1. INCLUSIÓN EDUCATIVA EN EL
ECUADOR EN EL MARCO
NORMATIVO DE LA
CONSTITUCIÓN Y LOS
ACUERDOS Y TRATADOS
INTERNACIONALES
Por:
2012-2013 Manuela Amores
Quito-Ecuador Milton Rocha
2. Hawking, Stephen: "No puedes permitirte estar
discapacitado en espíritu a la vez que físicamente"
3. ANTECEDENTES
La Declaración Mundial sobre Educación para
Todos, aprobada en Jomtien (Tailandia) en 1990,
establece una visión de conjunto: la
universalización del acceso a la educación para
todos los niños, los jóvenes y los adultos, y la
promoción de la equidad. Esto signifi ca actuar
enérgicamente para determinar cuáles son los
obstáculos con que muchos tropiezan para
acceder a las oportunidades educativas, y
determinar cuáles son los recursos necesarios para
superar estos obstáculos.
4. La educación inclusiva es un proceso de
fortalecimiento de la capacidad del sistema
educativo para llegar a todos los educandos; por lo
tanto, puede entenderse como una estrategia clave
para alcanzar la EPT.
El principal impulso a la educación inclusiva se dio
en la Conferencia Mundial sobre Necesidades
Educativas Especiales: Acceso y Calidad, celebrada
en Salamanca (España) en junio de 1994. Más de
300 participantes, en representación de 92
gobiernos y 25 organizaciones internacionales,
examinaron los cambios fundamentales en las
políticas que se necesitaban para promover el
planteamiento de la educación inclusiva, con lo que
se posibilitaría que las escuelas atendieran a todos
los niños y, en particular, a aquellos con
necesidades educativas especiales
5. MARCO CONCEPTUAL
INCLUSIÓN:
Es del latín 'inclusio', relacionada con la palabra 'includere' que significa
literalmente 'encerrar'. Está formada de 'in-' (en) y 'claudere' (cerrar).
inclusión s. f.1 Introducción de una cosa en el interior de otra o dentro
de sus límites. 2 Proceso mediante el cual una persona o cosa pasan a
formar parte de un conjunto. exclusión.
inclusión f. Acción y efecto de incluir.Conexión o amistad de una
persona con otra.
BIOL. Sustancia inerte, elaborada o almacenada en la célula y que se
encuentra en su citoplasma en forma de gránulo u otra.
Operación que consiste en introducir una pieza anatómica o parte de
esta, en un medio homogéneo (gralte. parafina o resinas sintéticas) que
le confiere el grado de dureza necesario para que pueda ser cortada en
secciones finas utilizadas para montar preparaciones microscópicas.
GEOL. Sustancia extraña que impurifica los minerales.
inclusións f inclusión [inklu'sjon] introducción de una cosa dentro de
otra.
6. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
La inclusión es un concepto teórico de
la pedagogía que hace referencia al modo en que
la escuela debe dar respuesta a la diversidad. Es
un término que surge en los años 90 y pretende
sustituir al de integración, hasta ese momento el
dominante en la práctica educativa. Su supuesto
básico es que hay que modificar el sistema escolar
para que responda a las necesidades de todos los
alumnos, en vez de que sean los alumnos quienes
deban adaptarse al sistema, integrándose a él
(…)1
7. La educación inclusiva
Es un derecho de todos los niños, y no sólo de
aquellos calificados como con necesidades
educativas especiales (NEE). La educación
inclusiva valora explícitamente la existencia de esa
diversidad. Se asume así que cada persona difiere
de otra en una gran variedad.
9. Por lo tanto, como se ha señalado anteriormente,
contemplar la educación a través del prisma de la
inclusión supone pasar de ver al niño como el
problema a considerar que el sistema educativo es
el problema que puede solucionarse mediante
planteamientos inclusivos.
10. FUNDAMENTACIÓN NORMATIVA
CONSTITUCIONAL
Título VII
RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR
Capítulo primero Inclusión y equidad
Art. 340.- EI sistema nacional de inclusión y
equidad social es el conjunto articulado y
coordinado de sistemas, instituciones, políticas,
normas, programas y servicios que aseguran el
ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos
reconocidos en la Constitución y el cumplimiento
de los objetivos del régimen de desarrollo.
