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LA FIRMA ANALOGICA
Y ELECTRONICA
-------INICIO FIRMA-------
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y8RCd+RHm
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S87UX80cL
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Mx
---------FIN FIRMA--------
LAS FIRMAS
1. ANALOGICA (MANUSCRITA): DOCTRINA
“Es el signo personal distintivo que, permite informar acerca de la
identidad del autor de un documento, y manifestar su acuerdo sobre
el contenido del acto”
Los Romanos realizaban una ceremonia llamada Manufirmatio
CARACTERISTICAS:
1. Identificativa: identifica al autor o autores del documento
2. Declarativa: Es el signo principal que representa la voluntad
de obligarse
3. Probatoria: Permite identificar si el autor de la firma es
efectivamente aquel que ha sido identificado como tal en el acto
de la propia firma
ELEMENTOS DE LA FIRMA
1. ELEMENTOS FORMALES
Son aquellos elementos materiales de la firma que están en relación
con los procedimientos utilizados para firmar y el grafismo mismo de
la firma
* La firma como signo personal: Se presenta como un signo
distintivo y personal, ya que debe ser puesta de puño y letra del
firmante.
* El animus signandi: Elemento intencional o intelectual de la
firma. Consiste en la voluntad de asumir el contenido de un
documento, que no debe confundirse con la voluntad de contratar
2. ELEMENTOS FUNCIONALES
* Identificadora
* Autenticación
FIRMA DIGITAL (ELECTRONICA)
•Es una alternativa a la firma manuscrita sobre papel.
•En el comercio electrónico el documento de papel es sustituido por
el novedoso documento electrónico
* Esta basada sobre la Criptografía asimétrica (es el método
criptográfico que usa un par de claves para el envío de mensajes.
Las dos claves pertenecen a la misma persona a la que se ha
enviado el mensaje. Una clave es pública y se puede entregar a
cualquier persona, la otra clave es privada y el propietario debe
guardarla de modo que nadie tenga acceso a ella)
* Estas claves son muy resistentes, se calcula en miles de siglos la
duración media que tardaría el ordenador mas potente para poder
romper la clave. Absoluto secreto sobre las claves privadas
FIRMA DIGITAL (ELECTRONICA)
* Presenta como finalidad la identidad, autoría, la autentificación o
autenticación, la integridad, la fecha, la hora y la recepción a través
de métodos criptográficos asimétricos de clave publica
* Consiste básicamente en la aplicación de algoritmos de
encriptación a los datos, solo serán reconocibles por el destinatario,
además podrá comprobar la identidad del remitente, la integridad el
documento, la autoría y autenticación, preservando la
confidencialidad.
* La seguridad del algoritmo va en relación directa a su tipo,
tamaño, tiempo de cifrado y a la no violación del secreto.
FIRMA Y FIRMA DIGITAL
Mensajes de datos firmados
Mensajes de datos firmados
Digitalmente
“Firma digital: Se entenderá como
un valor numérico que se
adhiere a un mensaje de datos,
utilizando un procedimiento
matemático conocido, vinculado a
la clave del iniciador ...”
Art. 2 Ley 527 1999
ATRIBUTOS DE LA FIRMA DIGITAL
* Es única: no puede ser generada mas que por el emisor del
documento, infalsificable e inimitable
* Es verificable: debe permitir la identificación del signatario
* Esta bajo control exclusivo del iniciador: esta creada de un
modo o utilizando un medio que esta únicamente bajo el
control del firmante
* Esta ligada a la información del mensaje: de tal forma que si
los datos son alterados la firma electrónica es invalida
* Esta de acuerdo con la reglamentación
* La posible intervención del notario electrónico mejora la
seguridad del sistema
Art. 28 Ley 527 1999
FIRMA DIGITAL
 Una firma digital es un mecanismo de representación y
confirmación de la identidad de un sujeto en un medio digital.
 Consiste en un conjunto complejo de datos únicos encriptados
que permiten confirmar que fueron generados exclusivamente a
partir de una clave o llave secreta del firmante.
 Permite firmar tanto un mensaje de correo-e, como el contenido
en una página web o en un diskette, CD-ROM o cualquier otro
medio de almacenamiento digital.
 Generalmente está ligada a un certificado digital que confirma
que la firma corresponde al firmante.
 Permite garantizar la integridad de un documento, ya que un
documento digital firmado no puede alterarse.
 Brinda información de la fecha y la hora en que se firmó.
 Un documento firmado digitalmente no puede ser repudiado y
goza de la misma validez que uno impreso en papel.
 La firma electrónica es más segura que la firma en
papel, pues está encriptada y es más difícil de plagiar.
Conceptos Generales
-------INICIO FIRMA-------
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BtBcN6AACf11qymC2h+Rb2j5SSU+rmXWru+=QFMx
---------FIN FIRMA--------
Ejemplo de
Firma Digital:
ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN
¡¡¡ CONFIANZA !!!
