Cuadro comparativo. Tema: confesión, posición jurada y juramento. Derecho probatorio.
1. Universidad Fermín Toro
Escuela de Derecho
Sistema de Aprendizajes Interactivos
a Distancia (SAIA)
Participante: María Aliaga
5to Año / DES-523 - Acarigua
Facilitadora: Abg. Simlid Ramos
Lapso 2016 - Ciclo B
Cuadro comparativo de Juramento,
Posición jurada y Confesión
2. Posición juradaJuramento Confesión
Definición
Naturaleza
jurídica
Prueba oral,
que explana el
testimonio que
contra sí misma
rinde una de las
partes, versada en
los hechos.
Declaración de
una de las partes
acerca del
conocimiento sobre
hechos que le
perjudican.
Mecanismo
probatorio, mediante
el cual una parte se
somete a
interrogatorio por la
parte contraria, debe
contestar las
posiciones que se le
formulen.
Actividad típica del
interrogatorio de
parte
Recaba
información acerca
de hechos propios y
controvertidos y que
tenga conocimiento
persona
Consiste en la
afirmación solemne
explana por una
persona, ante un
Juez. Ella se
compromete a decir
la verdad en la
declaración
Versa la
declaración de
ciencia de la parte
que lo presta; por
esto lo declarado
puede corresponder
o no a la realidad de
los hechos
3. Posición juradaJuramento Confesión
Capacidad
Requisitos
1) Debe ser una
declaración de
parte
2) Debe tener
por objeto
hechos
3) Que sea
expresa
Según art
1.405 del CCV,
reza que la
confesión debe
ser realizada por
persona capaz de
someterse a la
planteamiento
esgrimido.
Quien ejerza la
posición jurada,
debe poseer
facultad para
interactuar en
juicio.
Quien practique
juramento, debe
gozar de facultades
para esgrimir
correctamente sus
argumentos en
juicio.
1) El Juramento.
2) Limitación del
número de posiciones
3) La oralidad de las
posiciones
4) El registro o acta
del acto de la
absolución de
posiciones.
1) Capacidad
2) Consentimiento
3) Cumplimiento de
las formalidades
4) Objeto
4. Posición juradaJuramento Confesión
Eficacia
probatoria
Normativa
legal
Produce plena
prueba acerca del
hecho confesado
Se debe cumplir
los requisitos de
existencia, validez y
eficacia de la
confesión
Código de
procedimiento
civil Capitulo
III
Esclarece los
hechos, de forma
eficaz debido a que
se realiza oralmente.
Dirime las dudas
Código de
procedimiento civil
Arts 403 al 419
Código de
procedimiento
civil Arts 420 al
428
Se concluye la
fase instructora del
proceso. Se abre el
termino para
sentenciar sin oír
informes de las
partes
Código Civil
Arts. 1.419, al 1421
Código Civil
Arts 1.400 al 1.405
5. Posición juradaJuramento Confesión
Clasificación
JUDICIAL: Hecha
por la parte o por
su apoderado
dentro de los
limites del
mandato, ante un
juez.
EXTRAJUDICIAL:
Se practica en
instalaciones
ajenas a las de
justicia.
EXPRESA: Contiene
afirmación del hecho
y pretensiones
discutidas con
argumentos claros
La doctrina no se ha
esmerado en realzar
las clasificaciones de
la figura de Posición
Jurada
DECISORIO: Una de
las partes, difiere a
otra para que de su
declaración dependa
la decisión final del
juicio.
SUPLETORIO:
Decide el pleito, se
diferencia del litis-
decisorio, en que es
ordenado por el juez
ESTIMATORIO:
obtiene la prueba del
numero o valor real de
las cosas o del importe
de los daños y
perjuicios sobre que
deba recaer en
cuestión