2. PRINCIPIO, FUNDAMENTO U ORIGEN DE LAS
NORMAS JURÍDICAS Y, EN ESPECIALDEL
DERECHO POSITIVO O VIGENTE EN
DETERMINADO PAÍS O ÉPOCA.
FUENTES SON ENTONCES, TODAS AQUELLAS
QUE O BIEN DEN ORIGEN A LAS NORMAS O
DETERMINAN LAS PAUTAS A QUE TALES
NORMAS DEBEN AJUSTARSE
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3. CLASIFICACIÓN
Materiales y Formales
MATERIALES: Son el conjunto de
circunstancias y hechos
económicos, sociales, políticos
que crean un estado de
conciencia colectiva acerca de
una necesidad social, que luego
se plasma en una norma. Esta
última es la fuente FORMAL del
derecho.
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4. Fuentes directas
Estan
constituídas por
los usos y
costumbres, las
leyes,
reglamentos,
ordenanzas
municipales y
reglamentos de
higiene y
seguridad.
Fuentes Indirectas
son aquellas tales
como la
jurisprudencia, los
convenios
colectivos, los
reglamentos
interiores de
trabajo, la
doctrina, que
inciden por su
gravitación en la
sanción o reforma
del derecho positivo
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5. Convenios Internacionales De
Trabajo
Son creados por la conferencia internacional del
trabajo y constituyen juntamente con las
recomendaciones de esa misma Organización
fuentes muy importantes del Derecho del Trabajo
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6. Las Leyes
Constituyen la principal fuente del
derecho del Trabajo, y son todas las
disposiciones de carácter ordinario y
reglamentario que regulan todo lo
relacionado a las relaciones y conflictos
de trabajo.
7. “
Las convenciones colectivas de
trabajo.
Son acuerdos celebrados entre
los organismos sindicales de
trabajadores y el patrono,
homologados por el Mintrab.
7
8. EL USO
LOCAL Y LA
COSTUMBRE
8
El uso local y la costumbre son
fuentes del derecho. Por tales se
entiende la reiteración de
conductas que se extienden a lo
largo del tiempo y que resultan
insertas en los contratos de
trabajo y por lo tanto
modificadoras de las condiciones
de contratación inicialmente
pactadas por el patrono y
trabajador.
9. 9
Al respecto, la división clásica distingue entre las costumbres:
A) Secundum Legem: es decir la costumbre coincide con el
texto legal o lo mejora.
B) Proeter Legem: la costumbre está más allá de la ley y se
desenvuelve en un área respecto del cual la ley no se ha
pronunciado.
C) Contra Legem: la costumbre se instala en abierta
contradicción con la ley. Debe entenderse que ello no
puede ser fuente de derecho si implica el desconocimiento
de los principios básicos de nuestro derecho.
10. En nuestro derecho solo los fallos de
justicia constitucional crean derecho y
por lo tanto son fuente de éste.
En el ámbito laboral nuestra Corte de
Constitucionalidad ha entado mucha
doctrina legal, que en muchos casos
no es palicada a los tribunales de
trabajo por mero desconocimieto.
DOCTRINA
LEGAL
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11. Reglamentos
Interiores de
trabajo
El empleador en virtud de
sus facultades de dirección
y organización, puede
elaborar un reglamento
interior de trabajo cuyo
cumplimiento es exigible a
los trabajadores, en tanto el
mismo no contradiga los
contenidos mínimos
irrenunciables que regulen
el contrato o relación de
trabajo.
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12. Principios
Generales
del derecho
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Los principios generales del
derecho común son fuentes
del derecho toda vez que
cuando una cuestión no
pueda resolverse por la
aplicación de las normas
que rigen el contrato de
trabajo o por las otras leyes
análogas y debe acudirse a
la aplicación del derecho
común
13. Diversas
denominacione
s del Derecho
del Trabajo
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a) Derecho Obrero
b) Legislación Obrera
c) Derecho Industrial
d) Legislación Industrial
e) Derecho Social
f) Derecho del Trabajo o
Derecho Laboral