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Gestión
Energética y
Ambiental
UPSO - Médanos - 2023
Clase 03/04/23 - Módulo 1
Introducción a la Gestión Ambiental - Definiciones y Marco Legal
Sebastian Serra
¿Qué es el medio ambiente?
• El Medio Ambiente es el entorno vital, o sea el conjunto de factores físico-
naturales, estéticos, culturales, sociales y económicos que interaccionan con el
individuo y con la comunidad en que vive.
• No debe confundirse pues, como el medio envolvente del hombre, sino como algo
indisociable de él, de su organización y de su progreso (Goméz Orea, 1988).
• Incluye la fuente de recursos que abastece al ser humano de las materias primas
y energía que necesita para su desarrollo sobre el planeta. Ahora bien, sólo una
parte de estos recursos es renovable y se requiere, por tanto, un tratamiento
cuidadoso para evitar que un uso anárquico de aquellos nos conduzca a una
situación irreversible.
Impacto Ambiental
• Se dice que hay impacto ambiental cuando una acción o actividad produce
una alteración, favorable o desfavorable, en el medio o en alguno de los
componentes del medio. Esta acción puede ser un proyecto de ingeniería, un
programa, un plan, una ley o una disposición administrativa con
implicaciones ambientales.
• Notar que el término impacto no implica negatividad ya que éstos pueden
ser
tanto positivos como negativos.
Concepto de Medio Ambiente - Ley General del Ambiente (1)
• La 1° de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (2), postula que básicamente
"Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo
sostenible. Tiene derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza".
• “La fórmula calidad de vida, se ha convertido en una especie de complemento necesario del
medio ambiente. Ella expresa la voluntad de la búsqueda de calidad más allá de lo cuantitativo,
que es el nivel de vida. La noción calidad de vida ha aparecido como objetivo fundamental de la
política de conservación de los recursos naturales y la protección del ambiente. La calidad de
vida habrá de funcionar como parámetro de condiciones mínimas que debe tener el medio físico,
entendido éste en un sentido amplio, relacionándose con los recursos naturales, pero implicando
sensaciones psicológicas, estéticas y estados de ánimo en función de la belleza y el equilibrio
natural de la convivencia social. Por lo que se concluye diciendo que el medio concierne no sólo a
la naturaleza, sino también al hombre en sus relaciones sociales, de trabajo y de descanso. “
(Bustamante Alsina, Jorge: "Derecho Ambiental. Fundamentación y normativa", p. 41, Abeledo- Perrot,
1995).
(1)Ley 25.675 General del Ambiente.
Autor: Cafferatta, Néstor A. Publicado en: DJ2002-3, 1133 - Antecedentes Parlamentarios 2003-A, 01/01/2003, 673 Ley
25.675 - sancionada el 06/11/2002.
(2)Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992
Desarrollo Sostenible
• Se demostró que la problemática y las necesidades tanto presentes
como futuras obligan a efectuar un desarrollo sostenido y equilibrado,
protegiendo al ambiente y haciendo uso racional de los recursos
naturales tanto renovables como no renovables.
• Desarrollo sostenible: el desarrollo que satisface las necesidades
actuales de las personas sin comprometer la capacidad de las futuras
generaciones para satisfacer las suyas
Desarrollo Sostenible
Es un proceso integral que exige a los distintos actores de la sociedad
compromisos y responsabilidades en la aplicación del modelo
económico, político, ambiental y social, así como en los patrones de
consumo que determinan la calidad de vida.
El término desarrollo sostenible reúne dos líneas de pensamiento en
torno a la gestión de las actividades humanas:
○ una de ellas concentrada en las metas de desarrollo
○ la otra en el control de los impactos perjudiciales de las
actividades humanas sobre el ambiente.
• Sistema formado por una componente societal (humano) en
interacción con un componente ecológico (biofísico).
• Los recursos naturales son insumos esenciales para la producción
económica, del consumo o del bienestar. No pueden ser sustituidos por
el capital humano.
• Hincapié en aquellos procesos ecológicos y bioquímicos que en caso
de perderse, son irrecuperables.
Sostenibilidad del Sistema Socioecológico (3)
(3) Gilberto Gallopin – “Sostenibildad y Desarrollo Sostenible: un enfoque Sistémico” CEPAL Serie 64 Medio Ambiente y
Desarrollo –
Santiago de Chile, 2003
Sostenible vs Sustentable
• Representan posturas y orígenes ideológicos diferentes:
o Desarrollo sostenible o sostenibilidad, representa un enfoque principal sobre el desarrollo y busca la
manera que sea sostenido en el tiempo preservando el medioambiente y los recursos.
o Desarrollo sustentable o sustentabilidad, enfatiza el cuidado de los recursos naturales y su uso, pero mediante
un modelo que proteja el ambiente como prioridad.
o Preguntémonos: Cuál es exactamente la diferencia entre sustentabilidad y sostenibilidad. Lo cierto es que
ambas van de la mano y, sobre todo, tienen el mismo objetivo: preservar los recursos de nuestro planeta.
o No obstante, la principal diferencia entre la sustentabilidad y la sostenibilidad es que la primera se centra en
estos recursos y su uso racional, mientras que la segunda tiene en cuenta toda una serie de procesos que
buscan un cambio integral: medioambiental, social, económico, político y cultural.
o Teniendo esto en cuenta, algo sustentable es aquello que se mantiene por sí solo —los recursos del planeta, si
conseguimos tratarlos de forma adecuada— y algo sostenible es el conjunto de procesos que nos ayudarán a
crear un avance social y vivir una vida más sana y respetuosa con el planeta, los demás seres vivos y las
generaciones futuras.
Sostenible vs Sustentable
Desarrollo sustentable Desarrollo sostenible
Definición Protección de los recursos naturales. Protección de los recursos naturales, el medio
ambiente del cual provienen y los mecanismos
que hacen posible la transformación de esos
recursos.
Origen Declaración de Estocolmo, 1972. Declaración de Johannesburgo, 2002.
