternativas 
Hasta cinco días del plazo para celebración de la audiencia preliminar, por 
escrito las partes podrán: art.311. 
1. Oponer excepciones. 
2. Pedir imposición o revocatoria de medida. 
3. solicitar aplicaciones de procedimiento de admisión de hecho. 
4. Proponer acuerdo preparatorios. 
5. Solicitar su suspensión condicional del proceso. 
6. Proponer pruebas concretas. 
7. Ofertar prueba para el debate. 
8. Ofrecer nuevas pruebas conocidas después de la acusación 
Las facultades 2,3,4,5 y 5 pueden hacerse oralmente. 
DECISION DEL JUEZ 
ante las partes art.313 
Finalizada la audiencia el Juez debe de resolver las cuestiones planteadas si 
admite la acusación y ordenar la apertura del juicio debe hacerse acorde 
art.314. el auto es inapelable. 
FASE DE JUICIO O DEBETE FINAL 
PREPARACION DEL DEBATE ART. 325 
1. El Juez fijara la audiencia no antes de 10 ni después de 15 días hábiles. 
2. El Imputado debe ser citado, por lo menos, con 10 días de anticipación. 
Los jueces se pueden recuras o inhibirse art.89 
Las partes pueden promover nuevas pruebas, por no 
ser conocidas.
DESARROLLO DEL DEBATE O AUDIENCIA ORAL 
INMEDIACION CONCENTRACION PUBLICIDAD INMEDIACION 
PRINCIPIOS INFORMADORES Y VINCULANTES 
Después de verificar las la presencias de las partes, expertos y testigos e interprete, el Juez declarara abierto del debate art.327 
Inmediatamente el fiscal y el querellante exponen sus acusaciones 
ASPECTO EXCEPCIONALES EN EL DEBATE 
1.Formulacion de incidencia: debe tratarse y resolverse en un solo 
acto. Las partes tienen derecho a intervenir art.329 
2.Nueva calificación jurídica art.333—partes pueden pedir 
suspensión del juicio para ofertar nuevas pruebas y preparar defensa. 
3.Ampliacion de la acusación art.334. 
SENTENCIA 
1.Los jueces deben reflexionar en privado art.344 
2.Debe aplicarse los principios de congruencia y exhaustividad 
art.345 
3.Deben cumplirse los requisitos formales y sustanciales art.346 
4.Pronunciamiento art. 347 
El imputado podrá rendir declaración y deberá 
advertírseles de sus derechos constitucionales y 
puede declarar libremente. 
RECEPCION DE MEDIOS PROBATORIOS 
Una vez realizada la declaración del imputado o 
manifestado rendirían en el orden establecido por el 
coop. 
1. Expertos art.337 2.Testogos AT.338-339 
3. Otros medios de 
pruebas art.341 4.Nuevas Pruebas art.342 
5.Discusión final y cierre del 
debate art. 343 
Condena art.349 fija la cantidad de 
pena, medidas de seguridad y 
obligaciones. 
Decidirá sobre costas y objetos 
ocupados. 
Absolución art348 Proceso 
de libertad y cesa de medidas 
cautelares.
FASE DE RECURSOS 
PRINCIPIOS RECTORES 
Impugnabilidad Objetiva art.423 medios y casos expresamente establecidos en la Ley. 
Quien recurre debe ser agraviado. Prevalece el Principio de Inocencia, Indubio Pro Reo y la prohibición de ReformatioIn Pelus 
REVOCACION 
1.Solo frente a auto de mera sustanciación o tramite art.436 
2.En audiencia de resuelve de inmediato, fuera de audiencia 
debe ser escrito fundado dentro de los tres días a la 
notificación 
APELACION 
1.Apelacion contra Autos art.439 
2.Apelacion contra Sentencia definitiva art.443 
APELACION DE AUTOS 
1.Deciciones recurribles art.439 
2.Dentro de los cinco (5) días a partir de la notificación. 
3. Se interpondrá ate el tribunal que dicto el auto art.440 
4.El Tribunal emplaza a las partes para que conteste dentro 
de los tres (3) días, podrán ofertar pruebas art.441 
5. Sin mas tramites el juez, dentro del plazo de (24) horas 
debe de enviar las actuaciones de la corte de apelación 
6.La corte de Apelación se pronuncia sobre la admisibilidad 
dentro de los (3) días de recibir las actuaciones. 
Si se declara con lugar la apelación se anula, sentencia si 
las cuales son las de numerales 1,2y3 art444-vid art.449. 
en los demás casos de fallo propio. 
