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Objetivos del grupo de trabajo:
GRUPO DE TRABAJO DE MEDIACIÓN
1. Conocernos. Psicólogos/as colegiados/as formados en mediación y/o con interés en esta disciplina.
2. Difusión. Saber cuáles son las áreas de intervención de la mediación y difundir sus beneficios para que la sociedad los valore.
3. Formación. Promover la formación continuada de calidad de los mediadores de nuestro Colegio Profesional.
4. Profesionalidad y calidad. Conocer las limitaciones de la mediación y atender a las necesidades específicas de los usuarios, derivando a otro profesional si fuera necesario.
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¿Qué sabemos de MEDIACIÓN?
Resolución pacífica de conflictos.
Mejora de la comunicación.
El mediador es imparcial.
«Negociación asistida»
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Principios básicos en mediación.
VOLUNTARIEDAD
CONFIDENCIALIDAD
IMPARCIALIDAD
NEUTRALIDAD
La mediación es un proceso autocompositivo:
son los propios mediados los que deciden acudir, seguir o retirarse en cualquier momento.
Tanto para los mediados como para el mediador, que no podrá ser testigo en un posible juicio.
El mediador debe dejar de lado sus propias creencias y no influir en los acuerdos, a pesar de su opinión.
No tener favoritismos, no hacer diferencias entre las partes. Total objetividad.
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Situación legal actual.
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REFERENCIAS A TENER EN CUENTA:
- Libro Verde sobre modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil. Comisión de las Comunidades Europeas (Abril de 2002).
- Código de Conducta Europeo para Mediadores (Julio de 2004).
- Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Creación del fichero de mediadores/as. Orden JUS/746/2014, de 7 de mayo, por la que se desarrollan los artículos 14 y 21 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, y se crea el fichero de mediadores e instituciones de mediación.
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-FORMACIÓN: Capítulo II del R.D.. 65 horas de docencia y 35 horas de práctica, también la anterior a la entrada en vigor del Real Decreto.
-FORMACIÓN CONTINUA: Capítulo II del R.D.. 20 horas de formación, de carácter eminentemente práctico, cada 5 años.
-SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: Capítulo IV del R.D.. El seguro anual contratado con Brokers88 a través del COP-RM también cubre la actividad como mediador/a.
-LOS PRINCIPIOS: Título II de la Ley, Libro Verde, Código de Conducta…
-FASES DE LA MEDIACIÓN: Títulos IV y V de la Ley. Informativa gratuita, constitutiva, procedimiento, ejecución de acuerdos.
-MEDIOS ELECTRÓNICOS: Capítulo V del R.D.. Reclamación de cantidades a través de internet para cantidades que no superen los 600 euros.
-DOCUMENTOS: Título IV de la Ley. Acta constitutiva, Acta final.
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En la práctica, ¿en qué nos afecta?
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Mediación INTRAJUDICIAL.
En Murcia, la UMIM.
Mediación EXTRAJUDICIAL.
Práctica privada, bajo los requisitos legales.
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-Psicólogos/as colegiados/as.
-Bajo los mismos requisitos de la legislación.
-Orden alfabético a partir de una letra de inicio por sorteo público.
-Posibilidad de comediación con otro miembro de la lista.
-Único objetivo: facilitar la información a los posibles usuarios que acudan al COP-RM en busca de mediadores/as. No a los Juzgados » UMIM.
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Creación de la lista de mediadores/as del COP-RM.
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¿Código Deontológico del Mediador/a?
•Calidad del servicio.
•Formación continua.
•Capacidad de derivación.
•Diferencia terapia vs. mediación.
•…
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Gracias por vuestra atención.
No olvidéis apuntar vuestros datos en la hoja de asistencia para ponernos en contacto para futuras reuniones y envío de documentación.
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