Objetivo •Proteger los recursos naturales de tal forma
que puedan ser aprovechados en el presente
y el futuro.
•Lograr la sustentabilidad.
•Proteger los recursos naturales, sus
ecosistemas y las relaciones culturales,
económicas y sociales que se han originado en
torno a ellos para que puedan ser aprovechados
en el presente y el futuro.
•Lograr la sostenibilidad.
Sostenible vs Sustentable
EJEMPLO UNA EMPRESA QUE
SEA SOSTENIBLE PERO NO
SUSTENTABLE?
● Fábrica de productos químicos
● Una empresa de turismo que ofrece
excursiones en una zona natural protegida
● Una empresa de agricultura que utiliza
prácticas agrícolas sostenibles
● Una empresa minera que extrae minerales
de manera responsable y sostenible
● Una empresa de energía que utiliza
combustibles fósiles, pero que invierte en
tecnologías limpias
EJEMPLO UNA EMPRESA QUE
SEA SUSTENTABLE PERO NO
SOSTENIBLE?
Organizaciones Mundiales
● ONU -> UNEP (PNUMA): Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente
● ONU -> UNFCCC: United Nations Framework Convention on Climate Change
● IPCC: Intergovernmental Panel on Climate Change
● WRI: World Resources Institute
● WWF: World Wildlife Fund
● EPA: Environmental Protection Agency (USA)
● WMO: World Meteorological Organization
● IEA: Energy International Agency
Organizaciones Mundiales -> Informes
Organizaciones Mundiales -> Informes
2050 - Net Zero
La ciencia ha demostrado claramente que a fin de evitar los peores impactos del cambio
climático y para conservar un planeta habitable, el aumento global de la temperatura necesita
limitarse a no más de 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales. En la actualidad, la
Tierra ya tiene un calentamiento superior al 1,1 °C en comparación a finales del siglo XIX, y las
emisiones continúan elevándose. Para mantener el calentamiento global por debajo de 1,5 °C,
tal como se exigió en el Acuerdo de París, es necesario que las emisiones se reduzcan
alrededor del 45 % para 2030 y que se alcance el cero neto hacia 2050
Agenda 21 - ONU
• Durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y el Desarrollo
(CNUMAD) o Cumbre de la Tierra - Río de Janeiro en 1992, fue aprobado un importante
documento conocido como Agenda 21.
• El mismo fue ratificado posteriormente por las Conferencias de Rio+10 y Rio+20
celebradas 10 y 20 años más tarde respectivamente.
• La Agenda 21 fue el plan que fijó los cimientos para la promoción del desarrollo
sostenible no solo en el área ambiental sino también en el social y económico,
relacionando a las mismas de manera tal que una no se vea perjudicada por el progreso
de las otras. Es un programa de acción. El instrumento vinculante más importante e
influyente en todo el mundo y marco de referencia para la mayoría de las políticas
ambientales existentes. Refleja un consenso mundial y un compromiso político al más
alto nivel sobre el desarrollo y la cooperación en la esfera del medio ambiente.
Agenda 2030 - ONU
En 2015, la ONU fijó la Agenda 2030 con el objetivo de guiar la acción global de los
países, las personas y las instituciones hacia el desarrollo sostenible. Es más globalizada
y de mayor alcance que la Agenda 21, ya que integra otros aspectos específicos.
Con su lema “no dejar a nadie atrás”, plantea una visión holística de un desarrollo que
involucra el crecimiento económico, la inclusión social y la sostenibilidad ambiental.
Establece 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con 169 metas asociadas.
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/
Agenda 2030 - ONU
Agenda 2030 - Objetivo 7: Energía Asequible y No Contaminante
Metas, de aquí a 2030:
• 7.1 garantizar el acceso universal a servicios energéticos asequibles, fiables y modernos.
• 7.2 aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes
energéticas.
• 7.3 duplicar la tasa mundial de mejora de la eficiencia energética.
•7.a aumentar la cooperación internacional para facilitar el acceso a la investigación y la tecnología
relativas a la energía limpia, incluidas las fuentes renovables, la eficiencia energética y las tecnologías
avanzadas y menos contaminantes de combustibles fósiles, y promover la inversión en infraestructura
energética y tecnologías limpias.
•7.b ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar servicios energéticos modernos y
sostenibles para todos en los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los
pequeños Estados insulares en desarrollo y los países en desarrollo sin litoral, en consonancia con sus
respectivos programas de apoyo.
• Ver materialess complementario en aula virtual:
“Objetivo 7 – Agenda 2030 Des. Sostenible – ONU”
“Extracto Pia Marchegiani - IAF18 G20 y el Ambiente, ¿Vamos en la dirección
correcta”
Overshoot day
Fecha en la que un
país consume su
capacidad de
generación anual de
recursos.
Desarrollo y Consumo Energético
• Para avanzar con el Desarrollo se requiere consumir de Energía 🡪 Índice de Desarrollo Humano.
• Los países de menor IDH se caracterizan por ser aquellos con el menor consumo eléctrico per cápita.
Asimismo, se observa que los países cuyas poblaciones gozan de niveles más elevados en las
dimensiones "vida larga y saludable, adquirir conocimientos y disfrutar de un nivel de vida digno"
exhiben los mayores consumos eléctricos por habitante. La relación es inequívoca y directamente
proporcional.
Incremento del consumo mundial de energía por década.
Consumo Energético: Impacto Ambiental en calidad de Aire
Argentina, como país aún en vías de aumentar significativamente su
desarrollo comparativamente con los países que son potencia económica,
no se encuentra entre los países que más contaminan.
Argentina:
Emisiones de CO2 representan
solo el 0,7% del global Mundial.
Desarrollo y Consumo de Energía Eléctrica
Fuente: CAMMESA
En Argentina, la mayor parte de la energía es producida en centrales térmicas,
dependientes principalmente de combustibles fósiles. Estas funcionan a carbón, gas
natural o derivados de petróleo (Fuel Oil o Diesel).