CONTRA SENTENCIA DEFINITIVA DE LA AUDIENCIA ORAL 
1.La Apelación solo podrá fundarse en los motivos de la Ley 
art.444 
2. Se interpone ante tribunal que lo dicto. Art.444 
3.Dentro de los (10) días a partir de la fecha que se dicto o de la 
publicación del texto integro. 
4.Debe ser por escrito y fundado con base a los motivos de la 
Ley. 
5.Para acreditar efecto de procedimiento deberá promoverse el 
medio de reproducción, en su defecto la prueba testimonial. 
6.Las otras partes sin notificación previa, podrá contestar 
dentro de los (5) días de vencimiento del lapso para su 
interposición. 
7.El juez sin mas tramite dentro de las 24 horas de vencimiento 
del plazo remitirá las acusaciones a la corte de apelación. 
8.la corte de apelaciones dentro de los 10 días siguientes de 
recibir decidirá acerca de la admisibilidad. 
9. Si la admite debe de fijar una audiencia ora. 
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El Proceso de Enseñanza - Aprendizaje: El Acto Didáctico (AD)
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Principios copp
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Garantias y principios
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fases del proceso penal en venezuela

  • 1. UNIVERSIDAD YACAMBU VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO MAESTRÍA EN CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLÓGICAS Fundamentos Históricos y Filosóficos en Derecho Procesal Penal Marco L. Fernández L. CI. 19,968,108. MCP-143-00304-V PROFESORA Milagro Yustiz 25 de septiembre de 2014
  • 2. FASES DEL PROCESO PENAL COPP Las fases del proceso penal no nacen por si sola, da inicio a un proceso que se desarrollara a través de un procedimiento, las cuales van a permitir conocer a toda persona que tenga conflicto con la Ley penal, cuales son sus procedimiento en todo su proceso judicial. El escritor y jurista CESARES BECCARIA en su OBRA “DE LOS DELITOS Y LAS PENAS” determina que lo importante para la materialización de un hecho punible, es que se le respete el principio del debido proceso a toda persona que de una u otra forma ha cometido un hecho punible, esas persona son inocente hasta que se pruebe lo contrario , es decir hasta que no exista un sentencia definitivamente firme que inculpa a una persona por la comisión y la participación de un hecho punible, sea de carácter de privativa de libertad o que se le pueda satisfacer la pretensión a través de una medida sustituta . Sin dejar a tras que la norma rectora de la fase de todo proceso penal, es la carta magna o como también es prevista en su dispositivo técnico legal Art. 7 C.R.B.V . Norma Suprema de todo ordenamiento jurídico, este articulo rector, tiene relación con el principio del debido proceso, contenida en su norma suprema Art. 49. el Debido Proceso. Tomando en cuenta que cada fase del proceso se le debe garantizar a cada persona que este incurso en un hecho punible su principio y garantías constitucionales pasando desde la constitución, de la norma sustantiva COP. La ley especia, hasta la norma de aplicación del procedimiento COPP
  • 3. ESQUEMA GENERAL DE LAS FASE DEL PROCESO ORDINARIO FASE PREPARATORIAARTS. 262 al 308 Hecho Criminal Investigación Ministerio Publico - Órganos de investigación Penal Arts. 11,111,113,114 y 115 FASE INTERMEDIA ART.309 al 314 JUICIO ORALART.315 al 352 Tribunal de Control Juez Profesional Art. 65 y 66 Apertura de Juicio Juez art.68 Debate Oral art.321 Publico art.316 Inmediación art.315 Concentración art.318 Sobreseimiento Sentencia ( art.344,345,346) Absolución (art.348- Recursos Condena(art.349)
  • 4. Fase Preparatoria Inicio del Proceso Oficio –Noticias Criminis- arts. 265- 266 y 289 Querella-persona Natural o Jurídica- Cualidad Victima.arts.274 al 278 Denuncia–Fiscalia-Cuerpo-Policial- AtenciónVictima–arts.267-268. Inicio de investigación-Fiscal del Ministerio Publico ordenada la Investigación-arts. 282-283-284. Desestimación art. 283 ante el Juez de Control. 1) Hecho no es Punible. 2) Acción Prescrita. 3) Obstáculo legal para el proceso. 1.Se practican todos los actos de investigación necesarios(arts. 285-286) 2.Obligatorio aplicar el art. 187 y 188(cadena de custodia) 3.Las partes podrán solicitar al fiscal las diligencias de investigación(arts. 287- 288) 4.Prueba anticipada: el verdadero nombre que tiene el copp es de aseguramiento de prueba o recolección de evidencia(art.289) lo que contiene este dispositivo técnico legal, como actos anticipable son verdaderamente actos de investigación. Debe reunir 5.requisitos: determinación del imputado, garantías de sus derechos , el objeto no pueda disponerse en el proceso . 6.Lapso: seis meses arts. 295-296. 1. El Juez acepta desestimación-art. 284 y devuelve al Ministerio Publico para archivo. 2. Rechaza y Ordena proseguir. PROCEDIMIENTO DE PRUEBA ANTICIPADA SOLICITUD art. 289 Fundamentación: 1) Necesidad de la Prueba. 2) Relevancia. 3) Indisponibilidad de prueba –audiencia oral Ministerio publico o las partes Antes el Juez de Control de Garantías Si admite debe fijar el acto y citar a las partes Supone: 1)Existencia de imputado. 2) Notificación a las partes 3)Deben tener asistencia jurídica y ejercer el contradictorio.
