Este documento presenta información sobre tanatología forense. Resume los conceptos de muerte real e irreversible, así como los signos relativos y absolutos de la muerte. También cubre temas como la Ley General de Salud en México, el tratamiento de cadáveres y las pruebas para corroborar la muerte.
Clasificacion de la Muerte medicina legal varelaselene
DIVERSAS FORMAS DE MUERTE
. MUERTE APARENTE: estado patológico del cuerpo humano que presenta una atenuación de las funciones vitales, en grado tal que parece que estuvieran abolidos los signos vitales.
a.- pérdida de la conciencia
b.- inmovilidad neuro-muscular
c.- ausencia aparente de latidos cardíacos y pulso además de movimientos respiratorios (en realidad son muy débiles)
Coma, síncope, intoxicaciones, neurosis o histerismos, sumersión o asfixia mecánica.
MUERTE ABSOLUTA O REAL: Desaparición total de toda actividad vital.
MUERTE RELATIVA: Estado caracterizado por la suspensión efectiva de las funciones cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual se puede conseguir, mediante medidas extraordinarias de reanimación, la reviviscencia del individuo.
MUERTE INTERMEDIA: Estado en el cual se extinguen progresivamente las actividades biológicas de sobrevivencia; y ya no se consiguen con maniobras de resucitación volver a conseguir toda la vitalidad del organismo. Ej. Anoxia cerebral con descerebración.
MUERTE SÚBITA: Es la muerte que sobreviene inesperadamente, fuera de toda causa violenta, en una persona que, ya por su estado de salud aparente o por una enfermedad que no inspira temores inmediatos para esperar un desenlace fatal.
MUERTE REPENTINA: Es la muerte que se produce en forma rápida en un individuo que sufre de una enfermedad, bien sea aguda o crónica, en quien se espera su deceso.
MUERTE NATURAL: Es la muerte producida por consecuencia de una patología o enfermedad de cualquier etiología, ya sea infecciosa, tumoral, degenerativa, etc.; y donde no ha intervenido ninguna causa externa violenta.
DOCIMASIAS: Constituyen la dosificación o examen sobre algunos cambios glandulares, entre los cuales se encuentran:
a. Docimasia hepática
b. Docimasia suprarrenal
c. Docimasia urinaria
d. Docimasia pericárdica.
Clasificacion de la Muerte medicina legal varelaselene
DIVERSAS FORMAS DE MUERTE
. MUERTE APARENTE: estado patológico del cuerpo humano que presenta una atenuación de las funciones vitales, en grado tal que parece que estuvieran abolidos los signos vitales.
a.- pérdida de la conciencia
b.- inmovilidad neuro-muscular
c.- ausencia aparente de latidos cardíacos y pulso además de movimientos respiratorios (en realidad son muy débiles)
Coma, síncope, intoxicaciones, neurosis o histerismos, sumersión o asfixia mecánica.
MUERTE ABSOLUTA O REAL: Desaparición total de toda actividad vital.
MUERTE RELATIVA: Estado caracterizado por la suspensión efectiva de las funciones cardiocirculatorias, respiratorias y neurológicas, en el cual se puede conseguir, mediante medidas extraordinarias de reanimación, la reviviscencia del individuo.
MUERTE INTERMEDIA: Estado en el cual se extinguen progresivamente las actividades biológicas de sobrevivencia; y ya no se consiguen con maniobras de resucitación volver a conseguir toda la vitalidad del organismo. Ej. Anoxia cerebral con descerebración.
MUERTE SÚBITA: Es la muerte que sobreviene inesperadamente, fuera de toda causa violenta, en una persona que, ya por su estado de salud aparente o por una enfermedad que no inspira temores inmediatos para esperar un desenlace fatal.
MUERTE REPENTINA: Es la muerte que se produce en forma rápida en un individuo que sufre de una enfermedad, bien sea aguda o crónica, en quien se espera su deceso.
MUERTE NATURAL: Es la muerte producida por consecuencia de una patología o enfermedad de cualquier etiología, ya sea infecciosa, tumoral, degenerativa, etc.; y donde no ha intervenido ninguna causa externa violenta.
DOCIMASIAS: Constituyen la dosificación o examen sobre algunos cambios glandulares, entre los cuales se encuentran:
a. Docimasia hepática
b. Docimasia suprarrenal
c. Docimasia urinaria
d. Docimasia pericárdica.
Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.Yonta
La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.
Resumen de los temas tanatologia y traumatologia pertenecientes a la asignatura medicina legal (medicina forense), de la licenciatura en derecho, sexto cuatrimestre.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
CONCEPTOS BASICOS SOBRE EL ESTUDIO DE LOS INSECTOS EN EL PROCESO CADAVERICO Y LAS FASES DE DESCOMPÓSICION HASTA EL ESTADO DE ES QUELETIZACION EN EL AMBITO LEGAL
PRESENTACION CON LOS ELEMENTOS BASICOS PARA LA INVESTIGACION DE INCENDIOS EN CRIMINALISTICA SIN ABUNDAR MUCHO PUES EL TEMA ES MUY EXTENSO Y SERA PUBLICADO EN PROXIMO LIBRO.
1. DR. LIC. MC. JAVIER ARTURO MATA VARGAS
CATEDRATICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA
TEMA 1.- TANATOLOGÍA FORENSE
1.1 CONCEPTO DE MUERTE.
Es el proceso mediante el cual se pierden en forma total e irreversible las
funciones vitales de las psíquicas, sociales y biológicas básicas del individuo.
Formas
Los tipos médico legales de muerte son:
• Muerte aparente: es el estado similar al de la muerte; es cuando existe
inmovilidad e inconciencia con aparente entorpecimiento de la respiración y la
circulación.
• Muerte real o verdadera: es cuando ocurre el cese real e irreversible de las
funciones vitales.
Otras formas de muerte expresadas por diversos autores son:
o Muerte natural: se denomina así a la muerte que sobreviene por causas
naturales o no violentas; como resultado de procesos mórbidos, cualquiera sea
la edad del sujeto.
o Muerte violenta: es la que reconoce como causal una influencia extraña.
o Muerte súbita: es la que sobreviene en completo estado de salud del individuo,
sin signos que hiciera previsible el desenlace.
1.2 LEY GENERAL DE SALUD (concepto y objetivos generales).
En el artículo 1º de esta ley se establece el objetivo que persigue dicho
ordenamiento, manifestando que “La presente ley reglamenta el derecho a la
protección de la salud que tiene toda persona en los términos del Artículo 4o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y
modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la
Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de
aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés
social.”
Es el titulo décimo cuarto (Donación, Trasplantes y Pérdida de la Vida) el que es
de gran interés médico legal, ya que hace trata sobre las cuestiones relacionadas
2. con los cadáveres. A continuación se realizará una síntesis de lo que es de
importancia para la materia que se está tratando.
En el artículo 313 del ordenamiento en cuestión, se establece lo siguiente:
“Compete a la Secretaría de Salud:
I. El control sanitario de las donaciones y trasplantes de órganos, tejidos y células
de seres humanos, por conducto del órgano desconcentrado denominado
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y
II. La regulación y el control sanitario sobre cadáveres.
En el artículo 314 se da la definición de cadáver: Cadáver: es el cuerpo humano
en el que se haya comprobado la pérdida de la vida.
El capítulo IV de ese título se llama Pérdida de la Vida, y entre otras cosas se
menciona lo siguiente:
En el Artículo 343 se establece una de las cuestiones de mayor importancia en la
materia que nos ocupa, cuando se da la pérdida de la muerte, dice así: “Para
efectos de este Título, la pérdida de la vida ocurre cuando:
I. Se presente la muerte cerebral, o
II. Se presenten los siguientes signos de muerte:
a. La ausencia completa y permanente de conciencia;
b. La ausencia permanente de respiración espontánea;
c. La ausencia de los reflejos del tallo cerebral, y
d. El paro cardiaco irreversible.
El artículo Artículo 344 trata sobre la muerte cerebral y menciona que ésta se da
cuando existen los siguientes signos:
I. Pérdida permanente e irreversible de conciencia y de respuesta a estímulos
sensoriales;
II. Ausencia de automatismo respiratorio, y
III. Evidencia de daño irreversible del tallo cerebral, manifestado por arreflexia
pupilar, ausencia de movimientos oculares en pruebas vestibulares y ausencia de
respuesta a estímulos nociceptivos.
Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por
narcóticos, sedantes, barbitúricos o sustancias neurotrópicas.