• El Gas Natural se identifica como reemplazo del carbón como combustible para
generar energía.
Caso: Paradigma Gas Natural como transición
Ref: Bronstein Victor (2020) “EL Gas Natural un puente hacia el Futuro” Transportadora de Gas del
Sur, CABA
Caso: Paradigma Gas Natural como transición
https://www.iea.org/data-and-statistics/charts/co2-savings-from-coal-to-gas-switching-in-selected-regions-compared-with-2010-2018
Caso: Paradigma Gas Natural como transición
https://www.unep.org/news-and-stories/story/natural-gas-really-bridge-fuel-world-needs
Caso: Política Energética Francia
Fuente:
RTE
Francia plantea invertir en el desarrollo de renovables, con el objetivo de duplicar la capacidad
eólica y solar fotovoltaica para el año 2022.
Mediante la Ley de Transición Energética, aprobada en julio de 2015, fija la meta alcanzar de
una cuota renovable del 32% del consumo final de energía, llegar a un 40% de generación
eléctrica con fuentes limpias para 2030.
Matriz Energética de Francia
Cumplir los objetivos de cuota de renovables, implicará
cierres de centrales nucleares.
Este hecho podría impactar en
el mercado eléctrico regional,
concretamente en los precios de la energía.
Caso: Política Energética Argentina
Argentina mediante la Ley 26.190 y posteriormente la Ley 27.191 se buscó fomentar el desarrollo
de proyectos de energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos
con la finalidad de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
Caso: Política Energética Argentina
Argentina mediante la ley 26190 y 27191 se buscó fomentar el desarrollo de proyectos de
energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos con la finalidad
de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
Caso: Política Energética Argentina
Argentina mediante la ley 26190 y 27191 se buscó fomentar el desarrollo de proyectos de
energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos con la finalidad
de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
Gestión Ambiental
• La Gestión ambiental es el conjunto de acciones y estrategias mediante las cuales se
organizan las actividades antrópicas que influyen sobre el ambiente con el fin de lograr
una adecuada calidad de vida previniendo o mitigando los problemas ambientales.
Partiendo del concepto de desarrollo sostenible se busca conseguir el equilibrio adecuado
para el desarrollo económico, crecimiento de la población, uso racional de los recursos y
protección y conservación del medio ambiente. Es un concepto integrador que abarca no
solo las acciones a implementar, sino también las directrices, lineamientos, y políticas
para su implementación. Una adecuada gestión ambiental debería seguir los
lineamientos de la Agenda 21.
• Debido al carácter antropocéntrico, para la resolución de los problemas, es necesario
tener en cuenta diversos factores relacionados a las ciencias sociales además de los
relacionados a las ciencias naturales.
Gestión Ambiental
• Parámetros ambientales:
• Se pueden identificar diversos componentes del Medio Ambiente
entre los cuales se desarrolla la vida en nuestro planeta, siendo el
soporte de toda actividad humana.
• Son susceptibles de ser modificados por los humanos:
✔ La flora, la fauna y el ser humano.
✔ El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje. Las interacciones entre
los anteriores.
✔ Los bienes materiales y el patrimonio cultural.
Política Ambiental
• Define propósitos y objetivos para alinear acciones de gestión ambiental.
• PRINCIPIOS
• Priorizar la prevención por sobre la remediación o corrección.
• Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica
no es excusa para evitar políticas preventivas (Principio Precautorio).
• Desarrollo gradual y dinámico de las políticas ambientales, de las actividades y
necesidades de la sociedad y de los recursos naturales disponibles,
considerando los avances científicos y tecnológicos para proveernos de esos
recursos de manera sostenible (Principio de progresividad).
• Derecho soberano a utilizar recursos naturales propios sin perjudicar a otros
Estados.
Herramientas de Gestión Ambiental
• Existen diversas herramientas e instrumentos para la gestión
ambiental.
• Las podemos clasificar en: - Preventivas - Correctivas -
Conservación y mejoramiento.
• La mayor efectividad de las herramientas de gestión ambiental se
logra
cuando son aplicadas a priori, es decir las preventivas.
Herramientas e instrumentos de la política y la gestión ambiental:
• Legislación Ambiental
• Educación Ambiental
• Ordenamiento Territorial
• Estudios de Impacto
Ambiental
• Auditorías Ambientales
• Análisis del Ciclo de Vida
• Etiquetado ecológico
• Ecodiseño
• diseño ambiental
• Aplicación de modelos de
dispersión de contaminantes
• Sistemas de diagnóstico
e información
ambiental
• Sistemas de Gestión
Ambiental
• Certificaciones
Marco Legal en Argentina
• Existen distintos tipos de Normas, principalente:
• De acuerdo con el lugar geográfico del que emanan sea el Estado Nacional,
Provincia o Municipio, según quien legisle: Asamblea Constituyente, Congreso,
Legislatura Provincial o Concejo Deliberante y la materia normada, es decir,
Derecho civil, penal, comercial, agrario, procesal, minero o ambiental
propiamente dicho.
• Esta distribución normativa es una consecuencia jurídica de la forma de
gobierno federal y de la metodología legislativa que la Constitución Nacional
impone.
• En el año 2002 el Congreso de la Nación comenzó a sancionar leyes de
presupuestos mínimos protectoras del ambiente que se aplican en todo el
país.
28
Marco Legal en Argentina
• El Congreso de la Nación en un principio no legisló los temas ambientales mediante cuerpos
sistemáticos, sino parcialmente e incorporando normas ambientales a distintas leyes que
sancionaba, por lo que cada vez más leyes rigen el ambiente. Ese método normativo genera un
marco jurídico ambiental heterogéneo, disperso, extenso y cambiante, en expansión acelerada
que nunca se alcanza a conocer con precisión.