  • 5. Privación de libertad Es una excepción en el sistema acusatorio. Durante o finalizada la investigación Se tramita antes el Juez(a) de control art. 236 Debe tomarse en cuenta las garantías constitucionales y el principio de legalidad. Procedimiento de privación de libertad 2.Buena conducta predelictual. Con prueba libre idónea. Solo procede mediante cautelar sustitutiva. Procedencia 1.Juez(a) decide dentro de las 24 horas 2.Libran orden de aprehensión. 3.El imputado debe ser presentado dentro de las 48 horas a su aprehensión. 4.El juez puede mantener o sustituir la medida privativa de libertad. 5.Si es durante la fase preparatoria el fiscal deberá de presentar la acusación, sobreseimiento o archivo de los 30 días siguientes. 6.El fiscal puede pedir prorroga de 15 días. 7. Si vencido el plazo no hay acusación , el detenido debe ser librado por auto del juez, pero deberá imponerle medida cautelar sustitutiva. Improcedencia. Art. 236 1.Cuando el delito tenga una pena privativa de libertad que no sea mayor de 3 años. Fiscal debe acreditar art. 236 1.Hecho punible que merezca pena privativa y no este prescrita la acción. 2.Fundados los elementos de convicción de autoría o participación. 3.Presuncion razonable de fuga o de osbtaculacion respectos a acto a acto concretos de investigación . PELIGRO DE FUGA art. 37. 1.Arraigo en el país y facilidades de abandonar el país. 2.Cantidad de pena. 3.Magnitud de daño causado. OSBTACULIZACION art.238. 1.Accionescontra elementos de convicción. 2.Influencia sobre pruebas personales o conducta.
  • 6. ALTERNATIVAS RESULTANTE DE LA INVESTIGACION Actos Conclusivo 1. ARCHIVO: Influencias para acusar el M.P. decretara el archivo de las actuaciones- art.297-la victima puede ir al Juez de control art.298. Deben notificarse a la victima. En caso de ser patrimonio del Estado o Interés colectivos y difusos, debe remitirse al Fiscal Superior.. 2.SOBRESEIMIENTO : Si existen causales de procedencia el M.P. Debe solicitar el sobreseimiento vid. Arts. 302-300 TRAMITE: Solicitud Juez, convoca ala partes y victima a audiencia oral. Art.305 Si acepta deberá dictar auto de sobreseimiento arts. 305-306 el M.P y la victima podrá recurrir contra el auto. ACUSACION: Si hay suficiencia de elementos de convicción el M.P deberá presentar acusación art. 308 En este caso se pasa a la fase intermedia. Fase Intermedia Si no acepta el juez debe enviar las actuaciones al Fiscal Superior art.305. a) Si el Fiscal Superior ratifica dictara Sobreseimiento. b) Si no esta de acuerdo ordenara a otro Fiscal continuar con la investigación o acto conclusivo.
  • 7. FASE INTERMEDIA AUDIENCIA PRELIMINAR Presentada la acusación el Juez convoca a las partes a una audiencia oral en plazo no menor de 15 días ni mayor de 20. La victima dentro del plazo de 5 días desde la notificación de convocatoria puede: a) Adherirse la acusación fiscal. b) Presentar acusación propia. Desarrollo de la audiencia preliminar. Art. 312 Las partes expondrán brevemente sus alegatos , el imputado podrá solicitar se le reciba declaración. El juez informara sobre las medidas alternativas Hasta cinco días del plazo para celebración de la audiencia preliminar, por escrito las partes podrán: art.311. 1. Oponer excepciones. 2. Pedir imposición o revocatoria de medida. 3. solicitar aplicaciones de procedimiento de admisión de hecho. 4. Proponer acuerdo preparatorios. 5. Solicitar su suspensión condicional del proceso. 6. Proponer pruebas concretas. 7. Ofertar prueba para el debate. 8. Ofrecer nuevas pruebas conocidas después de la acusación Las facultades 2,3,4,5 y 5 pueden hacerse oralmente. DECISION DEL JUEZ ante las partes art.313 Finalizada la audiencia el Juez debe de resolver las cuestiones planteadas si admite la acusación y ordenar la apertura del juicio debe hacerse acorde art.314. el auto es inapelable. FASE DE JUICIO O DEBETE FINAL PREPARACION DEL DEBATE ART. 325 1. El Juez fijara la audiencia no antes de 10 ni después de 15 días hábiles. 2. El Imputado debe ser citado, por lo menos, con 10 días de anticipación. Los jueces se pueden recuras o inhibirse art.89 Las partes pueden promover nuevas pruebas, por no ser conocidas.