Ahora bien, los signos antes mencionados se han de corroborar con alguna de las
siguientes pruebas:
I. Angiografía cerebral bilateral que demuestre ausencia de circulación cerebral;
3. II. Electroencefalograma que demuestre ausencia total de actividad eléctrica
cerebral en dos ocasiones diferentes con espacio de cinco horas.
Un detalle que a veces es dejado de lado, es el trato que se la a los cadáveres
durante los procesos médico forenses, por ello el artículo 346 refiere que los
cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con
respeto, dignidad y consideración.
En cuanto al estatus que guardan los cadáveres, el Artículo 347, los clasifica en 2
grupos: I. De personas conocidas, y II. De personas desconocidas. Los cadáveres
no reclamados dentro de las setenta y dos horas posteriores a la pérdida de la
vida y aquellos de los que se ignore su identidad serán considerados como de
personas desconocidas.
El artículo 348 establece lo siguiente: La inhumación o incineración de cadáveres
sólo podrá realizarse con la autorización del oficial del Registro Civil que
corresponda, quien exigirá la presentación del certificado de defunción.
Los cadáveres deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, salvo autorización específica de la
autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, o de la
autoridad judicial.
La inhumación e incineración de cadáveres sólo podrá realizarse en lugares
permitidos por las autoridades sanitarias competentes.
Con relación a las exhumaciones, el artículo 350 bis refiere que la Secretaría de
Salud determinará el tiempo mínimo que han de permanecer los restos en las
fosas. Mientras el plazo señalado no concluya, sólo podrán efectuarse las
exhumaciones que aprueben las autoridades sanitarias y las ordenadas por las
judiciales o por el Ministerio Público, previo el cumplimiento de los requisitos
sanitarios correspondientes.
En cuanto a la práctica de la autopsia, el Artículo 350 bis 2 establece que para la
práctica de necropsias en cadáveres de seres humanos se requiere
consentimiento del cónyuge, concubinario, concubina, ascendientes,
descendientes o de los hermanos, salvo que exista orden por escrito del
disponente, o en el caso de la probable comisión de un delito, la orden de la
autoridad judicial o el Ministerio Público.
1.3 SIGNOS CADAVÉRICOS RELATIVOS Y ABSOLUTOS
El diagnóstico de muerte real en algunos casos no presenta mayores dificultades,
pero en otros casos si puede presentarlas. Por lo tanto, no nos atendremos a un
solo signo para afirmarla, puesto que aisladamente no tiene valor, sino al conjunto
de ellos y pruebas especiales para fundarla.
4. A este respecto debemos considerar 2 órdenes de comprobaciones: las
relativas a la suspensión de las grandes funciones que caracterizan la vida,
cuyo valor es relativo, y las que tienen relación con las modificaciones de
orden físico, químico y microbiano, que se producen en la intimidad de los
tejidos del cadáver y que tienen un valor absoluto.
Suspensión de las grandes funciones (signos relativos)
Sistema nervioso.- desaparición de las facultades activas, intelectuales,
afectivas e instintivas; la sensibilidad y motilidad desaparecen en ocasiones,
antes de la muerte real; en ella son absolutas; la motilidad en algunas
enfermedades como el cólera, el tétanos, etc., dan lugar a sacudidas post –
mortem.
Paro funcional de la circulación.- es más importante que la anterior, en la que
ya apreciamos paro cardiaco (ausencia prolongada de latidos), falta de pulso,
relajamiento simultáneo de todos los esfínteres, son signos que en conjunto
tienen gran valor.
Paro funcional de la respiración.- la respiración cesa un poco antes de la
circulación.
Signos absolutos
Enfriamiento.- es la consecuencia del paro de las grandes funciones; cesando
éstas la temperatura desciende hasta ser igual a la del medio ambiente y,
después inferior a la de él. No es uniforme y varía con las circunstancias
(muerte violenta, enfermedad padecida, medio ambiente, etc.). las partes
expuestas, cara y manos se enfrían en 3 o 4 horas, mientras que el tronco
puede retener cierto calor por 10 o 12 horas (tétanos, meningitis, neumonía,
fiebre tifoidea, principalmente). Las personas obesas pierden más lentamente
el calor que las personas delgadas.