• Los gobiernos provinciales y municipales podrán, mediante el dictado de sus normas (leyes
provinciales, decretos, resoluciones, ordenanzas) ultimar los detalles de las políticas impuestas
por las leyes de presupuestos mínimos a aplicarse en su territorio. Pueden decidir imponer o no
condiciones más estrictas que las estipuladas por las leyes de presupuestos mínimos nacionales
pero nunca menores. En caso de que hubiera normas provinciales ambientales dictadas
anteriormente a la ley de presupuestos mínimos, las mismas pueden mantenerse vigentes si no
contradicen lo dictado por esta última, de lo contrario deberán adecuarse a la nueva ley.
29
30
Constitución Nacional – Artículo 41
• La reforma de 1994 sancionada el 22 de agosto en la ciudad de Santa Fe por la Convención
Nacional Constituyente introduce por primera vez la protección del ambiente, incluyendo el
derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el
desarrollo humano siguiendo la práctica de otras constituciones extranjeras y
provinciales.
Al hablar de apto para el desarrollo humano se hace notar que ese ambiente debe ser conducente a
la trascendencia del hombre. Pero además se les impone a esos habitantes el deber de
preservarlo. Esa obligación se convierte en una carga pública que habilita a todos los habitantes a
hacer efectiva la preservación con todos los medios jurídicos y materiales que sean necesarios. En
consecuencia, todo habitante estará legitimado para accionar en defensa del ambiente propio y
ajeno. Incorpora también el principio del desarrollo sostenible como una manera de establecer un
compromiso hacia el futuro, es decir lo que se considera el derecho intergeneracional, o sea que
aquellos que van a heredar este ambiente puedan vivir en condiciones tan buenas o aún mejores.
• Faculta al Gobierno de la Nación a fijar “los presupuestos mínimos de protección
ambiental” en todo el país y a cada provincia para reglamentarlas en su jurisdicción de
conformidad a los mecanismos que sus ordenamientos normativos prevén, en caso que éstas lo
consideren necesario a los efectos de su aplicación efectiva. Artículo 124
• Establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales
existentes en su territorio, lo que implica que éstas tendrán facultades de tutela y legislativas
sobre los mismos, pero no la propiedad de éstos, excepto que estén en terreno fiscal.
Esta ley establece los principios básicos para la gestión ambiental en Argentina. Establece
que todas las personas tienen el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y que es
responsabilidad del Estado garantizar su preservación y mejora. También establece la
obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental antes de llevar a cabo
proyectos o actividades que puedan afectar el medio ambiente.
Ley General del Ambiente 25.675
La ley de la Provincia de Buenos Aires
11.723 Medio Ambiente
• Dispone en su art. 29 que:
• "El Estado provincial y los municipios en cumplimiento de su deber de asegurar la educación de sus habitantes
procurará:
A)la incorporación de contenidos ecológicos en los distintos ciclos educativos, especialmente en los niveles básicos. B)
el fomento de la investigación en las instituciones de educación superior desarrollando planes y programas para la
formación de especialistas que investiguen las causas y efectos de fenómenos ambientales. C) la promoción de
jornadas ambientales con participación de la comunidad, campañas de educación popular, en medios urbanos y
rurales, respetando las características de cada región. D) la motivación de los miembros de la sociedad para que
formulen sugerencias y tomen iniciativas para la protección del medio en que viven. E) la capacitación para el
desarrollo de tecnologías adecuadas que compatibilicen el crecimiento económico con la preservación de los recursos
naturales, la conservación y el mejoramiento de la calidad de vida. A su vez, el art. 30 de dicha ley, ponen en cabeza
del Gobierno Provincial la tarea de coordinar con los municipios programas de educación, difusión, y formación de
personal en el conocimiento de la temática ambiental; pudiendo en esa función, celebrar convenios con instituciones
de educación superior, centros de investigación, instituciones públicas y privadas. El Gobierno provincial difundirá
programas de educación y divulgación apropiados para la protección y manejo de los recursos naturales por medio de
acuerdos con los medios masivos de comunicación gráficos, radio y televisión. La ley 11.723 instituye un sistema
provincial de información ambiental.
Ley 11.459: RADICACIÓN DE INDUSTRIAS EN LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
• De aplicación a todas las industrias instaladas, que se instalen, amplíen o modifiquen sus
establecimientos o explotaciones dentro de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.
• A todo aquél establecimiento donde se desarrolla un proceso tendiente a la conservación,
reparación o transformación en su forma, esencia, calidad o cantidad de que materia prima o
material para la obtención de un producto final mediante la utilización de métodos industriales.
• Se deberá contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental, como requisito obligatorio
indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones
legales, las correspondientes habilitaciones industriales.
❑ El Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación, en los casos de
establecimientos calificados de tercera categoría según el artículo 15, mientras que para los que sean
calificados de primera y segunda categoría será otorgado por el propio Municipio.
❑ La Autoridad de Aplicación en la Provincia de Buenos Aires es el OPDS – Organismo
Provincial para el Desarrollo Sostenible (http://www.opds.gba.gov.ar/)
Otras leyes:
Ley Nacional de Bosques (Ley N° 26.331): Esta ley establece la protección de los bosques
nativos y promueve su conservación y uso sustentable. Establece un régimen de ordenamiento
territorial para los bosques y establece sanciones para aquellos que realicen actividades
ilegales en áreas forestales protegidas.
Ley de Residuos Peligrosos (Ley N° 24.051): Esta ley establece el marco legal para la gestión
de residuos peligrosos en Argentina. Establece que los generadores de residuos peligrosos
son responsables de su tratamiento y disposición final, y establece sanciones para aquellos
que no cumplan con las normas.
Otras leyes:
Ley de Protección de Glaciares (Ley N° 26.639): Esta ley establece la protección de los
glaciares y el ambiente periglaciar. Establece la prohibición de actividades que puedan afectar
negativamente a los glaciares y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental antes
de llevar a cabo proyectos en áreas cercanas a los glaciares.