11. Sección quinta Educación
Art. 26.- La educación es un derecho de las
personas a lo largo de su vida y un deber ineludible
e inexcusable del Estado. Constituye un área
prioritaria de la política pública y de la inversión
estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y
condición indispensable para el buen vivir. Las
personas, las familias y la sociedad tienen el
derecho y la responsabilidad de participar en el
proceso educativo.
12. Art. 27.- La educación se centrará en el ser
humano y garantizará su desarrollo holístico, en el
marco del respeto a los derechos humanos, al
medio ambiente sustentable y a la democracia;
será participativa, obligatoria, intercultural,
democrática, incluyente y diversa, de calidad y
calidez; impulsará la equidad de género, la justicia,
la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico,
el arte y la cultura física, la iniciativa individual y
comunitaria, y el desarrollo de competencias y
capacidades para crear y trabajar.
13. Sección segunda Jóvenes
Art. 39.- El Estado garantizará los derechos de las
jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo
ejercicio a través de políticas y programas,
instituciones y recursos que aseguren y mantengan
de modo permanente su participación e inclusión
en todos los ámbitos, en particular en los espacios
del poder público.
14. Sección sexta Personas con discapacidad
Art. 47.- El Estado garantizará políticas de
prevención de las discapacidades y, de manera
conjunta con la sociedad y la familia, procurará la
equiparación de oportunidades para las personas
con discapacidad y su integración social.
15. Art. 48.- El Estado adoptará a favor de las
personas con discapacidad
medidas que aseguren:
1. La inclusión social, mediante planes y programas
estatales y privados coordinados, que fomenten su
participación política, social, cultural, educativa y
económica.
16. Art. 345.- La educación como servicio público se
prestará a través de instituciones públicas,
fiscomisionales y particulares.
En los establecimientos educativos se
proporcionarán sin costo servicios de carácter
social y de apoyo psicológico, en el marco del
sistema de inclusión y equidad social.
17. CRONOLOGÍA DE ACUERDOS Y TRATADOS
INTERNACIONALES SOBRE INCLUSIÓN
cuadro 2:
Marcos normativos de apoyo a la inclusión (1948-2007)
2007 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
2006 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
2005 Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones
Culturales
1999 Convención de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Prohibición de las
Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación
1990 Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares
1989 Convención sobre los Derechos del Niño
1989 Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes
1979 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
1965 Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial
1960 Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza
1948 Declaración Universal de Derechos Humanos
18. CONCLUSIONES
Se ha insertado en la agenda nacional y en las
políticas educativas el tema de la inclusión
para las personas con discapacidad y para todos
los grupos vulnerables.
El Modelo Educativo Ecuatoriano debe construirse
con un enfoque inclusivo basado en los Derechos
Humanos.
La sociedad ecuatoriana reconoce la importancia
de la educación inclusiva, impulsada desde los
organismos de y para personas con discapacidad.
19. La sociedad ecuatoriana reconoce el derecho que tiene las
personas con discapacidad para participar en la vida política del
país.
En las diferentes dependencias del Ministerio de Educación hay
una toma de conciencia de que la educación de las personas
con discapacidad es responsabilidad de todo el sistema
educativo.
La sociedad civil, especialmente los padres de familia de los
estudiantes con discapacidad, exigen al Ministerio de Educación
que se dé respuesta adecuada y oportuna a las necesidades
educativas que presentan sus hijos.
Las instituciones de educación especial apoyan los procesos de
inclusión educativa. ¾Los docentes en servicio demandan mayor
capacitación para enfrentar el
reto de la inclusión.
La División Nacional de Educación Especial cumple con el
trabajo de capacitar a maestros regulares sobre necesidades
educativas especiales y ayuda al desarrollo de competencias
para la elaboración de adaptaciones curriculares.
Las universidades reciben en sus aulas a personas con
discapacidad para lo cual han adaptado su infraestructura y
currículo.
20. OBSTÁCULOS
Inestabilidad política.
Presupuesto limitado.
La estructura ministerial actual no presta todas las
facilidades para la inclusión educativa.
La actitud de ciertos los docentes de educación
regular, que no facilita enfrentar este nuevo reto.
Padres de familia que prefieren que sus hijos con
discapacidad vayan a instituciones de educación
especial, para evitar su discriminación.
Formación inicial de los docentes que no
considera temáticas de educación especial.