Rigidez cadavérica.- es un proceso físico químico de endurecimiento muscular
en que intervienen factores como edad, causa de la muerte, etc.; se inicia de 2
a 6 horas después del fallecimiento, la reacción alcalina se torna ácida,
formación de ácido sarcoláctico y ácido fosfórico. La rigidez se completa en 2
horas a una temperatura de tipo medio, pues el frío al principio la acelera y el
calor la retarda; comienza en la nuca, cara, pies y manos y termina en el
tronco, alcanzando su mayor intensidad 2 horas después de comenzada y
desapareciendo aproximadamente a las 42 horas.
Livideces e hipostasias cadavéricas.- la sangre se dirige a las partes más
declives, obedeciendo a las leyes de la física. Cuando se acumula e las
5. vísceras, se llaman hipostasias viscerales, cuando es en la piel, livideces
cadavéricas. Ambas son de gran importancia médico – legal, ya que nos
orientan sobre la posición que pudo haber tenido. Cuando el cadáver ha
permanecido 3 o 4 horas en posición dorsal y alguien lo cambia a la posición
ventral, también aparecen livideces, pero por el grado de ellas, se saca en
conclusión cual era la posición primitiva. En personas robustas, aparecen
dentro de las primeras 2 horas después de la muerte; en personas raquíticas, 4
horas después del deceso. La máxima intensidad de las livideces se encuentra
a las 12 horas de fallecido; al principio son pequeñas, después se unen y
forman vetas.
Putrefacción.- es el conjunto de cambios químicos que sufre la materia
substraída a las leyes de la vida, bajo ciertas condiciones de temperatura,
humedad y aire, influyendo la acción microbiana que actúa sobre la materia
orgánica; este fenómeno se acelera o se retarda teniendo en cuenta varias
condiciones: ambientales, causa de muerte. Un detalle importante es que las
temperaturas muy bajas o muy altas son incompatibles con la putrefacción.
El intestino tiene gran cantidad de bacterias en estado normal, éstas pronto
ganan las vías sanguíneas y linfáticas, diseminándose en todo el cuerpo, sobre
todo cuando la causa de muerte es enfermedad gastrointestinal o infecciosa.
Una vez que los microbios aerobios consumen el oxigeno de los tejidos, los
anaerobios descomponen la sustancia albuminoidea, transformándola en
cuerpos de constitución química definida, son ellos los agentes de la
putrefacción gaseosa, dando ácido carbónico, sulfhídrico, hidrógeno, gases
que se encuentran en cantidad en el intestino y descienden a la pared
abdominal, la que ha llegado a estallar., estos gases también se desarrollan en
el tejido celular subcutáneo, cara y escroto principalmente.
Una de las primeras manifestaciones de la putrefacción es la fetidez
característica y la mancha verde abdominal que se inicia en la fosa iliaca
derecha, 24 horas después de la muerte, en climas cálidos, en climas fríos
aparece a las 48 horas; el color de ésta mancha se debe a la oxidación de la
hemoglobina; después el líquido que se exuda en las mallas de la dermis,
levanta la epidermis formándose grandes flictenas llenas de líquido sanioso
teñido de rojo; poco después se desprende la epidermis en grandes colgajos y
los cabellos se cae con facilidad. A partir de ese momento, el gas escapa
progresivamente del intestino, aplastándose el tórax y abdomen contra la
columna vertebral; las partes blandas se desaparecen, quedando al cabo de 4
a 5 años, sólo el esqueleto.
1.4 PRUEBA DE CORROBORACIÓN
Existen tratados con un sinnúmero de pruebas para certificar el cese de las
funciones biológicas que en la actualidad se consideran, y que por ello se han de
tratar, a excepción de algunas de valor histórico y por ello se deben conocer.
6. Cardiocirculares
a) Ausencia de ruidos cardiacos; según Bouchut, se deberá auscultar 5 minutos
en cada foco.
b) Ausencia de pulso.
c) Electrocardiograma con un trazado plano.
d) Fondo de ojo “pálido”.
e) Presión arterial cero.
f) Signo de Magnus: ligando la base de un dedo no se produce modificación de
su coloración, es decir, no aparece cianosis.
g) Método akeidoperiástico de Middeldorf: consiste en clavar una aguja en la
pared del tórax hasta llegar al corazón; si hay movimientos cardiacos se
transmitirán al cono metálico de la aguja.
h) Prueba de Icard: se inyectan 5 cm3, por vía endovenosa, de una solución
compuesta por fluoresceína 10 g, carbonato de sodio 15 g, para ajustar el pH,
y 50 ml de agua, si hay circulación, a los 20 ó 30 segundos se colorea la piel y
la conjuntiva con un tono amarillento.
i) Se colocan 2 gotas de éter en la conjuntiva, si hay circulación éstas se
congestionarán.
j) Ventosas escarificadas: signo descrito por Boudimir y Levasseur que consiste
en efectuar escarificaciones en el epigastrio, colocadas las ventosas manará
sangre por los capilares mientras haya vida.