Ley de Educación Ambiental (Ley N° 26. 639): Esta ley establece la promoción de la
educación ambiental en todos los niveles educativos y en la sociedad en general. Establece la
obligación de incorporar la educación ambiental en los planes y programas educativos y la
promoción de la educación ambiental en la comunidad.
Actividades
Las Actividades relacionadas a los conceptos de este material se
encuentran disponibles y para ser realizadas en el Aula Virtual, en dos
Foros respectivos.
Actividad 1:
Actividad 2:
¡Muchas gracias!

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  • 2. ¿Qué es el medio ambiente? • El Medio Ambiente es el entorno vital, o sea el conjunto de factores físico- naturales, estéticos, culturales, sociales y económicos que interaccionan con el individuo y con la comunidad en que vive. • No debe confundirse pues, como el medio envolvente del hombre, sino como algo indisociable de él, de su organización y de su progreso (Goméz Orea, 1988). • Incluye la fuente de recursos que abastece al ser humano de las materias primas y energía que necesita para su desarrollo sobre el planeta. Ahora bien, sólo una parte de estos recursos es renovable y se requiere, por tanto, un tratamiento cuidadoso para evitar que un uso anárquico de aquellos nos conduzca a una situación irreversible.
  • 3. Impacto Ambiental • Se dice que hay impacto ambiental cuando una acción o actividad produce una alteración, favorable o desfavorable, en el medio o en alguno de los componentes del medio. Esta acción puede ser un proyecto de ingeniería, un programa, un plan, una ley o una disposición administrativa con implicaciones ambientales. • Notar que el término impacto no implica negatividad ya que éstos pueden ser tanto positivos como negativos.
  • 4. Concepto de Medio Ambiente - Ley General del Ambiente (1) • La 1° de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (2), postula que básicamente "Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tiene derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza". • “La fórmula calidad de vida, se ha convertido en una especie de complemento necesario del medio ambiente. Ella expresa la voluntad de la búsqueda de calidad más allá de lo cuantitativo, que es el nivel de vida. La noción calidad de vida ha aparecido como objetivo fundamental de la política de conservación de los recursos naturales y la protección del ambiente. La calidad de vida habrá de funcionar como parámetro de condiciones mínimas que debe tener el medio físico, entendido éste en un sentido amplio, relacionándose con los recursos naturales, pero implicando sensaciones psicológicas, estéticas y estados de ánimo en función de la belleza y el equilibrio natural de la convivencia social. Por lo que se concluye diciendo que el medio concierne no sólo a la naturaleza, sino también al hombre en sus relaciones sociales, de trabajo y de descanso. “ (Bustamante Alsina, Jorge: "Derecho Ambiental. Fundamentación y normativa", p. 41, Abeledo- Perrot, 1995). (1)Ley 25.675 General del Ambiente. Autor: Cafferatta, Néstor A. Publicado en: DJ2002-3, 1133 - Antecedentes Parlamentarios 2003-A, 01/01/2003, 673 Ley 25.675 - sancionada el 06/11/2002. (2)Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992
  • 5. Desarrollo Sostenible • Se demostró que la problemática y las necesidades tanto presentes como futuras obligan a efectuar un desarrollo sostenido y equilibrado, protegiendo al ambiente y haciendo uso racional de los recursos naturales tanto renovables como no renovables. • Desarrollo sostenible: el desarrollo que satisface las necesidades actuales de las personas sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las suyas
  • 6. Desarrollo Sostenible Es un proceso integral que exige a los distintos actores de la sociedad compromisos y responsabilidades en la aplicación del modelo económico, político, ambiental y social, así como en los patrones de consumo que determinan la calidad de vida. El término desarrollo sostenible reúne dos líneas de pensamiento en torno a la gestión de las actividades humanas: ○ una de ellas concentrada en las metas de desarrollo ○ la otra en el control de los impactos perjudiciales de las actividades humanas sobre el ambiente.
  • 7. • Sistema formado por una componente societal (humano) en interacción con un componente ecológico (biofísico). • Los recursos naturales son insumos esenciales para la producción económica, del consumo o del bienestar. No pueden ser sustituidos por el capital humano. • Hincapié en aquellos procesos ecológicos y bioquímicos que en caso de perderse, son irrecuperables. Sostenibilidad del Sistema Socioecológico (3) (3) Gilberto Gallopin – “Sostenibildad y Desarrollo Sostenible: un enfoque Sistémico” CEPAL Serie 64 Medio Ambiente y Desarrollo – Santiago de Chile, 2003
  • 8. Sostenible vs Sustentable • Representan posturas y orígenes ideológicos diferentes: o Desarrollo sostenible o sostenibilidad, representa un enfoque principal sobre el desarrollo y busca la manera que sea sostenido en el tiempo preservando el medioambiente y los recursos. o Desarrollo sustentable o sustentabilidad, enfatiza el cuidado de los recursos naturales y su uso, pero mediante un modelo que proteja el ambiente como prioridad. o Preguntémonos: Cuál es exactamente la diferencia entre sustentabilidad y sostenibilidad. Lo cierto es que ambas van de la mano y, sobre todo, tienen el mismo objetivo: preservar los recursos de nuestro planeta. o No obstante, la principal diferencia entre la sustentabilidad y la sostenibilidad es que la primera se centra en estos recursos y su uso racional, mientras que la segunda tiene en cuenta toda una serie de procesos que buscan un cambio integral: medioambiental, social, económico, político y cultural. o Teniendo esto en cuenta, algo sustentable es aquello que se mantiene por sí solo —los recursos del planeta, si conseguimos tratarlos de forma adecuada— y algo sostenible es el conjunto de procesos que nos ayudarán a crear un avance social y vivir una vida más sana y respetuosa con el planeta, los demás seres vivos y las generaciones futuras.