“Es aquella persona que, autorizada conforme
a la presente Ley, está facultada para
emitir certificados en relación con las
firmas digitales de las personas ,...”
Art. 2 Ley 527 1999
AUTORIZACIÓN
* Toda actividad de entidad de
certificación requiere autorización
estatal.
* Se evalúa de acuerdo a los servicios
que pretenda ofrecer.
¿QUIENES PUEDEN SER ENTIDAD
DE CERTIFICACIÓN?
* Personas Jurídicas
◦ Públicas o privadas
◦ Nacionales o
extranjeras
* Cámaras de
comercio
* Notarías ó
consulados
* Autorizadas por la
Superintendencia
de Industria y
Comercio
* Cumplir los
requisitos en la
forma establecida
por el gobierno
Art. 29 Ley 527 1999
REQUISITOS DE LA ENTIDAD DE
CERTIFICACIÓN
* Parámetros para autorizar y funcionar:
◦ Capacidad Financiera
◦ Capacidad técnica
◦ Que no estén inhabilitados
 Administradores
 Representantes legales
Art. 29 Ley 527 1999
FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
* Revocar y/o suspender
autorización para operar;
* Solicitar información;
* Imponer sanciones en caso de
incumplimiento;
* Ordenar la revocación de
certificados;
* Designar los repositorios y
entidades de certificación;
* Realizar visitas de
auditoría;
* Emitir certificados en
relación con las firmas
digitales;
* Impartir instrucciones
sobre cumplimiento de las
normas; y
* Demás contempladas en
el decreto 2153 de 1992
Art. 41 Ley 527 1999
NOTARÍOS Y ENTIDADES DE
CERTIFICACIÓN
NOTARIO
 Declaraciónes
 Reconocimiento de documentos
 Autenticidad de firmas
registradas
 Dar fe de la copias
 Acreditar existencia de personas
 Almacenar documentos (p.e.
Registro civil)
 Expedir copias o certificaciones
de documentos
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Presentaciones personales)
 Intervenir en testamentos
ENTIDADES DE
CERTIFICACIÓN
 Emitir certificados en
relación a firmas digitales
 Estampado cronológico
 Las demás relacionadas con
firmas digitales.
 Generación y registros de
claves
 Mantenimiento de las calves
vigentes y revocadas
LOS NOTARIOS Y CÓNSULES PUEDEN SER
AUTORIZADOS COMO ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN
Estatuto Notarial

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  • 1. LA FIRMA ANALOGICA Y ELECTRONICA -------INICIO FIRMA------- IQB1AwUBMVSiA5QYCuMfgNYjAQFAKgL/ ZkBfbeNEsbthba4BlrcnjaqbcKgNv+a5kr4537 y8RCd+RHm 75yYh5xxA1ojELwNhhb7cltrp2V7LlOnAelws4 S87UX80cL BtBcN6AACf11qymC2h+Rb2j5SSU+rmXWru+=QF Mx ---------FIN FIRMA--------
  • 2. LAS FIRMAS 1. ANALOGICA (MANUSCRITA): DOCTRINA “Es el signo personal distintivo que, permite informar acerca de la identidad del autor de un documento, y manifestar su acuerdo sobre el contenido del acto” Los Romanos realizaban una ceremonia llamada Manufirmatio CARACTERISTICAS: 1. Identificativa: identifica al autor o autores del documento 2. Declarativa: Es el signo principal que representa la voluntad de obligarse 3. Probatoria: Permite identificar si el autor de la firma es efectivamente aquel que ha sido identificado como tal en el acto de la propia firma
  • 3. ELEMENTOS DE LA FIRMA 1. ELEMENTOS FORMALES Son aquellos elementos materiales de la firma que están en relación con los procedimientos utilizados para firmar y el grafismo mismo de la firma * La firma como signo personal: Se presenta como un signo distintivo y personal, ya que debe ser puesta de puño y letra del firmante. * El animus signandi: Elemento intencional o intelectual de la firma. Consiste en la voluntad de asumir el contenido de un documento, que no debe confundirse con la voluntad de contratar 2. ELEMENTOS FUNCIONALES * Identificadora * Autenticación
  • 4. FIRMA DIGITAL (ELECTRONICA) •Es una alternativa a la firma manuscrita sobre papel. •En el comercio electrónico el documento de papel es sustituido por el novedoso documento electrónico * Esta basada sobre la Criptografía asimétrica (es el método criptográfico que usa un par de claves para el envío de mensajes. Las dos claves pertenecen a la misma persona a la que se ha enviado el mensaje. Una clave es pública y se puede entregar a cualquier persona, la otra clave es privada y el propietario debe guardarla de modo que nadie tenga acceso a ella) * Estas claves son muy resistentes, se calcula en miles de siglos la duración media que tardaría el ordenador mas potente para poder romper la clave. Absoluto secreto sobre las claves privadas
  • 5. FIRMA DIGITAL (ELECTRONICA) * Presenta como finalidad la identidad, autoría, la autentificación o autenticación, la integridad, la fecha, la hora y la recepción a través de métodos criptográficos asimétricos de clave publica * Consiste básicamente en la aplicación de algoritmos de encriptación a los datos, solo serán reconocibles por el destinatario, además podrá comprobar la identidad del remitente, la integridad el documento, la autoría y autenticación, preservando la confidencialidad. * La seguridad del algoritmo va en relación directa a su tipo, tamaño, tiempo de cifrado y a la no violación del secreto.
