La constitución de Cundinamarca de 1811 fue la primera constitución colombiana y estableció un gobierno centralizado. La constitución de 1832 creó la República de la Nueva Granada. La constitución de 1853 introdujo el federalismo y expandió los derechos civiles. La constitución de 1886 estableció la República de Colombia y un gobierno centralizado. La constitución de 1991 fue llamada la "Constitución de los Derechos" por reconocer una amplia gama de derechos fundamentales, económicos,
Documentos en PowerPoint, que brinda informacion acerca de la historia de las constituciones en Colombia, en esta presentacion se trata el tema de la Constitucion del Socorro emanada en el año 1810
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Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
upremacía Constitucional
La Supremacía Constitucional es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar a la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico. Según cada país los tratados internacionales ratificados por el país gozan de igual rango (rango constitucional) o superior a las leyes e inferior a la constitución.
La Supremacía de la constitución tiene su base legal en el Art.7 La constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a esta constitución.
Tipos de supremacía constitucional
Jerárquica: Esta es la supremacía jerárquica de la Constitución pues es un orden de prelación o de fuerza de la que van derivando el resto de las leyes y ninguna puede ser contraria a la constitución.
LA Supremacía Jerárquica está basada en el orden jerárquico que le da la pirámide de
Kelsen al ordenamiento jurídico de un Estado o nación.
Esta es la que le da el grado de superioridad a la norma constitucional otorgándole subordinación a toda aquella ley que no sea la constitución.
Lógico- deductiva: Este tipo de supremacía expone las leyes a modos y formas de razonamiento humano conforme a las reglas de la lógica y de la razón, partiendo de principios universales para su ejecución.
Teleológica: Este tipo de supremacía es la que va a ir por encima del ordenamiento jurídico y sobre las decisiones que puedan tomar los órganos de la administración pública o administración de justicia, para que sea aplicada íntegramente la Constitución nacional con el fin de alcanzar las metas del Estado.
Axiológica: Es un sistema o especie de ciencia que va a medir la importancia o valores que tienen las personas dentro de la sociedad, y es lo que se da por el apego que deben tener las decisiones, o las leyes que sean creadas o se puedan crear dentro del Estado, incluso la suscripción de tratados internacionales.
Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
upremacía Constitucional
La Supremacía Constitucional es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar a la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico. Según cada país los tratados internacionales ratificados por el país gozan de igual rango (rango constitucional) o superior a las leyes e inferior a la constitución.
La Supremacía de la constitución tiene su base legal en el Art.7 La constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el poder público están sujetos a esta constitución.
Tipos de supremacía constitucional
Jerárquica: Esta es la supremacía jerárquica de la Constitución pues es un orden de prelación o de fuerza de la que van derivando el resto de las leyes y ninguna puede ser contraria a la constitución.
LA Supremacía Jerárquica está basada en el orden jerárquico que le da la pirámide de
Kelsen al ordenamiento jurídico de un Estado o nación.
Esta es la que le da el grado de superioridad a la norma constitucional otorgándole subordinación a toda aquella ley que no sea la constitución.
Lógico- deductiva: Este tipo de supremacía expone las leyes a modos y formas de razonamiento humano conforme a las reglas de la lógica y de la razón, partiendo de principios universales para su ejecución.
Teleológica: Este tipo de supremacía es la que va a ir por encima del ordenamiento jurídico y sobre las decisiones que puedan tomar los órganos de la administración pública o administración de justicia, para que sea aplicada íntegramente la Constitución nacional con el fin de alcanzar las metas del Estado.
Axiológica: Es un sistema o especie de ciencia que va a medir la importancia o valores que tienen las personas dentro de la sociedad, y es lo que se da por el apego que deben tener las decisiones, o las leyes que sean creadas o se puedan crear dentro del Estado, incluso la suscripción de tratados internacionales.
La palabra constitución se deriva del latín constitutito, que significa organización, composición, formación, adherencias de las partes de un todo. Para un país la constitución es el conjunto de leyes mediante las cuales se establece no solo la forma de gobierno, sino las modalidades o formas para poner a funcionar los poderes públicos. Algunos historiadores le llaman a nuestra constitución: "El acta de nacimiento de la nación dominicana".
Es la norma jurídica fundamental del Estado, de primera jerarquía, donde están
consagrados los deberes y derechos más importantes de la persona, y las normas para
la organización y funcionamiento del Estado, así como sus fines y objetivos, indicando
además quienes ejercen el poder político y cuáles son sus atribuciones y limitaciones.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. CONSTITUCIÓN DE CUNDINAMARCA - 1811
En marzo de 1811 se conformó lo que podría llamarse la
primera Asamblea Nacional Constituyente y Congreso a la
vez en Santa Fe de Bogotá, bajo el nombre "Colegio Electoral
Constituyente del Estado de Cundinamarca" que con gran
esfuerzo, por discordias entre centralistas y federalistas,
promulgó el 4 de abril de 1811 la primera constitución que
podría tener alcance nacional: la Constitución del estado de
Cundinamarca la cual estaba basada en la de Estados
Unidos de Norteamérica. Esta asamblea-congreso nombra al
segundo jefe de estado, el señor Jorge Tadeo Lozano por un
período de tres años; sin embargo, por presiones y
desacuerdos, la asamblea-congreso lo hace dimitir el 19 de
septiembre de 1811 y nombra, en su lugar, a Antonio Nariño.