  • 8. DESARROLLO DEL DEBATE O AUDIENCIA ORAL INMEDIACION CONCENTRACION PUBLICIDAD INMEDIACION PRINCIPIOS INFORMADORES Y VINCULANTES Después de verificar las la presencias de las partes, expertos y testigos e interprete, el Juez declarara abierto del debate art.327 Inmediatamente el fiscal y el querellante exponen sus acusaciones ASPECTO EXCEPCIONALES EN EL DEBATE 1.Formulacion de incidencia: debe tratarse y resolverse en un solo acto. Las partes tienen derecho a intervenir art.329 2.Nueva calificación jurídica art.333—partes pueden pedir suspensión del juicio para ofertar nuevas pruebas y preparar defensa. 3.Ampliacion de la acusación art.334. SENTENCIA 1.Los jueces deben reflexionar en privado art.344 2.Debe aplicarse los principios de congruencia y exhaustividad art.345 3.Deben cumplirse los requisitos formales y sustanciales art.346 4.Pronunciamiento art. 347 El imputado podrá rendir declaración y deberá advertírseles de sus derechos constitucionales y puede declarar libremente. RECEPCION DE MEDIOS PROBATORIOS Una vez realizada la declaración del imputado o manifestado rendirían en el orden establecido por el coop. 1. Expertos art.337 2.Testogos AT.338-339 3. Otros medios de pruebas art.341 4.Nuevas Pruebas art.342 5.Discusión final y cierre del debate art. 343 Condena art.349 fija la cantidad de pena, medidas de seguridad y obligaciones. Decidirá sobre costas y objetos ocupados. Absolución art348 Proceso de libertad y cesa de medidas cautelares.
  • 9. FASE DE RECURSOS PRINCIPIOS RECTORES Impugnabilidad Objetiva art.423 medios y casos expresamente establecidos en la Ley. Quien recurre debe ser agraviado. Prevalece el Principio de Inocencia, Indubio Pro Reo y la prohibición de ReformatioIn Pelus REVOCACION 1.Solo frente a auto de mera sustanciación o tramite art.436 2.En audiencia de resuelve de inmediato, fuera de audiencia debe ser escrito fundado dentro de los tres días a la notificación APELACION 1.Apelacion contra Autos art.439 2.Apelacion contra Sentencia definitiva art.443 APELACION DE AUTOS 1.Deciciones recurribles art.439 2.Dentro de los cinco (5) días a partir de la notificación. 3. Se interpondrá ate el tribunal que dicto el auto art.440 4.El Tribunal emplaza a las partes para que conteste dentro de los tres (3) días, podrán ofertar pruebas art.441 5. Sin mas tramites el juez, dentro del plazo de (24) horas debe de enviar las actuaciones de la corte de apelación 6.La corte de Apelación se pronuncia sobre la admisibilidad dentro de los (3) días de recibir las actuaciones. Si se declara con lugar la apelación se anula, sentencia si las cuales son las de numerales 1,2y3 art444-vid art.449. en los demás casos de fallo propio. CONTRA SENTENCIA DEFINITIVA DE LA AUDIENCIA ORAL 1.La Apelación solo podrá fundarse en los motivos de la Ley art.444 2. Se interpone ante tribunal que lo dicto. Art.444 3.Dentro de los (10) días a partir de la fecha que se dicto o de la publicación del texto integro. 4.Debe ser por escrito y fundado con base a los motivos de la Ley. 5.Para acreditar efecto de procedimiento deberá promoverse el medio de reproducción, en su defecto la prueba testimonial. 6.Las otras partes sin notificación previa, podrá contestar dentro de los (5) días de vencimiento del lapso para su interposición. 7.El juez sin mas tramite dentro de las 24 horas de vencimiento del plazo remitirá las acusaciones a la corte de apelación. 8.la corte de apelaciones dentro de los 10 días siguientes de recibir decidirá acerca de la admisibilidad. 9. Si la admite debe de fijar una audiencia ora. 10. Al concluir la audiencia debe decidir o dentro de (10) días si el caso es complejo.