  • 6. FIRMA Y FIRMA DIGITAL Mensajes de datos firmados Mensajes de datos firmados Digitalmente “Firma digital: Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador ...” Art. 2 Ley 527 1999
  • 7. ATRIBUTOS DE LA FIRMA DIGITAL * Es única: no puede ser generada mas que por el emisor del documento, infalsificable e inimitable * Es verificable: debe permitir la identificación del signatario * Esta bajo control exclusivo del iniciador: esta creada de un modo o utilizando un medio que esta únicamente bajo el control del firmante * Esta ligada a la información del mensaje: de tal forma que si los datos son alterados la firma electrónica es invalida * Esta de acuerdo con la reglamentación * La posible intervención del notario electrónico mejora la seguridad del sistema Art. 28 Ley 527 1999
  • 8. FIRMA DIGITAL  Una firma digital es un mecanismo de representación y confirmación de la identidad de un sujeto en un medio digital.  Consiste en un conjunto complejo de datos únicos encriptados que permiten confirmar que fueron generados exclusivamente a partir de una clave o llave secreta del firmante.  Permite firmar tanto un mensaje de correo-e, como el contenido en una página web o en un diskette, CD-ROM o cualquier otro medio de almacenamiento digital.  Generalmente está ligada a un certificado digital que confirma que la firma corresponde al firmante.  Permite garantizar la integridad de un documento, ya que un documento digital firmado no puede alterarse.  Brinda información de la fecha y la hora en que se firmó.  Un documento firmado digitalmente no puede ser repudiado y goza de la misma validez que uno impreso en papel.  La firma electrónica es más segura que la firma en papel, pues está encriptada y es más difícil de plagiar. Conceptos Generales -------INICIO FIRMA------- IQB1AwUBMVSiA5QYCuMfgNYjAQFAKgL/ ZkBfbeNEsbthba4BlrcnjaqbcKgNv+a5kr4537y8RCd+RHm 75yYh5xxA1ojELwNhhb7cltrp2V7LlOnAelws4S87UX80cL BtBcN6AACf11qymC2h+Rb2j5SSU+rmXWru+=QFMx ---------FIN FIRMA-------- Ejemplo de Firma Digital:
  • 9. ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN ¡¡¡ CONFIANZA !!! “Es aquella persona que, autorizada conforme a la presente Ley, está facultada para emitir certificados en relación con las firmas digitales de las personas ,...” Art. 2 Ley 527 1999
  • 10. AUTORIZACIÓN * Toda actividad de entidad de certificación requiere autorización estatal. * Se evalúa de acuerdo a los servicios que pretenda ofrecer.
  • 11. ¿QUIENES PUEDEN SER ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN? * Personas Jurídicas ◦ Públicas o privadas ◦ Nacionales o extranjeras * Cámaras de comercio * Notarías ó consulados * Autorizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio * Cumplir los requisitos en la forma establecida por el gobierno Art. 29 Ley 527 1999
  • 12. REQUISITOS DE LA ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN * Parámetros para autorizar y funcionar: ◦ Capacidad Financiera ◦ Capacidad técnica ◦ Que no estén inhabilitados  Administradores  Representantes legales Art. 29 Ley 527 1999
  • 13. FACULTADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO * Revocar y/o suspender autorización para operar; * Solicitar información; * Imponer sanciones en caso de incumplimiento; * Ordenar la revocación de certificados; * Designar los repositorios y entidades de certificación; * Realizar visitas de auditoría; * Emitir certificados en relación con las firmas digitales; * Impartir instrucciones sobre cumplimiento de las normas; y * Demás contempladas en el decreto 2153 de 1992 Art. 41 Ley 527 1999
  • 14. NOTARÍOS Y ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN NOTARIO  Declaraciónes  Reconocimiento de documentos  Autenticidad de firmas registradas  Dar fe de la copias  Acreditar existencia de personas  Almacenar documentos (p.e. Registro civil)  Expedir copias o certificaciones de documentos  Dar testimonios (p.e. Presentaciones personales)  Intervenir en testamentos ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN  Emitir certificados en relación a firmas digitales  Estampado cronológico  Las demás relacionadas con firmas digitales.  Generación y registros de claves  Mantenimiento de las calves vigentes y revocadas LOS NOTARIOS Y CÓNSULES PUEDEN SER AUTORIZADOS COMO ENTIDAD DE CERTIFICACIÓN Estatuto Notarial