En esta constitución, por no cumplir con las normas y leyes
que el pueblo quería, fue obligada a cambiarla en 1821 diez
años después por el Acta de federación de las Provincias
Unidas de la Nueva Granada (27 de noviembre de 1811)
3. LA CONSTITUCIÓN DE 1832
Separados Venezuela y Ecuador de la Gran
Colombia, solo quedaba la Nueva Granada, que en
ese entonces comprendía Panamá, Magdalena,
Boyacá, Cundinamarca y Cauca, y se subdividían
en alrededor de 15 provincias. El 20 de octubre de
1831 se realiza una Convención Granadina en
donde se aprobó la separación y se establece una
república centralizada con algunos rasgos
federales llamada oficialmente Republica de la
Nueva granada.
4. CONSTITUCIÓN DE 1853
El péndulo constitucional se mueve esta vez hacia
el método liberal. Se le dio inicio al federalismo. Se
eliminó la esclavitud, se extendió el sufragio a
todos los hombres mayores de 21 años, se impuso
el voto popular directo para elegir congresistas,
gobernadores y magistrados, se estableció la
libertad administrativa y la libertad religiosa, hubo
una separación entre la Iglesia y el Estado y se
terminó la personalidad jurídica de la Iglesia
Católica. Algunos de los avances se revirtieron más
tarde en la constitución de 1886.
5. LA CONSTITUCIÓN DE 1858
Bajo el mandato del conservador Mariano Ospina
Rodríguez, en esta constitución el país es llamado
oficialmente Confederación Granadina. La
confederación estaba conformada de ocho
estados. Se le otorgó mayor representación y
poder a las provincias: cada estado podía tener
atributos legislativos independientes y la posibilidad
de elegir su propio presidente. Se abolió la
Vicepresidencia y se reemplazó con la de un
designado nombrado por el congreso. El presidente
y los senadores serían elegidos por un período de
cuatro años y la cámara por dos años
6. LA CONSTITUCIÓN DE 1863
El país es llamado oficialmente Estados Unidos de
Colombia el 3 de febrero de 1863 por la
Constitución de Rionegro, la cual fue promulgada el
8 de mayo por los liberales radicales quienes
habían acabado de ganar la guerra civil de 1860 a
1863.
7. CONSTITUCIÓN DE 1886
La coalición de Conservadores y Liberales
moderados que dio término a la hegemonía liberal
y que llevó al poder a Rafael Núñez desmontó la
Constitución de Rionegro. El país es llamado
oficialmente República de Colombia. La Asamblea
Constituyente fue conformada por delegatarios de
los nueve estados: dos por cada estado.
8. REFORMAS
Reforma de 1910 Ante el sorpresivo retiro al exilio del
General Rafael Reyes el 13 de junio de 1909, el
congreso elige a su vicepresidente, el conservador
General Ramón Gondolero Valencia, el 3 de agosto de
1909, para gobernar durante el año que faltaba para
completar el período de seis años de Reyes.
Reforma de 1936 Durante el gobierno de Alfonso López
Pumarejo, el 1 de agosto de 1936, realizaron varias
reformas. Se amplió el derecho de sufragio a todos los
hombres mayores de 21 años, eliminándose la
restricción de saber leer y escribir para ejercerlo. Ese
derecho fue utilizado por primera vez en las votaciones
presidenciales de 1938 en las que gana el liberal
Eduardo Santos.
9. REFORMA DE 1954
Durante el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla y por
sugerencia suya, la Asamblea Nacional
Constituyente (ANAC), reconoció por unanimidad
los derechos políticos de la mujer mediante el acto
legislativo número 3 de la de Agosto 25 de 1954.
Las mujeres ejercieron este derecho por primera
vez durante el plebiscito del 1 de diciembre de
1957 para aprobar el cambio constitucional que le
permitiría a los dos partidos políticos tradicionales,
Conservador y Liberal, establecer el Frente
Nacional
10. REFORMA DE 1957
La Junta Militar de carácter temporal que sucedió a
Rojas Pinilla y por acuerdo de los partidos políticos
tradicionales, autoriza, en octubre de 1957, un
plebiscito de reforma constitucional mediante Acto
Legislativo No. 0247 para fijar la paridad de los
partidos con el fin de buscar una salida a los
problemas del país. Este acuerdo y el período
correspondiente fue llamado el Frente Nacional.
11. LA CONSTITUCIÓN DE 1991
Es llamada también la "Constitución de los Derechos",
por cuanto reconoce y consagra no sólo los derechos
fundamentales, clásicos desde la Revolución Francesa
por los que tanto había luchado Don Antonio Nariño,
sino los derechos económicos y sociales, propios del
Estado Social de Derecho, consagrada en el artículo 1º
de la Constitución y los derechos colectivos, o de
tercera generación, dentro de los cuales se destacan
entre otros la moralidad pública, la libre competencia
económica y el derecho a un ambiente sano. Además
crea los mecanismos necesarios para asegurar y
proteger esos derechos, entre otros, la Acción de
Tutela, la Acción de Cumplimiento, Las Acciones
Populares y de Grupo.
12. REFORMA DEL 2005
En el año 2004, el Expresidente de Colombia Álvaro
Uribe Vélez, impulsó en el Congreso una reforma
constitucional para permitir la elección del Presidente de
la República hasta por dos períodos (artículo 197
Constitución Política de Colombia). La reforma,
contenida en el acto legislativo 2 de 2004, fue
demandada ante la Corte Constitucional que la declaró
exequible mediante sentencia C-1040 de 2005. El
primer presidente reelegido en el marco de esta
reforma, fue el mismo Álvaro Uribe Vélez en la
contienda electoral del 28 de mayo del 2006 donde
alcanzó una votación del 62.1% por lo que no se
requirió una segunda vuelta electoral. Le siguió Carlos
Gaviria Díaz, candidato por el Polo Democrático
Alternativo, partido de izquierda, quien logró el 22%. El
abstencionismo alcanzó el 53.53%.