  • 9. Sostenible vs Sustentable Desarrollo sustentable Desarrollo sostenible Definición Protección de los recursos naturales. Protección de los recursos naturales, el medio ambiente del cual provienen y los mecanismos que hacen posible la transformación de esos recursos. Origen Declaración de Estocolmo, 1972. Declaración de Johannesburgo, 2002. Objetivo •Proteger los recursos naturales de tal forma que puedan ser aprovechados en el presente y el futuro. •Lograr la sustentabilidad. •Proteger los recursos naturales, sus ecosistemas y las relaciones culturales, económicas y sociales que se han originado en torno a ellos para que puedan ser aprovechados en el presente y el futuro. •Lograr la sostenibilidad.
  • 10. Sostenible vs Sustentable EJEMPLO UNA EMPRESA QUE SEA SOSTENIBLE PERO NO SUSTENTABLE? ● Fábrica de productos químicos ● Una empresa de turismo que ofrece excursiones en una zona natural protegida ● Una empresa de agricultura que utiliza prácticas agrícolas sostenibles ● Una empresa minera que extrae minerales de manera responsable y sostenible ● Una empresa de energía que utiliza combustibles fósiles, pero que invierte en tecnologías limpias EJEMPLO UNA EMPRESA QUE SEA SUSTENTABLE PERO NO SOSTENIBLE?
  • 11. Organizaciones Mundiales ● ONU -> UNEP (PNUMA): Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente ● ONU -> UNFCCC: United Nations Framework Convention on Climate Change ● IPCC: Intergovernmental Panel on Climate Change ● WRI: World Resources Institute ● WWF: World Wildlife Fund ● EPA: Environmental Protection Agency (USA) ● WMO: World Meteorological Organization ● IEA: Energy International Agency
  • 14. 2050 - Net Zero La ciencia ha demostrado claramente que a fin de evitar los peores impactos del cambio climático y para conservar un planeta habitable, el aumento global de la temperatura necesita limitarse a no más de 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales. En la actualidad, la Tierra ya tiene un calentamiento superior al 1,1 °C en comparación a finales del siglo XIX, y las emisiones continúan elevándose. Para mantener el calentamiento global por debajo de 1,5 °C, tal como se exigió en el Acuerdo de París, es necesario que las emisiones se reduzcan alrededor del 45 % para 2030 y que se alcance el cero neto hacia 2050
  • 15.
  • 16. Agenda 21 - ONU • Durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) o Cumbre de la Tierra - Río de Janeiro en 1992, fue aprobado un importante documento conocido como Agenda 21. • El mismo fue ratificado posteriormente por las Conferencias de Rio+10 y Rio+20 celebradas 10 y 20 años más tarde respectivamente. • La Agenda 21 fue el plan que fijó los cimientos para la promoción del desarrollo sostenible no solo en el área ambiental sino también en el social y económico, relacionando a las mismas de manera tal que una no se vea perjudicada por el progreso de las otras. Es un programa de acción. El instrumento vinculante más importante e influyente en todo el mundo y marco de referencia para la mayoría de las políticas ambientales existentes. Refleja un consenso mundial y un compromiso político al más alto nivel sobre el desarrollo y la cooperación en la esfera del medio ambiente.
  • 17. Agenda 2030 - ONU En 2015, la ONU fijó la Agenda 2030 con el objetivo de guiar la acción global de los países, las personas y las instituciones hacia el desarrollo sostenible. Es más globalizada y de mayor alcance que la Agenda 21, ya que integra otros aspectos específicos. Con su lema “no dejar a nadie atrás”, plantea una visión holística de un desarrollo que involucra el crecimiento económico, la inclusión social y la sostenibilidad ambiental. Establece 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con 169 metas asociadas.
  • 19. Agenda 2030 - Objetivo 7: Energía Asequible y No Contaminante Metas, de aquí a 2030: • 7.1 garantizar el acceso universal a servicios energéticos asequibles, fiables y modernos. • 7.2 aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas. • 7.3 duplicar la tasa mundial de mejora de la eficiencia energética. •7.a aumentar la cooperación internacional para facilitar el acceso a la investigación y la tecnología relativas a la energía limpia, incluidas las fuentes renovables, la eficiencia energética y las tecnologías avanzadas y menos contaminantes de combustibles fósiles, y promover la inversión en infraestructura energética y tecnologías limpias. •7.b ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar servicios energéticos modernos y sostenibles para todos en los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países en desarrollo sin litoral, en consonancia con sus respectivos programas de apoyo. • Ver materialess complementario en aula virtual: “Objetivo 7 – Agenda 2030 Des. Sostenible – ONU” “Extracto Pia Marchegiani - IAF18 G20 y el Ambiente, ¿Vamos en la dirección correcta”
  • 20. Overshoot day Fecha en la que un país consume su capacidad de generación anual de recursos.
  • 21. Desarrollo y Consumo Energético • Para avanzar con el Desarrollo se requiere consumir de Energía 🡪 Índice de Desarrollo Humano. • Los países de menor IDH se caracterizan por ser aquellos con el menor consumo eléctrico per cápita. Asimismo, se observa que los países cuyas poblaciones gozan de niveles más elevados en las dimensiones "vida larga y saludable, adquirir conocimientos y disfrutar de un nivel de vida digno" exhiben los mayores consumos eléctricos por habitante. La relación es inequívoca y directamente proporcional. Incremento del consumo mundial de energía por década.
  • 22. Consumo Energético: Impacto Ambiental en calidad de Aire Argentina, como país aún en vías de aumentar significativamente su desarrollo comparativamente con los países que son potencia económica, no se encuentra entre los países que más contaminan. Argentina: Emisiones de CO2 representan solo el 0,7% del global Mundial.
  • 23. Desarrollo y Consumo de Energía Eléctrica Fuente: CAMMESA En Argentina, la mayor parte de la energía es producida en centrales térmicas, dependientes principalmente de combustibles fósiles. Estas funcionan a carbón, gas natural o derivados de petróleo (Fuel Oil o Diesel).