Respiratorias.
a) Ausencia de movimientos respiratorios.
b) En la auscultación, ausencia de del murmullo vesicular.
c) Signo de Winslow: no se produce empañamiento al colocarse un espejo
delante las fosas nasales.
d) Signo de la neumatoscopia de Icard: entre los gases que se desprenden del
cadáver en la putrefacción incipiente se encuentra el hidrógeno sulfurado;
escribir en un papel utilizando acetato neutro de plomo; al combinarse, ambos
elementos originan el acetato de sulfuro de plomo y lo escrito se hace visible.
Nerviosas.
a) Arreflexia total.
b) Electroencéfalo plano.
c) Ausencia de respuestas al dolor.
Dermatológicas
Luego de la muerte se produce una acidificación de los tejidos y humores del
cadáver, se puede comprobar lo siguiente:
7. a) Signo de Molland: apergaminamiento de la piel; cuando asienta en los pliegues
del cuello puede dar lugar a falsos surcos de compresión.
b) Arrimando un fósforo encendido a la piel no hay formación de vesículas.
c) Signo de Laborde: clavando una aguja en cualquier zona o en el bíceps (signo
de Cloquet) al cabo de 30 minutos no se observa oxidación.
d) Signo de Rebouillat: por vía subcutánea se inyectan 2 cm3 de éter con azul de
metileno; debido a la pérdida de elasticidad de las fibras de la epidermis, en el
cadáver el líquido escapa al retirar la aguja, mientras que en un cuerpo vivo se
difunde y es visible.
e) Signo de Lancisi: consiste en colocar un hierro candente en la planta de los
pies; la quemadura tendrá distintos caracteres macroscópicos si el individuo
estaba o no con vida.
Oculares
a) Acidez de las lagrimas; el papel de tornasol vira al azul en el ser vivo y al rojo
en el cadáver; se manifiesta entre 5 y 25 minutos después de la muerte,
constituyendo el signo de Lecha de Marzo. El pH normal de las lágrimas es de
7.4 a 8.3.
b) Signo de Bouchut: vacuidad de la arteria central de la retina, desaparición de
la papila del nervio óptico y coloración grisácea de la coroides.
c) Signo de Ripault; cuando comienza la deshidratación disminuye la presión
ocular, al comprimirse el globo se puede deformar el iris.
d) Solamente hasta minutos después de la muerte las pupilas pueden reaccionar
a la atropina (algunos autores hablan hasta de 4 horas de fallecido) o la
pilocarpina.
e) Signo de Stenon – Louis: como consecuencia de la deshidratación se pliega la
córnea; además, si los ojos han quedado abiertos, el polvo del medio
ambiente se deposita sobre ella dando la sensación de estar cubierta de glera.
f) Signo de Sommer – Larcher: al quedar el ojo semiabierto, por deshidratación
de la esclereótica se transparenta la coroides; en general se presentan como
2 manchas muy oscuras de forma triangular a cada lado de la córnea, y con
base en ésta.
Musculares
a) Contractilidad muscular por estimulación con 2 electrodos de 2 a 80 mA
(corriente galvánica) colocado en el ángulo externo del ojo o de la boca, a
intervalos de 30 minutos.
b) Reacción pupilar a la atropina y a la pilocarpina
I. Atropina solución al 2%: se instila en uno de los ojos y puede dilatar la
pupila hasta 4 horas después de la muerte, no más. Se colocan 3 ó 4
gotas después de medir la pupila con un portaobjetos, para cerrar
luego los ojos. Después de unos minutos abrir los párpados y medir la
pupila.
8. II. Pilocarpina: se coloca en el otro ojo produciendo una contracción de la
pupila; su efecto es corto e intenso.
Metabólicas
a) Clavando una aguja en cualquier músculo, o en el bíceps, al extraerla luego de
media hora no se observa oxidación.
Sangre
a) Fibrinólisis que evita la coagulación a la hora de fallecido (signo de Donne).