  • 24. • El Gas Natural se identifica como reemplazo del carbón como combustible para generar energía. Caso: Paradigma Gas Natural como transición Ref: Bronstein Victor (2020) “EL Gas Natural un puente hacia el Futuro” Transportadora de Gas del Sur, CABA
  • 25. Caso: Paradigma Gas Natural como transición https://www.iea.org/data-and-statistics/charts/co2-savings-from-coal-to-gas-switching-in-selected-regions-compared-with-2010-2018
  • 26. Caso: Paradigma Gas Natural como transición https://www.unep.org/news-and-stories/story/natural-gas-really-bridge-fuel-world-needs
  • 27. Caso: Política Energética Francia Fuente: RTE Francia plantea invertir en el desarrollo de renovables, con el objetivo de duplicar la capacidad eólica y solar fotovoltaica para el año 2022. Mediante la Ley de Transición Energética, aprobada en julio de 2015, fija la meta alcanzar de una cuota renovable del 32% del consumo final de energía, llegar a un 40% de generación eléctrica con fuentes limpias para 2030. Matriz Energética de Francia Cumplir los objetivos de cuota de renovables, implicará cierres de centrales nucleares. Este hecho podría impactar en el mercado eléctrico regional, concretamente en los precios de la energía.
  • 28. Caso: Política Energética Argentina Argentina mediante la Ley 26.190 y posteriormente la Ley 27.191 se buscó fomentar el desarrollo de proyectos de energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos con la finalidad de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
  • 29. Caso: Política Energética Argentina Argentina mediante la ley 26190 y 27191 se buscó fomentar el desarrollo de proyectos de energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos con la finalidad de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
  • 30. Caso: Política Energética Argentina Argentina mediante la ley 26190 y 27191 se buscó fomentar el desarrollo de proyectos de energías renovables brindando un contexto de beneficios crediticios e impositivos con la finalidad de dar seguridad a las inversiones realizadas en esta materia.
  • 31. Gestión Ambiental • La Gestión ambiental es el conjunto de acciones y estrategias mediante las cuales se organizan las actividades antrópicas que influyen sobre el ambiente con el fin de lograr una adecuada calidad de vida previniendo o mitigando los problemas ambientales. Partiendo del concepto de desarrollo sostenible se busca conseguir el equilibrio adecuado para el desarrollo económico, crecimiento de la población, uso racional de los recursos y protección y conservación del medio ambiente. Es un concepto integrador que abarca no solo las acciones a implementar, sino también las directrices, lineamientos, y políticas para su implementación. Una adecuada gestión ambiental debería seguir los lineamientos de la Agenda 21. • Debido al carácter antropocéntrico, para la resolución de los problemas, es necesario tener en cuenta diversos factores relacionados a las ciencias sociales además de los relacionados a las ciencias naturales.
  • 32. Gestión Ambiental • Parámetros ambientales: • Se pueden identificar diversos componentes del Medio Ambiente entre los cuales se desarrolla la vida en nuestro planeta, siendo el soporte de toda actividad humana. • Son susceptibles de ser modificados por los humanos: ✔ La flora, la fauna y el ser humano. ✔ El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje. Las interacciones entre los anteriores. ✔ Los bienes materiales y el patrimonio cultural.
  • 33. Política Ambiental • Define propósitos y objetivos para alinear acciones de gestión ambiental. • PRINCIPIOS • Priorizar la prevención por sobre la remediación o corrección. • Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica no es excusa para evitar políticas preventivas (Principio Precautorio). • Desarrollo gradual y dinámico de las políticas ambientales, de las actividades y necesidades de la sociedad y de los recursos naturales disponibles, considerando los avances científicos y tecnológicos para proveernos de esos recursos de manera sostenible (Principio de progresividad). • Derecho soberano a utilizar recursos naturales propios sin perjudicar a otros Estados.
  • 34. Herramientas de Gestión Ambiental • Existen diversas herramientas e instrumentos para la gestión ambiental. • Las podemos clasificar en: - Preventivas - Correctivas - Conservación y mejoramiento. • La mayor efectividad de las herramientas de gestión ambiental se logra cuando son aplicadas a priori, es decir las preventivas.
  • 35. Herramientas e instrumentos de la política y la gestión ambiental: • Legislación Ambiental • Educación Ambiental • Ordenamiento Territorial • Estudios de Impacto Ambiental • Auditorías Ambientales • Análisis del Ciclo de Vida • Etiquetado ecológico • Ecodiseño • diseño ambiental • Aplicación de modelos de dispersión de contaminantes • Sistemas de diagnóstico e información ambiental • Sistemas de Gestión Ambiental • Certificaciones
  • 36. Marco Legal en Argentina • Existen distintos tipos de Normas, principalente: • De acuerdo con el lugar geográfico del que emanan sea el Estado Nacional, Provincia o Municipio, según quien legisle: Asamblea Constituyente, Congreso, Legislatura Provincial o Concejo Deliberante y la materia normada, es decir, Derecho civil, penal, comercial, agrario, procesal, minero o ambiental propiamente dicho. • Esta distribución normativa es una consecuencia jurídica de la forma de gobierno federal y de la metodología legislativa que la Constitución Nacional impone. • En el año 2002 el Congreso de la Nación comenzó a sancionar leyes de presupuestos mínimos protectoras del ambiente que se aplican en todo el país. 28
  • 37. Marco Legal en Argentina • El Congreso de la Nación en un principio no legisló los temas ambientales mediante cuerpos sistemáticos, sino parcialmente e incorporando normas ambientales a distintas leyes que sancionaba, por lo que cada vez más leyes rigen el ambiente. Ese método normativo genera un marco jurídico ambiental heterogéneo, disperso, extenso y cambiante, en expansión acelerada que nunca se alcanza a conocer con precisión. • Los gobiernos provinciales y municipales podrán, mediante el dictado de sus normas (leyes provinciales, decretos, resoluciones, ordenanzas) ultimar los detalles de las políticas impuestas por las leyes de presupuestos mínimos a aplicarse en su territorio. Pueden decidir imponer o no condiciones más estrictas que las estipuladas por las leyes de presupuestos mínimos nacionales pero nunca menores. En caso de que hubiera normas provinciales ambientales dictadas anteriormente a la ley de presupuestos mínimos, las mismas pueden mantenerse vigentes si no contradicen lo dictado por esta última, de lo contrario deberán adecuarse a la nueva ley. 29
  • 38. 30 Constitución Nacional – Artículo 41 • La reforma de 1994 sancionada el 22 de agosto en la ciudad de Santa Fe por la Convención Nacional Constituyente introduce por primera vez la protección del ambiente, incluyendo el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano siguiendo la práctica de otras constituciones extranjeras y provinciales. Al hablar de apto para el desarrollo humano se hace notar que ese ambiente debe ser conducente a la trascendencia del hombre. Pero además se les impone a esos habitantes el deber de preservarlo. Esa obligación se convierte en una carga pública que habilita a todos los habitantes a hacer efectiva la preservación con todos los medios jurídicos y materiales que sean necesarios. En consecuencia, todo habitante estará legitimado para accionar en defensa del ambiente propio y ajeno. Incorpora también el principio del desarrollo sostenible como una manera de establecer un compromiso hacia el futuro, es decir lo que se considera el derecho intergeneracional, o sea que aquellos que van a heredar este ambiente puedan vivir en condiciones tan buenas o aún mejores. • Faculta al Gobierno de la Nación a fijar “los presupuestos mínimos de protección ambiental” en todo el país y a cada provincia para reglamentarlas en su jurisdicción de conformidad a los mecanismos que sus ordenamientos normativos prevén, en caso que éstas lo consideren necesario a los efectos de su aplicación efectiva. Artículo 124 • Establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, lo que implica que éstas tendrán facultades de tutela y legislativas sobre los mismos, pero no la propiedad de éstos, excepto que estén en terreno fiscal.
  • 39. Esta ley establece los principios básicos para la gestión ambiental en Argentina. Establece que todas las personas tienen el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y que es responsabilidad del Estado garantizar su preservación y mejora. También establece la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental antes de llevar a cabo proyectos o actividades que puedan afectar el medio ambiente. Ley General del Ambiente 25.675
  • 40. La ley de la Provincia de Buenos Aires 11.723 Medio Ambiente • Dispone en su art. 29 que: • "El Estado provincial y los municipios en cumplimiento de su deber de asegurar la educación de sus habitantes procurará: A)la incorporación de contenidos ecológicos en los distintos ciclos educativos, especialmente en los niveles básicos. B) el fomento de la investigación en las instituciones de educación superior desarrollando planes y programas para la formación de especialistas que investiguen las causas y efectos de fenómenos ambientales. C) la promoción de jornadas ambientales con participación de la comunidad, campañas de educación popular, en medios urbanos y rurales, respetando las características de cada región. D) la motivación de los miembros de la sociedad para que formulen sugerencias y tomen iniciativas para la protección del medio en que viven. E) la capacitación para el desarrollo de tecnologías adecuadas que compatibilicen el crecimiento económico con la preservación de los recursos naturales, la conservación y el mejoramiento de la calidad de vida. A su vez, el art. 30 de dicha ley, ponen en cabeza del Gobierno Provincial la tarea de coordinar con los municipios programas de educación, difusión, y formación de personal en el conocimiento de la temática ambiental; pudiendo en esa función, celebrar convenios con instituciones de educación superior, centros de investigación, instituciones públicas y privadas. El Gobierno provincial difundirá programas de educación y divulgación apropiados para la protección y manejo de los recursos naturales por medio de acuerdos con los medios masivos de comunicación gráficos, radio y televisión. La ley 11.723 instituye un sistema provincial de información ambiental.
  • 41. Ley 11.459: RADICACIÓN DE INDUSTRIAS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES • De aplicación a todas las industrias instaladas, que se instalen, amplíen o modifiquen sus establecimientos o explotaciones dentro de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. • A todo aquél establecimiento donde se desarrolla un proceso tendiente a la conservación, reparación o transformación en su forma, esencia, calidad o cantidad de que materia prima o material para la obtención de un producto final mediante la utilización de métodos industriales. • Se deberá contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental, como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales. ❑ El Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación, en los casos de establecimientos calificados de tercera categoría según el artículo 15, mientras que para los que sean calificados de primera y segunda categoría será otorgado por el propio Municipio. ❑ La Autoridad de Aplicación en la Provincia de Buenos Aires es el OPDS – Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (http://www.opds.gba.gov.ar/)
  • 42. Otras leyes: Ley Nacional de Bosques (Ley N° 26.331): Esta ley establece la protección de los bosques nativos y promueve su conservación y uso sustentable. Establece un régimen de ordenamiento territorial para los bosques y establece sanciones para aquellos que realicen actividades ilegales en áreas forestales protegidas. Ley de Residuos Peligrosos (Ley N° 24.051): Esta ley establece el marco legal para la gestión de residuos peligrosos en Argentina. Establece que los generadores de residuos peligrosos son responsables de su tratamiento y disposición final, y establece sanciones para aquellos que no cumplan con las normas.
  • 43. Otras leyes: Ley de Protección de Glaciares (Ley N° 26.639): Esta ley establece la protección de los glaciares y el ambiente periglaciar. Establece la prohibición de actividades que puedan afectar negativamente a los glaciares y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental antes de llevar a cabo proyectos en áreas cercanas a los glaciares. Ley de Educación Ambiental (Ley N° 26. 639): Esta ley establece la promoción de la educación ambiental en todos los niveles educativos y en la sociedad en general. Establece la obligación de incorporar la educación ambiental en los planes y programas educativos y la promoción de la educación ambiental en la comunidad.
  • 44. Actividades Las Actividades relacionadas a los conceptos de este material se encuentran disponibles y para ser realizadas en el Aula Virtual, en dos Foros respectivos. Actividad 1: Actividad 2: ¡Muchas gracias!